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Capítulo cinco: Resumen del informe de la evaluación del Codex y otras normas alimentarias
de la FAO y la OMS
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I. INTRODUCCIÓN

Objetivo y realización de la evaluación

192. Esta evaluación fue encargada por la FAO y la OMS y tenía también por objeto atender a la solicitud de un examen presentado por la Comisión del Codex Alimentarius. El mandato especificaba que la evaluación debería contribuir a la adopción de decisiones sobre la política, estrategia y gestión futuras en los planos de los órganos rectores de la FAO y la OMS y sus respectivas secretarías, así como de la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius. Tenía que formular recomendaciones relativas a la pertinencia futura de las normas o criterios alternativos para el logro de los objetivos generales en lo que respecta a la protección del consumidor, especialmente de su salud, y a las prácticas apropiadas del comercio de alimentos. Se tenía que prestar particular atención a las necesidades de los países en desarrollo. Aunque la evaluación se concentra en el Codex, abarca todos los aspectos de la labor normativa en materia de alimentos de la FAO y la OMS, que incluye la creación de capacidad y el asesoramiento científico de expertos.

193. La labor fue realizada por un equipo de evaluación independiente, asesorado por un grupo de expertos independientes. El equipo de evaluación estaba constituido por cinco personas, tres de las cuales, incluido el jefe del equipo, eran ajenas a las dos organizaciones. El grupo de expertos independientes constaba de 10 miembros procedentes de todas las partes del mundo y los principales grupos de intereses. En reuniones conjuntas del equipo de evaluación y del grupo de expertos se acordaron las cuestiones fundamentales, los procedimientos y las recomendaciones de la evaluación.

194. En el desempeño de su labor, los miembros del equipo de evaluación visitaron 24 países de todas las partes del mundo y de todos los niveles de desarrollo, y también la Comisión Europea. Durante esas visitas el equipo celebró conversaciones con funcionarios públicos responsables de la salud, los alimentos, la agricultura, la industria, el comercio y la actividad normativa y con representantes de productores primarios, la industria, los consumidores y otros sectores de la sociedad civil. Celebraron igualmente conversaciones con otras organizaciones normativas internacionales. Se remitió un cuestionario a todos los miembros del Codex y a miembros no pertenecientes al Codex de la FAO y la OMS (se recibieron 103 respuestas de los 186 cuestionarios enviados). Se envió otro cuestionario a observadores del Codex y la OMS: organizaciones internacionales no gubernamentales (OING) y organizaciones intergubernamentales (OIG) (de los que se recibieron 40 respuestas). Se remitieron dos peticiones de observaciones en Internet, la primera totalmente abierta y la segunda destinada a ONG nacionales. El equipo de evaluación se reunió asimismo con encuestados importantes relacionados con el Codex, entre ellos el Presidente y otros miembros del Comité Ejecutivo, los presidentes de algunos comités del Codex y funcionarios de las secretarías del Codex de la FAO y de la OMS. Se utilizaron varios documentos de antecedentes, algunos de los cuales preparados por miembros del grupo de expertos.

Panorama general de la labor de la FAO y la OMS sobre normas alimentarias

195. La FAO y la OMS establecieron en 1963 la Comisión del Codex Alimentarius como un órgano intergubernamental. Pueden pertenecer a la Comisión todos los países miembros de las dos organizaciones. El número de miembros asciende actualmente a 167, y 149 OING y 58 OIG son reconocidas como observadores. Las OING representan a los productores, la industria y la sociedad civil. Las normas se elaboran actualmente por conducto de 24 órganos subsidiarios constituidos por comités regionales, de productos básicos y generales.

196. La labor de la Comisión, que se reúne en sesiones plenarias cada dos años, y sus órganos subsidiarios, cuenta con el apoyo logístico, técnico y administrativo de una pequeña secretaría del Codex con sede en la FAO y financiada conjuntamente por la FAO y la OMS. Los comités de productos básicos y generales son sufragados en gran parte por los países anfitriones, pero cuentan también con el apoyo administrativo de la secretaría del Codex. Los miembros soportan el costo de su participación en las reuniones.

197. El asesoramiento científico de expertos que sirve de base a la actividad normativa del Codex es proporcionado por dos comités de expertos financiados y administrados conjuntamente por la FAO y la OMS: el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) y la Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas (JMPR). La Consulta Mixta FAO/OMS de expertos sobre la evaluación del riesgo microbiológico (JEMRA) no es un comité plenamente constituido sino una serie de consultas que comenzaron en 2000 para examinar los riesgos microbiológicos en los alimentos. Otras consultas de expertos se establecen a medida de las necesidades, como el grupo de acción encargado de la evaluación de los riesgos de los alimentos derivados de la biotecnología. Los comités y las consultas de expertos son administrados y financiados de manera independiente del Codex por la FAO y la OMS. El JECFA, la JMPR y la JEMRA cuentan con secretarías conjuntas en cada organización. La FAO y la OMS asumen la creación de capacidad por separado. La secretaría del Codex coopera asimismo con la FAO y la OMS con respecto a ciertas actividades de creación de capacidad en forma de formación, seminarios, talleres, etc.

Informe de la evaluación

198. El informe completo de la evaluación figura en PC 89/5 a) y las respuestas de las direcciones de la FAO y la OMS y de la Comisión del Codex Alimentarius, en el documento PC 89/5 a) Add.1. Este documento contiene una descripción general del Codex y de otros trabajos relacionados con las normas alimentarias, así como una evaluación y recomendaciones relacionadas con:

199. En los anexos se trata de la utilización de los recursos y las necesidades de recursos con respecto a la labor normativa futura relacionada con los alimentos y se hace un análisis resumido de los cuestionarios. Se dispone de un análisis más global de las respuestas al cuestionario en los sitios web sobre la evaluación de la FAO y del Codex.

