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4.  POSIBLES REPERCUSIONES DE LA INTERVENCION DEL HOMBRE

4.1  Variaciones de los parámetros económicos

En condiciones constantes económicas y bioeconómicas, la pesca de acceso libre alcanzará un equilibrio cuando el nivel de esfuerzo y el correspondiente rendimiento de las capturas produzcan un beneficio cero de la pesca considerada en conjunto, aunque los pescadores con menores costos puedan obtener algunas rentas de eficacia. Como los beneficios o las pérdidas constituyen el factor de actividad, su ausencia significa que no se experimentan cambios en el nivel de esfuerzo y captura, es decir, que se ha establecido un equilibrio (véase la Figura 12).

Como el mundo real no es estático sino dinámico, dicho equilibrio constituye más una tendencia que una realidad. Los costos de los insumos pesqueros (combustible, redes, etc.) tienen frecuentemente una tendencia alcista, mientras el progreso técnico se ocupa de que estos insumos sean más eficientes eliminando los menos aptos cuando se alcanzan los límites del recurso. En conjunto, los costos aumentan o disminuyen según los índices relativos de escasez, inflación y progreso técnico. Se podría esperar que las variaciones de los precios de los insumos no fueran radicales aunque los cambios técnicos originen variaciones discretas en la eficiencia de utilizar los insumos. Sin embargo, desde la crisis energética, los precios del combustible han aumentado con cambios discretos que impiden un proceso de reajuste normal.

Un aumento en los costos de la pesca daría lugar a pérdidas para las unidades pesqueras marginales obligándolas a abandonar la industria. Así , el número de unidades pesqueras y esfuerzo total realizado por una pesquería considerada en conjunto es de esperar que disminuyan como consecuencia del aumento de los costos de la pesca1. Las capturas disminuirán a corto plazo. A largo plazo, las capturas podrían disminuir si la pesca estuviera biológicamente subexplotada (véase la Figura 14) y aumentaría si la pesca estuviera bioló gicamente superexplotada (véase la Figura 13). Las reducciones de los costos de la pesca dimanantes de la introducción de una nueva tecnología pesquera tendrían los efectos contrarios. Sin embargo, no se deriva ningún beneficio a largo plazo para los pescadores o la sociedad del mejoramiento tecnológico, cuando existe una situación de acceso libre.

Las variaciones de los precios del pescado se producen como consecuencia de los cambios de la oferta o de la demanda. Con una demanda determinada, una captura escasa provocaría el aumento del precio y una captura abundante la disminución. Dado un suministro determinado, la demanda creciente (debido al incremento democrático o a mayores ingresos) daría lugar a un aumento de los precios del pescado. Sin que cambien los costos, un incremento del precio del pescado provocaría unos beneficios excesivos que inducirían a la participación en la pesquería y a la ampliación del esfuerzo pesquero hasta que se disipen todos los beneficios y se obtenga un nuevo equilibrio con un nivel de esfuerzo superior (véase la Figura 15). La captura aumenta a corto plazo pero disminuye a largo plazo cuando la pesca está biológicamente superexplotada. Los precios o fluctuaciones diarias o estacionales pueden afectar o no al nivel de equilibrio del esfuerzo dependiendo de la facilidad con que se salga y se vuelva a entrar (incluida la disponibilidad de empleo alternativo para mano de obra y capital).

Las repercusiones de los cambios en la luz de malla y otras reglamentaciones que mejoran la productividad de los recursos y , en consecuencia, el rendimiento total e inmediatamente el índice de captura individual, sin afectar a los costos pesqueros, serán idénticas. A largo plazo, la reglamentación de la luz de malla no mejorará los ingresos y la renta económica total, a menos que se tomen medidas similares para evitar que la pesca vaya hacia un nuevo equilibrio con un esfuerzo superior. Por lo tanto, la luz de malla y otras reglamentaciones sobre selectividad del equipo de pesca no pueden considerarse como una alternativa a la reglamentación de la cantidad de pesca.

1  Indudablemente este resultado depende de los objetivos y motivaciones de los pescadores (véase la sección 2.3). Si los pescadores no potencian al máximo los ingresos netos y más bien rivalizan para obtener un nivel dado de ingresos netos, el aumento de los costos o las reducciones del precio o captura de pescado puede dar por resultado un incremento del esfuerzo, por lo menos temporal, hasta que los pescadores se vean obligados por las nuevas realidades a modificar sus esperanzas en sentido descendente

Figura 13

Figure 13  Los efectos del aumento de los costos de pesca en una pesquería biológicamente superxplotada: aumento del costo (a') - pérdidas temporales (b') - salida (c') hasta que se establezca un nuevo equilibrio de acceso libre (TR = TC); sin efectos a largo plazo sobre los ingresos de los pescadores o sobre los beneficios económicos pero con un aumento de las capturas

Figura 14

Figure 14  Los efectos de un aumento de los costos de pesca en una pesquería biológicamente subexplotada: lo mismo que en la Figura 13, excepto que disminuyen las capturas. Los costos de pesca pueden aumentar hasta un punto en donde la pesca se convierte en improductiva y el esfuerzo y la captura se reducen a cero. Todo esto puede ocurrir incluso en una pesca biológicamente superxplotada si los costos aumentan suficientemente

En las pesquerías de distintas especies, en pequeña escala, los efectos de los cambios sobre los precios y costos no es probable que sean tan evidentes. En primer lugar, debido a la ya observada asimetría fundamental entre la entrada y la salida ( siendo esta última más difícil que la primera), los cambios favorables de los costos o precios, seguidos de cambios desfavorables, dan por resultado un número excedentario de pescadores con ingresos inferiores a sus costos de oportunidad. Por definición, la falta de movilidad es incapacidad para responder a los cambios de las condiciones económicas. Si la movilidad hacia la pesca es mayor que la movilidad para salir de ella, los cambios favorables pueden dañarlas. En segundo lugar, en una pesca de múltiples especies, los cambios en el esfuerzo de pesca, como consecuencia de una variación en los parámetros económicos, pueden provocar no sólo una alteración en la cantidad de las capturas sino también una diversidad en su composición. Si la pesca abastece gran parte del mercado, cuando se produce un cambio en la composición de las capturas se origina otro en los precios del pescado que mitigan el efecto del cambio original.

Una baja de los costos o un alza de los precios pueden hacer rentable (e incluso socialmente conveniente) la “extinción” de algunas especies1.

La más importante repercusión normativa de esta sección es que, cuando no hay restricciones sobre la entrada, las reducciones de los precios de los insumos pesqueros, el mejoramiento tecnológico y el incremento del precio del pescado pueden beneficiar a los pescadores sólo temporalmente. A largo plazo los pescadores no esperan ganar más de sus costos de oportunidad. En realidad, un cambio benéfico incialmente (baja de los costos, aumento del precio del pescado) puede finalmente dañar a los pescadores si estimula la participación “excesiva” de otros que, una vez en la pesca, tienen dificultades para abandonarla a pesar de posibles pérdidas (véase el Cuadro 2).

Igualmente, una expansión de la base del recurso mediante la manipulación de la luz de malla, tipo de equipo de pesca y distribución geográfica de las operaciones pesqueras o simplemente mediante la asignación de más recursos a la pesca, llevaría el incremento del esfuerzo de pesca y no tendría efectos duraderos sobre los ingresos de los pescadores, siempre que permaneciera sin variar la situación de acceso libre del recurso. Un incremento de la base del recurso es, pues, análoga a un aumento del precio del pescado y puede ser similarmente representada en un diagrama como un cambio alcista de la curva total de ingresos (véase la Figura 15). Cuando no existe una reglamentación del esfuerzo de pesca, el mejoramiento de la utilización de las capturas o la eficiencia del sistema comercial tendrán efectos análogos: un aumento temporal de los ingresos, seguido de una expansión del esfuerzo, y la vuelta a los anteriores niveles de ingresos que, a largo plazo, solamente están determinados por los costos de oportunidad. La única manera de efectuar un incremento duradero de los ingresos pesqueros es o limitando el esfuerzo mediante la ordenación de pesca o incrementando el costo de oportunidad de los pescadores mediante el desarrollo no pesquero (creación de empleos alternativos). El desarrollo pesquero sólo puede ser positivo cuando se ejecuta después o al mismo tiempo que la ordenación pesquera.

4.2  Programas de asistencia

La necesidad de que la ayuda estatal se preste a los pescadores en pequeñ escala puede originarse, por lo menos, en tres casos: en primer lugar, cuando por alguna razón, la pesca está económicamente subexplotada, el gobierno puede intentar la posible corrección de los fallos del mercado y atenuar las restricciones coercitivas que impiden el ulterior desarrollo de la pesca mediante la asistencia al desarrollo (motorización de embarcaciones, introducción de innovaciones, subsidios, etc.). En segundo lugar, cuando los pescadores ganan menos que sus costos de oportunidad, el gobierno puede intentar la identificación de la causa como inmovilidad ocupacional o geográfica y proporcionar asistencia para la reconversión y reasignación. En tercer lugar, cuando el costo de oportunidad de los pescadores es inaceptablemente bajo (por ejemplo, inferior a la cifra de pobreza oficial o escaso en comparación con otros grupos de ocupación), el gobierno puede intentar el mejoramiento de las condiciones socioeconómicas mediante el desarrollo o ayuda al bienestar.

