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APENDICE III
INFORME DEL 11oPERIODO DE SESSIONES
DEL
COMITE EJECUTIVO

1. Introducción

El Comité Ejecutivo celebró su 11o período de sesiones en la sede de la FAO, en Roma, el 19 de febrero de 1968, bajo la presidencia del Presidente de la Comisión del Codex Alimentarius, Profesor M.J.L. Dols, y en presencia de los tres Vicepresidentes, Sres. J.H.V. Davies (Reino Unido), H.V. Dempsey (Canadá) y G. Weill (Francia). En representación de las zonas geográficas que se mencionan a continuación asistieron los siguientes observadores: por Asia, el Sr. J.S. Mongia, de la India; por Europa, el Dr. T. Buczma, de Polonia; por América Latina, el Dr. A. Paradoa Alvarez, de Cuba; por América del Norte, el Sr. G. Grange, de los EE.UU.; y por el Pacífico Sudoccidental, el Sr. I. Smith, de Australia, Asistió también el Coordinador para Europa, Dr. R. Wildner (Austria).

2. Aprobación del Programa

El Comité aprobó el programa provisional, con la adición de un tema.

3. Informe del Presidente del Comité Ejecutivo sobre la marcha de los trabajos

El Comité Ejecutivo convino en que, del informe de su décimo período de sesiones, no surgen más cuestiones que exijan la atención de los reunidos en el presente período de sesiones que las que figuran en el programa provisional de mismo.

4. Procedimiento de presentación de candidatos para la elección de la Mesa de la Comisión y de los Miembros del Comité Ejecutivo

El Comité Ejecutivo acordó recomendar a la Comisión el siguiente calendario para la presentación de candidatos y elección de la Mesa de la Comisión y de los miembros del Comité Ejecutivo. El plazo para la presentación de candidatos a Presidente de la Comisión se cerrará al acabar la sesión que ésta celebre el miércoles, 21 de febrero y, si fuera necesario celebrar una elección, ésta tendrá lugar en la mañana del jueves, 22 de febrero. El plazo para la designación de candidatos a vicepresidentes de la Comisión se cerrará al acabar la sesión del viernes, 23 de febrero, y la elección, si fuera preciso, se celebrará en el curso de la tarde del sábado, 24 de febrero. Como término final para la presentación de candidatos a miembros del Comité Ejecutivo que representen las zonas geográficas se fijará el cierre de la sesión de la Comisión el lunes, 26 de febrero, y si hubiera de celebrarse una elección se destinaría a este fin la mañana del martes, 27 de febrero. Los formularios para la presentación de candidaturas se facilitarán en la Secretaría a los miembros de la Comisión que los soliciten. Según el Reglamento, sólo podrán presentar candidatos o votar durante la sesión los miembros de la Comisión que asistan a ella.

5. Recomendaciones del 14o período de sesiones de la Conferencia de la FAO concernientes al Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias

El Comité Ejecutivo tomó nota de que las recomendaciones a que alude el epígrafe se refieren principalmente a los puntos siguientes:

  1. los Directores Generales de la FAO y de la OMS deben examinar los modos y medios de dividir los gastos conjuntos del Programa FAO/OMS sobre Normas Alimentarias de un modo más equitativo.

  2. No se deben establecer más comités del Codex ni emprender nuevos trabajos hasta que se haya terminado parte de la labor que ya se tiene entre manos. Sin embargo, la Conferencia de la FAO acordó que si la Comisión decidiese llevar adelante el proyecto de creación de Comités del Codex sobre Helados Comestibles y sobre Materiales de Envase, debería hacerlo durante el bienio actual.

  3. La Conferencia de la FAO ha recomendado que el Comité FAO/OMS de Expertos Gubernamentales sobre el Código de Principios referentes a la Leche y los Productos Lácteos debe uniformar sus procedimientos con los de la Comisión del Codex Alimentarius.

  4. La Conferencia de la FAO ha recomendado también que la Comisión establezca las directrices para determinar el orden de prioridad de su labor.

