Búsquedas
Revista inicio | enfoques | archivo

Enfoques / 2001

  
Fotografía: CIMMYT

Tratado sobre los recursos fitogenéticos

El histórico acuerdo representa un compromiso internacional jurídicamente vinculante de mejorar los principales cultivos mundiales de alimentos

Siete años de difíciles negociaciones dieron fruto el 3 de noviembre de 2001, cuando los 180 países de la Conferencia de la FAO adoptaron un Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura. Este Tratado -alabado por el Director General de la FAO, Jacques Diouf, al calificarlo de "acontecimiento trascendental"- representa un acuerdo mundial sobre un tema de primera importancia: la gestión de la diversidad agrobiológica del mundo.

La seguridad alimentaria siempre ha dependido del libre intercambio de los cultivos y el germoplasma que han creado, a lo largo de 10 000 años, los campesinos de todo el planeta. Desde los inicios de la agricultura se han utilizado más de 7 000 especies para obtener alimentos y piensos, y hoy 30 cultivos proporcionan el 95% de nuestra energía alimentaria (sólo el trigo, el arroz y el maíz aportan más del 50%). La mayor parte de estos recursos fitogenéticos no pueden sobrevivir en forma silvestre, se mantienen, literalmente, en las tierras agrícolas, sobre todo en los países en desarrollo.

Pero la difundida adopción de un reducido número de modernos cultivares ha desgastado aceleradamente la diversidad. Para protegerla, se han establecido grandes bancos de genes ex situ en todo el mundo, los centros internacionales de investigación agrícola del Grupo Consultivo sobre Investigación Agrícola Internacional (GCIAI), que actualmente conservan, por ejemplo, más de 600 000 muestras de cultivos. Por su parte, la FAO adoptó en 1983 un Compromiso Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, que es un acuerdo voluntario suscrito por 113 países, cuyo objeto es promover la armonía internacional en lo que incumbe al acceso a la diversidad fitogenética.

El nuevo tratado va mucho más allá. "El Tratado es histórico porque representa un compromiso internacional jurídicamente vinculante de mejorar los más importantes cultivos alimentarios y de piensos del mundo -afirma Clive Stannard, de la Comisión de Recursos Genéticos de la FAO, que siguió atentamente las negocaiciones del Tratado-. Se trata de un elemento central del Sistema multilateral de acceso y distribución de beneficios, que apoya directamente la labor de los mejoradores y agricultores de todo el mundo..."

¿Qué objetivos tiene el Tratado y cuándo entra en vigor?
"Los objetivos del Tratado, establecidos en su artículo 1, son la conservación y utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización, en armonía con el Convenio sobre la diversidad biológica, para la agricultura sostenible y la seguridad alimentaria. El acuerdo abarca todos los recursos fitogenéticos pertinentes a la alimentación y la agricultura, y entrará en vigor una vez que lo hayan ratificado 40 gobiernos. Cada gobierno que lo ratifique se compromete a asegurar la conformidad de sus leyes, reglamentos y procedimientos con las obligaciones adquiridas en virtud del instrumento. Los gobiernos que ratifiquen el Tratado constituirán su órgano rector".

¿Cómo funciona el Sistema multilateral de acceso y distribución de beneficios?
"El sistema multilateral se aplica a una lista de más de 60 especies de plantas, que incluyen 35 cultivos alimentarios y 29 forrajes, elegidos a partir de su dependencia recíproca y de la seguridad alimentaria. Las condiciones de acceso y de la distribución de los beneficios se estipularán en un acuerdo estándar de transferencia de material, que habrá de establecer el órgano rector del tratado en la primera reunión que celebre, una vez que el instrumento entre en vigor.

Derechos del agricultor

  
CIP

El Tratado reconoce la enorme contribución de los agricultores y las comunidades campesinas a la conservación y desarrollo de los recursos fitogenéticos, y pone en las manos de los gobiernos la responsabilidad de materializar los derechos del agricultor. Esto podría realizarse, por ejemplo, mediante la protección de los conocimientos tradicionales pertinentes, y con el derecho de participar equitativamente en la distribución de los beneficios y en la toma de decisiones, en materia de conservación y utilización sostenible de los recursos fitogenéticos.

    Se proporcionará acceso para utilizar y conservar los recursos fitogenéticos en la investigación, el fitomejoramiento y la capacitación en materia de alimentos y agricultura, acatando los derechos de propiedad y las leyes que rigen el acceso a esos recursos. Un elemento decisivo es el pago de una participación equitativa de los beneficios monetarios de la comercialización de un producto que utilice recursos fitogenéticos del sistema multilateral. Esto es voluntario cuando no hay restricciones de acceso al producto para seguirlo investigando y mejorando, y obligatorio en caso contrario. El órgano rector del tratado también puede decidir, dentro de un plazo de cinco años desde su entrada en vigor, si debería haber un pago obligatorio cuando se da acceso a esos productos comerciales para seguir investigándolos y mejorándolos sin limitaciones.
     También se estipula la distribución de los beneficios a través del intercambio de información, el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma, la creación de capacidad y, además, el Tratado anticipa una estrategia de financiación para movilizar fondos destinados a actividades, planes y programas prioritarios, sobre todo para los pequeños campesinos de los países en desarrollo. El órgano rector establecerá con regularidad un objetivo, tomando en cuenta el Plan de acción mundial para la conservación y la utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, aprobado por 150 gobiernos en Leipzig en 1996. Las partes del Tratado tomarán medidas, en el marco de los órganos rectores de las organizaciones internacionales pertinentes, para asegurar la asignación de recursos elegidos y previsibles con este fin. Los beneficios económicos pagados por la comercialización forman parte de esta estrategia de financiación".

¿Quién más se beneficia del tratado y en qué forma?
"Como su fin es garantizar la seguridad alimentaria, la humanidad entera se beneficia. Pero hay beneficios inmediatos muy claros para muchos importantes sectores. El tratado asegura a los fitomejoradores (en particular, a los pequeños mejoradores de los países en desarrollo), acceso a los recursos fitogenéticos que necesitan, e impide que otros los monopolicen, en particular los participantes más fuertes. Por vez primera, se proporciona a los centros internacionales de investigación agrícola del GCIAI un marco jurídico seguro de largo plazo para las colecciones ex situ que tienen a su cargo, y en las que se basan sus programas de investigación. Para el sector privado, establece un marco claro y previsible de acceso a los recursos fitogenéticos, que promoverá la inversión en investigación agrícola.
     "Además, y no de menor importancia, el tratado brinda al sector agrícola un nuevo foro, a la altura de los foros comerciales y ambientales, para tratar las necesidades y los problemas especiales de la agricultura. Esto donará mayor equilibrio al desenvolvimiento de la política internacional".

¿Cuál es la tarea inmediata?
"La ratificación. La adopción del tratado es el primer paso de un complejo proceso en curso, y es también una muestra de confianza y buena voluntad entre todos los gobiernos. Ahora se necesita que 40 o más países lo ratifiquen. Esperamos que entre en vigor en los próximos dos años. Esto permitirá al órgano rector del tratado tratar asuntos como el nivel, la forma y la modalidad de los pagos monetarios por comercialización, las condiciones del acuerdo estándar de transferencia de material, la estrategia de financiación, y la cooperación con otros organismos internacionales pertinentes".

  • Consulte el texto completo del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (pdf, 65K)
  • Más información sobre el Tratado en el sitio en Web de la Comisión de Recursos Genéticos de la FAO
Publicado en diciembre de 2001
revista: inicio | enfoques | archivo  guía: mapa del sitio © FAO, 2001