1  La extinción biológica de las especies es físicamente difícil y económicamente improductiva. Sin embargo, la extinción económica en el sentido de casi desaparición de algunas especies de las capturas, no es infrecuente en las pesquerías de múltiples especies

Cuadro 2   Desarrollo y ordenación de las pesquerías en pequeña escala: restricciones, objectivos y resultados (evaluación cualitativa preliminar)
TIPO DE INTERVENCION Costo de intervención Aplicación coercitiva RESTRICCIONES OBJECTIVOS Y RESULTADOS
Restricciones del recurso vinculantes Restricciones del recurso no vinculantes
Desarrollo Ordenación Económica Política Objectión de los pescadores Radio de pesca limitado Multiespecies de vida corta Recursos de acceso libre Multiquipo diseminado Controversias con otras pesquerías Mercado de capital alterado Escasa formación especializada Escasa movilidad Excedente mano de obra/falta de empleo alternativo Suministro de proteínas Empleo Ingresos Efectos sociales Integración Excdente económico bruto Excedente ecoómico neto Costoo medio de la pesca Innovación Suministro/Exportaciones de alimentos Empleo Ingresos Efectos sociales Integración Excedente económico bruto Excedente económico neto
FE) UN )
1. Subsidio pesquero Sin ordenación H L L   × ×             ♀- ? 0 - 0 - n/a + 0 + + 0 - ?
2. Subsidio para combustibles Sin ordenación H M L ×   × ×           ♀- ? 0 - 0 - n/a + 0 + + 0 - ?
3. Motorización Sin ordenación H L L     × × ×   ×     ♀- ? ? ? 0 - n/a + 0 + + 0 ? ?
4. Crédito Sin ordenación H L L ?   × ×     ×     ? ? 0 ? 0 - n/a ? 0 ? + 0 ? ? ?
5. Comercialización/infraestructura Sin ordenación M/H M/L L     × ×           ♀- ? 0 + 0 (-) n/a + 0 + + 0 + ?
6. Tecnología postcosecha Sin ordenación M L L   × ×             (+) ? 0 0 0 (-) n/a + 0 + + 0 - ?
7. Promoción de cooperativas Sin ordenación ? M M     × ×     ×     ? ? ? ? 0 - n/a ? 0 ? ? 0 ? ? ?
8. Asignación de recursos Sin ordenación ? M L ×   ×   × ×   ×   ? ? ? 0 0 n/a ? 0 ? ? 0 ? ? ?
9. Relación Sin ordenación H H H     ? ×     × × × (+) (+) (+) ♀- + 0 - n/a + 0   (-) - + ? ?
10. Empleo comp./alternativo Sin ordenación H M L     ? ×     × ×   (+) (+) + + + 0 - n/a - 0 + + 0 + ? ?
1. Subsidio pesquero “Participación limitada” (Regulación del esfuerzo efectivo de pesca) H                       0 0 + ← or → + 0 n/a + 0 + + ← or → + ?
2. Subsidio para combustibles " " M                       0 - +     + 0 n/a + 0 + +     + ?
3. Motorización " " M-H                       0 - ?     ? ? n/a + 0 + +     + +
4. Crédito " " M                       ? ? (+)     (+) (+) n/a (+) 0 (+) (+)     (+) (+)
5. Comercialización/infraestructura " " M/H                       0 ? +     + + n/a + 0 + +     + +
6. Tecnología postcosecha " " M                       0 ? +     + + n/a + 0 + +     + +
7. Promoción de cooperativas " " ?                       0 ? ?     ? ? n/a ? 0 ? ?     + +
8. Asignación de recursos " " ?                       + + +     + ? n/a ? 0 ? ?     ? ?
9. Reasignación " " H                       - ? +/?     + ? n/a - 0 - (-)     (-) (-)
10. Empleo comp./alternativo " " H                       - + +     + + n/a - 0 + +     + +
1. Sin desarrollo Cupos de captura M L M   × × × × ×       o + - - (-) ? 0 - + + LEYENDA:

+  Incremento a largo plazo

♀   Incremento a corto plazo

-   Disminución a largo plazo

o   Disminución a largo plazo

0   Effecto cero

?   Efecto ambiguo

()   Efecto posible pero no cierto

X   Restricción vinculante

H   Alto

M   Moderado

L   Bajo

FE   Empleo pleno

UN   Desempleo
2. Sin desarrollo Vedaa/superficie/estación M L M × × × × ×     × × o + o ? o (-) ? 0 - + +
3. Sin desarrollo Reglamentación equipo de pesca H M M × × × × ×       × o + o ? o ? ? 0 - + -
4. Sin desarrollo Reglamentación luz de malla H L M × × × × ×         o + ? o ? ? 0 - ? ?
5. Sin desarrollo Prohibición de la pesca al arrastre H H L/H × × × × ×     × ? o ? ? ♀/o ♀/o - o 0 - (+) 0
6. Sin desarrollo Límite del número de embarcaciones M-H H (H)     × × ?     × × o ? ? o - - ? o 0 - + +
7. Sin desarrollo Impuesto sobre esfuerzo/captura H H H       ×     × × × o + o ? o ? - ? + (+) - +
8. Sin desarrollo Licencias (gratuitas) H M L       ×     (X) (X) (X) + + + + o + 0 - 0 +
9. Sin desarrollo Subasta de derechos de propiedad L H H       ? × × × × × + (-) 0/- - ? + + - +
10. Sin desarrollo Derechos comunitarios L M L         ×       ? + (+) + + ? (+) (+) - (+)
Figura 15

Figura 15  Efectos del aumento sobre el precio del pescado. Aumento del precio (a') - beneficio temporal (b') - entrada (c') hasta que se establece un nuevo equilibrio de acceso libre (TR' = TC). No hay efectos a largo plazo sobre los ingresos de los pescadores. Los excedentes económicos continúan siendo cero. Si demasiados pescadores entran a formar parte de la pesca para obtenerun beneficio temporal, los actuales pescadores pueden tener pérdidas si son menos eficientes y tienen menos movilidad que los nuevos participantes

Básicamente, la asistencia estatal a los pescadores en pequeña escala puede ser clasificada en dos amplias categorías: (a) asistencia que tiene por finalidad corregir o mitigar los efectos de las imperfecciones del mercado o eliminar los impedimentos que se oponen al crecimiento y, en consecuencia, aumentar la eficacia de la pesca y de toda la economía, y (b) asistencia cuya finalidad es distribuir los ingresos procedentes de otros grupos socioeconómicos entre los pescadores en pequeña escala y, en consecuencia, reducir las disparidades socioeconómicas. Aunque los mejoramientos de la distribución puedan obe- decer al perfeccionamiento de la eficacia, deberán mantenerse por separado de los objetivos de distribución deliberados realizados a expensas de la eficacia. En la primera categoría, podemos incluir la facilitación de infraestructura, el mejoramiento de la utilización del pescado y la eficiencia de la comercialización, investigaciones y extensión, promoción de asociaciones pesqueras, corrección de las relativas alteraciones de los precios, etc., mientras que en la segunda categoría podemos incluir la asignación de otros recursos ícticos1.

Los diversos subsidios (sobre el pescado, combustible, motores de embarcaciones, etc.), así como el crédito y la motorización inducida, frecuentemente tienenpor finalidad la eficiencia y distribución, aunque raras veces consigan ambas, en parte por la naturaleza del acceso libre y también por las restricciones que introducen en el mecanismo comercial. Para que se pueda mantener un determinado aumento de los ingresos de los pescadores, la cantidad del subsidio debe subir continuamente hasta que cancele la expansión inducida del esfuerzo, lo cual es evidentemente una política de autoderrota, ya que cuanto más rápidamente aumentan los subsidios con mayor velocidad se incrementa el esfuerzo. El objetivo distributivo de los subsidios puede llevarse a cabo más permanentemente y con costos mucho menores, con la transferencia directa de la riqueza a los “actuales” pescadores. En este caso, por lo menos, no es difícil prever que muchos no pescadores intenten cumplir con los requisitos como si lo fueran.

1  A menos que puedan explotarse otros recursos con más eficacia (desde el punto de vista de la sociedad) con una pesca artesanal que requiera mucha manos de obra en vez de una pesca en gran escala que requiere mucho capital, en cuyo caso la eficiencia exige la reasignación de recursos

Para elegir una forma apropiada de ayuda al desarrollo hay que emplear varios criterios: (1) se tratará de no dañar a los pescadores; (2) la atención se centrará en los factores de producción que no pueden ser facilitados por los propios pescadores; (3) será de tal naturaleza que finalmente las pesquerías podrán continuar sin ella; (4) deberá sobresalir en términos de costo/eficacia; (5) y no deberá introducir más que el mínimo absoluto de restricción en el mecanismo comercial. A continuación se tratan brevemente estos criterios en el orden anteriormente establecido.

El primer criterio, es decir, que toda ayuda facilitada para el desarrollo no deberá dañar a los pescadores, no es tan superficial como parece. Supone la anticipación de los efectos de intervención temporales y a largo plazo. Por ejemplo, la motorización de canoas en una pesca explotada excesivamente, sin asignación adicional de recursos, puede finalmente empeorar la situación de los pescadores al incrementar su dependencia de los insumos adquiridos cuyos precios sean superiores a sus posibilidades. Por ejemplo, hay pruebas de que en algunos lugares de Filipinas, la ayuda crediticia para la mecanización sólo ha asistido a los pescadores temporalmente; a largo plazo, las unidades pesqueras motorizadas son cada vez menos rentables como consecuencia del aumento de los precios del combustible. En un reciente estudio se descubrió que los propietarios de las embarcaciones motorizadas en pequeña escala tenían unos ingresos medios de US$ 362 en comparación con los US$ 520 de las embarcaciones sin motorizar (Librero et al., en prensa). Una situación similar se descubrió en Malasia, en donde el éxito de la mecanización se ha convertido en una carga y muchas embarcaciones motorizadas tienen ingresos inferiores a sus costos de oportunidad (Fredericks et al., en prensa). Igualmente, en una pesca de acceso libre caracterizada por su inmovilidad, los subsidios de los precios del pescado o de los costos de los insumos puedenprovocar una rentabilidad temporal, una excesiva participación y una reducción a largo plazo de los ingresos pesqueros de los pescadores existentes por debajo de sus niveles de preintervención.

