PC 91/INF/3 - FC 107/7


Comité del Programa y Comité de Finanzas

91º período de sesiones del Comité del Programa y
107º período de sesiones del Comité de Finanzas

Roma, mayo de 2004

Marco de supervisión para la utilización de los fondos extrapresupuestarios

Índice



I. Antecedentes

1. El Comité de Finanzas, en su 104º período de sesiones, “recordó que, en ausencia de un marco normativo concertado por los órganos rectores para la utilización de los fondos extrapresupuestarios, algunos Estados Miembros habían manifestado preocupación en cuanto al alcance de las actividades que se llevaban a cabo con cargo a dichos recursos. En consecuencia, el Comité pidió que para el período de sesiones de mayo de 2004 se preparara un documento sobre un marco de supervisión para la utilización de los fondos extrapresupuestarios.1 Se observó que este documento también debía presentarse al Comité del Programa.”

II. Mandato y objeto

2. En el mandato de la Organización que figura en el Artículo 1 de la Constitución de la FAO se lee, entre otras cosas, lo siguiente:

“Serán también funciones de la Organización:

a. proporcionar la asistencia técnica que soliciten los gobiernos;

b. organizar, en cooperación con los gobiernos interesados, aquellas misiones que puedan ser necesarias para ayudarles a cumplir con las obligaciones derivadas de la aceptación, por parte de los mismos, de las recomendaciones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Agricultura y Alimentación y de esta Constitución...” 2

3. El Artículo 6.7 del Reglamento Financiero, recogido en los Textos Fundamentales, faculta al Director General para aceptar contribuciones voluntarias. En ese Artículo se establece que:

        “El Director General podrá aceptar contribuciones voluntarias, en efectivo o en alguna otra forma, así como establecer fondos fiduciarios y especiales con los dineros que se entreguen a la Organización con un determinado objeto, siempre que las finalidades asignadas a tales contribuciones y fondos estén en consonancia con las normas, propósitos y actividades de la Organización.”3

4. De conformidad con este Artículo del Reglamento Financiero, “[e]l objeto y alcance de los fondos fiduciarios y especiales serán definidos con claridad”, por lo que cada acuerdo estará acompañado de un documento del proyecto en el que se definirán los objetivos del proyecto y las actividades que se pretende llevar a cabo. En líneas generales, esas contribuciones pueden clasificarse en las siguientes categorías:

5. “La aceptación de cualesquiera contribuciones y fondos que directa o indirectamente impongan a los Estados Miembros y Miembros Asociados obligaciones económicas adicionales requerirá el asentimiento de la Conferencia.” 4

Esta prescripción queda asegurada con las normas y procedimientos generales que se aplican a los proyectos financiados con cargo a recursos extrapresupuestarios, con arreglo a lo cual los proyectos no “impondrán a los Estados Miembros obligaciones económicas adicionales”:

6. “A menos que [la Conferencia] disponga otra cosa, los fondos fiduciarios y especiales y las contribuciones voluntarias se administrarán conforme al Reglamento Financiero de la Organización.” 7

La administración financiera de los fondos fiduciarios y especiales está sujeta a todos los reglamentos financieros, normas financieras y procedimientos conexos aplicables al Fondo General, con excepción de las inevitables diferencias debidas al carácter particular de los fondos de que se trate.

7. “De los fondos fiduciarios y especiales se informará al Comité de Finanzas.” 8

Se informa de los fondos fiduciarios y especiales, así como del Fondo General, en los estados financieros bienales; también están sujetos al dictamen del Auditor Externo. (Además, la Organización prepara y entrega a los donantes un folleto en el que figuran los saldos y las entradas y gastos bienales correspondientes a cada proyecto financiado con cargo a fondos fiduciarios.)

III. Procedimientos y directrices para la aceptación de fondos extrapresupuestarios

8. El Subdirector General del Departamento de Cooperación Técnica negocia oficialmente las contribuciones extrapresupuestarias en nombre de la Organización; en concreto, las negocian la Dirección de Asistencia para las Políticas, en el caso de las contribuciones a las actividades normativas y operacionales, y la Dirección de Operaciones de Emergencia y Rehabilitación, en el caso de las actividades de emergencia. Todas las contribuciones han de ser objeto de un acuerdo oficial con el donante de que se trate, al cual se adjunta un documento del proyecto en el que se describen pormenorizadamente las actividades previstas.

