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VIII. REGLAMENTO DEL PERSONAL

El Consejo nombró a una Comisión de Estudio para que considerara el proyecto de Reglamento General del Personal sometido por el Director General con su memorandum (CL 4/7). La Comisión de Estudio recomendó varias enmiendas al proyecto de reglamento, que se detallan en su informe.

El Consejo adoptó el informe de la Comisión de Estudio (CL 4/15) y dió su aprobación al reglamento con las enmiendas sugeridas por ese cuerpo, para que entre en vigor el 12 de noviembre de 1948.

Habiendo sido informado por el Director General que éste se propone pedir a la Conferencia que considere el establecimiento de un Tribunal Administrativo, tal como lo prescribe el Artículo XV de la Constitución, el Consejo tomó en cuenta que cualquier medida que tome la Conferencia sobre la materia puede implicar que se reconsidere el artículo que recomienda el establecimiento de un Comité Interno de Apelaciones encargado de asesorar al Director General en el caso de recursos contra medidas disciplinarias.


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