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Indice

I. Antecedentes

II. Esferas de intervención que abarcará este Fondo Fiduciario de la FAO

III. Contribuciones

IV. Procedimientos para la utilización del Fondo Fiduciario de la FAO

V. Administración de los fondos y presentación de informes por parte de la FAO


I. Antecedentes

La Cumbre Mundial sobre la Alimentación, celebrada en noviembre de 1996, fue la primera reunión mundial al más alto nivel político que se concentró exclusivamente en la seguridad alimentaria. Con la aprobación de la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial y el Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación se renovó el compromiso de la comunidad internacional de garantizar alimentos para todos. La Declaración enuncia la meta última y el objetivo inmediato: "Prometemos consagrar nuestra voluntad política y nuestra dedicación común y nacional a conseguir la seguridad alimentaria para todos y a realizar un esfuerzo constante para erradicar el hambre de todos los países, con el objetivo inmediato de reducir el número de personas desnutridas a la mitad de su nivel actual no más tarde del año 2015".

Un elemento común a todas las declaraciones y planes de acción aprobados en la última serie de conferencias mundiales es el relativo a la responsabilidad nacional y la solidaridad internacional. Las metas definidas sólo los Estados las pueden alcanzar, pero las instituciones multilaterales, cada uno con arreglo a su mandato y dentro de su esfera de competencia, están llamadas a prestarles asistencia y apoyo en este esfuerzo.

La FAO debe cumplir la importante función de prestar asistencia a los países en la aplicación de las disposiciones del Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación que corresponden a la esfera de su mandato y de supervisar, a través de su Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (CSA), los progresos realizados en la consecución de los objetivos de la Cumbre.

El estudio sobre el Estado de la inseguridad alimentaria en el mundo (SOFI), utilizando la información recogida mediante el Sistema de información y cartografía sobre la inseguridad alimentaria y la vulnerabilidad (SICIAV), ha revelado que el progreso hacia el objetivo de reducir a la mitad el número de personas aquejadas por el hambre es lento y que, de mantenerse la tendencia actual, la meta de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación no se alcanzará en el año 2015 sino sólo en el 2030.

En este contexto, y de conformidad con el Artículo 6.7 del Reglamento Financiero, el Director General ha establecido el Fondo Fiduciario de la FAO para la seguridad alimentaria y la prevención de emergencias de las plagas y enfermedades transfronterizas de los animales y las plantas1, con un objetivo inicial de 500 millones de dólares EE.UU.

El Fondo Fiduciario de la FAO constituirá una importante fuente de financiación basada en la demanda para complementar los fondos fiduciarios existentes, que prestan apoyo a los componentes fundamentales del Programa de Campo de la Organización, pero que últimamente se han concentrado sobre todo en las operaciones de urgencia, a expensas de proyectos con una función catalizadora destinados a abordar las necesidades estructurales a largo plazo de la población pobre (que pertenece en un 70 por ciento al sector rural) en los sectores básicos de la creación de empleo y la generación de ingresos.

II. Esferas de intervención que abarcará este Fondo Fiduciario de la FAO

Los proyectos que han de financiarse con cargo a este Fondo Fiduciario de la FAO prestarán ayuda a los gobiernos de los Estados Miembros para comenzar, fortalecer, acelerar y ampliar sus actividades en las dos esferas siguientes:

II.1 SEGURIDAD ALIMENTARIA

En la mayoría de los países de bajos ingresos y con déficit de alimentos (PBIDA) existen medios viables y sostenibles para aumentar la disponibilidad de alimentos, pero no se aplican a causa de una serie de limitaciones que impiden a los agricultores satisfacer sus necesidades básicas y aprovechar las oportunidades que surgen. Trabajando con los agricultores y otras partes interesadas para identificar y superar esas limitaciones - sean éstas de índole técnica, económica, social, institucional o política - el Programa Especial para la Seguridad Alimentaria (PESA) de la FAO, aprobado por el Consejo de la Organización en su 106º período de sesiones, en 1994, procura abrir el camino a un aumento de la productividad y un acceso más amplio a los alimentos.

Los proyectos que se financian con cargo al PESA comprenden actividades piloto de regulación del agua en pequeña escala, aumento de la productividad de los cultivos, diversificación en la cría de pequeños animales, pesca artesanal y acuicultura, análisis de las dificultades socioeconómicas y asesoramiento sobre políticas. Se promoverá la transferencia de tecnología, en particular en el marco de un plan de cooperación Sur-Sur, que constituye un instrumento de bajo costo para lograr un desarrollo apropiado desde los puntos de vista tecnológico, ecológico y sociocultural.

