INFORMACIÓN SOBRE LA ORDENACIÓN PESQUERA DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

Enero 2003

LOCALIZACIÓN DE LOS PRINCIPALES PUNTOS DE DESEMBARQUE

Tabla 1. Desembarques pesqueros anuales (1997 a 2001) en los puertos industriales y artesanales del Uruguay.

* Demás puertos pesqueros artesanales (tabla 2) mas otros puntos de desembarque.

Tabla 2. Coordenadas geográficas de los puertos artesanales mas relevantes y desembarques pesqueros anuales en los mismos (período 1997-2001).

Figura 1. Localización de los principales puntos de desembarque pesquero en Uruguay. (en rojo se indican puertos industriales, en azul los artesanales de mayor relevancia y en verde otros puntos de desembarque artesanal) relevantes y cantidad anual desembarcada (miles de ton/año).

1. PANORAMA DEL SECTOR PESQUERO URUGUAYO

El sector pesquero uruguayo captura anualmente aproximadamente 100.000 ton y exporta productos de la pesca por U$S 120 millones año. En el último quinquenio pese al difícil contexto macroeconómico regional y a la caída de las exportaciones totales del país, las tendencias para el sector mostraron un aumento sostenido en lo relacionado al monto de las exportaciones en dólares pese a notarse una disminución de la producción pesquera en toneladas. Estos valores se explicarían por el incremento de los volúmenes de especies de alto valor en la composición de las exportaciones. Tal es el caso de la pesquería de merluza negra, que opera en la zona de Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), y que se ha incrementado notoriamente en los últimos años.

La actividad pesquera industrial en la República Oriental del Uruguay se canaliza fundamentalmente por los puertos de Montevideo y La paloma (Depto. Rocha) . Los desembarques realizados en los mismos conforman el 97% de los totales. En los últimos años (2000-2001) como resultado del incremento de la flota pesquera que opera en áreas del CCRVMA se cuenta con desembarques uruguayos en puertos extranjeros que fluctúan entre el 1 y 3% de los totales y son controlados por inspectores de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA)(ex INAPE).

La actividad pesquera artesanal representa el 2% de los desembarques totales y la mayor parte de la misma (mas del 80%) se canaliza principalmente a traves de 10 puertos.

1.1 Utilización de las capturas

En 2001 el parque industrial pesquero uruguayo estuvo compuesto de 15 empresas procesadoras. El 75% de las capturas uruguayas son exportadas con proceso de congelado, el 25% como pescado fresco refrigerado, el 2.5% es empleado como harina y el resto recibe otro procesamiento (ahumados, enlatados, etc.)(2000). El 80% de la producción de congelados mencionada anteriormente correspondió a pescados enteros y eviscerados.

La exportación de pescados frescos o refrigerados apunta a dos segmentos de mercado bien diferenciados. El primero corresponde a especies de alto valor, como pez espada y atunes, que son exportadas vía aérea a mercados muy exigentes en cuanto a calidad (EEUU) a un precio medio de U$S 6300/ton FOB (1999). El otro nicho de mercado explotado corresponde a especies de menor valor (aproximadamente U$S 500/ton FOB; 1999) que es exportado a Brasil por vía terrestre.

La harina y el aceite de pescado son productos de producción marginal exportados en pequeñas cantidades para ser empleados en la elaboración de raciones animales.

1.2. Objetivos generales para el ordenamiento pesquero

La DINARA es la autoridad nacional competente encargada de regular el sector pesquero uruguayo. Es un programa del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca y presenta los siguientes objetivos en materia pesquera:

  • Impulsar el desarrollo de la actividad pesquera nacional y de las industrias derivadas.

  • Explotación más eficiente de las especies tradicionales, minimizando sus descartes, así como la diversificación de las capturas y el desarrollo de nuevos productos, controlando la preservación de los recursos acuáticos.

  • Desarrollo de acuicultura como alternativa productiva.

