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Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agriculturapara un mundo sin hambre

Misión

El objetivo inmediato del Plan de acción internacional para la ordenación de la capacidad pesquera (PAI-Capacidad) consiste en que los Estados y las organizaciones regionales de ordenación pesquera lleguen a una ordenación eficiente, equitativa y transparente de la capacidad pesquera en todo el mundo, preferiblemente para el 2003, pero no más tarde del 2005. Entre otros aspectos, los Estados y las organizaciones regionales de pesca que tengan un problema de exceso de capacidad por el cual la capacidad comprometa la consecución de objetivos a largo plazo de sostenibilidad deberían tratar en un primer momento de limitar la capacidad al nivel existente y reducirla progresivamente para las pesquerías afectadas.

Acercamientos

La ordenación de la capacidad pesquera debería basarse en el Código de Conducta para la Pesca Responsable y tomar en cuenta los siguientes principios y enfoques más importantes: La aplicación del Plan de acción internacional debería basarse en el Código de Conducta para la Pesca Responsable, en particular su artículo 5, en lo que se refiere a la mejora de la capacidad de los países en desarrollo para desarrollar sus propias pesquerías y participar en la pesca en alta mar, lo que comprende el acceso a tales pesquerías de acuerdo con los legítimos derechos de estos países y sus obligaciones conforme al derecho internacional.

  • Participación
  • Aplicación gradual
  • Enfoque holístico
  • Conservación
  • Prioridad
  • Nuevas tecnologías
  • Movilidad
  • Transparencia
  • Participación

 

Fundación legal

El PAI-Capacidad es voluntario. Se ha elaborado en el marco del Código de Conducta para la Pesca Responsable, de conformidad con lo previsto en su artículo 2 d). Las disposiciones contenidas en el artículo 3 del Código de Conducta para la Pesca Responsable son pertinentes a efectos de la interpretación y aplicación de este Plan de acción internacional y a su relación con otros instrumentos internacionales. El documento del PAI-Capacidad facilita el compromiso de todos los Estados de poner en práctica el Código de Conducta para la Pesca Responsable. Los Estados y las organizaciones regionales de pesca deberían aplicar este documento coherentemente con el Derecho internacional y en el marco de las competencias respectivas de las organizaciones de que se trate. El Plan de acción internacional constituye un elemento de conservación y ordenación sostenible de la pesca.

El término “Estado” comprende a aquellos que son Miembros de la FAO y a aquellos que no lo son; se aplica por analogía igualmente a las "entidades pesqueras" distintas de los Estados.

 

 Plan de Acción Internacional para reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre. Plan de Acción Internacional para la conservación y ordenación de los tiburones. Plan de Acción Internacional para la ordenación de la capacidad pesquera.

Financiamiento

La aplicación de los PAI es competencia de los países. Como consecuencia de ello, es a estos a quienes corresponde la financiación. Los recursos del Programa Ordinario de la FAO tan solo financian una vigilancia de la aplicación, el seguimiento de la misma y la elaboración de informes para el COFI.   

A través de su proyecto de “Conservación y gestión de los recursos pesqueros”, la FAO recibe asimismo recursos extrapresupuestarios del Gobierno del Japón destinados a apoyar la aplicación de algunos de los PAI.

 

 

 

 
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