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Apéndice VII. NORMA GENERAL DEL CODEX PARA LOS CONTAMINANTES Y LAS TOXINAS PRESENTES EN LOS ALIMENTOS: LISTA ANOTADA DE CONTAMINANTES Y TOXINAS (ANEXO IV) Y SISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE LOS ALIMENTOS (ANEXO V) (En el Trámite 8)

LISTA ANOTADA DE CONTAMINANTES Y TOXINAS (ANEXO IV)

INTRODUCCION

En el presente Anexo figura una lista anotada de los contaminantes y las toxinas de los que se ocupa o se ha ocupado el CCFAC. Dicha lista no abarca solamente los contaminantes y las toxinas para los que ya existen o se están elaborando normas del Codex, sino también aquéllos para los cuales se requiere más información o sobre los cuales se ha adoptado una decisión en el ámbito del Codex.

La lista anotada tiene por objeto ofrecer un cuadro general de la situación relativa a las decisiones del Codex sobre este asunto, y dar orientación acerca de nuevas medidas que hayan de adoptarse al respecto. Por lo tanto, también se añaden a la lista otra información pertinente y algunas referencias. Esta información incluirá al menos los criterios actuales de importancia para el procedimiento de adopción de decisiones del CCFAC.

Se trata, pues, de una lista activa que ha de actualizarse periódicamente. Con objeto de crear una estructura para ello y de facilitar las operaciones de registro y recuperación de los datos, se asigna un número a los contaminantes y las toxinas de la lista.

La situación relativa a los contaminantes y toxinas es muy compleja, y muchas sustancias son o han sido objeto de investigaciones y debates científicos en cuanto a su presencia en los alimentos y su importancia para la salud humana y animal. A nivel nacional existen muchas actividades, que a veces implican medidas legales que pueden afectar al comercio internacional de alimentos y piensos. Evidentemente, es importante que el CCFAC tome nota de la evolución de este sector y examine la necesidad de adoptar nuevas medidas. Con el fin de ofrecer un cuadro general de la situación, el CCFAC redactará y mantendrá un documento de trabajo en el que se resumirá información más completa sobre los contaminantes y toxinas presentes en los alimentos. El documento constará de una lista anotada completa de los contaminantes y toxinas (Anexo IV-A) y de una recopilación de información sobre las sustancias de la lista, con las referencias correspondientes (Anexo IV-B). El Anexo IV-A se estructurará de conformidad con un sistema de clasificación de sustancias en base al cual se asignarán números de código a las sustancias de la lista para permitir que el registro y la presentación de los datos resulten lógicos y fáciles. Esta lista más completa constituirá la base de los números de código que se utilizarán en el Anexo IV.

SISTEMA DE CLASIFICACION DE LOS ALIMENTOS (ANEXO V)

INTRODUCCION

El sistema de clasificación de alimentos de la Norma General del Codex para los Contaminantes y las Toxinas Presentes en los Alimentos (NGC) tiene por objeto desempeñar las funciones siguientes:

Tiene una estructura lógica que permite una presentación clara y sistemática de los niveles máximos (NM) (propuestos). Contiene (referencias a) definiciones de los productos y definiciones de la parte del producto que se analiza y a la que se aplica el NM. Contiene, además, códigos para las categorías de productos y los distintos alimentos, a fin de que los datos puedan almacenarse y consultarse de manera oportuna.

Para lograr la mayor armonización posible, se utiliza un sistema de clasificación convenido ya en uso.

En la NGC se emplea el sistema elaborado en el marco del CCPR, que resulta adecuado también para los contaminantes. Se ha adoptado para determinar las características de los diferentes grupos de alimentos y piensos y de los distintos productos alimenticios. Este sistema, descrito en el Anexo V-A, está elaborado específicamente para los productos agrícolas primarios, pero es necesario que se amplíe ulteriormente para abarcar los productos elaborados. Por lo tanto, cuando sea necesario, se introducirán nuevos códigos de (sub)grupos o códigos de productos. Dichos códigos se describen en el Anexo V-A. El Anexo V-A contendrá además las descripciones de productos que difieren de las incluidas en el sistema vigente descrito por el CCPR.

Siempre y cuando sea posible, los textos descriptivos que acompañan a las categorías de alimentos contienen o deberían contener también indicaciones acerca del factor de concentración o dilución en los productos elaborados mencionados, en relación con el producto o los productos primarios en cuestión. De esta manera puede realizarse una primera estimación de la posible transferencia de contaminantes de los productos primarios a los diversos productos elaborados. Sin embargo, ha de tenerse en cuenta que la distribución específica de un contaminante en el producto primario y su comportamiento durante la elaboración constituyen un factor que complica la situación. Tal vez se requiera mayor asesoramiento para esos casos. Véanse también las indicaciones generales del Anexo I y la información específica que se facilita, en su caso, en relación con el contaminante.