9. La Dirección de Finanzas abre para cada contribución una cuenta separada en el sistema Oracle.9 Los responsables del presupuesto y el personal directivo de la Organización supervisan y gestionan la utilización de los recursos durante la totalidad del ciclo del proyecto de conformidad con las normas y reglamentos de la Organización. Todos los registros y transacciones financieros conexos están sujetos a los controles financieros normales de la Organización y a las auditorías efectuadas por el Auditor Externo y por la Oficina del Inspector General.

10. En cuanto a las negociaciones con los donantes que aportan contribuciones de apoyo a actividades normativas cuyo valor no supera los 150 000 dólares EE.UU., la autoridad se delega en los subdirectores generales de los departamentos receptores, de conformidad con la circular administrativa 2001/8 y el procedimiento 2001/02 del Departamento de Cooperación Técnica.10 El acuerdo oficial relativo a estas contribuciones puede ser una Carta de Acuerdo.

11. Las donaciones concretas recaudadas en el marco de la campaña TeleFood (coordinadas por el Departamento de Asuntos Generales e Información) se envían a la cuenta del Fondo Especial de TeleFood, a la Sede de la FAO, o se depositan directamente en una de las cuentas de TeleFood abiertas por la Dirección de Finanzas en bancos nacionales de distintos países. Al término de cada campaña anual, el Departamento de Administración y Finanzas certifica la suma total recibida en todo el mundo. La aprobación de la utilización de los fondos incumbe al Departamento de Cooperación Técnica, que delega la autoridad en el Servicio de Gestión y Coordinación del PESA para asegurar que los proyectos se ajustan a las directrices de TeleFood y, con el apoyo prestado por las direcciones técnicas, que técnicamente son correctos.

IV. Marco estratégico y planificación de programas

12. La labor de la Organización en el marco de todas las fuentes de fondos se rige por el Marco Estratégico 2000-2015 de la FAO, aprobado por la Conferencia de la FAO en 1999, y el proceso conexo de planificación de programas.

13. El Marco Estratégico establece para toda la Organización cinco estrategias para atender las necesidades de los Miembros, facilitadas mediante seis estrategias suplementarias que abarcan cuestiones intersectoriales de toda la Organización. Como los recursos necesarios para aplicar las estrategias para toda la Organización mediante actividades normativas y operacionales superarán, por lo general, los recursos procedentes de las cuotas (Programa Ordinario), para poder ejecutar plenamente el programa a menudo se necesitan recursos suplementarios procedentes de contribuciones voluntarias. A este respecto, las estrategias para afrontar cuestiones intersectoriales de toda la Organización crean las condiciones necesarias para que la Organización multiplique los efectos de los recursos presupuestarios centrando el apoyo de forma efectiva en esferas prioritarias de los programas normativos y de campo al ampliar las asociaciones y alianzas, al seguir mejorando el proceso de gestión y al multiplicar los efectos de los recursos para la FAO y sus Miembros.

14. El Plan a Plazo Medio de seis años, que tiene carácter progresivo, pone en práctica el Marco Estratégico y establece la estructura para la utilización de los recursos ordinarios y extrapresupuestarios. Determina oportunidades de apoyo extrapresupuestario en relación con entidades de programas concretas. En ese sentido, sirve de base al esfuerzo de la FAO por movilizar recursos intersectoriales en toda la Organización e informa a los donantes de las esferas en las que sus contribuciones voluntarias podrían ser más provechosas en el marco del conjunto de prioridades a plazo medio aprobado.

15. El Programa de Labores y Presupuesto de dos años establece el plan de ejecución presupuestado para el primer bienio del Plan a Plazo Medio progresivo. El Programa de Labores se basa tanto en recursos del Programa Ordinario como en otros ingresos. Estos últimos se definen como “…contribuciones voluntarias [de conformidad con el Artículo 6.7 del Reglamento Financiero] … disponibles para ejecutar el Programa de labores, ya que se hallan a disposición de la Organización y/o se administran en estrecha relación con la consignación del presupuesto ordinario.”11 Además, las estimaciones de los gastos correspondientes al programa de campo y los fondos fiduciarios para emergencias se desglosan por región y por programa, lo cual constituye un indicio de la demanda de los Miembros y del posible nivel de apoyo con arreglo a las políticas de los donantes.

