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Correcciones introducidas el 22 de enero, 1999

COMITÉ DE PESCA

INFORME DE LA CONSULTA SOBRE LA ORDENACIÓN DE LA CAPACIDAD PESQUERA, LA PESCA DEL TIBURÓN Y LAS CAPTURAS INCIDENTALES DE AVES MARINAS EN LA PESCA CON PALANGRE

Roma, Italia, 26-30 octubre de 1998

Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación
Roma, 1998

 

PREPARACIÓN DEL PRESENTE INFORME

Esta es la versión final del informe de la Reunión Preparatoria para la Consulta sobre la Ordenación de la Capacidad Pesquera, la Pesca del Tiburón y las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre, Roma, Italia, 26-30 octubre 1998.

Distribución:
Participantes en la reunión
Todos los Estados Miembros y Miembros Asociados de la FAO
Otros países y organizaciones Nacionales e internacionales interesados
Departamento de Pesca de la FAO
Oficiales Regionales de Pesca de la FAO

FAO

Informe de la Consulta sobre la Ordenación de la Capacidad Pesquera, la Pesca de Tiburón y las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre. Roma, Italia, 26-30 octubre de 1988
FAO Informe de Pesca. No. 593. Roma, FAO, 1998.

RESUMEN

La Consulta sobre la Ordenación de la Capacidad Pesquera, la Pesca del Tiburón y las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre se celebró en la Sede de la FAO, en Roma, Italia, del 26 al 30 de octubre de 1998. Asistieron a la Consulta delegaciones de ochenta Miembros de la FAO y también observadores.

La Consulta aprobó i) un Plan de Acción Internacional para la Reducción de las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre; ii) un proyecto de Plan de Acción Internacional para la Conservación y Ordenación de los Tiburones; y iii) un proyecto de [ Directrices Internacionales] [ Plan de Acción Internacional] para la Ordenación de la Capacidad Pesquera.

La Consulta debatió largamente la necesidad de adoptar medidas urgentes para resolver los crecientes problemas relativos a los pabellones de conveniencia y la pesca pirata. Además, recomendó que los Miembros de la FAO dieran prioridad al examen de la aceptación del Acuerdo para Promover el Cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservación y Ordenación de los Buques Pesqueros que Pescan en Alta Mar (Acuerdo de cumplimiento).

 

INDICE


Apertura de la Reunión, Aprobación del Programa y Disposiciones para la Consulta


Proyecto de Plan de Acción para la Reducción de las capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre


Proyecto de Plan de Acción para la Conservación y Ordenación de los Tiburones


Instrumento Internacional para la Ordenación de la Capacidad Pesquera


Aprobación del Informe


A


Programa

B

Lista de Participantes

C

Lista de Documentos

D

Declaración del Sr. M. Hayashi

E

Proyecto de Plan de Acción Internacional para la Reducción de las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre

F

Proyecto de Plan de Acción Internacional para la Conservación y Ordenación de los Tiburones

G

Proyecto de [ Directrices Internacionales] [ Plan de Acción Internacional] para la Ordenación de la Capacidad Pesquera

APERTURA DE LA REUNIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CONSULTA

1. La Consulta sobre la Ordenación de la Capacidad Pesquera, la Pesca del Tiburón y las Capturas Incidentales de aves Marinas en la Pesca con Palangre se celebró en Roma, Italia, del 26 al 30 de octubre de 1998. Asistieron a ella 80 Miembros de la FAO y observadores de un Estado no Miembro de la FAO, un organismo especializado de las Naciones Unidas, así como diez organizaciones intergubernamentales y ocho organizaciones internacionales no gubernamentales.

2. La lista de delegados figura en el Apéndice B. Los documentos que se presentaron a la Consulta aparecen enumerados en el Apéndice C.

3. Declaró abierta la Consulta el Presidente, Sr. Will Martin (EE.UU.), quien dio la bienvenida a los delegados y observadores y expuso el programa de trabajo.

4. El Sr. M. Hayashi, Subdirector General, Departamento de Pesca, en su declaración inaugural, resumió el origen de la Consulta y la labor que la había precedido. Expresó su agradecimiento a los Gobiernos del Japón, Noruega y los Estados Unidos de América, así como a la Comunidad Europea, por su apoyo financiero a la Consulta y las actividades conexas. El texto de esta declaración se reproduce en el Anexo D.

5. La Consulta aceptó la propuesta de que todos los debates se celebraran en sesión plenaria y no se establecieran grupos de trabajo. Se enmendaron en consecuencia y se aprobaron el Programa y Calendario Provisionales. Se aprobó el programa que figura en el Apéndice A.

6. El Presidente propuso que, teniendo en cuenta el mayor trabajo que habría en la Plenaria, se eligieran otros dos Vicepresidentes para que le ayudaran a él y a la Vicepresidenta, Sra. María Helena Vieira (Cabo Verde), la cual había sido elegida en la Reunión Preparatoria celebrada del 21 al 23 de julio de 1998. Propuso que se eligieran los Vicepresidentes entre los representantes de las regiones de Asia y América Latina. Se eligió por unanimidad al Sr. Yingqi Zhou (China) y al Sr. J.F. Pulvenis (Venezuela) para que actuaran como Vicepresidentes adicionales.

PROYECTO DE PLAN DE ACCIÓN PARA LA REDUCCIÓN DE LAS CAPTURAS INCIDENTALES DE AVES MARINAS EN LA PESCA CON PALANGRE

7. Se examinó este tema del programa tomando como base el documento FI:CSS/98/4.

8. Después del debate, se aprobó el Proyecto de Plan de Acción Internacional para la Reducción de las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca Con Palangre, tal como figura en el Apéndice E.

PROYECTO DE PLAN DE ACCIÓN PARA LA CONSERVACIÓN Y ORDENACIÓN DE LOS TIBURONES

9.Se examinó este tema del programa tomando como base el documento FI: CSS/98/3 (FI:CSS/98/3 Rev. 1, sólo en inglés).

10. Después del debate, se aprobó Proyecto de Plan de Acción Internacional para la Conservación y Ordenación de los Tiburones tal como figura en el Apéndice F.

INSTRUMENTO INTERNACIONAL PARA LA ORDENACIÓN DE LA CAPACIDAD PESQUERA

11. Se examinó este tema del programa tomando como base el documento FI:CSS/98/2 Rev.1.

12. Después del debate, se aprobó cada disposición [de las Directrices Internacionales] [del Plan de Acción Internacional] para la Ordenación de la Capacidad Pesquera tal como contenidas en el Apéndice G.

13. La Consulta recomendó que la FAO preparara una breve nota técnica sobre las cuestiones planteadas en los apéndices técnicos del documento FI:CSS/98/2 Rev.1, ya que los apéndices no fueron examinados ni incluidos en las disposiciones adoptadas, debido a que no se dispuso de suficiente tiempo para examinarlos.

14. Varias delegaciones subrayaron el derecho de los Estados ribereños de desarrollar la pesca de alta mar, reconociendo que toda pesca practicada en alta mar sobre poblaciones trasfronterizas, transzonales, altamente migratorias y de alta mar debería emprenderse en manera sostenible. Otras delegaciones recordaron el principio de la igualdad de derechos y obligaciones de los Estados respecto de las zonas de alta mar.

15. Las delegaciones debtieron largamente la necesidad de adoptar medidas urgentes para resolver el creciente problema relacionado con los pabellones de conveniencia y la pesca pirata así como la necesidad de señalar esta cuestión a la atención de todos los Estados y a la comunidad internacional.

16. La Consulta tomó nota de que cuando entrara en vigor el Acuerdo para el Cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservación y Ordenación por los Buques Pesqueros que Pescan en Alta Mar (Acuerdo de Cumplimiento) se dispondría de una sólida base jurídica respecto de la aplicación de las disposiciones fundamentales [de las Directrices Internacionales ] [ del Plan de Acción Internacional] . Por consiguiente, la Consulta recomendó que los Miembros de la FAO dieran prioridad al examen de la aceptación de dicho Acuerdo.

APROBACIÓN DEL INFORME

17. Los participantes estuvieron de acuerdo respecto de la importancia de que los Miembros de la FAO informaran sobre las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre; sobre la conservación y ordenación de los tiburones, y la ordenación de la capacidad pesquera, como parte de sus informes bienales a la FAO sobre los esfuerzos en la aplicación del Código de Conducta para la Pesca Responsable.

18. La Consulta recomendó que el Departamento de Pesca preparara una propuesta en la que se identificaran las actividades que considerara apropiado realizar en apoyo de la aplicación de las conclusiones alcanzadas durante la Consulta, incluida la posibilidad de que se celebre una consulta técnica de la FAO sobre cómo abordar los efectos del desborde de la capacidad de pesca y las prácticas de evacuación de desechos de las naves a nivel regional y mundial. Deberían identificarse asimismo e incluirse en la propuesta los recursos del Programa Ordinario y extrapresupuestarios necesarios para la realización de estas actividades. Esta propuesta será examinada por el COFI en su período de sesiones de 1999.

19. Se acordó que la FAO señalara a la atención de la Organización Marítima Internacional (OMI) y otras organizaciones internacionales pertinentes las cuestiones relacionadas con la práctica de cambiar el pabellón de los barcos de pesca para evitar el cumplimiento de las disposiciones internacionales de conservación y ordenación por los barcos de pesca que faenan en alta mar.

20. Varias delegaciones criticaron el comunicado de prensa 98/61 de la FAO titulado "La FAO seriamente alarmada por el fuerte descenso en la población de tiburones –un Plan de Acción Internacional exige una gestión sostenible", declarando, entre otras cosas, que la información citada en el comunicado sobre la situación de la población de tiburones no era exacta e inducía a error y condicionaba además el resultado de la Consulta, por lo que instó a la Secretaría a que publicara lo antes posible una versión exacta y revisada del comunicado.

21. Varias delegaciones criticaron también el comunicado de prensa 98/62 de la FAO titulado "La FAO exige la estricta ordenación de la capacidad pesquera mientras un acuerdo internacional propone acciones concretas", declarando que la información indicada en el comunicado respecto de algunas poblaciones pesqueras comerciales era inexacta y en algunos aspectos perjudicaba las cuestiones que habían de examinarse durante la Consulta. Estas delegaciones consideraron inaceptable que la FAO publicara comunicados de prensa de tal naturaleza. Los representantes del Departamento de Pesca respondieron a las distintas cuestiones planteadas.

22. El informe de la Consulta fue aprobado el 30 de octubre de 1998.


Apéndice A

PROGRAMA

1. Apertura de la reunión

2. Aprobación del Programa y Organización de la Consulta

3. Proyecto de Plan de Acción para la Reducción de las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre

4. Proyecto de Plan de Acción para la Conservación y Ordenación de los Tiburones

5. Instrumento internacional para la Ordenación de la Capacidad Pesquera

6. Aprobación del informe

Apéndice B

LISTA DE PARTICIPANTES

ANGOLA

Carlos Alberto AMARAL
Représentant permanent suppléant de la République d’Angola auprès de la FAO
Ambassade de la République d’Angola
Via Filippo Bernardini 21
00165 Rome, Italie

Maria Salvadora ORTET DE VASCONCELOS MAGALHAÉS (Ms)
Chief
Department of Fishing Industry
Av. Marginal
Luanda

ARGENTINA

Ariel FERNÁNDEZ
Representante Permanente Alterno
Representación Permanente de la República Argentina ante la FAO
Via del Banco di S. Spirito 42 - IV piso
00186 Roma
Italia

Gustavo Enrique CHIARAMONTE
División Ictiológica
Museo Argentino de Ciencias Naturales "Bernardino Rivadavia"
Buenos Aires

AUSTRALIA

Murray JOHNS
Director
Sustainable Fisheries Section
Fisheries and Aquaculture Branch
Petroleum and Fisheries Division
Department of Primary Industries and Energy
P.O. Box 858
Canberra

Andrew McNEE
Director
Wildlife Management
Biodiversity Group
Environment Australia
P.O. Box 636
2601 Canberra

Jennifer DOUST (Ms)
Policy Officer
Sustainable Fisheries Section
Fisheries and Aquaculture Branch
Petroleum and Fisheries Division
Department of Primary Industries and Energy
P.O. Box 858
Canberra

Katrina MAGUIRE (Ms)
Manager
Environment, Fisheries Branch
Australian Fisheries Management Authority
P.O. Box 7051
Canberra Mail Centre
2610 Canberra

AUSTRIA

Ernst ZIMMERL
Permanent Representative
Permanent Representation of the Republic of Austria to FAO
Via Giovanni Battista Pergolesi 3
00198 Rome
Italy

Federica VESCHI (Ms)
Adviser
Ministry of Agriculture and Forestry
Vienna

BANGLADESH

Ahmed IMTIAZ
Alternate Permanent Representative of the People’s Republic of Bangladesh
Embassy of the People's Republic of Bangladesh
Via Antonio Bertoloni 14
00197 Rome
Italy

BRASIL

Julio GOMES DOS SANTOS
Permanent Representative
Permanent Representation of the Federative Republic of Brazil to FAO


Via di S. Maria dell’Anima 32
00186 Rome
Italy

José Roberto DE ALMEIDA PINTO
Deputy Permanent Representative
Permanent Representation of the Federative Republic of Brazil to FAO
Via di S. Maria dell’Anima 32
00186 Rome
Italy

João Mauricio CABRAL DE MELLO
Alternate Permanent Representative
Permanent Representation of the Federative Republic of Brazil to FAO
Via di S. Maria dell’Anima 32
00186 Rome
Italy

Fabio Hissa Vieira HAZIN
Fisheries Scientist
Ministry of Agriculture
Rua das Pernambucanas 377
Apto. 1102, Graças
Recife-Pe
CEP 52011-010

