Octubre
de 2001

LOCALIZACIÓN DE LOS PRINCIPALES LUGARES DE DESEMBARQUE
En
la Rep. Dom, han sido identificadas 160 sitios de desembarques en 16
provincias costeras, comprendidas en las 5 regiones geográficas
en que esta dividido el país:
| Costa |
Provincias |
| Norte |
Montecristi, Puerto Plata y Espaillat |
| Nordeste |
Maria Trinidad Sánchez y Samaná |
| Este |
Hato Mayor, El Seybo, La Altagracia, La Romana y San Pedro de Macorís |
| Sur |
Distrito Nacional, San Cristóbal y Peravia |
| Suroeste |
Azua, Barahona y Pedernales |

Sitios de desembarco
Provincias costeras con los sitios de desembarco (propescar 1994)
Para el año 2000 la distribución de las capturas fue de
la siguiente manera:
| REGION |
TM |
| Costa Norte |
4,113,655.3
|
| Costa Nordeste |
2,439,477.9
|
| Costa Este |
1,880,212.9
|
| Costa Sur |
1,326,162.5
|
| Costa Suroeste |
2,102,717.0
|
División
geografica de las zonas costeras
PANORAMA
DEL SECTOR
La
Dirección Nacional de Pesca es la institución responsable
del ordenamiento pesquero. A continuación detallamos los objetivos
generales y las estrategias del sector Pesquero:
Objetivos
Generales
-
El
ordenamiento de los recursos pesqueros de la República Dominicana,
así como la prevención, regulación y control
de cualquiera de las causas o actividades que provoquen deterioro
al medio físico y a la diversidad biológica que conforma
los mismos.
-
Ordenar,
reglamentar y fomentar la pesca y la acuicultura en todo el territorio
nacional, incluyendo el desarrollo de comercialización, conservación
y manejo de productos y diversificación de la producción.
-
Establecer
un sistema de pesca sostenible, basado en los principios éticos
de la pesca responsable.
-
Promover
el cultivo de organismos acuáticos (peces, crustáceos,
moluscos, etc.), a nivel nacional, como fuente de empleos, ingresos
y bienestar económico a los sectores menos favorecidos de
la población; también como actividad productora de
alimentos tanto como para el mercado de lujo como para los mercados
populares del país.
-
Determinar los métodos y prácticas de la pesca y la
acuicultura, las introducciones, transplantes cultivo y cría
de especies acuáticas.
-
Realizar
las investigaciones que fortalezcan la producción de la información
pertinente y apta para la toma de decisiones en cuanto a la formulación
de políticas de manejo y conservación de las especies
pesqueras.
-
Generar
y facilitar toda la información necesaria de las especies
que se capturan y de las que se cultivan en medios controlados,
a través de la Carta Dominicana de la Pesca, a fin de que
se produzca un uso sostenible de los recursos pesqueros y se lleven
a cabo las prácticas adecuadas de manejo y conservación
que garanticen su sostenibilidad.
-
Regulación
de la actividad pesquera de subsistencia, comercial e industrial
y monitoreo de la misma en todo el país, tanto en los cuerpos
de aguas interiores como en las áreas costeros marinas.
-
Aumentar
los programas de investigación pesquera y de uso de tecnología
no destructiva para el aprovechamiento optimo de los recursos pesqueros
de manera sostenible.
-
Dar mayor participación a los sectores productivos y a la
sociedad civil en la toma de decisiones mediante la creación
de instancias que permitan la cogestión y la coparticipación
comunitaria.
-
Crear
un incentivo de protección, conservación y manejo
adecuado de los recursos pesqueros, así como a las acciones
que tiendan al desarrollo y cumplimiento de la ley.
Estrategias
-
Fortalecer
la participación comunitaria y de las organizaciones no gubernamentales
en la aplicación de los programas de organización
y promoción de las cooperativas pesqueras, las asociaciones,
con el fin de asegurar una mayor participación en la gestión
de las áreas pesqueras y las estaciones de producción
acuícola.
