Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto (AMERP)

Informe de la primera reunión de las Partes en el Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (Oslo [Noruega], 29-31 de mayo de 2017)

01/06/2017 FAO

El presente documento contiene el informe de la primera reunión de las Partes en el Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, que se celebró en Oslo (Noruega) del 29 al 31 de mayo de 2017. Las Partes convinieron en que la FAO asumiera la función de Secretaría para la reunión. Se reconoció la necesidad de que los Estados del puerto, los Estados del pabellón y otros Estados adoptasen medidas concertadas con vistas a la aplicación del Acuerdo, así como la importante función de la FAO, las organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP) y otros órganos y organizaciones internacionales. Las Partes señalaron el valor de extraer enseñanzas de las iniciativas pertinentes en curso de las OROP y otras organizaciones internacionales. Las Partes acordaron que se adoptara un enfoque gradual con respecto al intercambio de información y pidieron que se estableciera un grupo de trabajo técnico de composición abierta encargado de facilitar orientación sobre la elaboración de mecanismos de intercambio de datos. Se encargó a la FAO que elaborase modelos para la presentación de información sobre los puntos de contacto nacionales, los puertos designados y otras cuestiones pertinentes para la aplicación del Acuerdo y que publicase la información por medio de una sección específica en el sitio web de la FAO. Las Partes constituyeron el Grupo de trabajo previsto en la Parte 6 del Acuerdo y aprobaron su mandato. Las Partes solicitaron a la Secretaría que elaborase un cuestionario en línea específico con la finalidad de monitorear la aplicación del Acuerdo y registrar las dificultades encontradas, que inicialmente debería cumplimentarse cada dos años. Asimismo, se pidió a la Secretaría que elaborara un proyecto de Reglamento para las reuniones de las Partes y cualesquiera grupos de trabajo auxiliares, sobre la base del Reglamento General de la Organización y de los reglamentos pertinentes del Comité de Pesca, y que lo sometiera a la consideración de las Partes en su siguiente reunión. Las Partes convinieron en celebrar reuniones bienales junto con reuniones técnicas complementarias, según fuera necesario.

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