  • Manejo sustentable de las poblaciones de mamíferos marinos, y las pesquerías en pequeña escala.

  • Asegurar calidad y excelente estado higiénico-sanitario de los productos de la pesca uruguayos.

  • Realizar permanente divulgación de los resultados de estudios e investigaciones del medio acuático.

1.3. Estrategia

En la actualidad se ha alcanzado el estado de explotación máxima en la mayoría de las especies acuáticas presentes en la Zona Común de Pesca argentino-uruguaya, sobrepasándose en muchos casos estos valores hasta llegar a la sobreexplotación de las poblaciones de peces (fundamentalmente de merluza, cangrejo rojo, corvina y pescadilla). Esta situación hace prever que no será posible incrementar las capturas ni las exportaciones con la actual estructura del sector. La estrategia actual consiste en diversificar las capturas procurando disminuir la presión de pesca sobre las especies sobrexplotadas. A tales efectos en los últimos tres años se ha incrementado el número de unidades de pesca de bandera uruguaya que operan en aguas internacionales, fundamentalmente mas allá de las 200 millas jurisdiccionales y particularmente en el área de CCRVMA (Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos). Asimismo se han reforzado los mecanismos de control sobre los desembarques y se ha establecido un programa de observadores en flota pesquera. Esto permite por un lado verificar el cumplimiento de la normativa pesquera nacional e internacional (mediante la participación de técnicos uruguayos especializados y acreditados como observadores de CCRVMA e ICCAT) y recabar información biológico pesquera para analizarla conjuntamente con la obtenida por los barcos de investigación a efectos de administrar racionalmente los recursos sobre bases científicas.

Los recursos pesqueros de la Zona Común de Pesca argentino-uruguaya (ZCPAU) son regulados por normas de carácter binacional establecidas en el ámbito de la Comisión Técnico Mixta del Frente Marítimo integrada por ambos países. En este contexto la administración es compleja debido a dificultades provenientes de la naturaleza migradora de las principales especies comerciales que en su mayoría realizan desplazamientos reproductivos entre aguas uruguayas y argentinas, quedando una parte del año en aguas de jurisdicción exclusiva de este último país donde se aplica su propia normativa regulatoria y no la binacional. El importante aumento del esfuerzo pesquero argentino en la zona Sur (fuera de la ZCPAU) realizado en los últimos años ha ocasionado una merma importante en las poblaciones de merluza reflejada en la disminución de las capturas uruguayas.

En el contexto expuesto resalta la importancia de la investigación biológico pesquera realizada como base para la administración racional de las pesquerías tanto en el ámbito de jurisdicción nacional, binacional o internacional. Esto ha llevado a que la DINARA disponga de importante información de base producto de campañas de investigación realizadas durante mas de 25 años.

Dentro de la estrategia de desarrollo sectorial se esta promoviendo activamente el desarrollo de la acuicultura, actividad que ha sido declarada de interés nacional, a efectos de prever a mediano plazo un incremento en las exportaciones de productos de la pesca de este origen. Asimismo se esta ordenando el sector pesquero artesanal dado la importancia que este presenta en la ocupación de mano de obra y en el mercado interno.

2. DESCRIPCIÓN DE LOS PRINCIPALES SISTEMAS DE ORDENACIÓN DE LAS PESQUERÍAS IMPORTANTES Y DE LA ACUICULTURA

2.1 Pesquerías en el Frente Marítimo del Río De La Plata: Explotación de Especies de altura (merluza y fauna acompañante) y costera (corvina, pescadilla y fauna acompañante).

La descarga del Río de la Plata y la confluencia de la corriente fría de Malvinas con la de Brasil conforman un ecosistema marino complejo con gran diversidad de hábitat para especies acuáticas. Esta dinámica de frentes oceánicos ocasiona un alto grado de diversidad con bajo grado de endemismo. Los principales recursos pesqueros uruguayos están asociados a la corriente de Malvinas presentando desplazamientos migratorios entre aguas de jurisdicción uruguaya y argentina que hacen compleja la administración de los mismos fuera de un ámbito binacional.

