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PARTE II

INFORME DE LAS REUNIONES DEL COMITE EJECUTIVO

6. La Comisión recibión un informe sobre las tres reuniones del Comité Ejecutivo, celebradas en octubre de 1964 (Ginebra), junio de 1965 (Roma) y octubre de 1965 (Roma). En el curso de estas reuniones el Comité Ejecutivo examinó las siguientes cuestiones principales: financiación del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias; propuestas para la enmienda del Reglamento de la Comisión; planes de trabajo para los Grupos Mixtos CEPE/ Codex Alimentarius de Expertos; marcha de los trabajos de los Comités del Codex; envío del proyecto de norma para la margarina, preparado por la IFMA, al Comité del Codex sobre Grasas y Aceites, y preparativos para la celebración del Tercer período de sesiones de la Comisión. La Comisión estudió estas cuestiones al examinar los temas pertinentes de su Programa (véanse párrafos 12, 11, 9, Parte III, 42, 69).

INFORME DE LAS REUNIONES DEL COMITE COORDINADOR PARA EUROPA

7. La Comisión recibió los informes relativos a la primera y segunda Reuniones del Comité Coordinador para Europa, celebradas en julio de 1965 (Berna) y en octubre de 1965 (Roma). Estos informes fueron examinados por la Comisión del Codex Alimentarius y figuran a continuación del presente párrafo 7 de este informe.

a) Comité del Codex sobre aguas minerales naturales

La Comisión, de acuerdo con el contexto de los informes del Comité Coordinador para Europa, y en virtud de las disposiciones del Artículo IX. 1 (b)1, aprobó una propuesta para que se estableciera un Comité del Codex que se encargaría de elaborar normas regionales para Europa sobre las aguas minerales naturales, y designó al Gobierno de Suiza para que asumiera la presidencia de dicho Comité durante un año. La Comisión expresó su agradecimiento al Gobierno de Suiza por su oferta de estar dispuesto a asumir dicha responsabilidad.

b) Compotas, jaleas y mermeladas

La Comisión respaldó la propuesta de que se invite al Gobierno de Francia a que, a partir del 1o de enero de 1966, asuma la responsabilidad de la preparación de proyectos de normas sobre compotas, jaleas y mermeladas para el Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas, en colaboración con todos los demás países que durante la Segunda reunión de dicho Comité del Codex indicaron su deseo de participar en este trabajo. Con objeto de lograr una continuación ordenada de este trabajo preparatorio, se pidió al Gobierno del Reino Unido que envíe tan pronto como sea posible al Gobierno de Francia las observaciones que haya recibido hasta el 31 de diciembre de 1965 sobre su anteproyecto para las compotas. Se pidió a otros países que estaban interesados en participar en este trabajo preparatorio que lo notificasen directamente al Presidente del Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas, con objeto de poder tomar las medidas necesarias para enviarles los correspondientes documentos. Los delegados de Francia, Reino Unido y E.U.A. indicaron que estaban conformes con estas medidas. La Secretaría comunicará inmediatamente estos cambios al Presidente del Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas. Con objeto de evitar cualquier posible duplicación de actividades, se pidió a la Secretaría que notifique al Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas los resultados de los trabajos de la CEPE sobre Pulpas de Frutas.

c) Miel

La Comisión, después de considerar la decisión tomada en su Primer período de sesiones y los informes sobre la miel del Comité Coordinador para Europa, decidió examinar el proyecto de norma revisado por el Reino Unido, tal como figura en el Apéndice II de ALINORM 19/1, por encontrarse en el Trámite 5 del Procedimiento para la elaboración de normas regionales de la Comisión. La Comisión recomendó que la norma se enviase a los Gobiernos para que éstos formulen sus observaciones, de conformidad con lo estipulado en el Trámite 6. La Secretaría reunirá después las observaciones que hagan los Gobiernos sobre dicho proyecto de norma y las someterá, junto con el proyecto, a la Tercera reunión del Comité Coordinador para Europa, cuya celebración se ha fijado para mayo de 1966. La Comisión solicitó que el Comité Coordinador, a la luz de las observaciones hechas por todos los Gobiernos, formule recomendaciones a la Comisión para considerarlas (Trámite 8) a fin de determinar si la norma debe o no seguir elaborándose como norma regional o mundial, de acuerdo con el Procedimiento para la elaboración de normas. La Comisión, en su próximo período de sesiones, decidirá cuál es la tramitación más apropiada que debe seguirse.

