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VII. SEDE DE LA OFICINA REGIONAL DEL LEJANO ORIENTE

De acuerdo con la recomendación formulada por la Conferencia en su Cuarto Período de Sesiones, el Consejo se ocupó de nuevo de estudiar cuál debe ser la sede de la Oficina Regional del Lejano Oriente, y remite a la Conferencia, con algunos cambios de poca importancia, una nota al respecto preparada por el Director General (C49/26).

Si bien acepta el principio propuesto en la reunión celebrada en Baguio en febrero–marzo de 1948 de que la sede de la Oficina Regional del Lejano Oriente cambie por rotación de un país a otro, el Consejo aprueba la recomendación del Director General de que la mencionada oficina continúe en Bangkok hasta fines de 1951. Se estima que el período de sesiones del Consejo que preceda al de la Conferencia en 1951 ofrecerá una buena oportunidad para considerar de nuevo este asunto.


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