Los recursos
fitogenéticos para la alimentación y la agricultura son fundamentales
para alimentar a la población mundial. Se trata de las materias primas
que los agricultores y fitomejoradores utilizan para mejorar la calidad
y la productividad de nuestros cultivos. El futuro de la agricultura
depende de la cooperación internacional y del intercambio abierto de
los cultivos y sus genes, que durante más de 10 000 años los agricultores
de todo el mundo han desarrollado e intercambiado. Ningún país se basta
a sí mismo. Todos dependen de los cultivos y de la diversidad genética
de esos cultivos que proceden de otros países y regiones.
Después
de siete años de negociaciones, en noviembre de 2001 la Conferencia
de la FAO (por medio de la Resolución
3/2001) adoptó el Tratado Internacional sobre
los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura. Este
Tratado jurídicamente vinculante abarca todos los recursos fitogenéticos
importantes para la alimentación y la agricultura, y está en consonancia
con el Convenio sobre la Diversidad Biológica.
El Tratado
es vital para asegurar la disponibilidad constante de los recursos fitogenéticos
que los países necesitarán para alimentar a sus pueblos. Debemos conservar
para las futuras generaciones la diversidad genética que es esencial para
la alimentación y la agricultura.
¿Qué
son "los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura"?
El Tratado
los define como "cualquier material genético de origen vegetal de valor
real o potencial para la alimentación y la agricultura".
¿Cuáles
son los objetivos del Tratado?
Sus objetivos son la conservación y utilización sostenible de los recursos
fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, y la distribución
justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización en armonía
con el Convenio sobre la Diversidad Biológica, para una agricultura sostenible
y la seguridad alimentaria.
¿Qué
es el Sistema multilateral de acceso y distribución de los beneficios?
Mediante el Tratado los países acuerdan establecer un sistema multilateral
eficaz, efectivo y transparente para facilitar el acceso a los recursos
fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, y compartir los beneficios
de manera justa y equitativa. El Sistema multilateral se aplica a más
de 64 cultivos y forrajes principales. El órgano rector del Tratado, que
estará integrado por los países que lo hayan ratificado, establecerá las
condiciones de acceso y distribución de los beneficios en un "Acuerdo
de transferencia de material".
¿Cuáles
son las condiciones de acceso al Sistema multilateral?
Podrán obtenerse recursos del Sistema multilateral con fines de utilización
y conservación para la investigación, el mejoramiento y la capacitación.
Cuando se obtiene un producto comercial utilizando estos recursos, el
Tratado prevé el pago de una parte equitativa de los beneficios monetarios
resultantes, siempre que el producto no pueda ser utilizado sin restricción
por otros para investigación y mejoramiento ulterior. Si otros pueden
utilizarlo, el pago es voluntario.
¿Cómo
se distribuirán los beneficios?
El Tratado prevé la posibilidad de distribuir los beneficios de la utilización
de recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura mediante
el intercambio de información, el acceso a la tecnología y su transferencia,
así como la creación de capacidad. Prevé asimismo la formulación de una
estrategia de financiación para movilizar fondos para actividades, planes
y programas de ayuda destinados, sobre todo, a los pequeños agricultores
de países en desarrollo. Esta estrategia de financiación prevé también
la distribución de beneficios monetarios pagados con arreglo al Sistema
multilateral.
¿Cómo
protege el Tratado los Derechos de los agricultores?
El Tratado reconoce la contribución enorme que los agricultores y sus
comunidades han aportado y siguen aportando a la conservación y el desarrollo
de los recursos fitogenéticos. Esta es la base de los Derechos de los
agricultores, que incluyen la protección de los conocimientos tradicionales,
y el derecho a participar equitativamente en la distribución de los beneficios
y en la adopción de decisiones nacionales relativas a los recursos fitogenéticos.
Otorga a los gobiernos la responsabilidad de aplicar estos derechos.
¿Quién
se beneficia del Tratado y cómo?
Todos se benefician de muchas maneras:
Los
agricultores y sus comunidades, a través de los Derechos de los agricultores;
Los
consumidores, debido a la mayor variedad de alimentos disponibles, así
como de productos agrícolas, junto con el aumento de la seguridad alimentaria;
La
comunidad científica, mediante el acceso a los recursos fitogenéticos,
de importancia fundamental para la investigación y la mejora de las
plantas;
Los
centros internacionales de investigación agrícola, a cuyas colecciones
el Tratado ofrece una base jurídica a largo plazo;
Los
sectores público y privado, a los que se asegura el acceso a una amplia
gama de diversidad genética para mejorar el desarrollo agrícola; y
El
medio ambiente y las futuras generaciones, puesto que el Tratado ayudará
a conservar la diversidad genética necesaria para afrontar los cambios
imprevisibles del medio ambiente y las necesidades humanas futuras.
¿Cuándo
entró en vigor el Tratado?
El Tratado entró en vigor el 29 de junio de 2004, noventa días después de que cuarenta gobiernos lo habían ratificado. Los gobiernos que lo hayan ratificado constituirán su Órgano rector. En su primera reunión, el Órgano rector se ocupará de importantes cuestiones, como la cuantía, la forma y la modalidad de los pagos monetarios relativos a la comercialización, la elaboración de un modelo de Acuerdo de transferencia de material para los recursos fitogenéticos, los mecanismos para promover el cumplimiento del Tratado, y la estrategia de financiación.
¿Cuál
es el siguiente paso?
Cada país que ratifique el Tratado elaborará luego
la legislación y los reglamentos que necesite para aplicarlo el Tratado.