Ana Paula PRATES (Ms)
Technical Adviser
Ministry of Environment
Esplanada dos Ministérios Bloco B, sala 802
70068-900 Brasilia, DF

BURUNDI

Roger KANYARU
Directeur
Département des eaux, pêche et pisciculture
Ministère de l’agriculture et de l’élevage
B.P. 6308
Bujumbura

CAMBOYA

Mong LENG
Senior Fisheries Officer
Planning, Statistics and Policies Office
Department of Fisheries
Ministry of Agriculture, Forestry and Fisheries
P.O. Box 582
186 Norodom Blvd.
Phnom Penh

CAMERÚN

Pierre NNA ABO'O
Sous-Directeur de l’aquaculture et de la recherche appliquée
Département ministériel
Ministère de l'élevage des pêches et des industries animales
Direction des pêches
Yaoundé

CANADÁ

David BALFOUR
Director General
Program Planning and Coordination
Fisheries Management
Fisheries and Oceans Canada
200 Kent St.
Ottawa, Ontario KIA OE6

Ronald ROSE
Deputy Permanent Representative of Canada to FAO
Canadian Embassy
Via Zara 30
00198 Rome, Italy

Sylvain SEGARD
Chief, Economic Analysis
Fisheries and Oceans Canada
200 Kent Street, St. 14062W
Ottawa, Ontario K1A OE6

Melissa NEWHOOK (Ms)
Economist
Fisheries and Oceans Canada
200 Kent Street, St. 14062W
Ottawa, Ontario K1A OE6

François POULIN
Alliance des pêcheurs du Québec
Canadian Council of Professional Fish Harvesters
1175 ave. des Laurentides
Quebec G1S 3C2

Normand TREMBLAY
Vice President
Laboratoire Aeterna
456 rue Marconi
Quebec G1W 3D1

CABO VERDE

Maria Helena SANTA RITA VIEIRA(Ms)
Technicien
Direction générale des pêches
Ministère du tourisme, transports et mer
B.P. 206
Palais du Gouvernement
Praia

Eduardo Jorge Lima BARROS SILVA
Représentant Adjoint de la République du Cap-Vert auprès de la FAO
Ambassade de la République du Cap-Vert
Via G. Carducci 4, Int.3
00187 Rome

CHINA

Xihua WANG
Assistant Counsel
Bureau of Fisheries
Ministry of Agriculture
Beijing

Yingqi ZHOU
President
Shanghai Fisheries University
Shanghai

Haijiang XU
Alternate Permanent Representative
Permanent Representation of the People's Republic of China to FAO
Via della Caffarella 9
00179 Rome
Italy

Shengyao TANG
Alternate Permanent Representative
Permanent Representation of the People's Republic of China to FAO
Via della Caffarella 9
00179 Rome
Italy

COLOMBIA

Bernardo Gutiérrez ZULUAGA BOTERO
Representante Permanente Alterno
Representación Permanente de la República de Colombia ante la FAO
Via Giuseppe Pisanelli 4/5
00196 Roma
Italia

CONGO

André KAMBA
Directeur de Cabinet
Ministère de la pêche et des ressources halieutiques
B.P. 13545
Brazzaville

François MAKAYA
Premier Secrétaire
Suppléant Permanent
Ambassade de la République du Congo
Salita di S. Nicola da Tolentino 1/B
00187 Rome
Italie

COSTA RICA

Fernando VIQUEZ
Asesor de la Presidencia Ejecutiva
Instituto Costaricence de Pesca y Acuicultura
(INCOPESCA)
San José

Yolanda GAGO DE SINIGAGLIA (Ms)
Representante Permanente Alterno
Representación Permanente de la República de Costa Rica ante la FAO
Via Bartolomeo Eustachio 22
00161 Roma
Italia

CÔTE D'IVOIRE

Doumbia MAMADOU
Sous-directeur des pêches
Abidjan

CROACIA

Branimir ČEČUK
Alternate Permanent Representative of the Republic of Croatia to FAO
Embassy of the Republic of Croatia
Via Luigi Bodio 74-76
00191 Rome
Italy

CUBA

Manuel ALVAREZ
Director de Asuntos Internacionales y Juridicos
Ministerio de la Industria Pesquera (MIP)
Barlovento, Sta. Fe.
Habana

CHIPRE

Andreas ROUSHIAS
Alternate Permanent Representative
Permanent Representation of the Republic of Cyprus to FAO
Piazza Farnese 44
00186 Rome
Italy

DINAMARCA

Lars Touvdal CHRISTENSEN
Adviser
Ministry for Food, Agriculture and Fisheries
Holbergsgade 2
DK 1057 Copenhagen

Birgitte Møller CHRISTENSEN (Ms)
Deputy Permanent Representative of Denmark to FAO
Royal Danish Embassy
Via dei Monti Parioli 50
00197 Rome
Italy

REPÚBLICA DOMINICANA

Juan BORG GIL
Representante Permanente Alterno de la República Dominicana ante la FAO
Embajada de la República Dominicana
Via Domenico Chelini 10
00197 Roma
Italia

ECUADOR

Miguel CARBO BENITES
Representante Permanente Adjunto de la República del Ecuador ante la FAO
Embajada de la República del Ecuador
Via Guido D’Arezzo 14
00198 Rome
Italy

Renato DEL CAMPO CHANGUIN
Director General de Pesca
Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización y Pesca
V.M. Rendón 1006 y Lorenzo de Garaycoa
Edificio Huancavilca
Guayaquil

Ramón MONTAÑO
Director Ejecutivo
Asociación de Exportadores de Pesca Blanca
Edificio Banco del Pichincha, 5°. Piso
Oficina 501
Ave. 2 y Calle 12
Manta

EGIPTO

Mohamed Abd EL HAMID KHALIFA
Deputy Permanent Representative of the Arab Republic of Egypt to FAO
Embassy of the Arab Republic of Egypt
Via Salaria 267 (Villa Savoia)
00199 Rome
Italy

GUINEA ECUATORIAL

Andrés NDONG MICHA
Ingeniero Superior de Pesca
Ministerio de Agricultura, Pesca y
Ganadería
Malabo

ERITREA

Yohannes TENSUE
Alternate Permanent Representative of Eritrea to FAO
Embassy of Eritrea
Via Boncompagni 16
00187 Rome
Italy

ESTONIA

Elena ASKERSTAM (Ms)
Ambassador to FAO
Permanent Representation of the Republic of Estonia to FAO
Via dei Corazzieri 94
00143 Rome
Italy

COMUNIDAD EUROPEA
(Organización Miembro)

Serge BESLIER
Chef d'unité
Direction générale de la pêche (DG XIV - B1)
200 rue de la Loi
B-1049 Bruxelles
Belgique

Michael ROITMANN
Chef de secteur
Direction générale de la pêche (DG XIV – D1)
200 rue de la Loi
B-1049 Bruxelles
Belgique

Jacques BASTINCK
Administrateur
Direction générale de la pêche (DG XIV - C1)
200 rue de la Loi
B-1049 Bruxelles
Belgique

Emilio MASTRACCHIO
Directeur
Direction générale de la pêche (DG XIV - B)
200 rue de la Loi
B-1049 Bruxelles
Belgique

Philippe LEFÉBURE
Assistant
Conseil de l’Union européenne
175 rue de la Loi
Bruxelles
Belgique

Sara GUALANDI (Ms)
Représentante permanente suppléante
Délégation de la Commission des Communautés européennes auprès de la FAO
Via IV Novembre 149
00187 Rome
Italie

Günther SCHLÖGL
BMLF
Stubenring 12
A-1012
Vienne
Autriche

FRANCIA

Christian LIGEARD
Chargé de mission auprès du Directeur
Direction des pêches maritimes et des cultures marines
Ministère de l'agriculture et de la pêche
7 place de Fontenoy
75007 Paris

GAMBIA

Tijan NJIE
Deputy Permanent Secretary
Office of the Secretary of State
The Presidency, State House
Banjul

ALEMANIA

Achim VIERECK
Deputy Head of Unit
Federal Ministry of Food, Agriculture and Forestry
Postfach 14 02 70
Rochasstr. 1
D-53107 Bonn

GHANA

M.K.S. AKYEAMPONG
Deputy Minister of Food and Agriculture
Ministry of Food and Agriculture
P.O. Box M.37
Accra

Mallam Issah SEIDU
Alternate Permanent Representative of the Republic of Ghana to FAO
Embassy of the Republic of Ghana
Via Ostriana 4
00199 Rome
Italy

GRECIA

Dionyssios A. KYVETOS
Deputy Permanent Representative of Greece to FAO
Embassy of Greece
Via Saverio Mercadante 36
00198 Rome
Italy

GUATEMALA

Rita CLAVERIE DE SCIOLLI (Sra)
Representante Permanente Adjunto de la República de Guatemala ante la FAO
Embajada de la República de Guatemala
Via dei Colli della Farnesina 128
00194 Roma
Italia

GUINEA

Thierno Aliou DIALLO
Chef du service etudes et planification
Ministère de la pêche et de l'élevage
B.P. 307
Conakry

HONDURAS

Marco Polo MICHELETTI
Vice Ministro de Ganadería
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Avenida la FAO
Tegucigalpa

ISLANDIA

Kristján SKARPHÉÔINSSON
Head
Department of Fisheries
Ministry of Fisheries
Skúlagata 4
IS-150 Reykjavik

INDIA

N.K. SINHA
Secretary
Department of Animal Husbandry and Dairying
Ministry of Agriculture
New Delhi

Neela GANGADHARAN (Ms)
Alternate Permanent Representative of the Republic of India to FAO
Embassy of the Republic of India
Via XX Settembre 5
00187 Rome
Italy

INDONESIA

Indah GINTING
Senior Officer
Ministry of Agriculture
Jalan Harsono Rm 103
Ragunan
Jakarta Selatan

Adek YUDHASWARI (Ms)
Alternate Permanent Representative of the Republic of Indonesia to FAO
Embassy of the Republic of Indonesia
Via Campania 55
00187 Rome
Italy

IRÁN (REPÚBLICA ISLÁMICA DEL)

Ebrahim MAYGOLINEJAD
Head of Public Relations and International Affairs of Shilat
Fisheries Department
Ministry of Jehad-e-Sazandagi
Blv. Keshavarz
Teheran

ITALIA

Giovanni DELLA SETA
Ministero di Politiche Agricole
Direzione Generale della Pesca e Acquacoltura
Viale dell'Arte 16
00144 Roma

Massimo SPAGNOLO
Director
Istituto Richerche Economiche per la Pesca e l’Acquacoltura
Via S. Leonardo – Trav. Migliar
84131 Salerno

Rosaria SABATELLA (Ms)
Istituto Ricerche Economiche per la Pesca e l’Acquacoltura
Via S. Leonardo – Trav. Migliaro
84131 Salerno

Mauro BERTELLETTI
Ministero di Politiche Agricole
Direzione Generale della Pesca e Acquacoltura
Viale dell'Arte 16
00144 Roma

Marino VACCHI
Istituto Centrale per la Ricerca Applicata al Mare
Via di Casalotti 300
00166 Roma

JAMAICA

Fenton FERGUSON
Minister of State
Ministry of Agriculture
Hope Gardens
Kingston

JAPÓN

Minoru MORIMOTO
Deputy Director-General
Fisheries Agency of Japan (FAJ)
Tokyo

Masayuki KOMATSU
Director for International Negotiations
International Affairs Division
Fisheries Agency of Japan (FAJ)
Tokyo

Kenji KAGAWA
Deputy Assistant Director
Far Seas Fisheries Division
Fisheries Agency of Japan (FAJ)
Tokyo

Hideo INOMATA
Section Chief
International Division
Fisheries Agency of Japan (FAJ)
Tokyo

Jiro SUZUKI
Director for Tuna Resource Assessment Division
Institute for Far Seas Fisheries
Fisheries Agency of Japan (FAJ)
Tokyo

Tsutomu WATANABE
Managing Director
Japan Tuna Federation
Tokyo

Eiko OZAKI (Ms)
Deputy Managing Director
Japan Tuna Federation
Tokyo

Etsuo KITAHARA
Minister
Permanent Representative of Japan to FAO
Embassy of Japan
Via Quintino Sella 60
00187 Rome
Italy

Takanori OHASHI
Alternate Permanent Representative of Japan to FAO
Embassy of Japan
Via Quintino Sella 60
00187 Rome
Italy

KENYA

Fred Ole PERTET
Director of Fisheries
Ministry of Natural Resources
P.O. Box 58187
Nairobi

COREA (REPÚBLICA DE)

Joon-Suk KANG
International Organization Division
Ministry of Maritime Affairs and Fisheries (MOMAF)
826-14 Yoksam-Dong
Jinsol Bldg.
Kangnam-Ku
Seoul 135-080

LIBERIA

John M. JALLAH
National Fisheries Coordinator
National Fisheries Bureau
Ministry of Agriculture
P.O. Box 10-9010
1000 Monrovia, 10 Liberia

LITUANIA

Algirdas ZEMAITIS
Ambassador
Permanent Representative
Permanent Representation of the Republic of Lithuania to FAO
Via al Quarto Miglio 111
00178 Rome
Italy

MADAGASCAR

M. MONJA
Représentant Permanent Adjoint de la République de Madagascar auprès de la FAO
Ambassade de la République de Madagascar
Via Riccardo Zandonai 84/A
00194 Rome
Italie

MALASIA

Kamaruzaman Haji SALIM
Head of Planning Section
Department of Fisheries Malaysia (DOFM)
Tingkat 8, Wisma Tani
Jalan Sultan Salahudin
50628 Kuala Lumpur

Khairuddin Md. TAHIR
Alternate Permanent Representative of Malaysia to FAO
Embassy of Malaysia
Via Nomentana 297
00162 Rome
Italy

MALDIVAS

Ahmed HAFIZ
Director
Marine Research Section
Ministry of Fisheries and Agriculture
Malé

MALTA

Francis MONTANARO MIFSUD
Permanent Representative
Permanent Representation of the Republic of Malta to FAO
Lungotevere Marzio 12
00186 Rome
Italy

MAURITANIA

Mahfoudh Ould Taleb SIDI
Centre national de recherches océanographiques et des pêches
B.P. 137
Nouakchott

Mathieu DUCROCQ
Chef du Projet régional de recherche sur les raies et requins
Parc National du Banc d’Arguin
B.P. 5355
Nouakchott

MÉXICO

Mara A. MURILLO CORREA (Sra)
Directora General de Política y Fomento Pesquero
Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca
México, D.F.