El segundo criterio para la selección de la forma apropiada de intervención es que la asistencia al desarrollo debe centrarse en factores de producción que no pueden ser facilitados o procurados por los propios pescadores, bien por causa de las economías de escala en su facilitación bien porque su costo es excesivo en relación con los ingresos de los pescadores. Por ejemplo, la facilitación de una infraestructura, como las instalaciones para la descarga, carreteras y mercados, es de dominio público; no es de esperar que los pescadores proporcionen estas instalaciones o incluso aunque pudieran es algo que corresponde al estado como consecuencia de las enormes economías de escala de su facilitación y su naturaleza de “bien público”1. En el otro extremo, hay factores de producción como el combustible, hielo y redes, que son bienes privados cuya responsabilidad correrá a cargo de los propios pescadores. En medio, están los insumos de capital, como es el caso de las embarcaciones y motores, cuyos costos son altos en comparación con los ingresos de los pescadores y, en este caso, puede estar justificada una asistencia limitada, especialmente si el mercado de capitales no funciona apropiadamente. El problema que plantean los subsidios para la motorización, al igual que otros, es que son fáciles de introducir y muy difíciles de eliminar. Por ejemplo, en Sri Lanka, la importación y distribución de embarcaciones motorizadas a precios subvencionados era justificada en los años sesenta y a principios de los setenta, pero no hoy en día. No sólo por el costo del combustible importado sino también porque la pesca es bastante rentable (véase Fernando et al. en prensa) y los pescadores pueden ahorrarse la compra o sustitución de sus proprias embarcaciones. En realidad, parte de los subsidios pesqueros “podrían” ser sustituidos por impuestos para obtener (parte) de las rentas generadas por el recurso con objeto de: (a) reglamentar la participación y (b) proprocionar asistencia para el desarrollo de las secciones menos adelantadas de la pesca en la cuantía que permitan las restricciones a los recursos. Sin embargo, se admite que eliminar los subsidios e introducir impuestos es algo políticamente muy difícil sino imposible. Por lo tanto, los subsidios introducen una carga más o menos permanente para la sociedad que debe ser estudiada antes de su introducción.

1  Un bien público se caracteriza por su suministro común, en el sentido de que para producir el bien destinado a un consumidor es necesario producirlo para todos los consumidores. El consumo de un bien público, a diferencia del privado, no disminuye su disponibilidad para otros. Aunque la producción de un bien común signifique un costo de oportunidad, en términos de cantidades previstas de bienes privados y otros de carácter público, su consumo significa un costo de oportunidad cero. Para más detalles al respecto y otros fallos comerciales, véase Panayotou, en prensa

Una tercera consideración importante al estudiar la asistencia para el desarrollo, es el potencial de la pesca para superar la necesidad de ayuda y la capacidad del Estado para suprimirla cuando se juzgue que ya no cumple los fines que tenía. Los subsidios son extremadamente difíciles de superar porque los beneficiarios se acostumbran a ellos y no están preparados para afrontar a las fuerzas comerciales. En el caso de la pesca, los subsidios estimulan la participación y su supresión exigiría una considerable reducción del esfuerzo y empleo lo cual puede que no sea aceptable desde un punto de vista normativo.

El cuarto criterio para la selección de una asistencia apropiada al desarrollo es que, entre un número de alternativas, hay que elegir una con el mayor costo-eficacia, es decir, el plan de asistencia que obtenga un determinado objetivo o serie de objetivos con el menor costo. Por ejemplo, si la adopción de una nueva tecnología (por ejemplo, motores para embarcaciones, redes de nylon) es rentable pero los pescadores no la adoptan por falta de conocimientos acerca de su existencia o falta de confianza en su rentabilidad, la forma de ayuda más idónea con respecto al costo/eficacia no es la transmisión de la tecnología gratuitamente a los pescadores sino facilitarles la información y extensión apropiadas. Igualmente, si los precios del pescado son relativamente bajos como consecuencia de una utilización inapropiada del mismo o grandes márgenes comerciales, la mejor ayuda en cuanto a costo-eficacia no es un plan de sustentación de precios o un precio subvencionado del pescado, sino el mejoramiento de la utilización del pescado y la eficacia comercial.

Un criterio afin es que la intervención deberá tener por finalidad la “máxima” asistencia posible a los pescadores con un mínimo de deformación del mecanismo comercial. Por ejemplo, en vez de facilitar a crédito motores para embarcaciones o créditos subvencionados, sería más conveniente eliminar las irregularidades existentes en el mercado de capitales (como subsidios implicítos a los pescadores en gran escala) que provocan una competencia anormal entre los pescadores en pequeña y gran escala. Sólo después de haber corregido los precios relativos alterados del capital y mano de obra, para que reflejen sus verdaderas escaseces (escasez de capital, mano de obra abundante), pueden verse los problemas de los pescadores en pequeña escala en su justa perspectiva. De acuerdo con las políticas existentes de un capital con precio inferior al corriente y una mano de obra con precio superior, los pescadores en pequeña escala que no tienen ninguna especialidad colateral o de ningún tipo, además de la pesca, tienen poco acceso a los recursos pesqueros y ninguno al empleo fuera de la pesca. Permitiendo que los pescadores en pequeña escala consigan dinero prestado en los mismo mercados de capital que los pescadores en gran escala, pero con unos calendarios de reembolso y unos detalles administrativos que puedan satisfacer, y asignándoles más recursos pesqueros con ciertas condiciones de participación limitada1, sería mucho mejor para el nivel de vida que todos los subsidios imaginables en una situación de acceso libre.

Cuando se examinan todos los criterios mencionados para elegir la forma deasistencia para el desarrollo, es evidente que el Estado no debe intervenir directamente en las operaciones pesqueras mediante subsidios para los insumos, precio de sustentación del pescado o planes de motorización inducidos. Dadas las restricciones (pesquerías fluidas y diseminadas, recurso limitado, acceso libre, controversias con la pesca en gran escala y movilidad limitada) estas intervenciones es probable que: (a) sean muy costosas y difíciles de eliminar; (b) dañan más bien que ayudan a los pescadores, a largo plazo; (c) provocan ulteriores distorsiones de los mercados y el agotamiento de los recursos, y (d) dejan a la sociedad con un problema de mayor envergadura en el futuro y con pocos recursos y capacidad para solventarlo. En su lugar, la asistencia al desarrollo debería concentrarse en la creación de un medio ambiente apropiado en el que puedan desarrollar sus actividades los pescadores en pequeña escala, en competencia más igualada entre ellos, y con los pescadores en gran escala.

1  La “entrada limitada” se refiere a límites efectivos de esfuerzo de pesca y, en consecuencia, se aplica tanto a la mano de obra como al capital en todas sus posibles combinaciones y configuraciones. Es sin duda suficiente para controlar sólo el número de pescadores o el número de embarcaciones

Si todavía hay potencial sin explotar en el sector pesquero situado fuera del radio de acción de los pescadores en pequeña escala, la asistencia al desarrollo puede adoptar la forma de una motorización gradual de las embarcaciones o de subsidios a determinados insumos, cuando el mercado no puede lograr el resultado deseado y el Gobierno no puede mejorar la actuación de dicho mercado. Sin embargo, el beneficio social que se deriva de esta intervención directa, deberá abarcar plenamente el costo social implicado. No obstante, si el potencial pesquero ya está plenamente explotado, la asistencia al desarrollo deberá consistir en la creación de oportunidades alternativas de empleo. Como ya hemos visto en la sección anterior, cuando no hay restricciones sobre la participación, la ayuda a los pescadores que participan en una pesca plenamente explotada, es autodestructiva a largo plazo. Sin embargo, a corto plazo, cuando no hay otras alternativas posibles, puede haber cierta justificación, en cuanto a aplicar medidas en beneficio de la pesca. Sería “óptimo” explotar excesivamente la pesca para ganar tiempo para el desarrollo de alternativas fuera de la misura1. No obstante, estas acciones a corto plazo deberán ser planeadas con mucho tiempo. Además, para que la asistencia al desarrollo tenga un impacto duradero deberá ir acompañada de una efectiva ordenación pesquera ejecutada coercitivamente.

Sin alguna reglamentación del esfuerzo, la ayuda afín a las pesquerías, más temprano o más tarde, demostrará ser inútil, por lo que se refiere a las condiciones socioeconómicas de los pescadores y los intereses a largo plazo de la sociedad. Como se indica en el Cuadro 2, cuando las restricciones del recurso son vinculantes, sólo habrá un incremento temporal y una disminución a largo plazo de las capturas, y un incremento temporal de los ingresos pesqueros a costa de una reducción permanente del excedente económico neto de la pesca (ya cero antes de la intervención). Las repercusiones en el empleo son ambiguas, ya que toda ventaja obtenida con el empleo primario dimanente de la expansión del esfuerzo, será contrarrestada con las reducciones del empleo secundario procedente de una reducción de las capturas. Con el acceso libre y un recurso con restricciones vinculantes, sólo la creación del empleo alternativo tendrá repercusiones a largo plazo. Si las restricciones del recurso no son vinculantes, la ayuda al desarrollo pesquero en forma de subsidios o infraestructura puede dar por resultado un incremento a largo plazo de las capturas y el empleo, pero no en lo relativo a ingresos o excedentes económicos, cuyos cambios son temporales o ambiguos. Como puede observarse en el Cuadro 2, la asistencia al desarrollo pesquero tiene efectos duraderos sólo cuando se reglamenta el esfuerzo de pesca, especialmente si al mismo tiempo, las restricciones del recurso no son vinculantes. Aunque en estas condiciones, tanto la intervención directa a través de subsidios, como la intervención indirecta a través de la creación de un medio ambiente conclusivo (infraestructura, mejor utilización de las capturas, comercialización más eficiente, etc.) son posibles, los criterios de “costo-eficacia”, “fácil retirada” y “distorsión mínima” favorecen a la última. El mejoramiento del medio ambiente, en el cual se realiza la pesca en pequeña escala, es efectivo aun cuando las restricciones del recurso sean vinculantes, siempre que se controle el esfuerzo. Sin embargo, cuando hay limitaciones terminales del recurso o mano de obra excedente en las comunidades pesqueras, la creación de un empleo complementario o alternativo (o reasignación gradual cuando no existan ambos) es una condición sine qua non para mejorar las pesquerías en pequeña escala y elevar de categoría a las comunidades pesqueras deprimidas.

4.3  Reglamentación de la ordencación

Como ya hemos visto, el libre acceso da lugar a un esfuerzo excesivo, que puede determinar además la desintegración biológica y de todos los excedentes económicos que una pesca es capaz de generar. Además, la asimetría entre movilidad para participar y abandonar la pesca provoca una situación socioeconómica deprimida para los pescadores y un excedente económico negativo para la sociedad considerada en conjunto. Con el acceso libre, todo intento de fomento ulterior de la pesca o simplemente la asistencia a los pescadores en pequeña escala puede ser ineficaz a largo plazo, porque obliga a un esfuerzo adicional que puede invalidar cualquier resultado positivo a corto plazo como consecuencia de la intervención. Esto es cierto sean o no vinculantes las restricciones del recurso; aun cuando haya potencial para un ulterior desarrollo y expansión, una vez que se ha facilitado la asistencia sólo hay que dejar que transcurra el tiempo para que desaparezcan sus efectos sobre los excedentes económicos y los ingresos de los pescadores, como consecuencia de un excesivo esfuerzo.