16. La Organización adopta un enfoque basado en los resultados con respecto a la determinación y el diseño de los programas y proyectos financiados con cargo a todas las fuentes de fondos. Para ello es necesario establecer objetivos, efectos, productos e indicadores de ejecución claramente definidos, seguir de cerca la ejecución y aplicar un régimen global de evaluación. Los procesos de planificación y presentación de informes, aplicables tanto a los recursos del Programa Ordinario como a los fondos extrapresupuestarios suplementarios conexos, forman parte integrante del marco de supervisión para la utilización de los fondos extrapresupuestarios destinados al apoyo de las actividades normativas y operacionales de la Organización.

17. La responsabilidad en el ámbito de la Organización se asegura mediante el Informe sobre la Ejecución del Programa bienal, que es una relación completa y cuantitativa de los logros alcanzados en comparación con el Programa de Labores bienal definido en el Plan a Plazo Medio y el Programa de Labores y Presupuesto. En el apartado de otros ingresos y fondos fiduciarios figura un análisis del gasto de recursos presupuestarios destinados al apoyo del Programa de Labores.

V. Supervisión y administración interna durante el ciclo del proyecto

A. COMITÉ DEL PROGRAMA DE CAMPO

18. El Comité del Programa de Campo es un comité de alto nivel que promueve, coordina y supervisa las actividades e iniciativas para toda la Organización encaminadas a la mejora y ampliación del programa de campo de la Organización de conformidad con el Marco Estratégico 2000-2015. En particular, el Comité facilita orientación normativa y supervisión en relación con los programas.

B. EXAMEN DE LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS

19. Todos los documentos de programas y proyectos de la FAO han de incorporar definiciones de los objetivos a largo plazo e inmediatos y explicar su relación con las estrategias y prioridades nacionales o regionales. Los documentos se preparan con arreglo a directrices y a formatos predeterminados que dependen de la fuente de financiación y de las modalidades de ejecución o aplicación. En la FAO existen tres formatos principales, que son el de fondos fiduciarios (Programa de cooperación FAO/gobiernos-FFU), el del Programa de Cooperación Técnica y el del PNUD, si bien debe señalarse que muchas fuentes de financiación tienen formato propio (por ejemplo, el FMAM, las CE, etc.). Antes de su presentación a las partes interesadas (es decir, los donantes, el gobierno, etc.) para aprobarlos y firmarlos, los documentos de los programas y proyectos son objeto de un proceso interno de revisión cuyos rasgos principales se explican en el Anexo 1.

20. El Comité de Examen de Programas y Proyectos es un comité interno de alto nivel establecido para examinar las propuestas de programas y de proyectos con vistas a asegurar que se ajusten a la orientación y las normas generales de la FAO. En particular, asegura que los distintos proyectos ejecutados por la FAO en un determinado país se prestan mutuo apoyo y generan una verdadera sinergia con miras a la consecución de los objetivos comunes. El Comité asegura además que los programas y proyectos propuestos sean conformes a los seis principios rectores siguientes:

Además, el Comité asegura que todos los programas y proyectos que refrende contribuyan al seguimiento de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación y sean compatibles con el Programa Especial para la Seguridad Alimentaria y a ser posible lo refuercen.

C. EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS

21. El seguimiento de la entrega y los resultados de los proyectos se efectúa mediante el depósito de datos Oracle, mediante un sistema de estimación de la entrega en el marco del Sistema de información sobre gestión del Programa de Campo y mediante los informes trimestrales sobre la ejecución del proyecto, que muestran las entregas cuantificadas y los planes en relación con los insumos en especie y las actividades. La labor de los directores de los proyectos es objeto de examen y seguimiento en distintos niveles: por parte de los responsables del presupuesto, de las subdirecciones de operaciones regionales (cuando procede) y del Servicio de Coordinación y Seguimiento del Programa de Campo. Los mecanismos de control y supervisión durante la ejecución del proyecto se describen en el Anexo 2.

