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CUESTIONES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS

Formato y modo de presentación del Programa de Labores y Presupuesto para 1972–73

251. El Consejo ratificó las propuestas del Director General respecto al formato y modo de presentación del Programa de Labores y Presupuesto para 1972–73, contenidas en el documento CL 55/36, teniendo en cuenta las opiniones expuestas y las recomendaciones hechas por el Comité del Programa en sus 17o y 18o períodos de sesiones, y por el de Finanzas en sus 23o y 24o períodos de sesiones.

252. El Consejo observó que el formato del programa-presupuesto relativo a los fondos ordinarios se basaba en las Esferas de concentración, y, asimismo, que para dar un cuadro completo de los objetivos integrales de la FAO, serán incluidos también los fondos del PNUD y otros recursos de carácter extrapresupuestario, aun cuando las medidas que adopte la Conferencia se circunscribirán únicamente al Programa Ordinario.

253. El Consejo reconoció que la introducción en la FAO del presupuesto por programas está todavía en sus fases iniciales y que harán falta nuevas revisiones a medida que el sistema se desenvuelva plenamente en el futuro. Subrayó las oportunidades que con ello se ofrecían para establecer un orden de prioridades entre los distintos programas y recomendó a los Comités del Programa y de Finanzas que examinen con arreglo a los mismos criterios el proyecto de Programa de Labores y Presupuesto.

254. El Consejo recomendó la inclusión de un cuadro que muestre la asignación de los Fondos Generales de los Organismos de Ejecución a las distintas dependencias en el Programa de Labores y Presupuesto para 1972–73. El Director General se mostró dispuesto a proporcionar un anexo en que figuren esos fondos, procedentes de todas las fuentes, por Departamentos y Direcciones para el bienio 1970–71 en el citado Programa de Labores y Presupuesto, pero omitiendo del documento de 1970–71 el anterior Anexo VIII: “Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Fondo Especial) Costos de Organismo de Ejecución aprobados al 1o de enero de 1969 - Consignaciones.”

255. El Consejo hizo notar que, en el Programa de Labores y Presupuesto para 1972–73, se incluiría a fines informativos, un Anexo Orgánico. Observó que este anexo comprendería respecto a cada Departmento y Dirección los habituales cuadros de estructura orgánica y de personal mostrando todos los cambios que experimente la plantilla, más otro en el que se expongan todos los subprogramas asignados a cada Dirección. Las alteraciones que se hagan en el destino de los recursos se indicarán en notas explicativas y, desde luego, habrá además una Introducción a todo el Programa de Labores y Presupuesto que tratará de las principales cuestiones que se aborden en él, entre ellas las necesidades de los países en desarrollo.

256. El Consejo tomó nota también de que ahora hay un documento independiente con el resumen de las recomendaciones de las Conferencias Regionales de 1970 1 y que, por tanto, no es preciso incluir en el documento de 1972–73 el Anexo XI del Programa de Labores y Presupuesto para 1970–71: “Resumen de las recomendaciones de las Conferencias Regionales celebradas en 1968”.

257. El Consejo recomendó que la Conferencia apruebe, en su 16o período de sesiones, la siguiente enmienda al Reglamento Financiero (el subrayado corresponde al nuevo texto; las palabras suprimidas se incluyen entre corchetes):

Artículo III

El Presupuesto

3.3 El proyecto de presupuesto se presentará sobre la base de presupuesto por programas y estará dividido [por funciones] en capítulos y objetivos por programas, y cuando sea necesario, en programas y subprogramas [subcapítulos; los capítulos y subcapítulos se dividirán con arreglo a la finalidad de los gastos, en artículos y, de ser necesario, en subartículos]. El proyecto de presupuesto incluirá el programa de labores del correspondiente ejercicio económico y los datos, anexos o exposiciones explicativos que hayan sido solicitados en nombre de la Conferencia y del Consejo, así como los anexos y exposiciones adicionales que considere pertinentes el Director General.