CONCLUSIONES GENERALES DE LA EVALUACIÓN

La función de las normas alimentarias

200. Los gobiernos tienen la obligación de proteger la salud de sus ciudadanos y esta función incluye la protección contra las enfermedades transmitidas por los alimentos respecto de las cuales se requiere el establecimiento de un conjunto de normas públicas. Sin embargo, las normas no protegen a los consumidores a menos que se garantice su cumplimiento mediante un sistema de control de los alimentos que funcione de manera adecuada. Esto requiere múltiples elementos: una legislación global y actualizada, el seguimiento de los alimentos y la vigilancia de las enfermedades transmitidas por los alimentos, la concesión de licencias y la inspección (que a su vez requieren un personal instruido y capacitado e instalaciones de laboratorio adecuadas), por no mencionar el apoyo y la estabilidad políticos e institucionales, la falta de corrupción, etc. En estas esferas, la responsabilidad incumbe claramente a cada país.

201. La mundialización ha originado un aumento del nivel del comercio internacional de productos agrícolas y alimenticios y nuevos riesgos transmitidos por los alimentos que se han difundido ampliamente por todo el mundo. Las normas alimentarias y el control de los alimentos en cualquier país pueden ser tan importantes como en el propio, lo que crea una demanda de normas internacionales del tipo elaborado por el Codex. Nuevos patógenos pueden no reaccionar a muchas prácticas tradicionales de preparación y conservación de los alimentos. A menudo que se internacionalizan, las cuestiones de seguridad alimentaria exigen soluciones mundiales que incluyen normas basadas en la evaluación de los riesgos y la vigilancia universal. Simultáneamente, cada día se están utilizando más tecnologías de elaboración innovadoras en respuesta a la aparición de preferencias nacionales de los consumidores de alimentos más “naturales” (es decir, con menos sal y aditivos) y el establecimiento de normas alimentarias debe responder a esas necesidades cambiantes.

202. Además de proteger la salud de los consumidores, las normas alimentarias reducen los costos comerciales (por ejemplo, el riesgo de fraude y los costos de encontrar socios comerciales fiables). Para que sean útiles, deben ser válidas para los consumidores y, de ese modo, reducir los riesgos de los consumidores (por ejemplo, la compra involuntariamente de alimentos de calidad inferior o peligrosos). Las normas se consideran, por consiguiente, un requisito previo del buen funcionamiento de un mercado. Si las normas están armonizadas (dentro o entre los países), facilitan lógicamente el comercio (tanto interno como internacional).

203. Una de las dificultades para establecer normas internacionales estriba en equilibrar las diferentes necesidades de los consumidores y los productores en los países desarrollados y en desarrollo. El equilibrio de los costos y los beneficios de un aumento de la seguridad alimentaria forma parte del proceso de gestión de los riesgos.

La función del Codex

204. Valor del Codex. Mientras que en el pasado los gobiernos de los países miembros del Codex no tenían la obligación de utilizar las normas del Codex para la protección de la salud del consumidor interno, a partir de 1994, el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y el Acuerdo sobre los Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC dieron carácter jurídico a las normas del Codex. Aunque esto no obliga a la adopción de todas las normas del Codex, los países deben poder justificar la falta de adopción con respecto a los riesgos para la salud con arreglo a criterios estrictamente definidos. El reconocimiento jurídico del Codex le ha dado mayor pertinencia e importancia, pero inevitablemente ha hecho más difícil el compromiso.

205. Las respuestas a los cuestionarios resumidas en el cuadro indican que las normas alimentarias del Codex son trascendentales para los miembros. Las normas eran consideradas como un requisito previo fundamental para la protección del consumidor, especialmente en los países en desarrollo y los países con pequeñas economías con respecto a una utilización más directa en su propia legislación relativa al comercio nacional así como al comercio internacional. Esas normas eran importantes para que todos los países garantizasen la inocuidad de los alimentos importados y para facilitar tanto las importaciones como las exportaciones.

¿Qué importancia tienen las normas del Codex para su país?

 

Nivel de ingresos

No tienen importancia*

(porcentaje de respuestas)

Tienen una importancia mediana*

(porcentaje de respuestas)

Son muy importantes*

(porcentaje de respuestas)

Protegen la salud de los consumidores internos

Todos los países

2,0

22,0

76,0

Bajo

2,9

11,1

86,0

Mediano

0

17,3

82,7

Alto

5,3

52,7

42,1

 

Facilita el comercio interno

Todos los países

8,6

40,5

51,0

Bajo

8,6

20,0

71,5

Mediano

2,2

44,4

53,3

Alto

21,1

68,4

10,6

 

Facilita las exportaciones de alimentos

Todos los países

0

23,0

77,0

Bajo

0

8,6

91,4

Mediano

0

29,6

70,5

Alto

0

33,3

66,7

 

Garantiza la inocuidad de los alimentos importados

Todos los países

1

16,7

82,3

Bajo

0

11,4

88,6

Mediano

0

21,7

78,3

Alto

4,8

14,4

80,9

*En una escala de siete puntos, no tienen importancia = 1 ó 2 puntos; importancia media = 3, 4 ó 5 puntos; y muy importante = 6 ó 7 puntos.

206. El Codex ha tenido un gran éxito en el establecimiento de normas relacionadas con la salud cuando existe una clara base científica. La calidad del asesoramiento proporcionado por los comités científicos de expertos establecidos y las consultas de expertos fue excepcionalmente elevada.

207. Esferas de problemas. El Codex puede, no obstante, ser muy lento. Esto preocupa a todos, pero especialmente a los países desarrollados (90 por ciento de insatisfacción con respecto a la rapidez de la adopción de decisiones en el Codex) y a la industria. Si el Codex no puede actuar con más rapidez, los principales países y bloques comerciales podrán cada vez más establecer normas de manera independiente. Los países en desarrollo no pueden participar plena y eficazmente en el Codex. Las prioridades con respecto al establecimiento de normas no siempre se consideran adecuadas y los países en desarrollo en particular consideran que a veces les resulta difícil lograr que sus necesidades se incorporen al orden del día. La dependencia de las reuniones como la principal manera de establecer normas impone constantemente un aumento de las exigencias a los países y dificulta la participación plena de los países con pequeñas economías.

