FC 97/9 |
97º período de sesiones |
Roma, 17-22 de septiembre de 2001 |
Pasivo del seguro médico después de la separación del servicio |
1. En su 96º período de sesiones de mayo de 2001, el Comité tuvo un breve debate preliminar sobre el documento que se había preparado a petición suya para proporcionar información sobre las prestaciones después de la separación del servicio y las demás medidas que podían adoptarse con respecto a las disposiciones contables y la financiación de dicho pasivo. La Secretaría destacó los progresos realizados hasta la fecha; la preferencia del Director General de seguir aplicando por el momento las disposiciones actuales respecto de la contabilidad y financiación del Seguro Médico después de la Separación del Servicio (ASMC); y la propuesta de éste de que el mismo mecanismo de financiación utilizado para el ASMC pueda ampliarse para cubrir también los pagos por rescisión del nombramiento en el caso de que algún día se logre financiar plenamente el pasivo correspondiente al ASMC. El Comité tomó nota de que se necesitaría una resolución de la Conferencia para poder ampliar el mecanismo de financiación del ASMC a dichos pagos. En consecuencia, el Comité decidió abordar nuevamente el tema en su siguiente período de sesiones.
2. Con objeto de facilitar el examen, por parte del Comité, de la propuesta del Director General antes mencionada, se adjunta una copia del documento (FC 96/12) que fue presentado en su 96º período de sesiones. Se pide al Comité que adopte decisiones sobre lo siguiente:
RESOLUCIÓN
Seguro Médico después de la Separación del Servicio - Pagos por rescisión del nombramiento
LA CONFERENCIA
Habiendo examinado el informe del 121º período de sesiones del Consejo,
Habiendo tomado nota del pasivo sin financiar correspondiente a servicios prestados en el pasado,
Habiendo tomado nota de los progresos realizados hasta la fecha en la financiación del pasivo para el Seguro Médico después de la Separación del Servicio (ASMC) desde la aplicación de la Resolución 10/99 de la Conferencia,
Aprueba ampliar la aplicación de la Resolución 10/99 de la Conferencia para cubrir los pagos por rescisión del nombramiento en el caso de que se logre financiar plenamente el pasivo correspondiente al ASMC, de modo que