Descripción del sistema de clasificación de alimentos de la NGC

La primera parte contiene el sistema de clasificación elaborado y actualmente adoptado por el CCPR. Consta de cinco categorías que abarcan los productos alimenticios primarios de origen vegetal y de origen animal, los productos forrajeros primarios y los productos elaborados de origen vegetal y de origen animal. Las categorías se subdividen en 19 tipos y 93 grupos, que se identifican con códigos numéricos y alfabéticos.

Se hace referencia al Vol. 2 del Codex Alimentarius, sección 2 (1993), en el que se describe este sistema, y al documento CX/PR 92/6 (en el que se introdujo un distinto tipo de numeración de grupo).

El Anexo V-A es la otra parte del sistema de clasificación de alimentos para la NGC. Se ha elaborado y adoptado en el ámbito del CCFAC, y es complementaria del sistema descrito en la primera parte. Se aplica principalmente a alimentos elaborados, derivados y de varios ingredientes, y abarca todos los tipos, grupos y descripciones de productos que son necesarios para asignar códigos de clasificación de alimentos a los NM del Codex vigentes o previstos para contaminantes.

ANEXO V-A

SISTEMA COMPLEMENTARIO DE CLASIFICACION DE ALIMENTOS PARA LA NGC

INTRODUCCION

Las siguientes adiciones al sistema de clasificación de alimentos descrito en el Anexo V-A permitirán satisfacer la necesidad de asignar un número de código numérico a los productos que no están incluidos en el Anexo V-A. Los productos en cuestión son principalmente productos elaborados o derivados y alimentos de varios ingredientes.

El sistema se ha concebido como lista completa (de carácter general), con el fin de poder satisfacer las eventuales necesidades futuras.

En esta fase no se proporciona ninguna definición ni código para productos individuales, ya que para que se pueda juzgar la aceptabilidad del sistema parece suficiente limitarse al nivel de los tipos o grupos. La clasificación puede elaborarse más detalladamente en caso de que sea necesario.

El sistema utilizado en la NGAA para la clasificación de alimentos se ha empleado en la medida en que ha sido compatible con el sistema de clasificación del Codex ya en uso que se describe en el Anexo V-A.

Véase la lista de las nuevas categorías de alimentos propuesta, que se adjunta. Para que pueda comprenderse mejor el sistema propuesto, se añaden algunas explicaciones y también determinadas categorías existentes de alimentos afines.

Las descripciones de los productos pueden tomarse a menudo de las normas del Codex vigentes.

Se añadirá información concerniente a los factores de concentración y dilución en relación con la transferencia de contaminantes de los productos primarios, cuando ello sea necesario y siempre que se disponga de dicha información.

También pueden mencionarse en este Anexo las definiciones de la parte del producto que ha de analizarse y a la que se aplicará el NM de un contaminante, que sean diferentes de las definiciones ya incluidas en el Anexo V-A.

Categoría

Tipo

Grupo

Código alfabético

Descripción de los grupos de productos

D




ALIMENTOS ELABORADOS DE ORIGEN VEGETAL (ya existente)

D

01



Productos secundarios de origen vegetal (5 grupos ya existentes)

D

01

06

TF

Productos a base de fruta elaborada (pelada, cortada, congelada, etc.) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para las frutas)

D

01

07

TV

Productos a base de hortalizas elaboradas (limpiadas, cortadas, congeladas, etc.) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para las hortalizas)

D

02



Productos derivados de origen vegetal (7 grupos ya existentes)

D

02

08

JV

Zumos (jugos) y purés de hortalizas (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para las hortalizas)

D

02

09

SH

Azúcares, jarabes y miel (nuevo grupo propuesto; códigos de productos aún por asignar)

D

03



Alimentos elaborados de origen vegetal (de varios ingredientes) (1 grupo ya existente)

D

03

01

CP

Productos elaborados a base de cereales (de varios ingredientes) (por ej., pan y otros productos cocidos a base de cereales) (grupo ya existente)

D

03

02

CB

Bebidas derivadas de cereales (por ej., cerveza) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

D

03

03

NF

Néctares de fruta (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para las frutas)

D

03

04

FF

Bebidas a base de frutas fermentadas (vino, sidra) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para las frutas)

D

03

05

DA

Bebidas alcohólicas destiladas (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

D

03

06

FJ

Compotas, jaleas, mermeladas de frutas (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para las frutas)

D

03

07

SF

Salsas picantes a base de frutas y preparados similares (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para las frutas)

D

03

08

SV

Salsas picantes a base de hortalizas y preparados similares (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para las hortalizas)

D

03

09

PS

Preparados a base de nueces, semillas oleaginosas y otras semillas (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para productos)

