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1. PLAN DE ACCIÓN INTERNACIONAL: TIBURONES (PAI-Tiburones)


1.1 Origen del PAI-Tiburones
1.2 Objetivo del PAI-Tiburones
1.3 Elementos del PAI-Tiburones

1.1 Origen del PAI-Tiburones

Existe una preocupación general ante el aumento de la pesca de tiburones y las consecuencias que ello puede tener en las poblaciones de algunas de sus especies en varias zonas de los océanos de todo el mundo. La opinión dominante es que resulta necesario controlar las pesquerías del tiburón así como las actividades en que los tiburones constituyen una importante captura incidental.

Actualmente son pocos los países que han puesto en marcha un sistema de ordenación de las pesquerías de tiburón y no hay ningún mecanismo internacional de ordenación que se ocupe activamente de sus capturas; no obstante, desde que comenzó el proceso de elaboración del Plan de Acción Internacional para la conservación y la ordenación de los tiburones (PAI-Tiburones), algunos órganos regionales han comenzado a alentar a los países miembros a recopilar información sobre los tiburones.

Habida cuenta de la creciente preocupación acerca de la expansión de las pesquerías del tiburón y los posibles efectos negativos en sus poblaciones, la Resolución Conf. 9. 17 de la CITES pidió a la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) que recopilara la información necesaria sobre los tiburones para elaborar y proponer orientaciones que dieran lugar a un plan de acción para la conservación y ordenación de estas especies. La decisión 10.126 de la CITES confirmó la acción de la FAO. Posteriormente, en el 22o período de sesiones del Comité de Pesca de la FAO (COFI) celebrado en marzo de 1997, se propuso que la FAO organizara una consulta de expertos, con fondos extrapresupuestarios, para elaborar orientaciones que dieran lugar a un Plan de Acción. Los gobiernos del Japón y los Estados Unidos acordaron ofrecer los fondos extrapresupuestarios necesarios y colaborar con la FAO en la organización de dicha consulta.

El PAI-Tiburones se desarrolló posteriormente en la reunión del Grupo de trabajo técnico sobre la conservación y ordenación del tiburón, celebrada en Tokio del 23 al 27 de abril de 1998, y en la Consulta sobre la ordenación de la capacidad de pesca, las pesquerías del tiburón y las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre, celebrada en Roma del 26 al 30 de octubre de 1998, y en su reunión preparatoria, que había tenido lugar en Roma del 22 al 24 de julio del mismo año.

El PAI-Tiburones consta de 31 párrafos y 2 apéndices aprobados por los países miembros del COFI en la reunión del 26 al 30 de octubre de 1998. Posteriormente, el PAI-Tiburones fue ratificado en el 23o período de sesiones del COFI, que tuvo lugar en Roma entre el 15 y el 19 de febrero de 1999.

1.2 Objetivo del PAI-Tiburones

El objetivo general del PAI-Tiburones es garantizar la conservación y ordenación de los tiburones y su aprovechamiento sostenible a largo plazo. El logro de este objetivo está asociado a tres principios rectores.

Participación. Los Estados que contribuyen a la mortalidad por pesca de una especie o población deberían participar en la ordenación de ésta.

Sostenimiento de las poblaciones. Las estrategias de ordenación y conservación deberían tener como finalidad mantener la mortalidad total por pesca de cada población dentro de límites sostenibles, aplicando el enfoque precautorio.

Consideraciones nutricionales y socioeconómicas. Los objetivos y estrategias de ordenación y conservación deberían reconocer que, en algunas regiones y/o países de bajos ingresos y con déficit de alimentos, la pesca del tiburón es una fuente tradicional e importante de alimentos, empleo y/o ingresos. Debería ordenarse dicha pesca con carácter sostenible para que proporcione una fuente continua de alimentos, empleo y/o ingresos a las comunidades locales.

La aplicación del PAI-Tiburones es de carácter voluntario. Se ha elaborado en el marco del Código de Conducta para la Pesca Responsable conforme está dispuesto en su Artículo 2 d). Para la interpretación y aplicación de este documento y sus relaciones con otros instrumentos internacionales se aplica el Artículo 3 del Código de Conducta. Se alienta a todos los Estados a que lo apliquen.

El PAI-Tiburones y sus apéndices se adjuntan al final de estas Orientaciones. El texto principal de los 31 párrafos aprobados del PAI-Tiburones constituye el Apéndice I, y los apéndices de aquel se adjuntan en el Apéndice II (Contenido propuesto de un plan para tiburones) y el Apéndice III (Contenido propuesto de un informe sobre la evaluación de los tiburones). En el Apéndice IV se presenta una Clasificación de las pesquerías de tiburón.

El PAI-Tiburones no es un plan estratégico completo ni universal; en él se prescribe más bien un proceso en virtud del cual cada uno de los Estados, los mecanismos subregionales pertinentes a través de acuerdos bilaterales y multilaterales y las organizaciones regionales de ordenación de la pesca (OROP) pertinentes identifican las cuestiones nacionales, subregionales y regionales y luego elaboran los correspondientes “Planes para tiburones” nacionales, subregionales y regionales para abordar esas cuestiones. Cada Estado y OROP (y, en caso necesario, cada entidad subregional) debería realizar periódicamente una evaluación de la situación de sus poblaciones de tiburón sometidas a pesca con el fin de determinar si es necesario o no elaborar un Plan para tiburones. Al menos una vez cada cuatro años, los Estados y las organizaciones regionales de ordenación de la pesca que estén aplicando un Plan para tiburones deberían evaluar su aplicación a fin de identificar estrategias eficaces en función de los costos para lograr una mayor eficacia. Cada Estado y cada OROP debería tratar de preparar su primer Plan para tiburones para el período de sesiones del COFI previsto para febrero de 2001.