Jerónimo RAMOS SAENZ
Director General de Administración de Pesquerías
Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca
México, D.F.

Pablo ARENA FUENTES
Director General de Investigación
Evaluación y Manejo de Recursos Pesqueros
Instituto Nacional de Pesca
México, D.F.

Ramón BONFIL
Asesor del Instituto Nacional de Pesca
Secretaría de Medio Ambiente
Ministerio de Recursos Naturales y Pesca
Pitágoras 1320, 7° piso
03310 México, D.F.

Rosa Elena PENICHE FRANCO (Sra)
Banco Nacional de Comercio Exterior
Periférico 4333
México D.F.

MARRUECOS

M. Abdelouahed IDELHAJ
Chef du Département halieutique
Institut national de recherche halieutique (INRH)
2 rue de Tiznit
Casablanca

PAÍSES BAJOS

Pieter A.L. DE RIJK
Senior Policy Adviser
Department of Fisheries
Ministry of Agriculture, Nature Management and Fisheries
P.O. Box 20401
2500 EK The Hague

NUEVA ZELANDIA

William EMERSON
Senior Policy Analyst
Ministry of Fisheries
ASB Bank House
101-103 The Terrace
P.O. Box 1020
Wellington

Alastair MACFARLANE
General Manager
Trade and Information
Seafood Industry Council
Wellington

Jim NICOLSON
Principal Policy Analyst
Department of Conservation
P.O. Box 10420
Wellington

NICARAGUA

Sergio MARTÍNEZ CASCO
Director
Centro de Investigaciones Pesqueras y Acuícolas (CIPA)
Ministerio de Fomento, Industria y Comercio
Apdo. 2020, Km 6½ Carretera sur
Managua

NIGÉRIA

V.O. ADEBOLU
Deputy Assistant Director
Federal Department of Fisheries
Federal Ministry of Agriculture and Natural Resources
Area 11, P.M.B. 135
Garki, Abuja

NORUEGA

Johan H. WILLIAMS
Director General
Ministry of Fisheries
P.O. Box 8118 Dep.
N-0032 Oslo

Egil LEKVEN
Head of Division
Directorate of Fisheries
P.O. Box 185
5000 Bergen

Sigrun NYGÁRD (Ms)
Adviser
Ministry of Fisheries
P.O. Box 8118 Dep.
N-0032 Oslo

Frode PEDERSEN
Vice President
O. Mustad and Son AS Co.
N-2800 Gjøvik

PAKISTÁN

Kayser ALIS SHAH
Joint Secretary
Ministry of Agriculture
‘B’ Block Pak Secretariat
Islamabad

Adnan Bashir KHAN
Alternate Representative of the Islamic Republic of Pakistan to FAO
Embassy of the Islamic Republic of Pakistan
Via della Camilluccia 682
00135 Rome
Italy

PANAMÁ

Arnulfo FRANCO
Director General
Ministerio de Recursos Marinos y Costeros
Autoridad Maritima de Panamá
Panamá

Ismael BERNAL MAURE
Representante Permanente
Representación Permanente de la República de Panamá ante la FAO
Viale Regina Margherita 239 – piso 4°
00198 Roma
Italia

Horacio MALTEZ
Representante Permanente Adjunto
Representación Permanente de la República de Panamá ante la FAO
Viale Regina Margherita 239 – piso 4°
00198 Roma
Italia

PERÚ

Juan Alberto ARRUS ROKOVICH
Vice-Ministro de Pesquería
Ministerio de Pesquería
Calle 1 Oeste No. 60
Corpac, San Isidro
Lima 27

Ana María DEÚSTUA CARAVEDO (Sra)
Representante Permanente del Perú ante la FAO
Embajada de la República del Peru
Via Po 22
00198 Roma
Italia

Richard DÍAZ
Gerente General
Sociedad Nacional de Pesquería
Ave. Javier Prado Oeste 2442
San Isidro
Lima 27

FILIPINAS

Jose A. ORDOÑEZ
Chief
Fisheries Resources Research Division
Bureau of Fisheries and Aquatic Resources
Department of Agriculture
860 Quezon Avenue
Quezon City, Metro Manila

Maria Luisa GAVINO (Ms)
Alternate Permanent Representative
to FAO
Embassy of the Republic of the Philippines
Viale delle Medaglie d’Oro 112
00136 Rome

PORTUGAL

Maria Amélia MIGUEZ
Direccão Geral das Pescas e Agricultura
Ed. Vasco de Gama
Alcantara MCR
Lisbon

SANTA LUCÍA

Horace WALTERS
Chief Fisheries Officer
Ministry of Agriculture, Forestry, Fisheries and the Environment
Castries

SENEGAL

Papa Namsa KEITA
Veterinaire Inspecteur
Ministère de la pêche et des transports maritimes
1 rue Joris, B.P. 289
Dakar

SEYCHELLES

Joel NAGEON DE LESTANG
Director Resource Management
Seychelles Fishing Authority
P.O. Box 449
Fishing Port
Mahé

ISLAS SALOMÓN

George BOAPE
Chief Fisheries Officer (Licensing)
Ministry of Agriculture and Fisheries
P.O. Box G13
Honiara

ESPAÑA

Ignacio YBAÑEZ
Subdirector General
Organismos Multilaterales de Pesca
Secretaría General de Pesca Marítima
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
José Ortega y Gasset 57
Madrid

José Luis PAZ ESCUDERO
Consejero Técnico
Dirección General de Estructura y Mercados Pesqueros
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
José Ortega y Gasset 57
Madrid

María del Carmen CADENAS DE LLANO (Sra)
Jefe de Sección
Organismos y Conferencias Internacionales (MAPA)
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
José Ortega y Gasset 57
Madrid

Javier PIERNAVIEJA
Representante Permanente Adjunto de España ante la FAO
Embajada de España
Largo dei Lombardi 21
00186 Roma Italia

SRI LANKA

Ginigaddarage PIYASENA
Director
Planning and Monitoring
Ministry of Fisheries and Aquatic Resources Development
Maligawalla Secretariat
Colombo 10

SUDÁN

Osman Mohamed SAEED
Deputy Director General
Animal Resource Research Corporation
Ministry of Animal Resources
P.O. Box 610
Khartoum

Mohamed KHAIR HASSAN
Director General
Fisheries Administration
P.O. Box 426
Al Sagana

Mohamed Said Mohamed Ali HARBI
Permanent Representative of the Republic of Sudan to FAO
Embassy of the Republic of Sudan
Via Lazzaro Spallanzani 24
00161 Rome
Italy

SUECIA

Rolf ÅKESSON
Head of Section
Fisheries Department
Ministry of Agriculture
Stockholm

TANZANÍA

(REPÚBLICA UNIDA DE)

Raphael MAPUNDA
Principal Fisheries Officer
Ministry of Natural Resources and Tourism
P.O. Box 2462
Dar-es-Salaam

TAILANDIA

Somsak CHULLASORN
Marine Fisheries Specialist
Department of Fisheries
Ministry of Agriculture and Cooperatives
Kasetsart University Campus
Chatuchak
Bangkok 10900

Kasem PRASUTSANGCHAN
Alternate Permanent Representative of Thailand to FAO
Royal Thai Embassy
Via Messedaglia 6, Int. 2
00191 Rome
Italy

Chao TIANTONG
Permanent Representative of Thailand to FAO
Office of Agricultural Affairs
Royal Thai Embassy
Via Messedaglia 6, Int. 2
00191 Rome
Italy

TONGA

'AKAU'OLA
Secretary of Fisheries
Ministry of Fisheries
Sopu
Nuku'Alofa
Tongatapu

TÚNEZ

Mohamed HMANI
Sous-Directeur de la préservation des ressources
Direction générale de la pêche et de l’aquaculture
Ministère de l’agriculture
32, rue Alain Savary
1002 Belvedère

Tunis

TURQUÍA

Ahmet SAYLAM
Alternate Permanent Representative
Permanent Representation of the Republic of Turkey to FAO
Via F. Denza 27, Int. 16
00197 Rome
Italy

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Terry GARCIA
Assistant Secretary of Commerce for Oceans and Atmosphere
US Department of Commerce
14th and Constitution Avenue, N.W.
Washington, DC 20234

Gary MATLOCK
Director
Office of Sustainable Fisheries
US Department of Commerce
National Marine Fisheries Service
1315 East-West Highway
Silver Spring, MD 20910

David A. BALTON
Director
Office of Marine Conservation
Department of State
Washington, DC 20520

Stetson TINKHAM
Senior Pacific Fisheries Officer
Department of State
OES/OMC, Rm 5806
Washington, DC 20520

Kim RIVERA (Ms)
National Marine Fisheries Service
P.O. Box 21668
Juneau, AK 99802

Prudence FOX (Ms)
Special Assistant to the Deputy Assistant Secretary for International Affairs
National Oceanic and Atmospheric Administration
US Department of Commerce
14th and Constitution Ave., N.W.
Washington, DC 20234

Kent WOHL
US Fish and Wildlife Service
1011 E. Tudor Road
Anchorage, AK

Matteo MILAZZO
Foreign Affairs Specialist
National Marine Fisheries Service
National Oceanic and Atmospheric Administration
US Department of Commerce
1335 East-West Highway
Silver Spring, MD 20910

Albert MANVILLE
Fish and Wildlife Service
Department of the Interior
4401 N. Fairfax Dr., Suite 634
Arlington, VA 22203

Rose Kitty SIMONDS (Ms)
Executive Director
Western Pacific Fishery Management Council
1164 Bishop St.
1400 Honolulu, Hawaii 96813

Randi THOMAS (Ms)
Director
US Tuna Foundation
1101-17 St., N.W.
Washington, DC 20036

Gerald W. WINEGARD
Vice President for Policy
American Bird Conservancy
1250 24th Street NW, Suite 400
Washington, DC 20037

Andy OLIVER
Adviser
Senior Program Officer
World Wildlife Fund
1250 24th St. NW
Washington, DC 20037

URUGUAY

Joaquín PIRIZ
Representante Permanente Adjunto de la República Oriental del Uruguay ante la FAO
Embajada de la República Oriental del Uruguay
Via Vittorio Veneto 183, piso 5°
00187 Roma
Italia

VENEZUELA

J.F. PULVENIS
Director de Fronteras Terrestes y Maritimas
Ministerio de Relaciones Exteriores
Torre MRE, piso 13
Esq. Carmelitas
Caracas

Jesús Salvador MARCANO
Investigador
Ministerio de Agricultura y Cria
Ed. Parque Central, Torre Oeste,
piso 10
Caracas

Maritza CAMPO ALFONZO (Sra)
Representante Permanente Adjunto de la República de Venezuela ante la FAO
Embajada de la República de Venezuela
Via Nicolò Tartaglia 11
00197 Roma
Italia

YEMEN

Abdul Bari FAKHRI
Deputy Minister
Ministry of Fish Wealth
P.O. Box 19179
Sana'a

Ahmed AL HAWRI
Permanent Representative
Permanent Representation of the Republic of Yemen to FAO
Via Alessandro Malladra 10B
00157 Rome
Italy

OBSERVADORES DE ESTADOS MIEMBROS DE LAS
NACIONES UNIDAS QUE NO SON MIEMBROS DE LA FAO

FEDERACIÓN DE RUSIA

Igor SINELNIKOV
Embassy of the Russian Federation
Via Gaeta 5
Rome
Italy

REPRESENTANTES DE LAS NACIONES UNIDAS Y
ORGANISMOS ESPECIALIZADOS

BANCA MUNDIAL

David FREESTONE
Legal Advisor on Environment
World Bank
1818 H St N.W.
Washington, DC 20433
USA

Gert VAN SANTEN
Senior Fisheries Adviser
World Bank
1818 H St N.W.
Washington, DC 20433
USA

Anita GORDON (Ms)
Communication Specialist
World Bank
1818 H St N.W.
Washington, DC 20433
USA

OBSERVADORES DE ORGANIZACIONES
INTERGUBERNAMENTALES

BANCO AFRICANO DE DESARROLLO

George TAYLOR-LEWIS
Chef de Division Agriculture Nord
Banque Africaine de Développement
BP 1387
Abidjan
Ivory Coast

Samba Bocary TOUNKARA
Expert en pêche
Banque Africaine de Développement
BP 1387
Abidjan
Ivory Coast

COMISIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DE
LOS RECURSOS MARINOS VIVOS DEL ANTÁRTICO

John COOPER
CCAMLR
c/o Avian Demography Unit
University of Cape Town
Rondebosch 7700
South Africa

CONVENCIÓN SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL
DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES

Ger VAN VIIET
CITES Secretariat
15 Ch. des Anémones
Geneva, Switzerland

Robert JENKINS
Chairman
CITES Animals Committee
15 Ch. des Anémones
Geneva, Switzerland