d) Comité del Codex sobre Alimentos Dietéticos

La Comisión aprobó la propuesta del Comité Coordinador de que se crease, en virtud del Artículo IX. 1(b)1, un Comité del Codex sobre Alimentos Dietéticos bajo la presidencia de la República Federal de Alemania. La Comisión, después de subrayar que el trabajo del Comité consistiría en elaborar normas regionales europeas como primer paso para la elaboración de normas mundiales, aprobó la siguiente definición y mandato:

Definición

Se entiende por alimentos dietéticos los alimentos que debido a su composición, satisfacen una necesidad especial nutritiva de las personas cuya capacidad normal de asimilación está limitada o respecto a las cuales se quiere obtener unos efectos especiales mediante un régimen alimenticio controlado. Estos productos son alimentos y no tienen el carácter de medicamentos. Pueden dividirse en los siguientes grupos principales:

  1. Alimentos que satisfacen una necesidad fisiológica especial de las personas sanas. Estas necesidades especiales pueden ser debidas a una edad particular (niños de corta edad, niños de pecho o ancianos) o, por ejemplo, como consecuencia de la gestación o lactancia materna.
  2. Alimentos cuyo uso se debe a que el organismo humano se encuentra enfermo (diabetes, obesidad, adelgazamiento anormal, pobre absorción de sodio, etc.)
  3. Nutrientes suplementarios, que el organismo humano necesita debido a esfuerzos físicos extraordinarios, o como resultado de unas condiciones externas especiales o para mejorar o completar un régimen alimenticio normal.

Mandato

  1. Preparar directrices de carácter general, principios y normas para los alimentos dietéticos*, según se han definido más arriba, y establecer los requisitos especiales para los siguientes tipos de alimentos dietéticos, enumerados en orden de prioridad:

    1. Alimentos para madres y niños lactantes, y para ancianos
    2. Alimentos para diabéticos y suoedáneos del azúcar
    3. Alimentos con un bajo contenido de sodio
    4. Sucedáneos de la sal
    5. Alimentos exentes de gluten
    6. Alimentos con un contenido reducido de almidón
    7. Otros aditivos dietéticos importantes (por ejemplo, compuestos de calcio e hierro).

  2. Estudiar la necesidad de establecer requisitos de etiquetado específicos, aplicables a los alimentos dietéticos, en consulta con el Comité del Codex Alimentarius sobre Etiquetado de los Alimentos.
  3. Formular recomendaciones de conformidad con el procedimiento establecido para la elaboración de las normas regionales.

* Se exceptú an las normas sobre productos cuyo estudio sea de la responsabilidad de otros Comités del Codex.

e) Setas comestibles

La Comisión aprobó los planes de trabajo propuestos en el párrafo 5 del Informe de la Segunda Reunión del Comité Coordinador para Europa. La parte pertinente del párrafo 5 es la siguiente:
“El Comité reconoció que el Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas había iniciado trabajos sobre las normas mundiales para las setas elaboradas y cultivadas, bajo la presidencia de los E.U.A. El Comité consideró que, por el momento, no era necesario adoptar ninguna otra medida ulterior sobre los champiñones frescos cultivados hasta tener una indicación más clara de los probables resultados del trabajo que está realizando el Grupo de Trabajo CEPE(NU) sobre Productos Perecederos. El Comité, a propuesta del Reino Unido, convino en que se invitase a Polonia a preparar los requisitos mínimos generales para todos los tipos de setas y, también, normas concretas para los mízcalos silvestres y para todos los tipos de setas deshidratadas. Polonia preparará un cuestionario que la Secretaría de la Comisión enviará a todos los miembros del Comité con objeto de conocer sus puntos de vista acerca de si existen o no otras variedades de setas silvestres para las que se necesitarían también normas y además, para pedir a todo Miembro que sugiera el estudio de otra variedad que indique si está dispuesto a elaborar el primer proyecto de la correspondiente norma. Se pidió igualmente a Polonia que efectúe una supervisión de carácter general sobre los trabajos relativos a las setas comestibles, con objeto de poder subsanar cualquier incongruencia. El Gobierno de Polonia convocará si fuese necesario una pequeña reunión de expertos para que examinen este asunto y presentará oportunamente al Comité los proyectos de normas”.

f) Caldos y sopas

La Comisión aprobó las medidas recomendadas en el párrafo 7 del Informe de la Segunda Reunión del Comité Coordinador para Europa.

g) Helados comestibles (excepto helados de crema)

La Comisión aprobó las medidas recomendadas en el párrafo 9 b) del Informe de la Segunda Reunión del Comité Coordinador para Europa.