Desde el punto de vista pesquero, en el Río de la Plata y su Frente Marítimo se encuentran especies de gran relevancia comercial como la merluza (Merluccius hubsii), corvina (Micropogonias funieri), lenguado (Paralichtys spp.), cangrejo rojo (Chaceon notialis), vieira (Zygochlamis patagonica), etc. Las capturas uruguayas realizadas en este ecosistema ascienden a 100000 ton/año y tienen un valor estimado de 120 millones de dólares (2001). Estos recursos son compartidos con la República Argentina en el ámbito de las Comisiones Administradoras del Frente Marítimo (CTMFM) y Río de la Plata (CARP), ambas de carácter binacional.

La flota pesquera uruguaya opera sobre diferentes poblaciones ictícolas (aproximadamente 41 especies) dependiendo su actividad de los permisos otorgados por DINARA (Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, ex INAPE).

La política nacional procura preservar los recursos pesqueros manteniendo un nivel de abundancia poblacional mediante la regulación de la mortalidad por pesca de forma tal que se satisfagan objetivos ya sea biológicos, económicos y sociales.

La DINARA clasifica las licencias de pesca que otorga en base a cuatro categorías según las especies objetivo; A, B, C y D. La primera corresponde a barcos pesqueros de altura que operan fundamentalmente sobre merluza, la segunda a embarcaciones costeras cuya especie objetivo es la corvina, la tercera a embarcaciones que operan sobre especies consideradas como “no tradicionales” (las especies no comprendidas en las categorías anteriores) y la última para los barcos de bandera nacional orientados a la pesca de especies que se encuentran fuera de la jurisdicción uruguaya (merluza negra –Dyssostichus eleginoides-, túnidos –Thunnus spp-, krill –euphausidae- y otros crustáceos).

2.1.1. La pesquería de merluza y fauna acompañante (flota categoría "A")

Esta Categoría sufrió una importante reducción de la flota pasando de 36 barcos en 1995 a 28 en 2000. Dentro de la misma se encuentran comprendidos los buques cuyas especies objetivo son la merluza y su fauna acompañante (rouget –Helicolenus dactylopterus-, castañeta –Cheidolactylus bergi-, calamar –Illex argentinus-, abadejo –Genipterus blacodes-, etc).

Las capturas de ésta pesquería por parte de la flota uruguaya fueron incipiente hasta el año 1974 (inferiores a 10000 ton/año). Debido al establecimiento del Programa de Desarrollo Pesquero en 1974 y el establecimiento del Tratado del Río de la Plata, las capturas aumentaron significativamente a 22500 toneladas en 1977, 41300 en 1978 alcanzando un máximo de 97200 en 1985. La Tabla 3 muestra la evolución de las capturas de merluza entre 1990 y 2001 de la flota uruguaya. En la misma se aprecia una caida sostenida de los desembarques que llegaron a 27000 toneladas en 2001.

Tabla 3. Evolución anual de la captura de merluza (período 1990-2001)

Año

Ton

% de la captura total

1990

55.751

61,3

1991

95.890

66,7

1992

74.509

59,2

1993

69.910

58,9

1994

56.981

47,2

1995

57.874

45,8

1996

57.926

47,0

1997

48.367

35,3

1998

49.111

34,8

1999

32.045

30,0

2000

27.710

26,4

2001

27.818

27,5

Se puede ver que la merluza del Atlántico Sudoeste ha experimentado una disminución significativa de su biomasa poblacional total reflejada en la disminución de las capturas. Las investigaciones pesqueras de la DINARA muestran una disminución notable de la biomasa migratoria que penetra estacionalmente en la ZCP desde el Mar Argentino.