El Comité Ejecutivo pidió que se le informe del resultado de las deliberaciones que se celebren entre los dos Directores Generales respecto a las disposiciones presupuestarias de las dos organizaciones para el Programa. El Comité Ejecutivo admitió que no deben comenzarse nuevos trabajos hasta que se hayan terminado algunos de los actuales. El Comité Ejecutivo consideró que, en lo principal, el Comité de Principios referentes a la Leche y los Productos Lácteos sigue las prácticas y procedimientos de la Comisión, pero estimó que debería hacerse una aclaración al párrafo 10 del informe del Primer período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius, con objeto de precisar con exactitud la función de aquel Comité en la estructura general del procedimiento de la Comisión. El Comité Ejecutivo convino en proponer el texto siguiente en sustitución del párrafo 10 del informe del Primer período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius:

Párrafo 10

Texto anterior:

“La Comisión, con arreglo al Artículo IX. l(a) de su Reglamento, decidió que el actual Comité Mixto FAO/OMS de Expertos Gubernamentales sobre el Código de Principios referentes a la Leche y los Productos Lácteos había de considerarse como un Comité plenario de la Comisión, al cual correspondería la competencia exclusiva de todas las cuestiones referentes a la leche y los productos lácteos. Por consiguiente, las decisiones de este Comité, al que pueden pertenecer ya todos los Estados Miembros de la FAO y de la OMS, serán decisiones de la Comisión en este sector particular, sujetas a revisión en reunión plenaria si se solicita. De esta forma, se dio pleno efecto a las recomendaciones de la Conferencia Conjunta FAO/OMS sobre Normas Alimentarias (véase párrafo 39 de su Informe). Los gastos del Comité se sufragaron ya con el presupuesto ordinario de la FAO. En su Quinto período de sesiones, la Comisión, posiblemente, emprenderá la nueva publicación en el Codex del Código de Principios y sus normas derivadas.”

Nuevo texto propuesto por el Comité Ejecutivo:

“La Comisión decidió considerar el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos Gubernamentales sobre el Código de Principios referentes a la Leche y los Productos Lácteos como un Comité comprendido en el Artículo IX.l(a) del Reglamento. El Comité tendría derecho a considerar todas las Normas relativas a la leche y los productos lácteos, pasarlas por los Trámites del Procedimiento para la Elaboración de Normas y presentarlas a los Gobiernos para su aprobación, a excepción de que todas las decisiones del Comité, figuren o no en las Normas, se someterían a revisión por la Comisión a solicitud de cualquiera de los miembros de la Comisión. Las normas formuladas por el Comité de Expertos Gubernamentales están sujetas al procedimiento para ratificación de ciertas disposiciones por los Comités Generales del Codex, según se establece en el párrafo 13 de las Directrices para los Comités del Codex (página 42 del Informe del Cuarto período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius), a excepción de las relativas a la toma de muestras y métodos de análisis.”

Se solicitó de la Secretaría que preparase un documento en el que figurasen directrices provisionales relativas a las prioridades de trabajo para al próximo período de sesiones del Comité Ejecutivo.

6. Invitaciones para los períodos de sesiones del Codex

Se informó al Comité Ejecutivo sobre las decisiones recientes de la Conferencia de la FAO relativas a la invitación a los organismos internacionales no gubernamentales que carecen de status formal con la FAO o con la OMS para que asistan a los períodos de sesiones del Codex. A solicitud de la Conferencia, la Secretaría está preparando una lista de los organismos que se considera tienen un interés legítimo en los trabajos de la Comisión del Codex Alimentarius y de sus órganos auxiliares, lista que se presentará al Consejo de la FAO para su aprobación. Esta lista se facilitará a los Presidentes de los Comités del Codex y los Puntos de Contacto del Codex.

7. Asistencia pública a las sesiones del Codex

La Secretaría llamó la atención del Comité Ejecutivo sobre el número creciente de solicitudes que se habían recibido de representantes de los fabricantes de productos químicos y alimenticios para asistir a los períodos de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius en calidad de simple público. El Comité Ejecutivo reafirmó la decisión de la Comisión, que figura en las Directrices para los Comités del Codex de que los órganos auxiliares de la Comisión deben trabajar a puerta cerrada. De acuerdo con el Reglamento, a menos que la Comisión decida otra cosa, las reuniones de la Comisión del Codex Alimentarius serán públicas.

8. Publicación del Codex Alimentarius

El Comité Ejecutivo solicitó que la Secretaría examine con las personas adecuadas de ambas Organizaciones la cuestión de las disposiciones que habría que adoptar para la venta del Codex Alimentarius, en el entendimiento de que los gobiernos de los Estados Miembros continuarán recibiendo un cierto número de copias gratis. La Secretaría notificó al Comité Ejecutivo que estaba prevista en los presupuestos la publicación del Manual de Procedimientos que había sido solicitado por la Comisión en su Segundo período de sesiones. Se esperaba poder publicarlo simultáneamente con el informe del Quinto período de sesiones y distribuirlo gratis.

