1. El Excmo. Sr. Luiz Inácio Lula da Silva, ex Presidente de la República Federativa del Brasil, pronunció la 29.ª Disertación en memoria de McDougall.
2. La Conferencia observó con reconocimiento la participación de jefes de Estado y de Gobierno en su período de sesiones.
3. El Excmo. Sr. Sergio Mattarella, Presidente de la República Italiana, y la Excma. Sra. Michelle Bachelet Jeria, Presidenta de la República de Chile, pronunciaron sendas declaraciones en la ceremonia inaugural.
4. La Excma. Sra. Cristina Fernández de Kirchner, Presidenta de la República Argentina, el Excmo. Sr. Jorge Alberto Arreaza Monserrat, Vicepresidente de la República Bolivariana de Venezuela, y el Honorable Comodoro Ratu Josaia Voreqe Bainimarama, Primer Ministro de la República de Fiji, participaron en el debate general.
5. El Excmo. Sr. Enrique Peña Nieto, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, y el Excmo. Sr. Juan Manuel Santos Calderón, Presidente de la República de Colombia, pronunciaron sendas declaraciones en la ceremonia de clausura de la Conferencia.
6. Durante el período de sesiones, Su Majestad la Reina Letizia del Reino de España fue nombrada Embajadora especial para la nutrición. Tras su nombramiento, Su Majestad la Reina pronunció una declaración ante la Conferencia.
7.
Un representante
de los órganos representativos del personal de la FAO pronunció una declaración
ante la Conferencia.
8.
La
Conferencia guardó un minuto de silencio en memoria de los funcionarios que
habían fallecido desde el anterior período de sesiones de la Conferencia. Los
nombres de los funcionarios fallecidos se leyeron en voz alta y figuran en las
actas literales de la Conferencia.
9.
El Consejo
propuso y la Conferencia eligió al Sr. Le Mamea Ropati Mualia, Ministro de
Agricultura, de Pesca y de la Empresa de Insumos Agrícolas de Samoa, como
Presidente de la Conferencia en su 39.º período de sesiones.
10.
El Consejo
propuso y la Conferencia eligió a los tres Vicepresidentes de la
Conferencia: el Sr. Claudio Javier Rozencwaig (Argentina), el Sr. Serge Tomasi (Francia) y el Sr. Majid Dehghan Shoar (República
Islámica del Irán).
11.
El Consejo
recomendó y la Conferencia eligió a:
Siete
miembros del Comité General
Australia |
Eslovaquia |
Camerún |
Iraq |
Canadá |
Nicaragua |
China |
|
Nueve miembros del Comité de Credenciales
Cuba |
Omán |
Eritrea |
República de Corea |
Estados Unidos de América |
San Marino |
Indonesia |
Tailandia |
Nueva Zelandia |
|
|
|
12.
La
Conferencia aprobó el programa en su forma enmendada. El programa figura
en el Apéndice A del presente informe.
13.
La
Conferencia aprobó las disposiciones propuestas por el Consejo en su
150.º período de sesiones y el calendario propuesto por el Consejo en su
151.º período de sesiones.
14.
La
Conferencia convino con la recomendación del Consejo de que se
establecieran dos comisiones.
15.
De
conformidad con los artículos VII y XXIV.5 b) del Reglamento General
de la Organización (RGO), en su 151.º período de sesiones el Consejo
propuso que se nombrara al Sr. Luca Fratini
(Italia) Presidente de la Comisión I y al Sr. Khaled M. S. H. El Taweel (Egipto)
Presidente de la Comisión II; la Conferencia aprobó la propuesta.
16. Se eligió al Sr. Ahmad Farooq (Pakistán) Presidente del Comité de Redacción de la Comisión I, que estuvo integrado por los siguientes miembros: Argentina, Canadá, Ecuador, Egipto, España, Etiopía, Francia, Guinea Ecuatorial, Nueva Zelandia, Omán, Pakistán y República de Corea.
17.
Se eligió al Sr. Spyridon Ellinas (Chipre)
Presidente del Comité de Redacción de la Comisión II, que estuvo integrado
por los siguientes miembros: Alemania, Australia, Brasil, Chipre, China,
Estados Unidos de América, Federación de Rusia, Kuwait, Liberia, México,
Pakistán, Sudán y Zimbabwe.
18.
La Conferencia, teniendo en cuenta las
propuestas del Comité General, de conformidad con el artículo X.2 c)
del RGO, nombró también los siguientes Vicepresidentes:
Comisión I: Sra. Natalie Feistritzer
(Austria)
Sr. Charles Essonghe (Gabón)
Comisión II: Sr. Tazwin Hanif
(Indonesia)
Sra. Marieta Okenková
(Eslovaquia)
19.
La
Conferencia confirmó la decisión adoptada en sus períodos de sesiones
anteriores en el sentido de que, cuando un Miembro deseara responder a críticas
hechas a las políticas de su Gobierno, lo hiciera preferiblemente en el día en
que se hubiesen formulado tales críticas, después de que todos los que desearan
participar en el debate hubieran tenido la oportunidad de intervenir.
20.
El Comité de
Credenciales celebró tres reuniones, los días 27 de mayo y 6 y
11 de junio, a fin de examinar las credenciales recibidas para el
39.º período de sesiones de la Conferencia. Se distribuyó un informe al
respecto (documento C 2015/LIM/15), según el cual 189 Miembros
figuraban en la Lista A. Un Miembro comunicó al Director General que no
tenía intención de asistir a la Conferencia y cinco Miembros no proporcionaron
ninguna información sobre su participación o representación en el período de
sesiones de la Conferencia. En las listas se refleja la situación a 6 de
junio de 2015.
21.
Las
credenciales de los representantes de las Naciones Unidas, sus organismos
especializados y organizaciones asociadas se depositaron debidamente de
conformidad con lo dispuesto en el artículo III.2 del RGO.
22.
La
Conferencia tomó nota de que, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo III.4 de la Constitución, al comienzo del período de sesiones
11 Estados Miembros (Antigua y Barbuda, Comoras, Dominica, Islas Salomón,
Granada, Santo Tomé y Príncipe, Somalia, Sudán del Sur, Tayikistán,
Turkmenistán y Ucrania) habían perdido sus derechos de voto en la Conferencia,
puesto que la cuantía de sus contribuciones a la Organización atrasadas
superaba el total de las cuotas que se les habían asignado para los dos años
anteriores.
23. Posteriormente, dos Estados Miembros (Islas Salomón y Sudán del Sur) efectuaron pagos suficientes para recuperar sus derechos de voto.
24.
La
Conferencia decidió restablecer los derechos de voto de Comoras, Somalia
y Ucrania, que habían solicitado una consideración especial de conformidad con
lo dispuesto en el artículo III.4 de la Constitución
25.
La
Conferencia aceptó las peticiones de Santo Tomé y Príncipe y Tayikistán de
liquidar sus atrasos mediante sendos planes de pago a plazos y, en
consecuencia, decidió restablecer sus derechos de voto. A tal efecto, la
Conferencia aprobó las siguientes resoluciones:
Pago de contribuciones: Santo Tomé y Príncipe
LA CONFERENCIA,
Tomando nota de que el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe ha hecho la propuesta de
liquidar los atrasos de sus cuotas durante un período de cuatro años a partir
de 2016, además de pagar cada cuota corriente en el año civil de asignación,
Resuelve
lo siguiente:
1) No obstante el artículo 5.5 del Reglamento Financiero, los atrasos de las cuotas de Santo Tomé y Príncipe, que totalizan 214 630,44 USD y 20 636,24 EUR, se saldarán mediante el pago de cuatro plazos anuales de 53 657,61 USD y 5 159,06 EUR cada uno de 2016 a 2019.
2) El primer plazo deberá pagarse el 1 de enero de 2016.
3) Mediante
el pago anual de los plazos mencionados, junto con el pago de cada cuota
corriente en el año civil de asignación, así como de cualesquiera anticipos al
Fondo de Operaciones, se considerará que Santo Tomé y Príncipe cumple sus
obligaciones financieras para con la Organización.
4) Los
plazos deberán pagarse de conformidad con lo establecido en el
artículo 5.5 del Reglamento Financiero.
5) El impago de dos plazos hará que este plan
de pago a plazos quede anulado.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
Pago de contribuciones: Tayikistán
LA CONFERENCIA,
Tomando nota de que el Gobierno de Tayikistán ha hecho la propuesta de liquidar los
atrasos de sus cuotas durante un período de cinco años a partir de 2016, además
de pagar cada cuota corriente en el año civil de asignación.
Resuelve lo
siguiente:
1)
No obstante
lo dispuesto en el artículo 5.5 del Reglamento Financiero, los atrasos de
las cuotas de Tayikistán, que totalizan 37 618,70 USD y
10 349,70 EUR, se saldarán mediante el pago de cinco plazos anuales
de 7 523,74 USD y 2 069,94 EUR cada uno de 2016 a 2020.
2)
El primer
plazo deberá pagarse el 1 de enero de 2016.
3)
Mediante el
pago anual de los plazos mencionados, junto con el pago de cada cuota corriente
en el año civil de asignación, así como de cualesquiera anticipos al Fondo de
Operaciones, se considerará que Tayikistán cumple sus obligaciones financieras
para con la Organización.
4) Los plazos deberán pagarse de conformidad con lo
establecido en el artículo 5.5 del Reglamento Financiero.
5)
El impago de
dos plazos hará que este plan de pago a plazos quede anulado.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
26.
Además, el
Comité General recordó que la Conferencia, en su 36.º período de sesiones,
celebrado en 2009, había aprobado un plan de pago a plazos para que Georgia
liquidase una parte de los atrasos en sus contribuciones por un total de
1 217 323,08 USD mediante el pago de seis plazos anuales de
121 732,31 USD de 2010 a 2015, quedando sometido el saldo restante de
los atrasos a reconsideración y reprogramación en 2015 (Resolución 1/2009).
27.
Se informó a
la Conferencia de que el Gobierno de Georgia había abonado los plazos anuales
antes citados junto con el pago de cada cuota corriente en el año civil de
asignación, cumpliendo así las obligaciones financieras del país para con la
Organización. Mediante su carta de fecha 15 de abril de 2015 Georgia
solicitó abonar el saldo restante de los atrasos, por un importe de
486 929,22 USD, en cuatro plazos anuales de 121 732,31 USD
cada uno, de 2016 a 2019. A tal efecto, la Conferencia aprobó la
siguiente resolución:
Pago de contribuciones: Georgia
LA
CONFERENCIA,
Tomando
nota de que el Gobierno de Georgia ha hecho la
propuesta de liquidar los atrasos de sus cuotas durante un período de cuatro
años a partir de 2016, además de pagar cada cuota corriente en el año civil de
asignación,
Resuelve lo
siguiente:
1) No obstante el artículo 5.5 del
Reglamento Financiero, los atrasos de las cuotas de Georgia, que totalizan
486 929,22 USD, se saldarán mediante el pago de cuatro plazos anuales
de 121 732,31 USD cada uno de 2016 a 2019.
2) El primer plazo deberá
pagarse el 1 de enero de 2016.
3) Mediante el pago anual de
los plazos mencionados, junto con el pago de cada cuota corriente en el año
civil de asignación, así como de cualesquiera anticipos al Fondo de
Operaciones, se considerará que Georgia cumple sus obligaciones financieras
para con la Organización.
4) Los plazos deberán pagarse
de conformidad con lo establecido en el artículo 5.5 del Reglamento
Financiero.
5) El
impago de dos plazos hará que este plan de pago a plazos quede anulado.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
Organizaciones intergubernamentales y organizaciones internacionales no
gubernamentales
28.
La
Conferencia examinó la lista de organizaciones intergubernamentales y
organizaciones internacionales no gubernamentales a las que el Director General
había cursado una invitación provisional para asistir al período de sesiones y
confirmó dichas invitaciones provisionales.
29.
La
Conferencia confirmó la invitación cursada por el Director General a
Palestina, a sugerencia del Consejo en su 150.º período de sesiones.
30. Ciento diez jefes de delegación y tres observadores intervinieron en relación con este tema del programa y comentaron la situación agrícola y de seguridad alimentaria en el plano mundial y en sus respectivos países, con especial atención al tema del debate general: “Romper el ciclo de pobreza rural y hambre mediante el fortalecimiento de la resiliencia rural: la protección social y el desarrollo agrícola sostenible”.
31.
La Conferencia:
a)
acogió con
satisfacción el hecho de que 72 países hubieran
alcanzado la meta 1.C ‑ relativa al hambre ‑ de los Objetivos
de Desarrollo del Milenio (ODM), consistente en reducir a la mitad la
proporción de personas subalimentadas entre 1990‑92 y 2015;
b)
observó que la meta de reducción del hambre prevista en el
primer ODM había sido prácticamente alcanzada en el plano mundial, mientras que
el mundo estaba todavía lejos de cumplir el objetivo de la Cumbre Mundial sobre
la Alimentación (CMA);
c)
reconoció los desiguales progresos en la reducción de la subalimentación en
algunas regiones;
d)
señaló que a fin de seguir haciendo progresos era preciso
crear sistemas inclusivos para aumentar la resiliencia, reducir la pobreza y
mejorar el acceso a los alimentos, con inclusión del acceso a los mercados y de
un entorno propicio para la inversión y la innovación por parte de los
agricultores;
e)
observó que la pobreza y la inseguridad alimentaria se
concentraban en las zonas rurales y que los medios de vida de muchas de las
personas pobres dependían de la agricultura;
f)
reconoció la función de la protección social con objeto de reducir la pobreza y
la inseguridad alimentaria y nutricional en las zonas rurales, así como de
promover la resiliencia y el desarrollo agrícola sostenible;
g)
hizo
hincapié en que la protección social, combinada con
apoyo a los sectores productivos como la agricultura familiar, podía dar lugar
a sinergias positivas, e instó a que se adoptara un enfoque integrado
para luchar contra el hambre y la pobreza.
32.
La Conferencia:
a)
señaló además la importancia de los suelos para una
agricultura sostenible y acogió con agrado el Año Internacional de los
Suelos;
b)
hizo hincapié en que el cambio climático mundial suponía crecientes amenazas a la
seguridad alimentaria y la nutrición.
33. La Conferencia hizo suyo el informe y tomó nota de las recomendaciones formuladas en el mismo. Se expresó agradecimiento por la manera en que el Iraq había presidido la Conferencia Regional.
34. La Conferencia hizo suyo el informe y tomó nota de las recomendaciones formuladas en el mismo. Además, expresó su agradecimiento a Mongolia, el país anfitrión, por la excelente organización de la Conferencia Regional.
35.
La
Conferencia hizo suyo el informe y tomó nota de las recomendaciones
formuladas en el mismo. Además, expresó su agradecimiento a Túnez, el
país anfitrión, por la excelente organización de la Conferencia Regional.
36.
La
Conferencia hizo suyo el informe y tomó nota de las recomendaciones
formuladas en el mismo. Además, expresó su agradecimiento a Rumania, el
país anfitrión, por la excelente organización de la Conferencia Regional.
37.
La
Conferencia hizo suyo el informe y tomó nota de las recomendaciones
formuladas en el mismo. Además, agradeció a Chile, el país anfitrión, por la
excelente organización de la Conferencia Regional.
38.
La
Conferencia tomó nota asimismo de la práctica de la región de América del Norte
de organizar una Conferencia Regional Oficiosa a fin de permitir a los Estados
Miembros de la región hacer aportaciones al proceso de establecimiento de
prioridades de la Organización.
39.
La
Conferencia hizo suyas las conclusiones y recomendaciones contenidas en
el informe del 31.º período de sesiones del Comité de Pesca y, en
particular:
a)
expresó su
apoyo a la labor de la FAO en materia de pesca y
acuicultura sobre la base de los objetivos estratégicos de la Organización, y
destacó la Iniciativa sobre el crecimiento azul, la aplicación del Acuerdo
sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y
eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), el Código de
Conducta para la Pesca Responsable y las Directrices internacionales para la
ordenación de las capturas incidentales y la reducción de los descartes;
b)
acogió con
agrado las Directrices voluntarias para lograr la
sostenibilidad de la pesca en pequeña escala en el contexto de la seguridad
alimentaria y la erradicación de la pobreza y el Programa de asistencia mundial
con miras a respaldar su aplicación;
c)
acogió con
satisfacción las Directrices voluntarias para la
actuación del Estado del pabellón;
d)
subrayó la importancia del desarrollo de una pesca continental y marina y una
acuicultura sostenibles como contribución a la consecución de la seguridad
alimentaria, el desarrollo sostenible, la reducción de la pobreza, la
estabilidad de los mercados y el aumento de la resiliencia;
e)
respaldó el esfuerzo de la FAO relativo al desarrollo de la capacidad en
materia de recopilación y análisis de datos, evaluación de poblaciones,
ordenación, acuicultura, actividades posteriores a la captura y formulación de
políticas.
40.
La
Conferencia respaldó el informe del 22.º período de sesiones del
Comité Forestal (COFO) y señaló en particular la importancia de:
a)
el Reto del Hambre Cero
mediante la elaboración de políticas forestales inclusivas y basadas en datos
concretos, así como enfoques intersectoriales integrados, y de defender la
eliminación de la deforestación ilegal y trabajar activamente para lograrla;
b)
un entorno propicio para las
comunidades forestales, los pequeños propietarios de bosques, los tenedores de
derechos sobre bosques y las organizaciones de productores agrícolas y
forestales;
c)
establecer y reforzar las
plataformas en favor de un diálogo e iniciativas intersectoriales y entre
múltiples partes interesadas que vinculasen las actividades forestales y
agrícolas y otros sectores relacionados con los recursos naturales;
d)
la participación de la FAO en
la reducción de las emisiones debidas a la deforestación y la degradación
forestal en los países en desarrollo (REDD+) en los planos nacional, regional y
mundial;
e)
el liderazgo de la FAO en la
Asociación de Colaboración en materia de Bosques en cuanto mecanismo amplio de
coordinación interinstitucional en el futuro acuerdo internacional sobre los
bosques;
f)
la cooperación con
iniciativas ya existentes relativas a los bosques boreales y pidió a la FAO que
ampliara su apoyo a los países en relación con los bosques boreales;
g)
un programa mundial de
desarrollo de la capacidad para la gestión sostenible y la restauración de los
bosques y los sistemas agrosilvopastoriles de tierras
secas.
41.
La
Conferencia alentó a los Miembros a:
a)
intensificar los esfuerzos
para lograr que se diera la consideración adecuada a las cuestiones de género
en el sector forestal;
b)
reforzar la colaboración de
los sectores agrícola, pesquero, forestal y otros sectores relacionados con el
uso de la tierra a fin de promover la aplicación de enfoques integrados en todo
el territorio, incluso mediante una mayor colaboración del COFO con el Comité
de Pesca (COFI) y el Comité de Agricultura (COAG), así como con el Comité de
Seguridad Alimentaria Mundial (CSA);
c)
redoblar sus esfuerzos para
lograr que se diera la consideración y prominencia adecuadas a los bosques en
los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la agenda para el desarrollo
después de 2015.
42.
La
Conferencia hizo hincapié en que la labor de la FAO en relación con el
sector forestal debía orientarse en función del Marco estratégico revisado de
la Organización.
43.
La Conferencia hizo suyas las
conclusiones y recomendaciones contenidas en el informe del 24.º período
de sesiones del Comité de Agricultura, en particular respecto de:
a)
la labor de la FAO en
relación con el sector alimentario y agrícola de conformidad con el Marco
estratégico revisado de la Organización;
b)
la importancia atribuida a
la agricultura familiar;
c)
el llamamiento a que la FAO
desempeñara un papel más destacado en los programas de facilitación del
comercio, en estrecha colaboración con los asociados pertinentes, como medio importante
a fin de apoyar la aplicación de la Estrategia de la FAO para mejorar la
inocuidad de los alimentos a escala mundial;
d)
el apoyo a la aplicación del
Programa mundial de control y erradicación de la peste de los pequeños
rumiantes;
e)
la importancia de que los
Miembros incorporasen la gobernanza del agua en favor de la seguridad
alimentaria y la agricultura sostenible en sus políticas nacionales;
f)
los Sistemas importantes del
patrimonio agrícola mundial (SIPAM);
g) el Programa mundial para una ganadería sostenible,
y al respecto tomó nota de la estructura y gobernanza del mismo, incluida la
coordinación con otras iniciativas;
h)
el trabajo de la FAO en materia de intensificación sostenible de la
producción y sistemas alimentarios sostenibles.
44.
La Conferencia
tomó nota de que la Comisión Internacional del Arroz había suspendido todas sus
actividades y de que se incluiría un tema sobre el arroz en el programa de los
períodos ordinarios de sesiones del Comité de Agricultura cuando procediera.
45.
La
Conferencia tomó nota del informe de situación sobre la resistencia a los
antimicrobianos, acogió con satisfacción el carácter inclusivo y
consultivo del proceso preparatorio de la resolución y aprobó la
siguiente resolución:
Resistencia a los antimicrobianos
LA
CONFERENCIA,
Habiendo examinado el
informe de situación de la Secretaría sobre la resistencia a los
antimicrobianos[20] en la alimentación, la agricultura[21] y el medio ambiente;
Recordando la
Declaración de Roma sobre la Nutrición de 2014 y el Marco de acción que la
acompaña y recordando asimismo la petición formulada a la Secretaría por el
Consejo en su 150.º período de sesiones;
Reconociendo el papel
de la FAO como el principal organismo intergubernamental con el mandato de
mejorar la agricultura, la actividad forestal, la pesca y la gestión de los
recursos naturales, y de lograr la seguridad alimentaria y la nutrición en el
mundo;
Tomando nota también
de las orientaciones y códigos pertinentes acordados a nivel mundial de la
Comisión FAO/OMS del Codex Alimentarius[22], así como de las normas pertinentes de la Organización Mundial de
Sanidad Animal (OIE), para tratar la resistencia a los antimicrobianos;
Consciente de que el
acceso a agentes antimicrobianos eficaces constituye un requisito indispensable
para una agricultura productiva y sostenible, en particular para la ganadería y
la acuicultura y una alimentación saludable, actividades de las que depende el
sustento de innumerables vidas en todo el mundo, pero consciente también de que
muchos avances alcanzados con gran esfuerzo en la salud humana y animal y en el
desarrollo corren peligro debido a la creciente resistencia a los
antimicrobianos;
Consciente asimismo de
que las consecuencias de la resistencia a los antimicrobianos para la salud y
la economía constituyen una carga cada vez mayor para los países de ingresos
altos, medianos y bajos que requiere la adopción de medidas urgentes a nivel
nacional, regional y mundial, especialmente ante el escaso desarrollo de nuevos
antimicrobianos;
Reconociendo que es
necesario adoptar un enfoque coherente, integral, integrado y equilibrado a
nivel mundial, regional y nacional en el marco de la iniciativa “Una salud” y
de otros planteamientos en los que participan diferentes agentes y sectores
tales como los de la medicina humana y veterinaria, la agricultura, la
inocuidad de los alimentos, el medio ambiente y los consumidores;
Reconociendo que la
resistencia a los antimicrobianos abarca un gran abanico de microorganismos,
como bacterias, virus, hongos y parásitos, pero que el desarrollo de la
resistencia a los antibióticos es un problema especialmente urgente y que
precisa una atención inmediata;
Haciendo hincapié en la importancia de que las recomendaciones de política se basen en datos científicos
sólidos y en principios de análisis de riesgos;
Tomando nota de las
pruebas sobre la transmisión y difusión de la resistencia a los antimicrobianos
entre los animales, los seres humanos, en la cadena alimentaria y en el medio
ambiente;
Acogiendo con agrado la
colaboración tripartita sobre la resistencia a los antimicrobianos entre la
FAO, la Organización Mundial de la Salud (OMS), incluyendo al Codex Alimentarius, y la Organización Internacional de Sanidad
Animal (OIE), así como otras colaboraciones internacionales;
Tomando nota de la
aprobación por la 67.ª Asamblea Mundial de la Salud de una resolución sobre la
resistencia a los antimicrobianos[23], la cual comprende la petición a la Directora General de la OMS de
fortalecer la colaboración tripartita entre la FAO, la OIE y la OMS para luchar
contra la resistencia a los antimicrobianos en el marco de la iniciativa “Una
salud”;
Acogiendo con satisfacción la aprobación por la 68.ª Asamblea Mundial de la Salud del Plan de
acción mundial sobre la resistencia a los antimicrobianos[24], al que la FAO hizo aportaciones, y teniendo en cuenta los informes y
las orientaciones dirigidos al Consejo Ejecutivo de la OMS en su 136.ª reunión
y los formulados por este;
Consciente de que el
Plan de acción mundial refuerza la necesidad de colaboración en materia de
resistencia a los antimicrobianos entre la FAO, la OIE y la OMS y otras
organizaciones intergubernamentales, otros asociados y partes interesadas, y
exhorta a la FAO a apoyar la aplicación de medidas de prevención y control de
la resistencia a los antimicrobianos en la alimentación y la agricultura;
Tomando nota del
informe de la Secretaría al Consejo en su 151.º período de sesiones que figura
en el documento C 2015/28 Rev.1 y de las deliberaciones del Consejo;
Apoyando firmemente la
labor en curso de la Secretaría, en colaboración con los Miembros y otros
actores, con el fin de evaluar las pruebas de resistencia a los antimicrobianos
en los sistemas alimentarios y agrícolas, determinar las deficiencias en el
conocimiento y proporcionar recomendaciones a los Miembros para combatir
eficazmente la resistencia a los antimicrobianos;
a) Insta a los Miembros a:
a) aumentar la concienciación, el compromiso y el liderazgo políticos para garantizar la continuidad del acceso a medicamentos antimicrobianos mediante el uso prudente y responsable de los antimicrobianos en la agricultura, conforme a lo expresado en el Código de prácticas del Codex para reducir al mínimo y contener la resistencia a los antimicrobianos[25], en particular de aquellos que figuran en las listas de antimicrobianos de importancia crítica para la medicina veterinaria de la OIE y de importancia crítica para la salud humana de la OMS[26];
b) fortalecer el seguimiento nacional de la resistencia a los antimicrobianos y del uso de antimicrobianos en la agricultura, la reglamentación de su prescripción y uso y el cumplimiento de tal reglamentación en cooperación con la OIE, la OMS y la FAO, de conformidad con las normas de la OIE y el Codex;
c) facilitar los esfuerzos destinados a fortalecer el análisis y la puesta en común de los datos científicos internacionales relativos al desarrollo, la transmisión y el control de la resistencia a los antimicrobianos en la alimentación, la agricultura y el medio ambiente, incluida la transferencia de tecnología;
d) tomar medidas para continuar el desarrollo de sistemas de producción sostenible de alimentos teniendo en cuenta sus dimensiones sociales, económicas y ambientales, con el fin de reducir el riesgo de enfermedades, evitar el uso innecesario de antimicrobianos, incluyendo la eliminación progresiva de los antimicrobianos como promotores del crecimiento (medicamentos veterinarios antimicrobianos que pertenecen o pueden causar resistencia cruzada a las clases de agentes antimicrobianos utilizados —o presentados para su aprobación— en los seres humanos y en los animales en ausencia de un análisis de riesgo) y fomentar una buena gestión de la cría de animales, la bioseguridad y la bioinocuidad;
e) tomar medidas urgentes en los planos nacional, regional y local para mitigar los riesgos planteados por el uso inapropiado de los antimicrobianos y la resistencia a estos en la alimentación, la agricultura y el medio ambiente;
f) desarrollar o fortalecer los planes nacionales, las estrategias y la colaboración internacional para la vigilancia, el control y la contención de la resistencia a los antimicrobianos en la alimentación, la agricultura y el medio ambiente, en estrecha coordinación con los planes correspondientes para la salud humana;
g) movilizar recursos humanos y financieros en el plano nacional, regional e internacional para ejecutar planes y estrategias destinados a reforzar la vigilancia y reducir al mínimo el desarrollo y la transmisión de la resistencia a los antimicrobianos en la alimentación, la agricultura y el medio ambiente;
h) aumentar la concienciación entre todas las partes interesadas pertinentes acerca de: i) los riesgos planteados por la resistencia a los antimicrobianos para la salud pública, así como los posibles efectos negativos en la alimentación y la agricultura; ii) la necesidad de un uso responsable de medicamentos antimicrobianos en la agricultura; iii) las buenas prácticas de gestión e higiene en la ganadería, la producción vegetal, la salud, la bioseguridad y la bioinocuidad;
i) apoyar a los países en desarrollo en la elaboración de programas y sistemas para la detección, vigilancia y control del uso de antimicrobianos y de la resistencia a estos, y en el seguimiento de sus políticas correspondientes establecidas para lograr una gestión progresiva de los riesgos de resistencia a los antimicrobianos en la alimentación, la agricultura y el medio ambiente;
j) fomentar y apoyar la investigación y el desarrollo para combatir la resistencia a los antimicrobianos y el desarrollo de nuevas clases de agentes antimicrobianos y terapias y diagnósticos alternativos, así como promover la utilización responsable de los antimicrobianos en la agricultura;
k) reconocer la importancia del desarrollo del uso de los antimicrobianos y de la vigilancia de la resistencia;
l) mejorar el intercambio de información y la concienciación entre todos los interesados.