A continuación se reproduce el texto completo de los Documentos EURO/REPORT/65/1 y EURO/REPORT/65/2:

INFORME DE LA PRIMERA REUNION DEL COMITE COORDINADOR PARA EUROPA
Berna, 1–2 julio de 1965

INTRODUCCION

1. La primera reunión del Comité Coordinador para Europa se celebró del 1o al 2 de julio de 1965 en Berna, por invitación del Gobierno de Suiza. Asistieron a la reunión delegados de los dieciseis países siguientes de la región europea: Alemania (República Federal de), Austria, Bélgioa, Dinamarca, Espana, Francia, Grecia, Israel, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Reino Unido, Suecia, Suiza, Turquía y Yugoslavia, y observadores de los E.U.A. y cuba. Estuvieron también representados por observadores, el Consejo de Europa y la Comunidad Económica Europea. Representantes de la FAO y de la OMS actuaron como cosecretarios del Comité.

2. El Comité Coordinador aprobó el Programa provisional propuesto por el Presidente, en la inteligencia de que no se procedería a examinar en detalle ninguno de los asuntos del programa que tratasen de productos o asuntos determinados tales como los principios generales y métodos para la toma de muestras.

COORDINADOR PARA EUROPA

3. El Profesor Högl comunicó al Comité que no le sería posible aceptar un nuevo mandato, por lo que el Comité acordó por unanimidad recomendar al Tercer período de sesiones del Codex Alimentarius que nombrara Coordinador para Europa al ex Ministro Dr. H. Frenzel, Presidente del Comité Nacional del Codex de Austria. El Comité recomendó además que en caso de incapacidad temporal del Coordinador, éste pudiera designar un suplente de su misma nacionalidad.

ORGANIZACION INTERNA DEL COMITE COORDINADOR

4. Se decidió aplazar el estudio de esta cuestión durante un año por lo menos, hasta que el Comité Coordinador haya adquirido experiencia práctica suficiente para poder determinar sus necesidades orgánicas y financieras. Entre tanto, el Coordinador tendrá libertad para consultar a los Presidentes de los comités del Codex y a los puntos de contacto del Codex de la Región. Para evitar que inadvertidamente se deje de examinar este asunto se hará figurar en el programa de todas las reuniones sucesivas hasta el momento en que el Comité estime que ha llegado el momento oportuno de adoptar las medidas pertinentes.

NATURALEZA DE LAS NORMAS

5. El Comité Coordinador tomó nota de un breve informe sobre los preparativos que está haciendo el Gobierno francés para celebrar la primera reunión del Comité del Codex sobre Principios Generales, en París del 4 al 8 de octubre de 1965. El Comité acordó que el Comité del Codex sobre Principios Generales examinara el alcance y la naturaleza de las normas del Codex, tal como había recomendado la Comisión. Se informó al Comité de que el Comité del Codex sobre Principios Generales consideraría también los principios generales y las definiciones de las legislaciones alimentarias. El Comité del Codex sobre Principios Generales, tendrá en cuenta las “Resoluciones del Codex Alimentarius Europaeus” especialmente los “General Guiding Principles and Principles for Testing and Judging” (Principios Generales Rectores y Principios para Ensayar y Enjuiciar), junto con las observaciones presentadas al Segundo período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius. Se informó además al Comité que la República Federal de Alemania había preparado una sinopsis o estudio comparativo sobre la legislación nacional alimentaria. El Comité Coordinador pidió que se facilitase dicho estudio al Comité del Codex sobre Principios Generales.

TOMA DE MUESTRAS

6. El Comité Coordinador examinó la necesidad de acelerar la elaboración de principios generales sobre la toma de muestras. La Comisión del Codex Alimentarius, en su Segundo período de sesiones, recomendó que la ISO al preparar las recomendaciones sobre los principios generales acerca de la toma de muestras para la Comisión considerase la “Resolución del Codex Alimentarius Europaeus sobre la Toma de Muestras”. El Comité Coordinador pidió que se la ISO que presente a la Comisión en su Tercer período de sesiones un informe sobre la marcha de los trabajos. El Comité consideró asimismo importante que los trabajos sobre la toma de muestras se asociaran a las actividades del Comité del Codex sobre Métodos de Análisis, cuya presidencia ha sido asumida por la República Federal de Alemania. El Comité recomendó que estas cuestiones se señalen a la atención de la Comisión en su próximo período de sesiones.