1  Sin embargo, sería una forma muy costosa de ahorrar teimpo si provoca una situación irreversible, tal como el agotamiento de ciertas especies, de gran valor, posibilidad no improbable en el caso de la pesca de múltiples especies (véase la sección 2)

Sin alguna forma de control sobre la pesca, no se pueden realizar estos objetivos similares de la ordenación pesquera, tales como el mejoramiento de la productividad de las poblaciones y la reducción del despilfarro de los escasos recursos naturales o artificiales. Ni tan siquiera puede llevarse a cabo el objetivo de mantener un alto empleo cuando no hay control sobre la pesca, ya que una posible pesca excesiva biológica produce una reducción de las capturas sostenidas y, en consecuencia, menor empleo secundario en la elaboración del pescado, comercialización, etc.1. Tampoco se evita la fricción social bajo el régimen de acceso libre, ya que los pescadores en pequeña escala apenas ganan lo necesario para vivir y están en constante conflicto con las pesquerías en gran escala.

En la sección 2 hemos visto que existen dos parámetros que pueden ser manipulados directa o indirectamente por el administrador pesquero para lograr los objetivos de la ordenación de la pesca: (i) la edad o tamaño del pescado en la primera captura y (ii) la cantidad total de esfuerzo de pesca. Cambiando el tamaño del pescado en la primera captura, es posible incrementar la productividad de la población y el rendimiento económico neto para una cantidad determinada de esfuerzo pesquero, mientras que cambiando el esfuerzo de pesca podría tener un resultado similar para un tamaño determinado en la primera captura. Correspondientemente, las reglamentaciones de la ordenación pueden clasificarse en: (i) reglamentaciones sobre selectividad de equipo y estacionales, y vedas de zonas que tengan por finalidad afectar al tamaño y edad del pescado capturado y (ii) reglamentaciones sobre control de capacidad de captura y cupos de captura con la finalidad de afectar a la cantidad del esfuerzo total o la cantidad de las capturas. Un tercer tipo de plan de ordenación (derechos territoriales) tiene por finalidad crear un medio ambiente que permita el autocontrol de los propios pescadores, en vez de intentar el control directo de la pesca.

La elección entre estas alternativas de ordenación dependerá, en gran parte, de las características y circunstancias específicas de la pesca en cuestión y los objetivos de la autoridad de ordenación. Sin embargo, esta elección deberá basarse en una serie de criterios que incluyan: aceptación por parte de los pescadores, ejecución gradual, flexibilidad, estimulación de la eficiacia e innovación, pleno conocimiento de los costos de reglamentación y ejecución coercitiva y prestar la debida atención a las repercusiones en la distribución y empleo.

En primer lugar, para que una reglamentación de la ordenación tenga serias posibilidades de éxito, a un costo de ejecución económicamente justificable y con un grado de coacción políticamente aceptable, debe contar con el apoyo de la mayoría de los pescadores, lo cual es especialmente importante en las pesquerías en pequeña escala, en donde la ejecución coercitiva se ve complicada por la dispersión y fluidez de las unidades de pesca. Por otra parte, se trata de un criterio bastante restrictivo, ya que los pescadores no es probable que estén de acuerdo con cualquier reglamentación que no les permita el acceso a la pesca o amenace su situación absoluta o relativa en la pesquería, a menos que se propongan alternativas considerablemente superiores. Incluso en ese caso, los factores sociales y otras causas de movilidad pueden obligarles a oponerse a determinadas reglamentaciones que estimen son una amenaza a su forma de vida tradicional y fuente de subsistencia. Por ello, un segundo criterio para la selección de una reglamentación de la ordenación es que esté sujeta a una ejecución gradual. Por ejemplo, es probable que la subasta de derechos de pesca incluya desde un principio a muchos pescadores en pequeña escala que no tienen empleo alternativo.

Un tercer criterio es que una reglamentación de ordenación deberá ser lo suficientemente flexible a fin de permitir el reajuste de los cambios económicos y biológicos. Las poblaciones pelágicas tropicales, por ejemplo, están sujetas a fluctuaciones imprevisibles. La flexibilidad de las pesquerías de múltiples especies es particularmente importante debido a nuestro escaso conocimiento de las interacciones de las especies y de las reacciones de la composición de la población a los cambios de esfuerzo. En los últimos años, las condiciones económicas (por ejemplo, costos del combustible, precios del pescado y tecnología pesquera) han estado cambiando con rapidez. Las reglamentaciones de la ordenación, como los cupos de captura que no permiten la necesaria flexibilidad para el reajuste a condiciones mutables o significan grandes costos de investigación para vigilar las fluctuaciones de las poblaciones, pueden provocar una pesca excesiva grave o en todo caso la operación a niveles inferiores al óptimo durante parte del tiempo, según sea la frecuencia y magnitud de estos cambios.

1 El señor Ben-Yami me ha indicado la posibilidad de que la pesca excesiva genere cierto empleo secundario adicional como consecuencia de mayores necesidades de elaboración de otras especies más pequeñas en comparación con el pescado principal (cuya proporción en las capturas se reduce como consecuencia de la pesca excesiva)

Un cuarto criterio es que una reglamentación apropiada deberá estimular la pesca para que se realice con un costo medio mínimo y dé incentivos (o por lo menos, deje una posibilidad) para mejorar la eficacia mediante cambios tácticos en las características de la pesca y cambios innovadores en la tecnología pesquera. Todo ello tiene la mayor importancia, ya que una mayor eficiencia significa mayor difusión entre el valor de la captura y los costos de la pesca y, en consecuencia, mayores ingresos para los pescadores y/o excedente económico para la sociedad. Además, los cupos de captura globales no se ajustan a este criterio, ya que promueven una enorme competencia entre los pescadores en cuanto a capturar la mayor cantidad de pescado posible antes de que se agote el cupo. Naturalmente, los costos totales de la pesca aumentan hasta el nivel del valor de la captura (excedente económico cero), ya que se reduce la temporada de pesca al mínimo absoluto para agotar el cupo. Sin embargo, determinados cupos de captura, si se ejecutan coercitivamente, pueden eliminar una competencia excesiva y permitir a determinados pescadores reducir sus costos de pesca hasta el mínimo requerido para garantizar sus cupos.

Un quinto criterio es que una reglamentación apropiada de la ordenación deberá tener plenamente en cuenta los gastos de las investigaciones, de ejecución coercitiva y vigilancia, así como los factores políticos que dificultan su ejecución efectiva. Por ejemplo, la reglamentación de la luz de malla o los impuestos sobre el esfuerzo pueden ser muy costosos de ejecutar cuando las unidades de pesca que emplean múltiple equipo están diseminadas.

El último criterio es que una reglamentación apropiada de la ordenación deberá tener plenamente en cuenta las repercusiones del empleo y distribución y ponderarlas frente a otros objetivos de la ordenación pesquera (mejoramiento de los ingresos) pesqueros, potenciación máxima de los excedentes económicos, reducción de controversias sobre equipo, etc.). Por ejemplo, la reglamentación de la luz de malla y la veda de zonas de cría en aguas poco profundas tiene repercusiones en la distribución de los ingresos (y empleo) porque afectan desproporcionadamente a los pescadores de bajura; en realidad, significa una transferencia neta de ingresos de los pescadores en pequeña escala de bajura a las pesquerías industriales de media altura.

Teniendo en cuenta estos criterios y restricciones bajo los cuales se lleva a cabo la pesca en pequeña escala (de ello se ha tratado en la sección 3) intentaremos una evaluación de la eficacia y aplicabilidad potencial de las siguientes alternativas de ordenación: selectividad y restricciones del equipo, vedas estacionales y de áreas, cupos de captura, control del esfuerzo de pesca, control económico (impuestos, derechos de licencias y controles de precios) y derechos territoriales (derecho de propriedad sobre una población o superficie, arrendamientos, franquicias, y derechos de uso). Los costos y efectos de estas reglamentaciones de la ordenación se tratan cualitativamente a continuación y se resumen en el Cuadro 2.

La selectividad del equipo, como es el caso de las restricciones sobre la luz o espaciado de mallas y anzuelos o la apertura de nasas, tiene por finalidad lograr y mantener la estructura de edad productiva de la población permitiendo que los peces no maduros crezcan y sean más valiosos y posiblemente se reproduzcan antes de su captura. Cuando distintos pescadores se centran en edades diversas o en especies distintas (utilizando el mismo tipo de equipo), la selectividad del equipo tiene evidentemente repercusiones en la distribución. Cuando se trata de una pesca en pequeña escala de bajura, que se centra en peces jóvenes que emigran hacia aguas de media altura en donde son explotados por el equipo pesquero en gran escala, la selectividad significa una reasignación del recurso a favor de la pesca de media altura. En consecuencia, el rendimiento global de la pesca mejorará mientras que los ingresos y empleo de los pescadores en pequeña escala empeora1, con los consiguientes problemas sociales. El rendimiento económico neto continuará siendo cero (en realidad, se hace negativo por la cantidad del costo de reglamentación), ya que toda renta originada por la pesca de media altura1, como consecuencia de la reglamentación, atraerá a nuevos participantes hasta el punto de disipar por completo las rentas. Además, en la pesca con múltiple equipo y de múltiples especies, que es diseminada y fluída, la ejecución coercitiva es probablemente difícil y costosa, ya que los pescadores en pequeña escala se opondrán ciertamente a dichas reglamentaciones. Así, podemos concluir diciendo que la selectividad del equipo (a pesar de su utilidad potencial para mejorar la productividad del recurso) puede que no sea tan buena como se espera, sin un control efectivo previo sobre el esfuerzo y la resolución del problema fundamental de asignación entre las pesquerías artesanales y comerciales. La importancia de controlar el esfuerzo para lograr plenamente una ganancia en productividad, como consecuencia de la reglamentación de la selectividad del equipo, no puede ser sobrestimada, ya que no puede preverse ningún mejoramiento a largo plazo de los ingresos individuales y de los excedentes económicos cuando no se reglamenta el esfuerzo.