D. AUDITORÍA INTERNA

22. Como se indica en los Textos Fundamentales de la FAO, el sistema de auditoría de la Organización consta de la auditoría externa efectuada por el Auditor General (o persona que ejerciere función equivalente) de un Estado Miembro, nombrado por los órganos rectores de la Organización y directamente responsable ante éstos, y las tareas de auditoría interna llevadas a cabo por la Oficina del Inspector General, que depende de la Oficina del Director General. La Oficina del Inspector General forma parte integrante del sistema de controles internos de la Organización, con arreglo a las mejores prácticas y de conformidad con las políticas establecidas por el personal directivo superior. Los informes anuales del Inspector General al Director General se comunican al Comité de Finanzas, así como cualquier otro informe que se juzgue necesario.

23. La estrategia, el alcance y la práctica de la auditoría llevada a cabo por la Oficina del Inspector General se basan en el concepto de auditoría global, que abarca la dimensión financiera, el cumplimiento, los resultados y la eficacia en el uso de los recursos. En consecuencia, las actividades de auditoría interna abordan las actividades y programas de la Sede y se centran en aspectos como la fiabilidad y la integridad de las operaciones financieras, el cumplimiento del reglamento de la Organización y la salvaguardia adecuada de los bienes. La auditoría de las actividades descentralizadas sirve para garantizar una gestión económica, eficaz y efectiva de las operaciones de campo haciendo hincapié en las prioridades más destacadas de los programas. También se llevan a cabo exámenes, estudios e investigaciones especiales para evaluar los resultados y la eficacia en el uso de los recursos, con inclusión de los casos de fraude o de posible fraude.

24. Además, el programa de auditoría interna ayuda constantemente al personal directivo a mejorar las operaciones de la Organización, a promover el control a un costo razonable y a seguir de cerca activamente la aplicación de las recomendaciones de la auditoría. Se prestan servicios de asesoramiento a las dependencias y se asegura la participación de la auditoría interna en los distintos comités y grupos de trabajo internos, según proceda.

E. EVALUACIÓN

25. En su totalidad, los fondos extrapresupuestarios, que están plenamente integrados en el conjunto del presupuesto ordinario, son objeto de una evaluación rigurosa a cargo del Servicio de Evaluación. Actualmente, todo proyecto cuyo presupuesto sea de 1 millón de dólares EE.UU. o una cifra superior, con exclusión de la ayuda de emergencia, es objeto de por lo menos una evaluación independiente en el curso de su vida útil. Esta norma se aplica tanto a los proyectos que prestan apoyo a la labor normativa de la Organización como a los que prestan apoyo directo a los Estados Miembros. Tales evaluaciones las realizan equipos que gozan de plena independiencia y representan a los donantes, los países participantes y la FAO. Los proyectos de ayuda de emergencia, los proyectos de campo cuyo valor es inferior a 1 millón de dólares EE.UU. y los proyectos pequeños que forman parte de un programa normativo también son objeto de evaluación independiente, normalmente en el marco de la evaluación de un objetivo estratégico o un programa de la FAO o de la evaluación de las actividades de la FAO en un país o una subregión.

26. Los criterios de evaluación, que se publican en distintos documentos de los órganos rectores, y, en particular, en la Evaluación en el contexto del Marco Estratégico y del nuevo modelo de programación (septiembre de 1999),12 también están disponibles en la página web del Servicio de Evaluación.13 Un criterio de evaluación que reviste especial importancia es la conformidad con las prioridades de la Organización establecidas por los Estados Miembros y con las prioridades de los distintoas países que se benefician de financiación especial. Cabe señalar al respecto que en ninguna evaluación llevada a cabo en los últimos años se han constatado divergencias entre las prioridades a las que se dirige financiación extrapresupuestaria y las acordadas por los órganos rectores para la Organización.

