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APENDICE III

COMITE DEL CODEX SOBRE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS
PROCEDIMIENTO PARA EL EXAMEN PERIODICO DE LOS LMR
(Presentado a la Comisión para su aprobación)

El procedimiento para el examen periódico consta de dos fases distintas que se describen a continuación:

FASE I

IDENTIFICACION DE SUSTANCIAS QUIMICAS QUE REQUIEREN EXAMEN
PERIODICO Y RECABAR COMPROMISOS DE DATOS
(1er año, reunión del CCPR
)

1. Identificar las sustancias químicas que han de ser reevaluadas

Con carácter anual, el CCPR (Grupo de Trabajo sobre Prioridades) indica las sustancias químicas que reúnen los criterios siguientes:

De ser posible, podrán prepararse listas provisionales para varios años.

2. Notificar a quienes disponen de datos o a otras partes interesadas la lista de sustancias que requieren ser evaluadas

Los gobiernos y organismos internacionales representados en la reunión anual del CCPR notifican rápidamente a quienes disponen de datos actualizados (o a otras partes interesadas) la lista de productos que han de someterse a examen periódico, y, en su caso, las listas provisionales para los años siguientes. También se incluirá una copia del procedimiento más reciente para el examen periódico.

3. Invitar a comprometerse a presentar datos que apoyen los Límites Máximos del Codex (CXL) para Residuos vigentes o nuevos

Tras notificar a quienes disponen de datos (o a otras partes interesadas) la lista de sustancias químicas que requieren examen periódico, los gobiernos y organismos internacionales averiguarán la voluntad de esas partes de proporcionar datos para dicho examen y les asesorán acerca de las consecuencias, si decidieran no hacerlo.

La invitación a un compromiso requerirá que se responda por escrito, en el término de seis meses, a:

En la invitación se pedirá que en la respuesta se dé la siguiente información:

  1. Una lista de todos los productos para los cuales las partes interesadas quieran apoyar los CXL.

  2. Un resumen de todas las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) en uso que quieran dar y que sean pertinentes para los datos sobre residuos que deseen aportar (p.ej., productos y países para los que pueden darse resúmenes detallados de BPA y etiquetas representativas).

  3. Una lista de todos los estudios químicos (residuos, metabolismo, transferencia animal, elaboración, estabilidad de las muestras analíticas almacenada, métodos analíticos, etc.) y toxicológicos y otros datos que están dispuestos a suministrar (independientemente de que los hayan dado anteriormente), además de los que facilitan para presentar a la JMPR paquetes completos de datos. Se estimula asimismo a hacer observaciones sobre la situación del registro de los productos químicos a nivel nacional. Los datos cuya presentación se promete deberán identificarse en la respuesta indicando el título del estudio o informe y el número, autor y fecha.

4. Repetir la notificación e invitación

Por medio de una carta circular del Codex que acompañará al informe de la reunión, la Secretaría repetirá la notificación y la petición. Al recibir la circular con la petición, los gobiernos y organismos internacionales, a su vez, repetirán inmediatamente su notificación e invitación a las partes interesadas identificadas que pueden no haber estado representadas en el CCPR (no habiendo recibido el informe de la reunión y la circular que lo acompañaba). Las partes interesadas sólo tienen que responder a una de las peticiones pero deberán copiar las direcciones de los destinatarios de las resquestas indicadas en el punto 3.

FASE II

INFORME DE SITUACION SOBRE LOS COMPROMISOS DE DATOS Y
SEGUIMIENTO POR EL CCPR

(2o año, reunión del CCPR)

1. Informe de situación sobre los compromisos de datos - El Grupo de Trabajo sobre Prioridades presentará un informe y un documento de sala al CCPR sobre la situación en cuanto a los compromisos de aportar datos para cada compuesto identificado en el 1er año. Esta información servirá para programar los exámenes de la JMPR o hacer otras recomendaciones como la retirada de los CXL.

2. Respuesta a los compromisos de datos

  1. Si no hay compromisos - de aportar e identificar o elaborar datos en apoyo de los CXL vigentes, el CCPR recomendará que los CXL sean retirados por la Comisión del Codex en su próximo período de sesiones.

  2. Si hay compromisos - de aportar e identificar o elaborar datos en apoyo de los CXL vigentes, se programará el examen de los LMR por la JMPR. El examen de la JMPR tendrá lugar con arreglo a uno de los siguientes modelos teóricos:

  1. Si los datos prometidos no se presentan, o bien los datos presentados para el examen inicial son insuficientes y no se asume compromiso alguno de producir nuevos datos para la siguiente reunión del CCPR, el CCPR recomienda la supresión del CXL.

RESUMEN DEL PROCEDIMIENTO DE EXAMEN PERIODICO PARA LOS LMR DEL CODEX

1 LMR del Codex adoptado por la Comisión del Codex Alimentarius. La Comisión puede decidir la supresión de determinados LMR del Codex sobre la base de las recomendaciones formuladas por el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas.


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