II.2 PREVENCIÓN DE EMERGENCIA DE LAS PLAGAS Y ENFERMEDADES TRANSFRONTERIZAS DE LOS ANIMALES Y LAS PLANTAS

Las enfermedades transfronterizas de los animales son enfermedades epizoóticas sumamente contagiosas o transmisibles, capaces de alcanzar rápidamente una difusión de graves proporciones que no se detiene en las fronteras nacionales. Estas enfermedades tienen graves consecuencias socioeconómicas o para la salud pública y pueden limitar seriamente el comercio internacional de animales y productos pecuarios. Esto puede tener efectos adversos en relación con la seguridad alimentaria de los países interesados y con la inocuidad de los alimentos para los consumidores de todo el mundo. Lo mismo vale para las plagas de langosta y otras plagas migratorias, capaces de recorrer grandes distancias y transformarse en una amenaza para los cultivos incluso a cientos o miles de kilómetros de distancia de su lugar de origen.

A través de su Sistema de prevención de emergencia (EMPRES), aprobado por el Consejo en su 106º período de sesiones, la FAO aborda actualmente este viejo problema con un nuevo enfoque, que hace hincapié en la alerta, la reacción rápida y el establecimiento de redes de investigación para asegurar la utilización de métodos más eficaces y favorables al medio ambiente. El programa se dedica sobre todo a fortalecer los sistemas de vigilancia y lucha existentes en los países afectados.

II.3 ASISTENCIA EN ESTUDIOS SOBRE PROYECTOS Y PROGRAMAS PARA AUMENTAR LA INVERSIÓN

El Centro de Inversiones de la FAO colabora con las instituciones financieras internacionales (IFI) en la formulación de estudios de viabilidad de proyectos financiables por un valor de 2 000 millones de dólares EE.UU. Tales actividades organizadas por las IFI deben ampliarse para incluir estudios sobre proyectos solicitados por los PBIDA, los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares. La preparación de estudios de viabilidad es fundamental para incrementar la inversión en el desarrollo agrícola y rural por parte del sector privado y las instituciones financieras nacionales y subregionales, además de los asociados tradicionales en el desarrollo. Estudios recientes indican que las inversiones adicionales precisas para alcanzar la meta de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación de reducir a la mitad el número de personas subnutridas para el año 2015 ascienden a 24 000 millones de dólares EE.UU. al año, aproximadamente. De la financiación extra necesaria, unos 5 000 millones de dólares EE.UU. se destinarían a la asistencia alimentaria, de los cuales alrededor de 3 000 millones de dólares EE.UU. corresponderían a asistencia en condiciones no concesionarias. De los restantes 16 000 millones de dólares EE.UU., los países en desarrollo deberían aportar 8 000 millones de dólares EE.UU. con cargo a sus presupuestos nacionales y 8 000 millones de dólares EE.UU. se sufragarían mediante asistencia bilateral y préstamos en condiciones favorables concedidos por instituciones financieras internacionales. Esta financiación adicional no será administrada por la FAO, sino que debería ser entregada directamente a los beneficiarios por las instituciones bilaterales y multilaterales pertinentes ya existentes.

III. Contribuciones

Este Fondo Fiduciario de la FAO se financiará mediante contribuciones voluntarias de gobiernos, organizaciones intergubernamentales, organizaciones no gubernamentales y el sector privado.

Las contribuciones se utilizarán exclusivamente para proyectos y programas aprobados en el marco del Programa de Labores y Presupuesto de la Organización, tal como se especifica en los apartados II.1 II.2 y II.3 supra.

IV. Procedimientos para la utilización del Fondo Fiduciario de la FAO

Las solicitudes de financiación de proyectos con cargo al Fondo Fiduciario de la FAO deberán basarse en la demanda y proceder específicamente de los países beneficiarios. Los proyectos que hayan de financiarse con cargo al Fondo Fiduciario serán formulados por la FAO junto con los gobiernos interesados, en estrecha cooperación con todas las partes pertinentes a nivel nacional. Los donantes participarán directamente en la preparación de los proyectos que hayan de financiarse con sus contribuciones; en particular, uno de sus expertos formará parte del equipo encargado de la formulación.

Se designará una dependencia central en la Sede de la FAO para que garantice la coordinación e integración de los elementos dentro del ciclo de los proyectos. Esta dependencia se encargará también de la supervisión general de las actividades y de preparar los informes parciales del Director General a los órganos rectores de la FAO.

IV.1 CRITERIOS PARA LA APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS

Los proyectos deben estar claramente relacionados con las tres esferas indicadas más arriba y plenamente integrados en los planes nacionales de seguridad alimentaria, las evaluaciones comunes para los países, el Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo (UNDAF), los documentos de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP) y otros marcos importantes de desarrollo a nivel nacional;

  • se otorgará prioridad a las necesidades de los PBIDA, los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares;
  • los proyectos tendrán como objetivo la consecución de repercusiones directas en la seguridad alimentaria a nivel nacional y familiar;
  • los proyectos crearán o reforzarán la capacidad nacional para garantizar la continuidad de las actividades, promover la autosuficiencia continua y administrar con eficacia los recursos naturales;
  • los proyectos deberán promover una colaboración más amplia, especialmente a nivel nacional, entre las Naciones Unidas y otros organismos especializados, las instituciones financieras para el desarrollo, los asociados bilaterales, las instituciones académicas y de investigación, el sector privado y las organizaciones no gubernamentales;
  • los proyectos garantizarán una interacción constante entre las actividades normativas y operacionales de la FAO, de manera que éstas se apoyen mutuamente;
  • los proyectos se basarán en un firme compromiso nacional, expresado mediante contribuciones financieras y en especie de los gobiernos;
  • los proyectos deberán tener una función catalizadora, preparando el terreno para programas más amplios de asistencia técnica e inversión apoyados por otros organismos o colmando un vacío esencial en relación con las actividades de desarrollo previstas o en curso del gobierno, en consonancia con el alcance de este programa.

