Comisión de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura

 

 

 

Declaración de Funciones

Secretaría de la Comisión de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura (CRGAA)

La Secretaría presta servicios a la CRGAA, foro intergubernamental de la FAO para la negociación de instrumentos internacionales y códigos de conducta y la coordinación de las políticas relativas a la conservación y la utilización sostenible de los recursos genéticos de interés para la alimentación y la agricultura, que examina constantemente todos los asuntos relativos a las políticas, programas y actividades de la FAO en este sector.

En particular, la Secretaría:

(i)
respalda las negociaciones de acuerdos internacionales sobre los recursos genéticos para la alimentación y la agricultura y les presta servicios, en cooperación con la Oficina Jurídica y las dependencias técnicas pertinentes; proporciona la secretaría de los comités de negociación; redacta el texto de negociación y presta asistencia a su redacción; y desempeña una función de árbitro;

(ii)
prepara y realiza las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Comisión y, en cooperación con las dependencias pertinentes interesadas, reuniones de sus grupos de trabajo técnicos intergubernamentales;

(iii)
obtiene, sintetiza e integra datos e información necesarios para la elaboración de opciones normativas que se presentan a la Comisión para su examen, e informa periódicamente a la Comisión sobre los programas y actividades y sobre las novedades fundamentales en asuntos de políticas intersectoriales y sectoriales en relación con los recursos genéticos para la alimentación y la agricultura, con inclusión de la bioseguridad, los derechos del agricultor, los derechos de propiedad intelectual, el biocomercio y la bioética;

(iv)
coordina el trabajo relacionado con la Comisión dentro de la FAO y con otras organizaciones pertinentes;

(v)
actúa como centro de coordinación para la aplicación y supervisión de las decisiones y recomendaciones de la Comisión, en contacto con las dependencias técnicas, jurídicas y normativas pertinentes;

(vi)
asesora y ayuda a los servicios técnicos pertinentes en apoyo de los grupos de trabajo técnicos de la Comisión;

(vii)
mantiene los enlaces, la cooperación y la coordinación del trabajo de la Comisión con las secretarías de las organizaciones internacionales pertinentes en la esfera del mandato de la Comisión.

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