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MUJER Y TENENCIA DE TIERRA

Labores de desmonte en una parcela forestal en Tanzania
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Una de las mayores trabas que obstaculizan el aumento de la productividad agrícola
y los ingresos de la mujer rural es su falta de seguridad en materia de propiedad
o tenencia. La tenencia de la tierra implica un conjunto de derechos que, sobre ésta,
posee una persona o una organización. La seguridad de estos derechos no se limita
a la propiedad privada; abarca varias formas como arriendo de la tierra pública
o derecho del usuario a la propiedad comunal. Si el titular cuenta con la seguridad
de la tenencia, podrá usar la tierra del mejor modo posible, obtener el rendimiento
más adecuado y ejercer su derecho frente a los no titulares. Podrá decidir
cómo emplear los recursos de la tierra para atender las necesidades inmediatas
del hogar y también las inversiones a largo plazo.
Así, para que las mujeres campesinas -generadoras del 60-80% de la producción
de alimento en los países en desarrollo- puedan hacer un uso más eficiente
de la tierra y, por consiguiente, aumentar su aporte a la seguridad alimentaria,
deberán tener acceso a la tierra, al control del manejo de sus recursos y a
los incentivos económicos que dicha seguridad de la tenencia conlleva.
Porqué las campesinas carecen de seguridad de tenencia
A lo largo de la Historia, el acceso de la mujer a la tierra se basó en su
estatus en el seno de la familia e implicó el derecho a su uso no a su propiedad.
En Asia, la barrera más común para adquirir una propiedad la forman las
leyes de herencia que privilegian al hombre respecto de la mujer; si una mujer hereda
una propiedad, es su marido quien se hace cargo de administrarla. Formalmente, las
mujeres hindúes ostentan derechos de propiedad, pero solo mientras viven; a
su muerte, ésa pasa de nuevo a la rama masculina. Por su parte, en África,
y más que las prácticas religiosas, son los usos y costumbres los que excluyen
a la mujer del derecho de propiedad; ésta se tiene a nombre del hombre y, a
su vez, sigue la rama masculina. Tampoco es seguro el derecho de las viudas a quedarse
en la tierra. En América Latina, la discriminación deriva más bien
del limitado estatus jurídico de la mujer: no obstante alcanzar la mayoría
de edad a los 21 años, su marido le representa en todas sus facultades legales.

Plantando ecualiptos en Perœ
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Las reformas de la tierra y de las leyes, sumadas al impulso de la modernización,
suelen generar efectos distintos. Al respecto, la reforma agraria o los programas
de reasentamiento aplican el concepto de "cabeza de familia", en general
un hombre, como base para la redistribución de la tierra. El resultado es que,
en el marco de esas reformas y programas, el número de mujeres beneficiarias
suele ser reducido y, en algunos casos, ni siquiera el género es tenido en cuenta.
Por lo demás, las nuevas leyes en materia de igualdad se aplican más a
la clase trabajadora urbana que a la población rural y, a su vez, suelen excluir
la tierra agrícola de algunos de los nuevos esquemas de herencia. Por su parte,
la reforma de la ley del uso y costumbre es confusa y se presta a interpretaciones;
así, e incluso cuando costumbre, religión y estatuto coexisten, se tiende
a seleccionar y adoptar la ley menos favorable a la mujer. Luego, las tradiciones,
usos y costumbres que podían proteger el acceso de la mujer a la tierra durante
su vida, están cediendo bajo las presiones demográfica, económica
y medioambiental. Añadase el hecho de que la creciente migración rural
masculina hacia zonas urbanas convierte a la mujer en cabeza de familia de hecho,
pero sin por ello tener la correspondiente autoridad para manejar los recursos de
la tierra. Incluso en los esquemas de reasentamiento en las zonas de riego, la mujer
cabeza de familia rara vez se beneficia.
