Aspectos de política y legislación
El organismo rector de la Política Forestal en Venezuela es el SEFORVEN, creado en 1989 con rango Dirección General Sectorial, dependiente del MARNR.
Este organismo es el encargado de desarrollar y dirigir el Sector Forestal a través de la gestión ambiental de los bosques y tierras forestales y la producción de bienes y servicios que se derivan de su manejo y el de los recursos que los componen, basado en varios principios y objetivos.
Para el uso que concierne, uno de los principios se refiere a que "los bosques deben ser desarrollados y manejados con criterio de aprovechamiento múltiple, a fin de conciliar los conflictos de uso entre la producción de alimentos' la producción de madera, fibras, los valores protectores y recreativos, además para contribuir con ello a mejorar el nivel de vida de la población".
Uno de los objetivos es "favorecer el uso más integral y conservacionista de los recursos naturales renovables presentes en los bosques y en las tierras forestales, e impulsar el manejo forestal en las áreas de producción permanente".
La finalidad de la política forestal en Venezuela es "extraer de sus recursos madereros y otros bienes. el máximo de utilidad en beneficio del mayor número posible de habitantes".
En vista de lo anterior es importante destacar que de la superficie total de Venezuela, el 58% se encuentra bajo la condición de Areas bajo Régimen de Administracción Especial. Esta figuras se dividen en tres categorías de acuerdo a sus fines productores, estrictamente protectores y protectores con usos normados. Se estima que la cobertura boscosa dentro de estas áreas alcanza un 55 % del total.
Las áreas con fines productores están decretadas como Reservas Forestales, Lotes Boscosos y Areas Boscosas Bajo Protección, y ocupan alrededor de 12 300 000 ha. El aprovechamiento se rige estrictamente bajo Planes de Ordenación y Manejo Forestal.
El principio y el objetivo mencionado, conjuntamente con la información de la potencialidad forestal del país, permite argüir que enfatizan el aprovechamiento múltiple, entendiéndose éste como el proceso que comprende el conocimiento, inventario y manejo de los recursos naturales renovables, para garantizar la satisfacción de las necesidades actuales y futuras de los venezolanos, en cuanto a beneficios accesorios que se obtienen de los PFNM. En la práctica o realidad venezolana' no ocurre así.
Si se toma en cuenta la poca relevancia que actualmente representa el Sector Forestal en Venezuela, aunque se estén haciendo esfuerzos loables para desarrollarlo, es importante destacar que a los PFNM, no se les ha dado la real significación que merecen, pues no existe una instrumentación real para el manejo sistemático de estos productos.
No obstante, la potencialidad de los recursos forestales y en especial de los PFNM, indican la necesidad de desarrollar estrategias y políticas para incorporar estos productos, desde ya dentro de la economía del país.
Aunado a lo anterior, debe destacarse que el sector forestal, tiene una tradición de más de 40 años, lo que constituye un apoyo valioso para el desarrollo, en el sentido que desde el punto de vista institucional cuenta con organismos públicos y privados que pueden contribuir de forma determinante a fomentar el uso' conservación y manejo de los PFNM de lo, bosques venezolanos.
Desde el punto de vista legal, existen varios instrumentos jurídicos que tienen inherencia en el aprovechamiento de los PFNM.
La Constitución Nacional, en el artículo 10, indica. que "El Estado atenderá a la defensa y Conservación de los recursos naturales de su territorio, y la explotación de los mismos está dirigida primordialmente al beneficio de los venezolanos".
La Ley Orgánica del Ambiente (1976), en el artículo 3, numeral 2, establece: "El aprovechamiento racional de los suelos, aguas, flora, fauna, fuentes energéticas y demás recursos naturales, continentales y marinos, en función de los valores del ambiente".
Además indica que: "El Plan Nacional de Conservación, Defensa y Mejoramiento Ambiental debe incluir: " ... las para el aprovechamiento de los recursos naturales basadas en el principio de uso racional de los recursos,..." (Artículo 7, numeral 3 de la misma Ley mencionada).