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

Robin ALLEN
Assistant Director
IATTC
c/o Scripps Institute of Oceanography
8604 La Jolla Shores Drive
La Jolla, CA 92037
USA

COMISIÓN INTERNACIONAL PARA LA CONSERVACIÓN
DEL ATÚN DEL ATLÁNTICO

Peter MIYAKE
Assistant Executive Secretary
ICCAT
Corazón de María, 8-6°
28002 Madrid
Spain

ORGANIZACIÓN LATINOAMERICANA DE DESARROLLO
PESQUERO

Carlos MAZAL
Director Ejecutivo
OLDEPESCA
Calle Las Palomas 422
Lima 34
Perú

ORGANIZACIÓN DE PESQUERÍAS DEL
ATLÁNTICO NOROESTE

Dean SWANSON
Vice-Chairman
NAFO Fisheries Commission
P.O. Box 638
Dartmouth, N.S.
Canada B2Y 3Y9

ORGANIZACIÓN DE COOPERACIÓN Y
DESARROLLO ECONÓMICOS

Ola FLATTEN
Head of the Fisheries Division
Directorate for Food, Agriculture and Fisheries
OECD
2, rue André Pascal
75775 Paris Cedex 16
France

CENTRO DE DESARROLLO DE LA PESCA EN ASIA SUDORIENTAL

Yasuhisa KATO
Special Advisor
SEAFDEC
Surasuwadi Bldg. D07
Kasetsart University Campus
Bangkok
Thailand

ORGANISMO DE PESCA DEL FORO PARA EL PACÍFICO SUR

Barbara HANCHARD (Ms)
Executive Officer
FFA
P.O. Box 629
Honiara
Solomon Islands

OBSERVADORES DE ORGANIZACIONES NOGUBERNAMENTALES

BIRDLIFE INTERNATIONAL

John COOPER
Coordinator
Birdlife International
Seabird Global Conservation Project
c/o Avian Demography Unit
University of Cape Town
Rondebosch 7700
South Africa

COALITION FOR FAIR FISHERIES AGREEMENTS

Béatrice GOREZ (Ms)
Coordinatrice
65, rue Grétry
1000 Bruxelles
Belgium

Michael EARLE
Route d’Amonines 15
6987 Rendeux
Belgium

OFICINA EUROPEA PARA LA CONSERVACIÓN
Y EL DESARROLLO

Despina SYMONS (Ms)
Director
European Bureau for Conservation and Development
10 rue de la Science
1000 Brussels
Belgium

GREENPEACE INTERNATIONAL

Matt GIANNI
Oceans Campaign Coordinator
Keizersgracht 176
1016 DW Amsterdam
The Netherlands

Mike HAGLER
Fisheries Campaigner
Greenpeace International
P.O. Box 32153, Devonport
Auckland 9
New Zealand

Helen BOURS (Ms)
Route d’Amonines, 15
6987 Rendeux
Belgium

Peter PUESCHEL
Grosse Elbstr. 39
22767 Hamburg
Germany

Gabriel HENRIQUES
Ocean Campaigner
Arzobispo Vicuña 59
Santiago
Chile

COLECTIVO INTERNACIONAL DE APOYO A LOS
PESCADORES ARTESANALES

Sebastian MATHEW
Executive Secretary
ICSF
27 College Road
Chennai - 600 006
Madras
India

Brian O'RIORDAN
ICSF Brussels Office
65 rue Grétry
1000 Brussels
Belgium

CONFEDERACIÓN INTERNACIONAL DE
ORGANIZACIONES SINDICALES LIBRES

Benedikt VALSSON
Managing Director, FFSI
Bovgartun 18
105 Reykjavik
Iceland

UNIÓN MUNDIAL PARA LA NATURALEZA

John WAUGH
IUCN
Senior Programme Officer
1400 16th Street NW, Suite 502
Washington DC 20036-2217
USA

Glenn SANT
TRAFFIC
GPO Box 528
Sydney
Australia

Sarah FOWLER (Ms)
Nature Conservation Bureau Ltd.
36 Kingfisher Court
Hambridge Road, Newbury
Berkshire RG14 5SJ
UK

FONDO MUNDIAL PARA LA NATURALEZA

David SCHORR
Director
Sustainable Commerce Programme
World Wildlife Fund
1250 24th Street, N.W.
Washington, D.C. 20037
USA

Michael SUTTON
Director
WWF’s Endangered Seas Campaign
Branksome House
Filmer Grove
Godalming, Surrey GU7 3AB
UK

Gareth PORTER
Technical Adviser
3100 Connecticut Ave. NW #123
Washington, DC 20005

Leigh Ann HURT (Ms)
Endangered Seas Campaign
Branksome House
Filmer Grove
Godalming, Surrey GU7 3AB
UK

CHAIRMAN OF THE COMMITTEE ON FISHERIES (COFI)

Will MARTIN
National Oceanic and Atmospheric Administration
US Dept. of Commerce
14th and Constitution Ave., N.W.
Washington, DC 20234
USA

Apéndice C

LISTA DE DOCUMENTOS

FI:CSS/98/1 Rev. 2 Programa

FI:CSS/98/1 Rev. 1 Elementos de un Instrumento Internacional para la Ordenación de la Capacidad Pesquera

FI:CSS/98/1 Rev. 1 Plan de Acción Internacional para la Conservación y Ordenación de los Tiburones

FI:CSS/98/4 Plan de Acción Internacional para Reducir las Capturas Accidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre

FI:CSS/98/Inf.1 Lista de Documentos

FI:CSS/98/Inf.2 Lista de Participantes

FI:CSS/98/Inf.3 Declaración de competencias y derechos de voto presentada por la Comunidad Europea y sus Estados Miembros

Apéndice D

DECLARACIÓN DEL SR. M. HAYASHI
Subdirector General
Departamento de Pesca

Señor Presidente, excelentísimos señores, distinguidos delegados y observadores, señoras y señores, tengo el honor y el placer de darles la bienvenida, en nombre del Director General, señor Jacques Diouf, a la Consulta sobre la Ordenación de la Capacidad Pesquera, la Pesca del Tiburón y las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre.

Permítanme que comience mis observaciones preliminares resumiendo brevemente el origen de esta Consulta y la labor que la ha precedido.

Muchos de uestedes recordarán que en marzo del pasado año el Comité de Pesca de la FAO hizo un llamamiento a la Organización para que examinara las cuestiones relacionadas con la ordenación de la capacidad pesquera, la conservación y ordenación de los tiburones y la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre. El Comité nos pidió que realizáramos este examen con miras a ayudar a los Miembros de la FAO interesados a definir estrategias, que fueran apoyadas por nosotros y aplicadas por cada Miembro, según correspondiera.

El COFI especificó que esta labor debería llevarse a cabo con cargo a fondos extrapresupuestarios. Los Gobiernos del Japón y de los Estados Unidos de América acordaron proporcionar los servicios y fondos necesarios, y posteriormente la Comunidad Europea y el Gobierno de Noruega decidieron proporcionar fondos adicionales.

Al comienzo de este año, el Japón y los Estados Unidos de América hospedaron reuniones de tres Grupos Técnicos de Trabajo de la FAO, sobre capacidad pequera, conservación y ordenación de los tiburones y capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre respectivamente. Cada grupo de trabajo estuvo integrado por expertos independientes seleccionados por la FAO.

Los grupos de trabajo examinaron directrices técnicas así como proyectos de planes de acción; en el caso de la capacidad pesquera el grupo examinó elementos que podían tal vez incluirse en un plan de acción. Posteriormente, la Secretaría preparó proyectos de planes de acción y, respecto de la capacidad pesquera, elementos de un instrumento internacional. Estos elementos fueron examinados por la Reunión Preparatoria, que se celebró aquí, en la Sede de la FAO, durante tres días al final de julio. La Reunión Preparatoria eligió asimismo el Presidente y el Vicepresidente para la presente Consulta. El informe de esa Reunión se ha distribuido a los participantes y a todos los Miembros de la FAO.

Celebrada esa Reunión, la Secretaría ha redactado los documentos que ustedes examinarán a lo largo de esta semana. Se trata de: "Elementos de un Instrumento Internacional para la Ordenación de la Capacidad Pesquera"; el "Plan de Acción Internacional para la Conservación y Ordenación de los Tiburones" y el "Plan de Acción Internacional para la Reducción de las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre". Al hacerlo, la Secretaría ha tratado de reflejar las recomendciones y los debates sostenidos en la reunión de julio. En consecuencia, encontrarán ustedes en los documentos lo siguiente:

Poco después de haber ultimado el nuevo texto de los "Elementos de un instrumento internacional para la ordenación de la capacidad pequera", concluimos que, si la Secretaría publicaba un texto ligeramente modificado, ello facilitaría probablemente la labor de la Consulta. Debo confesar que nosotros sobreestimamos nuestra capacidad de elaborar a tiempo este documento. En consecuencia, muchos de ustedes han recibido apenas esta mañana el documento en la forma revisada, por lo cual deseo expresarles mi más sinceras disculpas.

Han progresado también los trabajos sobre las directrices técnicas. Estamos todavía en la fase de redacción. Se les han distribuido ya dos de los proyectos. Se han redactado en inglés, que es el idioma en que ustedes lo encontrarán actualmente. Ambos se han impreso en forma de "versiones preliminares" de circulares de pesca del Departamento de Pesca de la FAO. Uno de ellos se refiere a la reducción de las capturas de aves marinas en la pesca con palangre; el otro a la conservación y ordenación de los tiburones. Estos documentos no se presentan para su examen durante la Consulta. No obstante, la Secretaría agradecerá sumamente poder recibir las sugrencias de ustedes respecto de su formato y contenido.

Espero y confío en que en el curso de estos cinco días logren acordar planes mundiales para la ordenación de la capacidad pesquera, la pesca de tiburones y la captura incidental de aves marinas, de forma que puedan presentarse al COFI en su próximo período de sesiones, en febrero de 1999, para su ratificación.

Antes de concluir, Sr. Presidente, desearía expresar una vez más nuestro agradecimiento a los Gobiernos del Japón, Noruega y los Estados Unidos de América, así como a la Comunidad Europea, por su generoso apoyo financiero, sin el cual este proceso no habría sido posible.

Desearía concluir expresándoles los mejores deseos del Director General y míos personales para unas fructíferas deliberaciones sobre estas importantes cuestiones.

Muchas gracias.

Apéndice E

PROYECTO DE PLAN DE ACCIÓN INTERNACIONAL PARA REDUCIR LAS CAPTURAS INCIDENTALES DE AVES MARINAS EN LA PESCA CON PALANGRE

Introducción

1. Se capturan incidentalmente aves marinas en varias pesquerías palangreras comerciales del mundo, por lo que crece la preocupación sobre los efectos de dichas capturas incidentales. La captura incidental de aves marinas puede perjudicar también a la productividad y rentabilidad de la pesca. Los gobiernos, las organizaciones no gubernamentales y las asociaciones pesqueras comerciales están solicitando la adopción de medidas para reducir la mortalidad de aves marinas en la pesca con palangre en que se capturan muchas aves marinas incidentalmente.

2. Las principales pesquerías de palangre en que se sabe que se producen capturas incidentales de aves marinas son las de: túnidos, peces espada y agujas en determinadas partes de los océanos; merluza negra en el océano austral y fletán, bacalao negro, bacalao del Pacífico, fletán negro, bacalao, eglefino, brosio y maruca en los océanos septentrionales (Pacífico y Atlántico). Las especies de aves marinas capturadas con mayor frecuencia son los albatros y petreles en el océano austral, el fulmar glacial en el Atlántico norte y albatros, gaviotas y fulmares en las pesquerías del Pacífico norte.

3. Respondiendo a la necesidad de reducir las capturas incidentales de aves marinas en las pesquerías comerciales del océano austral, la Comisión para la Conservación de los Recursos Marinos Vivos del Antártico (CCAMLR) adoptó en 1992 medidas de mitigación para sus 23 Estados Miembros, con el fin de reducir las capturas incidentales de aves marinas.

4. Bajo los auspicios de la Comisión para la Conservación del Atún de Aleta Azul del Sur (CCSBT), Australia, Japón y Nueva Zelandia han estudiado y adoptado desde 1994 medidas para reducir las capturas incidentales de aves marinas en sus pesquerías de atún de aleta azul con palangre, y en 1995 la CCSBT aprobó la recomendación relativa a especies ecológicamente afines, incluida la concerniente a la mortalidad incidental de aves marinas en la pesca con palangre. La recomendación estipula políticas de compilación de datos e información, medidas de mitigación y formación de los pescadores y de difusión de información. Todos los Estados Miembros de la CCSBT han establecido el uso obligatorio de líneas espantapájaros (postes tori) en sus pesquerías.

5. Los Estados Unidos de América adoptaron también en 1997, por reglamento, medidas para reducir las capturas incidentales de aves marinas en sus pesquerías de fondo con palangre en el Mar de Bering, las Islas Aleutianas y el Golfo de Alaska, y para la pesca del fletán en 1998. Los Estados Unidos de América están elaborando medidas para reducir la captura incidental de aves marinas en la pesca pelágica con palangre en Hawai. Varios países que tienen pesquerías de palangre han adoptado igualmente medidas de mitigación análogas.

Origen

6. Tomando nota de la sensibilización cada vez mayor del sector respecto de la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre y de sus posibles efectos negativos en las poblaciones de aves marinas, en el 22º período de sesiones del Comité de Pesca (COFI) celebrado en marzo de 1997, se formuló la propuesta de que la FAO organizara con fondos extrapresupuestarios una consulta de expertos para elaborar directrices que permitieran redactar un plan de acción que se presentara en el siguiente período de sesiones del Comité, con el fin de reducir tales capturas incidentales.

