UE protección de la salud pública: cuestiones relacionadas con la detención por la contaminación con metales en las frontera

El mercado europeo es el principal mercado mundial de pescado y productos pesqueros. Además, es el primer mercado en emitir una legislación para la protección de las reservas de pescado, comenzando en 1996 con el Reglamento de la UE 2406/1996:"Estableciendo normas comunes de comercialización para determinados productos pesqueros". Esta Legislación regula el tamaño mínimo admisible del pescado que puede ser legalmente capturado. El mercado europeo también ha introducido medidas estrictas con el objetivo de proteger la salud de los consumidores europeos, a través de regular las cantidades de residuos químicos permitidos en el pescado y en los productos pesqueros. Uno de los problemas más importantes es el de la presencia de metales pesados, particularmente el cadmio, plomo y mercurio. En el 2006, el Reglamento de la Comisión Europea 1881/2006 estableció los niveles máximos de dichos contaminantes en los productos alimenticios.

En el sector pesquero, el problema de los metales pesados es particularmente importante para los grandes peces pelágicos, como el atún y el pez espada. Estos pescados están en la cima de la cadena alimenticia y además, tienden a acumular grandes cantidades de metales pesados, sobre todo mercurio, en los tejidos musculares. La cantidad de metales pesados en estas especies, normalmente suelen exceder los límites establecidos por la UE. La contaminación del pescado por metales pesados está estrechamente ligada a la biología de determinadas especies de pescados, en cuanto a la posición en la cadena alimenticia que ocupan esas especies y, en ciertas zonas geográficas, este factor se acentúa por la localización de la contaminación ambiental. En general, la contaminación por metales pesados no se debe a adulteración deliberada o conducta fraudulenta.

Las grandes cantidades de metales pesados son la principal causa de detención en la frontera de la UE y, es el principal problema que los importadores, provenientes de países no miembros de la UE, deben abordar. Las pérdidas económicas derivadas de las detenciones en la frontera de la UE son considerables, sumando cientos de miles de millones de euros cada año. Estas pérdidas ha hecho que las compañías europeas importadoras tengan que escoger tallas de peces pelágicos más pequeñas, siempre que sea posible, con la esperanza de que sean peces más jóvenes que no hayan acumulado grandes cantidades de metales pesados durante sus vidas. El resultado es que los peces pelágicos más grandes suelen ser consumidos en mercados locales de países no miembros de la UE, mientras que los peces de menos tamaño son seleccionados para ser exportados. A continuación se presenta una amplia muestra demostrativa de las causas de la detención en fronteras relacionas con los riesgos químicos en la UE.

Aunque el método del muestreo para estos productos se adhiere al Reglamento (UE) No. 836/2011 de 19 de Agosto de 2011, por el que se modifica el Reglamento (EC) No. 333/2007, su principal objetivo es hacer que el muestreo de las capturas de los productos pesqueros analizados sea lo más representativo posible, ya que esta muestra se realiza a menudo en pequeñas cantidades de producto.

Un resultado positivo de los metales pesados en un producto importado y muestreado da como resultado una alerta de salud para cualquier volumen de producto posterior, generando inconvenientes substanciales y perdidas económicas a los importadores, así como a todos aquellos que trabajan en el sector. Este es el caso sobre todo de los productos frescos, en los que hay importantes cantidades de volúmenes de producto casi a diario.
Las regulaciones europeas, en cuanto a los niveles máximos de metales pesados permitidos en los productos pesqueros, pudieron haber ocasionado consecuencias no intencionadas, como la de fomentar prácticas perjudiciales para la pesca y su comercio, en la cual tiende a promover la captura de peces jóvenes, a pesar de que estos estén dentro de los límites del tamaño para esa categoría. Es por ello, que la legislación de importación cuya finalidad está destinada a proteger la salud de los consumidores debe revisarse, ya que debería considerarse tanto la salud del consumidor junto con los efectos sobre el medio ambiente y los sistemas ecológicos de las zonas pesqueras implicadas. Los límites de presencia de determinados metales pesados, principalmente mercurio, probablemente deberían ser cuidadosamente analizados en un futuro próximo, tal vez junto con la introducción de etiquetas relativas al consumo de estos productos.. Los bivalvos frescos ya cuentan con especificaciones obligatorias para el etiquetado con la finalidad de proteger la salud del consumidor, con las siguientes indicaciones en la etiqueta: "los moluscos deben estar vivos en el momento de su venta" o "este producto es descongelado, no volver a congelar".

Ahora se necesita un enfoque más holístico, idealmente uno que considere el sistema global de las prácticas pesqueras, en vez de solo centrarse en los aspectos de importación. Debería existir una intención en prevenir las barreras que dañan el sustento de esos que importan productos pesqueros, la salud pública y los ecosistemas marinos. En un futuro, la legislación europea deberá tener en cuenta no solo los asuntos sobre la salud del consumidor en el país de destino, sino también considerar minuciosamente asuntos como el comercio internacional y prácticas pesqueras locales.

 

Contacto: Ruggero Urbani, FAO Consultor Internacional de la Pesca, Inspector de los Productos Pesqueros Control de Calidad, Experto en subasta de pescado

Share this page