SETAS COMESTIBLES

7. Se informó al Comité Coordinador de que la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas no había aceptada la propuesta de trabajar conjuntamente en la elaboración de normas para los champiñones silvestres, cultivados y elaborados. La Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas terminará en breve la redacción de las normas para champiñones frescos y cultivados; en vista de lo cual, el Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas tenía el propósito de preparar proyectos de normas para los champiñones enlatados. El Comité Coordinador estimaba que se necesitaban normas regionales europeas para las setas frescas silvestres y comestibles, y pidió a la delegación de Polonia que estudiara la norma preparada por el Codex Alimentarius Europaeus, teniendo en cuenta las observaciones de los Gobiernos presentadas al Segundo período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius, y que presentase un informe a la próxima reunión del Comité Coordinador, de octubre de 1965, a fin de poder presentar a la Comisión del Codex Alimentarius en su Tercer período de sesiones la correspondiente recomendación sobre la adopción de medidas ulteriores. La Secretaría de la Comisión enviará las observaciones de los Gobiernos al punto de contacto del Codex, de polonia, tan pronto como sea posible.

ALIMENTOS DIETETICOS

8. El Comité acordó recomendar a la comisión que, como primer paso para el establecimiento de normas mundiales, se prepararan normas europeas para los alimentos dietéticos. La República Federal de Alemania ha comenzado ya los trabajos sobre esta cuestión y, en consecuencia, el Comité propuso que la Comisión pidiera al citado país que aceptase la responsabilidad de un Comité Europeo sobre Alimentos Dietéticos. El comité consideró que el nuevo Comité del codex necesitaba tener una definición clara de la expresión “Alimento dietético” y un mandato preciso. Las delegaciones de la República Federal de Alemania y del Reino Unido se ofrecieron a colaborar en la preparación del proyecto del mandato para el Comité del Codex propuesto, así como para la definición de la expresión “alimento dietético”. El Comité Coordinador examinará estos proyectos en su próxima reunión de octubre de 1965 y formulará las oportunas propuestas a la Comisión en su Tercer período de sesiones.

MIEL

9. El Comité consideró de un modo general el proyecto de norma regional europea para la miel, preparado por el Comité de Expertos, que se reunió bajo la presidencia del Gobierno de Austria. Este proyecto se enviará a los Estados Miembros de la Comisión como documento de trabajo para el Tercer período de sesiones de la Comisión. Se convino en que los miembros del Comité Coordinador interesados en este producto enviaran sus observaciones sobre el proyecto de norma a los puntos de contacto del Codex antes de la apertura del período de sesiones de la Comisión. Todos los países representados en el seno del Comité, indicaron que enviarían sus observaciones a los puntos de contacto.

AGUAS MINERALES

10. El Comité Coordinador examinó la prioridad que debía darse a las normas para aguas minerales. Cinco países se mostraron partidarios de que se comenzara a trabajar próximamente sobre tales normas, y la delegación de Suiza indicó que estaría dispuesta a aceptar la responsabilidad de un Comité del Codex sobre Aguas Minerales. Los resultados que se obtengan se someterán a la consideración de la Comisión en su Tercer período de sesiones.

CALDOS Y SOPAS

11. El Comité, después de escuchar una declaración acerca de los trabajos sobre normas de la Asociación Internacional de Fabricantes de Sopas, pidió a la delegación de Suiza que presente a la próxima reunión del Comité, del mes de octubre, un informe sobre la marcha de los trabajos sobre las normas para las sopas. El Comité Coordinador, a la vista de dicho informe, decidirá qué propuestas deben presentarse a la Comisión del Codex Alimentarius respecto a los trabajos futuros, bien sean sobre una base mundial o europea.

COMPOTAS, JALEAS Y MERMELADAS

12. El Comité Coordinador deliberó acerca de los preparativos actuales del Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas para la elaboración de normas sobre compotas, jaleas y mermeladas. El Comité examinó también, de un modo general, los proyectos de normas sobre estos productos, preparados por el Gobierno de Francia para el Codex Alimentarius Europaeus. El Comité estimó que sería conveniente, tal como había recomendado la Comisión en su Primer período de sesiones, que el comité del Codex tuviese totalmente en cuenta los trabajos realizados por el Comité francés. Se convino en proponer a la comisión que Francia asumiera, dentro de la estructura del comité del codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas, la responsabilidad de preparar proyectos de normas para jaleas y mermeladas en colaboración con el Reino Unido, Suecia y los países Bajos. Otros países que deseen participar en la labor preparatoria sobre los proyectos de normas tendrán oportunidad de ponerlo en conocimiento de la Comisión en su tercer período de sesiones.