-
Fortalecer
el apoyo técnico en la gestión de los recursos costeros
marinos y de agua dulce para lograr mayores beneficios, manteniendo
el uso racional de los mismos.
-
Favorecer
el uso de tecnologías que impidan el deterioro de los recursos
costeros marinos, permitiendo el aprovechamiento sostenible de los
mismos.
-
Lograr la participación de los usuarios y empresarios que
se benefician del uso de las áreas costeros-marinas y de
aguas interiores para que apoyen los programas de recuperación
y aprovechamiento sostenible de estas áreas, dando aperturas
a proyectos que puedan ser financiados por el sector privado inclusive.
-
Establecer
el programa de extensión pesquera y acuícola a nivel
nacional a través de las estaciones de servicios y administración
pesquera.
Principales
Sistemas de Ordenamiento de las Pesquerías y la Acuicultura
Para
la pesca tanto marítima como de aguas fluviales, se consideran
varios fines:
-
De
Explotación Comercial
-
De
subsistencia
-
Deportiva
-
De
carácter científico
Para
la pesca en general se requiere poseer un permiso o licencia de pesca
expedido por la Subsecretaría de Recursos Costeros Marinos.
El
numero de embarcaciones que constituyen la flota pesquera nacional es
de 3,752. Clasificadas en yolas (57%), cayuco (38%), bote (3.11 %) pivote
(0.51%), barcos (1.65%).
Para
operar estas embarcaciones deben contar con un permiso autorizado por
la Subsecretaria de Recursos Costeros Marinos y están registrados
en la Marina de Guerra Dominicana quienes le permiten la entrada al
mar.
Los
Artes y Métodos de Pesca
Los
principales artes y métodos de pesca utilizados la línea
de mano, palangre, redes de enmalle, redes de tiro, atarrayas, nasas
y buceos.
Los
métodos aplicados para el uso de la línea de mano son:
cordel, luz, cala, currican y viveo. Varias de las artes están
reguladas por áreas de pesca y tamaño mínimo de
luz de malla (ver decretos).
Los
Recursos Pesqueros Marinos y de Agua Interiores actualmente explotadas,
se pueden clasificar en seis grupos:
-
Los
crustáceos y moluscos de la plataforma insular, en profundidades
de 0 a 100 m, aproximadamente, lambí, langostas, camarones,
cangrejos, pulpos, entre otros.
-
Los peces demersales de la plataforma en profundidades de 0 a 200
m; pargos, meros, bocayates, entre otros.
-
Los
peces demersales de la cresta del talud insular en profundidades
de 200 a 500 m; pargos y chernas.
-
Los
peces pelágicos costeros de pequeños tamaños
con migraciones locales; sardinas y machuelos.
-
Los
peces pelágicos neríticos (encima de toda la plataforma
y el talud insular), de medianos tamaños y migraciones regionales:
cojinuas, sierra, bonitos.
-
Peces
pelágicos oceánicos, de pequeños o grandes
tamaños: carites, albacoras, atunes, dorados, marlines, etc.
No
existe ningún acuerdo bilateral o regional para la ordenación
de estas pesquerías, aunque está en agenda un acuerdo
nacional para la pesca responsable entre los sectores interesados.
Al
nivel internacional, la República Dominicana ha suscrito varios
tratados entre ellos se encuentran la Convención para la Prevención
de la Contaminación Marina por el deposito de desechos y otros
materiales y su protocolo de 1996; Conservación de la vida marina;
Contaminación por embarcaciones (MARPOL); La ley del Mar (firmado
pero no ratificado); Código de conducta para la Pesca Responsable
(en agenda), y El convenio para la Protección y desarrollo del
Medio Marino en el gran Caribe (Convenio de Cartagena).
El
marco legal nacional es complejo, con la Ley de Pesca 1914 de 1962,
la Ley del Derecho del Mar Territorial y sus modificaciones ulteriores
de 1967, La Ley de Turismo y varios decretos.
