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V.  CONSIDERACIONES EQUITATIVAS

La creación de derechos de uso territorial localizados puede servir para cumplir con criterios de eficiencia al producir una renta para los recursos que, estando libres y siendo de acceso abierto, generalmente se disipa. Quien obtiene la renta o valor constituye una cuestión distinta y deberá ser examinada en términos de equidad en vez de con criterios de eficacia.

Algunos derechos de uso territorial han sido adquiridos, o lo están siendo, por determinados individuos. Así ocurre con frecuencia con el cultivo de especies sedentarias - bien en el fondo o en balsas. También parece ser que así ha sucedido con respecto a los dispositivos para concentrar peces, en donde algunos individuos han protegido, algunas veces con el uso de la fuerza y sin base jurídica, un derecho exclusivo para determinar quién ha de pescar dentro de un territorio en el que existen los mencionados dispositivos.

Si hubiera una ampliación generalizada de los DUTP localizados en manos individuales, podría ser perjudicial para el bienestar de las comunidades pesqueras en pequeña escala. Podría reducir el acceso a los recursos pesqueros pero también, y quizás lo que es más importantes, podría hacer que los pescadores dependieran del propietario de los DUTP o “señor del mar”, cuyos intereses tenderían a reducir los costos de la mano de obra, bien mediante el empleo de menos pescadores, bien pagando salarios bajos. Sin controles satisfactorios, la creación de derechos esclusivos en las áreas de pesca podría recapitular la experiencia de la distribución injusta de la propiedad terrestre.

Teóricamente sería posible dar cierta compensación a los pescadores o comunidades pesqueras aprovechando plenamente los beneficios del recurso, mediante impuestos u otros medios, que originan los DUTP localizados, y mediante la concesión de rentas, directa o indirectamente, a los pescadores. Sin embargo, en la práctica esto sería difícil de realizar. Y, además, no es probable que la compensación económica sea suficiente para compensar la pérdida del acceso a los recursos o el control sobre los mismos.

Por otra parte, la creación de los DUTP localizados y la concesión de los DUTP a las comunidades pesqueras, ofrece posibilidades para aumentar notablemente la riqueza de aquellas comunidades que los adquieren. En condiciones ideales, los DUTP podrían proporcionar el control local con respecto a los recursos dentro del territorio y podrían permitir la determinación local de los objetivos que de ellos se derivan. La comunidad, estaría en condiciones de elegir si desea aprovechar los beneficios del recurso, incrementar los niveles de ingresos de sus pescadores, aumentar las oportunidades de empleo o lograr alguna combinación de estos objectivos. También podría determinar la clase de equipo que ha de utilizarse, las innovaciones tecnológicas a adoptar, el tiempo y estaciones de pesca y otras medidas reglamentarias. Con derechos territoriales exclusivos tendría un fuerte incentivo para garantizar el respeto de las medidas de ordenación.

Aunque las condiciones ideales nunca existan, las posibilidades de lograr parcialmente los resultados anteriores son suficientemente altas para garantizar otros estudios del concepto de los DUTP localizados. Estos estudios tratarían, en parte, de otros exámenes más detallados acerca de las condiciones que permiten la creación de los DUTP localizados o el mantenimiento y reforzamiento de los derechos territoriales tradicionales. Los estudios también se concentrarán sobre la forma en que han de distribuirse o ser compartidos los beneficios de los sistemas tradicionales y deberán procurar la identificación de las clases de control con respecto a los DUTP nuevamente creados que podrían garantizar una distribución equitativa de los beneficios, tanto dentro de las comunidades que adquieren los derechos como entre las comunidades vecinas de pescadores en pequeña escala.


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