27. Se celebran consultas con el Comité del Programa en relación con el futuro programa de evaluaciones independientes, comprendidas las evaluaciones de las estrategias, los programas y los temas que cuentan con importantes componentes extrapresupuestarios. De ese modo, el resultado de la utilización de los recursos extrapresupuestarios queda plenamente integrado en el resultado de la utilización de los recursos presupuestarios ordinarios.

28. El Comité del Programa recibe un documento de síntesis de las conclusiones de las evaluaciones de los proyectos de campo,14 las cuales figuran resumidas en la página web del Servicio de Evaluación. Se asegura supervisión suplementaria mediante los informes ulteriores que la Secretaría presenta al Comité del Programa en relación con las medidas complementarias adoptadas como consecuencia de los resultados y las recomendaciones de las evaluaciones.

29. Además, se ha iniciado recientemente un proceso de autoevaluación que abarcará cumplidamente todas las entidades de programas. El proceso, llevado a cabo por el personal directivo de la FAO encargado de las entidades, comprende la utilización de los fondos extrapresupuestarios destinados a las actividades de la entidad en cuestión. Se espera que el Servicio de Evaluación sintetice los resultados de estas evaluaciones para que los examinen los órganos rectores.

 

Anexo 1

Etapas del proceso de examen de los proyectos financiados con cargo a recursos extrapresupuestarios

Contribuciones no superiores a 150 000 dólares EE.UU. destinadas exclusivamente a actividades normativas
(vía rápida)

Primera selección

Los departamentos técnicos en cuestión seleccionan las contribuciones extrapresupuestarias no superiores a 150 000 dólares EE.UU. y se aseguran de que se destinen para prestar apoyo directo o para reembolsar los gastos de determinadas actividades financiadas con cargo al Presupuesto Ordinario. Esta primera selección se lleva a cabo en el momento de la negociación con el donante, y sus resultados se documentan en una Carta de Acuerdo en virtud de la cual se formaliza la contribución de vía rápida. Aunque el departamento técnico en cuestión lleva a cabo directamente la negociación, el Subdirector General del Departamento de Cooperación Técnica firma la Carta de Acuerdo.

Formulación del proyecto

Las actividades financiadas mediante contribuciones de vía rápida se describen en los documentos del proyecto de conformidad con el procedimiento 2001/02 del Departamento de Cooperación Técnica. De ello se encarga el departamento técnico en cuestión.

Examen técnico y operacional

Sobre la base de las disposiciones del procedimiento de vía rápida, el departamento técnico comprueba que el proyecto sea correcto desde los puntos de vista técnico y operacional; se ajusta a los reglamentos financieros pertinentes; y se aplique la tasa adecuada de los gastos de apoyo a proyectos de conformidad con la política actual.

Examen por el Departamento de Cooperación Técnica

Antes de la firma de la Carta de Acuerdo, la Dirección de Asistencia para las Políticas verifica que la propuesta se haya preparado debidamente con arreglo a las disposiciones del procedimiento de vía rápida establecidas en los documentos AC 2001/8 y TC Procedure 2001/2 (véase el párrafo 10 del presente documento).

Contribuciones superiores a 150 000 dólares EE.UU.

Primera selección

El Departamento de Cooperación Técnica selecciona todas las contribuciones extrapresupuestarias, se asegura de que sólo se presta apoyo a actividades compatibles con las normas, propósitos y actividades de la Organización y confirma que sucesivamente se transformen en proyectos financiados con cargo a contribuciones extrapresupuestarias. Esta selección se realiza en el momento de la negociación con el donante, y sus resultados se documentan en una comunicación de aceptación dirigida al donante y una Carta de Acuerdo en virtud de la cual se formaliza la contribución extrapresupuestaria. En el caso de los proyectos de emergencia, la Dirección de Operaciones de Emergencia y Rehabilitación se encarga de la selección, mientras que cuando las actividades no son de urgencia se encarga la Dirección de Asistencia para las Políticas.

Proceso de formulación del proyecto

Todas las contribuciones a las actividades normativas y operacionales se ajustan al formato de los documentos de proyectos preparados o autorizados por el departamento técnico en cuestión. La Dirección de Asistencia para las Políticas y la Dirección de Operaciones de Emergencia y Rehabilitación coordinan el proceso de formulación del proyecto, que ha de cumplir lo establecido en la Circular del Programa de Campo sobre el Ciclo de los Proyectos. Los acuerdos sobre proyectos cabalmente formulados son objeto de dos exámenes separados pero fundamentales.