b) Pide a la Organización que:
a) apoye activamente y proporcione la creación de capacidad, según proceda, en colaboración con otros asociados pertinentes, en sistemas de producción sostenible teniendo en cuenta las dimensiones sociales, económicas y ambientales que previenen las enfermedades a través de una buena gestión y práctica de la cría de animales (acuáticos y terrestres), así como a través de una buena gestión y práctica de la producción vegetal, como un medio importante para combatir la resistencia a los antimicrobianos;
b) vele por que todos los sectores pertinentes de la Organización, tanto de la Sede como de las regiones y los países, participen de manera activa y coordinada en el fomento de la labor de lucha contra la resistencia a los antimicrobianos, dentro de los parámetros de los objetivos estratégicos de la FAO;
c) contribuya a intensificar la colaboración tripartita entre la FAO, la OIE y la OMS para luchar contra la resistencia a los antimicrobianos en el marco de la iniciativa “Una salud” y con el fin de aprovechar al máximo las sinergias con la OIE en el ámbito de la sanidad animal;
d) apoye los esfuerzos por explorar junto con el Secretario General de las Naciones Unidas las opciones para emprender una iniciativa de alto nivel, incluida una reunión de alto nivel, para aumentar la concienciación, el compromiso y el liderazgo políticos en la esfera de la resistencia a los antimicrobianos;
e) apoye la aplicación del Plan de acción mundial sobre la resistencia a los antimicrobianos, en el que se trata de abordar la necesidad de garantizar que todos los países, en particular los de ingresos bajos y medianos, tengan la capacidad de luchar contra la resistencia a los antimicrobianos y en el que se tienen en cuenta los planes de acción existentes y todos los datos científicos y prácticas óptimas disponibles;
f) mantenga a los Miembros periódicamente informados de la labor de la Secretaría en este ámbito a través de informes al Comité de Agricultura.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
46.
La
Conferencia hizo suyas las conclusiones y recomendaciones contenidas en
el informe del 70.º período de sesiones del Comité de Problemas de
Productos Básicos (CCP) y, en particular:
a)
acogió con
satisfacción la reforma del CCP y sus órganos
auxiliares, con vistas a mejorar sus funcionamiento y sus métodos de trabajo;
b)
reconoció la importancia de disponer de datos oportunos y adecuados para
fundamentar las decisiones y elogió el papel de la FAO en el suministro
de información y evaluaciones actualizadas sobre los mercados, así como en la
promoción de la transparencia del mercado;
c)
recalcó la
importancia de las previsiones a medio plazo sobre los
mercados de productos básicos en cuanto instrumento esencial para los debates
sobre políticas y la planificación; acogió con agrado la colaboración
entre la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y
la FAO sobre las Perspectivas agrícolas;
y alentó a que se siguiera fortaleciendo esta asociación a fin de
prestar mejores servicios a los Miembros de la Organización;
d)
tomó nota de
la asistencia técnica prestada por la FAO a los Miembros, incluido el
desarrollo de la capacidad, en relación con las negociaciones sobre agricultura
en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC), y subrayó la
importancia de que se acordara un programa de trabajo posterior a Bali, como
preveía el Paquete de Bali;
e)
acogió con
satisfacción los progresos realizados en la
implementación del Sistema de información sobre el mercado agrícola (SIMA) y
señaló su gran pertinencia para la labor del CCP, y reconoció su
importancia como innovación en la gobernanza de los mercados de productos
básicos.
47.
Asimismo, la
Conferencia:
a)
recomendó que los gobiernos redoblaran sus esfuerzos para mejorar la calidad y
la oportunidad de los datos, y los alentó a que mejorasen la tasa de
respuesta y la calidad de los datos proporcionados mediante los cuestionarios
periódicos distribuidos por la FAO;
b)
tomó nota de
que la Comisión Internacional del Arroz había suspendido sus actividades y
operaciones y de que se incluiría un tema permanente sobre el arroz en el
programa de los períodos ordinarios de sesiones del CCP cuando procediera.
48.
La
Conferencia:
a)
hizo suyas las conclusiones y recomendaciones formuladas por el Comité en sus
períodos de sesiones 40.º y 41.º;
b)
acogió con
agrado la aprobación de los Principios para la
inversión responsable en la agricultura y los sistemas alimentarios, que fueron
saludados como un gran logro, y alentó a los Miembros de la FAO y otras
partes interesadas a contribuir a su aplicación;
c)
alentó a las partes interesadas en el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial
(CSA) a aplicar las recomendaciones sobre políticas relativas a: los
biocombustibles y la seguridad alimentaria, la inversión en la agricultura a
pequeña escala en favor de la seguridad alimentaria y la nutrición, las
pérdidas y el desperdicio de alimentos en el contexto de sistemas alimentarios
sostenibles, y la pesca y la acuicultura sostenibles para la seguridad
alimentaria y la nutrición;
d)
se
congratuló por la feliz conclusión de las
negociaciones sobre el Marco de acción para la seguridad alimentaria y la
nutrición en crisis prolongadas, que se someterá a la aprobación del CSA en su
42.º período de sesiones, en octubre de 2015;
e)
apoyó el compromiso de conseguir la realización progresiva del derecho a una
alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional en
los próximos años;
f)
respaldó el papel del CSA en relación con la nutrición y con vistas a fomentar
la aplicación de los resultados de la Segunda Conferencia Internacional sobre
Nutrición (CIN2) en coordinación con otros órganos de las Naciones Unidas;
g)
invitó a los Miembros de la FAO y las partes interesadas en el CSA a promover
el Comité en cuanto modelo único de múltiples partes interesadas, a difundir
sus productos y a respaldar sus actividades de divulgación;
h)
alentó al CSA a continuar su labor dentro de su mandato.
49.
La Conferencia:
a)
acogió con
agrado el informe en el que se presentaban los
progresos realizados hacia el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del
Milenio (ODM) ―en particular la meta C del primer ODM―, se
describía el proceso de elaboración del nuevo conjunto de Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS) y la agenda para el desarrollo después de 2015, y
se trataban algunas cuestiones relacionadas con la aplicación del nuevo
programa de desarrollo;
b)
pidió que se redoblasen los esfuerzos para alcanzar los ODM a escala mundial
y reconoció la responsabilidad primaria de la FAO en la prestación de
apoyo a los Miembros con vistas a la consecución de los ODM pertinentes para su
mandato;
c)
elogió el papel de la FAO en el proceso relativo a la agenda para el
desarrollo después de 2015 y su contribución al mismo, guiada por el Marco
estratégico revisado de la Organización y el Reto del Hambre Cero, así como la
colaboración con los demás organismos con sede en Roma;
d)
señaló que
esperaba con interés los resultados de la Tercera
Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que se
celebraría en Addis Abeba en julio de 2015, y la aprobación de la
agenda para el desarrollo después de 2015 y los ODS en la Cumbre de las
Naciones Unidas en septiembre de 2015, y alentó a todos los Miembros
de la FAO a asegurarse de que se facilitasen medios económicos y de otro tipo
suficientes para permitir la aplicación efectiva del nuevo marco de desarrollo.
50.
La
Conferencia examinó el informe provisional y tomó nota de los progresos
realizados por la FAO en la aplicación de las resoluciones acumulativas de la
Asamblea General de las Naciones Unidas referentes a la revisión cuatrienal
amplia de la política (RCAP) relativa a las actividades operacionales. Manifestó
su agradecimiento a la Secretaría por la calidad y la profundidad del
informe, así como por los progresos logrados en la aplicación.
51.
La Conferencia:
a) reconoció los cambios
de largo alcance para la transformación experimentados por la Organización, que
le permitían ser más eficiente y más apta para su finalidad de modo de estar a
la altura de los desafíos expuestos en la RCAP;
b) expresó su agradecimiento
por el constante compromiso de la FAO al prestar apoyo a los Estados Miembros
en sus esfuerzos en pro del desarrollo;
c) respaldó la aplicación
de los principios de gestión basada en los resultados para la aplicación del
Marco estratégico revisado aprobado por la Conferencia en junio de 2013, desde
la planificación hasta el seguimiento de los recursos y los resultados para
todas las fuentes de financiación;
d)
reconoció la estrategia institucional de movilización de recursos de la FAO con
el fin de conseguir contribuciones voluntarias suficientes y una base de
donantes diversificada a efectos de respaldar la obtención de resultados en el
marco de los objetivos estratégicos de la Organización;
e)
tomó nota de
los esfuerzos de la FAO por integrar las mejores prácticas de la iniciativa “Unidos
en la acción” en sus políticas y procedimientos dentro del contexto de la RCAP,
en consonancia con la experiencia y los conocimientos especializados
específicos derivados de sus mandatos y marco estratégico y de acuerdo con los
mismos;
f)
alentó a la FAO a seguir respaldando el aumento de la coherencia del todo el
sistema de las Naciones Unidas en el plano nacional, regional y mundial.
52.
La
Conferencia:
a)
acogió con
satisfacción y aprobó el informe de la
15.ª reunión ordinaria de la Comisión de Recursos Genéticos para la
Alimentación y la Agricultura;
b)
aprobó las Directrices voluntarias en apoyo de la integración de la
diversidad genética en la planificación nacional para la adaptación al cambio
climático e invitó a los países a aplicarlas;
c)
acogió con
satisfacción los Elementos para facilitar la
aplicación nacional del acceso y distribución de beneficios en diferentes
subsectores de los recursos genéticos para la alimentación y la agricultura e invitó
a los países a considerarlos y, según conviniera, hacer uso de ellos;
d)
tomó nota de
la complementariedad entre la labor de la Comisión y el Protocolo de Nagoya con
respecto al acceso y la distribución de beneficios en relación con los recursos
genéticos;
e)
solicitó una mayor cooperación entre la Comisión y los órganos técnicos
pertinentes de la FAO, así como el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial y el
Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos
para la Alimentación y la Agricultura;
f)
alentó a la FAO a prestar apoyo técnico a los países, en particular mediante
seminarios y actividades de capacitación, con vistas a la preparación de los
informes nacionales para El estado de la
biodiversidad para la alimentación y la agricultura en el mundo.
53.
La
Conferencia apreció el éxito de la Segunda Conferencia Internacional
sobre Nutrición (CIN2), convocada conjuntamente por la FAO y la Organización
Mundial de la Salud (OMS) del 19 al 21 de noviembre de 2014 en
Roma.
54.
La
Conferencia respaldó los documentos finales de la CIN2 (la Declaración
de Roma sobre la Nutrición y el Marco de acción[33])
e instó a los Miembros de la FAO a aplicar los compromisos establecidos
en la Declaración de Roma y las recomendaciones formuladas en el Marco de
acción.
55.
La
Conferencia expresó su satisfacción por las medidas de seguimiento de la
CIN2 y manifestó su apoyo en particular a las siguientes:
a)
la incorporación de la
nutrición como tema transversal en el Marco estratégico revisado y el Plan a
plazo medio para 2014‑17 con objeto de mejorar el
apoyo a los Miembros de la FAO en materia de nutrición;
b)
la determinación de las
actividades prioritarias que deberá realizar la FAO durante el período
comprendido entre 2015 y 2017 en apoyo de los resultados de la CIN2;
c)
el fortalecimiento de la
capacidad interna de la FAO para potenciar su papel en el ámbito de la
nutrición;
d)
el establecimiento del Fondo
fiduciario de acción para la nutrición a fin de ayudar a los gobiernos a
transformar los compromisos, las recomendaciones y las estrategias originados
en la CIN2 en medidas concretas. La Conferencia exhortó a los asociados
que aportan recursos a hacer contribuciones voluntarias al Fondo fiduciario;
e)
la petición formulada al
Secretario General de las Naciones Unidas para que la Asamblea General de las
Naciones Unidas refrendase la Declaración de Roma sobre la Nutrición y el Marco
de acción y considerase la posibilidad de declarar un Decenio de Acción sobre
la Nutrición de 2016 a 2025. La Conferencia apreció los
esfuerzos realizados a este respecto y alentó a la FAO a seguir
colaborando con la OMS respecto del contenido sustantivo del Decenio de Acción
sobre la Nutrición propuesto en el marco de las estructuras existentes y de los
recursos disponibles;
f)
los esfuerzos encaminados a
mejorar la coordinación y colaboración en el sistema de las Naciones Unidas en
materia de nutrición, mediante el fortalecimiento de los mecanismos existentes.
La Conferencia alentó a los Miembros a que considerasen nuevas medidas
para permitir al Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (CSA) servir como el
foro mundial intergubernamental y de múltiples partes interesadas apropiado
sobre la nutrición;
g)
los esfuerzos para incluir
la nutrición en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), a fin de reflejar
los resultados de la CIN2 en la agenda para el desarrollo después de 2015;
h)
las iniciativas de promoción
encaminadas a difundir y amplificar los mensajes de la CIN2 sobre la seguridad
alimentaria y la nutrición a través de la Expo Milán 2015.
56. La Conferencia observó y apreció la naturaleza exhaustiva del proceso que se había seguido para actualizar la Carta Mundial de los Suelos.
57.
La
Conferencia respaldó la Carta Mundial de los Suelos revisada.
58.
La
Conferencia aprobó la siguiente resolución:
Carta Mundial de los Suelos revisada
LA
CONFERENCIA,
Recordando su Resolución 8/81 (21.º período de sesiones, noviembre
de 1981), por la que aprobó la primera versión de la Carta Mundial de los
Suelos;
Tomando
nota con reconocimiento de la oportuna iniciativa de
los órganos de la recientemente creada Alianza mundial sobre los suelos (AMS),
a saber, la Asamblea Plenaria y el Grupo técnico intergubernamental sobre los
suelos, de evaluar la validez presente de la Carta y elaborar un texto revisado
más acorde con los difíciles contextos y cuestiones relacionados con los suelos
en la actualidad;
Consciente de las actuales amenazas a recursos de suelos preciosos en todas las
regiones que podrían perjudicar gravemente la consecución de los objetivos y
las metas convenidos para la erradicación del hambre y el desarrollo
sostenible, y recalcando en consecuencia la necesidad imperiosa de invertir las
tendencias alarmantes;
Consciente de que a fin de acelerar el impulso para fomentar una cooperación y
actividades internacionales más concretas y para movilizar recursos con objeto
de invertir la degradación de los suelos y apoyar medidas eficaces de
conservación de los mismos, como ejemplifican la AMS y otras iniciativas,
resultaría muy útil una Carta actualizada, ya que ayudaría a difundir
ampliamente sólidos principios y directrices para la adopción de medidas por
parte de todos los interesados;
Coincidiendo en la necesidad de que una Carta actualizada refleje también las
principales novedades en materia de políticas y los avances conceptuales de
interés en relación con los suelos ocurridos en el período transcurrido desde
la aprobación de la primera versión;
Aprovechando
la oportunidad ofrecida por el Año Internacional de
los Suelos (“Suelos sanos para una vida sana”) para promover la gestión
sostenible de los recursos mundiales de suelos;
Teniendo
en cuenta el asesoramiento brindado por el Comité de
Agricultura en su 24.º período de sesiones (29 de septiembre a
3 de octubre de 2014) y por el Consejo de la FAO en su 150.º período
de sesiones (1-5 de diciembre de 2014):
1. Aprueba por la presente una versión
revisada de la Carta Mundial de los Suelos;
2. Recomienda al sistema de las Naciones
Unidas y a todas las organizaciones internacionales interesadas que promuevan
activamente los principios y directrices establecidos en la Carta y que apoyen
su traducción en políticas acertadas y actividades tangibles en todos los
ámbitos: nacional, regional e internacional.
Carta Mundial de los Suelos
1. Los suelos son
fundamentales para la vida en la Tierra, pero las presiones sobre los recursos
de suelos están alcanzando límites críticos. Una gestión cuidadosa del suelo
constituye un factor esencial de la agricultura sostenible y proporciona
también un resorte valioso para regular el clima y un camino para salvaguardar
los servicios ecosistémicos y la biodiversidad.
2. En el documento final de
la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada
en Río de Janeiro (Brasil) en junio de 2012, “El futuro que queremos”, se
reconoce la importancia económica y social de una buena ordenación de la
tierra, incluido el suelo, y en particular su contribución al crecimiento
económico, la diversidad biológica, la agricultura sostenible y la seguridad
alimentaria, la erradicación de la pobreza, el empoderamiento de la mujer, las
medidas para hacer frente al cambio climático y el aumento de la disponibilidad
de agua.
3. Los suelos son un recurso
clave que abre posibilidades, fundamental para generar multitud de bienes y
servicios esenciales para los ecosistemas y el bienestar humano. El
mantenimiento o la mejora de los recursos mundiales de suelos son esenciales
para satisfacer las necesidades globales de alimentos, agua y seguridad
energética de la humanidad en consonancia con el derecho soberano de cada
Estado sobre sus recursos naturales. En concreto, los aumentos previstos en la
producción de alimentos, fibras y combustibles que se exigen para alcanzar la
seguridad alimentaria y energética supondrán mayor presión sobre los suelos.
4. Los suelos resultan de
acciones e interacciones complejas de procesos en el tiempo y el espacio y, por
tanto, presentan distintas formas y propiedades y proporcionan diferentes
niveles de servicios ecosistémicos. Una buena
gobernanza del suelo requiere la comprensión de tales capacidades diferentes
del suelo y que se estimule una utilización de la tierra que respete la gama de
capacidades con miras a erradicar la pobreza y lograr la seguridad alimentaria.
5. La gestión de suelos es
sostenible si se mantienen o mejoran los servicios de apoyo, suministro,
regulación y cultivo que proporcionan los suelos sin afectar significativamente
a las funciones del suelo que hacen posibles esos servicios ni a la
biodiversidad. Es materia de especial preocupación el equilibrio entre los
servicios de apoyo y suministro para la producción vegetal y los servicios
reguladores que el suelo proporciona para la calidad y disponibilidad del agua
y para la composición de los gases atmosféricos de efecto invernadero.
6. La aplicación de
decisiones de gestión del suelo suele llevarse a cabo en el plano local y se da
en contextos socioeconómicos muy diferentes. La elaboración de medidas
específicas apropiadas para su adopción por responsables locales requiere a
menudo iniciativas interdisciplinarias a muchos niveles por parte de muchos
actores interesados. Es fundamental un fuerte compromiso por incluir el
conocimiento local o indígena.
7. Las funciones específicas
que un suelo proporciona se rigen en gran medida por el conjunto de propiedades
químicas, biológicas y físicas que se hallan en dicho suelo. El conocimiento
del estado efectivo de esas propiedades, su papel en las funciones del suelo y
la repercusión que en las mismas tiene su alteración, tanto natural como
inducida por el hombre, es fundamental para obtener la sostenibilidad.
8. Los suelos son una reserva
clave de biodiversidad mundial que abarca desde los microorganismos a la flora
y la fauna. Esta biodiversidad tiene una función fundamental en el respaldo a
las funciones del suelo y, por tanto, a los bienes y servicios ecosistémicos asociados con los suelos. Por lo tanto, es
necesario mantener la biodiversidad del suelo a fin de salvaguardar estas
funciones.
9. Todos los suelos, sean
objeto de una gestión activa o no, proporcionan servicios ecosistémicos
pertinentes para la regulación mundial del clima y la regulación del agua a
escala múltiple. La conversión en el uso de la tierra puede reducir estos
servicios mundiales para el bien común que proporcionan los suelos. La
repercusión de las conversiones locales o regionales del uso de la tierra puede
evaluarse fiablemente solo en el contexto de evaluaciones mundiales de la
contribución de los suelos a servicios ecosistémicos
esenciales.
10. La degradación del suelo
reduce intrínsecamente o elimina funciones del suelo y la capacidad de estas
últimas de respaldar servicios ecosistémicos
esenciales para el bienestar humano. La reducción al mínimo o la eliminación de
la degradación importante del suelo es fundamental a fin de mantener los
servicios que proporcionan todos los suelos y es mucho más eficaz en función de
los costos que la rehabilitación de suelos una vez que se ha producido la
degradación.
11. Se pueden restablecer en algunos casos las funciones básicas y la contribución a los servicios ecosistémicos de los suelos que han experimentado una degradación aplicando las técnicas apropiadas de rehabilitación. Ello aumenta la superficie disponible para la prestación de servicios sin que sea necesaria la conversión en el uso de la tierra.
III. Directrices para la
acción
12. La meta general de todos
los actores consiste en asegurar una gestión sostenible de los suelos así como
la rehabilitación o restauración de los suelos degradados.
13. La buena gobernanza del
suelo requiere que las medidas adoptadas a todos los niveles —por
los Estados y, en la medida de sus posibilidades, por otras autoridades
públicas, organizaciones internacionales, individuos, grupos y empresas—
se inspiren en los principios de la gestión sostenible del suelo y contribuyan
al logro de un mundo con una degradación neutral del suelo en el contexto del
desarrollo sostenible.
14. Se alienta a todos los
actores y concretamente a cada uno de los siguientes grupos de partes
interesadas a examinar las medidas que se exponen a continuación.