Entré
las medidas y acuerdos institucionales aplicados para ordenar los sistemas
están las vedas permanentes o temporales, la prohibición
de las capturas por talla, sexo. Relación de las medidas técnicas
vigentes a nivel nacional.
Controles
de los Productos
No
existen controles establecidos para el total de capturas permisibles,
tampoco han sido establecidas las cuotas de capturas.
Incentivos Económicos
Faltan
incentivos e instrumentos financieros para desarrollar la pesca y la
acuicultura. Desde hace varios años, la dirección de pesca
ha creado un fondo para pequeños préstamos a pescadores
artesanales, estos recursos son usados en la reparación y compra
de equipos y embarcaciones.
De
estos fondos se han beneficiado 1000 pescadores que han logrado con
el empleo de los mismos, aumentar significativamente sus capturas e
ingresos. Uno de los requisitos que se exigen para optar por el préstamo
es el cumplimiento por parte del usuario de las reglamentaciones para
el uso racional del recurso.
La
institución responsable de hacer cumplir las medidas de ordenación
es la Dirección Nacional de Pesca a través de las estaciones
de servicios y administración pesquera cuyas funciones son:
-
Aplicar
las normas para las capturas de las especies marinas y de aguas
interiores, de acuerdo a los criterios establecidos por la ley.
-
Proporcionar
asesoría técnica a todos los actores que intervienen
en la pesca y acuicultura.
-
Mantener
actualizados los registros de pescadores, embarcaciones, artes de
pesca y comercialización del producto (pescaderías,
empresarios, etc.)
-
Obtener informaciones sobre las capturas y la producción
en acuicultura.
-
Promover
el desarrollo de la pesca responsable.
-
Proporcionar
entrenamiento a pescadores y sectores involucrados a la actividad
pesquera.
-
Gestionar
pequeños créditos a pescadores y cooperativas, a través
del fondo rotativo.
-
Coordinar
acciones con organizaciones y grupos de la comunidad para la implementación
de medidas que garanticen la sostenibilidad.
Funciones
de las Principales Partes Interesadas que habrán de ser tomados
en cuenta para el Proceso de Toma de Decisión:
-
La
Marina de Guerra Dominicana, le otorga a las embarcaciones, los
permisos para la navegación en nuestros mares y colabora
para que no se violen las reglamentaciones vigentes que protegen
un determinado recurso.
-
Las Unidades de Servicios Pesqueros, a través de su cuerpo
de inspectoría aplica las políticas para ordenar,
reglamentar y fomentar la pesca y la acuicultura.
-
El Instituto Dominicano de Crédito Cooperativo (IDECOOP),
colabora en la organización de los pescadores en cooperativas
pesqueras y la autogestión.
-
La
Autoridad Portuaria, es responsable por el uso de la infraestructura
portuaria.
-
El
Centro Dominicano para las Exportaciones (CEDOPEX), dirige las políticas
para la exportación e importación de todas las mercancías
incluyendo las del sector pesca.
-
El Centro de Investigaciones de Biología Marina de la UASD
(CIBIMA), trabaja en investigación de la biodiversidad de
los ecosistemas marinos.
-
La
Asociación de Empresarios pesqueros, comercializa los productos
de la pesca y acuicultura tanto a nivel interno como al exterior,
colaboran con las autoridades en las situaciones de conflictos.
-
La asociación de Acuicultores, desarrollan proyectos de producción.
-
Grupo Jaragua, CEBSE, FUNDEMAR, son organizaciones no gubernamentales
que desarrollan proyectos de investigación y de educación
ambiental.
Para
tomar las decisiones sobre medios de ordenamiento, se obtiene la información
a través de las Estaciones de Servicios y Administración
Pesqueras, se revisan los antecedentes y las investigaciones realizadas
en el país y regiones vecinas.