La Ley Forestal de Suelos y de Aguas (Gaceta Oficial N° 997 del 08-01-66), en el artículo 3, numeral 2, establece que, se declara de interés público, "...la conservación, fomento y utilización racional de los bosques y de los suelos...".
También la misma Ley, en su Título IV, De los Aprovechamientos Forestales, artículo 44, establece que " ...sin embargo, el Ejecutivo Nacional podrá permitir el libre aprovechamiento en zonas baldías determinadas, de aquellos frutos de especies forestales cuya recolección no perjudique los árboles que los produzcan. El reglamento señalará, asimismo, la forma cómo será autorizado el aprovechamiento de tales frutos... "
La misma Ley en el artículo 65 norma en su Parágrafo Segundo la explotación de Productos Secundarios (incluye PFNM) en terrenos de dominio público o privado de la Nación, y refiere que se regirán por lo establecido en el Reglamento de la Ley.
Por otra parte, la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio (Gaceta Oficial N° 3238, 1983) en el articulo 3, numeral 9 dice "... la protección del ambiente, y la conservación y racional aprovechamiento de las aguas, los suelos, el subsuelo, los recursos forestales y demás recursos naturales renovables y no renovables en función de la ordenación del territorio...".
La Ley de Protección a la Fauna Silvestre (Gaceta Oficial N° 29289, 1970) en el articulo 5, numeral 2 declara de interés público "...la conservación, el fomento y aprovechamiento racional de la fauna silvestre" , el numeral 6 establece la investigación científica de la fauna silvestre y el artículo 42 indica "...para ejercer la caza o la recolección de productos naturales derivados de la fauna silvestre, en terrenos de propiedad pública o privada, deberá el interesado estar provisto de la correspondiente licencia de caza".
Otros instrumentos jurídicos que norman el uso y aprovechamiento de los PFNM, son el Reglamento de la Ley Forestal de Suelos y de Aguas y el Decreto N° 2214 del 23-04-92, que trata sobre las Normas para la Administración de Actividades Forestales, Lotes Boscosos, Areas Boscosas Bajo Protección y Areas Boscosas de Propiedad Privada destinadas a la producción Forestal Permanente.
El Reglamento de la Ley Forestal de Suelos y de Aguas (Decreto N° 1333 del 11-02-69) establece en su Título IV, De los Aprovechamientos Forestales, artículos 92,93,94 y 95, una serie de normas para reglamentar el aprovechamiento y uso de los frutos de especies forestales. También en el artículo 96. prohibe lo siguiente: "...Queda prohibido, salvo disposición en contrario tomada por el Ministerio de Agricultura y Cría ', la explotación de la madera de los árboles productores de látex, gomas, resinas, bálsamos, aceites. esencias, frutos oleaginosos, raíces medicinales, corteza aromáticas y de cualquier otro producto cuyo valor comercial sea más alto que el de la madera de las plantas que lo producen."
El Capítulo V del Reglamento se refiere al Aprovechamiento de Productos Secundarios, categoría que incluye los PFNM, bajo los artículos 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, y 138, en que se reglamentan en forma explícita el aprovechamiento de tales productos entre los que incluyen: el purgo o balatá, el chicle. el caucho, leña y el carbón vegetal, las cortezas de quina, angostura, simaruba, saisai y mangle, así como la recolección de frutos de dividivi y la explotación de palmas para utilizar en techos de viviendas.
Por ejemplo, el articulo 135, norma claramente las medidas que deben tomarse en cuenta para la explotación del balatá, el caucho, pendare o chicle y demás sustancias similares; a continuación se transcribe dicho articulo "...La autorización para explotación... se dará con sujeción de las siguientes medidas:
1. En ningún caso podrán explotarse árboles que tengan menos de 80 cm de circunferencia a 1,30 m de altura a partir del suelo.
