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COMPARACIÓN DE LA MAGNITUD Y LOS EFECTOS DE LAS SUBVENCIONES EN EL SECTOR PESQUERO


38. La Consulta examinó la forma de promover la utilización normalizada de la Guía. Examinó varias reglas de uso relativas a la utilización de la metodología en el estudio, así como al informe producido como resultado del mismo.

39. La Consulta convino en proponer las siguientes reglas de uso:

Primera regla: especificar el ámbito geográfico y subsectorial del estudio;

Segunda regla: enumerar las subvenciones que se han definido y analizado en el estudio;

Tercera regla: especificar los puntos de referencia utilizados para cuantificar las subvenciones;

Cuarta regla: especificar claramente en el estudio claves de distribución para las subvenciones mixtas;

Quinta regla: incluir los gastos administrativos realizados por el proveedor como parte del costo de la subvención para el proveedor de la misma;

Sexta regla: especificar cuándo se han incluido en la estimación de las subvenciones los costos de oportunidad para el proveedor de la subvención;

Séptima regla: basar el valor de las transferencias financieras directas en el gasto real del gobierno - incluyendo la depreciación al cabo del tiempo, si sucede - y en los gastos financieros que los beneficiarios han podido evitar por recibir la transferencia;

Octava regla: considerar que los bienes y servicios facilitados al receptor tienen un valor de subvención correspondiente a la diferencia entre lo que el beneficiario habría pagado por bienes y/o servicios equivalentes, si se suministran en el mercado, y lo que ha pagado de hecho al proveedor público.

40. La Consulta volvió después sobre la cuestión de la forma de evaluar los distintos impactos de las subvenciones.

41. El Sr. Anthony Cox, de la Secretaría de la OCDE, presentó el documento: "What makes a subsidy environmentally harmful: developing a checklist based on the conditionality of subsidies". Se señaló que la finalidad de la lista de comprobación es su uso en varios sectores económicos, incluido el pesquero, y que es un instrumento que puede emplearse para clasificar las subvenciones según sus efectos ambientales, pero que no sustituye al estudio en profundidad que se necesitaría para documentar cabalmente tales efectos. De hecho, ya en el taller de la OCDE en el que se formuló por primera vez la propuesta, se habían hecho varias modificaciones en la lista que la hacían más apropiada para el sector pesquero. Se informó a la Consulta de que, con respecto a la pesca, la Secretaría de la OCDE continuaría realizando estudios de casos y trabajos para hacer más explícito y preciso el concepto de "filtro de política".

42. La Consulta reconoció la utilidad potencial de la lista de comprobación, pero consideró importante que se trabajara directamente en la aplicación de las metodologías disponibles para evaluar los impactos creados por las acciones de los beneficiarios de las subvenciones en el medio ambiente, el comercio, el crecimiento económico y las condiciones sociales.

43. La Consulta consideró asimismo que, si la FAO decide elaborar una lista de comprobación para clasificar las subvenciones según sus impactos, debería realizarse esta labor en consulta estrecha con las organizaciones internacionales pertinentes.


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