Asesoramiento científico de expertos y evaluación independiente de los riesgos

208. Existe una satisfacción general con respecto a la objetividad, independencia y calidad del asesoramiento de expertos proporcionado al Codex para la realización de evaluaciones independientes de los riesgos para la salud. No obstante, al mejorar el establecimiento internacional de normas alimentarias, se descubrió que era particularmente importante reforzar esta aportación al proceso. Existen considerables retrasos, especialmente con respecto a los residuos de plaguicidas, y se prevé que las demandas aumentarán fuertemente en el futuro, extendiéndose a nuevas esferas como los alimentos funcionales, la complementariedad y el reforzamiento y los problemas de salud relacionados con las nuevas tecnologías alimentarias.

Creación de capacidad

209. La creación de capacidad en los países en desarrollo se consideraba esencial para que los países protejan a sus ciudadanos, se beneficien de un mercado mundializado de alimentos y representen sus intereses con eficacia en el Codex y en las negociaciones de la OMC. La creación de capacidad del Codex y de la FAO y la OMS se consideró que seguía aportando una sustancial contribución a nivel internacional y en cada país individual.

Problemas básicos que se han de abordar

210. Tomando como base el análisis de los problemas, se determinaron cuatro esferas principales de mejoramiento en la promoción del establecimiento de normas alimentarias y su utilización. Se elaboraron recomendaciones relativas a la evaluación que contribuían al logro de esos objetivos:

III. RECOMENDACIONES DE LA EVALUACIÓN

Codex

211. Mandato y prioridades. Conviene que se establezca un mandato global y claro con respecto al Codex y que sea ratificado por la Conferencia de la FAO y la Asamblea Mundial de la Salud.

212. Las exigencias relacionadas con la salud incluidas en el Codex están aumentando al acentuarse la toma de conciencia del consumidor, y con la aparición de nuevas tecnologías, patógenos y problemas relacionados con la nutrición que incluyen el enriquecimiento de los alimentos, los suplementos nutricionales, los alimentos funcionales y las exigencias sanitarias. El alcance del Codex debe abarcar plenamente los aspectos relacionados con la salud de las normas alimentarias. Por consiguiente, sería conveniente que el Codex:

213. Sin el establecimiento de prioridades, esta labor requeriría considerables recursos adicionales en lo que respecta al Codex y al asesoramiento científico de expertos. Se recomienda que el Codex no asuma ningún trabajo adicional en las esferas no relacionadas con la salud y, al determinar su programa de trabajo de establecimiento de normas, el Codex debe dar prioridad a lo siguiente:

  1. las normas que repercuten en la salud e inocuidad del consumidor;
  2. las normas relativas a los productos que responden a las necesidades manifestadas de los países en desarrollo;
  3. las normas relativas a los productos que responden a las necesidades manifestadas de los países desarrollados; y
  4. la información que figura en las etiquetas relativa a cuestiones no relacionadas con la salud ni con la inocuidad.

214. Codex, OIE y CIPF. La Oficina Internacional de Epizootias (OIE) se ocupa de las zoonosis y otras enfermedades del ganado transmitidas por los alimentos, mientras que la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) aborda todos los aspectos de las plagas de las plantas en los alimentos. La inocuidad de los alimentos se ocupa cada vez más de la cadena alimentaria de una manera unificada, lo que da cada vez un carácter más complementario al Codex, la OIE y la CIPF. Algunas veces se producen también lagunas y duplicaciones. El Codex y la OIE, en particular, deben oficializar su relación y utilizar grupos de tareas conjuntos en la forma que proceda para ocuparse de cuestiones superpuestas.

215. Gestión del Codex. El Codex gana credibilidad con su ubicación en la FAO y la OMS, particularmente en lo que respecta a la protección de la salud mediante su asociación directa con la OMS. Sin embargo, la mayoría de los gobiernos consideraban que la Comisión del Codex debía desempeñar una “función mucho mayor” en la formulación de propuestas con respecto a las prioridades y en la presentación de un programa de trabajo. La evaluación recomienda, por consiguiente, que el Codex siga formando parte de la FAO y la OMS, pero que debe tener más independencia, autoridad y responsabilidad sobre el establecimiento de prioridades y la gestión de su programa de trabajo en el marco de su presupuesto general y el programa de labores aprobado por la FAO y la OMS.

216. Para acelerar su labor, especialmente en lo que respecta a la aprobación de normas, la Comisión del Codex debe probablemente reunirse una vez al año en lugar de una cada dos años como actualmente.

217. El Comité Ejecutivo debe ser sustituido por un Consejo Ejecutivo, que se reúna cada seis meses y que tenga a su cargo la responsabilidad estratégica y administrativa, pero sin competencia para examinar las normas. La función de la junta consistiría en aumentar la rapidez y mejorar la eficacia prestando asistencia a la Comisión en la planificación estratégica, la elaboración del presupuesto y el seguimiento, con inclusión de:

218. La función de garantizar una gestión mucho más estricta de la elaboración de normas entre los comités y grupos de acción del Codex se considera particularmente importante para la eficacia del Codex. Como la Comisión en pleno no puede desempeñar esta función con eficacia, debería delegarla en un órgano más reducido. En este contexto, se debería considerar la conveniencia de crear un comité de gestión de las normas para desempeñar funciones que, de otro modo, tendría que asumir la Junta Ejecutiva.

219. En general se está de acuerdo en que la secretaría del Codex es activa y eficiente y se consagra a los miembros. Sin embargo, la secretaría se suele pensar que está sobrecargada de trabajo y dispone de recursos insuficientes para sostener las actividades actuales del Codex. La situación se está deteriorando a medida que el volumen de la actividad aumenta constantemente y, en opinión de algunos, determinadas funciones se están desempeñando de manera inadecuada, en particular la planificación estratégica, el seguimiento, el análisis y la presentación de informes sobre la labor de los comités.