1 CL 55/15.

Formato y método de presentación de la Labor de la FAO, 1970–71 y del Examen de las Actividades de Campo de la FAO

258. El Consejo compartió la opinión del Comité del Programa, de que debería prepararse un único documento que incluyese las actividades del Programa Ordinario y de los programas de campo de la FAO, y que tratase de las actividades de la FAO sobre una base de programas y no orgánica.

259. El Consejo se mostró de acuerdo también con el esquema propuesto para la presentación del documento, pero estimó que convendría una cierta flexibilidad en particular durante el período de transición al nuevo sistema.

Medidas para el mejoramiento de la gestión administrativa

260. El Consejo tomó nota de los Informes de los Comités del Programa y de Finanzas sobre la forma en que se van aplicando las recomendaciones de los consultores externos para la mejora de la eficacia de la gestión interna de la Organización. Tomó nota especialmente de las nuevas medidas sobre organización que se han traducido en una reducción sustancial de los puestos de secretaría, y consideró que había que esforzarse por introducir mejoras semejantes en los sectores del personal de oficina y profesional.

Asuntos de personal

Examen de las plantillas de personal de las Oficinas Regionales

261. El Consejo se declaró de acuerdo con la propuesta del Director General de transferir la Oficina Regional para Europa de Ginebra a Roma, y fusionarla con el antiguo Servicio Regional de Europa, América del Norte y Pacífico Sudoccidental. El Consejo tomó nota de que se ha realizado un estudio de la plantilla de personal de las oficinas regionales y se han logrado ahorros considerables reduciendo el personal de Servicios Generales.

Ascensos especiales a título personal

262. El Consejo tomó nota de que el Director General ha presentado al Comité de Finanzas una propuesta relativa al ascenso especial, a título personal, de algunos funcionarios destacados que, por varias razones, no podían avanzar ulteriormente en su carrera en virtud del sistema ordinario de ascensos de la Organización. El Consejo tomó nota de las reservas del Comité a propósito de la aplicación de este plan, por no existir un sistema satisfactorio de evaluación del personal. Varios miembros mostraron su preocupación por el hecho de que no haya en vigor en la Organización un sistema tal de evaluación.

263. El Consejo pidió al Director General que en uno de sus futuros períodos de sesiones le presente propuestas para un plan de ascensos especiales a título personal, basándose en los debates celebrados dentro del Consejo y en consultas adecuadas con el Comité de Finanzas y la JCAPI.

Remuneración del personal de categoría profesional y de Servicios Generals

264. Encuesta sobre los sueldos del personal de Servicios Generales. El Consejo examinó el informe del 24o período de sesiones del Comité de Finanzas sobre el conflicto relativo a los sueldos del personal de Servicios Generales; Comité que había analizado la situación con gran claridad. Hizo notar particularmente los incrementos muy considerables que habían experimentado los sueldos desde que se hizo la última encuesta sobre este tema en 1964–65. Escuchó también las recomendaciones del Director General y las opiniones del Consejo del Personal.

265. El Director General indicó que los Principios Rectores contienen ambigüedades, que llevaron al Consejo del Personal a oponer objeciones a los métodos adoptados en la encuesta de 1969, mientras que el Comité de Finanzas las opone ahora a diversas interpretaciones hechas en el Informe del Grupo Mixto de Trabajo sobre Sueldos. El Director General estimó, sin embargo, que hay dos factores que justifican el aumento de la escala: en primer lugar, que en la encuesta de 1969 se han omitido los Bancos, uno de los cuales, según el Grupo Mixto de Trabajo es un empleador excelente. En segundo lugar, las encuestas anteriores han sido conservadoras en la equiparación de los grados de la FAO con los empleos de fuera. El Director General sostuvo que, en el Informe del Grupo Mixto de Trabajo, hay suficientes datos para justificar un incremento del 8,33 por ciento en la escala.