PRINCIPALES
REGLAMENTACIONES PESQUERAS
La
nueva ley general sobre medio ambiente y recursos naturales (64-00)
en el capitulo V de los recursos Costeros Marinos establece; Los bienes
de dominio público, marítimo - terrestre o costas pertenecen
al estado dominicano y por tanto son inalienables, imprescriptibles
e inembargables. Todo ciudadano tiene derecho a su pleno disfrute. Se
refiere, además, que el estado asegurará la protección
de las especies que comprenden los bienes de dominio público
marino - terrestre o costa y garantizará que los recursos acuáticos
geológicos y biológicos comprendidos en ellos no sean
objetos de destrucción, degradación contaminación,
etc.
Anteriormente
a esta ley, los recursos pesqueros estaban regulados por la ley 5914
de 1962, y varios decretos que las complementaban. De este nuevo marco
legal las actuales autoridades han heredado un gran porcentaje principalmente
en cuanto a las medidas para el ordenamiento y conservación del
recurso.
Entre
estas reglamentaciones, podemos señalar las siguientes:
-
El
decreto 565 del 1970 establece que para la pesca y venta de langostas
estas deben poseer una talla mínima de 24 centímetros,
medida desde la altura de los ojos al arranque de las aletas terminales
de la cola.
-
El
decreto No. 3546 del 1973, prohibe las capturas de camarones marinos
a nivel nacional durante los meses de Febrero, Marzo, Abril y Mayo.
-
Las
especies de la familia serranidae no deben ser capturadas cuando
están en desove (decreto 2099 del 1984).
-
El decreto 315 del 1986, prohibe la captura y comercialización
de las hicoteas de agua dulce del género trachemys desde
marzo hasta julio. También están reguladas por talla
mínima de captura, (macho 25 cm, hembra 30 cm).
-
El
decreto 334 del 1989, prohibe el uso de redes de arrastre, trasmalto
y redes de ahorque en la zonas estuarinas del país.
-
El decreto 269 del 1989, establece veda estacional para la captura
del lambí, desde el 1ero. De julio hasta el 31 de octubre.
-
El decreto 312 del 1986, prohibe la comercialización durante
todo el año de las especies de peces: barracuda (Sphyraena
barracuda), picúa (Sphyraena picudilla), medregal (Seriola
rivoliva y peje rey (Alectis crinitus).
-
El
decreto No. 1193/2000:
Ø
prohibe por un periodo de 2 años a partir de la fecha de
las artes de pesca llamadas licuadoras y pasolas.
Ø
Prohibe el uso de atarrayas de mano cuyo ojo de malla sea menor
de 25 mm, así como el uso de redes de enmalle cuyo ojo
de malla sea menor de 45 mm.
INVERSIONES Y SUBSIDIOS
Con
relación a las inversiones en el sector pesquero y los subsidios.
Para este año, el gobierno central dedicó RD$40,000000.00
del presupuesto nacional a la Sub-secretaría de Recursos Costeros
y Marinos del cual depende la Dirección Nacional de Pesca.
El
gobierno de Japón (JICA), ha financiado varios cursos a técnicos
sobre el uso de los equipos y artes de pesca. El CARICOM, hace aportes
de unos US$500,000.00 para el estudio de especies en estado crítico.
Estadísticas pesqueras y entrenamiento a técnicos y pescadores.
ESTRUCTURA
ORGANICA DE LAS AUTORIDADES PESQUERAS A NIVEL NACIONAL
La
subsecretaria de recursos costeros y marinos fue creada mediante la
ley general sobre medio ambiente y recursos naturales num. 64-00 del
18 de agosto del 2000.
Esta
integrada por tres direcciones:
¨
La Dirección de Conservación
Costero marinos tiene dos departamentos:
¨
La Dirección de Recursos Pesqueros,
esta integrada por dos Departamentos:
¨
La Dirección de Costas esta integrada
por dos Departamentos:
De esta subsecretaria dependen directamente, además:
-
Departamento de Investigación Costero marino
-
Departamento de Planificación y Programación
-
División Administrativa y Financiera
-
Coordinación Nacional de Estaciones
SECRETARÍA
DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SUBSECRETARÍA DE ESTADO DE RECURSOS COSTEROS Y MARINOS
ORGANIGRAMA
