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6. LEYES Y NORMAS EN EL MANEJO DE LOS RECURSOS GENÉTICOS FORESTALES

6.1. Ley forestal de Guatemala

En aspectos forestales en Guatemala, las actividades se rigen por lo establecido en la Ley Forestal (Decreto Legislativo 101-96), que crea el Instituto Nacional de Bosques –INAB-, con carácter de entidad estatal, autónoma, descentralizada, con personalidad jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa, el cual es el órgano de dirección y autoridad competente del Sector Público Agrícola, en material forestal. Como parte de las atribuciones del INAB están:

- Promover y fomentar el desarrollo forestal del país, mediante el manejo sostenible de los bosques, la reforestación, la industria y la artesanía forestal basada en los recursos forestales y la protección y desarrollo de las cuencas hidrográficas.

- Desarrollar programas y proyectos para la Conservación de los Bosques y colaborar con entidades que así lo requieran.

6.2. Ley de áreas protegidas

Las áreas protegidas de Guatemala, administradas por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas –CONAP-, se rigen por lo establecido por la Ley de Áreas Protegidas (Decreto 4-89 del Congreso de la República y sus reformas en los Decretos 18-89 y 110-96), que tiene los siguientes objetivos:

- Asegurar el funcionamiento óptimo de los procesos ecológicos esenciales y de los sistemas naturales vitales para beneficio de todos los guatemaltecos.

- Lograr la conservación de la diversidad genética de flora y fauna silvestre del país.

- Alcanzar la capacidad de una utilización sostenida de las especies y ecosistemas en todo el territorio nacional.

- Defender y preservar el patrimonio natural de la nación.

- Establecer las áreas protegidas necesarias en el territorio nacional, con carácter de utilidad pública e interés social.

6.3. Ley de protección y mejoramiento del medio ambiente

La ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente creada mediante el Decreto 68-86 y reformada por los Decretos 1-93 y 90-2000, aplicada en la actualidad por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales le corresponde cumplir y hacer que se cumpla el régimen concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país y el derecho humano a un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado, debiendo prevenir la contaminación del ambiente, disminuir el deterioro ambiental y la pérdida del patrimonio natural. Algunos de los objetivos de la ley son:

- La protección, conservación y mejoramiento de los recursos naturales del país, así como la prevención del deterioro y mal uso o destrucción de los mismos, y la restauración del medio ambiente en general;

- La prevención, regulación y control de cualesquiera de las causas o actividades que origine deterioro del medio ambiente y contaminación de los sistemas ecológicos, y excepcionalmente, la prohibición en casos que afecten la calidad de vida y el bien común calificados así, previos dictámenes científicos y técnicos emitios por organismos competentes; y

- La creación de toda clase de incentivos y estímulos para fomentar programas e iniciativas que se encaminen a la protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente, entre otras.

6.4. Otras leyes y normas relacionadas a los recursos genéticos forestales

- Reglamento de Ley Forestal (Resolución 4.23.97 de Junta Directiva del INAB).

- Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas (Acuerdo Gubernativo 759-90).

- Ley del Ministerio de Agricultura (Decreto Legislativo 102-70).

- Lista roja de flora silvestre para Guatemala (Resolución No. ALC 028/2001 del CONAP).

- Ley Reguladora de las Áreas de Reserva de la Nación (Decreto Legislativo 11-80).

- Ley de Reserva de la Biosfera de la Sierra de Las Minas (Decreto Legislativo 49-90).

- Ley de Reserva de Biosfera Maya (Decreto Legislativo 5-90)

- Ley de la Reserva de Biosfera Trifinio (Decreto Legislativo 939-87).

- Ley que declara como Área Protegida la parte Sur del Petén (Decreto Legislativo 64-95).

- Arrendamiento de Áreas de Reserva del Estado (Acuerdo Gubernativo 199-93).

- Convenio de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República de Finlandia sobre el manejo y utilización sostenida de bosques naturales de coníferas de Guatemala (Decreto 10-93).

- Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (1973). Según Resolución 22/90 se autorizan las enmiendas a los apéndices I y II de la Convención (24/6/92) (Decreto Legislativo 63-79).

- Convenio relativo a los Humedales de importancia internacional especialmente como hábitat de Aves Acuáticas (Decreto Legislativo 4-86).

- Convenio para la Conservación de la Biodiversidad y Protección de Áreas Silvestres Prioritarias de América Central (Decreto Legislativo 5-95).

- Ley para el Aprovechamiento y Comercialización del Chicle y para la Protección del Árbol el Chicozapote (Decreto Legislativo 99-96).

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