266. Los representantes del Consejo del Personal se mostraron generalmente de acuerdo con el Director General, considerando asimismo, que la no inclusión de los Bancos en la encuesta había sido cuestión de importancia secundaria.

267. Una mayoría del Consejo expresó su pesar por el hecho de que los funcionarios de una organización dedicada a los intereses de la humanidad, como conjunto, se hayan declarado en huelga. Algunos miembros del Consejo hicieron referencia a los sueldos que se pagan al personal local de categorías análogas en sus propias embajadas en Roma, que son inferiores a los que percibe el personal de la FAO. Reconocieron que los funcionarios de la FAO deben ser tratados con equidad, pero que también deben serlo los Estados Miembros. Varios miembros insistieron en que los sueldos del personal de Servicios Generales deberían determinarse, al igual que se determinan los de los funcionarios de categoría profesional, mediante un mecanismo internacional.

268. Dada la importancia de las relaciones entre el personal y la Administración y las cuestiones de administración de personal, se sugirió la creación de un Comité Especial del Consejo que estudie detenidamente la totalidad del problema de las relaciones entre la Administración y el personal.

269. Numerosos miembros aludieron a lo que se ha llamado el estado de malestar en la Organización. A su juicio, la infortunada huelga no era sino un síntoma de causas más profundas de descontento y desafecto. Se propuso que el Consejo celebre, durante su próximo período de sesiones en junio de 1971, una reunión especial restringida en la que se estudien cuestiones administrativas relacionadas con la contratación, la capacitación, la colocación, la formación en el servicio y el ascenso de los empleados, así como la adopción de un mecanismo de quejas, y demás cuestiones afines en la administración de la Organización.

270. El Consejo concluyó que:

  1. los sueldos actuales permitían a la Organización contratar y retener sin dificultad todos los funcionarios necesarios de la categoría de Servicios Generales; además, los funcionarios se beneficiaban de incrementos del 5 por ciento cada vez que el índice de salarios aumentaba también en un 5 por ciento, lo que debería mantener los sueldos al nivel de los de Italia;

  2. eran inaceptables los argumentos aducidos en el informe del Grupo Mixto de Trabajo y por el Director General, en pro de un nuevo aumento de los sueldos, por los motivos expuestos en el informe del Comité de Finanzas;

  3. era demasiado elevado para la Organización el costo de los aumentos ya concedidos y que se esperaba se concedieran en aplicación de los acuerdos vigentes que vinculaban el sueldo de los funcionarios con los índices salariales; las repercusiones sobre el nuevo presupuesto eran graves y lo serían aún más si se aceptaran las propuestas del Grupo Mixto de Trabajo o del Director General;

  4. los Principios Rectores deberían revisarse a fondo, dada la dificultad de interpretarlos, a la que cabía atribuir en gran parte los problemas planteados, y porque dicha dificultad estaba dando lugar a una situación que podría obligar a la Organización a pagar sueldos mucho más altos de lo necesario para conseguir los servicios de personal con las calificaciones necesarias;

  5. la primera recomendación del Comité de Finanzas, de que se llevase a cabo el nuevo estudio, resultaría costosa y difícil de organizar, y el debate que se entablaría en la Organización acerca de los métodos de realización, así como los resultados que se derivarían, podrían dar lugar a nuevas alteraciones del estado de ánimo de los funcionarios;

  6. debería adoptarse otro planteamiento acorde a la posibilidad sugerida por el Comité de Finanzas. Ello consistiría en mantener la actual escala de sueldos, ajustándola periódicamente a las fluctuaciones del índice salarial, hasta que el ICSAB hubiese estudiado la cuestión de los Principios Rectores y formulase recomendaciones al respecto, y se hubiera terminado un nuevo estudio basado en esos principios;

  7. en su próximo período de sesiones, en junio de 1971, se examinarían los problemas de personal, y en especial las relaciones entre el personal y la administración;

  8. los órganos rectores de la Organización, la Conferencia y el Consejo deberían estar informados periódicamente del estado de las relaciones entre el personal y la Administración;

  9. se lleve a la práctica la propuesta del Director General de añadir tres escalones más al escalón superior de la escala de sueldos del personal de Servicios Generales, para los grados G-1 a G-5, ambos inclusive, con un período de espera de dos años de servicio para cada uno de esos escalones. El Consejo tomó nota de que el costo estimado por bienio sería de 50 000 dólares.