7. El Plan de Acción Internacional para reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre (PAI - AVES MARINAS) se ha elaborado tras la reunión de un Grupo Técnico de Trabajo en Tokio del 25 al 27 de marzo de 19811 y la Consulta sobre la ordenación de la capacidad pesquera, la pesca del tiburón y las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre que tuvo lugar del 26 al 30 de octubre de 1998 y su reunión preparatoria celebrada en Roma del 22 al 24 de julio de 19982.

Carácter y ámbito de aplicación del Plan

8. La aplicación del PAI-AVES MARINAS es de carácter voluntario. Se ha elaborado en el marco del Código de Conducta para la Pesca Responsable conforme está dispuesto en su Artículo 2 d). Para la interpretación y aplicación de este documento y sus relaciones con otros instrumentos internacionales, se aplica el Artículo 3 del Código de Conducta. Se alienta a todos los Estados3 a que lo apliquen.

9. EL PAI-AVES MARINAS se aplica a los Estados en cuyas aguas practican la pesca con palangre naves propias o extranjeras y a los Estados que practican la pesca con palangre en alta mar y en las zonas económicas exclusivas (ZEE) de otros Estados.

Objetivo

10. Teniendo en cuenta en particular los objetivos de los artículos 7.6.9 y 8.5 del Código de Conducta, el PAI-AVES MARINAS tiene por objeto reducir la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre, donde ello tenga lugar.

Aplicación

11. Al aplicar el PAI-AVES MARINAS, los Estados deberían realizar una serie de actividades. Ello deberá emprenderse, según convenga, conjuntamente con las organizaciones internacionales competentes. La configuración exacta de estas actividades se basará en una evaluación de la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre.

12. Los Estados con pesquerías de palangre deberían hacer una evaluación de tales pesquerías para determinar si hay algún problema con respecto a capturas incidentales de aves marinas. Si existe tal problema, los Estados deberían adoptar un plan de acción nacional para reducir la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre (PAN-AVES MARINAS). (Véase adjunta la "Nota técnica sobre la elaboración de un plan de acción nacional para reducir la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre"). Al elaborar el PAN-AVES MARINAS, debería tenerse en cuenta, según proceda, la experiencia adquirida en las organizaciones regionales de ordenación pesquera. La FAO deberá proporcionar a los países una lista de expertos y un mecanismo de asistencia técnica en relación con la elaboración de los PAN-AVES MARINAS.

13. Los Estados que determinen que no es necesario un PAN-AVES MARINAS deberían examinar periódicamente esa decisión teniendo en cuenta especialmente los cambios que se produzcan en sus pesquerías, tales como la ampliación de las pesquerías existentes y/o el desarrollo de nuevas pesquerías de palangre. Si, sobre la base de una evaluación posterior, determinan que existe un problema, los Estados deberían seguir el procedimiento descrito en el párrafo 13 y aplicar un PAN-AVES MARINAS en el plazo de dos años.

14. La evaluación se incluirá como parte de cada PAN-AVES MARINAS.

15. Cada Estado es responsable del diseño, aplicación y seguimiento de su PAN-AVES MARINAS.

16. Los Estados reconocen que cada pesquería de palangre es única, por lo que las medidas de mitigación apropiadas sólo pueden determinarse mediante una evaluación in situ de la pesquería en cuestión. Actualmente se están utilizando o desarrollando medidas técnicas y operativas de mitigación en algunas pesquerías de palangre donde se producen capturas incidentales de aves marinas. En la Nota técnica adjunta a este documento se indican las medidas elaboradas por distintos Estados. Esta lista no menoscaba el derecho de los Estados a decidir la utilización de éstas u otras medidas adecuadas que puedan elaborarse. En la Circular de Pesca Nº 937, figuran una descripción y examen más completos de las medidas de mitigación aplicadas o que se están elaborando.

17. Los Estados deberían empezar a aplicar los PAN-AVES MARINAS a más tardar para el período de sesiones del COFI del 2001.

18. Al aplicar sus PAN-AVES MARINAS, los Estados deberían evaluar periódicamente, al menos cada cuatro años, su aplicación con objeto de determinar estrategias rentables para incrementar la eficacia de los PAN-AVES MARINAS.

19. Los Estados, en el marco de sus respectivas competencias y en consonancia con el derecho internacional, deberían esforzarse por cooperar mediante organizaciones o acuerdos regionales o subregionales de ordenación pesquera y otras formas de cooperación, con vistas a reducir la captura incidental de aves marinas.

20. Al aplicar el PAI-AVES MARINAS, los Estados reconocen que la cooperación entre los Estados que disponen de importantes pesquerías de palangre es esencial para reducir la captura incidental de aves marinas, teniendo en cuenta el alcance mundial de la cuestión. Los Estados deberían esforzarse en colaborar por medio de la FAO y de acuerdos bilaterales y multilaterales en la investigación, capacitación de personal y producción de información y material de promoción.

21. Los Estados deberían informar sobre los progresos en la evaluación, elaboración y aplicación de sus PAN-AVES MARINAS como parte de su presentación bienal de informes con arreglo al Código de Conducta para la Pesca Responsable.

Función de la FAO

22. La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia y en la medida especificada en ellas, y como parte de las actividades de su Programa Ordinario, prestará apoyo a los países en la aplicación del PAI-AVES MARINAS.

23. La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia, y en la medida especificada en ellas, prestará apoyo en la elaboración y aplicación de PAN-AVES MARINAS mediante proyectos específicos de asistencia técnica en los países, con recursos del Programa Ordinario y utilizando los fondos extrapresupuestarios que se pongan a disposición de la Organización para ese fin.

24. La FAO informará cada dos años, por medio del COFI, sobre el estado de los progresos en la aplicación del PAI-AVES MARINAS.

Nota técnica sobre la elaboración de un plan de acción nacional para reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre (PAN-AVES MARINAS)

No se trata de una lista exclusiva ni completa, pero proporciona una orientación para la preparación del PAN-AVES MARINAS.

El PAN-AVES MARINAS es un plan que un Estado diseña, aplica y supervisa para reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre.

I. Evaluación

1. La finalidad de la evaluación es determinar la medida y naturaleza de la captura incidental, por parte de un Estado, de aves marinas en la pesca con palangre donde esto ocurre.

2. La evaluación puede incluir, pero no exclusivamente, la compilación y análisis de la información que se indica a continuación:

  • Criterios aplicados para evaluar la necesidad de elaborar un PAN-AVES MARINAS.
  • Datos de la flota pesquera (número de naves por tamaño).
  • Datos sobre las técnicas de pesca (demersal, pelágica, métodos).
  • Zonas de pesca.
  • Esfuerzo de pesca en la pesca con palangre (estaciones, especies, capturas, número de anzuelos/año/pesquería).
  • Estado de las poblaciones de aves marinas en las zonas de pesca, si se conoce.
  • Captura anual total de aves marinas (número por series de 1000 anzuelos/especie/pesquería palangrera).
  • Medidas vigentes de mitigación aplicadas y su eficacia para reducir las capturas incidentales de aves marinas.
  • Vigilancia de capturas incidentales (programa de observación, etc.)
  • Exposición de las conclusiones y decisión de elaborar y aplicar un PAN-AVES MARINAS.

II. PAN-AVES MARINAS

El PAN-AVES MARINAS podrá contener los elementos siguientes:

1. Prescripción de medidas de mitigación

  • Los PAN-AVES MARINAS deberían prescribir métodos apropiados de mitigación. Estos deberían ser de eficiencia probada y ser rentables para la industria pesquera. Si la eficacia de las medidas de mitigación puede mejorarse combinando distintas medidas e instrumentos de mitigación, es probable que cada Estado considere oportuno aplicar varias medidas conforme a las necesidades y circunstancias concretas de sus pesquerías de palangre.

2. Investigación y desarrollo

  • Los PAN-AVES MARINAS deberían contener planes para la investigación y el desarrollo, incluidos los destinados a: i) elaborar los instrumentos más prácticos y eficaces para ahuyentar a las aves marinas; ii) mejorar otras tecnologías y prácticas que reduzcan las capturas incidentales de aves marinas; iii) realizar investigaciones específicas para evaluar la eficacia de las medidas de mitigación aplicadas en la pesca con palangre, cuando se plantee este problema.

3. Enseñanza, capacitación y publicidad

  • Los PAN-AVES MARINAS deberían prescribir los medios para sensibilizar a los pescadores, a las asociaciones pesqueras y a otros grupos pertinentes en lo concerniente a la necesidad de reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre, cuando se produzca; los planes de acción nacionales e internacionales y demás información relativa a las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre, y fomentarán la aplicación de los PAN-AVES MARINAS en el ámbito de la industria nacional, la investigación y su propia administración.
  • Proporcionar información sobre asistencia técnica o financiera para reducir la captura incidental de aves marinas.
  • Programas de promoción para pescadores, encargados de la ordenación pesquera, tecnólogos de artes de pesca, arquitectos marítimos, constructores de barcos, y responsables de la conservación y otros miembros interesados del público. La finalidad de estos programas será mejorar el conocimiento de los problemas que derivan de la captura incidental de aves marinas y la aplicación de medidas de mitigación. El programa de promoción podrá incluir la difusión de planes de estudio y directrices por medio de vídeos, manuales, folletos y carteles. El programa deberá centrar la atención en los aspectos de conservación relacionados con este problema y en los beneficios económicos que se espera obtener de una mayor eficiencia pesquera, entre otras formas, mediante la eliminación de las pérdidas de cebo a causa de las aves marinas.

4. Compilación de datos

  • Los programas de compilación de datos deberían determinar la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre y la eficacia de las medidas de mitigación. Tales programas podrán, entre otras cosas, utilizar observadores a bordo.

Nota técnica sobre algunas medidas técnicas y operativas facultativas para reducir las capturas incidentales de aves marinas

I. Introducción

Para reducir las capturas incidentales de aves marinas, es imprescindible reducir las posibilidades de que las aves se encuentren con los anzuelos cebados. Hay que señalar que las distintas medidas, si se utilizan en combinación, pueden mejorar la eficacia de la mitigación.

Para cada una de las medidas se presentan brevemente su eficacia y sus costos para los pescadores. En esta presentación, se entiende por "eficacia" el grado en que cada medida reduce la captura incidental de aves marinas; por "costo" se entiende el costo inicial o inversión y los costos de operaciones.

Hay otras posibilidades técnicas que se están desarrollando actualmente y los pescadores e investigadores pueden elaborar sobre el terreno nuevas medidas de mitigación, por lo que es probable que la lista de medidas aumente al cabo del tiempo.

Si la eficacia de las medidas de mitigación puede mejorarse combinando distintas medidas o instrumentos de mitigación, cada Estado podrá considerar ventajosa la aplicación de medidas distintas que se adapten mejor a sus condiciones y reflejen las necesidades específicas de sus pesquerías de palangre.

La lista que sigue no debe considerarse obligatoria ni exhaustiva y la FAO mantendrá una base de datos sobre las medidas que se están aplicando o elaborando.

II. Medidas técnicas

1. Aumentar la velocidad de hundimiento del cebo

a. Peso del arte

Concepto: Aumentar la velocidad de hundimiento de los anzuelos cebados y reducir su tiempo de exposición a las aves marinas.
Eficacia: Los estudios han demostrado que la colocación del peso apropiado en la línea puede ser muy eficaz para evitar las pérdidas de cebo causadas por las aves.
Costo: El costo es la compra inicial de material que sirve de peso (aparejo más pesado o pesos) y cualquier sustitución en curso de los pesos perdidos durante la pesca.

b. Descongelación del cebo

Concepto: Evitar que el cebo flote descongelándolo o agujereando la vejiga natatoria.
Eficacia: Se reduce la tasa de capturas incidentales de aves marinas cuando se utilizan cebos descongelados. Se ha demostrado también que, si el pescado utilizado como cebo tiene la vejiga natatoria desinflada, se hunde más rápidamente que cuando no la tiene.
Costo: Los costos posibles incluyen un estante de descongelación o el peso adicional para compensar la flotación provocada por la vejiga natatoria.

c. Máquina para largar la línea

Concepto: Incrementar la velocidad de hundimiento de la línea eliminando la tensión en la misma al largar el arte.
Eficacia: Aunque no se han hecho evaluaciones cuantitativas, esta práctica haría que la línea se hunda más rápidamente reduciendo así las posibilidades de que las aves marinas se acerquen a los anzuelos cebados.
Costo: En algunas pesquerías, el costo inicial puede incluir la compra de un instrumento para calar la línea.

2. Conducto, cápsula o embudo para calar la línea debajo del agua

Concepto: Evitar el acceso de las aves a los anzuelos cebados calando la línea por debajo del agua.
Eficacia: Los instrumentos para largar por debajo del agua están todavía en desarrollo, pero podrían tener mucha eficacia.
Costo: El costo inicial incluye la compra de un instrumento para largar el arte por debajo del agua.

3. Línea espantapájaros en el punto en que los anzuelos cebados entran en el agua

Concepto: Evitar que las aves marinas lleguen a los anzuelos cebados en el punto donde entran en el agua. La línea espantapájaros sirve para impedir el acceso de las aves a los anzuelos cebados. El diseño puede variar según los barcos, las operaciones de pesca y el lugar y es decisivo para su eficacia. Ejemplos de estas técnicas son las líneas con cabos sueltos colgando a modo de serpentinas y las boyas de remolque.
Eficacia: Varios estudios y observaciones anecdóticas han demostrado la notable eficacia de estos instrumentos cuando se proyectan y utilizan debidamente.
Costo: Bajo costo inicial de la compra e instalación de la línea espantapájaros.