Medidas de protección adoptadas sobre el recurso:

Tallas mínimas de desembarque:

Según el Artículo 49 del Decreto 149/997, la talla mínima de desembarque y comercialización para merluza (Merluccius hubsii) es de 35 cm de longitud total.

De todas formas, se establece un porcentaje de tolerancia de medidas inferiores a la determinada, sobre el peso total de descarga por viaje, de un 15% para la especie mencionada. A los productos procesados a bordo se le aplican factores de conversión (a determinarse por la DINARA), tendientes a obtener la longitud total del ejemplar entero.

Captura Total Permisible (CTP):

Por Resolución de la CTMFM se fija una Captura Total Permisible de la especie merluza a partir del 1 de enero de 2001, de 90,000 ton/año para la Zona Común de Pesca Argentino - Uruguaya. Sin perjuicio de lo anterior, se reserva un cupo adicional de 10,000 ton/año para su eventual utilización de acuerdo al resultado de los criterios evaluativos que se efectúen. En tal sentido las Partes deberán intercambiar mensualmente datos sobre las respectivas capturas de ese recurso, información que en gran medida proviene de los Partes de Pesca, lo cual destaca la importancia de estos documentos.

2.1.2. La pesquería de corvina y pescadilla (Flota Categoría "B")

La flota Categoría B está constituida por 35 embarcaciones que operan mediante la modalidad de arrastre en pareja. Entre 1993 y el presente se sustituyeron la mayor parte de las embarcaciones antiguas de casco de madera, por unidades más modernas. En los últimos años, como consecuencia de la baja en el rendimiento pesquero, que provocó un aumento en los días en el mar, la flota mejoró su capacidad de refrigeración.

Dentro de la Categoría B se encuentran comprendidos los buques cuyas especies objetivo son la corvina, la pescadilla y su fauna acompañante (por ejemplo gatuso (Mustelus schmitti), cazón (Galeorhinus galeus), angelito (Squatina argentina), palometa (Parona signata), pargo (Umbrina canosai), burriqueta (Menticirrus americanus), lenguados (Paralichtys spp.), brótola ( Uruphysis brasiliensis), mochuelo (Netuma barba), corvina negra (Pogonias cromis), pescadilla de red (Macrodon ancylodon), lacha (Brevoortia aurea), etc).

La Tabla 4 muestra la evolución de las capturas de corvina y pescadilla de la flota uruguaya entre 1990 y 2001.

La corvina se distribuye sobre toda la costa atlántica de América del Sur desde Venezuela hasta Argentina. Dentro de esa amplia zona la especie forma varias poblaciones de las cuales dos se distribuyen dentro de la ZCP. La población de mayor importancia para la flota uruguaya es aquella que desova y tiene su área de cría dentro del Río de la Plata con una distribución mayor de abundancia sobre la costa uruguaya. La segunda población habita en aguas del sur de Brasil y realiza migraciones costeras que pueden llegar hasta el frente oceánico del Uruguay.

Estudios realizados por DINARA indican que las poblaciones de corvina están siendo explotado a los niveles máximos de producción por lo cual en el seno de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM) se han adoptado medidas de protección de este recurso principalmente cuotificando la extracción anual del mismo. La última resolución adoptada por este Organismo indica una cifra de Captura Total Permisible (CTP) de 34000 toneladas anuales para ambos países (Resolución Conjunta 1/00 CARP-CTMFM).

El recurso pescadilla se distribuye desde Brasil hasta Argentina siendo el límite norte de su distribución las costas de Río de Janeiro y hacia el sur los 42º de latitud. En la ZCP la pescadilla muestra una distribución principal de abundancia en el Río de la Plata exterior y su frente oceánico, desde el límite de Uruguay con Brasil hasta Mar del Plata, Argentina.

La flota uruguaya ha capturado en 1996, 1997, 1998 y 1999; 12654 ton, 15186 ton, 15285 ton y 8441 ton respectivamente. Cabe destacar que no se ha superado el valor estimado de Captura Máxima Sostenible.