1  Sólo algunos pescadores en pequeña escala desplazados pueden ser empleados como tripulantes en las pesquerías de media altura, debido a su intensidad de capital y especialización

Las restricciones del equipo, tales como la prohibición de utilizar veneno y explosivos, tienen por finalidad proteger los recursos y su productividad, mientras que otras, como por ejemplo, la prohibición de la pesca al arrastre, las redes sintéticas y los localizadores de peces, se han introducido para proteger a los recursos del equipo “destructivo”, pero su verdadera finalidad es amparar la pesca de otros equipos menos eficientes por razones políticas o sociales. Ambas restricciones tienen repercusiones extremas en cuanto a su distribución. La prohibición de pescar con veneno y explosivos, cuando es efectiva, significa frecuentemente la reasignación del recurso alejándolo de los pescadores más pobres2 hacia otros que pueden comprar tipos de equipo legítimo y también hacia futuros usuarios del recurso. Podría ser rechazada como contradistributiva, a menos que se facilitara a los pescadores desplazados ayuda para adquirir equipo legítimo de empleo alternativo. En este caso, tampoco es de prever ningún mejoramiento a largo plazo de los ingresos y excedentes económicos, al no existir limitaciones sobre la entrada de los tipos legítimos de equipo.

La prohibición de las redes de arrastre y otro equipo relativamente eficiente significa una reasignación a favor de los pescadores costeros en pequeña escala, que pueden o no emplear tipos de equipo menos eficientes. Aunque temporalmente puede ser aceptable el sacrificio de cierta eficacia en nombre de una distribución más equitativa, una prohibición completa de los arrastreros es probable que constituya un sacrificio importante e innecesario cuando muchos caladeros en los que se practica la pesca al arrastre no son accesibles a los pescadores en pequeña escala. Con más probabilidad, las repercusiones nocivas de los arrastreros en el recurso y en los pescadores costeros podrían ser reducidas al mínimo mediante la selectividad del equipo y la asignación de zonas entre las dos pesquerías. Como consecuencia de la prohibición de un equipo verdaderamente destructivo, el rendimiento aumentaría, disminuiría el empleo de aquéllos que utilizan el equipo prohibido y se incrementaría para el resto, aunque no es de prever ningún mejoramiento a largo plazo de los ingresos pesqueros o excedentes económicos netos sin que exista un efectivo control sobre la entrada. Una prohibición total es fácil de aplicar, pero puede tener efectos negativos sobre la eficiencia y la innovación.

1  Incluso las rentas a corto plazo pueden no tener lugar como consecuencia de ser superiores los costos de captura del pescado una vez dispersado en aguas de media altura

2  No se sugiere que el veneno y los explosivos se utilicen sólo por parte de los pescadores pobres, pero estos serán los más afectados por la prohibición, ya que no pueden comprar tipos de equipo legítimos. Sobre el grado de destrucción del veneno y los explosivos hay opiniones diversas que aparentemente se refieren a distintos tipos de pesca. El Sr. Ben-Yami (comentario personal) manifiesta que, con excepción de los arrecifes coralíferos, el veneno y los explosivos tienen un efecto bastante limitado en las poblaciones y el medio ambiente: “el principal peligro de utilizar la dinamita es que los pescadores pierden sus manos o dedos”. Por otra parte, Bardach (1976: 18–19) cita a Tgnola Efi, Primer Ministro de Samora: “Los peces dentro de los arrecifes que, en un tiempo eran la principal fuente de nuestras proteínas, están escaseando cada vez más. En gran parte son responsables el Ava niu kini y la dinamita. He presenciado la muerte de los corales y plantas un día después de haber sido depositado el Ava niu kini. A medida que escasea el pescado, el Ava niu kini y la dinamita … parecen a los pescadores incluso más necesarios para garantizar una captura respetable. La captura no es suficiente, utilizan la dinamita a pesar de …”

En este contexto, la reciente prohibición total de los arrastreros por parte de Indonesia, merece ciertos comentarios. En palabras del Director General de Pesca de Indonesia “como culminación al tratar de resolver el problema de los arrastreros en Indonesia, en su continuo esfuerzo para proteger a las masas de pescadores tradicionales pobres, el l de julio de 1980, el Gobierno tomó la decisión política de prohibir la actuación de los arrastreros en Indonesia gradualmente, mediante el decreto de la Presidencia No 39 del año 1980” (Sardjono, 1980). ¿Era esta prohibición de la pesca de arrastre el más apropiado instrumento de ordenación, dadas las circunstancias? La prohibición indonesia de la pesca al arrastre se produjo como consecuencia de los enfrentamientos violentos entre los pescadores tradicionales y los arrastreros y después de diversas detenciones y demostraciones; los reglamentos anteriores, que limitaban el número de embarcaciones con licencia y su área de actuación, demostraron ser “ineficaces” para mantener a los arrastreros ilegales apartados de las aguas ribereñas. Teniendo en cuenta la intensidad del conflicto, las dificultades del Gobierno para aplicar otros reglamentos más complejos1 y el predominio (95 por ciento) de los pescadores en pequeña escala en las pesquerías de Indonesia, la prohibición total de los arrastreros no parece carecer de razón, dadas las circunstancias. En la estimación del Gobierno, se prevé que las capturas disminuyan temporalmente el 10 por ciento y se repongan inmediatamente mediante la conversión de los arrastreros en otros tipos de equipo y el incremento de la pesca en pequeña escala con ayuda del Estado mediante servicios crediticios y de extensión. Sin embargo, la eficacia e innovación han de padecer ciertamente como consecuencia de la prohibición, y parte de los recursos demersales de media altura probablemente continuarán sin explotar2, o serán cosechados por las embarcaciones extranjeras. En términos socioeconómicos, la prohibición de la pesca de arrastre es probable que dé por resultado un incremento temporal de los ingresos de los pescadores en pequeña escala y un aumento del empleo pesquero, que se incrementará para que la pesca consiga un nuevo equilibrio bioeconómico en donde los pescadores en pequeña escala ganen no más de sus costos de oportunidad. Es decir, sin alguna forma de control sobre el número de pescadores en pequeña escala ni tan siquiera una prohibición total de los arrastreros es probable que produzca un mejoramiento duradero en sus ingresos, a menos que la eliminación de la invasión costera de los arrastreros estimule la reanudación de las formas tradicionales de autoordenación.

Las vedas estacionales y de superficie tienen por finalidad mejorar la productividad del recurso al garantizar el desove ininterrumpido y la protección de los peces juveniles. La veda de una pesca durante ciertas temporadas o en una zona determinada, también puede tener por finalidad el control total del esfuerzo y las capturas. El primer objetivo es fácilmente realizable si las zonas de desove y cría y las temporadas pueden determinarse con precisión, lo cual es difícil ya que estas zonas y temporadas frecuentemente varían de un año a otro. La veda de la pesca en una zona bien definida, como es el caso de una bahía, estuario o laguna, o la veda de toda la pesca durante una determinada temporada, pueden ser relativamente fáciles de llevar a la práctica. Por el contrario, la veda de grandes zonas de media altura o la veda de la pesca a intervalos de tiempo pequeños o frecuentes o sólo para algunas especies, requiere una mayor vigilancia y mayores costos de aplicación cohercitiva. Como las zonas de desove y cría de muchas especies están situadas a lo largo de la costa (bahía, estuario, lagunas, etc.), las vedas de superficie y temporada afectan desproporcionadamente a los pescadores en pequeña escala que faenan casi exclusivamente en zonas costeras. A diferencia de las pesquerías en gran escala móviles y elásticas, los pescadores en pequeña escala no pueden dedicarse a la pesca en aguas de media altura durante la estación de veda o cambiar hacia otros caladeros a resultas de la veda de sus caladeros tradicionales. Aunque potencialmente útil para incrementar los rendimientos totales, las vedas de superficie y temporada tienden a reasignar los recursos a favor de las pesquerías de media altura3 empobreciendo y dejando sin trabajo a los pescadores en pequeña escala, a menos que se les dé ayuda para facilitar su participación en la pesca de media altura. En particular, las zonas de veda imponen una carga a los pescadores en pequeña escala que no tienen la movilidad para pescar en otras zonas.

1  Desde luego, los ahorros de los costos de ejecución mediante la prohibición total de la pesca al arrastre deben ser equilibrados frente a las pérdidas en la eficacia de la pesca

2  C.H. Newton ha comentado que esto puede no tener importancia si el objetivo del Gobierno es satisfacer a los pescadores en pequeña escala y a los consumidores con el suministro de especies juveniles a bajo costo. Al prohibir a los arrastreros en el mar de Java, los precios de las especies demersales adultas aumentarán y, en consecuencia, la pesca de estas especies será viable en el mar de Arafura

3  Esto se aplica sólo cuando los pescadores en pequeña escala y de media altura comparten las mismas poblaciones o, por lo menos, explotan poblacíones interdependientes, como frecuentemente sucede con los pescadores en pequeña escala que faenan cerca de la costa, en lagunas y estuarios. Explotan fases juveniles de las mismas poblaciones, mientras que los pescadores en gran escala las explotan más allá de aguas de media altura

Como medio para controlar la captura o esfuerzo totales, las vedas de superficie y estacionales son inefectivas, estimulando la expansión del esfuerzo ya que los pescadores intentan hacer todo lo posible cuando las zonas y temporadas no están vedadas. Las consecuencias adversas de incrementar la intensidad de pesca en zonas abiertas o durante la época en que no hay veda, y el consiguiente incremento de los costos pesqueros globales, pueden contrarrestar con creces todo efecto benéfico de las vedas sobre la productividad de las poblaciones. Otro tipo de veda de superficie es la prohibición de ciertos tipos de equipo (por ejemplo, redes de arrastre) en zonas costeras reservadas a los pescadores en pequeña escala. Esto tiene ciertamente ventajas con respecto a una prohibición total o sobre una veda total de superficie pero también es más fácil de aplicar coercitivamente. La asignación de superficies (o recurso) constituye una herramienta útil de ordenación para resolver los conflictos entre tipos mutuamente imcompatibles de equipo, como es el caso de las redes de arrastre y equipo fijo, así como para estimular la autoordenación (véanse los derechos territoriales más adelante). Se ha sugerido la creación de arrecifes artificiales como medio básico para evitar la pesca al arrastre en zonas de media altura, reforzando así la productividad íctica, por ejemplo, mediante la acuicultura extensiva en arrecifes artificiales.