A. Medidas adoptadas por individuos y por el
sector privado
I. Todos los individuos que utilicen o
gestionen el suelo deben actuar como administradores de este a fin de velar por
la gestión sostenible de este recurso natural esencial para salvaguardarlo en
beneficio de las generaciones futuras.
II. Emprender una gestión
sostenible del suelo en la producción de bienes y servicios.
B. Medidas adoptadas por
grupos y por la comunidad científica
I. Difundir
información y conocimientos sobre suelos.
II. Subrayar la
importancia de la gestión sostenible de los suelos a fin de evitar que se
perjudique a las funciones fundamentales del suelo.
C. Medidas adoptadas por los gobiernos
I. Fomentar la gestión sostenible del
suelo que sea pertinente para la gama de suelos existente y para las
necesidades del país.
II. Tratar de crear
condiciones socioeconómicas e institucionales favorables a la gestión
sostenible del suelo eliminando los obstáculos para ello. Se deberían buscar
los medios para superar los obstáculos ante la adopción de una gestión
sostenible del suelo relacionados con la tenencia de la tierra, los derechos de
los usuarios, el acceso a servicios financieros y a programas educativos. Se
hace referencia a las Directrices voluntarias sobre la gobernanza responsable
de la tenencia de la tierra, la pesca y los bosques en el contexto de la
seguridad alimentaria nacional adoptadas en mayo de 2012 por el Comité de
Seguridad Alimentaria Mundial.
III. Participar en la
elaboración de iniciativas de múltiples niveles y de carácter
interdisciplinario, educativas y de creación de capacidad, que fomenten la
adopción de la gestión sostenible del suelo por los usuarios de la tierra.
IV. Apoyar programas de
investigación que proporcionen un fundamento científico sólido para la
elaboración y aplicación de una gestión sostenible del suelo que resulte
pertinente para los usuarios finales.
V. Incorporar los principios
y las prácticas de la gestión sostenible del suelo en la orientación normativa
y la legislación a todos los niveles del gobierno, lo que llevará en el mejor
supuesto a elaborar políticas nacionales del suelo.
VI. Examinar explícitamente
la función de las prácticas de gestión del suelo en la planificación para la
adaptación al cambio climático y la mitigación del mismo y el mantenimiento de
la biodiversidad.
VII. Establecer y aplicar
reglamentos con el fin de limitar la acumulación de contaminantes más allá de
niveles establecidos para proteger la salud y el bienestar humanos y facilitar
la recuperación de suelos contaminados en los que se superen esos límites
cuando supongan una amenaza para los seres humanos, las plantas y los animales.
VIII. Elaborar y mantener un
sistema nacional de información sobre suelos y contribuir a la creación de un
sistema mundial de información sobre suelos.
IX. Elaborar un marco
institucional nacional para supervisar la aplicación de la gestión sostenible
del suelo y la situación general de los recursos de suelos.
D. Medidas adoptadas por
organizaciones internacionales
I. Facilitar la compilación y
difusión de informes acreditados sobre el estado de los recursos mundiales de
suelos y de protocolos de gestión sostenible del suelo.
II. Coordinar esfuerzos para
elaborar un sistema riguroso de información mundial sobre el suelo de alta
resolución y velar por su integración en otros sistemas mundiales de
observación de la Tierra.
III. Ayudar a los gobiernos,
previa petición de estos, a establecer la legislación, las instituciones y los
procesos adecuados que les permitan organizar, aplicar y supervisar unas
prácticas adecuadas de gestión sostenible del suelo.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
59.
La
Conferencia:
a)
aprobó el informe anual de la Junta Ejecutiva del Programa Mundial de
Alimentos (PMA) al Consejo Económico y Social (ECOSOC) y al Consejo de la FAO
sobre sus actividades en 2013;
b) elogió al PMA en razón
de sus esfuerzos por ocuparse de las necesidades de asistencia alimentaria
urgente de las poblaciones más vulnerables afectadas por el creciente número de
crisis humanitarias y reconoció la labor del PMA sobre el terreno;
c) elogió al PMA por su
empeño en fortalecer la colaboración con los demás organismos con sede en Roma,
en particular en lo relativo al proceso de la agenda para el desarrollo después
de 2015, y por el apoyo continuo prestado al Comité de Seguridad Alimentaria
Mundial (CSA);
d)
acogió con
agrado la participación del PMA en iniciativas de
asociación y coordinación, así como su colaboración con otros asociados
respecto del Reto del Hambre Cero y de la agenda para el desarrollo después de
2015.
60.
La
Conferencia acogió con agrado el anuncio de Finlandia de que propondría
el establecimiento de un Año Internacional de la Sanidad Vegetal en 2020.
61.
La
Conferencia:
a)
acogió con
satisfacción y aprobó el informe de evaluación
del Año Internacional de la Quinua (2013);
b) reconoció los logros
alcanzados respecto a la sensibilización de la opinión pública sobre la posible
función de la quinua como aliado en la lucha contra el hambre y la
malnutrición;
c) reconoció la labor de
colaboración de los Miembros, la FAO, las organizaciones de las Naciones
Unidas, las ONG, las asociaciones de productores, las instituciones de
investigación, el sector privado y la comunidad académica en la celebración del
Año Internacional de la Quinua;
d)
invitó a todos los Miembros de la FAO a continuar respaldando actividades,
coordinadas por la Organización, encaminadas a promover los sistemas
alimentarios basados en la quinua, especialmente en aquellos países afectados
por el hambre y la malnutrición.
62.
La
Conferencia:
a)
reconoció que el Año Internacional de la Agricultura Familiar se había celebrado
con éxito mediante procesos de diálogo de múltiples partes interesadas sobre
políticas y actos de concientización en todas las regiones y a escala mundial;
b) acogió con agrado el
firme compromiso político en todo el mundo, al más alto nivel, que había
surgido en favor de la agricultura familiar durante el Año Internacional, y
señaló que este legado debería materializarse en políticas, disposiciones
institucionales y marcos jurídicos nacionales y regionales para apoyar de forma
concreta las granjas familiares;
c) reconoció el papel
desempeñado por la FAO a fin de facilitar el Año a todos los niveles y pidió
que la Organización integrase en mayor medida la agricultura familiar en su
Marco estratégico;
d) hizo suyo el informe
sobre la evaluación del Año Internacional de la Agricultura Familiar (2014);
e) acogió con satisfacción la creación de la Plataforma de conocimientos sobre la agricultura
familiar, hospedada por la FAO en colaboración con varios actores;
f)
alentó a los comités nacionales y todas las demás plataformas de múltiples
partes interesadas para el diálogo sobre políticas creadas para el Año
Internacional de la Agricultura Familiar de 2014 en los planos nacional y
regional a proseguir su labor después del año 2014.
63.
La
Conferencia:
a)
tomó
conocimiento del informe sobre los progresos de las
actividades emprendidas durante el Año Internacional de los Suelos (2015);
b)
tomó nota
con aprecio del papel desempeñado por la FAO en la
facilitación y coordinación oportunas de la Secretaría y se felicitó por
la variada composición del Comité Directivo del Año Internacional de los
Suelos;
c)
manifestó su apoyo a las actividades relacionadas con el Año Internacional de
los Suelos (2015) en apoyo de la fertilidad de los suelos y para remediar la
degradación de estos;
d)
se
felicitó por el vínculo efectivo promovido durante el
Año Internacional entre unos suelos sanos y la seguridad alimentaria y la nutrición;
e)
invitó a todos los Miembros de la FAO, organizaciones internacionales y otros
actores a participar en la promoción y celebración del Año Internacional de los
Suelos en los planos nacional, regional e internacional, así como a atraer
contribuciones voluntarias de las partes interesadas, incluido el sector
privado.
64.
La
Conferencia:
a)
tomó
conocimiento del informe sobre los progresos en la
preparación del Año Internacional de las Legumbres (AIL) 2016, declarado por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en su 68.º período de sesiones, y acogió
con satisfacción el informe;
b)
expresó su
apoyo al AIL 2016 y a sus objetivos, en particular
respecto a la necesidad de incrementar la sensibilización acerca de la función
de las legumbres en la producción alimentaria sostenible y su contribución a la
seguridad alimentaria y la nutrición a nivel mundial;
c)
tomó nota
con reconocimiento del papel desempeñado por la FAO en
la facilitación y coordinación oportunas de las actividades preparatorias del
AIL, tales como el establecimiento del Comité Directivo del AIL en colaboración
con los Miembros de la FAO, otras organizaciones internacionales y las partes
interesadas pertinentes;
d)
subrayó la necesidad de garantizar financiación suficiente para el AIL y
alentó a los Miembros de la FAO a responder generosamente con recursos
extrapresupuestarios, así como a atraer contribuciones voluntarias de las
partes interesadas, incluido el sector privado, para respaldar la realización
de las actividades del AIL y alcanzar sus objetivos;
e)
invitó a todos los Miembros de la FAO, organizaciones internacionales y otros
actores a promover y celebrar el Año Internacional de los Suelos en los planos
nacional, regional e internacional.
65.
La Conferencia:
a)
acogió con
agrado los cambios para la transformación introducidos
en la FAO en el bienio y recalcó la necesidad de continuidad en la
orientación estratégica de la Organización;
b)
expresó su
satisfacción con la ejecución del Programa de trabajo
en 2012-13 en el contexto de una mayor descentralización y manteniendo a un
tiempo las capacidades técnicas en la sede;
c)
acogió con
agrado los aumentos de eficiencia y los ahorros sin
precedentes que se habían obtenido en el bienio 2012‑13 e hizo
hincapié en la necesidad de que los Miembros de la FAO se involucrasen en
los esfuerzos de la Asamblea General de las Naciones Unidas y la Comisión de
Administración Pública Internacional con objeto de contener los gastos de
personal;
d)
tomó nota con reconocimiento de la
simplificación administrativa y la introducción del Sistema mundial de gestión
de recursos (SMGR) en el bienio;
e)
apreció los esfuerzos realizados en relación con los siguientes asuntos y manifestó
su interés en que siguiera dedicándoseles atención:
i)
la incorporación de la
perspectiva de género en las actividades de la FAO;
ii)
los esfuerzos realizados con
miras a mejorar las asociaciones;
iii)
el equilibrio lingüístico en
los productos de la FAO;
f)
expresó la esperanza de que se hicieran
mejoras en la estructura y la presentación de informes futuros basándose en el
nuevo marco de resultados introducido en el bienio en curso, con inclusión de
la calidad de los servicios técnicos;
g)
respaldó el informe sobre la
ejecución del programa en 2012-13.
66.
La
Conferencia:
a) acogió con agrado el informe sobre la evaluación del programa, y en particular las conclusiones principales extraídas de las evaluaciones temáticas y de estrategias, países y proyectos completadas durante el período 2013-14;
b)
señaló las
ventajas comparativas de la FAO y su importante papel respecto de la seguridad
alimentaria y la agricultura, así como la necesidad de seguir prestando
atención a importantes áreas y actividades conexas evaluadas, como la
producción de cultivos, la asistencia en materia de políticas, el establecimiento
de normas, las asociaciones, la inversión en el desarrollo agrícola, la
descentralización y el fomento de la capacidad en el plano nacional, la
cooperación con países de ingresos medianos y la cooperación Sur-Sur, y la
integración de las actividades de emergencia y de desarrollo;
c) subrayó la importancia
de prever consignaciones presupuestarias para la evaluación de proyectos
financiados mediante contribuciones voluntarias en consonancia con la política
establecida y alentó a los asociados que aportan recursos a colaborar
más estrechamente en la aplicación de las nuevas disposiciones;
d) respaldó el proceso de
reforma iniciado por la Oficina de Evaluación (OED), acogió con satisfacción
la mejora resultante y señaló que esperaba vivamente que siguieran
haciéndose avances respecto del cambio de orientación en favor de la evaluación
de los resultados, una mayor armonización de las evaluaciones con el Marco
estratégico revisado de la FAO y una mayor responsabilidad de la OED por los
informes de evaluación;
e)
tomó nota del
aumento de la colaboración con las partes interesadas y en particular con otros
organismos de las Naciones Unidas.
67.
La Conferencia:
a)
acogió con agrado la síntesis de las evaluaciones de las oficinas regionales y
subregionales de la FAO, así como las opiniones de la Administración sobre las
recomendaciones presentadas en el documento;
b) señaló que esperaba con interés que se presentara al Comité del Programa un documento breve separado
en el que se expusieran las “cuestiones críticas comunes” observadas en las
cinco evaluaciones;
c) apreció los esfuerzos en relación con la descentralización
realizados desde 2012, que habían conducido a una Organización mejor y más
armoniosa, y reconoció que todavía eran precisas otras mejoras en determinadas
regiones;
d) acogió con beneplácito la Recomendación 1[44] y acordó que se realizara un
examen independiente de la red de oficinas descentralizadas y que las
conclusiones del mismo se presentaran, junto con las opiniones de la
Administración, al Consejo en su 153.º período de sesiones
(noviembre-diciembre de 2015) por conducto de la reunión conjunta del
Comité del Programa y el Comité de Finanzas;
e)
respaldó la
Recomendación 2[45] y la necesidad de realizar
un control de calidad sistemático en apoyo de las oficinas en los países en
relación con los marcos de programación por países formulados en colaboración
con los gobiernos nacionales;
f)
apreció la
necesidad de prestar la debida consideración a la eficacia en función de los
costos y al equilibrio entre la Sede y las oficinas descentralizadas al aplicar
la Recomendación 3[46].
68.
La Conferencia consideró el Plan a plazo medio para 2014-17
(revisado) y el Programa de trabajo y presupuesto para 2016-17 (PPM/PTP), las
observaciones y recomendaciones del Consejo y la información adicional
proporcionada por la Secretaría.
69.
La Conferencia:
a)
acogió con satisfacción el espíritu de cooperación demostrado por los Miembros al
alcanzar un consenso histórico en el 151.º período de sesiones del Consejo
sobre la cuantía del presupuesto recomendada con miras a ejecutar plenamente el
programa de trabajo de la FAO para 2016-17;
b) expresó su apoyo a la visión del Director General sobre la
Organización y subrayó la importancia de la continuidad en la
orientación estratégica de la Organización en el Plan a plazo medio para
2014-17;
c) valoró positivamente la determinación de las áreas a las que se
proponía prestar mayor y menor atención y los ahorros conexos que se exponían
en el documento.
70.
Al considerar la sustancia del PTP para 2016‑17 propuesto, la Conferencia:
a) acogió con satisfacción la propuesta de obtener 6,1 millones de USD adicionales
en 2016‑17 por medio de recursos extrapresupuestarios para
destinarlos exclusivamente a reforzar el Programa de cooperación técnica (PCT)
con objeto de prestar apoyo a los pequeños Estados insulares en desarrollo, en
particular para adaptarse a los efectos del cambio climático;
b)
apoyó las propuestas de reestructuración de la Organización;
c) recalcó la importancia de proteger el programa de trabajo propuesto e hizo hincapié en las siguientes esferas para su aplicación:
i)
consolidación de los
esfuerzos de descentralización;
ii)
fortalecimiento de las
capacidades descentralizadas, manteniendo a un tiempo las capacidades técnicas
en la Sede para cumplir el Programa de trabajo;
iii)
uso de las asociaciones de
manera tal que la Organización pueda aprovechar sus ventajas comparativas;
iv)
enfoque personalizado
respecto de los países de ingresos medianos;
v) examen continuo de la capacidad, el destino y la combinación de competencias de los recursos humanos para velar por la ejecución óptima del programa de trabajo;
d) apreció los cambios para la transformación realizados en la FAO desde 2012 y los aumentos de la eficiencia y ahorros que habían generado al ejecutar el programa de trabajo aprobado;
e) convino en la importancia de que el Director General
dispusiera de plena flexibilidad para determinar nuevos ahorros y aumentos de
la eficiencia.
71.
Además, la Conferencia:
a)
pidió al Director General que
propusiera ajustes al PTP para 2016-17 para su consideración por el Comité del
Programa y el Comité de Finanzas y su aprobación por el Consejo en su
153.º período de sesiones (noviembre-diciembre de 2015);
b) hizo hincapié en la importancia de los esfuerzos encaminados a
contener los gastos de personal de la Organización y exhortó a la Asamblea
General a considerar la necesidad de vigilar más atentamente los aumentos de
los gastos de personal en todo el sistema común, en particular en el contexto
del examen amplio que había emprendido la CAPI;
c) subrayó la importancia
de que los órganos rectores recibieran información basada en los resultados y alentó
a la Secretaría a continuar elaborando el marco de seguimiento y presentación
de informes basado en los resultados;
d) reafirmó la
importancia de que la consignación para el PCT en el PTP para 2018-19 estuviera
en consonancia con la Resolución 9/89 de la Conferencia;
e) en cuanto a la salud financiera a largo plazo de
la Organización, la Conferencia tomó nota de los esfuerzos que estaba
realizando la Secretaría con objeto de mejorar la situación financiera, la
liquidez y las reservas y la alentó a perseverar en dichos esfuerzos;
f) alentó a la Secretaría
a seguir participando en la búsqueda de una solución óptima y viable, en el
marco del régimen común de las Naciones Unidas, al asunto del pasivo del seguro
médico después del cese en el servicio (ASMC).
72.
La Conferencia subrayó la importancia de la labor
sobre la resistencia a los antimicrobianos en la aplicación del PTP para
201617, en consonancia con la reciente Resolución 4/2015 de la
Conferencia.
73.
La Conferencia aprobó la siguiente resolución,
conforme a la recomendación del Consejo:
Consignaciones presupuestarias para
2016-17
LA CONFERENCIA,
Habiendo examinado el Programa de trabajo y presupuesto presentado por el Director General;
Habiendo examinado la consignación total neta propuesta de 1 035 749 000 USD para el ejercicio económico 2016-17 al tipo de cambio de 2014-15 de 1 EUR = 1,30 USD, que supone un gasto en dólares de EE.UU. y euros de 546 399 000 USD y 376 423 000 EUR;
Habiendo considerado que dicha consignación neta equivale a 1 005 635 000 USD al tipo de cambio presupuestario de 1 EUR = 1,22 USD establecido para 2016-17 tras la conversión de la parte en euros;
1. Aprueba el Programa de trabajo propuesto por el Director General para 2016-17 como sigue:
a) Los créditos se aprueban al tipo de cambio de 1 EUR = 1,22 USD para los fines siguientes:
|
|
USD |
Capítulo 1: |
Contribuir a la erradicación del hambre, la inseguridad
alimentaria y la malnutrición |
83 652 000 |
Capítulo 2: |
Aumentar y mejorar el suministro de bienes y servicios
procedentes de la agricultura, la actividad forestal y la pesca de una manera
sostenible |
202 401 000 |
Capítulo 3: |
Reducir la pobreza rural |
64 787 000 |
Capítulo 4: |
Propiciar sistemas agrícolas y alimentarios más
inclusivos y eficientes |
105 451 000 |
Capítulo 5: |
Incrementar la resiliencia de los medios de vida ante las
amenazas y crisis |
50 206 000 |
Capítulo 6: |
Calidad, conocimientos y servicios técnicos |
58 619 000 |
Capítulo 7: |
Programa de cooperación técnica |
138 131 000 |
Capítulo 8: |
Promoción |
74 685 000 |
Capítulo 9: |
Tecnologías de la información |
35 516 000 |
Capítulo 10: |
Gobernanza, supervisión y dirección de la FAO |
81 248 000 |
Capítulo 11: |
Administración eficiente y efectiva |
73 635 000 |
Capítulo 12: |
Imprevistos |
600 000 |
Capítulo 13: |
Gastos de capital |
16 892 000 |
Capítulo 14: |
Gastos de seguridad |
22 485 000 |
Nuevos
aumentos de eficiencia y ahorros por determinar |
(2 673 000) |
|
Consignación total (neta) |
1 005 635 000 |
|
Capítulo 15: |
Transferencia
al Fondo de Nivelación de Impuestos |
90 100 000 |
Consignación total (bruta) |
1 095 735 000 |
b) Los créditos (netos) consignados en el párrafo a) anterior, deducidos unos ingresos varios cifrados en 5 000 000 USD, se financiarán mediante la asignación de cuotas a los Estados Miembros por un total de 1 000 635 000 USD para ejecutar el Programa de trabajo. Dichas contribuciones se fijarán en dólares de EE.UU. y en euros y ascenderán concretamente a 541 399 000 USD y 376 423 000 EUR. Esas sumas representan una división del 54 % en dólares de EE.UU. y el 46 % en euros para la consignación (neta) y del 100 % en dólares de EE.UU. para ingresos varios.
c) Una suma adicional de 14 100 000 USD se financiará también mediante la asignación de cuotas a los Estados Miembros para financiar las obligaciones por servicios prestados en el pasado del seguro médico después del cese en el servicio (ASMC). Tales cuotas se establecerán en dólares de EE.UU. y en euros, teniendo en cuenta una división del 33 % en dólares y el 67 % en euros, y totalizarán por tanto 4 653 000 USD y 7 743 000 EUR.
d) Las contribuciones totales que habrán de abonar los Estados Miembros para ejecutar el Programa de trabajo aprobado y para financiar la amortización del ASMC ascenderán a 546 052 000 USD y 384 166 000 EUR. Las contribuciones pagaderas por los Estados Miembros en 2016 y 2017 se ajustarán a la escala de cuotas aprobada por la Conferencia en su 39.º período de sesiones.
e) Al establecer los importes efectivos de las contribuciones que habrán de pagar los distintos Estados Miembros, se imputará una cantidad adicional a través del Fondo de Nivelación de Impuestos a todo Estado Miembro que perciba impuestos sobre los sueldos, emolumentos e indemnizaciones cobrados de la FAO por sus funcionarios y que la Organización reembolsa a los funcionarios. Se ha previsto a tal efecto la suma de 8 500 000 USD.
2. Autoriza al Director General, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.2 del Reglamento Financiero, a destinar el saldo no utilizado de las consignaciones para 2014-15 a sufragar los gastos adicionales no recurrentes relacionados con la consolidación del cambio para la transformación.
3. Pide al Director General que proponga ajustes al Programa de trabajo para lograr los nuevos aumentos de eficiencia y ahorros no determinados a que se hace referencia en el párrafo 1 a) supra y por un monto total de 2 673 000 USD, que actualmente no se reflejan en la estructura por capítulos, y los someta a la consideración del Comité del Programa y el Comité de Finanzas y a la aprobación del Consejo en su 153.º período de sesiones, en diciembre de 2015, y al respecto señala que las transferencias tanto dentro de los capítulos como entre un capítulo y otro necesarias para aplicar las propuestas durante el bienio se efectuarán con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4.5 del Reglamento Financiero.
4. Exhorta a la Asamblea General de las Naciones Unidas a considerar la necesidad de ejercer una mayor vigilancia con respecto a los aumentos de los gastos de personal en todo el sistema de las Naciones Unidas, particularmente en el contexto del examen general que está realizando actualmente la Comisión de Administración Pública Internacional.
5. Recomienda que la consignación del Programa de cooperación técnica en el Programa de trabajo y presupuesto para 2018-19 debería estar en consonancia con la Resolución 9/89 de la Conferencia.
6. Alienta a los Miembros a que aporten contribuciones voluntarias para posibilitar la consecución de los objetivos estratégicos y la ejecución del Programa de trabajo integrado con arreglo al marco de resultados.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
74.
La
Conferencia consideró el informe del Examen independiente, hizo suya la
evaluación de las reformas de la gobernanza y aprobó la siguiente
resolución:
Evaluación del Examen
independiente de las reformas de la gobernanza de la FAO
LA CONFERENCIA:
Recordando la Resolución 1/2008, mediante la cual se aprobó el Plan inmediato de
acción para la renovación de la FAO (PIA) que comprendía la medida 2.74, en la
que se pedía que la Conferencia evaluara en su 39.º período de sesiones
los resultados de las reformas de la gobernanza, incluida la función y el funcionamiento
de las conferencias regionales, con un examen independiente como aporte a este
proceso;
Reconociendo el papel del Consejo en el seguimiento de la evaluación de las
reformas de la gobernanza y la función de supervisión del Presidente
Independiente del Consejo;
Acogiendo con satisfacción el informe final sobre el Examen independiente de las reformas de la gobernanza de la FAO (C 2015/25 Rev.1);
Reconociendo la participación activa de los Miembros a través de consultas
oficiosas en los grupos regionales y de las reuniones oficiosas del Grupo de
trabajo de composición abierta convocado con objeto de formular respuestas a
las recomendaciones y sugerencias derivadas del Examen independiente;
Tomando nota de las opiniones expresadas por el Consejo en su 151.º período de
sesiones (Roma,
23-27 de marzo de 2015):
1.
Aprueba las medidas propuestas
en el documento titulado “Evaluación del Examen independiente de las reformas
de la gobernanza de la FAO” (C 2015/26 Rev.1) en atención a las
recomendaciones y sugerencias contenidas en el informe sobre el Examen
independiente de las reformas de la gobernanza de la FAO
(C 2015/25 Rev.1), y decide que las medidas previstas en el presente
documento sean aplicadas por los órganos rectores competentes de la
Organización;
2.