2. Las incisiones no deberán penetrar toda la corteza, no deberán cruzarse y queda en todo caso prohibido terminantemente tornear el árbol con dichas incisiones.
3. No podrá utilizarse sino una sola de las faces (sic) del tronco para el aprovechamiento de cosecha, y el árbol ya sangrado no podrá volverse a explotar hasta que no hayan sanado las heridas anteriores.
4. Por ningún concepto podrán ser cortadas o sangradas las ramas, ni talado, ni derribados los árboles para facilitar la explotación de estos productos. "
De igual manera en el Título XI correspondiente a las Disposiciones Fiscales, se reglamentan los derechos fiscales y las multas que serían recaudadas por el uso de estos productos. El articulo 201 hace referencia al impuesto a pagar por los productos explotados: "... Cuando se trate de los productos secundarios, estantes, horco-nes, vigas, viguetones, tirantes, soleras, principales, troncos de palmeras. postes. guaduas, cumbreras, costillas, madrinas esquine-ros, llaves, alfardas, pié de amigos, correas y sarrapia la tarifa será la siguiente:...". Más adelante dice: "...Cuando se trate de: corteza de mangle. corteza de quina, corteza de angostura, barbasco y otras plantas tánicas, leña, carbón vegetal, chicle, raíces, bejucos o majaguas, juncos o majaguas, barbas de palo, palmas para techo, píritus, latas, guajillas. aceite de copaiba. cogollo de lucateva y palmito, la tarifa será como sigue:..".
Hasta aquí se trata de compilar los principales instrumentos jurídicos que reglamentan el uso y aprovechamiento de los PFNM. Se evidencia que en el país existe la normativa legal que permite el manejo sustentable de estos productos.
Aspectos de investigación
En Venezuela se ha generado una importante labor de investigación en el área forestal; sin embargo la divulgación de resultados no concuerda con los esfuerzos destinados a la misma.
Por tradición, en el país, la investigación ha sido realizada por la Facultad de Ciencias Forestales de la Universidad de los Andes y sus diferentes dependencias. Hoy día otras instituciones se han incorporado a la tarea de investigación; tal es el caso del Instituto Forestal Latinoamericano (IFLA), el SEFORVEN, la Corporación Venezolana de Guayana (CVG), la Compañía Nacional de Reforestación (CONARE), as' como otras universidades y empresas públicas y privadas.
Muchos de estos organismos tienen poco apoyo financiero, lo que se traduce en el estancamiento de sus programas de investigación. Esto significa que la baja inversión en esta área ha dificultado la consolidación de la investigación forestal en el país.
La investigación relacionada con PFNM, no escapa a la situación anterior, pues poco se sabe acerca de lo que se ha hecho en este campo, por problemas referidos a la divulgación de información. No obstante. se han presentado algunos trabajos relacionados con el área, dentro del contexto de la etnobotánica, en los dos últimos Congresos Venezolanos de Botánica. Estos trabajos se mencionan a continuación:
- Inventario de recursos botánicos útiles y potenciales de la cuenca hidrográfica del Río Morón, Estado Carabobo. Venezuela.
- Propiedades biomédicas de embriofitas asifonogámicas de los Andes Venezolanos.
- Alimentos del bosque.
- Botánica Económica: Contribución de los bosques al desarrollo de la agricultura.
- Una aproximación al conocimiento de las plantas venenosas más comunes de Venezuela.
- Notas etnofarmacológicas sobre dos especies del género Asplenium (Pteridophyta) en Venezuela.
- Exploración Etnobotánica de la comunidad de San Rafael de Tabay. Parte I: Plantas medicinales en los huertos familiares.
- Investigaciones etnobotánicas en la Reserva Forestal de Caparo. Estado Barinas, Venezuela.
