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III. PROBLEMAS DE LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACION, A LARGO PLAZO

El Consejo estableció un Comité ad hoc sobre Problemas a Largo Plazo integrado por representantes de los siguientes países: Australia, Chile, Cuba, Checoeslovaquia, Dinamarca, Francia, India, Países Bajos, la Unión Sudafricana y los Estados Unidos de América. Este Comité estuvo encargado de considerar las funciones del Consejo y de la FAO en relación con los objetivos de largo alcance de la Organización, así como la esfera de actividades de un comité que se encargue de estudiar los problemas de producción a largo plazo. El Consejo adoptó el informe presentado por dicho Comité en la sesión de clausura celebrada el ll de noviembre.

1. En opinión del Consejo, la FAO deberá tomar parte activa y contínua en todas y cada una de las fases del desarrollo de los programas de producción de las naciones miembros, durante las etapas de:

  1. Preparación de los planes;

  2. Coordinación de los planes en la esfera mundial; y

  3. Consultas con otras organizaciones internacionales y naciones miembros, a fin de que pueda disponerse de los abastecimientos y servicios que se requieran para la realización de los programas de producción de los diferentes países, recomendando los ajustes que sean necesarios.

2. Se acordó que el Consejo de la FAO adopte medidas urgentes para lograr los objetivos de largo alcance establecidos tanto en la Conferencia de Hot Springs como en los tres períodos de sesiones celebrados por la Conferencia de la Organización, con especialidad los que fueron definidos durante el Segundo Período de Sesiones en los siguientes términos:

“(a) desarrollo y organización de la producción, distribución y aprovechamiento de los productos alimenticios básicos, a fin de que los habitantes de todos los países disfruten de una alimentación adecuada para la conservación de la salud:

(b) estabilización de los precios de los productos agrícolas a niveles equitativos tanto para los productores como para los consumidores.”

3. Las medidas primordialmente más necesarias para el logro de estos objetivos pueden clasificarse de la siguiente manera:

  1. preparación de programas nacionales de producción;

  2. análisis y revisión de estos programas en relación con los objetivos generales de la FAO, así como con las posibilidades de realización;

  3. medidas que se requieren para ayudar al logro de las metas de producción; y

  4. medidas (más allá del período transitorio de asignaciones) tendientes a facilitar la distribución y mejor aprovechamiento de los abastecimientos alimenticios, sobre las cuales pudiera llegarse a un acuerdo.

4. Para lograr el desarrollo y la organización de abastecimientos alimenticios más abundantes, es requisito indispensable que las naciones miembros preparen programas nacionales de producción y distribución. Con sujeción a los principios y objetivos pertinentes adoptados por la Organización y la Conferencia de Hot Springs, y de conformidad con la Resolución 65 de la Comisión II, aprobada durante el Tercer Período de Sesiones de la Conferencia de la FAO, cada país deberá fijar sus propias metas de producción y establecer los medios para lograrlas. En estos programas se deberán incluir también indicaciones respecto a la mano de obra, dinero y materiales requeridos:

  1. de que se disponga en el país,

  2. que se requieran del exterior, o

  3. disponible para exportación.

El Consejo debe dar los pasos necesarios para poder suministrar la ayuda que las Naciones Miembros puedan solicitar para la preparación de estos programas nacionales. Esta deberá ser una de las primeras y más importantes funciones de las Oficinas Regionales tan pronto como queden establecidas. El Consejo ha tomado nota de que la Secretaría ha solicitado ya información a ciertos gobiernos miembros acerca de los progresos alcanzados en el establecimiento de sus programas nacionales de producción y distribución, y recomienda que se soliciten iguales informes de otros gobiernos miembros, consultándoles qué ayuda pudiera serles más útil en la preparación de tales programas. El Consejo estará entonces en condiciones de considerar todas las solicitudes de ayuda, a la luz de sus posibilidades para ofrecer consejo y asistencia práctica.

5. Una vez que se hayan recibido los programas de producción de los diferentes países miembros, el Consejo de la FAO deberá proceder a analizarlos, teniendo presente los siguientes objetivos:

  1. presentar a la Conferencia anual de la Organización el cuadro de la situación mundial respecto a nutrición, producción y comercio que de ellos se desprenda, y

  2. proceder a tomar medidas posteriores durante el período comprendido entre Conferencias bajo los lineamientos siguientes:

    1. formular recomendaciones que tiendan a aumentar la producción agrícola en los casos que sea necesario, así como hacer ajustes entre las existencias y la demanda más allá del período transitorio de asignaciones;

    2. consultar con las naciones miembros respecto a producción y comercio exterior en lo que se refiere a fertilizantes, maquinaria agrícola u otros artículos necesarios para la producción agrícola;

    3. celebrar consultas, cuando se estime conveniente, con los consejos sobre productos agrícolas y grupos encargados de su estudio, el Banco Internacional para Reconstrucción y Fomento, el Fondo Monetario Internacional, la Organización Internacional del Comercio, una vez que haya sido creada, y cualquier otro organismo que tenga intervención en determinados aspectos de estos diversos asuntos; y

    4. emprender cualquiera otra acción necesaria, que esté dentro de las facultades del Consejo, acerca de las medidas que pudieren contribuir a la coordinación de los programas nacionales en materia agrícola y de alimentación.

6. La creación de un Comité encargado de la Política sobre Producción y Distribución facilitará la ejecución eficaz de este plan de trabajo. Este Comité deberá ser establecido inmediatamente, señalándosele como esfera de acción la que se expuso ya en el punto 5. Dicho Comité deberá reunirse cuantas veces sea necesario, y obligatoriamente en vísperas de cada una de las reuniones del Consejo. En este Comité deberán estar representadas todas las regiones del mundo así como los intereses de los países que registren excedentes (exportadores) y déficit (importadores). Para poder lograr este fin, el Comité deberá estar integrado por representantes de ocho naciones miembros.

De conformidad con esta recomendación, el Consejo estableció un Comité Encargado de la Política sobre Producción y Distribución, integrado por las siguientes ocho naciones miembros: Australia, Cuba, Egipto, Francia, India, Países Bajos, Reino Unido y los Estados Unidos de América.


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