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Declaración de principios


La Conferencia Mundial sobre Reforma Agraria y Desarrollo Rural

Habiéndose reunido del 12 al 20 de julio de 1979 en Roma, Italia;

Recordando que la Conferencia representó la continuación de una antigua y profunda preocupación de la comunidad internacional por las cuestiones agrarias y rurales;

Recordando también conferencias anteriores de las Naciones Unidas, en particular la Conferencia Mundial de la Alimentación de 1974, los períodos extraordinarios de sesiones Sexto y Séptimo de la Asamblea General de las Naciones Unidas y la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados;

Reconociendo que la mayoría de los esfuerzos realizados en pro del desarrollo no han conseguido todavía satisfacer las aspiraciones y las necesidades fundamentales de los pueblos, de conformidad con los principios de la dignidad humana y la solidaridad y justicia social internacionales, especialmente en las zonas rurales de los países en desarrollo;

Consciente de que hasta la fecha gran parte de los esfuerzos en pro del desarrollo no han logrado llegar y beneficiar suficientemente a las zonas rurales y en muchos casos han contribuido a desequilibrar el desarrollo entre el medio urbano y el rural, han desatendido el dinamismo y la diversidad de los valores culturales auténticos de la población campesina y han ocasionado desequilibrios en el propio sector rural;

Consciente de la necesidad de adoptar políticas adecuadas de población en el contexto del desarrollo socioeconómico, lograr la armonía ecológica y conservar los recursos limitados;

Convencida de que la pobreza, el hambre y la malnutrición retrasan los esfuerzos nacionales en pro del desarrollo y repercuten negativamente en la estabilidad social y económica del mundo y de que su erradicación es el objetivo fundamental del desarrollo mundial;

Convencida de que la reforma agraria es un factor decisivo del desarrollo rural y de que el mejoramiento constante de las zonas rurales, en el contexto de la promoción de la confianza nacional en los propios medios y del establecimiento del Nuevo Orden Económico Internacional, requiere un acceso más equitativo y completo a la tierra, el agua y otros recursos naturales; una amplia participación en el poder económico y político; puestos de trabajo cada vez más numerosos y más productivos, un mayor aprovechamiento de la capacidad y la energía humanas; la participación e integración de la población rural en los sistemas de producción y distribución; un aumento de la producción, la productividad y la seguridad alimentaria para todos los grupos; y la movilización de los recursos internos;

Reafirmando las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la paz mundial y el desarme y las Resoluciones 3201 y 3202 del Sexto Periodo Extraordinario de Sesiones relativas a los esfuerzos por « poner fin a todas las formas de ocupación extranjera, discriminación racial, apartheid y dominación y explotación colonial, neocolonial y extranjera, mediante el ejercicio de la soberanía permanente sobre los recursos naturales » y reconociendo su relación con la reforma agraria y el desarrollo rural;

Consciente de que, si bien incumbe a cada gobierno la responsabilidad principal de la reforma agraria y del desarrollo rural en su país, un programa continuo de alcance mundial exigirá un firme compromiso político, una cooperación activa en el ámbito de la comunidad mundial y la aportación y la utilización eficaz de recursos financieros, técnicos y humanos de manera razonable, sistemática y coordinada;

Persuadida de que esa cooperación debe estar fundada en la resuelta adhesión a los principios de independencia, soberanía nacional, libre determinación de los pueblos y no intervención en los asuntos internos de los Estados;

Recordando la resolución pertinente de la Asamblea General de las Naciones Unidas en su 33° Periodo de Sesiones de que la nueva estrategia internacional para el desarrollo debía presentar una serie de medidas interrelacionadas y concertadas en todos los sectores del desarrollo a fin de fomentar el desarrollo económico y social de los países en desarrollo y asegurar su participación equitativa, plena y eficaz en la formulación y aplicación de todas las decisiones en la esfera del desarrollo y la cooperación económica internacional;

Poniendo de relieve que las medidas de fortalecimiento de la cooperación internacional para la reforma agraria y el desarrollo rural resultan más eficaces cuando las estrategias nacionales reconocen plenamente la interdependencia de la industria y la agricultura;

Reconociendo que el sistema de las Naciones Unidas tiene la responsabilidad de formular una nueva estrategia internacional para el desarrollo y que la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, en virtud de su constitución, tiene la obligación explícita de elaborar las partes de esa nueva estrategia relativas a la alimentación, la agricultura, la nutrición y otras esferas de su competencia, y debe cumplir una función directiva en la ayuda a los países en desarrollo para promover la reforma agraria y el desarrollo rural;

