Búsquedas
Revista inicio | enfoques | archivo

Enfoques / 2002

 
¿Es inocuo? Campesino rociando su arrozal con insecticida

Plaguicidas peligrosos

El Convenio de Rotterdam se propone crear una responsabilidad común entre los países que exportan e importan sustancias agroquímicas tóxicas...

En julio de 2000, 16 jóvenes campesinos sanos de la región de Kolda, en Senegal, se enfermaron de pronto y murieron. Todos presentaron los mismos síntomas: hinchazón intensa de la cara, las extremidades y el abdomen, cardialgia y dificultad para respirar, y en menos de una semana fallecieron. Un grupo de especialistas del gobierno en enfermedades y envenenamiento detectaron enseguida la probable causa: dos plaguicidas en polvo: Granox TBC y Spinox T, utilizado por las víctimas para proteger de los hongos y los insectos unas semillas de cacahuete recién sembradas.

En Ginebra, 18 meses más tarde, un grupo internacional de expertos comenzó a advertir a los gobiernos sobre el peligro de estas sustancias. El Comité Provisional de Examen de Productos Químicos declaró que el Granox TBC y el Spinox T son sustancias "extremadamente peligrosas" y recomendó que ambas se sumaran a una lista de sustancias agroquímicas sujetas a normas internacionales de control comercial. El año que viene esa recomendación pasa a aprobación de un organismo intergubernamental competente del Convenio de Rotterdam, acuerdo jurídicamente vinculante que se propone impedir importaciones inconvenientes de sustancias químicas peligrosas, particularmente en los países en desarrollo.

"El caso del Senegal es un buen ejemplo de lo que está haciendo el Convenio de Rotterdam por proteger a las personas y el medio ambiente -dice Bill Murray, de la Secretaría del Convenio de la FAO y el PNUMA-. De aprobarse la recomendación, se incorporarán el Granox TBC y el Spinox T en el procedimiento de información y consentimiento previos (ICP) del Convenio, con las otras 27 sustancias químicas ya prohibidas o de uso muy restringido en el comercio internacional".

De conformidad con el procedimiento de ICP, la Secretaría proporciona a todos los países participantes informes minuciosos de los riesgos que plantean determinadas sustancias químicas, a fin de que puedan decidir si importarlas en el futuro. Si algún país decide prohibir o restringir la utilización de determinadas sustancias de la lista de ICP, se notifica a los países exportadores que deben informar de inmediato a sus exportadores, su industria y oficinas de aduanas. "Fundamentalmente somos una especie de servicio de alerta en el comercio de sustancias agroquímicas -dice Bill Murray-. El planteamiento del Convenio de Rotterdam consiste en impedir que se presenten problemas por empleo de sustancias agroquímicas peligrosas..."

Qué alcance tiene el comercio mundial de estas sustancias?
"Actualmente es difícil precisarlo. Se calcula que en todo el mundo se venden hoy en día entre uno y dos millones de fórmulas químicas distintas. Después del sector automotriz, la industria química es la más grande del mundo, con ventas anuales equivalentes a 1,6 billones de dólares EE UU. Al comercio internacional le

Muy peligrosos...
Desde 1998 se han incorporado cuatro plaguicidas en el Procedimiento provisional de ICP:
Binapacrilo: tóxico para el hígado, los riñones y el sistema nervioso, especialmente para los trabajadores de zonas cálidas. Puede producir psicosis tóxica y convulsiones. Vea el informe del ICP (Word 6.0, 225K)...
Dicloruro de etileno: sus efectos varían desde daños al hígado y los riñones a la muerte por edema pulmonar. Se ha demostrado que produce cáncer de estómago, pulmones, mamas y de otros tipos en animales. Vea el informe del ICP (PDF, 98K)...
Óxido de etileno: la exposición a esta sustancia produce irritación del sistema respiratorio, insomnio, debilidad muscular, diarrea, náusea, conjuntivitis y desórdenes neurológicos. Vea el informe del ICP (PDF, 142K)...
Toxafeno: Un fuerte envenenamiento produce convulsiones y estado de coma. En algunos casos produce hipertemia, aceleración del ritmo cardiaco y la muerte. Vea el informe del ICP (Word 6.0, 225K)...

   
corresponden 480 000 millones de dólares EE UU de las ventas. Pero debido a las deficiencias de información y supervisión es muy difícil calcular la parte del comercio internacional que corresponde a las sustancias químicas peligrosas para las personas y el medio ambiente".

¿Cómo se define lo "peligroso" de las sustancias?
"Para el Convenio, una "formulación plaguicida extremadamente peligrosa" es aquella que produce graves efectos en la salud o el medio ambiente, susceptibles de observarse en un periodo breve de tiempo después de una o varias exposiciones, en las condiciones establecidas de utilización de la sustancia. En la práctica, esos efectos comprenden la muerte, invalidez y defectos de nacimiento, y las formulaciones comprenden sustancias como el DDT y los compuestos elaborados a partir de mercurio. La gran preocupación por el comercio mundial de estas sustancias promovió la aceptación internacional del Convenio de Rotterdam."