4. Máquina para echar el cebo

Concepto: Coloca el cebo en un lugar protegido por una línea espantapájaros y fuera de la turbulencia causada por el propulsor y la estela del barco.
Eficacia: La colocación del cebo en la zona protegida por la línea espantapájaros reduce la exposición de los anzuelos cebados a las aves. Todavía no se ha determinado la medida en que se reducen las pérdidas de cebo mediante la utilización de máquinas para echarlo, cuando se utilizan sin línea espantapájaros o de forma que el cebo no quede protegido por una línea espantapájaros.
Costo: Elevado, los costos iniciales incluyen la compra del instrumento para echar el cebo.

5. Cortinas de cuerdas

Concepto: Impedir que las aves marinas cojan los anzuelos cebados al calarlos cubriéndolos con una cortina de cuerdas flotantes en el aire que ahuyentan a las aves.
Eficacia: Pruebas anecdóticas indican que las cortinas espantapájaros pueden impedir que las aves piquen el cebo en el lugar donde se cala el arte.
Costo: Bajo, costo de los materiales

6. Cebos y señuelos artificiales

Concepto: Reducir el buen sabor de los cebos y su disponibilidad.
Eficacia: Se están desarrollando todavía nuevos cebos cuya eficacia no se ha demostrado todavía.
Costo: Desconocido actualmente.

7. Modificación del anzuelo

Concepto: Utilizar tipos de anzuelos que reduzcan la probabilidad de que las aves queden capturadas cuando atacan un anzuelo cebado.
Eficacia: El tamaño del anzuelo puede influir en la composición por especies de la captura incidental de aves marinas. Sin embargo, está mal documentado el efecto de la modificación de los anzuelos.
Costo: Desconocido

8. Espantapájaros acústico

Concepto: Espantar a las aves del palangre utilizando medios acústicos, como sonidos de alta frecuencia, volumen elevado, sirenas, etc.
Eficacia: Hay pocas probabilidades de que sean eficaces ya que los ruidos de fondo son fuertes y las aves están acostumbradas a ellos.
Costo: Desconocido

9. Chorro de agua

Concepto: Ocultar los anzuelos cebados utilizando agua a alta presión.
Eficacia: No hay ninguna conclusión definitiva sobre la eficacia de este método.
Costo: Desconocido.

10. Espantapájaros magnético

Concepto: Perturbar los receptores magnéticos de las aves creando campos magnéticos.
Eficacia: No hay indicaciones sobre los efectos en experimentos prácticos.
Costo: Desconocido

III. Medidas operativas

1. Reducir la visibilidad del cebo (calado nocturno)

Concepto: Calar el arte durante las horas de oscuridad y reducir la iluminación de los anzuelos cebados en el agua.
Eficacia: Se reconoce generalmente que este método es muy eficaz. Sin embargo, su eficacia puede variar según los caladeros y, también con carácter estacional, según las especies de aves. La luz de la luna podrá reducir la eficacia de esta medida.
Costo: Si se larga la línea sólo en horas de oscuridad se reducirá la capacidad de pesca, especialmente en los palangreros más pequeños. Hará falta realizar gastos pequeños para poner en el barco la iluminación apropiada.

Esta limitación puede entrañar también una inversión en costosa tecnología para elevar al máximo la eficiencia de pesca en un período de tiempo más breve.

2. Reducir el atractivo de los barcos para las aves marinas

Concepto: Haciendo que los barcos sean menos atractivos para las aves marinas se reducen las posibilidades de que éstas sean capturadas incidentalmente. La descarga de materiales (por ejemplo, descartes de pescado, basuras) de los barcos deberá hacerse en momentos o de forma que queden lo menos posible a disposición de las aves o, al menos, sea menor la probabilidad de causarles perjuicio. Si no puede evitarse la evacuación de despojos, deberá hacerse en el lado opuesto del barco al que se largan las líneas o de forma que no se atraiga a las aves hacia el barco (por ejemplo, de noche).
Eficacia: El problema de la evacuación de despojos es complejo. Vale la pena señalar los resultados conflictivos de los estudios realizados hasta la fecha sobre los efectos de los distintos procedimientos.
Costo: Bajo, en algunos casos puede incluir los medios para reducir los despojos o remodelar los sistemas de descarga de los mismos en el barco.

3. Zonas y períodos de veda

Concepto: Reducir las capturas incidentales de aves marinas evitando los períodos o lugares en que se concentran para alimentarse o reproducirse.
Eficacia: Las vedas de zonas y períodos pueden ser eficaces (como en las zonas de alta densidad de alimentación o durante el período en que las aves cuidan de los polluelos y los adultos pueden volar a distancias limitadas de los lugares de cría), si bien hay que tener en cuenta el posible desplazamiento de la flota pesquera a las zonas de otras aves marinas.
Costo: Desconocido, pero una limitación de la zona o período de pesca puede influir en la capacidad.

4. Concesión de licencias preferenciales a barcos con sistemas e instrumentos que reduzcan las capturas incidentales de aves marinas

Concepto: Dar incentivos para que se apliquen eficazmente medidas de mitigación sin necesidad de un seguimiento de su cumplimiento.
Eficacia: Puede ser muy eficaz para estimular la aplicación de medidas de mitigación y el desarrollo de sistemas de pesca que reduzcan las capturas incidentales de aves marinas.
Costo: Desconocido

5. Liberación de aves vivas

Concepto: Si, pese a las precauciones, se capturan incidentalmente aves marinas, debería hacerse todo lo posible para asegurar que se deje libres a las que han quedado vivas a bordo y, siempre que sea posible, quitarles los anzuelos sin poner en peligro sus vidas.
Eficacia: Depende del número de aves que se capturen vivas a bordo, que se considera reducido en comparación con el número de aves que mueren al largar la línea.
Costo: Desconocido

Apéndice F

PLAN DE ACCIÓN INTERNACIONAL PARA LA CONSERVACIÓN Y ORDENACIÓN DE LOS TIBURONES

Introducción

1. Durante siglos, los pescadores artesanales practicaron de manera sostenible la pesca del tiburón en aguas costeras, y algunos siguen haciéndolo. Sin embargo, en los decenios recientes la tecnología moderna, unida al acceso a mercados lejanos, ha ocasionado un aumento del esfuerzo y del rendimiento de la pesca del tiburón, así como una expansión de las zonas donde se practica esa pesca.

2. El incremento de las capturas de tiburones y sus consecuencias para las poblaciones de algunas especies de tiburón en varias zonas de los océanos del mundo suscitan una preocupación general. La razón de ello es que los tiburones tienen con frecuencia una estrecha relación población-reclutamiento, unos períodos largos de recuperación en respuesta a la pesca excesiva (productividad biológica baja como consecuencia de la madurez sexual tardía, escasa progenie, si bien con baja mortalidad natural) y unas estructuras espaciales complejas (segregación por tamaño/sexo y migración estacional).

3. El estado actual de los conocimientos sobre los tiburones y las prácticas empleadas en su pesca causan problemas de conservación y ordenación de los tiburones debido a la falta de datos disponibles sobre capturas, esfuerzo, desembarques y comercio, así como a la información limitada sobre parámetros biológicos de muchas especies y su identificación. Para mejorar los conocimientos sobre el estado de las poblaciones de tiburones y facilitar la compilación de la información necesaria, se necesitan fondos suficientes para la investigación y ordenación.

4. La opinión predominante es que es necesario ordenar mejor las pesquerías específicas del tiburón y ciertas pesquerías de varias especies en las que los tiburones constituyen una importante captura incidental. En algunos casos las necesidades de ordenación pueden ser urgentes.

5. Unos pocos países tienen planes específicos de ordenación de la pesca del tiburón que incluyen el control del acceso, medidas técnicas con inclusión de estrategias para la reducción de las capturas incidentales de tiburones y apoyo al aprovechamiento integral de los tiburones. Sin embargo, teniendo en cuenta la amplia distribución de los tiburones, inclusive en alta mar, y la larga migración de muchas especies, la cooperación internacional y la coordinación de los planes de ordenación del tiburón están adquiriendo creciente importancia. En la actualidad hay pocos mecanismos internacionales de ordenación que se ocupen efectivamente de las capturas de tiburones.

6. La Comisión Interamericana del Atún Tropical, el Consejo Internacional para la Exploración del Mar, la Comisión Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico, la Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste, la Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero, la Comisión del Atún para el Océano Índico y el Programa de Pesquerías Oceánicas de la Comunidad del Pacífico han iniciado actividades para alentar a sus países miembros a recoger información sobre los tiburones y, en algunos casos, han desarrollado bases de datos regionales para evaluar las poblaciones.

7. Tomando nota de la preocupación cada vez mayor por el crecimiento de las capturas de tiburones y sus posibles efectos negativos sobre las poblaciones de tiburones, en el 22º período de sesiones del Comité de Pesca (COFI) de la FAO, celebrado en marzo de 1997, se presentó la propuesta de que la FAO organizara una consulta de expertos, utilizando fondos extrapresupuestarios, con el fin de elaborar unas directrices para un plan de acción destinado a mejorar la conservación y ordenación de los tiburones, que se presentaría al Comité en su siguiente período de sesiones.

8. El presente Plan de Acción Internacional para la conservación y ordenación de los tiburones (PAI-TIBURONES) se ha elaborado en el curso de la reunión del Grupo Técnico de Trabajo sobre la Conservación y Ordenación de los Tiburones, que se celebró en Tokio del 23 al 27 de abril de 19984, y de la Consulta sobre la Ordenación de la Capacidad pesquera, la Pesca del Tiburón y las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre, celebrada en Roma del 26 al 30 de octubre de 1998, y de su reunión preparatoria, celebrada en Roma del 22 al 24 de julio de 19982.

9. El PAI-TIBURONES comprende los principios, el marco, los objetivos y los procedimientos de aplicación (incluidos los anexos) que se especifican en el presente documento.

Carácter y ámbito de aplicación del Plan

10. La aplicación del PAI-TIBURONES es de carácter voluntario. Se ha elaborado en el marco del Código de Conducta para la Pesca Responsable conforme está dispuesto en su Artículo 2 d). Para la interpretación y aplicación de este documento y sus relaciones con otros instrumentos internacionales se aplica el Artículo 3 del Código de Conducta. Se alienta a todos los Estados3 a que lo apliquen.

11. Para los fines del Plan de Acción Internacional, por "tiburón" se entiende todas las especies de tiburones, rayas y quimeras (clase de los Chondrichthyes). Por "pesca del tiburón" se entiende la captura directa, incidental, comercial recreativa y de otros tipos.

12. El PAI-TIBURONES abarca todas las pesquerías de tiburones, sea o no el tiburón la especie que se desea pescar.

13. Participación. Los Estados que contribuyen a la mortalidad por pesca de una especie o población deberían participar en la ordenación de ésta.

14. Sostenimiento de las poblaciones. Las estrategias de ordenación y conservacion deberían tener como finalidad mantener la mortalidad total por pesca de cada población dentro de límites sostenibles, aplicando el enfoque precautorio.

15. Consideraciones nutricionales y socioeconómicas. Los objetivos y estrategias de ordenación y conservación deberían reconocer que, en algunas regiones y/o países de bajos ingresos y con déficit de alimentos, la pesca del tiburón es una fuente tradicional e importante de alimentos, empleo y/o ingresos. Debería ordenarse dicha pesca con carácter sostenible para que proporcione una fuente continua de alimentos, empleo y/o ingresos a las comunidades locales.

Objetivo

16. El PAI-TIBURONES tiene por objeto asegurar la conservación y ordenación de los tiburones y su aprovechamiento sostenible a largo plazo.

Aplicación

17. El PAI-TIBURONES se aplica a los Estados en cuyas aguas practican la pesca del tiburón naves propias o extranjeras y a los Estados cuyas naves practican la pesca del tiburón en alta mar.

18. Los Estados deberían adoptar un plan de acción nacional para la conservación y ordenación de tiburones (Plan para tiburones) si sus barcos practican la pesca directa de tiburones o si sus barcos capturan normalmente tiburones en pesquerías que no son de tiburones. El contenido propuesto del Plan para tiburones aparece en el Apéndice A. Al elaborar un plan para tiburones, deberían tenerse en cuenta la experiencia de las organizaciones regionales de ordenación pesquera, según proceda.

19. Cada Estado es el responsable de la elaboración, aplicación y seguimiento de su propio Plan para tiburones.

20. Los Estados se esforzarán por tener un Plan para tiburones para el período de sesiones del COFI del 2001.

21. Los Estados deberían realizar una evaluación periódica del estado de las poblaciones de tiburones que son objeto de pesca. Esta evaluación se realizará de conformidad con lo establecido en el párrafo 6.13 del Código de Conducta para la Pesca Responsable. La presentacion de un informe sobre la evaluación formará parte del Plan para tiburones del Estado correspondiente. El contenido propuesto del informe sobre la evaluación de los tiburones figura en el Apéndice B. Para ello se necesitaría la compilación coherente de datos, incluidos datos comerciales, que permita mejorar la identificacion de las especies y, en último término, establecer índices de abundancia. Los datos recogidos por los Estados deberían ponerse a disposición y examinarse en el marco de las organizaciones regionales de pesca competentes y de la FAO. La colaboración internacional en la recopilación de datos y los sistemas de comunicación de los mismos para las evaluaciones de las poblaciones es particularmente importante en relación con las poblaciones de tiburones transfronterizas, transzonales, altamente migratorias y de alta mar.