Los cupos de captura tienen por finalidad mejorar la productividad de las poblaciones mediante el control directo de la mortalidad íctica. Teóricamente, todo cupo de captura puede establecerse y ejecutarse manteniendo la población en el nivel deseado de producción. Sin embargo, las consecuencias socioeconómicas de un cupo de captura global son muy negativas. La carrera pesquera continúa sin disminuir, ya que los pescadores tienen que incrementar su capacidad de captura para mantener o aumentar la parte que les corresponde de los cupos, con el resultado final de un aumento de los costos pesqueros, una reducción de la duración de la estación de pesca y la completa disipación de los excedentes económicos, sea cual fuere el nivel del cupo. En las pesquerías de especies múltiples, un cupo total de captura puede ser más dañoso, ya que es probable que la competencia consiguiente provoque una concentración de capturas de las especies más valiosas con el riesgo de su progresiva extinción. Cuando los pescadores artesanales y comerciales explotan el mismo recurso, el cupo total afecta a la reasignación del recurso a favor de los pescadores comerciales que tienen mayor capacidad de captura y la posibilidad de incrementarla aún más. Inevitablemente, tanto los ingresos como el empleo de los pescadores en pequeña escala se reducen sin que se genere ningún excedente económico por parte de la pesca considerada en conjunto.

Con objeto de eliminar esta competencia desleal y perturbadora, la autoridad encargada de la ordenación puede intentar la partición de los cupos globales entre grupos de pescadores, es decir, artesanos y comerciales. Estos cupos pueden dividirse ulteriormente entre las comunidades pesqueras e incluso entre determinados pescadores para eliminar la competencia de grupos y estimular estos a reducir al mínimo lo que les cuesta capturar la parte que les corresponde del cupo total. A pesar de su atractivo teórico, los cupos individuales son difíciles de llevar a la práctica como consecuencia de las fluctuaciones naturales de las poblaciones, la fluidez de las capturas y la dispersión de la flota, especialmente de las unidades pesqueras en pequeña escala. La observación de las capturas de grandes números de pescadores artesanales diseminados en comunidades remotas y la ejecución coercitiva de determinados cupos será extremadamente costosa de llevar a cabo y una verdadera carga desde el punto de vista administrativo, especialmente en los países en desarrollo que tienen malas comunicaciones y escasos sistemas estadísticos. Además, existe el difícil problema de elaborar un método para asignar cupos individuales que estimulen la eficacia sin excluir a los pescadores más pobres que no pueden competir en lo relativo a cupos comerciales. No sólo ciertos cupos tendrán que ser asignados a ellos gratuitamente sino también hay que establecer límites a la posibilidad de transparencia de estos cupos con objeto de reservarles un lugar en la pesca.

Los controles del esfuerzo de pesca, tales como la limitación del número de unidades de pesca, de la cantidad de equipo o de la capacidad de captura de las embarcaciones, tienen por finalidad mejorar el rendimiento y realización económica de la pesca mediante la eliminación directa del esfuerzo de pesca excesivo. Como ya hemos visto en la sección 2, el esfuerzo efectivo de pesca (o mortalidad íctica) es el producto del número de unidades pesqueras, su capacidad de pesca, la eficacia con que se utiliza la capacidad de captura y el tiempo dedicado a la pesca. La capacidad de captura, a su vez, está determinada por diversas características de la unidad pesquera, tales como el tonelaje y potencia de la embarcación, el tamaño y tipo de equipo, la tecnología para localizar peces, etc. Para ser efectivos, los controles del esfuerzo de pesca deben limitar el esfuerzo total y no sólo algunos de sus componentes; en otro caso, los pescadores sustituirán los componentes sin restringir por los restringidos, produciendo así un mayor esfuerzo efectivo a un costo relativamente mayor. Sin embargo, limitando todos los componentes del esfuerzo no sólo será costoso y plateará dificultades administrativas sino que también limitará los mejoramientos tecnológicos y consiguientes ventajas en cuanto a eficacia. Un buen plan de ordenación deberá utilizar, e incluso estimular, los intentos técnicos y tácticos de los pescadores1 para aumentar su eficacia porque significan el ahorro de recursos escasos, reducciones de los precios del pescado y un incremento de los excedentes económicos.

Lo que la ordenación deberá controlar es el esfuerzo total, no como se produce, a menos que ciertas consideraciones sociales aconsejen un sacrificio temporal para mantener el empleo o para mejorar los ingresos de los pescadores artesanales. Así, un plan apropiado de ordenación determinará (1) la capacidad de captura de diversas unidades pesqueras; (2) controlará, aún imperfectamente, su capacidad de pesca limitando uno o varios factores que tengan importantes repercusiones en la capacidad de captura de las unidades de pesca (por ejemplo, el número y tamaño de las trampas, la longitud de la red de cerco de jareta); (3) dará licencia sólo a un número correspondiente al nivel “óptimo” de esfuerzo; (4) permitirá que los pescadores con licencia hagan las adaptaciones e innovaciones que juzguen convenientes y (5) controlará el esfuerzo efectivo global a un nivel predeterminado eliminando la capacidad de captura excesiva resultante de las ganancias en eficacia. Indudablemente con ello se suscita un problema de asignación de especial importancia para los pescadores en pequeña escala, a los que se permitirá el acceso a la pesca, y las subsiguientes reducciones del exceso de capacidad afectarán a diversos grupos de pescadores.

La subasta o venta comercial de un número limitado de licencias ciertamente excluye a muchos pescadores en pequeña escala que tienen poco dinero para licitar o comprar una licencia. Igualmente, las subsiguientes reducciones de la capacidad pueden afectar despro-porcionadamente a los pescadores en pequeña escala cuyos aumentos de eficiencia son probablemente más limitados que los de otros participantes. Estos problemas pueden ser resueltos mediante una decisión política de asignar un cierto número de licencias a los pescadores en pequeña escala evitando su transferencia fuera del grupo. A medida que los pescadores en pequeña escala son más eficaces y se fomentan las oportunidades de empleo alternativo fuera de la pesca, se puede reducir el número y la capacidad de transferencia de estas licencias especiales. Sin embargo, la dispersión, fluidez y lejanía de las pesquerías en pequeña escala pueden reducir la eficacia del plan al limitar la entrada; los participantes potenciales al no obtener una licencia pueden dedicarse a la pesca ilegal. Además, la utilización de muchos tipos distintos de equipo, embarcaciones y métodos de pesca por parte de los pescadores artesanales establece comparaciones de la capacidad de pesca y, en consecuencia, de la ordenación mediante el control del esfuerzo más difícil y costoso de lo que sería con una flota más homogénea.

Los controles económicos, tales como impuestos sobre el esfuerzo o captura, cánones y derechos de licencia, tienen por finalidad controlar indirectamente el esfuerzo de pesca mediante la eliminación directa del excedente económico (o renta del recurso) que estimula la expansión excesiva del esfuerzo en primer lugar. Los impuestos y los derechos rompen la armonía establecida entre los costos sociales y privados de la pesca que disuaden a los pescadores de incrementar el esfuerzo por encima del nivel óptimo social. Aunque los controles económicos no afectan a los ingresos de los pescadores a largo plazo, el incremento temporal en los costos que suponen los hacen inaceptables para los pescadores. En los países en desarrollo, en donde los sistemas de recolección de impuestos funcionan deficientemente y en donde los pescadores en pequeña escala diseminados apenas obtienen ingresos de subsistencia, los impuestos no son practicables por razones económicas y políticas. Con la variabilidad del rendimiento, precios y costos y la heterogeneidad y la dispersión de la pesca en pequeña escala, sería díficil de determinar el nivel correcto del impuesto e incluso más difícil imponerlo y cobrarlo1. Por otra parte, los cánones pueden ser determinados automáticamente y ser cobrados mediante la subasta de licencias de pesca, pero este sistema favorece a los empresarios más eficientes que tienen acceso al capital excluyendo a la mayor parte de los pescadores artesanales. Además, los impuestos y derechos sobre los pescadores en pequeña escala, que en muchos países se encuentran situados en la parte inferior de la escala de ingresos, son contradistributivos ya que transfieren los ingresos de un grupo de bajos ingresos a un grupo de ingresos medios (la sociedad en conjunto). Así, podemos llegar a la conclusión de que, a pesar de su utilidad potencial para obtener rentas del recurso y controlar la expansión del esfuerzo en las pesquerías altamente rentables y que se extienden con rapidez, los controles económicos no es probable que contribuyan mucho a la ordenación de las pesquerías en pequeña escala de los países en desarrollo.

1  Es decir, el mejoramiento de la distribución de sus operaciones pesqueras, por ejemplo, la utilización de su capacidad de pesca nominal relativa a la distribución del tiempo y espacio de las más valiosas especies disponibles

La asignación de recursos mediante los derechos territoriales, tales como acuerdos de arrendamiento, conseciones o asignaciones de propiedad con respecto a una superficie o población, tiene por finalidad crear el medio ambiente apropiado para la autoreglamentación mediante el establecimiento de una “propiedad” comunitaria o privada relativa a recursos de propiedad común. Los “propietarios” del recurso teniendo interés en su actual y futura productividad se mostrarán inclinados a controlar el esfuerzo de pesca con objeto de potenciar al máximo los beneficios netos derivados del recurso, de la misma manera que los agricultores regulan sus actividades agrícolas para obtener los máximos beneficios de sus tierras. Sin embargo, para que este sistema sea viable, aquellos que tienen derechos asignados al recurso deberán estar no sólo en condiciones de negar el acceso a otros sino que también deberán claramente darse cuenta de que sus acciones tienen un efecto directo e importante sobre el estado y productividad de su parte del recurso (y, en consecuencia, sobre sus futuros beneficios). Estas condiciones ciertamente se satisfacen en el caso de los recursos sedentarios o ligeramente móviles, como las algas marinas, ostras y almejas y cuando se trata de los recursos dentro de una zona geográfica bien definida como marismas, pantanos, bahías, lagunas y estuarios. Incluso con recursos más móviles, como crustáceos, y zonas abiertas, como aguas costeras, hay posibilidad de dividir los recursos siempre que los desplazamientos de los peces y las emigraciones entre partes no sean suficientes para obstaculizar la conexión entre las acciones corrientes del “propietario” y sus futuros beneficios. Hay varios ejemplos de derechos territoriales en pesquerías tradicionales que van de la pesca en lagunas en Costa de Marfil hasta la pesca en estuarios del Brasil y las pesquerías costeras de Sri Lanka y el Japón. En realidad, los derechos de pesca comunitaria y otras formas de derecho de propiedad han constituido la norma más bien que la excepción en muchas pesquerías costeras tradicionales (Forman, 1970; Cordell, 1974 y 1980, Johannes, 1976; Klee, 1976 y otros) hasta hace relativamente poco, cuando comenzaron a decaer bajo las presiones del crecimiento demográfico, tecnologías de pesca avanzadas y la adopción oficial del concepto de acceso libre y propiedad común.

