FAO Departamento de Pesca - COMITE DE PESCA
Enero 1997 COFI/97/3

FAO

COMITE DE PESCA
22º período de sesiones
Roma, Italia, 17-20 de marzo de 1997
INFORME SOBRE LA APLICACION DEL CODIGO DE CONDUCTA PARA LA PESCA RESPONSABLE


I.    INTRODUCCION

1.    En el Artículo 4 del Código de Conducta para la Pesca Responsable se declara que todos los miembros y no miembros de la FAO, las entidades pesqueras y las organizaciones subregionales, regionales y mundiales pertinentes, tanto gubernamentales como no gubernamentales, así como todas las personas interesadas en la conservación, la gestión y la utilización de los recursos pesqueros y el comercio de pesca de productos pesqueros, deberían colaborar en el cumplimiento y la aplicación de los objetivos y principios establecidos en el Código.

2.    La Conferencia de la FAO, al adoptar el Código en su 28º período de sesiones, en 1995, pidió a la FAO que "se encargue del seguimiento y presente informes sobre la aplicación del Código y sus efectos en la pesca, incluyendo las medidas adoptadas con arreglo a otros instrumentos y resoluciones de organizaciones de las Naciones Unidas y, en particular, las resoluciones aprobadas por la Asamblea General para dar efecto a las decisiones de la Conferencia sobre las poblaciones de peces cuyos territorios se encuentran dentro y fuera de las zonas económicas exclusivas y las poblaciones de peces altamente migratorios que condujo al Acuerdo para la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982 relativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios". Pidió además a los Estados, las organizaciones internacionales, tanto gubernamentales como no gubernamentales y a todos los que intervienen en la pesca "que colaboren en el cumplimiento y la aplicación de los objetivos y principios contenidos en el Código" (Resolución 4/95).

II.    MEDIDAS ADOPTADAS

3.    Una parte sustancial de las actividades previstas en el Programa de Labores y Presupuesto (PLP) para el Programa Principal "Pesca" para el bienio actual y el próximo, así como para el Plan a Plazo Medio se destina a apoyar la aplicación del Código y otros instrumentos internacionales importantes, tal como se pide en la Resolución 4/95. Se hace hincapié en reforzar la capacidad de los países de conservar y ordenar mejor su sector pesquero mediante políticas y prácticasapropiadas, tales como el desarrollo responsable de la acuicultura, las actividades de pesca, las prácticas y el comercio después de la captura, la integración de la pesca en la ordenación de las zonas costeras, la ejecución del enfoque precautorio, y asegurando que todas las actividades pesqueras se basen en investigaciones pesqueras apropiadas.

4.    La FAO publicó el Código a comienzos de 1996 en los idiomas oficiales de la Organización, dándole amplia difusión. Se ocupó también de que el Código fuera accesible en forma electrónica en la página relativa al Departamento de Pesca, facilitando así su ulterior difusión. Para asegurar que el Código sea conocido por los usuarios, elaboradores y comerciantes de pesca, la FAO ha difundido también el Código a través de los servicios de comercialización de la FAO y sus organizaciones asociadas (GLOBEFISH, INFOFISH, INFOPECHE, INFOPESCA e INFOSAMAK). Además, el Departamento de Pesca ha preparado una guía de organizaciones de pesca que contiene más de 3 800 direcciones postales a las que ha sido distribuido el Código. Se ha difundido además a través de revistas y periódicos de pesca bien conocidos. Por último, las Naciones Unidas y la FAO están preparando la publicación conjunta del Acuerdo sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982 relativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios, del Código de Conducta y del Acuerdo para promover el cumplimiento de las medidas internacionales de conservación y ordenación por los buques pesqueros que pescan en alta mar.

5.    Por lo que respecta a promover ulteriormente la aplicación del Código, se envió a los gobiernos y las organizaciones una circular acompañando el Código. Se subrayaron las disposiciones pertinentes, en particular la importancia de dar publicidad al Código y sensibilizar al público respecto a que, si se aplicaba apropiadamente el Código, podía mejorar la función vital que desempeña la pesca en la seguridad alimentaria mundial y en el desarrollo económico y social. Se subrayó la necesidad de eliminar la sobrepesca, reconstruir y mejorar las reservas de pesca, reducir al mínimo las prácticas de desperdiciar los recursos pesqueros, fomentar la acuicultura sostenible, rehabilitar hábitats de recursos acuáticos vivos, desarrollar pesquerías de especies subutilizadas o no utilizadas sobre la base de los principios de sostenibilidad y ordenación responsable, y adoptar prácticas pesqueras responsables.

