El derecho a la alimentación en el mundo

  Nueva Zelandia

La Constitución de Nueva Zelandia no contiene disposiciones relacionadas con el derecho a una alimentación adecuada.

Nueva Zelandia es un Estado Parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales desde 1978 por vía de ratificación.

CONSTITUTIONAL RECOGNITIONS OF THE RIGHT TO ADEQUATE FOOD

INTERNATIONAL INSTRUMENTS

Universal Declaration of Human Rights (UDHR) – 1948

International Covenant on Economic, Social and Cultural Rights (ICESCR) – 1966

Status: Ratificación (1978)

Convention on the Elimination of all forms of Discrimination Against Women (CEDAW) – 1979

Status: Ratificación (1985)

Convention on the Rights of the Child (CRC) – 1989

Status: Ratificación (1993)

Convention on the Rights of Persons with Disabilities (CRPD) – 2006

Status: Ratificación (2008)

Legislación y políticas que reconocen el derecho a una alimentación adecuada

Las Directrices sobre el derecho a la alimentación, refrendadas por el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial y aprobadas por el Consejo de la FAO, brindan orientación para lograr la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional.

Teniendo en cuenta que se puede implementar el derecho humano a una alimentación adecuada a través de varias acciones legales y políticas, lo invitamos a visitar los Perfiles de país en FAOLEX para acceder a una amplia recopilación de medidas adoptadas a nivel nacional. Entre los varios documentos disponibles, encontrará legislación y políticas que se refieren a algunas Directrices relevantes, como la de Acceso a los recursos y bienes (Directriz 8), Inocuidad de los alimentos y protección del consumidor (Directriz 9), Apoyo a los grupos vulnerables (Directriz 13) y Catástrofes naturales y provocadas por el hombre (Directriz 16).

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