Tabla 4. Evolución histórica de las captura total (industrial y artesanal) de corvina y pescadilla (1990-2001)

Año

CORVINA(ton)

PESCADILLA (ton)

1990

17.488,40

5.665,50

1991

26.509,80

7.574,50

1992

28.271,30

8.786,20

1993

25.820,70

7.003,50

1994

29.012,40

10.322,70

1995

29.513,00

13.417,10

1996

25.742,70

12.654,10

1997

23.743,50

15.186,30

1998

22.253,50

15.285,50

1999

14.649,80

8.440,60

2000

24.145,60

13.440,10

2001

27.321,70

10.890,40

Medidas de ordenamiento adoptadas:

Se prohibe a las embarcaciones de esta categoría desembarcar merluza o aquellas especies que integran su fauna acompañante habitual (calamar (Illex argenitus), castañeta (Cheilodactylus bergi), rubio o rouget (Helicolenus dactylopterus), abadejo (Genypterus blacodes), etc.)

Según el Art. 36 del Decreto 149/997, se declara a la corvina (Micropogonias furnieri) y a la pescadilla (Cynoscion guatucupa) como especies plenamente explotadas, lo cual implica que no se otorgarán nuevos permisos de pesca, y se declarará a la pesquería cerrada (Art. 35).

Zonas vedadas al arrastre

De acuerdo a lo establecido por el Art. 39 del Decreto 149/997, prohíbese el empleo de redes de arrastre de cualquier tipo para la pesca en una franja de aguas costeras de hasta 7 millas náuticas de ancho, desde el meridiano 57º 51’20” W, que pasa por la ciudad de Colonia, hasta el meridiano 55º 50’ 30”W, que pasa por el Faro de Isla de Flores; y de hasta 5 millas náuticas al Este de dicha línea hasta el límite lateral marítimo con la República Federativa del Brasil.

Según la Resolución 7/97 de la CTMFM queda prohibida la pesca con artes de arrastre de fondo por parte de buques pesqueros de cualquier tipo, de más de 30 metros de eslora entre perpendiculares, en el sector de la Zona Común de Pesca delimitado por el límite exterior del mar territorial de 12 millas de las Partes (Tratado, Art. 13), el límite exterior del Río de la Plata (Tratado, Art. 1) y las líneas rectas trazadas entre los siguientes puntos: a) – 34º 22´S – 52º 22´W, b) – 35º 51´S – 53º 41´W, c) – 39º 00´S – 58º 04´W y d) – 39º 14´S – 58º 35´W

Posteriormente, por Resolución 10/00 de la CTMFM, la eslora máxima para poder operar dentro de dicha zona fue reducida a 28 m de eslora máxima total.

Las Resoluciones 03/98, 13/98 y 19/99 de la Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP), y la 8/99 de la CTMFM, limitan a 21.99 metros la eslora máxima de los buques pesqueros que podrán ser autorizados a capturar corvina en el sector que se extiende aguas afuera del límite exterior de la franja de jurisdicción exclusiva adyacente a las costas de cada Parte, y al oeste de la línea determinada por las siguientes coordenadas: a) – 36º 12´S – 56º 40´W, b) – 35º 10´S – 56º 40´W, c) – 35º 10´S – 57º 00´W y d) – 34º 40´S – 57º 00´W

Asimismo, por Resolución 6/00 de la CTMFM, se crea un área de veda que proteje las concentraciones de juveniles de pescadilla, donde queda prohibida la captura de pescadilla entre el 1º de diciembre de 2000 y el 28 de febrero de 2001, dentro del sector de la Zona Común de Pesca comprendido entre los siguientes puntos: a) – 34º 51´S – 53º 53´W, b) – 34º 31´S – 53º 28´W, c) – 34º 01´S – 53º 05´W, d) – 34º 27´S – 52º 26´W, e) – 35º 03´S – 53º 07´W y f) – 35º 12´S – 53º 24´W

Se prevé que resoluciones similares tengan vigencia en años venideros.