220. La función ejecutiva de la secretaría debería realzarse para respaldar una mayor independencia del Codex y aumentar la eficiencia y la eficacia de sus actividades. Esto requiere tanto la ampliación de la secretaría como una mayor categoría de su personal. Para que la secretaría pueda desempeñar su función ampliada se necesitan recursos financieros sustancialmente mayores (inicialmente 1,4 millones de dólares EE.UU. por bienio).

221. Estructuras de los comités del Codex. La función de los comités se ha modificado a lo largo de los últimos 40 años. Los comités generales (horizontales) han adquirido mayor importancia, los comités verticales de productos se han reducido y varios de ellos han suspendido su actividad. Las nuevas tareas han sido cada vez más asumidas por grupos de acción de duración limitada. La evaluación no tomaba en consideración a fondo la estructura y la labor de los comités individuales, aunque hubo casos reconocidos de falta de claridad y duplicación del trabajo (es decir, el seguimiento de las actividades y la equivalencia).

222. En armonía con las prioridades propuestas con respecto a la actividad normativa del Codex, sólo los comités horizontales y los comités verticales con algunas funciones horizontales, como la pesca, deben funcionar de manera constante. Otras tareas relacionadas con productos, consideradas suficientemente importantes, deben estar a cargo de grupos de acción de duración limitada establecidos para ocuparse de asuntos claramente definidos. Cuando se trate de cuestiones transversales, un grupo de tareas especial que abarque a varios comités podría reducir las duplicaciones y aumentar la eficiencia del trabajo relativo a una norma. El tratamiento de las cuestiones sanitarias en los comités de productos debería reducirse al mínimo esencial y, siempre que sea posible, efectuarse por conducto de un grupo de acción con el comité horizontal pertinente. El Codex debe emprender un examen, con inclusión de un estudio detallado efectuado por consultores de la labor de los comités generales y de productos lo antes posible y, posteriormente, con un calendario fijo, con el fin de lograr la racionalización cuando proceda. El examen debería ocuparse en particular de:

223. Los comités regionales son estimados y la asistencia de los países de ingresos pequeños y medianos a las reuniones de los comités regionales de coordinación es considerablemente superior a la asistencia a la propia Comisión; algunos países participan en las reuniones del Codex sólo a nivel regional. Sin embargo, existe una esfera del Codex en la que se requieren claramente mejoras si se quiere que los gobiernos de los países en desarrollo y las ONG hagan una aportación más eficaz al Codex. El Codex debe emprender un examen del mandato y de la labor de los comités regionales en los próximos dos años.

224. El Codex es considerablemente más abierto en su aceptación de las ONG que muchas organizaciones normativas internacionales comparables. En realidad, la Comisión se puede presentar como un ejemplo de prácticas adecuadas en lo que respecta a sus relaciones con las ONG y su disposición a aceptar su aportación a su trabajo. Además, la Comisión se ha esforzado estos últimos años por promover la participación de las ONG como observadores. No obstante, existe la preocupación de que las organizaciones no gubernamentales puedan obtener demasiado fácilmente su representación en el Codex, incluso si sólo tienen una representación regional. Por esa razón, el Codex no debe estar satisfecho de su historial de haber abierto el camino a la incorporación de las OING. Se deben aplicar criterios más estrictos para asegurarse de que los observadores son auténticamente internacionales y las credenciales de los observadores del Codex deben ser aprobadas a título individual por la Junta Ejecutiva. Los observadores deben estar representados en la Junta Ejecutiva propuesta.

225. Disposiciones relativas al trabajo. Los métodos de trabajo del Codex deben simplificarse, pero pasar a ser más globales. El actual proceso de adopción de decisiones de ocho etapas para la aprobación de las normas se considera en general como indebidamente engorroso y debe transformarse en un procedimiento simplificado de cinco etapas con respecto a todas las normas. En la etapa cinco, la Comisión no debe modificar la norma, sino que se debe exigir que la adopte, la remita al comité para analizar determinados cambios o la cancele y suspenda su labor al respecto.

226. Se debe abandonar el actual procedimiento de trabajo, muchas más tareas deberían realizarse entre los períodos de sesiones con el empleo de facilitadores para celebrar consultas entre los miembros y elaborar nuevos textos para sometérselos a los comités. Se debe pasar de la elaboración de normas en las reuniones de los comités a la elaboración de normas entre reuniones como seguimiento de un proceso consultivo con los miembros que tenga también plenamente en consideración las observaciones presentadas por escrito. El empleo de facilitadores y de grupos electrónicos de trabajo tiene la posibilidad potencial de promover un proceso de consulta global de los países en desarrollo, mientras que una mayor utilización de las reuniones de grupo de trabajo entre períodos de sesiones podría producir el efecto inverso.

227. Para mejorar el rendimiento y garantizar una mayor coherencia entre los presidentes de los comités, se deberían establecer criterios explícitos de selección de los presidentes y éstos deberían ser confirmados por la Junta Ejecutiva. Se debe dar mayor importancia a la capacitación y evaluación de los presidentes y se debería reconocer plenamente la función explícita de la secretaría del Codex en el apoyo a una presidencia eficaz.

228. Al igual que el aumento de la labor realizada entre los períodos de sesiones, se propone que los comités designen copresidentes de los países en desarrollo y que se celebren más reuniones en estos países. Esto entrañaría un aumento de los recursos de los países anfitriones. Se podría incorporar el concepto de acogida compartida de las reuniones cuando ningún país se considera capaz por sí solo de sufragar todo el costo (y esto puede asimismo facilitar la mayor participación de los países en desarrollo).