La Dirección de Investigación del SEFORVEN. tiene actualmente en marcha dos trabajos relacionados con el tema. Uno de ellos se refiere al "Uso No Maderero de Especies Forestales", que comprende los siguientes objetivos:
1. Cuantificar las especies forestales comerciales con usos etnobotánicos.
2. Introducir en la red Arboretum que desarrolla SEFORVEN en el país, las especies forestales con potencialidad de uso etnobotánico.
3. Realizar publicaciones de avance de especies forestales con uso etnobotánico.
4. Establecer una continuidad histórica con algunos estudios y observaciones realizadas en el pasado, con miras a recuperar y actualizar la información.
El tiempo de ejecución del proyecto se estimó en su primera fase en dos años, con una inversión total de Bs. 3 913 880 ($EE.UU. 22 493), financiado por SEFORVEN y CONICIT (Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas).
El otro proyecto de investigación trata sobre "El aprovechamiento integral del fuste de palma manaca. La justificación de este trabajo se basa en buscar alternativas de uso al fuste de la palma manaca. pues el actual se reduce únicamente al aprovechamiento del palmito comestible que representa sólo el 0,15% de la palma y su manejo origina un desperdicio del resto del fuste que se estima superior a las 500 mil t/año. Este proyecto lo conforman tres subproyectos: la durabilidad natural y adquirida del fuste, la posibilidad de elaboración de tableros de partículas y tableros de pajilla-cemento, estos últimos serían utilizados en construcciones de vivienda de interes social (módulos asistenciales) y para uso de tabiquería interior y construcción de mobiliario de cocinas empotradas. Este proyecto está en la fase de ensayos de laboratorio y lo ejecuta el SEFORVEN, conjuntamente con el Laboratorio Nacional de Productos Forestales (ULA-MARNR) (Esquerre, 1994).
Actualmente la investigación forestal en Venezuela está en vías de reorganización con la creación de la Fundación Fondo Nacional de Investigaciones Forestales, la cual tiene como objetivo la captación de recursos económicos para financiar la investigación forestal, la divulgación, capacitación, extensión y el fomento en apoyo de la forestación y el manejo racional de los recursos forestales y para promover el mejor aprovechamiento de los productos y servicios derivados de ellos.
Considera también la ejecución del Plan Nacional de Investigaciones Forestales, cuyo objetivo básico se dirige a mejorar cualitativa y cuantitativamente la investigación forestal en el país optimizando el uso de recursos mediante la coordinación, la cooperación, el establecimiento de prioridades, la divulgación y la gestión de apoyo financiero.
Este plan contempla tres áreas específicas: manejo forestal, productos forestales y economía forestal.
Cada una de ellas conformada por subáreas. En lo que respecta a los PFNM se tiene lo siguiente:
|
Area: |
Manejo forestal |
|
Subáreas: |
Utilidad de las áreas de protección |
|
Area: |
Productos forestales |
|
Subáreas: |
Obtención y usos de productos no maderables del bosque |
|
Area: |
Economía forestal |
|
Subáreas: |
Mercado |
Los problemas y las limitaciones del uso, aprovechamiento y comercialización de los PFNM, están ligados al manejo y conservación de los demás recursos naturales renovables y en especial al recurso forestal.
Entre los problemas que afectan el recurso forestal están las talas y deforestaciones, la expansión de la frontera agrícola, la ocupación de zonas boscosas por la actividad minera y la explotación inadecuada del Recurso Bosque. (MARNR-SEFORVEN, 1992).
Estos problemas ampliamente caracterizados y analizados inciden gravemente en el desarrollo de los recursos forestales y por supuesto, también afectan el manejo y producción de productos forestales no madereros. A continuación éstos se exponen brevemente:
Talas y deforestaciones
En Venezuela las deforestaciones se extienden en mayor y menor escala a través del territorio nacional, destacándose principalmente la zona de los llanos, donde el porcentaje de deforestación ha alcanzado un ritmo acelerado, originado casi exclusivamente por las migraciones en busca de mejores condiciones de vida.
