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1. Introducción

1.1 Contexto y alcance

“Los Estados deberían considerar a la acuicultura, incluidas las pesquerías basadas en el cultivo, como una forma de promover una diversificación en el ingreso y la dieta. Al hacerlo, los Estados deberían velar por que los recursos sean usados de forma responsable y los impactos adversos sobre el ambiente y las comunidades locales sean minimizados.”

Artículo 6.19
Principios Generales
Código de Conducta para la Pesca Responsable

La acuicultura es en la actualidad uno de los sistemas de producción alimentaria de más rápido crecimiento en todo el mundo. La mayor parte de la producción acuícola mundial se consigue en países en desarrollo y, en buena medida, en los países de bajos ingresos y con déficit de alimentos. En un momento en que se están estancando los rendimientos de muchas pesquerías de captura y aumenta la demanda de pescado y de productos pesqueros, se han generado grandes expectativas de que la acuicultura puede incrementar su contribución a la producción mundial de alimentos de origen acuático, a la vez que grandes esperanzas de que este sector pueda continuar reforzando su aporte a la seguridad alimentaria y a la mitigación de la pobreza en muchos países en desarrollo. No obstante, se reconoce también que la acuicultura comprende una variedad muy amplia de diferentes prácticas piscícolas en lo que se refiere a las especies (con inclusión de algas, moluscos, crustáceos, peces y otros grupos de especies acuáticas), entornos y sistemas utilizados, que aplican patrones muy diversos de utilización de los recursos y ofrecen una amplia gama de opciones para diversificar las formas de mejorar la producción de alimentos y la generación de ingresos en muchas zonas rurales y periurbanas.

Habida cuenta de los importantes beneficios nutricionales, sociales, económicos y ambientales que, en general, pueden derivarse de la mayor parte de las actuales prácticas acuícolas, así como de las favorables perspectivas de ulterior desarrollo y expansión del sector, es importante que en las iniciativas encaminadas al desarrollo sostenible de la acuicultura se intenten reducir al mínimo los posibles conflictos sociales y problemas ambientales. La acuicultura, como todos los sistemas agrícolas terrestres, debe hacer frente a varios desafíos, especialmente a la creciente competencia por unos recursos limitados, tales como agua, tierra y piensos, a la degradación ambiental de los recursos utilizados o necesarios, a que no se le reconozca como usuario legítimo de los recursos, a la falta de apoyo institucional y jurídico, la excesiva reglamentación y, recientemente, una publicidad nociva, resultado de unos casos relativamente poco numerosos de degradación ambiental y perturbación social causados por algunos tipos de prácticas acuícolas.

Desde el punto de vista económico, el principal problema que deberá encararse para promover el desarrollo de la acuicultura es la reducción de sus efectos externos.. Dentro de éstos cabe distinguir dos grandes categorías. En primer lugar, aquellos generados por actividades que crean condiciones desfavorables para otras, como las diversas formas de contaminación o los efectos destructivos de la actividad humana, sin que haya compensación económica ni de otra índole por parte de los responsables.. En segundo lugar, están los efectos externos generados por la competencia en el acceso a un recurso limitado (por ejemplo, el agua o un sector de la zona costera) y que provocan una ineficiencia económica, en el sentido de que se requiere más capital o mano de obra para obtener menos beneficios. Conviene hacer lo posible por reducir tales efectos para limitar, a niveles aceptables, el efecto negativo o los despilfarros económicos resultantes de la acuicultura, así como los producidos en ésta como consecuencia de la decisión o actuación de otros agentes económicos.

Si bien en el Código de Conducta para la Pesca Responsable se estipulan medidas que deben ser adoptadas por los Estados, el Código está destinado también a las personas, grupos o instituciones interesadas, tanto públicas como privadas, que participan en la acuicultura o están relacionadas con ella de alguna manera. Las autoridades gubernamentales contribuirán cada vez más a fomentar una colaboración eficaz con los principales interesados y entre ellos, a fin de promover el desarrollo sostenible de la acuicultura. Las responsabilidades en este sentido deben compartirse entre las autoridades públicas, los acuicultores, los fabricantes y abastecedores de insumos para la acuicultura, los elaboradores y comerciantes de esos productos, las instituciones de financiamiento, los investigadores, los grupos especiales interesados, las asociaciones profesionales, las organizaciones no gubernamentales y otras instancias.