229. El Codex considera la creación de un consenso activo como fundamental para la legitimidad de sus normas. No obstante, la utilización ocasional de votación de los delegados presentes por mayoría simple para adoptar normas ha motivado la adopción de algunas de las decisiones más polémicas del Codex debido a los márgenes reducidos con que se han aprobado las normas23. El Codex no dispone de ninguna definición del consenso, lo que significa que la aplicación prudente del principio puede detener el progreso debido a las reservas de unos pocos países, mientras que una presidencia enérgica puede dar un impulso por medio de una “decisión”. Siempre que sea posible, las decisiones se deben adoptar por consenso. El Codex debe definir el consenso a los efectos de la adopción de decisiones en comités y en la Comisión y:

  1. los comités deben, por regla general, lograr el consenso antes de someter las normas a la comisión para su aprobación;
  2. los facilitadores que trabajan entre reuniones deben contribuir a alcanzar un consenso y deben ser sistemáticamente utilizados para contribuir a superar un punto muerto en cualquier etapa del proceso de establecimiento de normas; y
  3. si en la Comisión no se puede alcanzar nada mejor que un “casi consenso”, se debe proceder a una votación, pero exigiéndose una mayoría como mínimo de los dos tercios de los presentes y votantes para la aprobación de una norma.

Asesoramiento de expertos y evaluación científica del riesgo

230. Es preciso que se atribuya mayor importancia y se coordine mejor el asesoramiento de expertos al Codex, que se aumenten considerablemente los recursos y que se refuerce su independencia y transparencia en el marco de la FAO y la OMS. El Codex debe seguir luchando por una separación más clara de las funciones de manejo de los riesgos y de evaluación de los riesgos para lograr la transparencia, la utilidad del asesoramiento científico y la rapidez en la adopción de decisiones.

231. Al mismo tiempo, el Codex tiene que establecer prioridades en el marco de un presupuesto convenido con respecto al asesoramiento de expertos en armonía con su programa de trabajo. Este presupuesto tiene que ser adecuado no sólo para sufragar las aportaciones del JECFA, la JEMRA y la JMPR al Codex, pero también atender a las prioridades de un asesoramiento más especializado, incluso con respecto a nuevas cuestiones.

232. Se recomienda que la FAO y la OMS establezcan un comité de científicos destacados para que proporcionen al Codex y a las dos organizaciones de que depende asesoramiento científico, incluso con respecto a las prioridades relativas a la evaluación de los riesgos, los nuevos retos y la facilitación de pautas y de un control de la calidad al JECFA, la JEMRA, la JMPR y los comités especiales. Se debe designar una secretaría conjunta de la FAO y la OMS para el Comité Científico y Coordinador de la Evaluación de los Riesgos y Asesoramiento Científico sobre Inocuidad de los Alimentos y Salud, con sede en la OMS. Las secretarías existentes del JECFA, la JEMRA y la JMPR deberían mantenerse como en la actualidad. Se recomienda a la OMS que aumente su aportación, sobre todo para la evaluación de los riesgos para la salud. Además de la labor relativa a la evaluación de la inocuidad de los alimentos, la FAO debe intensificar su aportación a las prácticas apropiadas de fabricación y manipulación.

233. Se considera apremiante aumentar la producción de normas relativas a los plaguicidas para que se puedan examinar rápidamente los nuevos plaguicidas y actualizar las recomendaciones relativas a los plaguicidas actuales. También se prevé una ampliación de la labor del JECFA y de la JEMRA.

234. La OMS y la FAO dan una alta prioridad al apoyo a la recopilación de datos relativos a los regímenes alimenticios y los procesos de producción de un conjunto más amplio de países. Esto comprende la creación de una capacidad esencial para que los países elaboren sus datos. Además, la FAO y la OMS deben intensificar su función en la determinación de las necesidades de datos para la evaluación de los riesgos y para garantizar su buena calidad.

235. Se recomienda asimismo que la consulta solicitada por la Comisión del Codex Alimentarius sobre el fortalecimiento del apoyo científico a la adopción de decisiones del Codex sea considerada como prioritaria. Se debe emprender de inmediato un estudio de consultoría sobre el asesoramiento de expertos y la evaluación de los riesgos que debería ir seguido de la consulta de expertos y del debate en el Codex solicitados. Se formularon propuestas detalladas con respecto a los elementos que debe abarcar el estudio.

236. Se calcula que el aumento mínimo de recursos necesario e inmediato para la evaluación de los riesgos por expertos de la FAO y la OMS ascenderá a 2,5 millones de dólares EE.UU. por bienio.

Creación de capacidad

237. La creación de capacidad con respecto a los sistemas de inocuidad de los alimentos y salud en favor de los consumidores internos y del comercio internacional es una prioridad importante de los países en desarrollo. En muchos de estos países la vigilancia y los controles nacionales de inocuidad de los alimentos suelen ser muy débiles.

238. La evaluación puso de manifiesto una relación insuficiente entre la FAO y la OMS a nivel de los países en la elaboración de sistemas de inocuidad de los alimentos y normas alimentarias. Se acogió con satisfacción el nuevo dispositivo de financiación al que la OMC aporta la secretaría y el capital inicial aportado por el Banco Mundial. El nuevo fondo fiduciario acogido por la OMS (Fondo Fiduciario del Codex) para permitir la participación efectiva en el Codex, con inclusión de la asistencia a las reuniones, se consideraba asimismo muy valioso. Se está recomendando ahora que se realice un esfuerzo conjunto de la FAO y la OMS para movilizar fondos extrapresupuestarios y promover una asistencia bilateral coordinada para la creación de capacidad. Esto contribuirá a fomentar un enfoque más coordinado entre la OMS y la FAO. Además, la FAO y la OMS deben analizar con carácter urgente la manera de mejorar la coordinación y distribución del trabajo, e informar al respecto a la Comisión del Codex Alimentarius tomando como base sus virtudes y sinergias respectivas.

