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Tratado sobre los recursos fitogenéticos

El Tratado internacional sobre los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura fue aprobado por la Conferencia de la FAO el 3 de noviembre de 2001. Entrará en vigor una vez que lo haya ratificado 40 países. Mientras tanto, la Comisión de recursos genéticos para la alimentación y la agricultura hará las veces de Comité Provisional del Tratado.

Los objetivos del Tratado son:

"la conservación y utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización en armonía con el Convenio sobre la Diversidad Biológica, para una agricultura sostenible y la seguridad alimentaria".

Su ámbito de acción son todos los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura.

En el Tratado confluyen la agricultura, el comercio y el medio ambiente, a la par con los instrumentos comerciales y ambientales, y promueve la armonía y la sinergia entre todos los sectores.

Establece un sistema multilateral para facilitar el acceso a una selección negociada de cultivos, y para la distribución equitativa y justa de los beneficios derivados de su utilización, establecido con base en la interdependencia y la seguridad alimentaria.

También prevé la participación en los beneficios a partir del intercambio de información, la transferencia de tecnología, la formación de capacidad y la distribución mandatoria de los beneficios monetarios y de otros tipos obtenidos de la comercialización de los productos que incorporen materiales obtenidos a través del sistema multilateral.

El Tratado contiene una estrategia de financiación para movilizar recursos destinados a las actividades, planes y programas prioritarios, en particular en los países en desarrollo y en los países cuyas economías están transición, tomando en cuenta el Plan Mundial de Acción de Leipzig, que dispone el cumplimiento de los derechos de los agricultores por parte de los gobiernos a través de:

  • la protección de los conocimientos tradicionales pertinentes,
  • la participación equitativa en los beneficios obtenidos de la utilización de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura,
  • la participación en la toma de decisiones nacionales relativas a la conservación y la utilización sostenible de los recursos.