Decide cerrar la medida 2.18 del
PIA, relativa a la función que desempeña el Consejo en la recomendación de la
cuantía del presupuesto, con arreglo a las aclaraciones proporcionadas en el
documento C 2015/26 Rev.1;
3.
Decide suspender la medida 4.4
del PIA, relativa al tamaño y la composición del Consejo, hasta que los
Miembros consideren que existe un consenso suficiente para lograr una solución
satisfactoria;
4.
Decide suspender la medida 2.100
del PIA, relativa a las cualificaciones deseables para el puesto de Director
General, en espera de que se celebren nuevas consultas entre los Miembros con
objeto de alcanzar un consenso sobre esta cuestión;
5.
Pide que en el 40.º período de
sesiones de la Conferencia, en 2017, se presente un informe sobre la aplicación
de todas las medidas previstas en el documento C 2015/26 Rev.1.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
75. La Conferencia aprobó, mediante una votación nominal, la siguiente resolución:
Resolución
8/2015
Enmienda al artículo XII.10 a)
del Reglamento General de la Organización
LA CONFERENCIA,
Recordando que en su 147.º período de sesiones, celebrado en junio de 2013, el
Consejo escuchó las propuestas de los Estados Miembros relativas, entre otras
cosas, a las elecciones así como al tiempo dedicado a la celebración de
votaciones secretas;
Observando que el Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, en su 97.º
período de sesiones, celebrado en octubre de 2013, recomendó una enmienda al
artículo XII del Reglamento General de la Organización, y que el Consejo, en su
148.º período de sesiones, de diciembre de 2013, aprobó la enmienda propuesta;
Decide aprobar las siguientes enmiendas al artículo XII del Reglamento
General de la Organización[50]:
“Artículo XII
Disposiciones respecto a quórum y votaciones en las
sesiones de la Conferencia y del Consejo
(...)
10.
a) El nombramiento del Presidente
del Consejo y del Director General, y la admisión de nuevos Estados Miembros y Miembros
Asociados se decidirán por votación secreta. Las demás elecciones se decidirán
igualmente por votación secreta, con la salvedad de que cuando no haya más
candidatos que vacantes el Presidente podrá proponer a la Conferencia o al
Consejo que el nombramiento se lleve a cabo por evidente consenso general”.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
76. La Conferencia aprobó, mediante una votación nominal, la siguiente resolución:
Enmienda al artículo
XII.3, 4, 12 y 13 del Reglamento General de la Organización
LA CONFERENCIA,
Recordando que en su 147.º período de sesiones, celebrado en junio de 2013, el
Consejo escuchó las propuestas de los Estados Miembros relativas, entre otras
cosas, a las elecciones y votaciones;
Haciendo notar que, si bien los procedimientos establecidos en los artículos XII.3 b)
y XII.12 del Reglamento General de la Organización respecto de las elecciones
de la Conferencia para cubrir simultáneamente varios puestos se han utilizado
en muchas ocasiones en el pasado, estos procedimientos podrían simplificarse
teniendo en cuenta los procedimientos que se siguen para las elecciones del
Consejo;
Haciendo notar que el Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, en su 97.º
período de sesiones celebrado en octubre de 2013, recomendó enmiendas al
artículo XII del Reglamento General de la Organización en lo que respecta a las
elecciones de la Conferencia para cubrir simultáneamente varios puestos y que
el Consejo, en su 148.º período de sesiones de diciembre de 2013, apoyó las
propuestas de enmiendas;
Decide aprobar las siguientes enmiendas al artículo XII del Reglamento
General de la Organización[51]:
“Artículo XII
Disposiciones respecto a quórum y votaciones en las
sesiones de la Conferencia y del Consejo
(...)
3.
a) Salvo
disposición en contrario de la Constitución o de este Reglamento, la mayoría
necesaria para cualquier acuerdo o elección destinada a cubrir un puesto
electivo será la de más de la mitad de los votos emitidos.
(b) Salvo
disposición en contrario de este Reglamento, tratándose de una elección de la
Conferencia para cubrir simultáneamente más de un puesto electivo, la mayoría
necesaria será el número más reducido de votos enteros que se requieren para
elegir un número de candidatos no superior al de los puestos que hayan de
cubrirse. Esta mayoría se obtendrá con la fórmula siguiente:
número de votos emitidos
Mayoría
requerida = __________________________ + 1
número de puestos + 1
(despreciando cualquier fracción resultante).
(...)
4.
(b) Tratándose
de una elección para cubrir simultáneamente más de un puesto electivo, la frase
«votos emitidos» significará el total de votos emitidos por los electores para
todos los puestos.
(...)
12. En las
elecciones que celebre la Conferencia para cubrir simultáneamente más de
un puesto electivo regirán las siguientes normas:
(a) (i) Constituirá quórum en la Conferencia la
mayoría de los Estados Miembros de la Organización, y en el Consejo las dos
terceras partes de los Miembros del mismo. (ii) La mayoría necesaria la
constituirá la mitad más uno de los Miembros que emitan votos válidos.
(a) (b) Cada elector, a menos que se abstenga totalmente, emitirá un voto
por cada puesto vacante. Cada voto recaerá en un candidato diferente. Toda
papeleta que no cumpla los requisitos anteriores será declarada defectuosa.
(b)(c) TodoLos candidatos que obtengan la mayoría necesaria el mayor número de los votos emitidos con arreglo
al párrafo 3(b) de este Artículo se declararán elegidos en un número igual al número de puestos
electivos por cubrir, siempre que hayan obtenido la mayoría requerida definida
en el subpárrafo (a) (ii) supra.
(c)(d) Si en la primera votación no
se cubren todos los puestos vacantes, se procederá a una segunda para los
restantes, en las mismas condiciones que la primera. Este procedimiento se continuará hasta cubrir todos los puestos
vacantes.
(d) Este
procedimiento se continuar hasta cubrir todos los puestos vacantes.
(e) Si
en cualquier momento de la elección no pudiera cubrirse uno o más de los
puestos vacantes por haber obtenido dos o más candidatos el mismo número de
votos, se celebrará una votación separada limitada a tales candidatos, de
acuerdo con lo dispuesto en el subpárrafo (c) supra, para decidir cuál de ellos
será elegido. En caso necesario, se repetirá este procedimiento.
(f) Si
en una votación ningún candidato obtuviera la mayoría requerida, el candidato
que haya obtenido el menor número de votos en dicha votación será eliminado.
(f) Si en una votación en
que ningún candidato ha obtenido la mayoría exigida, más de uno de ellos ocupa
el lugar inferior, se celebrará una votación separada limitada a estos
candidatos, quedando eliminado el que obtenga el menor número de votos.
(g) Si en la votación
separada prevista en el precedente apartado (f) volviese a ocupar más de un
candidato el lugar inferior, se repetirá dicha operación limitándola a estos
candidatos, hasta que uno de ellos quede eliminado; si todos esos candidatos
obtienen el mismo mínimo de votos en dos votaciones separadas sucesivas, se
designará por suertes el candidato que habrá de quedar eliminado.
(h) Si en cualquier fase de
una elección exceptuando las votaciones separadas, todos los candidatos en liza
obtienen el mismo número de votos, el Presidente de la Conferencia anunciará de
un modo formal que si en las dos votaciones siguientes continúan los votos
igualmente repartidos se suspenderá la elección durante el tiempo que determine
para celebrarse luego dos nuevas votaciones. Si después de aplicar este
procedimiento siguen repartidos igualmente los sufragios en la votación final,
se designará por suertes el candidato que ha de declararse electo.
13. En toda
elección que celebre el Consejo para llenar simultáneamente más de un puesto
electivo se aplicará el siguiente procedimiento:
(a) Constituirán
el quórum los dos tercios de los componentes del Consejo, y la mayoría
requerida será la mitad más uno de los miembros que hayan emitido votos
válidos.
(b) Cada
elector, a menos que se abstenga totalmente, emitirá un voto por cada puesto
vacante. Cada voto recaerá en un candidato diferente. Toda papeleta que no
cumpla los requisitos anteriores será declarada defectuosa.
(c) Los
candidatos que obtengan el mayor número de votos serán declarados electos, en
número igual al de vacantes que se hayan de cubrir, a condición de que cada uno
de tales candidatos haya conseguido la mayoría que exige el anterior apartado
(a).
(d) Si después
de la primera votación no pudieran cubrirse más que algunos de los puestos
electivos vacantes, se celebrará una segunda votación para cubrir los que
quedaren con arreglo a las mismas condiciones que la primera. Seguirá
observándose este procedimiento hasta que se hayan cubierto todos los puestos
electivos.
(e) Si en
cualquier momento de la elección no pudiera cubrirse uno o más de los puestos
electivos vacantes por haber obtenido dos o más candidatos el mismo número de
votos, se celebrará una votación separada limitada a tales candidatos, de
acuerdo con lo dispuesto en el anterior apartado (c), para decidir cuál de
ellos será elegido. En caso necesario, se repetirá este procedimiento.
(Deberán
modificarse en consecuencia la numeración de los demás párrafos y subpárrafos y
las remisiones internas a las disposiciones enmendadas o suprimidas del
artículo XII).
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
77. La Conferencia aprobó, mediante una votación nominal, la siguiente resolución:
Enmiendas al artículo XXXIII del Reglamento General
de la Organización
LA CONFERENCIA,
Recordando que el Comité de
Seguridad Alimentaria Mundial (CSA), en su 40.º período de sesiones (Roma, 7-11
de octubre de 2013), examinó y aprobó una propuesta de enmienda al
artículo XXXIII del Reglamento General de la Organización;
Habiendo tomado nota de las opiniones
del Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos (CCLM), formuladas en su
99.º período de sesiones (Roma, 20-23 de octubre de 2014), sobre la propuesta
de enmienda al artículo XXXIII del Reglamento General de la Organización;
Considerando que el Consejo, en
su 150.º período de sesiones (Roma, 1-5 de diciembre de 2014), refrendó la
propuesta de enmienda y acordó transmitirla a la Conferencia con vistas a su
aprobación;
Decide aprobar las siguientes
enmiendas al artículo XXXIII del Reglamento General de la Organización[52]:
“Artículo XXXIII
Comité de Seguridad
Alimentaria Mundial
A. Composición y participación
(…)
7. El Comité
podrá celebrar períodos extraordinarios de sesiones:
(a) si el Comité así lo decide en cualquier período ordinario
de sesiones; o
(b) si la Mesa así lo solicita; o
(c) si la mayoría de
los Estados Miembros que son miembros del Comité, como mínimo, así lo solicita”.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
78. La Conferencia aprobó la siguiente resolución:
LA CONFERENCIA,
Recordando la Resolución 13/97, sobre el Examen de los órganos estatutarios de la
FAO, aprobada por la Conferencia en su 29.º período de sesiones, en la que la
Conferencia reconoció “la necesidad de seguir acrecentando la eficiencia de la
Organización y del ejercicio de su gobierno en una época de dificultades
financieras, de eliminar los órganos estatutarios en desuso, de asegurar unos
procedimientos de trabajo más flexibles, con una orientación práctica y un
calendario preestablecido para los órganos que se mantienen y de limitar la
creación de nuevos a los que sean estrictamente necesarios”,
Recordando también el examen anterior realizado por la Conferencia y el
Consejo de los asuntos relativos a la supresión y creación de órganos
estatutarios, incluida, entre otras cosas, la Resolución 12/79, aprobada por la
Conferencia en su 20.º período de sesiones,
Recordando además los Principios y procedimientos que regirán las convenciones y
acuerdos concertados en virtud de los artículos XIV y XV de la Constitución, y
las comisiones y comités establecidos de conformidad con el artículo VI de la
Constitución, que figuran en los Textos
fundamentales de la Organización,
Consciente de que, aunque se han realizado avances sustanciales en la aplicación
de la Resolución 13/97, es preciso seguir esforzándose para alcanzar sus
objetivos,
1. Reafirma
la validez y la pertinencia de la Resolución 13/97, en particular los
procedimientos en ella establecidos con respecto a la creación y supresión de
órganos estatutarios;
2. Pide a
la Secretaría que tome parte activa en la identificación de los órganos
estatutarios que el Consejo o la Conferencia tal vez deseen suprimir por estar
inactivos o por estar encargados de realizar funciones que podrían llevarse a
cabo mediante procedimientos de trabajo más flexibles, con una orientación
práctica y un calendario preestablecido, de acuerdo con lo dispuesto en la
Resolución 13/97;
3. Pide al
Director General que siga explorando métodos para mejorar la eficiencia en
función de los costos de los órganos estatutarios, sobre todo en lo relativo a
sus reuniones;
4. Autoriza
al Director General a que, cuando sea posible, y después de celebrar las
consultas que puedan ser necesarias en virtud del Reglamento aplicable y las
decisiones pertinentes:
a) recomiende a los miembros de un órgano estatutario
establecido en virtud del artículo VI de la Constitución que no celebren un
período de sesiones si, a su buen juicio, no será posible adoptar decisiones
efectivas porque no se obtendrá el quórum necesario y, de no haber objeciones
por parte del número mínimo de miembros que constituirían un quórum, que
decidan no convocar el período de sesiones;
b) considere la posibilidad de organizar consultas
técnicas especiales para tratar los asuntos que sean de la competencia de
dichos órganos en lugar de los períodos de sesiones, según sea necesario;
5. Decide
que toda propuesta de creación de un nuevo órgano en virtud de los artículos VI
o XIV de la Constitución deberá ir acompañada de un documento en el que se
indiquen con detalle:
a) los objetivos que se han de lograr mediante la
creación del órgano,
b) la manera en que el órgano desempeñará sus
funciones y las repercusiones que su creación podría tener en los programas
actuales y futuros de la Organización;
c) las consecuencias financieras en el bienio en curso
de la creación del órgano, así como una previsión de las consecuencias
financieras en bienios futuros;
d) una evaluación específica de si los objetivos del
órgano estatutario propuesto podrían alcanzarse mediante un tipo diferente de
procedimiento de trabajo, como la organización de consultas técnicas especiales
u otros procedimientos de trabajo con una orientación práctica y un calendario
preestablecido;
e) si existen ya órganos estatutarios que se ocupen de la
misma materia o materias similares o conexas a aquellas de las que se ocupará
el nuevo órgano estatutario propuesto.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
79. La Conferencia tomó nota de las cuentas comprobadas de 2012-13 y del informe del Auditor Externo, examinados por el Comité de Finanzas en su 156.º período de sesiones y por el Consejo en su 150.º período de sesiones, y aprobó la siguiente resolución:
Cuentas comprobadas de 2012-13
LA CONFERENCIA,
Habiendo considerado el informe
del 150.º período de sesiones del Consejo, y
Habiendo examinado las cuentas
comprobadas de la FAO correspondientes a 2012-13 y el informe del Auditor
Externo al respecto,
Aprueba las cuentas comprobadas.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
80.
La
Conferencia observó que el Consejo, en su 151.º período de sesiones, había
recomendado que la escala de cuotas de la FAO propuesta para 2016-17 se basara
en la escala de cuotas de las Naciones Unidas establecida para esos años en
vigor en 2015.
81. La Conferencia aprobó, por tanto, la siguiente resolución:
Escala de cuotas
para 2016-17
LA CONFERENCIA,
Habiendo tomado nota de la recomendación formulada por el Consejo en su 151.º período
de sesiones;
Confirmando que, como en el pasado, la FAO debería seguir ajustándose a la escala
de cuotas de las Naciones Unidas, previa adaptación a la diferente composición
de la FAO;
Decide que la escala de cuotas de la FAO para 2016-17 se base directamente en
la escala de cuotas de las Naciones Unidas vigente durante 2015;
Aprueba, para su aplicación en 2016 y
2017, la escala que figura en el Apéndice C del presente informe.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
82.
La
Conferencia fijó la suma global pagadera por la Unión Europea para sufragar los
gastos administrativos y de otra índole derivados de su condición de Miembro de
la Organización en 568 705 EUR para el bienio 2016-17.
83.
Al igual que
en bienios anteriores, se propuso que la suma pagadera por la Unión Europea se
abonase en un fondo fiduciario o especial establecido por el Director General
con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6.7 del
Reglamento Financiero.
84. La Conferencia tomó nota de que el Comité de Finanzas, en su 154.º período de sesiones, había concluido que el Plan de incentivos no había conseguido estimular el pago puntual de las cuotas y no era eficaz en función del costo. La Conferencia tomó nota también de que el Consejo, en su 149.º período de sesiones, había respaldó la recomendación del Comité de Finanzas de que se suprimiese el Plan de incentivos.
85.
La
Conferencia aprobó la recomendación formulada por el Consejo en su
149.º período de sesiones de que se suprimiese el Plan de incentivos para
fomentar el pago puntual de las contribuciones.
86. La Conferencia tuvo ante sí una candidatura al cargo de Director General, del Sr. José Graziano da Silva (Brasil).
87.
La
Conferencia, previa votación secreta, nombró al Sr. José Graziano da Silva (Brasil) para ocupar el cargo
de Director General desde el 1 de agosto de 2015 hasta el 31 de julio de 2019.
88.
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo XXXVII.4 del RGO, por
recomendación del Comité General, la Conferencia aprobó la siguiente
resolución:
Nombramiento del Director General
LA CONFERENCIA,
Actuando de conformidad con el artículo VII de la Constitución,
Habiendo procedido a votación secreta, tal como establecen los artículos XII y XXXVII del
Reglamento General de la Organización,
1)
Declara que se nombra al Sr.
José Graziano da Silva para ocupar el cargo de
Director General desde el 1 de agosto de 2015 hasta el 31 de julio de 2019,
fecha en que expirará su mandato; y
Habiendo considerado la recomendación relativa a las condiciones del nombramiento del
Director General presentada por el Comité General de conformidad con los
artículos X.2 j) y XXXVII.4 del Reglamento General de la Organización,
Resuelve que:
a)
el Director
General percibirá un sueldo bruto anual de 235 889 USD,
correspondiente a un sueldo anual neto de 178 622 USD, con familiares
a cargo, o de 158 850 USD, sin familiares a cargo, así como un ajuste
anual por lugar de destino de 1 786,22 USD por cada punto
multiplicador, con familiares a cargo, o de 1 588,50 USD sin
familiares a cargo, pagaderos con arreglo a las disposiciones de la
Organización que rigen el pago de los sueldos a los funcionarios;
b)
el Director
General percibirá un subsidio anual neto de 50 000 USD en concepto de
gastos de representación;
c)
la
Organización alquilará directamente una vivienda apropiada que habrá de
asignarse como residencia oficial al Director General y sufragará los gastos
conexos, en lugar de abonarle un subsidio de alquiler. El costo total del
alquiler de la vivienda del Director General y los gastos conexos que habrá de
sufragar la Organización no deberán superar la suma de 180 000 EUR
anuales. El Comité de Finanzas podrá revisar este límite de gasto;
d)
el Director
General tendrá derecho a todos los demás subsidios y prestaciones que
correspondan a los funcionarios de la Organización en las categorías
profesional y superiores;
2)
Resuelve asimismo que el
Director General no participará en la Caja Común de Pensiones del Personal
de las Naciones Unidas, teniendo derecho en su lugar a recibir, en pagos
mensuales, como complemento a su remuneración mensual, la cantidad equivalente
a la contribución que tendría que pagar la Organización a la Caja Común si
participara en la misma;
3)
Resuelve asimismo que los
términos y condiciones del nombramiento del Director General se regirán por las
disposiciones pertinentes del Estatuto del Personal, a reserva, sin embargo, de
lo estipulado en el contrato que suscriban el Presidente de la Conferencia, en
nombre de la Organización, y el Director General electo, de conformidad con lo
dispuesto en el párrafo 4 del artículo XXXVII.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
89. La Conferencia tuvo ante sí una candidatura al cargo de Presidente Independiente del Consejo.
90. La Conferencia nombró al Sr. Wilfred Joseph Ngirwa (República Unida de Tanzanía) para el cargo de Presidente Independiente del Consejo.
Nombramiento del Presidente Independiente del Consejo
LA CONFERENCIA,
Teniendo en cuenta el artículo XXIII del Reglamento General de la Organización,
relativo al Presidente Independiente del Consejo, y la Resolución 9/2009
sobre la aplicación de las medidas del Plan inmediato de acción relativas al
Presidente Independiente del Consejo[60];
Vista la necesidad de salvaguardar la independencia y la responsabilidad del
papel del Presidente Independiente del Consejo:
1. Declara que el Sr. Wilfred Joseph Ngirwa queda nombrado Presidente Independiente del Consejo
hasta el 40.º período de sesiones de la Conferencia (julio de 2017);
2. Decide que las condiciones del nombramiento correspondientes al
cargo de Presidente Independiente del Consejo serán las siguientes:
a) el Presidente deberá estar presente en Roma
durante todos los períodos de sesiones del Consejo, la Conferencia, el Comité
de Finanzas y el Comité del Programa y es de prever que transcurra normalmente
como mínimo de seis a ocho meses al año en Roma;
b) el Presidente percibirá una asignación anual
equivalente a 23 831 USD;
c) cuando se encuentre en Roma o de viaje en el
desempeño de sus funciones, el Presidente percibirá una dieta equivalente al
140 % de las dietas (DSA) habituales aplicables;
d) cuando el Presidente viaje en el desempeño de sus
funciones, sus gastos de viaje serán sufragados por la Organización;
e) en el desempeño de sus funciones, ya sea en Roma o
de viaje, el Presidente Independiente del Consejo permanecerá afiliado al Plan
básico de seguro médico (BMIP) y el costo de esa cobertura del seguro médico,
cifrado en 3 336,48 USD anuales en total, correrá por cuenta de la
Organización;
f)
se
facilitarán al Presidente servicios de secretaría para asistirle en el
desempeño de sus funciones;
g) a petición suya, y en función de los recursos
disponibles, se facilitarán al Presidente servicios de interpretación;
h) se facilitará al Presidente un despacho, así como
el equipo y material de oficina que precise en el desempeño de sus funciones;
i)
se prestará
asistencia al Presidente para cumplimentar los trámites necesarios con el fin
de obtener la documentación precisa para su estancia en Roma y para los viajes
que realice en el desempeño de sus funciones.
3. Decide que las modalidades de aplicación de la presente resolución serán acordadas entre el Presidente y la FAO.
(Aprobada el 13 de junio de 2015)
91.
La
Conferencia eligió a los siguientes Estados Miembros como miembros del
Consejo:
Desde el final del 39.º período
de sesiones de la Conferencia (junio de 2015) hasta el
30 de junio de 2018
Región
(puestos) |
Miembros |
África (3) |
1.
Congo 2.
Etiopía 3.
Guinea
Ecuatorial |
Asia (6) |
1.
China 2.
Indonesia 3.
Japón 4.
República
de Corea 5.
Sri Lanka 6.
Tailandia/Filipinas[62] |
Europa (3) |
1.
Chipre 2.
España/Reino
Unido[63] 3.
San Marino |
América Latina y el Caribe (3) |
1.
Chile 2.
Nicaragua 3.
Venezuela |
Cercano Oriente (1) |
1.
Kuwait |
América del Norte (0) |
|
Pacífico Sudoccidental (0) |
|
Desde el 1 de julio de
2016 hasta el final del 41.º período de sesiones de la Conferencia
(junio de 2019)
Región (puestos) |
Miembros |
África (5) |
1.
Benin 2.
Côte d'Ivoire 3.
Kenya 4.
Lesotho 5.
Zambia |
Asia (0) |
|
Europa (3) |
1.
Alemania 2.
Montenegro 3.
Rumania |
América Latina y el Caribe (5) |
1.
Argentina 2.
Brasil 3.
México 4.
Trinidad y Tabago 5.
Uruguay |
Cercano Oriente (2) |
1.
Qatar 2.
Sudán |
América del Norte (2) |
1.
Canadá 2.
Estados
Unidos de América |
Pacífico Sudoccidental (0) |
|
92. La Conferencia tomó nota de que Italia renunciaría a su puesto con efecto el 30 de junio de 2015 y acordó que la Federación de Rusia la reemplazara durante el resto del mandato (desde el 1 de julio de 2016 hasta el final del 40.º período de sesiones de la Conferencia, en julio de 2017).
93. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 c) de los Estatutos de la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas, la Conferencia nombró tres miembros titulares y tres suplentes del Comité de Pensiones del Personal de la FAO para los siguientes períodos:
Para el período que finalizará el 31 de diciembre de 2015[65]
Miembro suplente: |
Sra. Abla Malik Osman Malik |
Para el período que finalizará el 31 de diciembre de 2016
Miembro suplente: |
Sra. Daleya Uddin |
Para el período comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de
diciembre de 2018
Miembro: |
Sra. Abla Malik Osman
Malik |
Miembro suplente: |
Sr. Spyridon Ellinas |
Para el período comprendido
entre el 01 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2019
Miembro: |
Sr.
Bah Konipo |
Miembro suplente: |
Sra. Daleya Uddin |
94. La Conferencia decidió que su 40.º período de sesiones se celebrara en Roma del 3 al 8 de julio de 2017.
95.