6.    En la circular se destacaba también la importancia de movilizar a las comunidades pesqueras, las cooperativas y el sector privado a adoptar prácticas de pesca responsable y de atención después de la captura para producir más pescado y productos pesqueros y mejor la calidad, lo cual podría repercutir enormemente en la nutrición y los ingresos, así como en la sostenibilidad de los recursos acuáticos vivos y su medio ambiente. Se subrayó también la necesidad de mejorar el marco institucional y jurídico y de dedicar recursos apropiados al proceso de toma de decisiones. Se sugirieron varias iniciativas que podrían emprenderse en determinados países, regiones y circunstancias, en particular el nombramiento de un centro coordinador o el establecimiento de otros mecanismos que pudieran facilitar la coordinación y la vigilancia de las distintas iniciativas. Se recordó a los Estados la necesidad de depositar su aceptación del Acuerdo de Cumplimiento para que entrara en vigor. Por último, se pidió también que se proporcionara información sobre las medidas adoptadas, para que todos los gobiernos y la FAO pudieran presentar informes sobre la aplicación del Código y sus efectos en la pesca.

7.    Hasta la fecha, y en parte debido a esta iniciativa, la FAO ha recibido peticiones de autorización para traducir el Código a otros idiomas (alemán, italiano, tamil y tigrés). Información sobre el nombramiento de puntos coordinadores de alto nivel, y se han adoptado medidas para preparar versiones simplificadas del Código, así como material de capacitación para uso en los cursos de capacitación. Varias otras iniciativas adoptadas muestran el interés en la aplicación del Código de parte de todos los destinatarios del mismo, a saber: gobiernos, organizaciones, ONG y sector privado. Se ha invitado al personal de la FAO a que participen como especialistas en las reuniones regionales internacionales sobre prácticamente todos los temas del Código.

8.    La Resolución 4/95 de la Conferencia, recordando el Artículo 5 del Código, insta a que al aplicar las disposiciones del Código, se tengan en cuenta las necesidades especiales de los países en desarrollo. Pide también que, además de la consignación prevista en el PLP, la FAO elabore un programa interregional de asistencia con el fin de ofrecer ayuda exterior. La FAO ha elaborado en consecuencia, y presentado a los donantes, un programa que consta de diez componentes y que aborda los principales sectores del Código. A la fecha de preparación de este informe, dos países, Noruega y Países Bajos, así como el PNUD han manifestado su apoyo o su interés por algunos de los componentes, por lo que se están preparando los documentos de proyecto correspondientes. Las ONG que participaron en la formulación del Código están dispuestas a elaborar una versión simplificada e ilustrada de las partes pertinentes del Código para facilitar su aplicación por los pescadores, elaboradores y otros usuarios. Elaborarían también materiales de capacitación y organizarían seminarios, cursos y otras iniciativas encaminadas a promover la pesca responsable.

9.    Algunos países han iniciado ya programas oficiales para rediseñar sus políticas pesqueras y las correspondientes prácticas de ordenación de acuerdo con las disposiciones del Código. Según la información disponible, iniciativas de este tipo se han adoptado al parecer en los Estados Unidos de América y el Canadá. Además, Marruecos ha firmado concretamente un proyecto de fondo fiduciario unilateral con la FAO destinado a tal propósito.

10.    La Conferencia pidió también a la FAO que, en colaboración con los Miembros y las organizaciones interesadas pertinentes, elaborara, según procediera, directrices técnicas para apoyar la aplicación del Código. La FAO ha establecido la serie titulada "Directrices Técnicas para la Pesca Responsable". Algunas de las directrices se tendrán a disposición en el presente período de sesiones del COFI, aunque no en todos los idiomas. Las directrices sobre operaciones pesqueras han sido elaboradas en colaboración con el Gobierno del Canadá, que ha patrocinado una consulta técnica con esta finalidad. Nueva Zelandia ha colaborado también con la FAO en organizar un grupo de trabajo para la elaboración del primer proyecto de directrices para la ordenación pesquera. Suecia ha colaborado en organizar una consulta técnica para la elaboración de directrices sobre el enfoque precautorio para la ordenación pesquera. Se han formulado directrices para el desarrollo de la acuicultura y para la integración de la pesca en la ordenación de zonas costeras, así como notas técnicas para las prácticas posteriores a la captura y para el comercio, sobre la base de la experiencia de la FAO, la información existente e instrumentos afines, todo lo cual se ha distribuido, para que formulen observaciones, a los expertos y organizaciones pertinentes. Además, Australia en colaboración con la FAO organizará en 1997 una consulta técnica con el fin de formular directrices para la elaboración de indicadores de sostenibilidad en la pesca.

