Una Conferencia de Plenipotenciarios, que se celebró en Caracas (Venezuela) del 8 al 11 de septiembre de 1981, aprobó y dejó abierto a la firma el susodicho Acuerdo, en virtud del cual se estableció el Centro Regional fuera del marco de la FAO (CARRDLA).
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del Artículo XV, el Acuerdo quedó abierto a la firma en Caracas el 11 de septiembre de 1981 y lo sigue estando en la Sede la FAO en Roma.
En virtud de lo dispuesto en el párrafo 4 del Artículo XV, el Acuerdo entrará en vigor para todos los Estados que lo hayan ratificado o se hayan adherido a él en la fecha en que el Gobierno del Estado hospedante y los gobiernos de, por lo menos, cinco de los otros Estados que reúnan las condiciones pertinentes.
Signatarios y Partes en el Acuerdo
A continuación figuran los signatarios y los participantes que depositaron sus instrumentos en las fechas que se indican:
Participantes Firma Ratificación Adhesión Bolivia 11 septiembre 1981 Costa Rica 11 septiembre 1981 Cuba 11 septiembre 1981 Ecuador 11 septiembre 1981 El Salvador 11 septiembre 1981 Granada 11 septiembre 1981 Honduras 11 septiembre 1981 Nicaragua 11 septiembre 1981 28 julio 1982 Panamá 11 septiembre 1981 Perú 11 septiembre 1981 República Dominicana 11 septiembre 1981 Santa Lucía 11 septiembre 1981 Venezuela 11 septiembre 1981
Como el Ecuador, Estado huésped, no había pasado a ser parte en el Acuerdo y, por consiguiente, éste no podía entrar en vigor, algunos países de la Región pidieron al Director General de la FAO que convocara una Conferencia de Plenipotenciarios para que adoptara un Protocolo, destinado primordialmente a enmendar el Artículo II, que establece que la Sede del Centro estará ubicada en el Ecuador. La Conferencia se celebró en la ciudad de Panamá (República de Panamá), los días 16 y 17 de julio de 1985 y aprobó el Protocolo de Enmienda del Acuerdo sobre el Establecimiento de un Centro Regional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural de América Latina y el Caribe.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo II del Protocolo, la sede del Centro estará situada en la República Dominicana, a menos que este Estado no haya depositado un instrumento de ratificación o de adhesión con respecto al Protocolo en la fecha de su entrada en vigor. En ese caso, el Consejo de Administración determinará la sede del Centro.
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 de su Artículo IV, el Protocolo quedó abierto a la firma el 17 y 18 de julio de 1985 en la ciudad de Panamá y lo sigue estando en la Sede de la FAO en Roma.
Con arreglo al párrafo 5 del Artículo IV, el Protocolo entrará en vigor con respecto a todos los Estados que lo hayan ratificado o se hayan adherido a él, en la fecha en que los gobiernos de al menos seis de los Estados que reúnan las condiciones pertinentes hayan depositado instrumentos de ratificación o adhesión.
Signatarios y Partes en el Protocolo
A continuación figuran los signatarios y los participantes que depositaron sus instrumentos en las fechas que se indican:
Participantes Firma Ratificación Adhésion Colombia 17 julio 1985 Cuba 17 julio 1985 Ecuador 17 julio 1985 El Salvador 17 julio 1985 Granada 17 julio 1985 Guatemala 17 julio 1985 Honduras 17 julio 1985 Nicaragua 17 julio 1985 Panamá 17 julio 1985 6 diciembre 1985 Saint Kitts y Nevis 17 julio 1985