271. El Consejo pidió que los miembros del Consejo del Personal explicaran al personal los motivos por los cuales el Consejo no podía aceptar las propuestas del Director General o del Grupo de Trabajo Conjunto, y expresó la esperanza de que el personal comprendiera esa situación.

272. Personal de categoría profesional y superior. El Consejo, tras examinar los párrafos 98 a 103 del informe del 24o período de sesiones del Comité de Finanzas, autorizó al Director General a introducir en las escalas de sueldos brutos y netos del personal de la FAO de categoría profesional y superior, los mismos cambios y con la misma efectividad que adopte la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Enmienda a los Artículos 301.033 y 301.0331 del Reglamento del Personal: Subsidios de Educación

273. El Consejo aprobó las propuestas del Director General de enmendar los Artículos 31.033 y 301.0331 del Reglamento del Personal, relativos a los subsidios de educación, en la forma siguiente:

301.033 “Dentro de las cantidades máximas que determine el Consejo, el Director General establecerá también los términos y condiciones en que se podrá conceder el subsidio de educación a los funcionarios que presten servicios fuera de su país de origen reconocido y tengan hijos a su cargo que asistan con regularidad a una escuela, universidad u otra institución de enseñanza.”

301.0331 “El derecho a percibir el pago del subsidio comenzará con el comienzo del año escolar siguiente al quinto cumpleaños del niño y se proseguirá hasta la terminación del año académico en que el hijo del funcionario cumpla los 21 años.”

Creación y adjudicación de puestos

274. Categoría de los Representantes Regionales. El Consejo examinó la propuesta del Director General de elevar a la categoría de Subdirector General los puestos de Representantes Regionales en Africa, Asia y Lejano Oriente, América Latina y Cercano Oriente. Como quiera que el puesto de Santiago estaba ya clasificado en la categoría de SDG, y el Representante Regional en el Cercano Oriente tenía el grado de SDG a título personal, la aplicación de la propuesta supondría sólo el ascenso de dos funcionarios de categoría D-2 a la categoría de Subdirector General.

275. El Consejo tomó nota también de las reservas formuladas por el Comité de Finanzas respecto de esta propuesta, expresada en su 23o período de sesiones.

276. Varios miembros opinaron que las vacilaciones del Comité de Finanzas estaban justificadas por cuanto, si bien en algunas regiones, tanto el nivel de las funciones del puesto, como la categoría del interesado, podrían justificar la concesión del grado de Subdirector General, ello no era forzosamente así en otras regiones. Por lo tanto, propugnaban que se examinase cada caso con detenimiento, considerando los méritos de cada uno.

277. No obstante, la mayoría de los miembros apoyaron la afirmación del Director General de que la responsabilidad de todos los puestos de que se trata justificaba plenamente la concesión del grado de Subdirector General y que, además, la uniformidad de categoría era fundamental para poner de relieve la gran responsabilidad que incumbía a los titulares de tan importantes puestos.

278. Por consiguiente, el Consejo aprobó la propuesta del Director General de atribuir el grado de Subdirector General a los puestos de los Representantes Regionales en Africa, en América Latina, en Asia y en el Lejano Oriente, y en el Cercano Oriente.