22. El Plan para tiburones tendrá por objeto:

  • Garantizar que las capturas de la pesca directa y no directa sean sostenibles.
  • Evaluar las amenazas a las poblaciones de tiburones, determinar los hábitat críticos y aplicar estrategias de recolección compatibles con los principios de la sostenibilidad biológica y la utilización económica racional a largo plazo.
  • Determinar y prestar atención especial a poblaciones particularmente vulnerables o amenazadas.
  • Mejorar y desarrollar marcos para establecer y coordinar consultas eficaces en las que intervengan todas las partes interesadas en la investigación, en la ordenación y en iniciativas educacionales dentro de los Estados y entre éstos.
  • Reducir al mínimo las capturas incidentales de tiburones.
  • Proteger la diversidad biológica y la estructura y función del ecosistema.
  • Reducir al mínimo los desechos y descartes de la pesca del tiburón de conformidad con el párrafo 7.2.2.g) del Código de Conducta para la Pesca Responsable (por ejemplo, exigiendo la retención de los tiburones a los que se quitan las aletas).
  • Fomentar el aprovechamiento integral de los tiburones muertos.
  • Facilitar la mejora de los datos sobre capturas y desembarques específicos de cada especie y el seguimiento de la pesca del tiburón.
  • Facilitar la identificación y comunicación de datos biológicos y de comercio específicos de cada especie.

23. Los Estados que apliquen el Plan para tiburones evaluarán periódicamente, al menos cada cuatro años, su aplicación con objeto de determinar estrategias rentables para incrementar su eficacia.

24. Los Estados facilitarán a la FAO breves resúmenes del Plan para tiburones que no deberán exceder de tres páginas. La FAO pondrá a disposición de todos los Estados interesados, utilizando los medios oportunos, los informes resumidos que haya recibido, pero como mínimo deberían recopilar datos sobre capturas, desembarques y comercio.

25. Los Estados, en el marco de sus respectivas competencias y en consonancia con el derecho internacional, tratarán de cooperar mediante organizaciones o acuerdos regionales y subregionales de ordenación pesquera y otras formas de coooperación, con el fin de garantizar la sostenibilidad de las poblaciones de tiburones, incluso, mediante la elaboración de planes subregionales o regionales para los tiburones, cuando proceda.

26. En los casos en que poblaciones transfronterizas de tiburones sean explotadas por dos o más Estados, los Estados interesados deberían cooperar para garantizar la conservación y ordenación eficaces de las poblaciones.

27. Los Estados se esforzarán por colaborar mediante la FAO y otros acuerdos internacionales en la investigación, la capacitación y la producción de material informativo y educativo.

28. Como parte de la presentación bienal de informes con arreglo al Código de Conducta, los Estados deberían presentar informe sobre los progresos en la evaluacion, elaboración y aplicación de sus Planes para tiburones.

Función de la FAO

29. La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia y en la medida especificada en ellas, y como parte de las actividades de su Programa Ordinario, prestará apoyo a los países en la aplicación del PAI-TIBURONES, incluída la preparación de Planes para los tiburones.

30. La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia y en la medida especificada en ellas, prestará apoyo en la elaboración y aplicación de Planes para tiburones mediante proyectos concretos de asistencia técnica en los países, con recursos del Programa Ordinario y utilizando los fondos extrapresupuestarios que se pongan a disposición de la Organización para ese fin. La FAO proporcionará a los países una lista de expertos y un mecanismo de asistencia técnica en relación con la elaboracion de Planes para tiburones.

31. La FAO informará cada dos años, por medio del COFI, sobre el estado de los progresos en la aplicación del PAI-TIBURONES.

Apéndice A

Contenido propuesto de un Plan para tiburones

I. Antecedentes

Al ordenar la pesca del tiburón, es importante considerar que el estado de los conocimientos sobre los tiburones y las prácticas empleadas en sus pesquerías pueden causar problemas en la conservación y ordenación de los tiburones, en particular:

  • Problemas taxonómicos
  • Insuficiencia de datos disponibles sobre capturas, esfuerzo y desembarques en relación con los tiburones
  • Dificultades para identificar las especies después del desembarque
  • Datos biológicos y ambientales insuficientes
  • Falta de fondos para la investigación y ordenación de los tiburones
  • Poca coordinación en la compilación de información sobre poblaciones de tiburones transzonales y altamente migratorias
  • Dificultad para conseguir los objetivos de ordenacion de los tiburones en pesquerías de muchas especies en las que se capturan tiburones.

II. Contenido del Plan para tiburones

En las Directrices Técnicas para la Conservación y Ordenación de los Tiburones, que está elaborando la FAO, se proporciona orientacion técnica detallada sobre la elaboración y aplicación del Plan para los tiburones. Se facilita orientación sobre:

  • Seguimiento
  • Recopilación de datos
  • Investigación
  • Creación de capacidad humana
  • Realización de la ordenación

El Plan para tiburones deberá contener:

A. Una descripción del estado presente de

  • Las poblaciones de tiburones;
  • Las pesquerías asociadas; y
  • El marco de ordenación y su cumplimiento.

B. Los objetivos del Plan para tiburones

C. Las estrategias para conseguir esos objetivos. Se indican a continuación ejemplos de lo que podría incluirse:

  • Determinar el control sobre el acceso de las embarcaciones de pesca a las poblaciones de tiburones
  • Reducir el esfuerzo de pesca en cualesquiera pesquerías de tiburones en las que la supervivencia de poblaciones de tiburones esté amenazada
  • Mejorar el aprovechamiento de los tiburones capturados
  • Mejorar la compilación de datos y el seguimiento de las pesquerías de tiburones
  • Capacitar a todos los interesados en la identificación de especies de tiburones
  • Facilitar y alentar la investigación sobre especies de tiburones poco conocidas
  • Obtener datos sobre utilización y comercio relativos a los tiburones.

Apéndice B

Contenido propuesto de un informe sobre la evaluación de los tiburones

Un informe sobre la evaluacion de los tiburones debería contener, entre otras cosas, la información siguiente:

  • Tendencias pasadas y presentes de:
    • Esfuerzo: pesca directa y no directa; todos los tipos de pesca;
    • Rendimiento: físico y económico
  • Estado de las poblaciones
  • Medidas de ordenación vigentes:
    • Control del acceso a los caladeros
    • Medidas técnicas (con inclusión de medidas para reducir las capturas incidentales, la existencia de refugios naturales y estaciones de veda)
    • Otras medidas
    • Seguimiento, control y vigilancia
  • Eficacia de las medidas de ordenación
  • Posibles modificaciones de las medidas de ordenación.


Apéndice G

PROYECTO DE [ DIRECTRICES INTERNACIONALES] [ PLAN DE ACCIÓN INTERNACIONAL] PARA LA ORDENACIÓN DE LA CAPACIDAD PESQUERA

Introducción

1. En el contexto del Código de Conducta para la Pesca Responsable y de su objetivo general de la pesca sostenible, las cuestiones del exceso de capacidad pesquera en la pesca mundial constituyen una preocupación cada vez mayor. El exceso de capacidad de pesca es uno de los problemas que contribuyen en gran medida a la sobrepesca, la degradación de los recursos pesqueros marinos, la reducción del potencial de producción alimentaria y a considerables pérdidas económicas.

2. En el Código de Conducta de la FAO se indica que los Estados deberían tomar medidas para prevenir o eliminar el exceso de capacidad de pesca y deberían velar por que los niveles del esfuerzo de pesca sean compatibles con el uso sostenible de los recursos pesqueros.

3. El Comité de Pesca (COFI) en su último período de sesiones celebrado en 1997, pidió a la FAO que afrontara la cuestión de la capacidad pesquera. La FAO organizó un Grupo Técnico de Trabajo sobre la Ordenación de la Capacidad Pesquera, que se reunió en La Jolla, Estados Unidos, del 15 al 18 de abril de 1998. Posteriormente, del 26 al 30 de octubre de 1998, se celebró una Consulta de la FAO, precedida de una reunión preparatoria que tuvo lugar del 21 al 24 de julio de 1998.

PARTE I – Carácter y ámbito de aplicación [ de las Directrices Internacionales] [ del Plan de Acción Internacional]

4. La aplicación [ de las Directrices Internacionales] [ del Plan de Acción Internacional] - es de carácter voluntario. Se han elaborado en el marco del Código de Conducta para la Pesca Responsable conforme está dispuesto en su Artículo 2, d). Para la interpretación y aplicación [ de estas Directrices Internacionales] [ de este Plan de Acción Internacional] y de sus relaciones con otros instrumentos internacionales se aplica el Artículo 3 del Código.

5. El presente documento fomenta el empeño de todos los Estados3 de aplicar el Código de Conducta. Los Estados y las organizaciones de pesca regionales5 deberán aplicar este documento en consonancia con el derecho internacional y en el marco de las respectivas competencias de las organizaciones interesadas.

6. [Las Directrices Internacionales constituyen] [ El Plan de Acción Internacional constiuye] un elemento de la conservación y ordenación sostenible de la pesca.

PARTE II – Objetivo y principios

7. El objetivo inmediato de [ estas Directrices Internacionales] [ este Plan de Acción Internacional] es que los Estados y las organizaciones regionales de pesca, en el marco de sus respectivas competencias y de conformidad con el derecho internacional, alcancen en todo el mundo, para el año [ 2003] [ 2005] una ordenación eficiente, equitativa y transparente de la capacidad pesquera. Entre otras cosas, los Estados y organizaciones regionales de pesca que se enfrenten con un problema del exceso de capacidad, en los casos en que la capacidad esté impidiendo el logro de resultados de sostenibilidad a largo plazo, se esforzarán inicialmente por limitar al nivel actual y reducir progresivamente la capacidad de pesca aplicada en las pesquerías afectadas. En los casos en que se estén consiguiendo resultados de sostenibilidad a largo plazo, los Estados y las organizaciones regionales de pesca deberán actuar asimismo con cautela para evitar un crecimiento de la capacidad que impida el logro de los objetivos de sostenibilidad a largo plazo.

8. El objetivo indicado puede conseguirse mediante una serie de medidas relativas a cuatro estrategias principales:

i) realizar evaluaciones nacionales, regionales y mundiales de la capacidad y mejorar la posibilidad de supervisar la capacidad de pesca;

ii) preparar y aplicar planes nacionales para controlar con eficacia la capacidad pequera y acciones inmediatas para pesquerías costeras que requieran medidas urgentes;

iii) reforzar las organizaciones regionales de pesca y los mecanismos correspondientes, para mejorar el control de la capacidad pesquera a nivel regional y mundial;

iv) adoptar medidas inmediatas con respecto a las principales pesquerías de poblaciones transfronterizas, transzonales y altamente migratorias y de alta mar que requieran medidas urgentes.

Estas estrategias podrán aplicarse por medio de mecanismos complementarios para promover la aplicación de [ estas Directrices Internacionales] [ este Plan de Acción Internacional] : sensibilización y educación, cooperación técnica a nivel internacional y coordinación.

9. La ordenación de la capacidad pesquera deberá basarse en el Código de Conducta para la Pesca Responsable y tener en cuenta los siguientes principios y criterios fundamentales siguientes:

i. Participación: [ Las Directrices Internacionales deberían ser aplicadas por los Estados] [ El Plan de Acción Internacional debería ser aplicado por los Estados] bien de manera directa, en cooperación con otros Estados, o bien por medio de la FAO, en cooperación con otras organizaciones intergubernamentales apropiadas y/o las organizaciones regionales de pesca. Se alienta a los Estados y las organizaciones regionales de pesca, según proceda, a que [ las] [ lo] acepten e informen a la FAO sobre las medidas que adopten para [ aplicarlas] [ aplicarlo]. La FAO facilitará periódicamente información acerca de su aplicación;

ii. Aplicación gradual: La ordenación de la capacidad de pesquera, con arreglo a los planes nacionales y regionales, debería lograrse por medio de las tres fases siguientes: evaluación y diagnóstico (análisis preliminar que habrá de completarse para el final del [2000]), adopción de medidas de ordenación (las medidas preliminares habrán de adoptarse para el final del [2001]) y ajuste periódico de tales medidas de evaluación y diagnóstico, según proceda. Los Estados y las organizaciones regionales de pesca deberían completar estos pasos y aplicar progresivamente para el [2005] las medidas complementarias especificadas en [ las Directrices Internacionales] [ el Plan de Acción Internacional] ;

iii. Enfoque global: La ordenación de la capacidad pesquera debería tener presentes todos los factores que influyen en la capacidad tanto en aguas nacionales como internacionales;

iv. Conservación: La ordenación de la capacidad pesquera debería estar encaminada a conseguir la conservación y utilización sostenible de las poblaciones ícticas y la protección del medio marino en consonancia con el enfoque precautorio, la necesidad de reducir al mínimo las capturas incidentales, los desperdicios y los descartes y garantizar prácticas selectivas y ecológicamente inocuas, la protección de la diversidad biológica en el medio marino y la protección del hábitat, en particular los hábitat que son objeto de preocupación especial.

v. Prioridad: Se deberá otorgar prioridad a la ordenación de la capacidad pesquera en aquellas pesquerías en que existe una indudable situación de sobrepesca.

vi. Nuevas tecnologías: La ordenación de la capacidad pesquera deberá diseñarse de forma que se tenga en cuenta la incorporación de tecnologías modernas y en evolución en todos los sectores de la pesca de captura y se garantice que los progresos técnicos no perjudiquen al medio ambiente;

vii. Movilidad: La ordenación de la capacidad pesquera deberá fomentar una utilización eficaz de dicha capacidad y desaconsejar la movilidad desde otras pesquerías cuando ésta influya negativamente en la sostenibilidad, y tener en cuenta el rendimiento socioeconómico en otras pesquerías;

viii. Transparencia: (Las Directrices Internacionales deberán aplicarse( (El Plan de Acción Internacional deberá aplicarse (de manera transparente de conformidad con la Sección 6.1.3 del Código de Conducta.