El renacimiento de los derechos comunitarios tradicionales con respecto a los recursos costeros ofrece, quizás, la mejor opción de ordenación posible para las pesquerías en pequeña escala diseminadas, lejanas y fluídas. Este renacimiento necesitará la supresión de los factores responsables del decaimiento de estos sistemas tradicionales de ordenación mediante: (a) asignación explícita de los recursos pesqueros a las pesquerías artesanales; (b) división de estos recursos costeros entre las comunidades pesqueras; (c) regulación de la participación, y (d) estimular gradualmente la salida de las pesquerías artesanales, creando más oportunidades atractivas de empleo fuera de las pesquerías. En palabras de Emmerson (1980: 32, 42), “las redes sociales imponen a los individuos una mayor racionalidad del conjunto, en especial, el interés de la comunidad en la supervivencia físisa, sus instituciones más o menos intactas, con alguna semejanza de paz interior … Cuando los parientes y vecinos tratan de subsistir un día después de otro a costa del espacio marino, es probable que los cazadores compartan sentimientos con respecto a su evidente limitación de la casa …”. La ordenación comunitaria tiene la ventaja de realizarse con unos costos mínimos de vigilancia y ejecución, aunque en ciertos casos (poblaciones móviles o que fluctúan ampliamente) la comunidad necesita información científica y ayuda externa para determinar el índice de pesca apropiado. La eficacia e implicaciones distributivas deberán ser también objeto de aclaración: al asignar una parte de los recursos a cierta comunidad, se niega permanentemente acceso a los recursos a explotadores eficientes y a otros participantes potenciales en desventaja procedentes de fuera de la comunidad. Estas pérdidas en eficiencia y empleo deberán compensarse con los beneficios de una pesca bien ordenada y el mejoramiento de las comunidades pesqueras a costos relativamente escasos de ordenación y desarrollo.

1  F.T. Christy ha puesto en mi conocimiento, por lo menos dos casos, en los que se aplican algunas formas de imposición. Uno es en las Maldivas, en donde el pescado exportado está supedirado a un sistema dual de tipo de cambio que tiene el efecto de un impuesto. Los túnidos y otros tipos de pescado, sólo pueden ser exportados a través de un organismo estatal. Este organismo vende el pescado a un tipo de cambio libre pero lo compra a los pescadores a un tipo de cambio administrativo que es aproximadamente la mitad del libre. Así, el Gobierno obtiene ingresos de la operación pesquera que utiliza para subvencionar la importación y venta de ciertos productos básicos. El otro caso es la República Democrática Popular del Yemen, en donde los precios del pescado están controlados como medio para proporcionar proteínas a bajo costo a los consumidores. Se trata de una forma de impuesto que desalienta la participación en la pesca y crea rentas económicas en forma de ahorros en las compras de alimentos. Además, hay algunos casos en que las rentas económicas se realizan en forma de pagos propiciatorios a fines religiosos u obtenidos ilegalmente en forma de sobornos

4.4  Algunos ejemplos de derechos territoriales tradicionales

Debido al potencial que el resurgimiento de los derechos de propiedad tradicionales tiene para la ordenación de las pesquerías en pequeña escala, examinamos brevemente varios casos: (1) el sistema de “reclamaciones territoriales temporales” de la pesca con canoas en estuarios del Brasil, (2) el “sistema de derechos de pesca” en el Japón de las pesquerías costeras, (3) el “sistema de derechos de acceso” de Sri Lanka en las pesquerías con artes de cerco en playas, y (4) los “derechos de pesca tradicionales” de la pesca en lagunas en Costa de Marfil.

Cordell (1980) describe el establecimiento y evolución de un sistema de reclamaciones territoriales temporales en el Brasil. Los pescadores de canoas, que faenan en el estuario de Valenca, Brasil oriental, tuvieron éxito con un sistema bastante complejo de determinar zonas y tiempos basándose en el ciclo lunar de marea, para controlar las presiones internas de la población y establecer límites sobre la intensidad de la pesca mediante limitaciones del acceso que establecían a la pesca como una ocupación confiable a largo plazo. Aunque el recurso se trasladó con la marea, los pescadores pudieron trazar su distribución cronológica y espacial estableciendo derechos territoriales temporales que podían convertirse en reclamaciones territoriales permanentes. Se eliminó la competencia entre distintos métodos de pesca mediante el establecimiento de zonas con correspondientes métodos de pesca y caladeros, de acuerdo con las repercusiones del ciclo de las mareas en su eficacia. Todo ello provocó el “distanciamiento de embarcaciones”. La competencia entre el mismo tipo de equipo se redujo mediante la selección de los lugares de pesca (que tenían una dimensión espacial y temporal) por determinados capitales, teniendo en cuenta el conocimiento que tenían de los movimientos de las mareas y los caladeros. Aunque no era probable que dos o más capitales seleccionaran el mismo lugar de pesca, el primero que llegaba a dicho lugar tenía una reclamación territorial temporal, y cuando no existía una clara reclamación prioritaria, se sorteaban los lotes. Lo que evitó una competencia para llegar a los lugares de pesca fue la ética de los capitanes para prever y evitar encuentros competitivos al decidir lo que había que pescar cada día1. Ello dio lugar a que un número limitado de capitanes poseyeran “porciones del espacio de pesca del ciclo lunar”, ejerciendo un control deliberado sobre la “estructura de oportunidad de pesca” y transmitieran sus especialidades a un número limitado de aprendices. Así, los pescadores pudieron estabilizar su sistema de producción, establecer límites sobre la intensidad de la pesca y resolver conflictos entre equipos mediante un sistema de reclamaciones territoriales temporales. Citaremos a Cordell (1980:57):

1  Forman (1970) se refiere a un sistema similar de pesca en balsas en el nordeste del Brasil, en donde “la discreción relativa a determinados lugares dentro de los caladeros sirve como mecanismo de separación que reduce al mínimo la competencia y evita la pesca excesiva, de acuerdo con derechos de propiedad temporales para determinados pescadores”

“Al planificar sus estrategias económicas como si siempre existiera una situación de sobrepesca potencial, establecieron reclamaciones territoriales temporales, las cuales aseguraban que sólo tendría lugar una expansión gradual de las operaciones de pesca. Así, la estructura de oportunidad de la pesca tradicional, y por extensión la población considerada en conjunto, pudo crecer al ritmo de cosecha del recurso que era compatible con la disponibilidad continuada dentro de un emplazamiento fijo. Los problemas sólo comenzaron con la pesca en canoas, cuando la relación de las unidades de producción en las aguas disponibles fue alterada por la entrada sin regular de un grupo competitivo de empresarios que pescaban con redes de nylon”.

El sistema del derecho de pesca en el Japón1, legalizado por el Reglamento de la Unión Pesquera de 1886 y sistematizado por la Ley de Pesca de 1901, establece un sistema de ordenación pesquera que es una combinación de derechos de pesca comunales y privados. A la comunidad se le concedieron derechos de propiedad exclusivos con respecto a sus caladeros costeros, que fueron conferidos a una asociación pesquera comunitaria o cooperativa. A las familias que deseaban tener derechos de pesca se les exigía pertenecer a la asociación, mediante lo cual, adquirían automáticamente un “título” para acceder a los caladeros de pesca costeros que otorgaba el privilegio de pescar en aguas comunitarias. La función de la asociación no era participar en la pesca sino controlar a los pescadores y ser legalmente responsable de ejecutar las normas y reglamentos relativos a los derechos de pesca comunitarios. Los derechos de pesca privados, por otra parte, “reservaban zonas específicas dentro de las aguas ribereñas o una determinada estación del año, para una clase de pesca especificada con una clase de equipo seleccionada” (Comitini, 1966:421). Estos derechos privados se concedieron a los propietarios tradicionales, jefe de poblados conocidos como oyakata, los cuales, como propietarios de bienes pesqueros, eran los principales empleadores de la comunidad. Las pesquerías privadas se apropiaron de los caladeros más rentables de las zonas costeras y, con la introducción de la technología avanzada, incrementaron constantemente su participación en detrimento de los pescadores familiares de las pesquerías comunales. Aunque muchos estaban empleados por los oyakata, se produjo una situación de mano de obra excedentaria que, en unión de la introducción de la tecnología avanzada, permitió el desarrollo de las pesquerías de altura y media altura que, a su vez, fue causa de una pesca excesiva y de controversias con los pescadores costeros. Todo ello obligó a las autoridades pesqueras a introducir restricciones sobre zonas, temporadas y equipo en una franja costera para los pescadores en pequeña escala y una segunda franja, en aguas de media altura, para los arrastreros, como medio para resolver estos conflictos y garantizar la supervivencia de las operaciones que requieren mucha mano de obra en pequeña escala2.

Así, por una parte, la perpetuación del sistema del derecho de pesca con su curiosa combinación de derechos de propiedad privada, comunales y “monopolísticos”, ha obligado a los pescadores independientes a la pesca de media altura, eliminando así la presión sobre los recursos pesqueros ribereños aunque, al mismo tiempo se admite, por lo menos en principio, el derecho de cada familia a participar en las pesquerías costeras. Por otra parte, la restricción de la tecnología y la asignación de recursos entre grupos socioeconómicos equivalía a la subvención de los pescadores en pequeña escala, dando por resultado el mantenimiento de un alto nivel de empleo y evitando el desplazamiento de la mano de obra pesquera excedentaria. Comitini (1966:425) argüía que el objetivo de este sistema de ordenación contradictoriamente aparente era “tanto potenciar al máximo el empleo de la mayor parte de la población pesquera como garantizar el rendimiento máximo sostenido de los recursos marinos”.