El domingo, 7
de junio se celebró un acto especial, al que asistieron un Jefe de Estado y
siete Jefes de Gobierno, con objeto de tributar un reconocimiento a los países
que habían hecho progresos extraordinarios en la lucha contra el hambre con
vistas a mejorar la seguridad alimentaria de sus ciudadanos. Concretamente, en
el acto se tributó un reconocimiento a:
a)
países que
cumplieron la meta 1.C de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) al
reducir la proporción de personas que padecen hambre a la mitad o a menos del
5 % para 2015 (31 países): Argelia, Bangladesh, Benin,
Bolivia (Estado Plurinacional de), Camboya, Costa Rica, Etiopía, Fiji, Filipinas, Gambia, Indonesia, Irán (República
Islámica del), Islas Salomón, Jordania, Kiribati, Malasia, Malawi, Maldivas,
Marruecos, Mauricio, Mauritania, México, Mozambique, Nepal, Níger, Nigeria,
Panamá, República Democrática Popular Lao, Suriname,
Togo, Uzbekistán;
b) países que alcanzaron tanto la meta 1.C de los ODM
como el objetivo de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación (CMA) de reducir a
la mitad el número de personas que padecen hambre para 2015 (29 países):
Angola, Armenia, Azerbaiyán, Brasil, Camerún, Chile, China, Cuba, Djibouti, Gabón, Georgia, Ghana, Guyana, Kirguistán,
Kuwait, Malí, Myanmar, Nicaragua, Omán, Perú, República Dominicana, Samoa,
Santo Tomé y Príncipe, San Vicente y las Granadinas, Tailandia, Turkmenistán,
Uruguay, Venezuela (República Bolivariana de) y Viet Nam;
c) países que han mantenido la subalimentación por debajo
o cerca del 5 % desde 1990-92 (12 países): Arabia Saudita, Argentina,
Barbados, Brunei Darussalam, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Kazajstán,
Líbano, República de Corea, Sudáfrica, Túnez y Turquía.
96. La Conferencia tomó nota del alto nivel de los participantes en el acto especial, durante el cual realizaron sendas intervenciones el Excmo. Sr. Ibrahim Boubacar Keïta, Presidente de la República de Malí, y los siguientes dignatarios de alto nivel: Excmo. Sr. Hailemariam Desalegn, Primer Ministro de la República Democrática Federal de Etiopía; Excmo. Sr. Daniel Ona Ondo, Primer Ministro de la República Gabonesa; Excmo. Sr. Wang Yang, Viceprimer Ministro de la República Popular China; Excmo. Sr. Abdoulkader Kamil Mohamed, Primer Ministro de la República de Djibouti; Honorable Comodoro Josaia Voreqe Bainimarama, Primer Ministro de la República de Fiji; Excmo. Sr. Brigi Rafini, Primer Ministro de la República del Níger; Excmo. Sr. Habib Essid, Primer Ministro de la República de Túnez; y Honorable Ralph Gonzalves, Primer Ministro de San Vicente y las Grenadinas.
97. La Conferencia agradeció a la FAO que hubiera reconocido los progresos realizados por los países y exhortó a la Organización y a sus Miembros a redoblar los esfuerzos por erradicar el hambre y la inseguridad alimentaria.
Programa del 38.º período de sesiones de la Conferencia |
||||||||
|
Introducción |
|
||||||
|
1. |
Elección del Presidente y los Vicepresidentes |
|
|||||
|
2. |
Nombramiento del Comité General y del Comité de Credenciales |
|
|||||
|
3. |
Aprobación del programa y de las disposiciones organizativas del período de sesiones |
|
|||||
|
4. |
Admisión de observadores |
|
|||||
|
Nombramientos y elecciones |
|
||||||
|
5. |
Solicitudes de ingreso en la Organización |
|
|||||
|
6. |
Nombramiento del Presidente Independiente del Consejo |
|
|||||
|
7. |
Elección de miembros del Consejo |
|
|||||
|
8. |
Nombramiento de los representantes de la Conferencia de la FAO en el Comité de Pensiones del Personal |
|
|||||
|
Asuntos sustantivos y de políticas |
|
||||||
|
9. |
Examen del estado de la alimentación y la agricultura |
|
|||||
|
A. Conferencias regionales |
|
||||||
|
10. |
Cuestiones regionales y mundiales relacionadas con las políticas y la reglamentación planteadas en el: |
|
|||||
|
|
10.1 |
Informe de la 31.ª Conferencia Regional para Asia y el Pacífico (Hanoi [Viet Nam], 12-16 de marzo de 2012) |
|
||||
|
|
10.2 |
Informe de la 32.ª Conferencia Regional para América Latina y el Caribe (Buenos Aires [Argentina], 26-30 de marzo de 2012) |
|
||||
|
|
10.3 |
Informe de la 28.ª Conferencia Regional para Europa (Bakú [Azerbaiyán], 17‑20 de abril de 2012) |
|
||||
|
|
10.4 |
Informe de la 27.ª Conferencia Regional para África (Brazzaville [Congo], 23‑27 de abril de 2012) |
|
||||
|
|
10.5 |
Informe de la 31.ª Conferencia Regional para el Cercano Oriente (Roma [Italia], 14-18 de mayo de 2012) |
|
||||
|
|
10.6 |
Aportación de la Conferencia Regional Oficiosa para América del Norte (Ottawa [Canadá], 3-5 de abril de 2012) |
|
||||
|
B. Comités técnicos |
|
||||||
|
11. |
Cuestiones mundiales relacionadas con las políticas y la reglamentación planteadas en el: |
|
|||||
|
|
11.1 |
Informe del 23.º período de sesiones del Comité de Agricultura (21‑25 de mayo de 2012) |
|
||||
|
|
11.2 |
Informe del 69.º período de sesiones del Comité de Problemas de Productos Básicos (28-30 de mayo de 2012) |
|
||||
|
|
11.3 |
Informe del 30.º período de sesiones del Comité de Pesca (9-13 de julio de 2012) |
|
||||
|
|
11.4 |
Informe del 21.º período de sesiones del Comité Forestal (24-28 de septiembre de 2012) |
|
||||
|
C. Comité de Seguridad Alimentaria Mundial |
|
||||||
|
12. |
Informes de los períodos de sesión 37.º (17-22 de octubre de 2011), 38.º (extraordinario) (11 de mayo de 2012) y 39.º (15-20 de octubre de 2012) del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial |
|
|||||
|
D. Otros asuntos sustantivos y de políticas |
|
||||||
|
13. |
Política de género de la FAO y Plan de acción para todo el sistema de las Naciones Unidas sobre la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer |
|
|||||
|
14. |
Informe provisional sobre la revisión cuatrienal amplia de la política relativa a las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo |
|
|||||
|
15. |
Informe de la
Comisión de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura |
|
|||||
|
16. |
Código Internacional de Conducta para la Distribución y Utilización de Plaguicidas |
|
|||||
|
17. |
Preparativos para la Segunda Conferencia Internacional sobre Nutrición (CIN-2) |
|
|||||
|
18. |
Años y días internacionales: |
|
|||||
|
|
18.1 |
Evaluación del Año Internacional de los Bosques (2011) |
|
||||
|
|
18.2 |
Año Internacional de las Cooperativas (2012) |
|
||||
|
|
18.3 |
Año Internacional de la Quinua (2013) |
|
||||
|
|
18.4 |
Año Internacional de la Agricultura Familiar (2014) |
|
||||
|
|
18.5 |
Día Mundial del Suelo |
|
||||
|
|
18.6 |
Año Internacional de los Suelos |
|
||||
|
|
18.7 |
Año Internacional de las Legumbres |
|
||||
|
19. |
Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas y la FAO |
|
|||||
|
Asuntos programáticos y presupuestarios |
|
||||||
|
20. |
Informe sobre la ejecución del programa en 2010-11 |
|
|||||
|
21. |
Informe sobre la evaluación del programa en 2013 |
|
|||||
|
22. |
Marco estratégico revisado |
|
|||||
|
23. |
Plan a plazo medio para 2014-17 y Programa de trabajo y presupuesto para 2014-15 (proyecto de resolución sobre la cuantía del presupuesto) |
|
|||||
|
Asuntos de gobernanza, jurídicos, administrativos y financieros |
|
||||||
|
A. Asuntos de gobernanza |
|
||||||
|
24. |
Informe sobre la ejecución del Plan inmediato de acción (PIA) |
|
|||||
|
B. Asuntos constitucionales y jurídicos |
|
||||||
|
25. |
Enmiendas a los Textos Fundamentales |
|
|||||
|
|
25.1 |
Propuestas de enmiendas a los artículos XXXVII y XL del Reglamento General de la Organización (proyecto de resolución) |
|
||||
|
|
25.2 |
Propuestas de enmiendas a los artículos XXIX.2, XXX.2, XXXI.2 y XXXII.2 del Reglamento General de la Organización (proyecto de resolución) |
|
||||
|
|
25.3 |
Propuestas de enmiendas al artículo XXXIII del Reglamento General de la Organización (proyecto de resolución) |
|
||||
|
26. |
Otros asuntos constitucionales y jurídicos |
|
|||||
|
C. Asuntos administrativos y financieros |
|
||||||
|
27. |
Cuentas comprobadas de 2010-11 (proyecto de resolución) |
|
|||||
|
28. |
Escala de cuotas para 2014-15 (proyecto de resolución) |
|
|||||
|
29. |
Pago de la Unión Europea para sufragar los gastos administrativos y de otro tipo derivados de su condición de Miembro de la Organización |
|
|||||
|
30. |
Otros asuntos administrativos y financieros |
|
|||||
|
Otros asuntos |
|
||||||
|
31. |
Fecha y lugar del 39.º período de sesiones de la Conferencia |
|
|||||
|
32. |
Asuntos varios |
|
|||||
|
|
32.1 |
Disertación en memoria de McDougall |
|
||||
|
|
32.2 |
Entrega de los Premios B. R. Sen |
|
||||
|
|
32.3 |
Entrega del Premio A. H. Boerma |
|
||||
|
|
32.4 |
Entrega del Premio Edouard Saouma |
|
||||
|
|
32.5 |
Entrega del Premio Jacques Diouf |
|
||||
|
|
32.6 |
Entrega de la Medalla Margarita Lizárraga |
|
||||
|
|
32.7 |
Declaración de un representante de los órganos representativos del personal de la FAO |
|
||||
|
|
32.8 |
In memóriam |
|
||||
Lista de documentos |
C 2013/1 Rev.1 |
Programa provisional |
||
C 2013/2 |
El estado mundial de la agricultura y la alimentación |
||
C 2013/2 Add.1 |
El estado mundial de la agricultura y la alimentación: Sistemas alimentarios sostenibles para la seguridad alimentaria y la nutrición |
||
C 2013/3 |
Plan a plazo medio para 2014-17 y Programa de trabajo y presupuesto para 2014-15 |
||
C 2013/3 Corr.1 (en inglés únicamente) |
Plan a plazo
medio para 2014-17 y Programa de trabajo y presupuesto para 2014-15 |
||
C 2013/3, Nota informativa n.º 1 |
Supuestos y estimaciones de aumento de costos: Actualización e información adicional |
||
C 2013/3, Nota informativa n.º 2 |
Peticiones realizadas por el Comité del Programa y el Comité de Finanzas (18-22 de marzo de 2013) |
||
C 2013/3, Nota informativa n.º 3 |
Supuestos y estimaciones de aumento de los costos: Nueva actualización |
||
C 2013/3, Nota informativa n.º 4 |
Evolución de las necesidades presupuestarias de 2012-13 a 2014-15 |
||
C 2013/3, Nota informativa n.º 5 |
Mecanismos de ejecución: Gestión matricial |
||
C 2013/3, Nota informativa n.º 6 |
Opciones para reducir los aumentos de los costos de personal (distintas de las medidas de eficiencia) |
||
C 2013/3, Nota informativa n.º 7 |
Incremento de la integración y la prominencia de la función de género en la labor de la FAO |
||
C 2013/3, Nota informativa n.º 8 |
Repercusiones de la nueva escala de cuotas para 2014-15 |
||
C 2013/3, Nota informativa n.º 9 |
Nuevos aumentos de eficiencia y ahorros en 2014-15 |
||
C 2013/3, Nota informativa n.º 10 |
Ventaja comparativa de la FAO en relación con la protección social |
||
C 2013/3 Anexo
|
Anexo XI: Lista de las reuniones programadas |
||
C 2013/3 Anexo
|
Anexo XII: Planes de acción de los objetivos estratégicos |
||
C 2013/4 |
Informe sobre la evaluación del programa en 2013 |
||
C 2013/5 A |
Cuentas comprobadas de la FAO correspondientes a 2010-11 |
||
C 2013/5 B |
Cuentas comprobadas de la FAO correspondientes a 2010-11: Informe del Auditor Externo |
||
C 2013/6 |
Nombramiento de representantes de la Conferencia de la FAO en el Comité de Pensiones del Personal |
||
C 2013/7 |
Marco estratégico revisado |
||
C 2013/8 |
Informe sobre la ejecución del programa en 2010-11 |
||
C 2013/8 Corr.1 |
Informe sobre la
ejecución del programa en 2010-11 |
||
C 2013/8 Corr.2 |
Informe sobre la
ejecución del programa en 2010-11 |
||
C 2013/8 |
Informe sobre la
ejecución del programa en 2010-11 |
||
C 2013/9 |
Nombramiento del Presidente Independiente del Consejo |
||
C 2013/10 Rev.2 |
Solicitudes de admisión como Miembro en la Organización |
||
C 2013/11 |
Elección de miembros del Consejo |
||
C 2013/12 |
Disposiciones para el 38.º período de sesiones de la Conferencia |
||
C 2013/13 Rev.1 |
Admisión de representantes y observadores de organizaciones internacionales al período de sesiones |
||
C 2013/13 Add.1 |
Admisión de representantes y observadores de organizaciones internacionales al período de sesiones |
||
C 2013/14 Rev.1 |
Informe del 27.º período de sesiones de la Conferencia Regional para África (Brazzaville [Congo], 23-27 de abril de 2012) |
||
C 2013/15 |
Informe del 31.º período de sesiones de la Conferencia Regional para Asia y el Pacífico (Hanoi [Viet Nam], 12-16 de marzo de 2012) |
||
C 2013/16 |
Informe del 28.º período de sesiones de la Conferencia Regional para Europa (Bakú [Azerbaiyán], 17-20 de abril de 2012) |
||
C 2013/17 |
Informe del 32.º período de sesiones de la Conferencia Regional para América Latina y el Caribe (Buenos Aires [Argentina], 26-30 de marzo de 2012) |
||
C 2013/18 |
Informe del 31.º período de sesiones de la Conferencia Regional para el Cercano Oriente (Roma [Italia], 14-18 de mayo de 2012) |
||
C 2013/19 |
Informe del 37.º período de sesiones del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (Roma, 17-22 de octubre de 2011) |
||
C 2013/20 |
Informe del 38.º período (extraordinario) de sesiones del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (11 de mayo de 2012) |
||
C 2013/21 |
Informe del 39.º período de sesiones del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (Roma, 15-20 de octubre de 2012) |
||
C 2013/22 |
Informe del 23.º período de sesiones del Comité de Agricultura (Roma, 21‑25 de mayo de 2012) |
||
C 2013/23 |
Informe del 69.º período de sesiones del Comité de Problemas de Productos Básicos (Roma, 28-30 de mayo de 2012) |
||
C 2013/24 |
Informe del 30.º período de sesiones del Comité de Pesca (Roma, 9-13 de julio de 2012) |
||
C 2013/25 |
Informe del 21.º período de sesiones del Comité Forestal (Roma, 24-28 de septiembre de 2012) |
||
C 2013/26 |
Informe final de la Administración sobre la ejecución del Plan inmediato de acción y el proceso de reforma de la FAO |
||
C 2013/26 |
Anexo VIII: Información sobre los beneficios relacionados con el PIA en su secuencia y formato original |
||
C 2013/26 |
Anexo IX: Situación de las medidas del PIA en su secuencia y formato original |
||
C 2013/27 |
Política de género de la FAO y Plan de acción para todo el sistema de las Naciones Unidas sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres |
||
C 2013/28 |
Informe provisional sobre la revisión cuatrienal amplia de la política (RCAP) relativa a las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo |
||
C 2013/29 |
Informe de la 14.ª reunión ordinaria de la Comisión de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura (Roma, 15-19 de abril de 2013) |
||
C 2013/30 |
Código Internacional de Conducta para el Manejo de Plaguicidas |
||
C 2013/31 |
Preparativos para la Segunda Conferencia Internacional sobre Nutrición (CIN-2) |
||
C 2013/32 |
Evaluación del Año Internacional de los Bosques (2011) |
||
C 2013/33 |
Año Internacional de las Cooperativas (2012) |
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C 2013/34 |
Año Internacional de la Quinua (2013) |
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C 2013/35 |
Año Internacional de la Agricultura Familiar (2014) |
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C 2013/36 |
Celebración del Día Mundial del Suelo |
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Serie C 2013/INF |
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C 2013/INF/1 Rev.1 |
Calendario provisional |
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C 2013/INF/2 |
Informe de la Junta Ejecutiva del PMA al ECOSOC y al Consejo de la FAO sobre las actividades del PMA en 2011 |
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C 2013/INF/3 |
Informe de la Junta Ejecutiva del PMA al ECOSOC y al Consejo de la FAO sobre las actividades del PMA en 2012 |
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C 2013/INF/4 |
Declaración de competencias y derechos de voto de la Unión Europea y sus Estados miembros |
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C 2013/INF/5 |
Tratados multilaterales depositados en poder del Director General |
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C 2013/INF/6 |
Notificación del deseo de formar parte del Comité de Problemas de Productos Básicos, el Comité de Pesca, el Comité Forestal, el Comité de Agricultura y el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial |
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C 2013/INF/7 |
Entrega del Premio B. R. Sen de 2011 y 2012 |
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C 2013/INF/8 |
Entrega del Premio A. H. Boerma 2012-13 |
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C 2013/INF/9 |
Entrega del Premio Edouard Saouma 2012-13 |
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C 2013/INF/10 |
Entrega del Premio Jacques Diouf 2012-13 |
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C 2013/INF/11 |
28.ª Disertación en memoria de McDougall |
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C 2013/INF/12 |
Estado de las cuotas corrientes y los atrasos a 11 de junio de 2013 |
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C 2013/INF/12 Corr.1 (en inglés únicamente) |
Estado de las cuotas corrientes y los atrasos a 11 de junio de 2013: Corrigendum (en inglés únicamente) |
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C 2013/INF/13 |
Declaración del Director General |
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C 2013/INF/14 |
Discurso de Su Santidad el Papa Francisco |
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C 2013/INF/15 |
Lista de documentos |
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Serie C 2013/LIM |
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C 2013/LIM/1 |
Informe de la Conferencia Regional Oficiosa para América del Norte (Ottawa [Canadá], 3-5 de abril de 2012) |
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C 2013/LIM/2 |
Informe sobre la ejecución del programa en 2010-11 (fragmento del informe del 145.º período de sesiones del Consejo, 3-7 de diciembre de 2012) |
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C 2013/LIM/3 |
Código
Internacional de Conducta para el Manejo de Plaguicidas |
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C 2013/LIM/4 |
Cuentas
comprobadas de la FAO correspondientes a 2010-11 |
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C 2013/LIM/5 |
Enmiendas a los artículos XXXVII y XL del Reglamento General de la Organización (Proyecto de resolución) |
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C 2013/LIM/6 |
Enmiendas de los artículos XXIX.2, XXX.2, XXXI.2 y XXXII.2 del Reglamento General de la Organización |
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C 2013/LIM/7 |
Medalla Margarita Lizárraga |
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C 2013/LIM/8 |
Plan a plazo medio para 2014-17 y Programa de trabajo y presupuesto para 2014-15 (recomendación a la Conferencia sobre la cuantía del presupuesto) |
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C 2013/LIM/9 |
Disposiciones para el 38.º período de sesiones de la Conferencia (recomendaciones a la Conferencia) |
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C 2013/LIM/10 Rev.1 |
Escala de cuotas para 2014-15 (proyecto de resolución) |
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C 2013/LIM/11 Rev.1 |
Primer informe del Comité General |
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C 2013/LIM/12 |
Primer informe del Comité de Credenciales |
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C 2013/LIM/13 Rev.1 |
Segundo informe del Comité General |
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C 2013/LIM/14 |
Pago de la Unión Europea para sufragar los gastos administrativos y de otro tipo derivados de su condición de Miembro de la Organización |
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C 2013/LIM/15 |
Política de la FAO para la proclamación y celebración de años internacionales |
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C 2013/LIM/16 |
Año Internacional de los Suelos (proyecto de resolución) |
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C 2013/LIM/17 |
Año Internacional de las Legumbres (proyecto de resolución) |
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C 2013/LIM/18 |
Ceremonia de entrega de premios (proyecto de resolución) |
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C 2013/LIM/19 |
Marco estratégico revisado (fragmento del informe del 146.º período de sesiones del Consejo, 22-26 de abril de 2013) |
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C 2013/LIM/20 |
Informe final de la Administración sobre la ejecución del PIA y el proceso de reforma de la FAO (fragmento del informe del 146.º período de sesiones del Consejo, 22-26 de abril de 2013) |
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C 2013/LIM/21 |
Enmiendas al artículo XXXIII del Reglamento General de la Organización (proyecto de resolución) |
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C 2013/LIM/22 |
Segundo informe del Comité de Credenciales |
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C 2013/LIM/23 Rev.1 |
Tercer informe del Comité de Credenciales |
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C 2013/LIM/24 |
Tercer informe del Comité General |
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Documentos C 2013 para la Web |
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C 2013 |
Lista de delegados y observadores |
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Serie C 2013 REP |
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C 2013/REP/1 a 9 |
Proyectos de informe del pleno |
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y |
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C 2013/REP/25 a 32.8 |
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C 2013/I/REP 10 a 18.7 Corr.1 |
Proyectos de informe de la Comisión I |
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y |
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C 2013/I/REP/19 |
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C 2013/II/REP/20 a 24 |
Proyectos de informe de la Comisión II |
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Serie C 2013 PV |
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C 2013/PV/1 a 12 |
Actas literales del pleno |
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C 2013/I/PV/1 a 6 |
Actas literales de la Comisión I |
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C 2013/II/PV/1 y 2 |
Actas literales de la Comisión II |
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Serie C 2013 DJ |
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C 2013/DJ/1 a 8 |
Diarios de la Conferencia |
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C 2013/DJ/Avisos |
Avisos |
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Código Internacional de Conducta para el Manejo de Plaguicidas |
Artículo 1. Objetivos del Código
1.1 Los objetivos del presente Código son establecer normas de conducta de carácter voluntario para todas las entidades públicas y privadas que intervienen en el manejo de plaguicidas o tienen relación con el mismo, particularmente en los casos en que no hay una legislación nacional para regular los plaguicidas o la que existe es inadecuada.
1.2 Las entidades a las que se dirige el presente Código son, entre otras: los gobiernos, las organizaciones internacionales, la industria de los plaguicidas, la industria de equipos de aplicación, los comerciantes de plaguicidas, los operadores de control de plagas (OCP), la industria alimentaria y otras industrias que utilizan plaguicidas o tienen un interés en ellos, los usuarios de plaguicidas y los grupos de interés público como los grupos ecologistas, de consumidores y sindicatos.
1.3 El Código está destinado a utilizarse dentro del contexto de la legislación nacional como base para que las entidades pertinentes a las que el Código va dirigido puedan determinar si las acciones que proponen o las acciones de otros constituyen prácticas aceptables.
1.4 El Código describe la responsabilidad compartida de varios sectores de la sociedad para trabajar conjuntamente, de modo que los beneficios que derivan del uso necesario y aceptable de plaguicidas sean logrados sin efectos adversos significativos para la salud humana o el medio ambiente. Para tal fin, todas las referencias en este Código a uno o varios gobiernos se aplican igualmente a los grupos regionales de gobiernos en asuntos referidos a sus áreas de competencia.
1.5 El Código plantea la necesidad de un esfuerzo de cooperación entre los gobiernos y los países exportadores e importadores de plaguicidas para promover prácticas que reduzcan al mínimo los posibles riesgos para la salud y el medio ambiente asociados con plaguicidas y aseguren la utilización eficaz de los mismos.
1.6 El Código reconoce que la capacitación pertinente, a todos los niveles apropiados, constituye un requisito esencial para la aplicación y el cumplimiento de sus disposiciones. Por consiguiente, las entidades a las que se dirige el Código deben otorgar alta prioridad a las actividades pertinentes de capacitación y creación de capacidad relacionadas con los distintos artículos del Código.
