CL 124/13


Consejo

124º período de sesiones

Roma, 23-28 de junio de 2003

Número y duración de los mandatos del Director General (Artículo VII.1 de la Constitución de la FAO)


1. El Consejo aceptó el informe del Grupo de Amigos del Presidente, documento CL 124/INF/22, y acordó transmitir la enmienda propuesta al Artículo VII.1 de la Constitución de que “el Director General será nombrado para un período de seis años, renovable sólo una vez para un período ulterior de cuatro años”, al Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos en su 75º período de sesiones, en octubre de 2003, junto con el documento CL 124/INF/22, antes de someterlo a la aprobación de la Conferencia en su 32º período de sesiones. Entretanto, de conformidad con el Artículo XX.4 de la Constitución, se enviaría comunicación de la enmienda propuesta a los Miembros de la Organización por lo menos 120 días antes de la apertura del 32º período de sesiones de la Conferencia.