Febrero 1997

COAG/97/7

FAO

COMITE DE AGRICULTURA

14o período de sesiones

Roma, 7-11 de abril de 1997, Sala Roja

REVISION DE LA CONVENCION INTERNACIONAL

DE PROTECCION FITOSANITARIA

Tema 7 del programa provisional

1. En el 28o período de sesiones de la Conferencia de la FAO, celebrado en 1995, se presentó una propuesta de revisión de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) por recomendación del COAG en su 13o período de sesiones. La Conferencia concedió la máxima prioridad a la revisión.

2. En junio de 1995, en previsión de la decisión de la Conferencia, la Secretaría de la CIPF pidió a las organizaciones nacionales de protección fitosanitaria que presentaran temas para su examen. Utilizando sus observaciones y las de la Séptima Consulta Técnica entre Organizaciones Regionales de Protección Fitosanitaria (1995), se preparó un proyecto de propuesta para la revisión de la CIPF y se presentó a una Consulta de Expertos sobre la Revisión de la CIPF, que se celebró en marzo de 1996. Los expertos actuaron a título personal y se los seleccionó en función de los conocimientos técnicos y con el fin de asegurar una amplia representación geográfica. Las principales cuestiones examinadas por los expertos fueron el alcance de la Convención, es decir, si debería comprender la protección de las plantas o la cuarentena fitosanitaria solamente y si debería incluirse en ella un lenguaje específico relativo a las plagas no de cuarentena reglamentadas; aspectos relativos al medio ambiente; la equiparación con el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Ronda Uruguay; el mecanismo de fijación de normas, con inclusión del establecimiento de una Comisión de Medidas Fitosanitarias; el procedimiento de solución de controversias; las disposiciones para la Secretaría de la CIPF; las disposiciones para las organizaciones regionales de protección fitosanitaria; y los certificados fitosanitarias y el procedimiento de certificación. También se estudió en principio, aunque no con detalle, la posibilidad de permitir a las organizaciones regionales de integración económica la adhesión a la CIPF.

3. El proyecto de propuesta, revisado para tener en cuenta las observaciones de la Consulta de Expertos, junto con su informe, se distribuyó el 29 de junio de 1996 a todos los Miembros de la FAO y a otras partes contratantes en la Convención, pidiendo que presentaran sus observaciones para el 15 de agosto de 1996. Se recibieron observaciones de diversos organismos y ministerios de Miembros de la FAO. También se examinó el proyecto en la Octava Consulta Técnica entre Organizaciones Regionales de Protección Fitosanitaria, en septiembre de 1996. El proyecto depropuesta y todas las observaciones se presentaron a una Consulta Técnica intergubernamental sobre la CIPF, que se celebró en Roma del 13 al 17 de enero de 1997.

4. Asistieron a la Consulta Técnica delegados de 94 Miembros de la FAO y observadores de la Federación de Rusia, la Organización Mundial del Comercio y dos organizaciones regionales de protección fitosanitaria. También participó en calidad de observador una federación de comercio. La Consulta Técnica acordó en principio que el texto revisado permitiera la adhesión de organizaciones miembros de la FAO, aunque varios participantes manifestaron que no estaba en condiciones de expresar en la Consulta su acuerdo con un texto final sobre este tema. La Consulta Técnica también redactó de nuevo el texto de varios artículos de la Convención. En general se estuvo de acuerdo con la inclusión de un mecanismo de fijación de normas en la Convención y se apoyó de manera decidida la creación de una Comisión. Sin embargo, numerosos miembros expresaron su preocupación ante los recursos financieros que se necesitaban para el funcionamiento de dicha Comisión. Algunos miembros manifestaron que deseaban que se buscaran alternativas a ésta. La Consulta en general estuvo de acuerdo con la inclusión de las plagas no de cuarentena reglamentadas. El certificado fitosanitario y el sistema de certificación siguen siendo objeto de examen. También habrá que ultimar algunas definiciones, en particular la de medidas fitosanitarias.

5. La Consulta no concluyó la revisión del texto de la Convención y recomendó que el COAG estudiara la posibilidad de establecer al comienzo de su período de sesiones un grupo de trabajo, abierto a los miembros del COAG, las partes actuales en la CIPF y la Organización Mundial del Comercio, para que en un plazo de tres días se encargara de negociar un texto recomendado final de CIPF revisada e informar al respecto al COAG al final de su período de sesiones.

Conclusiones y medidas propuestas por el Comité

6. A la vista de lo que antecede, se invita al Comité a que examine la posibilidad de establecer un grupo de trabajo abierto, de conformidad con las recomendaciones de la Consulta Técnica; que examine el informe de la Consulta Técnica, junto con las recomendaciones de su Grupo de Trabajo y, una vez conocidos los resultados de éste, recomiende que el proyecto de enmiendas de la CIPF se presente al Consejo en su 112o período de sesiones en junio de 1997, para su ratificación y envío posterior a la Conferencia de la FAO en su 29o período de sesiones, en noviembre de 1997, para su aprobación. Mientras tanto, el Director General remitirá también las enmiendas propuestas por separado al Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos (CACJ) en su 66o período de sesiones, en mayo de 1997, a fin de que informe al Consejo en junio de 1997 sobre los aspectos constitucionales y jurídicos de las enmiendas recomendadas.