279. Categoría de los Oficiales Regionales Asociados. Se desarrolló un amplio debate sobre la propuesta del Director General para elevar del grado P-4 a P-5 un determinado número de puestos de oficiales regionales asociados. Algunos miembros opinaron que debía apoyarse la recomendación de aplazamiento y nuevo estudio que nace del Informe del Comité de Finanzas, y que no debía adoptarse ninguna medida inmediata, en particular porque, a su juicio, dichas elevaciones supondrían una carrera de aumento de las categorías, fenómeno que era ya evidente tanto en la Sede como en las Regiones. Algunos miembros estimaron que el Consejo podría haber llegado con mayor facilidad a una decisión si se hubiesen expresado más adecuadamente en el documento por él examinado las razones en que se basa la propuesta del Director General. Otros miembros apoyaron la propuesta del Director General por considerar que es importante mejorar la competencia técnica en las Oficinas Regionales de modo que los Estados Miembros puedan beneficiarse de una mejor determinación y aplicación de los proyectos. El Consejo tomó nota de la opinión expresada por algunos miembros de que dichas elevaciones debían considerarse parte del examen, reorganización y delegación de funciones y autoridad en las Oficinas Regionales. Ciertos miembros, en cambio, opinaron que esta cuestión planteaba problemas más amplios y que no debía relacionarse con la propuesta elevación de categoría de esos puestos.

280. El Consejo aprobó la propuesta del Director General, después de que éste aseguró que los titulares actuales de los puestos que habrían de ser objeto de elevación de grado no serían ascendidos automáticamente, sino que previamente se efectuaría una selección adecuada; sólo se ascendería a aquellos funcionarios que se considerasen plenamente calificados para desempeñar unas funciones de mayor categoría. El Consejo tomó nota de que las observaciones hechas por diversos miembros a propósito del alcance y extensión de funciones, volumen de trabajo, etc., serían tenidas presentes al llevarse a efecto los ascensos y que el Consejo sería informado de nuevo sobre esta cuestión en su período de sesiones de junio de 1971.

Informe anual a los Estados Miembros sobre la ejecución del presupuesto

281. El Comité tomó nota del Informe Anual para 1969 y se mostró de acuerdo con los comentarios del Comité de Finanzas. Estimó que su presentación es acertada y que el cuadro que lleva adjunto será útil para reflejar los cambios que se produzcan durante el año entre las partidas presupuestarias y su cumplimiento.

Asuntos financieros

Situación financiera de la Organización

282. Estado de las cuotas y cuotas atrasadas. El Consejo tomó nota de que hasta el 20 de noviembre de 1970 se habían recaudado las siguientes cantidades:

 Cifras comparativas
19701969
DólaresPorcentajeDólaresPorcentaje
Cuotas actuales27 433 23785,7822 318 21281,29
Cuotas atrasadas 2 796 55082,76  1 433 57380,68
30 229 787 23 751 785

283. Los detalles relativos a las cuotas atrasadas al 20 de noviembre de 1970 se indican a continuación:

Situación de las cuotas atrasadas al 20 de noviembre de 1970

Estados Miembros1966 y antes196719681969Total
 DólaresDólaresDólaresDólaresDólares
Bolivia 1  8 160  8 87810 968  10 968  38 974
Camboya---  10 968  10 968
Chad---    4 335    4 335
Chile---  95 970  95 970
Costa Rica---  10 924  10 924
Dahomey---    2 237    2 237
República Dominicana-  9 46610 968  10 968  31 402
Ecuador-  2 94416 452  16 452  35 848
El Salvador-  8 94610 968  10 968  30 882
Haití  4 229  9 532-  10 968  24 729
Malí---  10 473  10 473
Mauritania---    3 696    3 696
Paraguay16 178  9 53210 968  10 968  47 646
Perú---  32 426  32 426
Estados Unidos---105 766105 766
Uruguay29 194--  35 646  64 840
Yemen-  7 92310 968  10 968  29 859
57 76157 22171 292394 701580 975

1 Representa los plazos atrasados y las cantidades corrientes vencidas, de acuerdo con la Resolución 33/65 de la Conferencia. Excluye los plazos a pagar en 1971 y años futuros.

