Comprobando la creciente importancia del papel de las conferencias regionales en lo que concierne a la elaboración de la política general de la Organización;
Considerando la conveniencia de fijar, con arreglo al Artículo VI.5 de la Constitución, las atribuciones de las conferencias regionales de modo que puedan desempeñar un papel con mayor eficacia;
Considerando además la recomendación de la Novena Conferencia Regional para el Cercano Oriente (Bagdad septiembre-octubre de 1968) y la resolución de la Quinta Conferencia Regional para Africa (Kampala noviembre de 1968);
Decide que las conferencias regionales para Africa, Asia y el Lejano Oriente,2 Europa, América Latina3 y el Cercano Oriente tengan las siguientes funciones:
Decide además que las conferencias regionales puedan dirigir recomendaciones a los Estados Miembros de la región, a la Conferencia, al Consejo, al Director y, a través de éste, a las Comisiones Económicas Regionales de las Naciones Unidas. Las recomendaciones que se dirijan a la Conferencia, al Consejo y al Director General serán analizadas por éste, quien informará al Consejo y a la Conferencia sobre la medida en que ha podido tenerlas en cuenta al dar forma al proyecto del Programa de Labores y Presupues to, y en el caso de que no haya podido hacerlo, expondrá sus razones; y
Recomienda:
(Aprobada el 24 de noviembre de 1969)
1 La resolución que aparece arriba ha sido incorporada en este volumen por decisión del 15° período de la Conferencia (véase el párrafo 600 del Informe del 15° período de sesiones de la Conferencia, Roma 1969).
2 Título modificado por decisión del 20° período de sesiones de la Conferencia por el de «Conferencia Regional para Asia y el Pacífico» (véase el párrafo 461 del Informe del 20° período de sesiones de la Conferencia, Roma, 1979)
3 Título modificado por decisión del 22° período de sesiones de la Conferencia por el de «Conferencia Regional para América Latina y el Caribe» (véase el párrafo 326 del Informe del 22° período de sesiones de la Conferencia, Roma, 1983).
4 Título modificado por decisión del 20° período de sesiones de la Conferencia por el de «Conferencia Regional para Asia y el Pacífico (véase el párrafo 461 del Informe del 20° período de sesiones de la Conferencia, Roma, 1979).
5 Título modificado por decisión del 22° período de sesiones de la Conferencia por el de «Conferencia Regional para América Latina y el Caribe» (véase el párrafo 326 del Informe del 22° período de sesiones de la Conferencia, Roma, 1983).