Examen interno del proyecto

Todos los proyectos que no son de urgencia están sujetos a un proceso interno de autorización y examen coordinado por el Departamento de Cooperación Técnica. La autorización y el examen se centran en factores técnicos (a cargo de las direcciones técnicas), en el diseño y la viabilidad operacionales (a cargo de las subdirecciones de operaciones regionales y la Dirección de Operaciones de Campo), en la consonancia con los reglamentos financieros (a cargo de la Dirección de Finanzas), en la política sobre los gastos de apoyo a proyectos (a cargo de la Oficina del Programa, del Presupuesto y de Evaluación), en la consonancia con la solicitud y las prioridades del país beneficiario (a cargo del Representante de la FAO) y en las prioridades y criterios de los donantes (a cargo de la Dirección de Asistencia para las Políticas). De ser necesario, también se obtiene autorización jurídica (Oficina Jurídica).

Los proyectos de emergencia son objeto de un examen análogo, pero se encarga de la coordinación la Dirección de Operaciones de Emergencia y Rehabilitación bajo la responsabilidad del Departamento de Cooperación Técnica.

Examen general del proyecto por la Organización (Comité de Examen de Programas y Proyectos)

Todos los proyectos que no son de urgencia son objeto de examen para verificar que respetan las directivas normativas de la Organización de conformidad con el documento DGB 2000/17 sobre el Comité de Examen de Programas y Proyectos (véase el párrafo 20 del presente documento) y con la descripción más pormenorizada que figura en la Circular del Programa de Campo sobre el Ciclo de los Proyectos (FPC 2003/04).

  

Anexo 2

Mecanismos de control y supervisión de la ejecución de los proyectos
Todos los proyectos

Normas y reglamentos

Todos los proyectos, independientemente de la fuente de financiación o de su tamaño, están sujetos a las normas y reglamentos de la FAO por los que se rigen la compra de insumos, la contratación del personal, la gestión financiera y la presentación de informes financieros.

Auditoría interna y externa

Todos los proyectos, independientemente de la fuente de financiación o de su tamaño, están sujetos a la auditoría que llevan a cabo la Oficina del Inspector General y el Auditor Externo.

Evaluación

Todos los proyectos, independientemente de la fuente de financiación o de su tamaño, están sujetos a evaluación de conformidad con el documento DGB 2001/33.

Recursos humanos

Comité de Selección del Personal de Campo (FSSP): aprobación de los puestos de categoría profesional del proyecto de 12 meses o una duración superior.

Comité de Recursos Humanos: aprobación del subsidio por funciones especiales para los puestos especiales de categoría P5 y categorías superiores.

Comités de selección del personal nacional: aprobación de los puestos del proyecto ocupados por personal nacional/Servicios generales.

FSSP Superior: aprobación de los puestos de funciones directivas.

Evaluación de la actuación del personal: todos los puestos, al menos una vez al año; mecanismos análogos para los puestos de corto plazo.

Adquisición de equipo y servicios

Comités de Examen de las Adquisicines Locales: integrado normalmente por el Representante de la FAO, cualquier otro funcionario autorizado, funcionario nacional de categoría profesional, asesor técnico principal o director o coordinador nacional del proyecto, un tercero (como el representante del PNUD) y/o un auditor contratado a nivel local. El Comité examina las cotizaciones y selecciona los proveedores para todas las actividades de compra cuyo valor supere los 5 000 dólares EE.UU.

Comités de Adquisiciones: funcionan también operan en las oficinas subregionales y regionales y en la Sede, según proceda.

Gestión y control del presupuesto y las finanzas

El presupuesto y el gasto del proyecto se supervisan principalmente mediante el depósito de datos Oracle y el Sistema de información sobre gestión del Programa de Campo. Además, los auditores locales examinan los gastos del proyecto efectuados mediante la cuenta de anticipos en efectivo del Representante de la FAO o mediante una cuenta de anticipos en efectivo del proyecto.