D

03

10

PP

Otros productos elaborados de origen vegetal (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

E




ALIMENTOS ELABORADOS DE ORIGEN ANIMAL (categoría ya existente)

E

01



Productos secundarios de origen animal (2 grupos ya existentes)

E

01

03

MS

Productos cárnicos secundarios (por ej., carne cocida) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para la carne)

E

01

04

ES

Productos secundarios del huevo (por ej., huevos en polvo) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para los huevos)

E

01

05

WS

Productos pesqueros secundarios (por ej., pescado ahumado) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para el pescado)

E

02



Productos derivados de origen animal (4 grupos ya existentes)

E

02

05

MC

Productos cárnicos derivados (por ej., extracto de carne) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para la carne)

E

02

06

ED

Productos derivados del huevo (por ej., clara de huevo, yema) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para los huevos)

E

02

07

WD

Productos pesqueros derivados (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para el pescado)

E

03



Alimentos elaborados de origen animal (de un solo ingrediente) (1 grupo ya existente)

E

03

01

LI

Productos lácteos elaborados (de un solo ingrediente) (grupo ya existente)

E

03

02

MT

Productos cárnicos elaborados (por ej., carne curada) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para la carne)

E

03

03

EM

Productos elaborados a base de huevo (por ej., clara de huevo en polvo) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para los huevos)

E

03

04

WP

Productos pesqueros elaborados (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos pueden obtenerse de los códigos ya en uso para el pescado)

E

04



Alimentos elaborados de origen animal (de varios ingredientes) (1 grupo ya existente)

E

04

01

LM

Productos lácteos elaborados (de varios ingredientes) (grupo ya existente)

E

04

02

MP

Productos cárnicos elaborados (de varios ingredientes) (por ej., embutidos) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos han de elaborarse en relación con la descripción de los productos)

E

04

03

EP

Productos elaborados a base de huevo (de varios ingredientes) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos han de elaborarse en relación con la descripción de los productos)

E

04

04

WI

Productos pesqueros elaborados (de varios ingredientes) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos han de elaborarse en relación con la descripción de los productos)

F




ALIMENTOS ELABORADOS DE VARIOS INGREDIENTES (nueva categoría propuesta)

F

01



Bebidas (de varios ingredientes) (nuevo tipo propuesto)

F

01

01

BS

Bebidas (bebidas no alcohólicas y preparados similares) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

01

02

BA

Bebidas alcohólicas de varios ingredientes (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

02



Salsas, condimentos para ensaladas, sopas, "bouillons", etc. (nuevo tipo propuesto)

F

02

01

SP

Aderezos y condimentos (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

02

02

PV

Vinagres (de varios ingredientes) (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

02

03

PM

Mostazas (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

02

04

BS

Sopas y caldos (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

02

05

ME

Salsas y productos similares (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

02

06

BC

Emulsiones para ensaladas y emparedados (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

03



Chocolate y otros productos de repostería (nuevo tipo propuesto)

F

03

01

CC

Productos de chocolate (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

03

02

CS

Productos de repostería a base de azúcar, incluidos productos a base de nueces y productos similares de varios ingredientes (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

03

03

CG

Goma de mascar (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

04



Margarinas y otros alimentos grasos de varios ingredientes (nuevo tipo propuesto)

F

04

01

FF

Margarinas con un contenido de grasa > 80% (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

04

02

LF

Margarinas con un contenido de grasa < 80% (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

04

03

OF

Otros productos a base de emulsiones para untar (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

05



Productos de panadería de varios ingredientes (nuevo tipo propuesto)

F

05

01

BF

Productos de panadería fina [a base de patatas (papas), cereales o almidón] (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

05

02

BS

Aperitivos [a base de patatas (papas), cereales o almidón] (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

05

03

NS

Nueces con revestimiento salado, otros aperitivos a base de nueces, mezclas de nueces (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

06



Alimentos de varios ingredientes para regímenes especiales (nuevo tipo propuesto)

F

06

01

ID

Preparados para niños de pecho y preparados complementarios (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

06

02

CD

Alimentos de destete (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

06

03

HD

Preparados dietéticos para fines medicinales especiales (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

06

04

TD

Preparados dietéticos para regímenes de adelgazamiento y reducción del peso (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

06

05

SD

Alimentos complementarios para usos dietéticos (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

F

06

06

AD

Complementos alimentarios (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

G




OTROS PRODUCTOS COMESTIBLES (nueva categoría propuesta)

G

01



Aguas, minerales y compuestos orgánicos (nuevo tipo propuesto)

G

01

01

DW

Agua potable, aguas minerales, aguas de mesa (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)

G

01

02

SW

Sal, sucedáneos de la sal, preparados a base de minerales (nuevo grupo propuesto; los códigos de productos se asignarán según sea necesario)


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