1.7 Las normas de conducta enunciadas en el presente Código tienen por objeto:
1.7.1 estimular la aplicación de prácticas comerciales responsables y de aceptación general;
1.7.2 asistir a los países que aún no han establecido controles reglamentarios de la calidad e idoneidad de los plaguicidas que se necesitan en el propio país a promover un uso racional y eficiente de tales productos y a afrontar los riesgos potenciales asociados a su uso;
1.7.3 promover prácticas que disminuyan los riesgos a lo largo del ciclo de vida de los plaguicidas con el objetivo de reducir al mínimo los efectos adversos para los seres humanos, los animales y el medio ambiente y de prevenir el envenenamiento accidental provocado por la manipulación, el almacenamiento, el transporte, la utilización o disposición final, así como por la presencia de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos;
1.7.4 asegurar que los plaguicidas se utilicen con eficacia y eficiencia y de una manera que contribuya a la mejora sostenible de la agricultura, la salud pública, la salud animal y el medio ambiente;
1.7.5 adoptar el enfoque de “ciclo de vida” en relación con el manejo de los plaguicidas para abordar todos los aspectos principales relacionados con el desarrollo, el registro, la producción, el comercio, envasado, etiquetado, distribución, almacenamiento, transporte, manipulación, aplicación, uso, disposición final y seguimiento de estos productos, así como el manejo de los residuos y envases de los mismos;
1.7.6 promover el manejo integrado de plagas (MIP) y el manejo integrado de vectores (MIV);
1.7.7 promover la participación en el intercambio de información y los acuerdos internacionales mencionados en el Anexo 1, en particular el Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional (1)[63].
Artículo 2. Términos y definiciones
A efectos del presente Código se entiende por:
Ingrediente activo, el componente del producto que proporciona la acción plaguicida.
Publicidad, promoción de la venta y utilización de un plaguicida por medios impresos y electrónicos, representaciones visuales, exposiciones, distribuciones gratuitas, demostraciones o de promoción oral.
Equipo de aplicación, todo medio técnico, equipo, instrumento o maquinaria que se emplee para aplicar plaguicidas.
Tecnología de aplicación, liberación efectiva y distribución de un plaguicida sobre un organismo o lugar donde este organismo entra en contacto con el plaguicida.
Plaguicida prohibido, plaguicida del que se han prohibido todos los usos mediante una medida definitiva de reglamentación con el fin de proteger la salud humana o el medio ambiente. Ello incluye los plaguicidas cuya aprobación para primer uso haya sido denegada o que las industrias hayan retirado del mercado interior o de ulterior consideración en el proceso de aprobación nacional cuando haya pruebas claras de que esa medida se haya adoptado con objeto de proteger la salud humana o el medio ambiente.
Coformulante, un ingrediente no activo que compone un producto formulado.
Envase, cualquier objeto utilizado para conservar un producto plaguicida.
Disposición final, operación destinada a reutilizar, neutralizar, destruir o aislar desechos o envases usados de plaguicidas y materiales contaminados.
Distribución, proceso de suministro de plaguicidas a través de canales comerciales en mercados nacionales o internacionales.
Medio ambiente, el entorno, incluyendo el agua, el aire y el suelo, y su interrelación, así como las relaciones entre estos elementos y cualesquiera organismos vivos.
Equivalencia, la determinación de la analogía de las impurezas y del perfil toxicológico, así como de las propiedades físicas y químicas que presenta supuestamente el material técnico similar, producido por distintos fabricantes, a efectos de evaluar si también presenta niveles de riesgo similares.
Servicios de extensión, las entidades de un país que están encargadas de transferir información, asesoramiento tecnológico y capacitación en lo que respecta al mejoramiento de las prácticas agrícolas, incluida la producción, manipulación, almacenamiento y comercialización de los productos agrícolas.
Formulación, la combinación de varios ingredientes para hacer que el producto sea útil y eficaz para la finalidad que se pretende y para la forma de aplicación prevista.
Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) en el uso de plaguicidas; incluyen los usos recomendados oficialmente o autorizados a nivel nacional, en las condiciones existentes, para combatir las plagas de manera eficaz y fiable. Abarca una variedad de niveles de aplicaciones del plaguicida hasta la concentración más elevada de uso autorizado, aplicada de tal manera que deje el residuo más bajo que sea posible.
Peligro, características inherentes de una sustancia, agente o situación capaces de provocar consecuencias indeseables (p. ej., características que pueden causar efectos adversos o daños a la salud, el medio ambiente o las propiedades).
Plaguicidas muy peligrosos, aquellos que reconocidamente representan riesgos agudos o crónicos particularmente elevados para la salud o el medio ambiente de acuerdo con los sistemas de clasificación internacionalmente aceptados, como los de la OMS o el SGA, o por figurar en acuerdos o convenciones internacionales pertinentes con carácter vinculante. Además, podrán considerarse muy peligrosos y tratarse como tales aquellos plaguicidas que, en condiciones de uso en un país, ocasionen aparentemente un daño grave o irreversible para la salud o el medio ambiente.
Manejo Integrado de Plagas (MIP), la cuidadosa consideración de todas las técnicas disponibles para combatir las plagas y la posterior integración de medidas apropiadas que disminuyen el desarrollo de poblaciones de plagas y mantienen el empleo de plaguicidas y otras intervenciones a niveles económicamente justificados y que reducen al mínimo los riesgos para la salud humana, la salud animal o el medio ambiente. Con el MIP se hace hincapié en el crecimiento de cultivos sanos, perturbando lo menos posible los ecosistemas agrícolas y fomentando los mecanismos naturales de control de plagas.
Manejo integrado de vectores (MIV), el proceso racional de toma de decisiones a fin de lograr el uso óptimo de los recursos para el control de los vectores de enfermedades. Su objetivo es mejorar la eficacia, la relación costo-eficacia, la solidez ecológica y la sostenibilidad de las intervenciones de lucha contra los vectores de enfermedades para la lucha contra las enfermedades transmitidas por vectores.
Organización internacional, organización intergubernamental pública, incluidas las Naciones Unidas, sus organismos especializados y programas, los bancos de desarrollo, los centros pertenecientes al GCIAI y los órganos científicos internacionales como la UIQPA, el CICAP y la SETAC.
Etiqueta, cualquier material escrito, impreso o gráfico que vaya sobre el plaguicida o esté impreso, grabado o adherido a su recipiente inmediato, y también en el paquete o envoltura exterior de los envases para uso y distribución al por menor.
Ciclo de vida, todas las fases que atraviesa un plaguicida desde la producción hasta su degradación en el medio ambiente después de su uso o su destrucción como producto no utilizado. El ciclo de vida comprende la fabricación, formulación, envasado, distribución, almacenamiento, transporte, uso y disposición final de un producto plaguicida o de su envase.
Fabricante, una compañía u otra entidad pública o privada o cualquier persona física o jurídica dedicada (directamente o por medio de un agente o de una entidad por ella controlada o contratada) al negocio o a la función de fabricar un ingrediente activo plaguicida, o de preparar su formulación o producto.
Comercialización, el proceso general de promoción del producto, incluyendo la publicidad, relaciones públicas acerca del producto y servicios de información, así como la distribución y venta en los mercados nacionales o internacionales.
Límite máximo de residuos (LMR), la concentración máxima de un residuo de plaguicida que se permite o reconoce legalmente como aceptable en o sobre un alimento, producto agrícola o alimento para animales.
Envase, el recipiente, junto con el envoltorio protector, que se utiliza para hacer llegar los plaguicidas a los usuarios por medio de la distribución al por mayor o al por menor.
Equipo de protección personal, toda la ropa, materiales o instrumentos que protegen de la exposición a plaguicidas durante su manipulación y aplicación. En el contexto de este Código incluye los equipos de protección diseñados específicamente para tal fin y la ropa utilizada únicamente para aplicar y manipular plaguicidas.
Plaga, toda especie, variedad o biotipo vegetal, animal o agente patógeno dañino para las plantas y productos, materiales o entornos vegetales: comprenden los vectores de parásitos o patógenos de las enfermedades de seres humanos y animales, así como los animales que causan perjuicio a la salud pública.
Operador del control de plagas (OCP), persona o empresa que tiene por profesión la de aplicar plaguicidas.
Plaguicida, cualquier sustancia o mezcla de sustancias con ingredientes químicos o biológicos destinados a repeler, destruir o controlar cualquier plaga o a regular el crecimiento de las plantas.
Manejo de plaguicidas, el manejo reglamentario y técnico de todos los aspectos del ciclo de vida de los plaguicidas, incluyendo la producción (fabricación y formulación), la autorización, importación, distribución, venta, el suministro, transporte, almacenamiento, la manipulación, aplicación y disposición final de los plaguicidas y sus envases a fin de garantizar la seguridad y la eficacia y reducir al mínimo los efectos ambientales y sanitarios adversos y la exposición a los plaguicidas de seres humanos y animales.
Veneno, sustancia capaz de causar trastornos estructurales o funcionales que provoquen enfermedades, daños o la muerte cuando son absorbidas en cantidades relativamente pequeñas por los seres humanos, las plantas o los animales.
Envenenamiento, la aparición de daños o trastornos causados por un veneno, incluyendo la intoxicación.
Producto, (o producto plaguicida), el producto formulado (ingrediente o ingredientes y coformulantes activos del plaguicida), en la forma en la que se envasa y se vende.
Gestión de un producto, manejo responsable y ético de un plaguicida desde su descubrimiento hasta su uso final y con posterioridad al mismo.
Grupo de interés público (sin que la enumeración sea excluyente), asociación científica, grupo de agricultores, organización cívica, sindicato y organización ecologista, de consumidores y de salud de carácter no gubernamental.
Usos de salud pública de los plaguicidas, uso de los plaguicidas en el control de plagas de importancia para la salud pública. Comprenden los plaguicidas para la lucha contra los vectores de enfermedades, los productos plaguicidas domésticos y los plaguicidas para el control profesional de plagas (utilizados por los operadores del control de plagas en domicilios particulares y zonas públicas).
Registro, proceso por el que la autoridad nacional o regional responsable aprueba la venta y utilización de un plaguicida, previa evaluación de datos científicos dirigidos a demostrar que el producto es efectivo para su finalidad y no entraña un riesgo inaceptable para la salud humana, la salud animal ni para el medio ambiente bajo las condiciones de uso que se den en el país o región de que se trate.
Reenvasado, transferencia de un plaguicida de cualquier envase comercial autorizado a otro envase normalmente más pequeño, para la venta subsiguiente.
Residuo, cualquier sustancia específica presente en o sobre los alimentos, productos agrícolas y otros tipos de productos o alimentos para animales, así como en el medio ambiente, en particular en el suelo, el aire y el agua, como consecuencia del uso de un plaguicida. El término incluye cualquier derivado de un plaguicida, como productos de conversión, metabolitos, productos de descomposición, productos de reacción e impurezas consideradas de importancia toxicológica o ecotoxicológica.
El término “residuo de plaguicidas” incluye tanto los residuos de procedencias desconocidas o inevitables (por ejemplo, la contaminación ambiental), como los derivados de usos conocidos y autorizados de la sustancia química.
Autoridad responsable, organismo u organismos estatales encargados de reglamentar los plaguicidas, y en forma más general, de aplicar la legislación sobre plaguicidas.
Riesgo, la probabilidad y gravedad de la incidencia de un efecto adverso para la salud o el medio ambiente como función de un peligro y la posibilidad y extensión de la exposición a un plaguicida.
Plaguicida de uso muy restringido, plaguicida del que se han prohibido prácticamente todos los usos mediante una medida definitiva de reglamentación con el fin de proteger la salud humana o el medio ambiente, pero del que siguen autorizados determinados usos específicos. Comprende todo plaguicida al que prácticamente para todos los usos se haya negado la aprobación o que la industria haya retirado del mercado o de una consideración ulterior en el proceso nacional de aprobación cuando existan pruebas claras de que esta medida se ha adoptado para proteger la salud o el medio ambiente.
Especificación, los parámetros y criterios que definen el aspecto físico y las propiedades químicas y físicas de los plaguicidas técnicos y formulados en relación con perfiles de peligro y riesgo.
Licitación, una petición oficial de ofertas para la adquisición de plaguicidas.
Toxicidad, propiedad fisiológica o biológica que determina la capacidad de una sustancia química para causar perjuicio o producir daños a un organismo vivo por medios no mecánicos.
Comerciante, quienquiera que se dedique al comercio, incluyendo la exportación, importación y distribución local.
Grupos vulnerables, personas como las mujeres embarazadas y en lactancia, los no nacidos, los bebés y niños, los ancianos, los afectados por el VIH/SIDA y los trabajadores y residentes en un lugar cuando hayan padecido una alta exposición a plaguicidas en un plazo largo.
Artículo 3. Manejo de plaguicidas
3.1 Los gobiernos tienen la completa responsabilidad de regular la disponibilidad, distribución y utilización de plaguicidas en sus países y deberían asegurar la asignación de recursos suficientes para el cumplimiento de este mandato (2).
3.2 La industria de los plaguicidas debería cumplir las disposiciones del presente Código como normas para la fabricación, distribución, venta y publicidad de los plaguicidas. Ello reviste una especial importancia en los países que todavía no hayan establecido sistemas reguladores adecuados ni servicios de asesoramiento o que no puedan hacer funcionar adecuadamente tales sistemas o servicios.
3.3 Los gobiernos, la industria y otras entidades a las que se dirige el presente Código deberían velar por el cumplimiento de los requisitos fijados en los acuerdos internacionales pertinentes.
3.4 Los gobiernos de los países exportadores de plaguicidas deberían, en lo posible, asegurar que se sigan prácticas comerciales correctas en la exportación de plaguicidas, especialmente a los países que todavía no disponen de programas adecuados de reglamentación.
3.5 La industria y los comerciantes de plaguicidas deberían observar las prácticas siguientes en el manejo de plaguicidas. Ello reviste una especial importancia en los países que todavía no hayan establecido sistemas reguladores adecuados ni servicios de asesoramiento o que no puedan hacer funcionar adecuadamente tales sistemas o servicios:
3.5.1 suministrar únicamente plaguicidas de calidad adecuada, envasados y etiquetados de la forma apropiada para cada mercado específico (3);
3.5.2 en estrecha cooperación con los intermediarios, cumplir estrictamente las disposiciones de las Directrices de la FAO y de la OMS sobre procedimientos de adquisiciones y licitación (4, 5);
3.5.3 prestar atención especial a la selección de formulaciones de los plaguicidas y a su presentación, envasado y etiquetado a fin de reducir al mínimo los riesgos para los usuarios, el público y el medio ambiente;
3.5.4 facilitar a través de cada envase de plaguicida información e instrucciones en uno o más de los idiomas oficiales del país y en una presentación adecuada para asegurar el uso efectivo y reducir al mínimo los riesgos para los usuarios, el público y el medio ambiente;
3.5.5 ser capaces de brindar un apoyo técnico eficaz sostenido por una gestión cabal del producto hasta el nivel del usuario final, que incluya la aplicación de mecanismos para el manejo eficaz de los plaguicidas obsoletos y sin utilizar y de sus envases vacíos, así como asesoramiento al respecto;
3.5.6 mantener un interés activo en el seguimiento de sus productos a lo largo de todo su ciclo de vida, siguiendo la trayectoria de los principales usos y la aparición de cualquier problema derivado de la utilización de sus productos, todo ello como base para determinar la necesidad de modificar el etiquetado, las instrucciones de uso, el envasado, la formulación o la disponibilidad del producto.
3.6 Deberían evitarse los plaguicidas cuya manipulación y aplicación exijan el empleo de equipo de protección personal incómodo, costoso o difícil de conseguir, especialmente cuando los plaguicidas han de utilizarse en climas cálidos (6) y por usuarios en pequeña escala y trabajadores agrícolas.
3.7 Todas las entidades pertinentes a las que se dirige el presente Código deberían adoptar medidas coordinadas para producir y difundir materiales educativos pertinentes y claros a través de todos los medios disponibles con destino a servicios de extensión, servicios de asesoramiento agrícola y de salud pública, agricultores, organizaciones de agricultores operadores del control de plagas, trabajadores de la sanidad pública y otras entidades que proporcionan asesoramiento sobre el manejo de plaguicidas. Se debería estimular a los usuarios a procurarse materiales educativos y se les debería prestar ayuda para comprender y seguir los consejos que tales materiales contengan antes de manipular y aplicar plaguicidas.
3.8 Los gobiernos deberían realizar esfuerzos concertados para desarrollar y promover el uso del MIP/MIV. Además, las instituciones de crédito, los organismos donantes y los gobiernos deberían apoyar el desarrollo de políticas nacionales de MIP/MIV y de conceptos y prácticas mejoradas en la materia. Estos deberían basarse en las estrategias que promuevan una mayor participación de los agricultores (incluidos grupos de mujeres), personal de extensión e investigadores de campo, comunidades, así como de las entidades pertinentes de la sanidad pública y de otros sectores.
3.9 Todas las partes interesadas, incluidos los agricultores y sus asociaciones, investigadores de MIP/MIV, agentes extensionistas, consultores agrícolas, la industria alimentaria, los fabricantes de plaguicidas biológicos y químicos y de equipos de aplicación, operadores del control de plagas, trabajadores de la sanidad pública, ecologistas y representantes de grupos de consumidores y otros grupos de interés público deberían desempeñar un papel dinámico en el desarrollo y la promoción del MIP/MIV.
3.10 Los gobiernos, con el apoyo de las organizaciones internacionales y regionales pertinentes, organismos donantes y fondos de investigación, deberían alentar y promover la investigación y el desarrollo de alternativas a los plaguicidas existentes que entrañen riesgos menores, tales como agentes y técnicas de control biológico, plaguicidas y métodos de control de las plagas que no sean químicos, y plaguicidas que entrañen un riesgo reducido para los seres humanos y para el medio ambiente y que, en la medida posible o deseable, sean específicos para el organismo que se desea combatir y se degraden en componentes o metabolitos inocuos después de su utilización.
3.11 Los gobiernos, la industria de los plaguicidas y la industria de equipos de aplicación deberían desarrollar y promover el uso de métodos (7, 8, 9, 10, 11) y equipos (12, 13, 14, 15, 15, 16) de aplicación de plaguicidas que reduzcan al mínimo el riesgo por plaguicidas para la salud humana, la salud animal o para el medio ambiente y que aumenten al máximo la eficiencia y la eficacia en función de los costos, así como organizar una capacitación práctica constante en tales actividades (17). La industria de los equipos de aplicación también debería proporcionar a los usuarios información sobre el mantenimiento y el uso adecuados de dichos equipos.
3.12 Los gobiernos, la industria de plaguicidas y las organizaciones nacionales e internacionales deberían colaborar en el desarrollo y promoción de estrategias para prevenir y controlar la resistencia de las plagas a los plaguicidas con el fin de prolongar la vida útil de los plaguicidas beneficiosos y reducir los efectos adversos de la resistencia a los plaguicidas. En este aspecto se debería incluir la consideración de las repercusiones de los plaguicidas utilizados en la agricultura sobre el desarrollo de la resistencia a tales sustancias entre los vectores de enfermedades y las plagas que suponen una amenaza para la salud pública (18).
3.13 Los gobiernos cuyos programas de reglamentación de plaguicidas estén bien desarrollados deberían proporcionar, en la medida de las posibilidades, asistencia técnica, con inclusión de la capacitación, a otros países con el fin de desarrollar la infraestructura y capacidad de estos últimos para el manejo de los plaguicidas en todo el ciclo de vida de los mismos.
Artículo 4. Ensayo de los plaguicidas
4.1 La industria de los plaguicidas debería:
4.1.1 asegurar que cada plaguicida y producto plaguicida sea probado eficaz y adecuadamente mediante procedimientos y métodos de ensayo reconocidos, a fin de evaluar completamente sus propiedades inherentes físicas, químicas o biológicas, su eficacia (19, 20), comportamiento, destino, peligro y riesgo (21, 22) en relación con las distintas utilizaciones y condiciones previstas en las regiones o países en los que se utilice;
4.1.2 asegurar que tales ensayos se realicen con procedimientos científicos sólidos y basados en la experimentación, en consonancia con los principios de las buenas prácticas de laboratorio y experimentación (23);
4.1.3 facilitar copias o resúmenes de los informes originales de tales ensayos para su evaluación por las autoridades gubernamentales competentes de todos los países donde el plaguicida va a ofrecerse para su venta o utilización. Si se proporcionan documentos traducidos, debería certificarse la exactitud de la traducción;
4.1.4 asegurar que el uso propuesto, las declaraciones e instrucciones que figuran en la etiqueta, los envases, la literatura técnica y la publicidad, reflejen verdaderamente el resultado de dichos ensayos y evaluaciones científicas;
4.1.5 prestar asesoramiento, si lo solicita un país, sobre métodos para analizar cualquier ingrediente activo, coformulante, impureza pertinente o formulación que el país fabrique, y facilitar los patrones analíticos necesarios;
4.1.6 prestar asesoramiento y asistencia para la capacitación de personal técnico involucrado en el trabajo analítico pertinente. Los formuladores deberían apoyar activamente este esfuerzo;
4.1.7 realizar pruebas de residuos antes de la comercialización, de conformidad, como mínimo, con las directrices del Codex Alimentarius y la FAO sobre buenas prácticas de análisis (16) y sobre datos de residuos en los cultivos (17, 18, 19), a fin de ofrecer una base para establecer límites máximos apropiados para los residuos (20).
4.2 Todo país debería poseer o tener acceso a servicios para verificar y controlar la calidad de los plaguicidas que se ofrecen para la venta o exportación, a fin de establecer la cantidad de ingrediente(s) activo(s) y la idoneidad de su formulación con arreglo a las especificaciones recomendadas de la FAO o la OMS o a las especificaciones nacionales, cuando estén disponibles (21). En caso de que un país carezca de las instalaciones adecuadas, debería considerarse la posibilidad de acceder a los laboratorios de otro país.
4.3 Las organizaciones internacionales y otros organismos interesados deberían estudiar la posibilidad de ayudar, en la medida en que lo permitan los recursos disponibles, a establecer laboratorios analíticos o fortalecer los laboratorios existentes en los países importadores de plaguicidas, ya sea en el plano nacional o regional. Todos los laboratorios deberían organizarse de tal modo que esté garantizada su sostenibilidad técnica y económica más allá del alcance que tenga la asistencia facilitada por organizaciones internacionales y otros organismos interesados. Estos laboratorios deberían observar procedimientos científicos sólidos y aplicar las directrices sobre buenas prácticas de laboratorio; poseer los conocimientos especializados necesarios, contar con equipos de análisis adecuados, con un suministro suficiente de patrones analíticos, disolventes y reactivos, y con métodos de análisis actualizados.
4.4 Los gobiernos de países exportadores y las organizaciones internacionales deberían asumir un papel activo en la asistencia a los países en desarrollo, con el fin de capacitar personal y proporcionar orientaciones sobre el diseño y la realización de los ensayos, la interpretación y evaluación de los datos obtenidos en estos, y el análisis de riesgos y beneficios. Asimismo deberían promover la máxima disponibilidad y utilización, en los países en desarrollo, de estudios y evaluaciones internacionales, regionales y nacionales apropiados sobre los peligros y riesgos que entrañan los plaguicidas.
4.5 La industria de los plaguicidas y los gobiernos deberían colaborar practicando una vigilancia de los plaguicidas después de su registro y realizando estudios de seguimiento para determinar el destino de los plaguicidas y sus efectos en la salud y el medio ambiente en condiciones operacionales (31).
Artículo 5. Reducción de los riesgos para la salud y el medio ambiente
5.1 Los gobiernos deberían:
5.1.1 implementar una política de plaguicidas y un sistema de registro y control de plaguicidas según lo indicado en el artículo 6;
5.1.2 revisar con regularidad los plaguicidas que se comercializan en el propio país, sus usos aceptables y su disponibilidad para cada sector del público, y llevar a cabo revisiones especiales cuando la evidencia científica lo aconseje;
5.1.3 llevar a cabo un programa de vigilancia de la salud de las personas expuestas a plaguicidas en su trabajo, e investigar y documentar los casos de envenenamiento;
5.1.4 dar orientaciones e instrucciones al personal de salud, médicos y el personal de hospitales para el diagnóstico y tratamiento de casos sospechosos de envenenamiento por plaguicidas, así como sobre la prevención de la exposición y el envenenamiento y en relación con la presentación de informes sobre incidencias y el registro de las mismas;
5.1.5 establecer en lugares estratégicos centros nacionales o regionales de información y control para casos de envenenamiento, a fin de que puedan dar orientaciones inmediatas sobre primeros auxilios y tratamiento médico que resulten accesibles en todo momento (33);
5.1.6 utilizar todos los medios posibles para recoger datos fiables y mantener estadísticas sobre los aspectos sanitarios de los plaguicidas y los incidentes de envenenamiento por plaguicidas utilizando instrumentos armonizados, cuando estén disponibles, y presentar, en su caso, ante la autoridad nacional designada los formularios del Convenio de Rotterdam de comunicación sobre las formulaciones plaguicidas extremadamente peligrosas (FPEP) (34) relativos a incidentes para la salud humana. Deberían disponer de personal debidamente capacitado y de recursos suficientes para asegurar que se recoja una información exacta;
5.1.7 proporcionar a los servicios de extensión, a los servicios de asesoramiento agrícola y de salud pública, a los agricultores y a las organizaciones de agricultores, a los operadores del control de plagas, a los trabajadores de la salud pública y a otras entidades que facilitan asesoramiento sobre el manejo de plagas o vectores, información adecuada sobre estrategias y métodos prácticos de MIP/MIV, medidas de reducción del riesgo por plaguicidas, así como sobre la variedad de todos los métodos disponibles para el uso, incluida la información sobre riesgos, peligros y medidas de mitigación en caso de exposición o accidente;
5.1.8 con la cooperación de la industria de los plaguicidas, limitar la disponibilidad de plaguicidas en venta al público en general a través de establecimientos no especializados a productos de baja peligrosidad (clase U de la OMS) o de bajo riesgo y listos para el empleo, y a productos que no deben diluirse o que no requieren otros tipos de preparación y pueden aplicarse sin necesidad de equipos de protección personal;
5.1.9 exigir que los plaguicidas estén físicamente separados de otras mercancías para prevenir la contaminación o la confusión de identidad y, cuando proceda, exigir que los plaguicidas se identifiquen claramente como materiales peligrosos. Se debería hacer todo lo posible por difundir información sobre los peligros que se derivan del almacenamiento conjunto de plaguicidas y alimentos;
5.1.10 utilizar todos los medios posibles para recoger datos fiables, mantener estadísticas sobre la contaminación ambiental y los efectos adversos y notificar los incidentes específicos relacionados con plaguicidas. Cuando proceda, los gobiernos deberían presentar ante la autoridad nacional designada (34) los formularios del Convenio de Rotterdam de notificación sobre las formulaciones plaguicidas extremadamente peligrosas relativos a incidentes ambientales (FPEP). Deberían disponer de personal debidamente capacitado y de recursos suficientes para asegurar que se recoja una información exacta;
5.1.11 implementar un programa de vigilancia de los residuos de plaguicidas en alimentos, piensos, agua potable, el medio ambiente y las viviendas en las que se hayan aplicado plaguicidas.