Con este fin, una labor importante es conseguir un mayor compromiso para entablar diálogos constructivos y lograr una colaboración eficaz entre las partes interesadas en el desarrollo de la acuicultura en los planos local, nacional e internacional.. La colaboración en pro del desarrollo sostenible de la acuicultura deberá reconocer la diversidad de las prácticas acuícolas y de las condiciones políticas, sociales y económicas en que se desenvuelven actualmente o lo harán en el futuro. Debería tenerse muy en cuenta la capacidad de los países en desarrollo de aplicar las recomendaciones del Código de Conducta para la Pesca Responsable (véase el Artículo 5 del Código: Requerimientos especiales de los países en desarrollo). Es importante que se tengan plenamente en cuenta y se aborden las condiciones y circunstancias de los países en desarrollo, en lo que se refiere a sus necesidades de asistencia financiera y técnica, transferencia de tecnología, capacitación y cooperación técnica, con el fin de mejorar su capacidad para poner en práctica las recomendaciones del Código relacionadas específicamente con la acuicultura.

Este documento no puede ni pretende abordar todos los desafíos y cuestiones asociados con la evolución actual de la acuicultura, su sostenibilidad y las necesidades y medios para conseguir una mayor colaboración y actuaciones responsables de todas las partes implicadas. Debido a la naturaleza tan diversa de las prácticas acuícolas aplicadas en todo el mundo, lo único que puede hacerse es formular algunas anotaciones a los principios del Artículo 9 - Desarrollo de la acuicultura - del Código de Conducta para la Pesca Responsable. Estas anotaciones sólo pueden servir como orientación general, y deberán entenderse como sugerencias u observaciones encaminadas a ayudar a los interesados a establecer sus propios criterios y opciones frente a las iniciativas que pueden llevarse adelante, a identificar los posibles colaboradores en el desarrollo de la acuicultura sostenible y a reconocer las necesidades y opiniones muchas veces muy divergentes que pueden aparecer asociadas al desarrollo sostenible y a la producción acuícola.

El Departamento de Pesca de la FAO, en colaboración con las partes interesadas, está preparando, o preparará en el futuro, directrices más detalladas sobre cuestiones y temas específicos contemplados por el Artículo 9 del Código. Quizá sea necesario facilitar directrices específicas sobre determinados tipos de sistemas acuícolas, sobre algunos grupos de especies o de productos básicos o sobre las iniciativas para el desarrollo de la acuicultura en determinados entornos o regiones. Conviene señalar que, además de los esfuerzos realizados por la FAO, hay numerosas iniciativas locales, nacionales, regionales e internacionales que promueven el desarrollo sostenible de la acuicultura. La FAO alienta la colaboración en este sentido, así como en relación con la aplicación de los principios del Código. Se espera que la colaboración en la preparación y ejecución de las directrices específicas para la acuicultura sostenible y la práctica responsable contribuyan a un mayor reconocimiento de la acuicultura, sobre todo en lo que se refiere a sus beneficios y a la diversidad de las prácticas y personas relacionadas con ella.

Cabe señalar que otras directrices sobre los artículos del Código, en particular las relativas a la “Integración de la pesca en la ordenación de la zona costera”1, “Ordenación pesquera”2 y “Enfoque precautorio para la pesca de captura y las introducciones de especies”3, tratan sobre aspectos relacionados con la acuicultura, en particular la pesquería basada en el cultivo. Actualmente se está preparando o ultimando material adicional de orientación, en particular el siguiente:

1.2 Estructura y contenido de este documento

El documento está organizado de acuerdo con la estructura del Artículo 9 Desarrollo de la acuicultura del Código de Conducta para la Pesca Responsable (en adelante denominado el “Código” o CCPR). Se examinan uno por uno todos los principios, con el fin de ofrecer al lector anotaciones pertinentes, con sugerencias y observaciones. El Artículo 9 contiene cuatro secciones, elaboradas durante la preparación del Código. En la primera se contemplan las cuestiones que deben abordarse fundamentalmente en las esferas sometidas a la jurisdicción nacional.. En la segunda sección, se tratan los aspectos que, si bien son prerrogativa de los Estados soberanos, podrían repercutir en otros Estados. En la tercera sección se tratan los temas relacionados con la utilización de los recursos genéticos acuáticos. Finalmente, en la cuarta sección se abordan los problemas que se presentan a nivel de la producción.