Según las estadísticas, en el período 1980-1988, han determinado que el grado de intervención se encuentra en un promedio aproximado a las 230 000 ha/año, de las cuales unas 100 000 ha, corresponden a vegetación alta y media (70 000 ha autorizadas; 30 000 ha, deforestadas ilegalmente). Las 130 000 ha (56,5%) restantes corresponden a deforestaciones de vegetación baja, matorral y rastrojo (MARNR SEFORVEN, 1992).
Se ha analizado el problema de las deforestaciones y se ha llegado a la conclusión que surge como consecuencia de conflictos sociales en las áreas rurales originadas por la tenencia de la tierra, la presión por la producción de alimentos y la posibilidad de satisfacer necesidades de primer orden mediante los beneficios obtenidos por la comercialización de los productos del bosque.
Expansión en la frontera agrícola
En el país, la expansión de la frontera agrícola es alarmante y ha originado el detrimento de los recursos, sobre todo en donde se localizan macizos boscosos protegidos bajo figuras de régimen de administración especial.
Este proceso de colonización agrícola tiene su origen a comienzos del presente siglo, pero se ha profundizado desde la década de los 60 (MARNR.SEFORVEN, 1992).
En los actuales momentos y debido a la crisis económica que atraviesa el país. el problema de ocupación de tierras con fines agropecuario.;; continua en ascenso, lo que constituye un grave problema que requiere atención urgente y que debe ser abordado desde un punto de vista integral por los sectores políticos, económicos y sociales a los cuales afecta.
Ocupación de zonas boscosas por la actividad minera
El desarrollo de la actividad minera de oro y diamantes en el Sur de Venezuela está produciendo significativos impactos negativos sobre los recursos naturales. Miles de hectáreas son depredadas diariamente, el curso natural de caños y ríos es desviado y envenenadas sus aguas con mercurio, se talan árboles centenarios y la deforestación en las cabeceras de los ríos, viene también acompañada con la destrucción de la fauna acuática y silvestre. (MARNR-SEFORVEN, 1992).
La actividad minera está causando daños irreversibles a los recursos naturales y al recurso bosque pues al Sur de Venezuela es donde se localiza la mayor superficie de macizos boscosos y la mayor parte de Reservas Forestales.
Explotación inadecuada del recurso bosque
A lo largo del tiempo la explotación del bosque en Venezuela ha sido conducida mediante deforestaciones y permisos anuales. Las deforestaciones, por lo general llevan implícito un cambio de uso de la tierra acelerado, mientras los permisos anuales dan inicio a un proceso lento de transformación del uso forestal a uso agropecuario; esto se debe principalmente a la selectividad del aprovechamiento. que se concentra en pocas especies, principalmente las más valiosas (MARNR, 1992).
El caso planteado anteriormente afecta en forma determinante al uso y producción de PFNM, considerando la escaséz de información la limitante primordial para ordenar el uso y aprovechamiento de ellos.
En este sentido se señala que no se han diseñado mecanismos para recopilar y procesar información estadística confiable. El principal problema estriba en que, se recopila la información por medio de relaciones quincenales de movilización (transporte) o por consultas en las diferentes regiones dentro del contexto de productos secundarios. Esta manera de recolectar la información genera vacíos, ya que en la mayoría de los casos no se tienen registros de especies. uso de ellas, y mucho menos sobre su comercialización a nivel artesanal o industrial.
También es necesario señalar que la política ambiental actual está orientada a disminuir los permisos anuales a su mínima expresión, sólo se permiten donde la planificación ambiental integral indique la necesidad de abrir paso a la actividad agrícola para paliar el problema alimentario, promoviendo la producción sostenible de madera a través de la ejecución dé Planes de Manejo Forestal integral en las áreas destinadas a tales fines.
Aunque los Planes de Ordenación y Manejo Forestal, están dirigidos a la producción de Productos Forestales y no se considera el manejo de los PFNM, no se descarta su incorporación, ya que los planes en su primera fase son considerados experimentales y este hecho da pié a que se puedan sugerir modificaciones que incluya el manejo de PFNM. No hay que olvidar que en país se están ejecutando planes de manejo con palmito en el Estado Delta Amacuro.