5.2 Aun en los casos en que funcione un programa de control, la industria de plaguicidas debería:
5.2.1 cooperar en la reevaluación periódica de los plaguicidas que se comercializan;
5.2.2 proveer a los centros que se ocupan del tratamiento de envenenamiento por plaguicidas y a su personal médico, de información sobre los peligros relacionados con los plaguicidas, la toxicidad de sus ingredientes y coformulantes activos y sobre los tratamientos adecuados;
5.2.3 proporcionar a los usuarios y a las autoridades de medio ambiente información sobre las medidas correctoras adecuadas en caso de derrames y accidentes;
5.2.4 hacer todos los esfuerzos razonables para reducir los riesgos que entrañan los plaguicidas:
5.2.4.1 poniendo a disposición fórmulas menos tóxicas;
5.2.4.2 presentando los productos en envases listos para su uso;
5.2.4.3 desarrollando métodos y equipos de aplicación que reduzcan al mínimo la exposición a los plaguicidas;
5.2.4.4 utilizando envases retornables y rellenables cuando existan sistemas eficaces de recolección de envases;
5.2.4.5 utilizando envases que no sean atractivos o fáciles de reutilizar y promoviendo programas que desalienten su reutilización, cuando no existan sistemas eficaces para su recolección;
5.2.4.6 utilizando envases que no sean atractivos o que los niños no pueda abrir fácilmente, particularmente cuando se trate de productos de uso doméstico;
5.2.4.7 empleando un etiquetado claro y conciso.
5.2.5 interrumpir la venta y retirar los productos tan pronto como sea posible cuando su manipulación o utilización entrañen un riesgo inaceptable bajo cualquiera de sus indicaciones de uso o restricciones y dar comunicación de ello a las autoridades.
5.3 Los gobiernos y la industria deberían cooperar además en la reducción de los riesgos:
5.3.1 promoviendo el uso de equipo de protección personal que resulte adecuado para las tareas que vayan a realizarse, sea apropiado para las condiciones climáticas del lugar y tenga un costo accesible (6);
5.3.2 estableciendo disposiciones para la conservación de los plaguicidas de forma segura, tanto en comercios mayoristas y minoristas como en almacenes y explotaciones agrícolas (26, 27);
5.3.3 estableciendo servicios para la recolección y la disposición final segura de los envases usados y de las pequeñas cantidades de plaguicidas sobrantes (28);
5.3.4 protegiendo la biodiversidad y reduciendo al mínimo los efectos adversos de los plaguicidas en el medio ambiente (agua, suelo y aire) y sobre organismos no diana;
5.3.5 aumentando el conocimiento y la comprensión entre los usuarios de los plaguicidas acerca de la importancia que reviste la protección de la salud y el medio ambiente y sobre las maneras de ejercer dicha protección ante los posibles efectos adversos de los plaguicidas.
5.4 Las entidades a las que se dirige el Código deberían tener en cuenta todos los elementos de hecho disponibles y deberían promover la difusión responsable de información sobre los plaguicidas y sus usos, riesgos y alternativas.
5.5 Al crear instalaciones de producción de plaguicidas en los países en desarrollo, los fabricantes y los gobiernos deberían cooperar para:
5.5.1 adoptar normas técnicas y seguir prácticas apropiadas a la naturaleza de las operaciones de fabricación y a los consiguientes peligros, y asegurar la disponibilidad de equipo de protección apropiado;
5.5.2 tomar todas las precauciones necesarias para proteger a los trabajadores, otras personas presentes, las comunidades vecinas y el medio ambiente;
5.5.3 localizar adecuadamente las plantas de fabricación y formulación, así como sus almacenes, y supervisar y controlar adecuadamente los desechos, emisiones y efluentes de acuerdo con las reglamentaciones nacionales y regionales, cuando existan, o de conformidad con las directrices internacionales pertinentes;
5.5.4 mantener procedimientos que garanticen la calidad a fin de asegurar el cumplimiento de las normas pertinentes de pureza, rendimiento, estabilidad y seguridad.
Artículo 6. Requisitos reglamentarios y técnicos
6.1 Los gobiernos deberían:
6.1.1 introducir las políticas y la legislación necesarias para la reglamentación, la comercialización y el uso de los plaguicidas en todo su ciclo de vida y adoptar disposiciones para su coordinación y cumplimiento efectivos, lo que comprende el establecimiento de los correspondientes servicios de educación, asesoramiento, extensión y atención de salud, siguiendo las Directrices de la FAO y de la OMS y, cuando proceda, las disposiciones de los instrumentos legalmente vinculantes que correspondan. Al hacerlo, los gobiernos deberían tomar en consideración factores como las necesidades, condiciones sociales y económicas y niveles de alfabetización locales, así como las condiciones climáticas y la disponibilidad con un costo asequible de equipo apropiado de aplicación de plaguicidas y equipo de protección personal;
6.1.2 de acuerdo con la recomendación de la Alianza internacional de cooperación sobre el trabajo infantil y la agricultura[64], deberían introducir legislación para impedir la utilización de plaguicidas por niños y su venta a los mismos. El uso de los plaguicidas por niños en una situación de trabajo debería incluirse en listados nacionales de trabajos peligrosos para niños al amparo del Convenio n.º 182 de la OIT sobre la prohibición de las peores forma de trabajo infantil, en aquellos países que lo hayan ratificado;
6.1.3 establecer sistemas reguladores, tales como licencias o permisos para los operadores de control de plagas;
6.1.4 establecer sistemas e infraestructuras para que cada producto plaguicida sea registrado antes de que pueda estar disponible para su uso;
6.1.5 llevar a cabo evaluaciones de riesgos y adoptar decisiones de gestión de riesgos basadas en todos los datos e informaciones disponibles pertinentes, como parte del proceso de registro de los plaguicidas (21, 22);
6.1.6 como parte del proceso de registro, establecer buenas prácticas agrícolas según la definición de las BPA recogida en el artículo 2 para cada plaguicida que se registra con destino a usos agrícolas;
6.1.7 aplicar los principios descritos en el Manual sobre desarrollo y empleo de las especificaciones de la FAO y de la OMS para plaguicidas a efectos de determinar la equivalencia entre plaguicidas (27);
6.1.8 promover las ventajas de establecer requisitos, procedimientos y criterios de evaluación armonizados (a nivel regional o por grupos de países) para el registro de plaguicidas y cooperar con otros gobiernos con este fin, tomando en cuenta las directrices y normas apropiadas concertadas internacionalmente y, cuando sea posible, incorporar estas normas a la legislación nacional o regional (32, 33);
6.1.9 permitir la reevaluación y establecer un procedimiento de nuevo registro para asegurar el examen periódico de los plaguicidas, garantizando con ello que se puedan adoptar medidas inmediatas y eficaces en caso de que nuevas informaciones o datos sobre el comportamiento o los riesgos indiquen la necesidad de medidas de reglamentación;
6.1.10 mejorar la reglamentación en materia de acopio y registro de datos referentes a la importación, exportación, fabricación formulación, calidad y cantidad de plaguicidas;
6.1.11 recoger y registrar datos sobre las importaciones, exportaciones, fabricación, formulación, calidad y cantidad de plaguicidas, así como de su utilización, para evaluar los posibles efectos en la salud humana y animal o el medio ambiente, y con objeto de hacer un seguimiento de las tendencias del uso de plaguicidas para fines económicos o de otra índole;
6.1.12 autorizar la comercialización de equipo de aplicación de plaguicidas y de equipo de protección personal únicamente si este se ajusta a las normas establecidas (5, 8, 9);
6.1.13 detectar y controlar la falsificación[65] y el comercio ilegal de plaguicidas mediante la cooperación interinstitucional nacional, la cooperación intergubernamental y la puesta en común de la información;
6.1.14 reglamentar y realizar un seguimiento de los residuos de plaguicidas en los alimentos de acuerdo en especial con las recomendaciones del Codex Alimentarius. Si no existen normas del Codex, deberían utilizarse normas nacionales o regionales, de tal manera que se respeten los requisitos de la OMC y no se dé lugar a obstáculos técnicos al comercio
6.2 La industria de los plaguicidas debería:
6.2.1 proporcionar sobre cada producto una evaluación objetiva junto con el sustento necesario que apoye la evaluación de riesgos para permitir que se adopte una decisión de gestión de riesgos;
6.2.2 proporcionar a las autoridades nacionales de reglamentación, tan pronto como se disponga de ella, toda información nueva o actualizada que pueda modificar la situación reglamentaria del plaguicida;
6.2.3 asegurar que el ingrediente activo y los coformulantes de los preparados plaguicidas comercializados correspondan, en su identidad, calidad, pureza y composición, a los ingredientes del producto plaguicida registrado cuya aceptabilidad toxicológica y ambiental ha sido ensayada, evaluada y aprobada;
6.2.4 asegurar que los productos plaguicidas de grado técnico y formulados se ajusten a las normas nacionales aplicables o a las especificaciones recomendadas de la FAO para plaguicidas agrícolas y a las especificaciones recomendadas de la OMS sobre plaguicidas de interés para la salud pública, cuando estén disponibles.
6.2.5 verificar la calidad y pureza de los plaguicidas que se ofrecen para la venta;
6.2.6 cuando se planteen problemas con los plaguicidas, adoptar voluntariamente medidas correctivas y, en los casos en que se lo soliciten lo gobiernos, ayudar a encontrar soluciones a las dificultades;
6.2.7 proporcionar a sus gobiernos nacionales datos claros y concisos sobre la exportación, importación, fabricación, formulación, ventas, calidad y cantidad de plaguicidas.
6.3 Se debería alentar a las organizaciones internacionales pertinentes y organismos bilaterales a asignar alta prioridad a las peticiones de asistencia de países en desarrollo que aún no disponen de las instalaciones y especialidad técnica que requieren los sistemas de manejo y control de plaguicidas.
Artículo 7. Disponibilidad y uso
7.1 Las autoridades responsables deberían prestar atención especial a la redacción de legislación que regule la disponibilidad y el uso de plaguicidas. La regulación de la disponibilidad debería ser compatible con los niveles de capacitación y especialidad de los usuarios. Los parámetros en que se basan las decisiones sobre la disponibilidad y el uso de plaguicidas son variables; su determinación debería dejarse a discreción de cada gobierno.
7.2 Al determinar los riesgos y el correspondiente grado de limitación del producto, la autoridad competente debería tener en cuenta el tipo de formulación, el método de aplicación y sus usos. Cuando proceda, los gobiernos deberían conocer y tal vez deseen utilizar el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA) y la clasificación de los plaguicidas según sus peligros recomendada por la OMS como base para sus disposiciones reglamentarias, así como relacionar los tipos de peligro con símbolos de peligro bien reconocidos.
7.3 La autoridad competente puede aplicar diferentes métodos para limitar la disponibilidad de plaguicidas: denegar el registro de un producto o exigir, como condición para el registro, la limitación de la disponibilidad a determinados grupos de usuarios o a ciertos usos de conformidad con la evaluación nacional de los peligros que entraña el uso de los productos.
7.4 Los gobiernos y la industria deberían asegurar que todos los plaguicidas que se ponen a disposición del público en general estén envasados y etiquetados de forma compatible con las directrices de la FAO y de la OMS o con otras directrices pertinentes sobre envasado y etiquetado (3) y con los correspondientes reglamentos nacionales o regionales.
7.5 Podrá estudiarse la posibilidad de prohibir la importación, distribución, compra y venta de plaguicidas muy peligrosos si otras medidas de control o las buenas prácticas de comercialización no bastan, sobre la base de una evaluación del riesgo, para asegurar que el producto pueda manipularse sin un nivel inaceptable de riesgo para las personas y el medio ambiente.
Artículo 8. Distribución y comercio
8.1 Los gobiernos deberían:
8.1.1 elaborar legislación y aplicar procedimientos de concesión de licencias en relación con la venta de plaguicidas, a efectos de asegurar que quienes intervienen en la misma son capaces de brindar al comprador un asesoramiento sólido sobre la reducción del riesgo y el uso juicioso y eficaz de estos productos;
8.1.2 fomentar, en la medida que sea posible, un proceso de suministro basado en las necesidades del mercado y no en la compra por el Estado, para reducir las posibilidades de que se acumulen existencias excesivas. En todo caso, cuando los gobiernos, los órganos paraestatales, los programas de ayuda u otros organismos adquieran plaguicidas, tal compra debería basarse en las directrices de la FAO y de la OMS sobre la licitación y las adquisiciones para los plaguicidas (4, 5);
8.1.3 asegurar que cualesquiera subvenciones o donaciones de plaguicidas no determinen un uso excesivo o injustificado que podría desviar el interés por medidas alternativas más sostenibles.
8.2 La industria de los plaguicidas debería:
8.2.1 adoptar todas las medidas necesarias para asegurar que los plaguicidas comercializados internacionalmente se ajusten, como mínimo a:
8.2.1.1 los convenios internacionales y las reglamentaciones regionales, subregionales o nacionales pertinentes;
8.2.1.2 las especificaciones recomendadas pertinentes de la FAO o de la OMS en los casos en que se hayan preparado tales especificaciones;
8.2.1.3 los principios incluidos en el SGA y en las directrices pertinentes de la FAO o de la OMS sobre clasificación y etiquetado;
8.2.1.4 a las normas y reglamentos sobre envasado, marcado y transporte establecidos por las Recomendaciones relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas de las Naciones Unidas (46) y por las organizaciones internacionales que se ocupan de las modalidades específicas de transporte (p. ej., OACI[66], OMI[67], RID[68], ADR[69] e IATA[70]).
8.2.2 asegurar que los plaguicidas que se fabrican para la exportación están sujetos a los mismos requisitos y normas de calidad que los aplicados por el fabricante a productos similares de utilización local;
8.2.3 asegurar que los plaguicidas fabricados o formulados por una compañía filial cumplan los requisitos y normas pertinentes de calidad, que deberían ser consistentes con los requisitos del país en que se halle la compañía filial y con los de la compañía central;
8.2.4 estimular a las agencias importadoras, a los formuladores nacionales y regionales y a sus respectivas organizaciones comerciales, a cooperar para lograr prácticas correctas y seguras de comercialización y distribución que reduzcan los riesgos vinculados a los plaguicidas, y a colaborar con las autoridades en la eliminación de prácticas contrarias a la ética dentro de la industria;
8.2.5 reconocer que puede ser necesario que un fabricante o distribuidor retire un plaguicida en caso de que su uso, tal como se recomienda, entrañe un riesgo inaceptable para la salud humana y animal o para el medio ambiente, y actuar en consecuencia;
8.2.6 esforzarse en asegurar que los plaguicidas sean comercializados y ofrecidos para la venta por comerciantes acreditados, que preferiblemente sean miembros de una organización comercial reconocida;
8.2.7 asegurar que las personas que intervienen en la venta de plaguicidas tengan una capacitación adecuada, posean el permiso o la licencia oficial apropiada, (si tales permisos o licencias existen) y tengan acceso a información suficiente, como hojas de datos de seguridad, para ser capaces de asesorar al comprador sobre la reducción del riesgo y el uso juicioso y eficaz de los plaguicidas;
8.2.8 poner a disposición, de conformidad con los requisitos nacionales, subregionales o regionales una gama de tamaños y tipos de envases que se ajusten a las necesidades de los agricultores en pequeña escala, de las familias y otros usuarios locales, a fin de reducir los riesgos y disuadir a los compradores de reenvasar los productos en envases sin etiqueta o inapropiados;
8.2.9 no suministrar deliberadamente para la venta plaguicidas de uso limitado a determinados grupos a usuarios no autorizados.
8.3 El comprador de plaguicidas debería establecer unos procedimientos de compra que eviten la acumulación de un suministro excesivo de plaguicidas y considerar la posibilidad de que el contrato de compra incluya cláusulas específicas sobre el almacenamiento del plaguicida, su distribución, y los servicios de disposición final (4, 5).
Artículo 9. Intercambio de información
9.1 Los gobiernos deberían:
9.1.1 promover el establecimiento o fortalecimiento de redes de intercambio de información sobre plaguicidas y MIP/MIV, a través de instituciones nacionales, organizaciones internacionales, regionales y subregionales y grupos de interés público;
9.1.2 facilitar el intercambio de información entre las autoridades de reglamentación y aplicación con miras a fortalecer la cooperación. La información que ha de intercambiarse debería incluir:
9.1.2.1 medidas adoptadas a fin de prohibir o limitar estrictamente la utilización de un plaguicida para proteger la salud humana o el medio ambiente, con la información adicional que se solicite;
9.1.2.2 información científica, técnica, económica, reglamentaria y jurídica sobre plaguicidas, que incluya datos toxicológicos, ambientales y de seguridad;
9.1.2.3 la disponibilidad de recursos y conocimientos técnicos en relación con las actividades de reglamentación de plaguicidas;
9.1.2.4 casos de plaguicidas falsificados[71] e ilegales que estén comercializados;
9.1.2.5 datos sobre incidentes de envenenamiento y contaminación ambiental.
9.2 Además se alienta a los gobiernos a elaborar:
9.2.1 una legislación que consienta el acceso público a la información referente a los riesgos de los plaguicidas y al proceso de reglamentación, al tiempo que se protege la propiedad intelectual;
9.2.2 procedimientos administrativos que confieran transparencia al proceso de reglamentación y faciliten la participación de la opinión pública en el mismo, al tiempo que se protege la propiedad intelectual.
9.3 Las organizaciones internacionales deberían facilitar información sobre plaguicidas específicos (que incluya orientación sobre métodos de análisis) mediante documentos de criterios, hojas de datos, sesiones de capacitación y otros medios apropiados, en la medida en que se disponga de recursos para ello.
9.4 Todas las entidades a las que se dirige el presente Código deberían:
9.4.1 apoyar el proceso de intercambio de información y facilitar el acceso a la información, en particular sobre los peligros y riesgos de los plaguicidas, sus residuos en los alimentos, el agua potable y el medio ambiente, el uso de plaguicidas en o sobre productos no alimenticios, el MIP/MIV, la eficacia de los plaguicidas, las alternativas a los plaguicidas muy peligrosos y las medidas de reglamentación y política correspondientes;
9.4.2 alentar la colaboración entre grupos de interés público, organizaciones internacionales, gobiernos y otras partes interesadas a fin de asegurar que los países reciban la información que necesitan para cumplir los objetivos del Código.
Artículo 10. Etiquetado, envasado, almacenamiento y disposición final
10.1 Todos los envases de plaguicidas deberían ir claramente etiquetados de conformidad con los reglamentos pertinentes o el SGA (45) y las directrices de la FAO y de la OMS sobre buenas prácticas de etiquetado para los plaguicidas (3).
10.2 La industria de los plaguicidas debería utilizar etiquetas que:
10.2.1 se ajusten a los requisitos de registro e incluyan recomendaciones coherentes con las de las autoridades pertinentes del país en que se vende el producto;
10.2.2 incluyan, siempre que sea posible, símbolos y pictogramas adecuados con sus palabras clave o expresiones del peligro y riesgo, además de las instrucciones, advertencias y precauciones escritas en el idioma o idiomas apropiados;
10.2.3 cumplan los requisitos nacionales de etiquetado o, a falta de normas nacionales más detalladas, el SGA, las orientaciones de la FAO y la OMS sobre el etiquetado de plaguicidas y otros requisitos internacionales pertinentes en materia de etiquetado;
10.2.4 incluyan, en el idioma o los idiomas adecuados, una advertencia contra la reutilización de los envases e instrucciones para la descontaminación y la eliminación segura de los envases usados;
10.2.5 identifiquen cada lote o remesa del producto en números o en letras que resulten comprensibles sin necesidad de otros códigos de referencia;
10.2.6 muestren claramente la fecha de salida de fábrica (mes y año) del lote o la remesa (21), la fecha de caducidad (según proceda) y la información pertinente sobre la estabilidad en almacén del producto.
10.3 La industria de los plaguicidas, en cooperación con las autoridades, debería asegurar que:
10.3.1 el envasado, almacenamiento y disposición final de los plaguicidas se ajusten en principio, cuando proceda, a las directrices o reglamentos pertinentes de la FAO, el PNUMA, la OMS (34, 35, 47, 49, 50) u otras directrices internaciones;
10.3.2 el envasado se realice únicamente en instalaciones autorizadas que cumplan la normativa de seguridad en las que la autoridad competente tenga la convicción de que el personal está suficientemente protegido contra los peligros tóxicos, de que se dispone de medidas adecuadas para evitar la contaminación ambiental, de que el producto resultante se envasará y etiquetará adecuadamente y de que el contenido cumplirá las correspondientes normas de calidad.
10.4 Los gobiernos deberían adoptar las medidas reglamentarias necesarias para prohibir el reenvasado y la decantación de cualquier plaguicida en envases de alimentos, bebidas, alimentos para animales u otros envases inadecuados y para hacer cumplir estrictamente las medidas punitivas que induzcan eficazmente a abstenerse de tales prácticas.
10.5 Los gobiernos, con ayuda de la industria de plaguicidas y con la cooperación multilateral, deberían hacer un inventario de las existencias de plaguicidas en desuso o no utilizables y envases vacíos de plaguicidas, así como establecer y 23 poner en práctica un plan de acción para eliminarlos, o para resolver los casos de lugares contaminados (40), y llevar un registro de tales actividades.
10.6 Los gobiernos deberían garantizar que el tratamiento y la disposición final de los residuos de plaguicidas peligrosos se lleve a cabo de manera ecológicamente adecuada, en cumplimiento de las reglamentaciones nacionales y regionales, de las normas internacionales pertinentes y de los acuerdos multinacionales sobre medio ambiente, en particular el Convenio de Basilea.
10.7 La industria de los plaguicidas debería prestar asistencia, con cooperación multilateral, para la disposición final de cualesquiera plaguicidas prohibidos u obsoletos, así como de los envases usados, de una manera ecológicamente adecuada que incluya su reutilización o reciclado con un riesgo mínimo, cuando ello esté autorizado y resulte apropiado.
10.8 Los gobiernos, la industria de los plaguicidas, las organizaciones internacionales, la comunidad agrícola y los programas de control de vectores deberían aplicar políticas y prácticas que eviten la acumulación de plaguicidas obsoletos y envases usados (36).
Artículo 11. Publicidad
11.1 Los gobiernos deberían aprobar y aplicar una legislación en la que se reglamente la publicidad de plaguicidas en todos los medios de información, para garantizar que esta se ajuste a las condiciones de registro por lo que respecta a las indicaciones y precauciones indicadas en la etiqueta, en particular en relación con el mantenimiento y la utilización adecuados del equipo de aplicación, el equipo de protección personal apropiado, las precauciones especiales que deben adoptarse con los grupos vulnerables y los peligros que comporta la reutilización de los envases (45).