Las pesquerías costeras de Sri Lanka tienen una historia de derechos de propiedad tradicionales en forma de derechos de acceso y comunidades cerradas. En los primeros tiempos, los propietarios de redes de playa controlaban el acceso a las aguas costeras y tenían derechos de pesca afines que, junto con otros derechos de propiedad, estaban supeditados a la herencia bilateral (matrimonio o descendencia). Aunque, al principio, cada propietario de red tenía su propia playa1, en la cual ejercía derechos exclusivos para pescar, cada uno de sus hijos tenía sólo una fracción, no de su playa sino de su derecho para pescar junto con sus hermanos y cuñados. Aunque no había límite con respecto al número de redes que cada uno de acuerdo con sus derechos de acceso podía construir, los pescadores de una determinada playa, al ser el único grupo familiar, se abstenían de construir más redes a menos que pudieran obtener unas capturas cuyo valor fuera superior al costo de la red, es decir, que actuaban como unidad económica única. Sin embargo, como consecuencia de la herencia sucesiva y del crecimiento de la población cada grupo que tenía derecho de acceso a la playa es tan grande y lejano en parentesco que el poseer una red es un medio gradual de ejercer un derecho con respecto al recurso. Alexander (1980:103) que estudió la pesca con redes de playa de Mawelle ilustra de manera convincente este cambio que transformó cada red de playa en propiedad común:

“Si había veinte redes, el pescador que tuviera una tenía que recibir la vigésima parte de la captura anual. Pero después de haber fallecido, sus dos hijos adquirían conjuntamente la propiedad de su red, recibiendo cada uno sólo la cuadragésima parte de la captura, mientras que si un pescador construye una nueva red recibe la vigésimaprimera parte. Así, aunque la construcción de nuevas redes era evidentemente antieconómica, desde el punto de vista de la comunidad considerada en conjunto, había buenas razones para que los pescadores individualmente, especialmente los de grandes familias, construyeran nuevas redes. El número óptimo de redes se alcanzó antes de 1920 y el consiguiente incremento supuso más inversiones para las cuales el producto marginal era cero”.

1  Esta sección se basa principalmente en Comitini (1966)

2  El número de arrastreros se redujo progresivamente y su tamaño aumentó para estimular la pesca de altura

Así, el sistema del derecho de acceso, si bien fue para impedir la entrada de los nuevos participantes, no pudo limitar el esfuerzo (número de redes) realizado por los miembros de la propia comunidad. Aunque los pescadores sabían que con sólo una fracción del número existente de redes habría bastado para efectuar una captura igual al mismo tiempo que se obtenían considerables beneficios, no tenían posibilidad de racionalizar su pesca. A su vez, aceptaron la propiedad de las redes como instrumento de distribución e intentaron dar la misma oportunidad a todas las redes mediante un sistema de rotación que permitía que cada red fuera utilizada en todos los emplazamientos y temporadas cada cierto número de años. Esto equivalía a repartir equitativamente una pobreza cada vez mayor, hasta el punto de que ser propietario de determinadas redes no daba para vivir. Como reacción, el Gobierno introdujo un plan de licencias que limita el número de redes de playa de cada comunidad a las existentes en 1933, eliminando así el concepto de “derechos de acceso”; los nuevos pescadores pueden participar en la pesca sólo comprando partes proporcionales de las redes existentes. Si bien la ley deja el camino expedito a la venta de derechos de participación a personas que no tienen derechos hereditarios, no evitó la construcción de nuevas redes y se puede prever que la mayoría de las participaciones se acumulan en manos de un pequeño grupo de privilegiados con acceso a capital que convierte la tecnología de subsistencia en una empresa rentable limitando el número de redes. Actualmente, la pesca con redes de playa, aunque superada por el equipo moderno, todavía sigue siendo rentable en algunos lugares en donde está controlada por una o dos personas con licencia que son propietarios de las redes y emplean un equipo asalariado (Alexander, 1980).

En Sri Lanka, los derechos tradicionales de propiedad no son exclusivos de la pesca con redes de playa. Un reciente estudio (Fernando et al., en prensa) demostró que los poblados pesqueros en el litoral de Sri Lanka, por regla general, son comunidades “cerradas” en el sentido de que a las personas extrañas al poblado no se les permite el acceso a los caladeros de la comunidad. Los extraños no pueden echar anclas o llevar sus embarcaciones a las playas comunitarias y la mano de obra no se contrata con personas ajenas al poblado. Estas restricciones sobre la participación contribuye a explicar por qué los pescadores costeros de Sri Lanka, a diferencia de muchos otros pescadores en pequeña escala de Asia, tienen ingresos considerables por encima de sus costos de oportunidad. No obstante, el concepto de una comunidad cerrada podría perder gradualmente importancia como consecuencia de su éxito: la escasez de mano de obra y los consiguientes costos más altos de la misma están estimulando el empleo de foresteros como tripulantes, que son fácilmente aceptados por la comunidad local y con frecuencia se celebran matrimonios entre personas de la misma casta:

“Los foresteros se convierten en participantes proporcionando “lazos sociológicos” para que otros foresteros pertenezcan a lo que con anterioridad había sido una comunidad pesquera cerrada que guardó celosamente sus recursos protegiéndolos de los intrusos. Aunque todo ello constituye una ganancia individual para los propietarios de embaracaciones … se trata de un costo social contraído al mismo tiempo; al elimínar las restricciones de entrada, la comunidad considerada en conjunto pierde, ya que se establece un proceso que aumenta potencialmente el número de competidores en los caladeros” (Fernando et al., en prensa).

1  La operación de una red de playa requería una zona de 6 000 yardas cuadradas de fondo arenoso. Los primeros participantes habían establecido derechos de propiedad sobre emplazamientos limitados. Estos se transmitieron a sus descendientes que heredaron una parte de la red de sus padres, así como el derecho de construir las suyas propias para ser utilizadas en la playa

En esta fase, no se puede predecir si la barrera de la comunidad cerrada de Sri Lanka, que se opone a la participación, cederá por último a la escasez de mano de obra. Como institución que ha demostrado bastante elasticidad, debería tomar las medidas oportunas para acomodar las nuevas circunstancias a la “tragedia de los comunes” controlada hasta el momento presente1.

Otro ejemplo de auténtico contraste entre la situación de una pesquería con acceso libre y con derechos de pesca tradicionales queda ejemplificada en el caso de dos pesquerías de laguna de Costa de Marfil (S.M. Garcia, comentarios personales). En la laguna de Ebrie, cerca de Abidjan, los derechos tradicionales de los pescadores que faenan con artes fijas experimentaron un enorme retroceso con la introducción por parte de los intrusos de equipos móviles, como es el caso de las redes de cerco de jareta (principalmente inversionistas de la ciudad). En la actualidad, las pesquerías en la laguna Ebrie están supercapitalizadas y excesivamente explotadas, tanto en el sentido biológico como en el económico, y como prueba de ello tenemos el pequeño tamaño de los peces capturados y los ingresos relativamente escasos de los pescadores. Según noticias, los pescadores tradicionales abandonan la pesca para lograr mejores oportunidades de empleo en la ciudad, mientras que los que tienen unos costos de oportunidad más bajos de los países vecinos (Malí y Alto Volta) están comenzando a dedicarse a la pesca para subsistir, perpetuando así una situación de mano de obra excedentaria. Por el contrario, las pesquerías relativamente aisladas de la laguna Tagba, a más de 100 km de Abidjan, todavía están controladas por un número limitado de jefes (jefes de equipo pesquero) que tienen conocimiento de las características biológicas del recurso y están ejecutando reglamentos tradicionales sobre luz de malla y sobre la pesca en zonas de desove. Aunque en la laguna faenan varias tribús, la escasa emigración del bagre, que es la principal especie explotada, permite que cada comunidad se ocupe de su propia parte del lago. A finales de los años sesenta, cuando los pescadores de países vecinos intentaron introducir en la laguna la pesca con redes de cerco de jareta, estalló un grave conflicto entre ellos y los pescadores locales. Estos últimos consiguieron hacerse con las redes, que no utilizaron, dejándolas amontonadas aparte como advertencia contra intentos similares en el futuro. Con unos derechos territoriales tan celosamente custodiados no es de extrañarse que los pescadores locales disfruten de unos ingresos relativamente altos y evidentemente no hay mano de obra excedentaria. También los pescadores manifiestan que el tamaño del pescado capturado no ha cambiado mucho desde hace bastante tiempo.

Hay otros ejemplos de derechos tradicionales, como la recogida de algas marinas en Bretaña (Troadec, 1982), la pesca de la langosta en Maine (Acheson, 1975; Nagata, 1980) o los bancos de berberechos en Malasia y la pesca con redes “pompang” (Nagata, 1980).

Desde luego, cada uno de estos sistemas de derechos tradicionales ha evolucionado de acuerdo con las circunstancias de cada caso en un momento determinado. Quizás sea común a la mayor parte de los casos, la poca presión demográfica, el carácter de subsistencia de la economía campesina y el lento ritmo de progreso tecnológico. No podemos suponer que estas instituciones se conserven intactas con una configuración completamente distinta de la población, mercado, recursos y la tecnología actual. Sin embargo, la reanimación y rejuvenecimiento de los sistemas tradicionales, en el concepto de las nuevas realidades con una participación limitada pero determinante del Gobierno, es una de las opciones políticas más prometedoras para mejorar y reglamentar las pesquerías artesanales. Alexander (1980a:9) manifiesta:

“La sugerencia de que los sistemas de tenencia habituales y las prácticas de conservación en las sociedades tradicionales proporcionan la base para el desarrollo de una moderna ordenación ribereña, no deberán ser interpretadas como un argumento de anticuario en lo relativo a conservar la cultura tradicional. Más bien es una realidad que las nuevas instituciones, basadas en los principios de las prácticas tradicionales, tienen una función crítica en un desarrollo pesquero equitativo. Se trata de una difícil tarea, pero que merece ser puesta en ejecución”.

1  M. Ben Yami (comentario personal) ha observado que “la mayoría de los sistemas tradicionales de pesca ceden no como consecuencia de las invasiones del exterior sino como consecuencia de los “participantes” que se aprovechan de las actuales tecnologías, mercados y capital para mejorar sus ingresos y que son los primeros en “romper” las normas y tradiciones”


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