Lo expuesto en el presente informe muestra las grandes potencialidades de los PFNM en Venezuela. Sin embargo, como se ha manifestado, el país no les ha dado la importancia requerida, aunque la preocupación del Sector Oficial busca los mecanismos para incorporarlos dentro del desarrollo forestal nacional y regional. En todo caso se deben delinear políticas y estrategias que reorienten el uso. aprovechamiento y conservación de tales productos, dentro de los lineamientos de la Política Forestal de Venezuela.
Algunas acciones factibles de ejecutar a corto y mediano plazo serían:
1. Inventario de PFNM por zonas de vida, que comprendería también un inventario preliminar a nivel de unidades de producción.
2. Recolección y concentración de la información dispersa en un sistema automatizado.
3. Investigación dirigida, planificada y organizada los PFNM.
4. Estudios económicos y de comercialización de dichos productos.
5. Industrialización.
6. Inclusión de los PFNM dentro de los Planes de Ordenación y Manejo que se llevan a cabo en el sistema de Reservas :Forestales.
7. Programas de extensión que divulgan las bondades y perspectivas de los PFNM.
8. Incorporación de las comunidades rurales e indígenas al manejo de los PFNM.
9. Conformación de equipos multidisciplinarios que se incorporen al desarrollo de los PFNM del país.
10. Integración a los Planes de Cooperación Regional e intercambio de información con países y organizaciones internacionales, gubernamentales y no gubernamentales.
Hoy día la cooperación entre los países, organizaciones internacionales y regionales, tiene gran importancia estratégica, aun cuando los países del "Tercer Mundo" se dirijan al alcance de nuevas tecnologías que le permitirán el aprovechamiento sustentable de sus recursos. Venezuela puede colocarse a la vanguardia de los países capaces de afrontar el reto de superar sus dificultades, mediante la utilización de sus recursos naturales bajo una planificada estrategia de alcance regional (MARNR-SEFORVEN, 1992).
Dentro de este contexto, en los últimos años se han fortalecido los lazos con organizaciones internacionales tales como la Junta del Acuerdo de Cartagena (JUNAC), la Organización Internacional de Maderas Tropicales (IITO), la FAO, el Banco Mundial, la Comunidad Económica Europea y el Banco Interamericano de Desarrollo, entre otras, a fin de consolidar el desarrollo forestal en Venezuela y cooperar con otros países, específicamente los de la región de América Latina y el Caribe.
Este panorama de cooperación internacional es un importante paso para la actuación de Venezuela en los escenarios forestales, de la región y del mundo.
Por lo tanto en este campo de los PFNM es prioritario dar a conocer a la región y al mundo, las potencialidades reales de cada uno de los países de América Latina y el Caribe. En todo caso es necesario delinear acciones conducentes a lo siguiente:
1. Establecer un sistema de información regional que contenga los datos sobre los PFNM, en cuanto a especies utilizadas, usos probados y potenciales, distribución geográfica y ecológica, formas de recolección, cosecha, procesamiento, producción, comercialización y mercadeo, entre otras.
2. Dar a conocer ampliamente las potencialidades, uso y aprovechamiento de los PFNM de la región.
3. Incrementar la investigación sobre PFNM en cuanto a su abundancia, distribución, variación, ecología, métodos de propagación, practicas de cultivos, usos, sistemas de producción, mercadeo y comercialización, así como los aspectos sociales que ellos involucran.
4. Realizar convenios interinstitucionales a nivel nacional como internacional a fin de conseguir una cooperación más efectiva para lograr el desarrollo de estos productos en cada uno de los países.
5. Revisar, ampliar y estimular dentro de cada país los instrumentos de política, legislación y administración, a fin de fomentar y alcanzar los objetivos de desarrollo.