11.2 La industria de los plaguicidas debería asegurar:
11.2.1 que todas las afirmaciones utilizadas en la publicidad se justifiquen técnicamente;
11.2.2 que los anuncios no contengan ninguna afirmación o presentación visual que, directamente o por implicación, omisión, ambigüedad o exageración, entrañe la probabilidad de inducir a error al comprador, en particular en lo que respecta a la “seguridad” del producto, su naturaleza, composición, idoneidad para el uso o reconocimiento o aprobación oficiales;
11.2.3 que los plaguicidas que por ley pueden ser utilizados solamente por operadores capacitados y autorizados no se anuncien al público en general a través de publicaciones que no sean las destinadas a los encargados de tales operaciones, a menos que se indique de forma clara y destacada la limitación de su disponibilidad;
11.2.4 que ninguna compañía o persona comercialice simultáneamente en un país distintos ingredientes activos de plaguicidas o combinaciones de ingredientes con un mismo nombre comercial;
11.2.5 que la publicidad no fomente usos distintos de los especificados en la etiqueta aprobada;
11.2.6 que el material promocional no incluya recomendaciones que discrepen de las decisiones reglamentarias nacionales;
11.2.7 que en los anuncios no se reproduzcan incorrectamente los resultados de la investigación o de citas de obras técnicas y científicas, ni se utilice una jerga científica para hacer ver bases científicas que no poseen;
11.2.8 que no se hagan declaraciones relativas a la seguridad, tales como “seguro”, “no venenoso”, “inocuo”, “no tóxico”, “ecológicamente adecuado” o “compatible con el MIP/MIV” en etiquetas, folletos u otras clases de material publicitario sin una frase que las matice, como, por ejemplo: “si se utiliza según las instrucciones”. [Sin embargo, se podrá incluir una referencia al empleo en el marco de programas concretos de MIP/MIV si la autoridad de reglamentación la ha autorizado y si la declaración se matiza en consecuencia];
11.2.9 que no se hagan declaraciones en las que se compare el riesgo, el peligro o la “seguridad” de diferentes plaguicidas u otras sustancias;
11.2.10 que no se haga ninguna afirmación errónea con respecto a la eficacia del producto;
11.2.11 que no se dé ninguna garantía expresa o implícita, por ejemplo “más beneficios... ” o “garantiza altos rendimientos”, a menos que se disponga de pruebas concluyentes para justificar tales declaraciones;
11.2.12 que los anuncios no contengan ninguna representación visual de prácticas potencialmente peligrosas, tales como la mezcla o la aplicación sin suficiente ropa protectora, o el uso en proximidad de alimentos o en presencia de niños;
11.2.13 que los anuncios o el material promocional dirijan la atención a expresiones o símbolos apropiados de advertencia, tales como los establecidos en el SGA y en las directrices de la FAO y de la OMS para el etiquetado (3);
11.2.14 que la literatura técnica ofrezca información suficiente sobre las prácticas correctas, incluyendo el respeto de la dosificación, la frecuencia de aplicación y los intervalos antes de la cosecha recomendados en un lenguaje que resulte comprensible para los usuarios finales;
11.2.15 que no se hagan comparaciones falsas o equívocas con otros plaguicidas;
11.2.16 que todo el personal que interviene en la promoción de ventas tenga una capacitación adecuada y conocimientos técnicos suficientes para presentar una información completa, exacta y válida sobre los productos que se ofrecen para la venta;
11.2.17 que los anuncios estimulen a los compradores y usuarios a leer atentamente la etiqueta o a que alguien la lea en su lugar si no pueden hacerlo;
11.2.18 que los anuncios y actividades promocionales no incluyan incentivos inapropiados o premios para alentar la compra de los plaguicidas.
11.3 Las organizaciones internacionales y los grupos de interés público deberían llamar la atención sobre las desviaciones con respecto al presente artículo.
Artículo 12. Cumplimiento del Código y seguimiento de su aplicación
12.1 La publicación del Código debería corresponder a la FAO, la OMS y el PNUMA y su aplicación debería llevarse a cabo en virtud de un esfuerzo de colaboración entre todas las entidades a las que va dirigido.
12.2 El Código debería señalarse a la atención de todos los interesados en la reglamentación, fabricación, distribución y utilización de plaguicidas, a fin de que los gobiernos, la industria de los plaguicidas y otras entidades a las que va dirigido el presente Código y que están en condiciones de promover prácticas de gestión sostenible de plagas y vectores, tengan conciencia de su responsabilidad en la tarea conjunta de asegurar que se alcancen los objetivos del Código.
12.3 Todas las entidades a las que va dirigido el presente Código deberían promover la aplicación de los principios y pautas éticas en él enunciados, prescindiendo de la capacidad de cualesquiera de las otras entidades de observarlo. La industria de los plaguicidas debería cooperar plenamente en la observancia del Código y promover los principios y pautas éticas expresados por el mismo, independientemente de si el gobierno es capaz o no de observarlo.
12.4 Independientemente de las medidas que se adopten en relación con la observancia de este Código, deberían cumplirse estrictamente todas las disposiciones pertinentes de los reglamentos, ya sean de carácter legislativo, administrativo, judicial o consuetudinario, en materia de responsabilidades, protección del consumidor, conservación, control de la contaminación y otras cuestiones afines.
12.5 Se alienta a los Gobiernos y otras entidades interesadas:
12.5.1 a observar las disposiciones contenidas en cualesquiera instrumentos internacionales pertinentes con respecto al manejo de las sustancias químicas, la protección del medio ambiente y la salud, el desarrollo sostenible y el comercio internacional, que guarden relación con el Código (Anexo 1);
12.5.2 a que si aún no han suscrito, ratificado o accedido a tales instrumentos, evalúen la oportunidad de hacerlo a la mayor brevedad posible.
12.6 La FAO, la OMS, el PNUMA y otras organizaciones internacionales pertinentes deberían apoyar plenamente la observancia del Código.
12.7 Los gobiernos, en colaboración con la FAO, la OMS y el PNUMA, deberían vigilar la observancia del Código e informar a los Directores Generales de la FAO y de la OMS y al Director Ejecutivo del PNUMA sobre los progresos realizados (53).
12.8 Se invita a la industria de los plaguicidas a presentar informes a los Directores Generales de la FAO y de la OMS y al Director Ejecutivo del PNUMA sobre sus actividades de gestión de los productos en relación con la observancia del Código (54).
12.9 Se invita a las ONG y otras entidades interesadas a realizar un seguimiento de las actividades relacionadas con la aplicación del Código e informar sobre las mismas a los Directores Generales de la FAO y de la OMS y al Director Ejecutivo del PNUMA (54).
12.10 Los órganos rectores de la FAO, de la OMS y del PNUMA deberían examinar periódicamente la pertinencia y eficacia del Código. El Código debería considerarse un texto dinámico, que deberá ponerse al día cuando proceda teniendo en cuenta el progreso técnico, económico y social.
Programa del 39.º período de sesiones de la
Conferencia |
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Introducción |
|
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11. 1. |
Elección del
Presidente y los vicepresidentes |
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||||
2.
|
Nombramiento del
Comité General y del Comité de Credenciales |
|
||||
3.
|
Aprobación del
programa y de las disposiciones para el período de sesiones |
|
||||
4.
|
Admisión de
observadores |
|
||||
Nombramientos y elecciones |
|
|||||
5.
|
Nombramiento
del Director General |
|
||||
6.
|
Nombramiento del Presidente Independiente del Consejo |
|
||||
7.
|
Elección de miembros del Consejo |
|
||||
8.
|
Nombramiento de los representantes de la Conferencia de la FAO en el Comité de Pensiones del Personal |
|
||||
Asuntos sustantivos y de políticas |
|
|||||
9.
|
Examen del estado de la alimentación y la agricultura |
|
||||
A. Conferencias regionales |
|
|||||
10.
|
Asuntos regionales y mundiales relacionados con las políticas y la regulación planteados en los siguientes informes: |
|
||||
|
10.1 |
Informe de la
32.ª Conferencia Regional para el Cercano Oriente |
|
|||
|
10.2 |
Informe de la
32.ª Conferencia Regional para Asia y el Pacífico |
|
|||
|
10.3 |
Informe de la 28.ª Conferencia Regional para África (Túnez [Túnez], 24-28 de marzo de 2014) |
|
|||
|
10.4 |
Informe de la 29.ª Conferencia Regional para Europa (Bucarest [Rumania], 1-4 de abril de 2014) |
|
|||
|
10.5 |
Informe de la 33.ª Conferencia Regional para América Latina y el Caribe (Santiago [Chile], 6-9 de mayo de 2014) |
|
|||
|
10.6 |
Aportación de la Tercera Conferencia Regional Oficiosa para América del Norte (Washington, D.C. [Estados Unidos de América], 15 y 16 de abril de 2014) |
|
|||
B. Comités técnicos |
|
|||||
11.
|
Asuntos mundiales relacionados con las políticas y la regulación planteados en los siguientes informes: |
|
||||
|
11.1 |
Informe del 31.º período de sesiones del Comité de Pesca (9-13 de junio de 2014) |
|
|||
|
11.2 |
Informe del 22.º período de sesiones del Comité Forestal (23-27 de junio de 2014) |
||||
|
11.3 |
Informe del 24.º período de sesiones del Comité de Agricultura (29 de septiembre a 3 de octubre de 2014) |
|
|||
|
11.4 |
Informe del 70.º período de sesiones del Comité de Problemas de Productos Básicos (7-9 de octubre de 2014) |
|
|||
C. Comité de Seguridad
Alimentaria Mundial |
|
|||||
12.
|
Informes de los períodos de sesiones 40.º (7-11 de octubre de 2013) y 41.º (13-18 de octubre de 2014) del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial |
|
||||
D. Otros asuntos sustantivos
y de políticas |
|
|||||
13.
|
Progresos realizados con respecto a las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de interés para la FAO y a la agenda para el desarrollo después de 2015 |
|
||||
14.
|
Informe sobre la revisión cuatrienal amplia de la
política relativa a las actividades operacionales para el desarrollo del
sistema de las Naciones Unidas |
|
||||
15.
|
Informe de la
15.ª reunión ordinaria de la Comisión de Recursos Genéticos para la
Alimentación y la Agricultura (19-23 de enero de 2015) |
|
||||
16.
|
Segunda Conferencia Internacional sobre Nutrición (CIN2) convocada conjuntamente por la FAO y la OMS (19-21 de noviembre de 2014) |
|
||||
17.
|
Años y días
internacionales: |
|
||||
|
17.1 |
Evaluación del Año Internacional de la Quinua (2013) |
|
|||
|
17.2 |
Evaluación del
Año Internacional de la Agricultura Familiar (2014) |
|
|||
|
17.3 |
Año Internacional de los Suelos (2015) y Día Mundial del Suelo |
|
|||
|
17.4 |
Año Internacional de las Legumbres (2016) |
|
|||
18.
|
Alianza mundial sobre los suelos |
|
||||
19.
|
Programa Mundial
de Alimentos de las Naciones Unidas y la FAO |
|
||||
Asuntos programáticos y
presupuestarios |
|
|||||
20.
|
Informe sobre la ejecución del programa en 2012-13 |
|
||||
21.
|
Informe sobre la evaluación del programa en 2015 |
|
||||
22.
|
Síntesis de las evaluaciones de las oficinas regionales y subregionales de la FAO |
|
||||
23.
|
Plan a plazo medio para 2014-17 (revisado) y Programa de trabajo y presupuesto para 2016-17 (proyecto de resolución sobre la cuantía del presupuesto) |
|
||||
|
Asuntos de gobernanza, jurídicos, administrativos
y financieros |
|
||||
|
A. Asuntos de gobernanza |
|
||||
|
24. |
Evaluación de las reformas de la gobernanza, en la que se tomará en consideración el informe del Examen independiente |
|
|||
|
B. Asuntos constitucionales y jurídicos |
|
||||
|
25. |
Enmiendas a los Textos Fundamentales |
|
|||
|
|
25.1 |
Propuestas de enmiendas al artículo XII.10 a) del Reglamento General de la Organización (proyecto de resolución) |
|
||
|
|
25.2 |
Propuestas de enmiendas a los párrafos 3, 4, 12 y 13 del artículo XII del Reglamento General de la Organización (proyecto de resolución) |
|
||
|
|
25.3 |
Propuestas de enmiendas al artículo XXXIII del Reglamento General de la Organización (proyecto de resolución) |
|
||
|
26. |
Otros asuntos constitucionales y jurídicos |
|
|||
|
C. Asuntos administrativos y financieros |
|
||||
|
27. |
Cuentas
comprobadas de 2012-13 (proyecto de resolución) |
|
|||
|
28. |
Escala de cuotas para 2016-17 (proyecto de resolución) |
|
|||
|
29. |
Pago de la Unión Europea para sufragar los gastos administrativos y de otro tipo derivados de su condición de Miembro de la Organización |
|
|||
|
30. |
Otros asuntos administrativos y financieros |
|
|||
|
Otros asuntos |
|
||||
|
31. |
Fecha y lugar del 40.º período de sesiones de la Conferencia |
|
|||
|
32. |
Asuntos varios |
|
|||
|
|
32.1 |
Disertación
en memoria de McDougall |
|
||
|
|
32.2 |
In memóriam |
|
||
|
Se distribuyeron documentos informativos sobre los siguientes temas: |
|
||||
|
A. |
Tratados multilaterales depositados en poder del Director General |
|
|||
|
B. |
Estado de las contribuciones |
|
|||
Apéndice B Lista
de documentos |
C 2015/1 |
Programa provisional |
C 2015/2 Rev.1 |
El estado mundial de la agricultura y la alimentación. Romper el ciclo de pobreza rural y hambre mediante el fortalecimiento de la resiliencia rural: la protección social y el desarrollo agrícola sostenible |
C 2015/3 |
Plan a plazo medio para 2014-17 (revisado) y Programa de trabajo y presupuesto para 2016-17 |
C 2015/3, Nota informativa n.º 1 |
Supuestos y estimaciones de aumento de los costos: Información adicional y actualización |
C 2015/3, Nota informativa n.º 2 |
Nuevos aumentos de eficiencia y ahorros por eficiencia |
C 2015/3, Nota informativa n.º 3 |
Reducción de los costos de personal: Examen por la CAPI del régimen de remuneración del personal |
C 2015/3, Nota informativa n.º 4 |
Esferas programáticas que requieren mayor o menor atención en 2016-17 |
C 2015/3, Nota informativa n.º 5 |
Uso del Programa de cooperación técnica de la FAO para ayudar a los pequeños Estados insulares en desarrollo a adaptarse al cambio climático |
C 2015/4 |
Informe sobre la evaluación del programa en 2015 |
C 2015/5 A |
Cuentas comprobadas de la FAO, 2012-13 |
C 2015/5 B |
Cuentas comprobadas de la FAO, 2012-13. Parte B: Informe del Auditor Externo |
C 2015/6 Rev.1 |
Nombramiento de los representantes de la Conferencia de la FAO en el Comité de Pensiones del Personal |
C 2015/7 |
Nombramiento
del Director General |
C 2015/8 |
Informe sobre la ejecución del programa en 2012-13 |
C 2015/9 Rev.1 |
Nombramiento del Presidente Independiente del Consejo |
C 2015/10 |
Síntesis de las evaluaciones de las oficinas regionales y subregionales de la FAO |
C 2015/10 Sup.1 |
Síntesis de las evaluaciones de las oficinas regionales y subregionales de la FAO: Opiniones de la Administración |
C 2015/11 |
Elección de miembros del Consejo |
C 2015/12 |
Disposiciones para el 39.º período de sesiones de la Conferencia |
C 2015/13 |
Admisión de representantes y observadores de organizaciones internacionales al período de sesiones |
C 2015/14 |
Informe de la 28.ª Conferencia Regional de la FAO para África (Túnez [Túnez], 24-28 de marzo de 2014) |
C 2015/15 |
Informe de la 32.ª Conferencia Regional de la FAO para Asia y el Pacífico (Ulaanbaatar [Mongolia], 10-14 de marzo de 2014) |
C 2015/16 Rev.1 |
Informe de la 29.ª Conferencia Regional de la FAO para Europa (Bucarest [Rumania], 1-4 de abril de 2014) |
C 2015/17 |
Informe de la 33.ª Conferencia Regional para América Latina y el Caribe (Santiago [Chile], 6-9 de mayo de 2014) |
C 2015/18 |
Informe de la 32.ª Conferencia Regional de la FAO para el Cercano Oriente (Roma [Italia], 24-28 de febrero de 2014) |
C 2015/19 |
Informe del 40.º período de sesiones del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (Roma, 7-11 de octubre de 2013) |
C 2015/20 |
Informe del 41.º período de sesiones del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (Roma, 13-18 de octubre de 2014) |
C 2015/21 |
Informe del 24.º período de sesiones del Comité de Agricultura (29 de septiembre a 3 de octubre de 2014) |
C 2015/22 |
Informe del 70.º período de sesiones del Comité de Problemas de Productos Básicos (7-9 de octubre de 2014) |
C 2015/23 |
Informe del 31.º período de sesiones del Comité de Pesca (Roma, 9-13 de junio de 2014) |
C 2015/24 |
Informe del 22.º período de sesiones del Comité Forestal (Roma, 23-27 de junio de 2014) |
C 2015/25 Rev.1 (en español solamente) |
Examen independiente de las reformas de la gobernanza de la FAO: Informe final |
C 2015/26 Rev.1 |
Evaluación de las reformas de la gobernanza de la FAO |
C 2015/27 |
Informe de la 15.ª reunión ordinaria de la Comisión de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura (Roma, 19-23 de enero de 2015) |
C 2015/28 Rev.1 |
Informe de situación sobre la resistencia a los antimicrobianos |
C 2015/29 |
Informe provisional sobre la revisión cuatrienal amplia de la política relativa a las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo |
C 2015/30 |
Segunda Conferencia Internacional sobre Nutrición (CIN-2) convocada conjuntamente por la FAOy la OMS (19-21 de noviembre de 2014) |
C 2015/31 |
Alianza mundial sobre los suelos: Carta Mundial de los Suelos |
C 2015/32 |
Evaluación del Año Internacional de la Quinua (2013) |
C 2015/33 |
Evaluación del Año Internacional de la Agricultura Familiar (2014) |
C 2015/34 |
Año Internacional de los Suelos y Día Mundial del Suelo |
C 2015/35 |
Año Internacional de las Legumbres (2016) |
C 2015/36 Rev.2 |
Progresos realizados con respecto a las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de interés para la FAO y a la agenda para el desarrollo después de 2015 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible |
|
|
Serie C 2015/INF |
|
C 2015/INF/1 |
Calendario provisional |
C 2015/INF/2 |
Declaración de competencias y derechos de voto presentada por la Unión Europea y sus Estados miembros |
C 2015/INF/3 |
Declaración del Director General |
C 2015/INF/4 |
Lista de documentos |
C 2015/INF/5 |
Tratados multilaterales depositados en poder del Director General |
C 2015/INF/6 |
Notificación del deseo de formar parte del Comité de Problemas de Productos Básicos, el Comité de Pesca, el Comité Forestal, el Comité de Agricultura y el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial |
C 2015/INF/7 |
29.ª disertación en memoria de McDougall |
C 2015/INF/8 |
Estado de las cuotas corrientes y los atrasos a 1 de junio de 2015 |
C 2015/INF/9 |
Discurso de Su Santidad el Papa Francisco |
|
|
Serie C 2015/LIM |
|
C 2015/LIM/1 |
Aportación de la Tercera Conferencia Regional Oficiosa para América del Norte (Washington, D.C. [Estados Unidos de América], 15 -16 de abril de 2014) |
C 2015/LIM/2 |
Enmienda
al artículo XII.3, 4, 12 y 13 del Reglamento General de la Organización |
C 2015/LIM/3 |
Enmienda
al artículo XII.10 a) del Reglamento General de la Organización |
C 2015/LIM/4 |
Enmiendas
al artículo XXXIII del Reglamento General de la Organización |
C 2015/LIM/5 |
Informe
sobre la ejecución del programa en 2012-13 |
C 2015/LIM/6 |
Cuentas
comprobadas de la FAO correspondientes a 2012-13 |
C 2015/LIM/7 |
Plan
a plazo medio para 2014-17 (revisado) y Programa de trabajo y presupuesto
para 2016-17 |
C 2015/LIM/8 |
Disposiciones
para el 39.º período de sesiones de la Conferencia |
C 2015/LIM/9 |
Escala
de cuotas para 2016-17 |
C 2015/LIM/10-CL 150/12 |
Informe anual de la Junta Ejecutiva del PMA al Consejo Económico y Social y al Consejo de la FAO correspondiente a 2013 |
C 2015/LIM/11 |
Abolición del sistema de incentivos para el pago puntual de las cuotas asignadas |
C 2015/LIM/12 |
Examen
de los órganos estatutarios de la FAO |
C 2015/LIM/13 |
Pago de la Unión Europea para sufragar los gastos administrativos y de otro tipo derivados de su condición de Miembro de la Organización |
C 2015/LIM/14 |
Informe de la primera sesión del Comité General |
C 2015/LIM/15 |
Primer informe del Comité de Credenciales |
C 2015/LIM/16 |
Síntesis de las evaluaciones de las oficinas regionales y subregionales de la FAO |
C 2015/LIM/17 |
Informe de la segunda sesión del Comité General |
C 2015/LIM/18 |
Segundo informe del Comité de Credenciales |
C 2015/LIM/19 |
Informe de la tercera sesión del Comité General |
Documentos C 2015 para
la Web |
|
C 2015 |
Lista provisional de delegados y observadores |
Serie C 2015 REP |
|
C 2015/REP/1 a 10 |
Proyectos de informe del pleno |
y |
|
C 2015/REP/25 a 32 |
|
|
|
C 2015/I/REP/11 a 20 |
Proyectos de informe de la Comisión I |
|
|
C 2015/II/REP/21 a 24 |
Proyectos de informe de la Comisión II |
|
|
Serie C 2015 PV |
|
C 2015/PV/1 a 10 |
Actas literales del pleno |
C 2015/I/PV/1 a 5 |
Actas literales de la Comisión I |
C 2015/II/PV/1 y 3 |
Actas literales de la Comisión II |
|
|
Serie C 2015 DJ |
|
C 2015/DJ/1 a 8 |
Diarios de la Conferencia |
C 2015/DJ/Avisos |
|
Apéndice C Escala de cuotas para
2016-17 |
|
Escala propuesta[68] |
Escala actual[69] |
Estado Miembro |
2016-17 |
2014-15 |
Afganistán |
0,005 |
0,005 |
Albania |
0,010 |
0,010 |
Alemania |
7,142 |
7,142 |
Andorra |
0,008 |
0,008 |
Angola |
0,010 |
0,010 |
Antigua y Barbuda |
0,002 |
0,002 |
Arabia Saudita |
0,864 |
0,864 |
Argelia |
0,137 |
0,137 |
Argentina |
0,432 |
0,432 |
Armenia |
0,007 |
0,007 |
Australia |
2,074 |
2,074 |
Austria |
0,798 |
0,798 |
Azerbaiyán |
0,040 |
0,040 |
Bahamas |
0,017 |
0,017 |
Bahrein |
0,039 |
0,039 |
Bangladesh |
0,010 |
0,010 |
Barbados |
0,008 |
0,008 |
Belarús |
0,056 |
0,056 |
Bélgica |
0,998 |
0,998 |
Belice |
0,001 |
0,001 |
Benin |
0,003 |
0,003 |
Bhután |
0,001 |
0,001 |
Bolivia |
0,009 |
0,009 |
Bosnia y Herzegovina |
0,017 |
0,017 |
|
Escala propuesta[70] |
Escala actual[71] |
Estado Miembro |
2016-17 |
2014-15 |
Botswana |
0,017 |
0,017 |
Brasil |
2,934 |
2,934 |
Brunei Darussalam |
0,026 |
0,026 |
Bulgaria |
0,047 |
0,047 |
Burkina Faso |
0,003 |
0,003 |
Burundi |
0,001 |
0,001 |
Cabo Verde |
0,001 |
0,001 |
Camboya |
0,004 |
0,004 |
Camerún |
0,012 |
0,012 |
Canadá |
2,985 |
2,985 |
Chad |
0,002 |
0,002 |
Chile |
0,334 |
0,334 |
China |
5,149 |
5,149 |
Chipre |
0,047 |
0,047 |
Colombia |
0,259 |
0,259 |
Comoras |
0,001 |
0,001 |
Congo |
0,005 |
0,005 |
Costa Rica |
0,038 |
0,038 |
Côte d'Ivoire |
0,011 |
0,011 |
Croacia |
0,126 |
0,126 |
Cuba |
0,069 |
0,069 |
Dinamarca |
0,675 |
0,675 |
Djibouti |
0,001 |
0,001 |
Dominica |
0,001 |
0,001 |
Ecuador |
0,044 |
0,044 |
Egipto |
0,134 |
0,134 |
El Salvador |
0,016 |
0,016 |
Emiratos Árabes Unidos |
0,595 |
0,595 |
|
Escala propuesta[72] |
Escala actual[73] |
Estado Miembro |
2016-17 |
2014-15 |
Eritrea |
0,001 |
0,001 |
Eslovaquia |
0,171 |
0,171 |
Eslovenia |
0,100 |
0,100 |
España |
2,973 |
2,973 |
Estados Unidos de América |
22,000 |
22,000 |
Estonia |
0,040 |
0,040 |
Etiopía |
0,010 |
0,010 |
ex República Yugoslava de Macedonia |
0,008 |
0,008 |
Federación de Rusia |
2,438 |
2,438 |
Fiji |
0,003 |
0,003 |
Filipinas |
0,154 |
0,154 |
Finlandia |
0,519 |
0,519 |
Francia |
5,594 |
5,594 |
Gabón |
0,020 |
0,020 |
Gambia |
0,001 |
0,001 |
Georgia |
0,007 |
0,007 |
Ghana |
0,014 |
0,014 |
Granada |
0,001 |
0,001 |
Grecia |
0,638 |
0,638 |
Guatemala |
0,027 |
0,027 |