10. La aplicación de [ estas Directrices Internacionales] [ este Plan de Acción Internacional] deberá basarse en el Código de Conducta, especialmente en el Artículo 5, en lo relativo al fortalecimiento de la capacidad de los países en desarrollo para desarrollar sus propias pesquerías, así como para participar en la pesca en alta mar, incluyendo el acceso a tales pesquerías, de conformidad con sus derechos legítimos y sus obligaciones en virtud del derecho internacional.

PARTE III: Medidas urgentes

Sección I: Evaluación y seguimiento de la capacidad pesquera

Determinación de la capacidad pesquera

11. Los Estados deberán respaldar los esfuerzos e investigación coordinados a nivel nacional, regional y mundial para conocer mejor los aspectos fundamentales de los problemas relacionados con la determinación y el seguimiento de la capacidad pesquera.

12. Los Estados deberán apoyar la organización, por parte de la FAO, de una consulta técnica que se celebraría lo antes posibles en 1999 sobre la definición y determinación de la capacidad pesquera y la posterior preparación de directrices técnicas para la recopilación y análisis de datos, señalando que el resultado de esta consulta deberá aportar orientaciones específicas para las evaluaciones preliminares de la capacidad pesquera y su exceso a nivel nacional, y mundial.

Diagnóstico e identificación de las pesquerías y las flotas que requieren medidas urgentes

13. Los Estados deberían realizar, para el final de [1999( (2000], una evaluación preliminar de la capacidad pesquera desplegada a nivel nacional en relación con las principales pesquerías y las flotas que faenan en ellas, y actualizar periódicamente dicha evaluación.

14. Los Estados deberían realizar, para el final del [2000] una identificación sistemática de las pesquerías y flotas nacionales que requieran medidas urgentes y actualizar periódicamente este análisis.

15. Los Estados deberían cooperar, en el mismo período de tiempo, en la organización de evaluaciones preliminares análogas de la capacidad pesquera a nivel regional (en el ámbito de las organizaciones regionales de pesca pertinentes o en colaboración con ellas, según proceda) y a nivel mundial (en colaboración con la FAO) para las pesquerías de poblaciones transfronterizas, transzonales y altamente migratorias y de alta mar, así como en la identificación de pesquerías regionales o mundiales y flotas que requieran medidas urgentes.

Establecimiento de registros de barcos pesqueros

16. Los Estados deberían prestar apoyo a la FAO en la elaboración de normas apropiadas y compatibles para el registro de los barcos pesqueros.

17. Los Estados deberían preparar y mantener registros nacionales apropiados y compatibles de barcos pesqueros, especificando además las condiciones de acceso a la información.

18. En espera de la entrada en vigor del Acuerdo para el cumplimiento de las medidas internacionales de consevación y ordenación por los buques pesqueros que pescan en alta mar (Acuerdo de cumplimiento), los Estados deberían apoyar que la FAO establezca para el final del 2000 un registro internacional de barcos pesqueros que faenan en alta mar, con arreglo al modelo indicado en el Acuerdo de cumplimiento.

Sección II: Preparación y aplicación de planes nacionales

Elaboración de planes y políticas nacionales

19. Los Estados deberían elaborar, aplicar y seguir de cerca los planes de acción nacionales para la ordenación de la capacidad pesquera, teniendo en cuenta, entre otras cosas, el efecto de los distintos sistemas de ordenación de los recursos en la capacidad pesquera.

20. Los Estados deberían elaborar medios para el seguimiento sistemático y preciso de la capacidad pesquera y evaluar periódicamente cualquier desequilibrio respecto de los recursos pesqueros disponibles y los objetivos de la ordenación.

21. Los Estados deberían adoptar y publicar, para el final del [ 2001], planes nacionales para la ordenación de la capacidad pesquera y, si es necesario, reducir la capacidad pesquera para equilibrarla con los recursos disponibles de manera sostenible, basándose en una evaluación de las poblaciones ícticas y prestando atención especial a los casos que requieran medidas urgentes, y adoptando medidas inmediatas para ocuparse de la ordenación de la capacidad pesquera en relación con las poblaciones reconocidas como objeto de considerable sobrepesca.

22. Los Estados, al elaborar los planes nacionales, deberían prestar la debida atención a las necesidades socioeconómicas, incluyendo el examen de fuentes alternativas de empleo y medios de vida para las comunidades pescadoras que deberán cargar con el peso de las reducciones de la capacidad pesquera.

23. Cuando se haya determinado que no es necesario un plan nacional para la ordenación de la capacidad, los Estados deberían asegurar que se plantee el asunto de la capacidad pesquera de forma continua en la ordenación pesquera.

24. Al menos cada cuatro años, los Estados deberían examinar la aplicación del plan nacional de ordenación de la capacidad con el fin de determinar estrategias rentables para incrementar su eficacia.

Subvenciones e incentivos económicos

25. Al elaborar sus planes nacionales para la ordenación de la capacidad pesquera, los Estados deberían evaluar los posibles efectos de todos los factores, entre ellos las subvenciones, que contribuyen al exceso de capacidad en la ordenación sostenible de sus pesquerías, distinguiendo entre factores, entre ellos las subvenciones, que contribuyen al exceso de capacidad y a la insostenibilidad y aquellos que producen un efecto positivo o son neutrales.

26. Los Estados deberían reducir y eliminar progresivamente todos los factores, entre ellos las subvenciones y los incentivos económicos, así como otros factores que contribuyan, directa o indirectamente, a aumentar excesivamente la capacidad pesquera y a menoscabar consecuentemente la sostenibilidad de los recursos marinos vivos, prestando la debida atención a las necesidades de la pesca artesanal.

Consideraciones regionales

27. Los Estados deberían cooperar, según proceda, a través de las organizaciones o entidades de pesca y otras formas de cooperación, a fin de asegurar la ordenación eficaz de la capacidad pesquera.

28. Los Estados deberían tratar de colaborar, mediante la FAO y otros acuerdos internacionales, en la investigación, la capacitacion y la producción de material informativo y educativo destinado a promover la ordenación eficaz de la capacidad pesquera.

Sección III: Consideraciones internacionales

29. Los Estados deberían examinar la conveniencia de participar en los acuerdos internacionales relativos a la ordenación de la capacidad pesquera y, en particular, el Acuerdo de cumplimiento y el Acuerdo sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982 relativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios.

30. Los Estados deberían apoyar la cooperación y el intercambio de información entre todas las organizaciones regionales de pesca de conformidad con sus procedimientos.

31. Los Estados deberían adoptar medidas para la ordenación de la capacidad pesquera de sus barcos que faenan en pesquerías de alta mar y cooperar, según convenga, con otros Estados, para reducir la capacidad de pesca aplicada a las poblaciones de peces objeto de sobrepesca.

32. Los Estados deberían mejorar, a través de las organizaciones regionales de pesca cuando proceda, y en colaboracion con la FAO, la recopilación de datos sobre las capturas de sus flotas tanto en alta mar como en las zonas costeras de sus flotas.

33. Los Estados deberían reconocer la necesidad de abordar el problema de Estados que no cumplen con sus responsabilidades en cuanto Estados del pabellón, en virtud del derecho internacional, respecto de sus barcos de pesca, y en particular Estados que no ejercen efectivamente su jurisdicción y control sobre sus barcos que tal vez operan de forma que contravengan o menoscaben las normas pertinentes del derecho internacional así como las medidas de conservación y ordenación internacionales. Los Estados deberían apoyar también la cooperación multilateral para asegurar que tales Estados del pabellón contribuyan a los esfuerzos regionales de ordenación de la capacidad de pesca.

34. Debería alentarse a los Estados a participar como miembros de las organizaciones o acuerdos regionales de pesca, o a aceptar la aplicación a sus barcos de las medidas de conservación y ordenación establecidas por tales organizaciones o acuerdos.

35. Los Estados deberían promover, con la asistencia de la FAO, el intercambio de información acerca de las actividades de pesca de los barcos que no cumplen las medidas de conservación y ordenación adoptadas por las organizaciones y acuerdos regionales de pesca, conforme al Artículo VI del Acuerdo de cumplimiento.

36. En previsión de la entrada en vigor del Acuerdo de cumplimiento, los Estados deberían tratar de aplicar las disposiciones del Artículo III de dicho Acuerdo.

37. Los Estados deberían asegurar que no se efectúe ninguna transferencia de capacidad a la jurisdicción de otro Estado sin el consentimiento expreso y la autorización oficial del Estado en cuestión.

38. Los Estados, en cumplimiento de sus deberes como Estados del pabellón, deberían evitar la aprobación de la transferencia de barcos que enarbolan su pabellón a zonas de alta mar cuando tales transferencias no son coherentes con la pesca responsable conforme al Código de Conducta.

Sección IV: Medidas inmediatas para las principales pesquerías internacionales que requieren atención urgente

39. Los Estados deberían adoptar medidas inmediatas para proceder a la ordenación de la capacidad pesquera de las pesquerías internacionales que requieren atención urgente, dando prioridad a la pesca de poblaciones de peces transfronterizas, transzonales, altamente migratorias y de alta mar que son objeto de considerable sobrepesca.

40. En el marco de sus respectivas competencias, los Estados deberían actuar individualmente, bilateralmente y multilateralmente, según convenga, para reducir sustancialmente6 la capacidad de las flotas pesqueras aplicadas a estos recursos, como parte de las estrategiis de ordenación para restablecer las poblaciones sobreexplotadas a niveles sostenibles teniendo en cuenta, además de otras disposiciones pertinentes [ de las Directrices Internacionales] [ del Plan de Acción Internacional]:

i. la importancia económica de las flotas que capturan poblaciones sobreexplotadas y la necesidad de limitar dichas flotas a un nivel proporcional a la sostenibilidad de las poblaciones y la viabilidad económica; y

ii. la aplicación de medias apropiadas para controlar la transferencia del exceso de capacidad a pesquerías plenamente explotadas o sobreexplotadas, teniendo en cuenta la condición de las poblaciones de peces.

PARTE IV: Mecanismos para fomentar la aplicación

Sensibilización y educación

41. Los Estados deberían elaborar programas de información a nivel nacional, regional y mundial para aumentar la sensibilización acerca de la necesidad de ordenación de la capacidad pesquera, y los costos y beneficios derivados de los ajustes en ésta.

Cooperación científica y técnica

42. Los Estados deberían apoyar el intercambio de información científica y técnica sobre temas relativos a la ordenación de la capacidad de pesca y promover su disponibilidad en todo el mundo, utilizando los foros regionales y mundiales existentes.

43. Los Estados deberían apoyar la capacitación y el reforzamiento institucional y estudiar la posibilidad de proporcionar asistencia financiera, técnica y de otro tipo a los países en desarrollo sobre cuestiones relacionadas con la ordenación de la capacidad pesquera.

Presentación de informes

44. Los Estados deberían presentar informe a la FAO sobre los progresos realizados en la evaluación, elaboración y aplicación de sus planes para la ordenación de la capacidad pesquera, como parte de su presentación bienal de informes con arreglo al Código de Conducta para la Pesca Responsable.

Función de la FAO

45. La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia y en la medida especificada en ellas, deberá recopilar toda información y datos pertinentes que puedan servir de base para realizar nuevos análisis destinados a determinar los factores que contribuyen al exceso de capacidad, tales como, entre otros, la falta de control de los insumos y de la producción, métodos de ordenación de pesca insostenibles y subvenciones que contribuyan al exceso de capacidad.

46. La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia y en la medida especificada en ellas, y como parte de las actividades de su Programa Ordinario, deberá prestar apoyo a los países en la aplicación de sus planes nacionales para la ordenación de la capacidad pesquera.

47. La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia, deberá prestar apoyo a la elaboración y aplicación de planes nacionales para la ordenación de la capacidad pesquera mediante proyectos concretos de asistencia técnica en los países, con recursos del Programa Ordinario y utilizando los fondos extrapresupuestsarios que se pongan a disposición de la Organización para ese fin.

48. La FAO informará cada dos años, por medio del COFI, sobre el estado de los progresos en la aplicación [ de las Directrices Internacionales] [ del Plan de Acción Internacional].


1 Véase: Informe del Grupo Técnico de Trabajo sobre la Reducción de las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre". Tokio, Japón, 25-27 de marzo de 1998. FAO Informes de Pesca Nº 585.
2 Véase Informe: "Reunión Preparatoria para la Consulta sobre la Ordenación de la Capacidad Pesquera, la Pesca del Tiburón y las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre". Roma, 22-24 de julio de 1998. FAO Informes de Pesca, Nº 584.
3 En el presente documento, el término "Estado" comprende los miembros y no miembros de la FAO y se aplica, mutatis mutandis, también a todas las "entidades pesqueras" distintas de los Estados.
4 Véase el Informe del Grupo Técnico de Trabajo de la FAO sobre la Conservación y Ordenación de los Tiburones, Tokyo, Japón, 23-27 de abril de 1998. FAO: Informe de Pesca Nº 583.
5 En el presente documento, el término "regional" comprende el ámbito subregional, según proceda.
6 La reducción requerida variaría según la pesquería; p.e., se indicó una reducción del 20-30 por ciento para las flotas de palangre a gran escala que capturan el atún (Grupo Técnico de Trabajo sobre Ordenación de la Capacidad Pesquera, 15-18 de abril de 1998, FAO: Informes de Pesca Nº. 586).