Los principios adoptados en el marco del Artículo 9 del Código aparecen destacados en negrita. Las anotaciones se complementan con notas adicionales presentadas en recuadros y referencias seleccionadas que pueden ser de utilidad en los debates y actividades ulteriores complementarias. Las referencias facilitadas se enumeran en todo el texto y se consignan al final del documento. Se alienta a los lectores a que intercambien con otras personas interesadas todo tipo de documentación técnica, material de orientación e información sobre experiencias que puedan contribuir a la aplicación de las medidas necesarias. Se invita también a los lectores a que envíen dicha información al Departamento de Pesca de la FAO y, de esa manera, contribuyan al desarrollo, perfeccionamiento y actualización de las directrices que se están preparando en apoyo al desarrollo sostenible de la acuicultura.

1.3 Utilización de los términos

Acuicultura:

La acuicultura se entiende aquí de acuerdo con la definición actualmente utilizada por la FAO para fines estadísticos: “Acuicultura es el cultivo de organismos acuáticos, en particular peces, moluscos, crustáceos y plantas acuáticas. La actividad de cultivo implica la intervención del hombre en el proceso de cría para aumentar la producción, en operaciones como la siembra, la alimentación, la protección de depredadores, etc. La actividad de cultivo también presupone que los individuos o asociaciones que la ejercen son propietarios de la población en cultivo. Para propósitos estadísticos, se admite que una determinada producción de organismos acuáticos constituye una contribución a la acuicultura cuando éstos son cosechados por individuos o asociaciones que han sido sus propietarios durante el período de cría. Se dice, por otra parte, que una cosecha es el resultado de la actividad pesquera cuando los organismos acuáticos, en su condición de bien común, pueden ser explotados por cualquiera, con o sin la respectiva licencia”.

Pesquerías basadas en el cultivo:

El texto contiene también algunas disposiciones relativas a las pesquerías basadas en el cultivo, entendiendo por tales las pesquerías de captura que se mantienen mediante repoblación con material criado dentro de instalaciones acuícolas. No obstante, esta definición es demasiado estrecha para abarcar todas las prácticas de gestión conocidas colectivamente como mejoras, y para los fines del presente documento se ofrece la siguiente definición de trabajo4 de las pesquerías basadas en el cultivo: Actividades encaminadas a complementar o sostener el reclutamiento de una o más especies acuáticas y a elevar la producción total o la producción de determinados elementos de una pesquería por encima de un nivel que resulte sostenible mediante procesos naturales. En este sentido, las pesquerías basadas en el cultivo incluyen medidas de mejora tales como las siguientes: introducción de nuevas especies; repoblación de masas de agua naturales y artificiales; fecundación; ingeniería ambiental, en particular las mejoras del hábitat y la modificación de las masas de agua; alteración de la composición de las especies, en particular la eliminación de las especies no deseables o la constitución de una fauna artificial de especies seleccionadas, y la modificación genética de las especies introducidas.

Seguridad alimentaria:

Se dice que existe seguridad alimentaria cuando todas las personas tienen en todo momento acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos, a fin de llevar una vida activa y sana (Referencia 1).

Desarrollo sostenible:

El desarrollo sostenible es el manejo y conservación de la base de recursos naturales y la orientación del cambio tecnológico e institucional de tal manera que se asegure la continua satisfacción de las necesidades humanas para las generaciones presentes y futuras. Este desarrollo sostenible (en los sectores agrícola, forestal y pesquero) conserva la tierra, el agua, y los recursos genéticos vegetales y animales, no degrada el medio ambiente y es técnicamente apropiado, económicamente viable y socialmente aceptable (Ref. 2).


1 Integración de la pesca en la ordenación de la zona costera. FAO Orientaciones Técnicas para la Pesca Responsable. No. 3. Roma, FAO. 1996. 17p.

2 Ordenación pesquera. FAO Orientaciones Técnicas para la Pesca Responsable. No. 4. Roma, FAO. (versión española en preparación)

3 Enfoque precautorio para la pesca de captura y las introducciones de especies (FAO, Documento Técnico de Pesca, 350/1), reimpreso en la colección FAO Orientaciones Técnicas para la Pesca Responsable. No. 2. Roma, FAO. 1996. 54p.

4 Las definiciones de las pesquerías basadas en el cultivo se examinarán con mayor detalle en la próxima Consulta de Expertos de la FAO sobre Mejoras de la Pesca, que se celebrará en abril de 1997 en Dhaka, Bangladesh.


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