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DEFINICIONES

Las definiciones siguientes no pretenden ser exhaustivas sino que tratan de aclarar algunos términos frecuentes en el texto del documento. En particular se refieren a la pesca destinada al consumo de los seres humanos y a otras formas de actividad económica humana. No incluyen referencias a la ordenación de actividades destinadas específicamente a la conservación.

Pesca continental: cualquier actividad realizada para extraer pescado y otros organismos acuáticos de aguas continentales.

Pesca de captura: la extracción de organismos acuáticos de aguas continentales en estado natural o sometidas a actividades de fomento.

Pesca basada en el cultivo: Pesca de captura que se mantiene mediante la repoblación con material procedente de instalaciones acuícolas.

Pesca fomentada: (incluye también la pesca basada en el cultivo) actividades encaminadas a complementar o a sostener el reclutamiento de uno o más tipos de organismos acuáticos y elevar la producción total o la producción de determinados elementos de una pesquería por encima del nivel sostenible mediante procesos naturales.

Criterio de precaución: serie de medidas y actividades eficaces en función del costo, incluidas las que habrán de realizarse en el futuro, que se han acordado para garantizar una previsión prudente y reducir o evitar los riesgos para los recursos, el medio ambiente y la población, teniendo en cuenta explícitamente, en lo posible, las incertidumbres existentes y las posibles consecuencias de equivocaciones.

Pesca recreativa: actividades pesqueras realizadas por personas, principalmente como actividad deportiva, pero también con el posible objetivo secundario de capturar pescado para el consumo propio, pero no para la venta posterior.

Pesca de poblaciones silvestres: la pesca basada en la producción y reclutamiento naturales.

Desarrollo sostenible: tanto en la pesca marina como en la continental, los biólogos han utilizado tradicionalmente el término “sostenible” refiriéndose al rendimiento que puede obtenerse indefinidamente de una población íctica. La sostenibilidad de una población íctica depende también de su hábitat y sus relaciones recíprocas con otras especies de plantas y animales. Sin embargo, en la pesca continental, al utilizarse cada vez más técnicas de fomento, el término adopta una connotación más agrícola, implicando la continuación de determinados niveles de rendimientos con determinados regímenes de insumos, sin perjuicio del ambiente circundante. En este contexto, la FAO ha dado una definición amplia de desarrollo agrícola y rural sostenible: “el manejo y la conservación de la base de recursos naturales y la orientación del cambio tecnológico e institucional de tal manera que se asegure la continua satisfacción de las necesidades humanas para las generaciones presentes y futuras. Este desarrollo sostenible (en los sectores agrícola, forestal y pesquero) conserva la tierra, el agua y los recursos genéticos vegetales y animales, no degrada el medio ambiente y es técnicamente apropiado, económicamente viable y socialmente aceptable.”

En las secciones que siguen se ofrecen comentarios sobre los distintos artículos del Código que pueden aplicarse a la pesca continental. Se centra la atención en las características especiales de la pesca continental que pueden diferir de la pesca marítima y que, por lo tanto, exigen una interpretación especial.


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