9. Propiedad intelectual respecto a los métodos de análisis

El Comité Ejecutivo llegó a la conclusión de que cualquier dificultad que pueda surgir al aplicar los derechos de propiedad intelectual deberían tratarse según cada caso particular. Se recomendó que, cuando pudieran presentarse problemas de propiedad intelectual, la Secretaría se dirigiera por escrito al titular de estos derechos, preguntándole si podría renunciar a ellos en favor de la Comisión.

10. Concepto de norma general

El Comité Ejecutivo estudió las decisiones que habrían de tomarse referentes a un documen to preparado por la delegación del Reino Unido, que había sido solicitado por el Comité del Codex sobre Principios Generales en su Segundo período de sesiones respecto al “Concepto de una Norma General”. El Comité Ejecutivo decidió que este documento se enviase a los gobiernos para que formulasen sus observaciones. Si, durante su Quinto período de sesiones, la Comisión del Codex Alimentarius considerase necesario celebrar una reunión del Comité del Codex sobre Principios Generales en 1968, las observaciones de los gobiernos sobre el concepto de una Norma General deberían enviarse al Presidente del Comité del Codex sobre Principios Generales. En el caso de que no se celebrase ninguna reunión del Comité del Codex sobre Principios generales en 1968, las observaciones deberían enviarse a la Secretaría de la FAO, en Roma. A la vista de las observaciones de los gobiernos, la Comisión podría decidir, en su Sexto período de sesiones, el establecimiento de un Subcomité durante las sesiones para la preparación de una norma general.

11. Normas regionales

El Comité Ejecutivo examinó una solicitud de la delegación canadiense relativa a la forma en que podría hacerse una enmienda formal al Reglamento referente a las Normas regionales durante el período de sesiones de la Comisión. El Comité Ejecutivo hizo constar que esta enmienda habría de estar a disposición de los miembros de la Comisión 24 horas antes de la discusión del Tema 17 del Programa “Enmiendas al Reglamento”. En el caso de que la delegación canadiense deseara proponer un tema separado referente a normas regionales, dicho tema habría de figurar en una lista suplementaria de temas del programa y habría de estudiarse bajo el tema “Otros asuntos” por la Comisión.

12. Observancia de las directrices

El Comité Ejecutivo recomendó, basándose en las reuniones de los Comités del Codex celebradas en 1967, que los Presidentes de los Comités del Codex debieran evitar sobrecargar sus programas con más proyectos de normas de los que razonablemente pueden examinarse durante los períodos de sesiones del Comité respectivo. Por otra parte, ciertos Comités, especialmente los que tratan de cuestiones generales, puede que en determinadas circunstancias deseen que sus reuniones duren más de una semana. El Comité Ejecutivo recomendó también que la Secretaría FAO/OMS debiera intentar procurar que cuando se pidan observaciones acerca de un proyecto de norma a los gobiernos, éstos dispongan al menos de un mínimo de tres meses a contar de la recepción del documento pertinente, para poder hacer dichas observaciones.

El Comité Ejecutivo tomó nota de que la mayoría de los Gobiernos responsables de Comités del Codex no facilitan los medios de Secretaría que se requieren en las Directrices. Además, muchos de los gobiernos hospedantes seguían recurriendo a la Secretaría FAO/OMS para preparar el proyecto de informe de las reuniones de los Comités. El Comité Ejecutivo recomendó que la Comisión debiera hacer ver a los Presidentes de los Comités del Codex que, de conformidad con las Directrices, los gobiernos hospedantes tienen la responsabilidad de facilitar un secretario para el Comité y los medios de secretaría adecuados. La función de la Secretaría FAO/OMS consiste principalmente en asesorar en las cuestiones de procedimiento y de otra índole pertinentes que decida la Comisión otros órganos auxiliares. Podrá disponerse de ella para que ayude a redactar el informe, pero no debe pedírsele que asuma la responsabilidad principal cuando se reúnan los Comités del Codex.

13. Presidencia de los Grupos CEPE/Codex de Expertos

El Comité Ejecutivo recomendó que los Grupos de Expertos sobre Zumos de Fruta y sobre Alimentos Congelados debieran considerar la adopción de los procedimientos de la Comisión del Codex Alimentarius, eligiendo al final de cada período de sesiones el Presidente de la próxima reunión.

14. Programa Provisional de la Comisión del Codex Alimentarius

El Comité Ejecutivo estimó que, en lo futuro, las cuestiones que requieran una decisión de la Comisión (por ejemplo, hongos comestibles, caldos y sopas) debieran figurar como cuestiones independientes en el Programa Provisional de la Comisión. Se hizo notar que en esta ocasión estas dos cuestiones se examinarán conjuntamente con el informe del Comité Coordinador para Europa y que el Presidente debiera informar de esto a la apertura del período de sesiones a los miembros de la Comisión.


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