En conclusión

239. La evaluación recomendó una actuación pronta y constante para aplicar las recomendaciones convenidas por medio de:

DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN DEL CODEX ALIMENTARIUS EN SU REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE FEBRERO DE 2003 ACERCA DEL RESULTADO DE LA EVALUACIÓN CONJUNTA FAO/OMS DEL CODEX ALIMENTARIUS Y OTROS TRABAJOS DE LA FAO Y DE LA OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS

240. La Comisión del Codex Alimentarius, después de examinar el informe y las recomendaciones de la Evaluación Conjunta FAO/OMS del Codex Alimentarius y otros trabajos de la FAO y de la OMS sobre normas alimentarias, expresó su agradecimiento a las organizaciones patrocinadoras por haber iniciado la evaluación y por garantizar que se realizara de forma consultiva, eficiente y eficaz. También expresó su agradecimiento al equipo de evaluación y al cuadro de expertos por su excelente informe, la profundidad del análisis y las amplias propuestas y recomendaciones que contenía.

241. La Comisión tomó nota con satisfacción de la conclusión de la evaluación en el sentido de que sus normas alimentarias revestían una gran importancia para los miembros como un componente esencial de los sistemas de control de los alimentos, concebidos para proteger la salud del consumidor y asegurar la adopción de prácticas leales en el comercio de alimentos. Refrendó la afirmación de que las normas son un requisito fundamental para la protección del consumidor pero deben ser consideradas en el marco del sistema total de la cadena alimentaria, especialmente en lo que respecta a la inocuidad de los alimentos.

242. La Comisión recordó que los Estados Miembros utilizan las normas del Codex como referencia en relación con las obligaciones que han contraído en el marco del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio y el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC. A ese respecto, reconoció que de conformidad con dichos acuerdos muchos Estados Miembros con economías menos adelantadas o economías en transición pueden basarse directamente en las normas del Codex para elaborar la legislación y las normas nacionales. Señaló que ello era especialmente cierto cuando las normas se basan en datos de alcance mundial, incluso los procedentes de países en desarrollo.

243. La Comisión respaldó la orientación general del informe de evaluación y expresó su firme decisión de aplicar estrategias que permitieran conseguir los objetivos señalados en las recomendaciones que en él se formulaban y acordó decididamente que se procediera sin dilación a examinar las recomendaciones. La Comisión señaló que desde la celebración de la Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario se habían modificado sustancialmente las prioridades y programas de la Comisión, otorgándose una importancia creciente a las cuestiones relacionadas con la inocuidad de los alimentos. Eso se había traducido en la elaboración de un mayor número de normas relacionadas con la salud y en el momento presente se estaba extendiendo esa importancia a toda la cadena alimentaria, en un proceso que proseguiría en el futuro.

244. Tomando nota de las recomendaciones de la evaluación referentes a su mandato, la Comisión consideraba que el mandato en vigor de proteger la salud de los consumidores y asegurar la adopción de prácticas leales en el comercio de alimentos seguía siendo válido pero podía ser objeto de examen en el futuro. En el marco de ese mandato, la Comisión subrayó que la máxima prioridad sería la elaboración de normas relacionadas con la salud y la seguridad del consumidor.

245. Para mantener el apoyo decidido de todos los Estados Miembros y de los interesados directos, la Comisión convino en que en su respuesta a la evaluación, la Comisión y sus organizaciones patrocinadoras debían trabajar para conseguir:

246. La Comisión convino en que era necesario que pudiera actuar con una mayor independencia, en el marco de la estructura global de la FAO y la OMS, para proponer y llevar a término su programa de labores y presupuesto, una vez aprobado por las dos organizaciones patrocinadoras.

247. La Comisión se sumó a las opiniones expresadas en el informe de evaluación en el sentido de que la Secretaría del Codex trabajaba con ahínco y eficiencia y orientaba a su labor a los miembros, pero que tenía un volumen excesivo de trabajo y carecía de los recursos necesarios para financiar las actividades en curso del Codex. Respaldó firmemente la recomendación de que se ampliara la Secretaría y de que el nivel y la composición de su personal fuera acorde con las necesidades crecientes de la Comisión.

248. En lo concerniente al asesoramiento de expertos al Codex, la Comisión concordó plenamente en que era una cuestión de gran importancia para todos los Estados Miembros y para la propia Comisión y manifestó que las organizaciones patrocinadoras debían tener la capacidad suficiente para asegurar la prestación de asesoramiento científico en el momento oportuno. Convino también en que esa labor debía tener mayor peso específico en las organizaciones y exigía una vinculación más clara con las prioridades del Codex, una coordinación interna y un incremento sustancial de los recursos. Era necesario reforzar su independencia con respecto a las influencias externas, y su transparencia, en el seno de la FAO y la OMS. La Comisión señaló también que se debía establecer con mayor claridad la distinción entre la función de evaluación del riesgo que realizaban los expertos y la de gestión del riesgo que tenían a su cargo los comités del Codex, e indicó al mismo tiempo que debía existir una vinculación entre ambas funciones. La Comisión subrayó que la labor de asesoramiento científico a cargo de expertos era una responsabilidad conjunta de la FAO y la OMS y que debería seguir siéndolo. Recomendó con toda firmeza que la OMS aumentara sustancialmente su contribución a la evaluación de los riesgos para la salud que llevan a cabo los comités y las consultas de expertos FAO/OMS y, asimismo, que la FAO incrementara sus aportaciones en las esferas que pertenecen al ámbito de su competencia y especialización. La Comisión se congratuló de la declaración formulada por la Dra. Bruntland en sus observaciones introductorias a la presente reunión, indicando que la FAO y la OMS debían preparar y convocar, como asunto de prioridad inmediata, la consulta que había solicitado la Comisión del Codex Alimentarius en su 24º período de sesiones24 sobre el fortalecimiento del apoyo científico al proceso de adopción de decisiones en el Codex.