En estas Orientaciones técnicas encaminadas a la aplicación del Plan de Acción Internacional para la conservación y la ordenación de los tiburones se ofrece asesoramiento técnico sobre la elaboración y aplicación de Planes para tiburones y de informes sobre la evaluación de tiburones. Además de preparar estas orientaciones, la FAO, en el curso de sus actividades en el marco del Programa Ordinario, apoya a los Estados en la ejecución del PAI-Tiburones, incluida la preparación de Planes para tiburones y el suministro de asistencia técnica dentro del país. La FAO informará cada dos años a través del COFI sobre los progresos conseguidos en la aplicación del PAI-Tiburones.

1.3 Elementos del PAI-Tiburones

A los efectos del presente documento, se considera que en el término “tiburón “ se incluyen todas las especies de tiburones, rayas y quimeras (clase “condrictios”), y el término “capturas de tiburones” incluiría la pesca directa (deliberada), indirecta (no deliberada), incidental (descartes), comercial, deportiva y otras formas de captura de tiburones.

El PAI-Tiburones incluye los cuatro elementos siguientes: a) necesidades particulares de conservación de algunos tiburones y otras especies de condrictios, b) necesidad de mantenimiento de la biodiversidad mediante la viabilidad de las poblaciones de tiburones, c) necesidad de protección del hábitat y d) necesidades de ordenación de los recursos pesqueros de esta especie para su uso sostenible. Estos elementos se aplican de distinta manera a las diferentes especies y están relacionados con los principios de “desarrollo ecológicamente sostenible” y “equidad intergeneracional”, en cuanto que deberían ofrecer beneficios constantes a generaciones sucesivas de seres humanos.

Conservación de especies. Algunas especies de tiburones necesitan “protección especial” (u “ordenación especial”). Ello se debe a que algunas especies de tiburón tienen una productividad particularmente baja, sus poblaciones son naturalmente pequeñas (raras), su ámbito de distribución es espacialmente pequeño o se encuentran distribuidas dentro de regiones de gran impacto antropogénico, por lo que podrían verse amenazadas o tienen poblaciones gravemente agotadas. Estas especies quizá necesiten protección especial mediante iniciativas de ordenación, como la prohibición de su captura o de artes de pesca específicos, la declaración de zonas vedadas o la utilización de artes de pesca concretos.

Mantenimiento de la biodiversidad. Biodiversidad es la variedad de organismos vivos en todas sus formas y teniendo en cuenta la diversidad genética, de especies y de ecosistemas así como las interrelaciones entre genes, especies y ecosistemas. El número de especies y la variabilidad genética dentro de cada especie de tiburón y otros condrictios son naturalmente bajos en comparación con los de muchos otros grupos taxonómicos. La pérdida de especies, de poblaciones individuales dentro de una especie o de variación genética dentro de una especie o población, con la consiguiente pérdida de procesos ecológicos, reduce la biodiversidad y merma los beneficios para la humanidad. La pérdida de biodiversidad puede deberse a un aumento de la mortalidad, pérdida o degradación del hábitat, cambios en el medio ambiente y nueva relación de competencia con otras especies, resultantes de la introducción de especies exóticas o genéticamente alteradas o de otros cambios ecológicos.

Protección del hábitat. La actividad antropogénica, como la pesca, la cultura, el ecoturismo, el dragado, la minería, el desbroce de las áreas de captación, las descargas, el enriquecimiento de nutrientes, la contaminación o la introducción de organismos exóticos, puede dar lugar a la degradación en gran escala de la zona de distribución de una especie o a la pérdida de hábitat de importancia decisiva, como los criaderos o zonas de apareamiento o las vías de migración de una especie.

Ordenación para el uso sostenible. El uso sostenible requiere una comprensión de los sistemas biofísicos y ecológicos y el mantenimiento, o recuperación, de las poblaciones en niveles superiores a los capaces de producir rendimientos máximos sostenibles. El concepto de captura sostenible debe entenderse teniendo en cuenta las limitaciones de los ecosistemas en cuanto al equilibrio dinámico y evolución entre diferentes situaciones de acuerdo con las oscilaciones naturales del medio ambiente, como El Niño, con el estrés antropogénico, como la pesca y otras actividades que repercuten en los ecosistemas y, quizá, con el cambio climático. La ordenación de los recursos del tiburón para un aprovechamiento sostenible supone el control de la mortalidad debida a la pesca limitando el esfuerzo de pesca y/o las capturas y mediante controles biológicos, como las tallas mínimas, las disposiciones sobre la luz de malla o el tamaño de los anzuelos de los artes de pesca, y las temporadas y zonas vedadas.

Enfoque precautorio y PAI-Tiburones

El enfoque precautorio requiere que los responsables de la ordenación de la pesca actúen con cautela cuando la situación de los recursos es incierta, por ejemplo, cuando los datos disponibles son insuficientes o poco fiables. Ante esta situación de incertidumbre, los administradores deben velar por que la explotación se realice en niveles mínimos. El enfoque precautorio se ha materializado en dos iniciativas internacionales importantes: el Acuerdo de las Naciones Unidas sobre las especies transzonales y altamente migratorias y el Código de Conducta para la Pesca Responsable, de la FAO, DE 1995.

La baja productividad de las poblaciones de tiburones en general y, en particular, la de algunas de sus especies y el tamaño naturalmente pequeño de sus poblaciones o el carácter raro de algunas especies hacen que el enfoque precautorio resulte el más aplicable para este grupo de peces. Sus poblaciones pueden caer a veces con rapidez a niveles muy bajos, y tardar en recuperarse de los efectos de la sobrepesca. Deberían establecerse controles en las primeras fase del desarrollo de las pesquerías que capturan tiburones y otros condrictios.


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