Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura

Envío de informes nacionales sobre medidas tomadas para implementar las obligaciones en virtud del Tratado Internacional – Cumplimiento

20/03/2017

El objetivo de esta notificación es recordar a las Partes Contratantes su obligación de presentar informes nacionales sobre las medidas adoptadas para la aplicación del Tratado Internacional en virtud de los Procedimientos de Cumplimiento.

El Órgano Rector aprobó, en su Cuarta Reunión, los Procedimientos de Cumplimiento que incluyen, entre otras, disposiciones sobre seguimiento y presentación de informes (Resolución 2/2011) de conformidad con el Artículo 21 del Tratado Internacional. Según los Procedimientos de Cumplimiento, cada Parte Contratante presentará al Comité de Cumplimiento, por conducto del Secretario, un informe sobre las medidas que haya adoptado para cumplir con sus obligaciones en virtud del Tratado Internacional en uno de los seis idiomas de las Naciones Unidas (Sección V .1 de los Procedimientos sobre Cumplimiento). El primer informe de este tipo debía realizarse en octubre de 2016.

Code: NCP GB7-20 Cumplimiento

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