11.    Se han emprendido en colaboración con otras dependencias de la FAO y otras organizaciones, en particular de acuicultura, varias otras actividades para facilitar la aplicación del Código. Entre ellas se incluyen las siguientes: un marco provisional para el aprovechamiento responsable de especies introducidas; un seminario sobre el uso inocuo y eficaz de sustancias químicas en acuicultura, organizado en colaboración con el Centro de desarrollo de la pesca en Asia sudoriental con SEAFDEC; el establecimiento de una Estrategia regional para la colaboración en la ordenación sanitaria de la acuicultura en Asia y el Pacífico; la elaboración de directrices prácticas para la certificación sanitaria y de cuarentena para el desplazamiento responsable de organismos acuáticos, incluidas normas y sistemas de información; y la formulación de un proyecto regional para el fomento de un Código de Prácticas Responsable en el cultivo del camarón asiático, conjuntamente con la FAO y la Red de centros de acuicultura de Asia y el Pacífico (RCAAP).

12.    Se están preparando aportaciones técnicas, entre otras cosas sobre fabricación de piensos para la acuicultura y la gestión sanitaria para la Consulta FAO de expertos sobre alimentación animal e inocuidad de los alimentos de consumo humano de 1997. El Anteproyecto FAO/OMS de Código de Prácticas de Higiene para los Productos de la Acuicultura será examinado en una reunión OMS/RCAAP/FAO de expertos sobre determinadas cuestiones de inocuidad de los alimentos y la acuicultura en 1997. En Bangladesh, en 1997, con el fin de preparar una serie de directrices ycriterios para medidas de mejoramiento responsable para las pesquerías basadas en el cultivo. Además, se están abordando criterios técnicos y otras cuestiones sobre conservación y utilización de recursos genéticos para la acuicultura, entre otros, en colaboración con la Red Internacional de Recursos Genéticos para la Acuicultura (INGA) del ICLARM.

13.    Por lo que respecta a la gestión pesquera y las actividades de pesca, se han emprendido varias actividades, algunas en colaboración con los gobiernos y las organizaciones internacionales, por ejemplo, el Grupo de Trabajo FAO/OIT/OMI para actualizar las directrices vigentes o elaborar los documentos de trabajo a que se hace referencia en el Código, en particular, el Documento que ha de servir de guía para la formación y certificación de pescadores. La Federación Internacional de Sindicatos Libres ha organizado talleres en Cartagena (Colombia), Ciudad del Cabo y Manila para representantes de pescadores, con el fin de sensibilizarlos respecto de los diversos acuerdos y convenciones internacionales a que se hace referencia en el Código que atañen a ellos, por ejemplo, el Convenio internacional de Torremolinos para la seguridad de los buques pesqueros. El Colectivo Internacional de Apoyo a los Pescadores Artesanales ha organizado varias reuniones en las que se presentó el Código, en particular el Taller y Simposio sobre la Integración de la Pesca en la ordenación de las zonas costeras en la región de Asia meridional, que se celebró en Madrás en septiembre de 1996.

14.    El Departamento de Pesca de la FAO ha colaborado también con la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) en la tarea de identificar principios de sostenibilidad para los pescadores, tomando como base el Código y otros acuerdos internacionales pertinentes, con miras a asegurar un mejor cumplimiento de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y las del Código.

15.    Por lo que respecta al Acuerdo de Cumplimiento, se ha recibido instrumentos de aceptación de los siguientes diez países/entidades: Argentina, Canadá, Georgia, Madagascar, Myanmar, Noruega, St. Kitts y Nevis, Suecia, Estados Unidos de América y la Comunidad Europea. Para que el Acuerdo pase a ser legalmente operativo se requieren en total 25 instrumentos de aceptación.

16.    Los órganos pesqueros regionales y estatutarios de la FAO, tales como el Subcomité de Comercio Pesquero, han incluido, en su programa el tema del Código. Ello ha originado varias iniciativas, incluida la organización de consultas técnicas, talleres y seminarios a diversos niveles con miras a reforzar la cooperación regional y facilitar el intercambio de experiencias, materiales y conocimientos especializados que puedan facilitar la aplicación del Código a nivel nacional, regional y subregional.

III.    MEDIDAS QUE SUGIERE EL COMITE

17.    Se invita a los miembros del Comité a que presenten informe de las experiencias nacionales en el fomento de la aplicación del Código, a que asesoren sobre otros mecanismos y estrategias que puedan ser útiles con el fin de lograr su aplicación más efectiva y seguir de cerca sus efectos en la pesca, y a que decidan la frecuencia en la presentación de informes al COFI.