BONN, 30 de septiembre --
Conscientes de que el uso extensivo del insecticida monocrotofos
es perjudicial para la salud y el medio ambiente, los
representantes de 100 gobiernos se han reunido para decidir si
todas las fórmulas de monocrotofos deben sumarse a la lista de
26 plaguicidas y cinco sustancias químicas industriales sujetas
al Procedimiento de información y consentimiento previos (PIC)
del Tratado de Rótterdam.
El monocrotofos
se emplea en muchos países en desarrollo, en particular en Asia,
para controlar a los insectos y a los ácaros de la araña en el
algodón, los cítricos, el maíz y otros cultivos. Se
comercializa activamente y lo producen más de una docena de
compañías, la mayor parte en Asia.
Al igual
que otros insecticidas organofosforados, el monocrotofos
representa un peligro grave para miles de campesinos, sobre todo
en los países en desarrollo donde la falta de ropas protectoras
y de equipo adecuado para su aplicación hacen más fácil el
contacto directo de las personas con las sustancias químicas.
Los efectos provocados por este insecticida incluyen nausea,
diarrea, visión borrosa y, en casos graves, depresión
respiratoria, convulsiones y muerte.
El
monocrotofos es también muy tóxico para las aves y los
mamíferos. Por ejemplo, los estudios apuntan a que durante los
25 años en que fue utilizado en Hungría provocó más daños a las
aves silvestres que cualquier otro plaguicida. Afortunadamente
hoy día existen alternativas al uso de este plaguicida para
cualquier tipo de cultivo y plaga conocidos hasta ahora.
"Asegurarse de que ningún país
importe este peligroso plaguicida sin tener pleno conocimiento
de los riesgos que lleva consigo es un primer paso de
importancia vital para impedir ulteriores
intoxicaciones", dice Klaus Töpfer, Director Ejecutivo
del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
(UNEP). Gracias al Tratado de Rótterdam ahora podemos contar con
un sistema efectivo para evitar muchos de los errores mortales
de las pasadas décadas cuando la gente sabía menos de los
peligros de las sustancias químicas tóxicas".
"La agricultura no puede
realizarse plenamente sin los plaguicidas. Sin embargo, la
comercialización y venta sin controles de plaguicidas muy
tóxicos como el monocrotofos plantea graves peligros a los
campesinos pobres de los países en vías de desarrollo. La ropa
protectora es, por lo general, demasiado cara o es incómoda de
llevar cuando hace mucho calor", afirma Louise Fresco,
subdirectora de Agricultura de la Organización de las Naciones
Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). "La
FAO colabora con los agricultores para fomentar la gestión
integrada de las plagas y poder minimizar así el empleo de
plaguicidas tóxicos, y con los organismos gubernamentales para
mejorar las políticas en materia de plaguicidas y gestión de los
mismos", añade Fresco.
El control
de este plaguicida sería ya de por sí un gran logro, aunque
queda por resolver el vasto problema de los organofosfatos
baratos de elevada toxicidad. Estos plaguicidas, creados a
menudo por una gran multinacional, se fabrican con profusión y
se siguen usando no obstante las pruebas cada vez más patentes
de que provocan enfermedades y muertes. Exigir controles
comerciales para el monocrotofos reafirmaría además el derecho a
efectuar valoraciones comerciales basadas en el empleo del
plaguicida en el terreno en vez de valorarlo sólo a partir de
las instrucciones del fabricante.
La
decisión que se tome esta semana en la novena reunión del Comité
Internacional de Negociación del Tratado de Rótterdam sobre el
PIC para algunas substancias químicas peligrosas y plaguicidas
en el comercio internacional, se basará en el parecer del Comité
Transitorio de revisión de las sustancias químicas, que es el
organismo específico del Tratado. En la actualidad, algunas
fórmulas gravemente peligrosas del monocrotofos están sujetas al
PIC; si el parecer del Comité transitorio de revisión fuera
adoptado en Bonn,se incluirían todas las fórmulas del
monocrotofos.
En la actualidad, unas 70.000
sustancias químicas se encuentran hoy disponibles en el mercado
y cada año se introducen 1.500 sustancias nuevas. Esta situación
supone un gran desafío para los muchos gobiernos que deben
controlar y gestionar estas sustancias potencialmente
peligrosas. Numerosos plaguicidas que han sido prohibidos o cuyo
empleo ha sido estrictamente limitado en los países
industrializados se siguen comercializando y empleando en los
países en desarrollo.
El Tratado de
Rótterdam facilita a los países importadores las herramientas y
la información necesarias para identificar sustancias químicas
potencialmente peligrosas y excluir aquellas que no puedan
manejar con garantías de seguridad. El Tratado solicita también
a los países que no exporten sustancias químicas en contra de la
decisión de los países importadores. Además, en aquellos casos
en los que el comercio está autorizado, los requisitos relativos
al etiquetado y la difusión de información sobre los efectos
potenciales en la salud y el ambiente limitan los riesgos
asociados al uso de sustancias químicas.
El Tratado ha sido firmado por 72 gobiernos (más la
Unión Europea) y hasta ahora lo han ratificado 33 países.
Entrará en vigor 90 días después de que lo hayan ratificado 50
naciones. En la pasada Cumbre Mundial sobre Desarrollo
Sostenible, celebrada en Johannesburgo, los países participantes
acordaron promover la ratificación y puesta en práctica del
Tratado de Rótterdam para que pudiera entrar en vigor antes de
2003. Mientras tanto, los gobiernos han decidido aplicar las
normas de información y consentimiento previos del Tratado a
nivel voluntario. La lista original del Tratado incluía 22
plaguicidas y 5 sustancias químicas industriales. Desde entonces
se han añadido otros cuatro plaguicidas. El monocrotofos
pasaría así a ser la sustancia química que hace el número 32 de
la lista, siempre que los gobiernos lo decidan así en el curso
de esta semana.
El Tratado abarca los
siguientes 22 plaguicidas peligrosos: 2,4,5-T; aldrín, captafol,
clordano, clordimeformo, clorobencilato, DDT, 1,2 dibromoetano
(EDB), dieldrín, dinoseb, fluoroacetamida, HCH, heptacloro,
hexaclorobenceno, lindano, compuestos de mercurio y
pentaclorofenol, más algunas fórmulas de metamidofos,
metiloparatión, monocrotofos, paratión y fosfamidon. Desde
septiembre de 1998 se han añadido cuatro plaguicidas a la lista
de procedimiento transitorio de información y consentimiento
previos: (binapacrilo, toxafeno, óxido de etileno y diclorato
de etileno).
El Tratado cubre también cinco
sustancias químicas: crocidolito, bifenilos polibromatados
(PBB), bifenilos policlorinados, terfenilos policlorinados (PCT)
y trisfosfato de (2,3 dibromopropilo).









