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V. RECOMENDACIONES

Para la promoción de microempresas asociativas de campesinos marginados se recomiendan, como lineamientos estratégicos; desde el punto de vista jurídico e institucional:

- promulgar legislaciones sobre tenencia de la tierra y de más recursos productivos y titulación, en beneficio del sector rural marginado, incluyendo mujeres, jóvenes e indígenas;

- reglamentar las normas constitucionales sobre libertad de asociación en el sector rural, de conformidad a los objetivos de la Convención N. 141 y de la Recomendación N. 149 de la OIT, a fin de facilitar el desarrollo de organizaciones de base en las áreas rurales pobres que a su vez puedan ayudar a la promoción de formas asociativas o microempresas entre los campesinos de este sector;

- regular el régimen de incentivos a fin de permitir a los campesinos marginados adoptar sistemas de producción agrícola sostenibles desde el punto de vista ambiental mediante la práctica de formas integradas de cultivos, ganadería y plantación de árboles, dentro de un marco de organización comunitaria con participación de organizaciones de base.

- en el sector forestal los incentivos de precios y fiscales deberán inducir a emprender proyectos comunitarios de ordenación y repoblación forestal con fines industriales. En estas tareas se deberá prestar mayor atención a las necesidades y funciones de las mujeres como usuarias de los recursos y agentes de su conservación y ordenación. Reforzar la participación de los campesinos en la definición, ejecución y evaluación de proyectos forestales y agroforestales;

- establecer una estructura administrativa descentralizada y coordinar las actividades de los órganos públicos con las de las ONG y organizaciones de base que impulsan acciones de promoción de microempresas asociativas de campesinos marginados;

- propiciar la realización de talleres, seminarios y reuniones de expertos con la participación de sectores públicos y privados (hombres y mujeres rurales, jóvenes e indígenas) vinculados a actividades agroforestales, a fin de armonizar criterios en la subregión y llevar a cabo estudios de casos que analicen experiencias comunitarias en actividades agroforestales. En el Anexo II se acompaña un perfil de proyecto.


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