249. En cuanto a la creación de capacidad, la Comisión acogió con agrado las valiosas iniciativas a las que se hacía referencia en el informe, especialmente el Servicio de Elaboración de Normas y Fomento del Comercio que administraba la OMC en colaboración con el Banco Mundial, la FAO, la OMS y la OIE, y, en particular, el nuevo Fondo Fiduciario FAO/OMS cuya finalidad era posibilitar una participación eficaz en las tareas del Codex. Asimismo, solicitó a la FAO y la OMS que redoblaran sus esfuerzos para movilizar fondos extrapresupuestarios e intensificar la asistencia bilateral coordinada para la creación de capacidad. Pidió también que la FAO y la OMS adoptaran un enfoque más coordinado en esta esfera y analizaran sin tardanza los medios con los que contaban para fomentar la creación de capacidad, y comunicaran a la Comisión del Codex Alimentarius qué medidas adoptarían para intensificar la coordinación y mejorar la distribución de trabajo con sus capacidades y sinergias respectivas.

250. La Comisión pidió a la FAO y la OMS que aportaran más recursos con cargo al Programa Ordinario, complementados con fondos extrapresupuestarios cuando fuera necesario, para reforzar el trabajo del Codex y la labor conexa en ambas organizaciones.

251. La Comisión pidió a los gobiernos miembros que apoyaran el seguimiento del proceso de evaluación, especialmente mediante las declaraciones que formularan y las posiciones que adoptaran en la Asamblea Mundial de la Salud y el Consejo y Conferencia de la FAO.

252. La Comisión reiteró su firme decisión de examinar sin dilación y de forma exhaustiva las recomendaciones que se le hacían en el informe de evaluación y, a ese respecto:

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA FAO

253. La Administración de la FAO desea felicitar al equipo de evaluación y al cuadro de expertos independientes por el excelente informe de evaluación que han realizado, por la profundidad de su análisis y por sus acertadas propuestas. También desea afirmar una vez más la gran importancia que atribuye a las normas alimentarias para la protección de la salud de los consumidores y para facilitar el comercio nacional e internacional. Subraya que la prestación de asesoramiento científico en apoyo de las actividades de normalización, y de asistencia técnica para la creación de capacidad, especialmente en los países en desarrollo, es primordial para conseguir la seguridad alimentaria y promover el desarrollo económico en todos los países.

254. Muchas de las propuestas que se formulan en la evaluación son pertinentes y abren nuevas perspectivas, y la Administración considera acertadas, en general, las recomendaciones contenidas en el informe, salvo indicación en contrario.

255. La aplicación de todas las recomendaciones del informe daría lugar a un incremento sustancial de las consignaciones presupuestarias para la FAO y la OMS, que se cifrarían en torno a 3,9 millones de dólares EE.UU. por bienio. De conformidad con el sistema vigente de repartición de costos entre las dos organizaciones, la FAO contribuiría con 2,3 millones de dólares EE.UU. La aportación de todos los recursos adicionales necesarios para poner en práctica las recomendaciones sería difícil, pero, incluso en la hipótesis de crecimiento real cero, la Secretaría de la FAO tiene el propósito de aumentar en 400 000 dólares EE.UU. los recursos del Programa Ordinario destinados al Codex y al asesoramiento de expertos sobre normas alimentarias durante el bienio 2004-2005. En la hipótesis de crecimiento real, el aumento propuesto ascendería a 1,5 millones de dólares EE.UU. Los órganos rectores de la FAO deberán dar orientaciones sobre la forma de abordar esta prioridad. Como se prevé que el asesoramiento del Codex y de expertos independientes en materia de normas alimentarias seguirá incrementándose, la Secretaría de la FAO está estudiando con la OMS las diferentes modalidades y opciones existentes para incrementar la financiación mediante contribuciones extrapresupuestarias.

256. Nos congratulamos sinceramente de las conclusiones y recomendaciones que se formulan en la evaluación con la finalidad de que el Codex pueda atender las necesidades de todos los países y grandes grupos de interés y mantener su apoyo decidido. La Administración de la FAO comparte este objetivo y reitera su firme decisión de seguir apoyando al Codex y sus actividades, haciendo hincapié en el asesoramiento basado en principios científicos y en la creación de capacidad. Existe un consenso sobre la necesidad de formular para el Codex un mandato detallado y bien definido. Dicho mandato debería ser elaborado por la Comisión del Codex Alimentarius, que lo sometería a la decisión de los órganos rectores de la FAO y la OMS.

257. Por lo que respecta al alcance de la labor del Codex, la Administración de la FAO acepta la prioridad otorgada a la salud y la inocuidad, teniendo en cuenta que los miembros también esperan que se conceda la debida consideración a las cuestiones relacionadas con el comercio internacional de productos alimenticios, tal como se establece en los acuerdos de la OMC, en particular el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio. En este orden de cosas, deberían proseguir determinados aspectos de la labor del Codex relativos a los descriptores de los productos y el etiquetado informativo. En relación con la posible reducción propuesta de la consideración de las cuestiones relativas a la salud en los comités de productos y los equipos de tareas, se hace hincapié en que ello no debería dar lugar a una menor idoneidad científica de las normas, que exigen la aportación especializada de los expertos en productos, incluidos los relativos a las mejores prácticas.

258. El aumento de la financiación para la evaluación de riesgos constituye una prioridad absoluta. La Administración de la FAO se muestra acuerdo con que debe haber un presupuesto y una asignación de recursos humanos bien definidos para el asesoramiento científico y la evaluación de riesgos, y coincide en que es necesario el establecimiento de prioridades. No obstante, aunque concuerda con las propuestas encaminadas a aumentar la calidad, cantidad y puntualidad del asesoramiento científico al Codex, considera que ese proceso requerirá cuantiosos recursos adicionales de tiempo y dinero. La Secretaría de la FAO, en consulta con la OMS, estudiará la posibilidad de formular propuestas pertinentes a la Comisión del Codex Alimentarius.

