FAO Departamento de Pesca - COMITE DE PESCA
Enero 1997 COFI/97/Inf.13

FAO

COMITE DE PESCA
22º período de sesiones
Roma, Italia, 17-20 de marzo de 1997
TERMINACION DE LA PRESENTACION DE INFORMES SOBRE LA APLICACION DE LA ESTRATEGIA APROBADA POR LA CONFERENCIA MUNDIAL DE PESCA DE 1984 SOBRE LA ORDENACION Y DESARROLLO DE LA PESCA Y SUSTITUCION POR INFORMES SOBRE LA APLICACION DEL CODIGO DE CONDUCTA PARA LA PESCA RESPONSABLE


1.    La Conferencia Mundial de la FAO sobre Ordenación y Desarrollo Pesqueros celebrada en 1984 aprobó una Estrategia para la Ordenación y Desarrollo de la Pesca. La citada Conferencia, en su resolución nº 3, pidió al Director General de la FAO que facilitara al Comité de Pesca (COFI) de la FAO y a los Organos Rectores de la Organización informes periódicos sobre los progresos en la aplicación de la Estrategia. Se estimuló a los Estados y organizaciones internacionales y regionales a que colaboraran con el Director General en la preparación de dichos informes.

2.    El primer informe sobre los progresos fue presentado por el Director General al COFI en su 17º período de sesiones de 1987 y el segundo, en su 19º período de sesiones de 1991. El tercer informe estaba programado para su presentación en el 21º período de sesiones de 1995. Sin embargo, no se presentó debido principalmente a los cambios estructurales sustanciales realizados en dicho período de sesiones para organizar una Reunión Ministerial.

3.    Las cuestiones planteadas en la Conferencia de 1984 se han integrado ahora en gran medida en el Código de Conducta para la Pesca Responsable aprobado por la Conferencia de la FAO en su 28º período de sesiones de 1995. Se elaboró el Código en consonancia con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, la Declaración de Cancún de 1992, la Declaración de Río y el capítulo 17 del Programa 21 de la CNUMAD de 1992, el Acuerdo sobre las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios de 1995 y la Estrategia de 1984, así como otros instrumentos internacionales pertinentes. Por ello, puede considerarse que las disposiciones de estos instrumentos más recientes sustituyen a las de la Estrategia.

4.    Las contribuciones de los Miembros al tercer informe sobre los progresos en la aplicación de la Estrategia se tuvieron en cuenta en la preparación de la documentación pertinente para el último período de sesiones del Comité, especialmente el documento COFI/95/3 (Situación actual de lapesca en el mundo: Problemas y perspectivas) y el documento especial del COFI de 1995 "El estado mundial de la pesca y la acuicultura".

5.    La Conferencia de la FAO, en su 28º período de sesiones, aprobó las Resoluciones 4/94 y 8/95 referentes a las disposiciones del Código y dichas Resoluciones confirman al Departamento de Pesca el mandato de presentar periódicamente al COFI informes que le permitan examinar los progresos en la aplicación del Código y sus efectos en el fomento de la pesca responsable. El Departamento ha presentado también un informe sobre la aplicación de la Declaración y Plan de Acción de Kyoto.

6.    Teniendo en cuenta estas novedades referentes al Código, con el fin de evitar toda duplicación de trabajos, el Director General considera apropiado interrumpir la presentación de informes sobre la aplicación de la Estrategia de 1984.