Tallas mínimas de desembarque:

Según el Artículo 49 del Decreto 149/997, la talla mínima de desembarque para corvina será de 32 cm de longitud total, y de 27 cm para la pescadilla.

De todas formas, se establece un porcentaje de tolerancia de medidas inferiores a las determinadas, sobre el peso total de descarga por viaje, de un 5% para las especies mencionadas. A los productos procesados a bordo se le aplican factores de conversión (a determinarse por la DINARA), tendientes a obtener la longitud o el peso total del ejemplar entero.

También las Resoluciónes 8/96 y 1/99 de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM) fijan en 32 cm. la talla mínima de desembarque de corvina en el área geográfica del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, con un porcentaje de tolerancia de hasta un 5 % en peso y un 10 % en número de ejemplares, respecto al desembarque total de la especie en ese viaje.

2.1.3. Las pesquerías de especies "no tradicionales" (Flota Categoría "C")

Dentro de esta categoría se encuentran comprendidos los buques dedicados a pesquerías “especiales” o “no tradicionales”, es decir aquellas cuyas especies objetivo no sean la merluza, la corvina y la pescadilla (por ejemplo caracoles, lenguados, besugo, castañeta, rouget, vieira, cangrejo rojo, atunes, etc.).

La flota Categoría C tuvo un notable incremento en los últimos años, pasando de 18 unidades en 1995 a 45 en 2001. También se debe señalar la notable diversificación de las especies objetivo y de las artes de pesca. Se pueden contabilizar las siguientes especialidades: Nasas para cangrejo 2 barcos; Rastras para almeja 2 barcos; Arrastreros baja apertura vertical y tangones 18 barcos (pesca de caracol y lenguado); Arrastreros especiales (castañeta y rouget) 5 barcos; Nasas para peces (merluza negra y congrio) 3 barcos; Palangre pèlágico (pez espada y atunes) 11 barcos; Palangre de fondo rayas y fauna acompañante (8 barcos); palangre de fondo merluza negra 10 barcos; Poteros para calamar 5 barcos; Redes y rastras para vieira 2 barcos.

Dichas especies no fueron objeto de explotación intensiva hasta mediados de la década del 90 ya que a efectos de intentar reducir la presión de pesca sobre los recursos tradicionales (merluza, corvina y pescadilla) se estableció una política de fomento para diversificar las capturas.

Dentro de este grupo se encuentran especies tales como el calamar que actualmente está siendo pescado por un número muy reducido de embarcaciones uruguayas existiendo para su captura un período temporal limitado (1º de abril al 31 de agosto, Resolución 1/00 CTMFM).

Otra especie que actualmente se encuentra bajo explotación por barcos de la Categoría “C” (barcos autorizados a capturar especies no tradicionales) es la castañeta la cual presenta un área de distribución amplia entre los 27º 00´ S y 50º 00´ S de latitud. Las capturas anuales registradas en los últimos años para la especie cayeron de 10000 toneladas en 1998 a 1300 ton en 2001.

Otra de las especies explotada en los últimos años es el cangrejo rojo (Chaceon notialis) la cual incluye una distribución geográfica amplia en las márgenes occidentales del Océano Atlántico.

En la ZCP el cangrejo rojo se encuentra distribuido entre los 35º00’S y 36º40’S de latitud aunque dicho rango puede extenderse aún más hacia el sur.

Actualmente se encuentran operando sobre este recurso dos embarcaciones que capturaron en 1998 un total de 2682 toneladas, 3400 ton en 1999, 5200 ton en 2000 y 2050 ton en 2001. A partir de 1998 se superó la Captura Máxima Sostenible estimada por DINARA constatándose una caida importante en las capturas en el 2001 en relación al año anterior.