Dicho esto, en algunos casos y a través de las reformas, la mujer logró
ganar un mejor acceso a la tierra, en general ahí donde hay políticas bien
definidas que establecen su participación. En algunos países, las reformas
agrarias reemplazaron el sistema feudal que relegaba a la mujer a un papel subordinado
en la producción familiar. Las mujeres deTailandia, China, Nicaragua, Malasia
y Cuba ayudaron a superar las barreras y proteger sus derechos de herencia de la
tierra. También hay muchos ejemplos de cómo las organizaciones de la mujer
lucharon para ganar acceso a las tierras que labran colectivamente.
inicio
Efecto sobre Seguridad Alimentaria
El Criterio Eritreo
La legislación sobre tenencia de la tierra, promulgada en 1994, refleja una
sólida política de igualdad en materia de género. En Eritrea, el derecho
a la propiedad de toda la tierra es un derecho exclusivo del gobierno. Cada ciudadano
eritreo, cuya principal fuente de ingreso sea la tierra, tiene derecho vitalicio
al usufructo de la tierra, siendo un derecho no divisible ni hereditario. Todos los
eritreos tienen automáticamente derecho a la tierra al alcanzar la edad de 18
años, independientemente de su sexo, religión o estado social; las explotaciones
individuales son registradas y los títulos de derecho de usufructo vitalicio,
emitidos.
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El 50% de los campesinos pobres de recursos son mujeres, que además asumen la
principal responsabilidad de la seguridad alimentaria. Su éxito en atender las
necesidades cotidianas depende de su buen manejo de una serie de recursos limitados
y frágilmente equilibrados: tierra de cultivo, pastoreo y bosque. Recuérdes
al respecto que sin seguridad de tenencia, la mujer no puede acceder al crédito,
ni pertenecer a asociaciones agrícolas, en particular aquellas que se encargan
del procesamiento y comercialización. En cambio, si la tenencia es segura, la
mujer podrá invertir en el potencial productivo de la tierra, más que limitarse
a explotarla, y tenderá a adoptar prácticas de cultivo ambientalmente sostenibles.
Podrá planificar y, si es necesario, adecuar rápidamente sus decisiones
a las cambiantes condiciones climáticas y económicas y depender de los
resultados productivos de su labor.
inicio
Una Salida...?
1. Una reforma global del sistema de tenencia que tenga en cuenta los derechos
de la mujer en el matrimonio, la herencia y el contrato, deberá ocupar un lugar
destacado entre las prioridades de la seguridad alimentaria.
2. Las iniciativas legislativas y de políticas deberán reflejar
la experiencia de la mujer y sus necesidades reales; el proceso de reforma deberá
ser participativo.
3. La reforma deberá ser acompañada de una labor de capacitación
de hombres y mujeres en las cuestiones jurídicas, en particular las relaciones
entre ley y productividad rural.
4. Una mayor atención a las formas alternativas de propiedad y manejo,
tales como cooperativas y grupos de auto-asistencia, mujeres incluidas.
En este sentido, la Plataforma de Acción de Beijing y el Plan de Acción
de la FAO para la Mujer en el Desarrollo conceden alta prioridad a la eliminación
de las barreras que impiden el acceso de las mujeres a la tierra.
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Limitaciones de la Capacidad de las Mujeres Casadas en materia de Propiedad,
según los Códigos Civiles de Varios Países Latino-americanos
País
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La autoridad del marido tal como es representada en los Códigos
Civiles |
Chile |
El marido es administrador y representante de la propiedad conyugal bajo el régimen
de de comunidad de bienes en propiedad |
Ecuador |
Salvo otro acuerdo en el contrato de matrimonio, el marido administra la propiedad
conyugal |
El Salvador |
El marido administra los bienes de su mujer si ella es menor de edad |
Guatemala |
El marido administra la propiedad bajo los regímenes de comunidad de bienes
en propiedad, y de sociedad de propiedad conyugal |
México |
(Estados El marido administra la propiedad conyugal de Aguas Calientes, bajo el régimen
de comunidad de bienes en propiedad Oaxaca y Sonora) |
Nicaragua |
El marido es el representante de la familia o, en su ausencia, la esposa (Código
Civil, Art. 151). En la práctica, sin embargo, ello no parece tener ninguna
consecuencia económica |
Paraguay |
Salvo otro acuerdo en el contrato de matrimonio, el marido es el administrador de
la propiedad. |
Dominican Republic |
El marido administra la propiedad, incluso bajo el régimende propiedad separada. |
Los datos que figuran en la Tabla fueron tomados de estudios
de caso y documentos presentados en la Mesa Redonda sobre Mecanismos Jurídicos
para facilitar la Participación de la Mujer en el Desarrollo Rural.
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