Declara por la presente que un Programa de Acción en esta esfera debe fundarse en los siguientes principios y directrices:

i) el propósito fundamental del desarrollo es el mejoramiento individual y social, el desarrollo de las posibilidades endógenas y el mejoramiento de los niveles de vida de toda la población, especialmente de los campesinos pobres;

ii) el derecho de cada Estado a ejercer la soberanía completa y permanente sobre sus recursos naturales y sus actividades económicas y a tomar las medidas necesarias para la planificación y administración de sus recursos, es de importancia vital para el desarrollo rural;

iii) el empleo de inversiones extranjeras para el desarrollo agrícola en los países en desarrollo, en especial las de las empresas transnacionales, debe hacerse de conformidad con las necesidades y prioridades nacionales;

iv) el progreso nacional basado en un crecimiento con equidad y participación exige una redistribución del poder económico y político, una mayor integración de las zonas rurales en los esfuerzas nacionales de desarrollo, con más amplias oportunidades de empleo e ingresos para la población rural, y el fomento de asociaciones de agricultores, cooperativas y otras formas de organizaciones democráticas, voluntarias y autónomas de productores primarios y trabajadores rurales;

v) políticas y programas de población adecuados pueden contribuir al progreso social y económico a largo plazo;

vi) deben desplegarse los mayores esfuerzos para movilizar y utilizar productivamente los recursos internos para el desarrollo rural;

vii) los gobiernos deben adoptar una actitud positiva en favor del desarrollo rural y ofrecer incentivos para el aumento de las inversiones y la producción en las zonas rurales;

viii) la distribución equitativa y la utilización eficaz de la tierra, el agua y otros recursos productivos, teniendo debidamente en cuenta el equilibrio ecológico y la protección del medio físico, constituyen un factor indispensable para el desarrollo rural, la movilización de los recursos humanos y el aumento de la producción para aliviar la pobreza;

ix) la diversificación de las actividades económicas rurales, incluido el fomento integrado de la agricultura y la ganadería, la pesca y la acuicultura y la ordenación integrada de los montes, es imprescindible para lograr un desarrollo rural en base amplia;

x) la instalación de industrias en las zonas rurales, tanto en el sector público como en el privado, y especialmente de agroindustrias, proporciona los vínculos necesarios y recíprocamente fortalecedores entre la agricultura y el desarrollo industrial;

xi) las políticas y programas que afectan a los sistemas agrario y rural deben formularse y aplicarse con pleno conocimiento y participación de toda la población rural, incluidos los jóvenes, y de sus organizaciones a todos los niveles, y los esfuerzos en pro del desarrollo deben responder a las diversas necesidades de diferentes grupos de campesinos pobres;

xii) la comprensión y el conocimiento de los problemas y oportunidades del desarrollo rural por gentes de todos los niveles y el mejoramiento de la interacción entre el personal de actividades de desarrollo y las masas mediante un sistema eficaz de comunicación son condiciones previas para el éxito de la estrategia de desarrollo rural;

xiii) debe mantenerse una vigilancia constante para asegurar que los beneficios de la reforma agraria y el desarrollo rural no se vean contrarrestados por la reaparición de formas ya superadas de concentración de recursos en manos privadas o por la aparición de nuevas formas de desigualdad;

xiv) la mujer debe participar y contribuir en igualdad de condiciones con el hombre en los procesos sociales, económicos y políticos del desarrollo rural y compartir plenamente los beneficios del mejoramiento de las condiciones de vida de las zonas rurales;

xv) es preciso reforzar la cooperación internacional e infundir un nuevo sentido de urgencia para aumentar el flujo de recursos financieros y técnicos destinados al desarrollo rural;

xvi) todos los gobiernos deben emprender nuevos y más intensos esfuerzos para garantizar la seguridad alimentaria mundial y superar las desigualdades y la inestabilidad en el comercio de los productos agrícolas que tienen particular importancia para los países en desarrollo; y

xvii) los países en desarrollo, con el apoyo de las organizaciones internacionales de desarrollo, deben reforzar la cooperación técnica en el desarrollo rural y fomentar la confianza colectiva en los propios medios.

A la luz de estos principios y directrices y teniendo debidamente en cuenta las particularidades de cada nación, la Conferencia aprueba el siguiente Programa de Acción, cuya ejecución recomienda a los gobiernos, a la FAO y a todas las demás organizaciones y organismos interesados del sistema de las Naciones Unidas:

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