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ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓNayudar a construir un mundo sin hambre
 
La gobernanza de la pesca, esto es, el conjunto de los mecanismos jurídicos, sociales, económicos y políticos utilizados para gestionar la pesca, tiene dimensiones internacionales, nacionales y locales. Comprende reglas jurídicamente vinculantes, tales como las legislaciones nacionales o los tratados internacionales, y se basa en las costumbres sociales y en el marco nacional respectivo para todas las actividades económicas.
La atención hacia la gobernanza de la pesca se ha incrementado en las últimas décadas por la creciente conciencia de que las poblaciones de peces, en distintas partes del mundo, eran objeto con frecuencia cada vez mayor de capturas por encima del nivel óptimo y de que el sector pesquero se hallaba en difícil situación económica y social. La necesidad de limitar la captura de pescado y de terminar por tanto con la libertad de acceso a la pesca pasó a tener una amplia aceptación.
Los futuros retos de la ordenación pesquera y la eficacia de la gobernanza de la pesca dependen de que se puedan crear instituciones, esto es, conjuntos consensuados de normas, y de que se puedan adoptar disposiciones prácticas para coordinar y gestionar las reivindicaciones que entren en conflicto con respecto al acceso a los recursos y a los mercados. La capacidad de formar entidades de gestión eficaces con autoridad sobre toda la superficie marina habitualmente ocupada por una población de peces es fundamental para alcanzar una gestión eficaz de esa población o pesquería concreta.
Aunque los conceptos y problemas básicos siguen siendo esencialmente idénticos en las zonas económicas nacionales exclusivas y en las aguas profundas internacionales, los sistemas de derechos y obligaciones y, por tanto, los sistemas de gobernanza, son diferentes.
El conjunto de normas acordadas entre los Estados para regular el uso de los recursos pesqueros mundiales también constituye un marco dentro del cual, a un nivel nacional, se adoptan disposiciones de ordenación pesquera. Por tanto, la ordenación pesquera nacional es en sí misma una institución o conjunto de normas que forma parte de un sistema mundial de gobernanza.
Cuando la ordenación se remite a un nivel local, las instituciones creadas para la ordenación pesquera forman parte, a su vez, de estructuras nacionales de ordenación pesquera. La entidad de ordenación puede ser también un órgano pesquero regional en el que participen dos o más países pesqueros que colaboren para regular el acceso a aquellos recursos en los que posean intereses comunes.
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982), complementada por otros acuerdos internacionales relacionados, establece el marco mundial para la gobernanza de la pesca de captura. El Código de Conducta para la Pesca Responsable, aprobado por los Miembros de la FAO en 1995, y objeto de elaboración desde entonces, se considera el fundamento básico sobre el cual promover el desarrollo sostenible de la pesca y de la acuicultura para el futuro.