El rouget es otra especie cuya explotación se ha comenzado a realizar en los últimos años y que se distribuye con abundancias notablemente altas dentro de la ZCP, más específicamente entre las latitudes 35º00’S y 38º00’S.

Actualmente se encuentran operando sobre este recurso 4 embarcaciones obteniéndose capturas anuales totales del orden de las 1800 toneladas, registrándose una fuerte tendencia descendente en los últimos 5 años donde en 1998 se capturaban casi 4000 ton y en el 2001 las capturas se redujeron a la mitad.

Otro recurso importante por su abundancia es la anchoita (Engraulis anchoita), especie pelágica menor que tiene una amplia distribución desde aproximadamente Cabo Frío, Brasil hasta la latitud 48º00’S. De importancia para las pesquerías de Uruguay son los efectivos que habitan en la ZCP y la zona patagónica norte argentina. En estas zonas la especie muestra un comportamiento altamente dinámico realizando migraciones de reproducción y tróficas las cuales están asociadas con los sistemas oceanográficos imperantes en la región. En los últimos años este recurso ha permanecido casi inexplotado. En 1998 operaban sobre este recurso 7 embarcaciones capturando anualmente en su conjunto unas 67 toneladas. En 1999 las capturas se elevaron a 3000 ton en base al incremento del interés de inversores sobre la especie. Actualmente se ha realizado un llamado a licitación para la explotación de este recurso (hasta 100000 ton) por lo que se espera que en un futuro cercano las capturas aumenten considerablemente.

Medidas de regulación pesquera adoptadas:

Según el Art. 16 del Decreto 149/997, los buques de esta categoría que operen con redes de arrastre de fondo no podrán exceder un 10% de las capturas totales a desembarcar en cada viaje, de las especies merluza, corvina y pescadilla.

Según el Art. 36 del Decreto 149/997, se declaran al pez espada, el besugo y el cangrejo rojo como especies plenamente explotadas, lo cual implica que no se otorgarán nuevos permisos de pesca, y se declarará a la pesquería cerrada (Art. 35).

Zonas vedadas al arrastre

Las embarcaciones de esta categoría que operen con redes de arrastre de fondo deberán acatar las áreas de veda establecidas para las Categorías “A” y “B”.

Vieira (Zygochlamys patagonica)

El Art. 1º de la Resolución 6/99 se fija la talla mínima de desembarque para la especie en 55 milímetros de altura total de valva, considerando la medida desde el umbo o charnela, hasta la distancia máxima al borde opuesto. Los ejemplares de talla menor a dicha magnitud deberán ser devueltos al mar en forma inmediata.

Según el Art. 3º, queda prohibida la captura de vieira y todo tipo de operación de pesca en el sector de la ZCP comprendido entre los siguientes puntos: a) 39º 20' S - 56º 00' W, b) 39º 20' S - 55º 52' W, c) 39º 30' S - 55º 52' W y d) 39º 30' S - 56º 00' W

La resolución 8/00 de la CTMFM, mantuvo como Captura Total Permisible la cifra de 17.535 toneladas de vieira de talla comercial entera, valvas incluidas, estableciendo cupos entre las Partes: un 80 % para la República Argentina (es decir 14.028 toneladas) y un 20 % para la República Oriental del Uruguay (3.507 toneladas), respectivamente.

Cangrejo rojo (Chaeon notialis)

Según el Art. 36 del Decreto 149/997, esta especie ha sido declarada plenamente explotada, lo cual implica que no se otorgarán nuevos permisos de pesca, y se declarará a la pesquería cerrada (Art. 35)

Pez espada (Xiphias gladius)

Según el Art. 36 del Decreto 149/997, esta especie ha sido declarada plenamente explotada, lo cual implica que no se otorgarán nuevos permisos de pesca, y se declarará a la pesquería cerrada (Art. 35).