259. La Administración de la FAO observa que el informe se centra en la prestación de asesoramiento científico sobre la evaluación de riesgos por parte de la FAO y la OMS para atender las necesidades del Codex. A este respecto, subraya que la prestación de dicho asesoramiento desborda el ámbito del Codex y que su finalidad es satisfacer las necesidades de los Estados Miembros, en concreto de los que no tienen capacidad para llevar a cabo sus propias evaluaciones de riesgos, así como de otros clientes. Es necesario que el sistema utilizado por la FAO y la OMS para prestar dicho asesoramiento sea lo bastante flexible para dar cabida a esta diversidad de servicios y clientes. Asimismo, debe contar con los recursos necesarios para abordar nuevas cuestiones de manera independiente o antes de que sean abordadas por el Codex.

260. La Administración de la FAO apoya la mejora de la función de coordinación entre los comités científicos de expertos y apoya, en principio, el establecimiento de un Comité Científico. Sin embargo, considera que se debe explicar más detalladamente su justificación y que se ha de aclarar la composición del Comité, su mandato y su interacción con los comités pertinentes del Codex, la FAO y la OMS. En cuanto a la creación del puesto de Coordinador Conjunto, considera que es necesario justificarlo con razones de mayor peso.

261. El informe subraya la importancia de la creación de capacidad para intensificar la participación de los países en desarrollo en la labor del Codex, a fin de mejorar la calidad e inocuidad de los alimentos en estos países y facilitar el acceso a los mercados internacionales. La Administración de la FAO coincide con la evaluación general de las actividades de creación de capacidad de la FAO y de las necesidades de los países en desarrollo miembros a este respecto. Asimismo, confirma su voluntad de estudiar procedimientos destinados a aumentar los recursos de personal para la creación de capacidad en materia de inocuidad de los alimentos y, en especial, de crear más puestos de oficiales encargados de la inocuidad de los alimentos en regiones y subregiones en desarrollo prioritarias, con sujeción a la disponibilidad de recursos.

262. La Administración de la FAO acoge con agrado la recomendación de mejorar la coordinación entre la FAO y la OMS a nivel nacional con el propósito de utilizar más eficazmente los recursos de dichos organismos y evitar superposiciones e incoherencias. Sin embargo, la delimitación de responsabilidades y la división de tareas a priori y de forma oficial no son viables debido a que la creación de capacidad conlleva a menudo la realización de actividades conjuntas e independientes, según el caso. La Administración de la FAO coincide en que esta Organización y la OMS deben informar periódicamente a la Comisión sobre sus actividades de creación de capacidad.

263. La Administración de la FAO expresa su apoyo a la movilización de fondos de donantes para la creación de capacidad en materia de inocuidad de los alimentos, así como su compromiso de promover la complementariedad y la coherencia entre los fondos fiduciarios y proyectos actuales y previstos.

INFORME DEL COMITÉ DEL PROGRAMA25

264. El Comité acogió con satisfacción el informe sobre el tema, que constituía un modelo de exhaustividad, transparencia e independencia de la evaluación. La importancia que asignaban a ésta los Estados Miembros quedaba demostrada por sus aportaciones al proceso de evaluación y por la seriedad con la que se estaba abordando el mismo en la Comisión del Codex Alimentarius.

265. El Comité coincidió plenamente con las conclusiones de evaluación en cuanto a las cuatro principales mejoras que deberían hacerse en el trabajo sobre normas alimentarias de la FAO y la Organización Mundial de la Salud (OMS), a saber:

266. El Comité examinó con cierto detalle las recomendaciones derivadas de la evaluación, y observó que habían sido objeto de un examen en profundidad en el período extraordinario de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius celebrado en febrero y que también las había analizado la Junta Ejecutiva de la OMS en enero de 2003. Se señaló que la Comisión del Codex Alimentarius se había comprometido a aplicar estrategias que respondieran a los objetivos de las recomendaciones de la evaluación y había emprendido un proceso de consultas y debates con el propósito de que las principales recomendaciones dirigidas a la Comisión se pudieran abordar en su período de sesiones de junio. El Comité coincidió con la Comisión del Codex Alimentarius en su apoyo al enfoque general del informe sobre la evaluación. En particular, los miembros destacaron la importancia de:

267. Hubo acuerdo general en cuanto a la conveniencia de que la Comisión del Codex Alimentarius celebrara períodos de sesiones anuales.

268. Al igual que la Comisión del Codex Alimentarius, el Comité hizo hincapié en la necesidad de que la FAO y la OMS otorgaran gran prioridad a la asignación de los recursos necesarios. Algunos miembros también hicieron notar que, de hecho, sería difícil realizar esta prioridad en ausencia de un incremento del presupuesto general de la FAO.

269. Aunque los miembros apoyaron la orientación general de las recomendaciones, pusieron en tela de juicio la necesidad y utilidad de:

270. Se manifestaron opiniones diversas con respecto a la importancia que debía asignarse, como segunda prioridad, a los aspectos del establecimiento de normas no relacionados con la salud, en aras de la adopción de prácticas leales en el comercio alimentario. Asimismo hubo opiniones divergentes en cuanto a la conveniencia de que el Codex fomentara un mayor acuerdo sobre los niveles aceptables de protección de la salud para utilizarlo en el establecimiento de sus normas.

271. La Comisión del Codex Alimentarius y las administraciones de la FAO y la OMS ya habían emprendido la ejecución de un programa de trabajo para intensificar las consultas con los miembros y avanzar en la elaboración de estrategias para aplicar los aspectos principales de las recomendaciones de la evaluación. Este tema debía examinarse más a fondo en los órganos rectores de ambas organizaciones a fin de garantizar la disponibilidad de recursos y asegurar que la línea de cambio adoptada representara los intereses de todos los miembros. En el término de dos años el Comité del Programa examinaría los progresos logrados con miras a mantener este impulso de cambio, por lo que pidió que para esa fecha se le presentara un informe complementario.

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22 PC 89/5 a) y PC 89/5 a) Add.1.

23 Hormonas en la carne de vaca, aguas minerales.

24 ALINORM 01/41, párrafo 61.

25 PC 89/REP, párrafos 46-53

 


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