284. Por lo que se refiere a las sumas adeudadas por Bolivia, el Consejo tomó nota de que el Gobierno de Bolivia ha notificado al Director General, por Nota de fecha 7 de septiembre de 1970, que durante el actual ejercicio financiero se efectuará un pago de 51 129, 38 dólares EE.UU.

285. Reconociendo la importancia de que las cuotas se reciban en la fecha de su vencimiento, especialmente durante el bienio actual, en que la Organización tendrá que hacer frente a gastos no presupuestados excepcionalmente altos, el Consejo encareció a los Estados Miembros que tengan cuotas atrasadas que remitan su importe lo más pronto posible y pidió a todos los Estados Miembros que aseguren el pago de las cuotas en curso en los años que les corresponden.

286. Situación de los gastos para 1970–71. El Consejo tomó nota de que al 31 de octubre de 1970, los gastos en efectivo (24 500 000 dólares) y las obligaciones no liquidadas (6 900 000 dólares) registrados en los libros de la Organización con respecto al bienio 1970–71, alcanzaron un total de 31 400 000 dólares, frente a una asignación de 35 millones de dólares (aproximadamente el 50 por ciento de las consignaciones del presupuesto para 1970–71).

Cuentas comprobadas

Programa Ordinario - 1968–69 (C 71/5)*

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sector de Asistencia Técnica - 1969 (C 71/6)*

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sector del Fondo Especial - 1969 (C 71/7)*

Campaña Mundial contra el Hambre - 1969 (C 71/8)*

Comisión Europea para la Lucha contra la Fiebre Aftosa - 1969 (C 71/9)*

Programa Mundial de Alimentos - 1969 (C 71/10)*

Fondos Fiduciarios - 1969 (C 71/11)*

287. El Consejo examinó las cuentas arriba mencionadas teniendo presentes los comentarios del Comité de Finanzas cuando aprobó el Informe del Auditor. El Consejo tomó nota de que en su 57o período de sesiones, que se celebrará con anterioridad a la Conferencia de 1971, se presentará el correspondiente proyecto de resolución para la aprobación de estas cuentas por parte de la Conferencia.

* Documento de la Conferencia de la FAO (16o período de sesiones).

Retiradas de cantidades del Fondo de Operaciones

288. El Consejo tomó nota de que el total de los aumentos no presupuestados de la remuneración del personal ascenderá en 1970–71 a unos 3 300 000 dólares.

289. Tomó nota, además, de que gracias a las economías que se están haciendo en toda la Organización para cubrir parte de estos costos, se reunirán aproximadamente 1 650 000 dólares. El Consejo se declaró de acuerdo con la recomendación del Comité de Finanzas de que el resto de los costos, es decir, una cantidad máxima de 1 650 000 dólares, se retire del Fondo de Operaciones.

290. El Consejo tomó nota de que, cuando se conozca finalmente la cantidad que haya que retirar del Fondo de Operaciones, el Comité de Finanzas, en un futuro período de sesiones, examine el método de reintegro.

291. El Consejo adoptó la resolución siguiente:

Resolución 5/55

RETIRADAS DEL FONDO DE OPERACIONES

EL CONSEJO

Advirtiendo que los aumentos no presupuestados de la remuneración del personal de categoría profesional resultantes de los cambios en los reajustes por lugar de destino y en las escales de sueldos básicos, y los de la remuneración del personal de la escala de Servicios Generales en la Sede en el bienio de 1970–71 serán del orden de 3 300 000 dólares;

Advirtiendo además que el Director General ha acordado absorber 1 650 000 dólares mediante economías practicadas en el presupuesto aprobado;

Autoriza al Director General, de conformidad con el Artículo 6.2(a) del Reglamento Financiero, a retirar una cantidad máxima de 1 650 000 dólares del Fondo de Operaciones con objeto de financiar los gastos resultantes de los aumentos de la remuneración del personal de categoría profesional y del personal de Servicios Generales en la Sede;

Pide al Director General que presente a una futura reunión del Comité de Finanzas propuestas apropiadas para el reintegro de la cantidad retirada.


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