Ojo grande (Thunnus obesus) y aleta amarilla (Thunnus albacares)

Según el Art. 49 del Decreto 149/997, la medida mínima de desembarque y comercialización para estas especies será de 3.2 Kg por unidad, llevada a peso vivo.

A los productos procesados a bordo se le aplicarán factores de conversión a determinarse por la DINARA; tendientes a obtener la longitud o peso total del ejemplar entero.

Besugo (Pagrus pagrus)

Según el Art. 36 del Decreto 149/997, esta especie ha sido declarada plenamente explotada, lo cual implica que no se otorgarán nuevos permisos de pesca, y se declarará a la pesquería cerrada (Art. 35).

2.1.4. Las pesquerías uruguayas en aguas internacionales (Flota categoría "D")

Dentro de esta categoría se encuentran comprendidos los buques de bandera uruguaya dedicados a pesquerías cuyas especies objetivo son fundamentalmente la merluza negra, túnidos, krill, y otros crustáceos. Los mismos, se encuentran exclusivamente habilitados para operar fuera de las aguas jurisdiccionales de la República Oriental del Uruguay y de la Zona Común de Pesca establecida en el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, incluyendo aquellos que oportunamente puedan ser habilitados a operar en aguas antárticas comprendidas en Región del Tratado Antártico (CCRVMA).

En 1985 el Uruguay se adhiere a la Comisión para la Conservación de Recursos Vivos Antárticos (CCRVMA), después de haber sido miembro observador por espacio de 11 años. A partir del 26 de agosto de 1996 es aceptado como miembro contratante, con derecho a participar de las investigaciones científicas y de las pesquerías autorizadas. En el año 1998 se realizó la primera marea de pesca de merluza negra Dissostichus eleginoides, en aguas subantárticas cercanas a las Islas Georgias del Sur por un barco con bandera uruguaya alcanzándose capturas anuales de 1600 ton. En los últimos años estos valores fueron incrementándose anualmente hasta llegar a cifras que superan las 6500 ton/año (2001).

2.2. Las pesquerías en aguas continentales y lagunas costeras: Sábalo, Boga, Dorado, Tararira,etc.

Las especies de peces capturadas y su abundancia difieren según las diferentes regiones del país y esto hace que los pescadores utilicen diferentes modalidades de pesca marcando diferencias entre los diversos asentamientos. A efectos de ponderar la pesca artesanal en el contexto del sector pesquero en la Tabla 5 se presentan los desembarques realizados en 1999 y 2000 para todas las zonas operativas.

Tabla 5. Capturas realizadas por el sector pesquero artesantal. 1999-2000



CAPTURAS DE PESCA  ARTESANAL (Ton)

 

Especie

1999

2000

Anchoita (Engraulis anchoita)

6

5

Angelito (Squatina spp.)

345

130

Corvina (Micropogonias furnieri)

956

1,000

Corvina negra (Pogonias cromis)

10

10

Pescadilla (Cynoscion guatucupa)

107

166

Pescadilla de Red (Macrodon ancylodon)

40

122

Palometa (Parona signata)

37

48

Pejerrey de mar (Odontesthes spp.)

1

3

Sábalo (Prochilodus lineatus)

1,255

1,264

Boga (Leporinos obtusidens)

136

154

Tararira (Hoplias malabaricus)

275

179

Bagres (agua dulce) (Pimelodus spp, Rhambdia spp )

216

187

Armado (Pterodoras granulosus)

85

3

Patí (Luciopimelodus pati)

18

22

Dorado (Salminus maxillosus)

95

13

Viejas de agua (Hypostomus spp)

 

32

Surubíes (Pseudoplatystoma coruscans)

25

4

Camarones (Penaeus spp, Artemesia sp)

12

56

Caracoles (Adenomelon sp, Zidona sp)

1,185

980

Otros de agua dulce

342

312

Brótola (Uruphysis brasiliensis)

217