VINO

13. El Comité Coordinador decidió no examinar este asunto por el momento y, en consecuencia, el mismo se suprimió en el programa de temas.

OTROS ASUNTOS

14. El prof. Krauze (Polonia) pidió que se señalara a la atención del Comité del Codex sobre Métodos de Análisis la necesidad de establecer una verdadera colaboración entre las distintas organizaciones internacionales, que ya estaban trabajando en este campo. El prof. Krauze, en su calidad de ex Vicepresidente del codex Alimentarius Europaeus, expresó el deseo de que se acortaran los períodos de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius y se redujera el número de los documentos de trabajo que han de examinarse en cada período. La Secretaría informó a la reunión de que el Comité Ejecutivo de la Comisión del Codex Alimentarius establecía el Programa provisional y la duración de cada período de sesiones teniendo en cuenta los asuntos que verdaderamente debía despachar la Comisión.

FECHA DE LA PROXIMA REUNION

15. Se acordó celebrar la próxima reunión del Comité Coordinador para Europa el 20 de octubre de 1965, en la sede de la FAO, en Roma. Esta decisión obligará a suspender por un día la sesión plenaria de la Comisión.

INFORME DE LA SEGUNDA REUNION DEL COMITE COORDINADOR PARA EUROPA
Roma, 20 octubre de 1965

1. El Profesor O. Högl (Suiza) inauguró la reunión; asistieron a ella delegados y observadores de los siguientes Miembros de la región europea: Austria, Bélgica, Checoeslovaquia, Dinamarca, Francia, Alemania (República Federal de), Israel, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia, Suiza, Turquía, Reino Unido, la U.R.S.S. y Yugoeslavia. Asistieron a la reunión también observadores de Canadá, Túnez, E.U.A. y de la CEPE, IFMA y del Comité de Enlace de Fabricantes de Glucosa de la CEPE.

2. El Presidente, después de adoptar el Programa provisional de la reunión examinó el Informe de la primera reunión (Berna 1–2 julio de 1965; documento EURO/ REPORT 65/1). El Presidente presentó al ex-Ministro Dr. H. Frenzel, que había sido propuesto por el Comité para el cargo de nuevo Coordinador para Europa.

3. Organización interna del Comité Coordinador.- En la próxima reunión se estudiará la organización interna del Comité Coordinador, a la luz de las consultas que celebre el nuevo Coordinador con los presidentes de los Comités del codex y con los Puntos de Contacto del Codex de la región.

4. Informe sobre la marcha de los trabajos del Coordinador.- El Presidente aludió a las reuniones del Comité del Codex sobre Métodos de Análisis (Berlín, 23–24 septiembre de 1965) y del Comité del Codex sobre Principios Generales (París, 4–8 octubre de 1965), subrayando la importancia de las decisiones de estos Comités para las actividades del Comité Coordinador para Europa. Los Principios Generales del Codex Alimentarius confirmaban la posibilidad de elaborar normas sobre una base regional o para un grupo de países, en cuya labor el Comité Coordinador desempeñaría una función importante. Respecto a los métodos de análisis, en la reunión de Berlín, se confirmó la necesidad de establecer una estrecha colaboración entre el Comité sobre Métodos de Análisis y otros organismos internacionales que se ocupaban en trabajos relativos a la toma de muestras; este aspecto tendría tembién que ser considerado por la Comisión del Codex Alimentarius.