Seguimiento de la ejecución

El Sistema de información sobre gestión del Programa de Campo contiene registros de todos los proyectos financiados con cargo a recursos extrapresupuestarios y a recursos del Presupuesto Ordinario; comprende datos financieros pormenorizados de los proyectos (estados financieros de los proyectos, informes de situación, listas de transacciones); y está a disposición de todo el personal de la FAO con acceso a Intranet.

El Sistema sirve para detectar los proyectos que no funcionan bien a fin de planificar y adoptar medidas rectificadoras sobre la base de información del equipo directivo del proyecto.

Mediante un sistema de mensajes automáticos, el Sistema alerta a los responsables del presupuesto o los funcionarios técnicos de los plazos importantes (para la presentación de informes), de las entregas defectuosas, etc.

Contiene todos los documentos o informes pertinentes de todos los proyectos, independientemente de su tamaño, su fuente de financiación o su objeto (también figuran proyectos de TeleFood): documentos de los proyectos, revisiones del presupuesto, informes de misiones, relaciones o informes finales, informes trimestrales sobre la ejecución del proyecto, etc.

Informe trimestral sobre la ejecución del proyecto

Deben presentarlo los responsables del presupuesto: se examinan los resultados del proyecto en los últimos tres meses, se planifican las actividades para los próximos tres meses y se señalan las cuestiones o problemas que pueden impedir la ejecución. Estos informes se incorporan en el Sistema de información sobre gestión del Programa de Campo para que las oficinas regionales y la Sede puedan efectuar el seguimiento de los resultados del proyecto a escala nacional y para que sirvan de apoyo y orientación en función de las necesidades.

________________________

1 Ha de señalarse que, a efectos del presente documento, la expresión “recursos extrapresupuestarios” se refiere a los fondos distintos de las cuotas de los Miembros recibidos para prestar apoyo a las actividades normativas y operacionales de la Organización indicadas en el Programa de Labores y Presupuesto.

2 FAO. “Constitución” (Artículo I, párrafo 3), en Textos Fundamentales de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Volumen I – edición de 2000 (Roma, FAO, 2001).

3 FAO, Textos Fundamentales de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Volumen I. Parte C – edición de 2000 (Roma, FAO, 2001).

4 FAO, TextosFundamentales de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Volumen I. Parte C – edición de 2000 (Roma, FAO, 2001).

5 La cuantía de la recuperación en relación con los gastos de apoyo efectuados se comunica de forma periódica a los órganos rectores por medio del Informe sobre la Ejecución del Programa, que tiene carácter bienal. (Ha de señalarse que, de conformidad con la resolución 3/97 de la Conferencia, los proyectos de TeleFood no están sujetos al pago de gastos de apoyo a proyectos.

6 MS 250.113.

7 FAO, Textos Fundamentales de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Volumen I. Parte C – edición de 2000 (Roma, FAO, 2001).

8 FAO, Textos Fundamentales de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Volumen I. Parte C – edición de 2000 (Roma, FAO, 2001).

9 Con excepción de las contribuciones por valor no superior a los 150 000 dólares EE.UU. aportadas con fines de reembolso directo de los gastos normativos sufragados con cargo al Presupuesto Ordinario, en relación con las cuales el contribuyente no solicita la presentación oficial de un informe financiero (véanse los procedimientos indicados en la referencia de la nota a pie de página 7).

10 AC 2001/8: “Procedure for the Treatment of Ad Hoc Extra-Budgetary Contributions in Direct Support or in Reimbursement of Regular Programme Funded Normative Activities (no superiores a 150 000 dólares EE.UU.)”; procedimiento 2001/2 del Departamento de Cooperación Técnica: “Special Procedure for the Receipt of ad hoc Extra-budgetary Contributions in Support of Normative Activities (no superiores a 150 000 dólares EE.UU.)”.

11 C 2003/3, Programa de Labores y Presupuesto 2004-2005, párrafo 154.

12 PC 82/4: véanse, en particular, los párrafos 5 y 11.

13 http://www.fao.org/pbe/pbee/inicio.asp

14 El documento PC 83/4 (b), presentado en 2000, fue el más reciente.