¿Cómo trata este problema el Convenio de Rotterdam?
"El Convenio se ocupa de la exportación e importación de sustancias químicas peligrosas y, en consecuencia, de su empleo y reglamentación. Al principio lo motivó el dilema entre Norte y Sur, es decir, si los países que prohibían en su territorio la utilización de determinadas sustancias químicas peligrosas para la vida seguían exportándolas. Con todo, en los últimos años ha venido aumentando el comercio Sur-Sur entre las nuevas economías en ascenso, donde está aumentando la producción de sustancias químicas, y los países pobres. En ambos casos, los países importadores menos favorecidos a menudo carecen de los medios necesarios para la gestión de las sustancias químicas peligrosas durante toda la vida útil de las mismas, desde su importación, pasando por su aplicación y culminando en su eliminación en condiciones de seguridad".

¿Cómo no están preparados estos países para gestionar sustancias que pueden ser peligrosas?
"En primer lugar, la infraestructura de reglamentación y gestión de las crisis puede ser insuficiente. Por ejemplo, la mayor parte de los países africanos carecen de centros de control toxicológico. Las personas que utilizan estas sustancias químicas pueden carecer de los conocimientos, el equipo y la capacidad necesarios para utilizarlas en condiciones de seguridad, que fue lo que pasó en el Senegal. Muchos países también tienen el problema de acumular enormes cantidades de productos químicos que no se han utilizado, que se han eliminado en forma ilegal o han quedado abandonados en zonas de almacenamiento que no son seguras, con la posibilidad de contaminar el suelo, el agua y la atmósfera. Pocas veces existen sistemas eficaces para eliminar las sustancias químicas peligrosas".

¿Cómo funciona el procedimiento de ICP?
"Este procedimiento sirve para obtener formalmente y difundir las decisiones de los países importadores respecto a su deseo de recibir futuros envíos de determinada sustancia química, y asegurar que los exportadores respeten esas decisiones. De modo que su propósito es fomentar una responsabilidad compartida entre los países exportadores y los países importadores. Capacita a los países más pobres para tomar sus propias decisiones al proporcionarles información sobre las experiencias de otros países y sobre las decisiones existentes de prohibir o restringir estrictamente el empleo de algunas sustancias químicas tóxicas. El Convenio además alienta a los países a ayudarse mutuamente para fortalecer su capacidad de gestión de las sustancias químicas durante toda la vida útil de las mismas".

¿Qué sustancias químicas comprende actualmente el Convenio?
"El Convenio hoy contiene 27 sustancias, la mayor parte plaguicidas. Además del Granox TBC, nuestro comité de revisión de sustancias químicas ha recomendado que se incluya el monocrotofos, un insecticida que se aplica en muchos países en desarrollo, sobre todo en Asia, para combatir insectos y ácaros; un insecticida, herbicida y funguicida llamado DNCO, excesivamente tóxico para los seres humanos, y todas las clases de asbestos. Se prevé que se sumarán muchos otros productos químicos conforme más gobiernos aprendan a utilizar el Convenio".

¿Cuál es la situación jurídica del Convenio?
"El texto del Convenio fue aprobado en Rotterdam por los gobiernos en septiembre de 1998. Requiere de 50 ratificaciones para entrar en vigor, y a la fecha lo han ratificado 20 gobiernos. Mientras tanto, antes de que entre en vigor, el Convenio tiene carácter voluntario y funciona como "Procedimiento provisional de ICP". Pese a su carácter voluntario, cuenta con una numerosa adhesión, cerca de 160 gobiernos ya han manifestado su compromiso mediante la designación de autoridades nacionales responsables de la ejecución del Procedimiento provisional de ICP".

El Procedimiento de ICP, en síntesis

1er paso: por lo menos dos países, de distintas regiones del mundo, informan a la Secretaría del Convenio de Rotterdam de haber tomado medidas normativas en el país para prohibir o restringir rigurosamente el empleo de determinada sustancia química. Si se trata de una "formulación plaguicida extremadamente peligrosa", basta con que un sólo país informe de un caso de envenenamiento.

2o paso: la Secretaría solicita la documentación de referencia y la remite a su comité de examen químico.

3er paso: el comité estudia la información y decide si recomendar la incorporación en la Conferencia de las Partes del Convenio.

4o paso: en caso de incorporarse una determinada sustancia química, la Secretaría distribuye un Documento de orientación para la toma de decisiones a todas las autoridades nacionales competentes, con un resumen de los peligros toxicológicos y ambientales que entraña, y las medidas normativas tomadas por los países para prohibir o restringir rigurosamente la utilización de esta sustancia química.

5o paso: a partir del documento de orientación para la toma de decisiones, las autoridades de cada país deciden si aceptar o rechazar la importación de la sustancia de que se trate, o si restringir su importación acatando determinadas condiciones, e informa a la Secretaría de su decisión.

6o paso: la Secretaría publica semestralmente una lista completa de las reacciones de los países, y publica asimismo en su base de datos electrónica del ICP toda la información pertinente sobre cada sustancia química.

  • Conozca el Convenio de Rotterdam
Publicado en mayo de 2002
revista: inicio | enfoques | archivo  guía: mapa del sitio © FAO, 2002