5. Setas comestibles. - El Comité dispuso para su examen de un documento (No. SP 10/80) que contenía, atendiendo a la petición formulada por el Comité Coordinador durante la Primera reunión (documento EURO/REPORT 65/1, párrafo 7), las observaciones hechas por Polonia sobre la normalización de las setas comestibles Se informó al Comité que el Grupo de Trabajo CEPE(NU) sobre Alimentos Perecederos había comenzado los trabajos sobre la normalización de las setas frescas cultivadas, pero había decidido no emprender la normalización de los champiñones frescos silvestres. El observador de la CEPE mencionó también que en la ultimación de una norma para los champiñones frescos cultivados se habían encontrado dificultades insospechadas, que harían retrasar su presentación a los Gobiernos. En el curso de los debates, se expresó la preocupación de que, por un lado, podría existir el riesgo de que no se lograse establecer una coordinación suficiente entre los diversos órganos si se les confiaba separadamente la realización de este trabajo y, por otro, de que el Grupo de Trabajo CEPE(NU) sobre Alimentos Perecederos estaba elaborando normas para el comercio que no se ajustarán necesariamente a los Principios Generales del Codex Alimentarius. El Comité tomó nota de que el Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas había iniciado los trabajos sobre las normas mundiales para las setas elaboradas cultivadas bajo la presidencia de los E.U.A. El Comité consideró que por el momento no era necesario ninguna otra medida ulterior sobre los champiñones frescos cultivados hasta tener una indicación más clara de los resultados probables del trabajo que está realizando el Grupo de Trabajo CEPE(NU) sobre Productos Perecederos. El Comité, a propuesta del Reino Unido, convino en que se invitase a Polonia a preparar los requisitos mínimos generales para todos los tipos de setas y normas concretas para los mízcalos silvestres y para todos los tipos de setas deshidratadas. Polonia preparará un cuestionario que la Secretaría de la Comisión enviará a todos los Miembros del Comité con objeto de conocer sus puntos de vista acerca de si existen o no otras variedades de setas silvestres para las que se necesitarían también normas e, igualmente, para pedir a todo Miembro que sugiera el estudio de otra variedad que indique si estaba dispuesto a elaborar el primer proyecto de la norma correspondiente. Se pidió igualmente a Polonia que ejerciera una supervisión de carácter general sobre los trabajos acerca de las setas comestibles con objeto de poder subsanar cualquier incongruencia. El Gobierno de Polonia convocará si fuese necesario una pequeña reunión de expertos para que examinen este asunto y presentará oportunamente proyectos de normas al Comité.

6. Alimentos dietéticos.- La República Federal de Alemania, atendiendo a la petición del Comité Coordinador, y en colaboración con el Reino Unido, había preparado un documento con el proyecto de mandato para el Comité Europeo del Codex sobre Alimentos Dietéticos (SP 10/83-TR). Al presentar este documento, el delegado de la República Federal de Alemania, indicó que un Comité Europeo del Codex sobre Alimentos Dietéticos tendría que formarse después de obtener el asesoramiento de expertos médicos, en nutrición y en etiquetado. El Comité Europeo del Codex sobre Alimentos Dietéticos se encargaría de preparar directrices generales para los diferentes Comité del Codex. El Comité decidió recomendar a la Comisión que el Comité Europeo del Codex sobre Alimentos Dietéticos tuviera como primera tarea la de examinar la definición propuesta de alimento dietético. Según el documento SP 10/83-TR, el mandato de este Comité debe ser, por el momento, el de servir de guía, con la excepción sin embargo de que en el orden de prioridad de los alimentos que ha de estudiar el Comité del Codex deben figurar, en primer lugar, los alimentos para niños de pecho y para diabéticos. El Comité recomendó también que se modificase el punto 1(a) del mandato en la forma siguiente: “Alimentos para madres y niños lactantes y para ancianos”.

7. Caldos y sopas.- El Comité, después de recibir del Gobierno de Suiza un informe sobre la marcha de los trabajos, al que se había adjuntado un apéndice preparado por la Asociación Internacional de Fabricantes de Sopa, aprobó una propuesta de la delegación de Suiza en el sentido de que presentaría otro informe en el plazo de un año, momento en el que podrá examinarse de nuevo la cuestión de la creación de un Comité del Codex para estos productos.

8. Fecha y lugar de la próxima reunión. - El Comité aceptó una invitación del Gobierno de Austria para que celebre su Tercera reunión en Viena, del 24 al 27 de mayo de 1966.

9. Otros asuntos.-

  1. Miel. A propuesta de la delegación de Austria, se convino en recomenda a la Comisión del Codex Alimentarius que la nueva versión de la norma Europea para la Miel, preparada por el Reino Unido, sirva como document básico para los debates de la Comisión sobre este asunto.

  2. Helados comestibles. El Comité Coordinador examinó brevemente una propuesta para la elaboración de normas regionales sobre helados comestibles. Respecto a los helados de crema, se señaló que la Federación Internacional de Lechería tenía en estudio una norma que presentaría al Comité Mixto FAO/OMS de Expertos Gubernamentales sobre el Código de Principios references a la Leche y los Productos Lácteos. Respecto a otros productos similares congelados y a la dificultad de hallar una nomenclatura apropiada para tales productos, se pidió a la delegación de Suecia que preparase un documento para someterlo a la consideración del Comité Coordinador en su tercera reunión.


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