IV.2 MODELO Y CONTENIDO DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes de asistencia financiada con cargo al Fondo Fiduciario de la FAO deberán contener la siguiente información básica:

  1. una breve descripción de los antecedentes y el tipo de problema que se pretende resolver, así como su relación con los marcos de desarrollo pertinente a nivel nacional (véanse los criterios anteriores);
  2. los objetivos inmediatos que se alcanzarán con el proyecto propuesto.

La FAO ayudará al Gobierno a completar la solicitud con:

  1. una exposición detallada de la asistencia solicitada en cuanto a servicios de expertos, subcontratos, equipo, suministros y capacitación, incluido el programa de trabajo específico de los especialistas, la especificación del equipo, las cantidades de suministro necesarias y cualquier otra indicación pertinente relativa a los insumos;
  2. una indicación de la forma en que el gobierno tiene intención de utilizar los insumos solicitados; el calendario de la ejecución; la designación del organismo u organización que se encargará en el país del proyecto en nombre del Gobierno; una descripción de las instalaciones y los mecanismos de apoyo en el país, incluido el personal nacional que el Gobierno tiene previsto destacar las disposiciones adoptadas por el Gobierno para el alojamiento de los expertos y consultores y la importación sin impuestos de los artículos que se suministren; el almacenamiento, el transporte y la manipulación de los insumos dentro del país por parte del gobierno beneficiario.

IV. 3 EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS SOLICITUDES

La evaluación de las solicitudes de asistencia estará coordinada por la dependencia designada e involucrará a todas las dependencias pertinentes, técnicas y operacionales, tanto de la Sede como de los países. La FAO iniciará las consultas adecuadas con el donante y tratará de obtener su acuerdo antes de la aprobación final de los proyectos que utilicen fondos aportados por ese país.

IV.4 ACUERDOS SOBRE LOS PROYECTOS

Cada proyecto estará comprendido en un plan de operaciones o acuerdo sobre el proyecto que firmarán tanto el Gobierno como la FAO. La finalidad básica de un acuerdo sobre el proyecto es bosquejar los objetivos de la asistencia y determinar claramente las obligaciones que incumben a ambas partes en la realización del proyecto. El acuerdo sobre el proyecto será conciso y contendrá los siguientes elementos:

  1. Resumen del proyecto
  2. Antecedentes y justificación
  3. Objetivos específicos de la asistencia que se ha de prestar
  4. Plan de trabajo
  5. Aportaciones de la FAO
  6. Requisitos para la presentación de informes y disposiciones complementarias
  7. Contribución del Gobierno, en efectivo o en especie, y disposiciones administrativas de apoyo
  8. viii. Presentación del presupuesto
  9. Para las actividades en pequeña escala, como las misiones de identificación, formulación y evaluación del proyecto (por ejemplo, misiones del Centro de Inversiones de la FAO), otras consultorías a corto plazo y la entrega de suministros y equipo urgentes, puede utilizarse una forma abreviada de acuerdo. En ella deberían indicarse brevemente los objetivos específicos y la finalidad perseguida con la asistencia de la FAO.

    La FAO sigue siendo responsable de la preparación de los acuerdos sobre los proyectos en su versión final. Sin embargo, sería útil que el gobierno interesado, en cooperación con el Representante de la FAO en el país, preparara, en la medida de lo posible, la información relativa a los apartados ii a vii supra en borrador. Una solicitud del Gobierno que vaya acompañada por un borrador de acuerdo sobre el proyecto facilitaría considerablemente el proceso de evaluación y aprobación en la Sede de la FAO. Se preparará un modelo del acuerdo sobre el proyecto destinado a los Representantes de la FAO.

    IV.5 ASIGNACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DE LA REALIZACIÓN

    La responsabilidad para la ejecución y la supervisión se asignará de conformidad con los procedimientos de la FAO. En los casos en que los proyectos se subcontraten a instituciones nacionales, la FAO ofrece supervisión técnica.

    IV.6 CONTRATACIÓN DE EXPERTOS Y CONSULTORES

    Se señala a la atención de los gobiernos de los Estados Miembros la necesidad de acelerar el proceso de autorización de los expertos y consultores propuestos para emprender una tarea en particular. A menos que se aceleren los procedimientos oficiales en este sentido, en muchos casos se verá comprometida la eficacia de la asistencia. Se aprovechará al máximo el personal especializado de la FAO en la Sede y las Oficinas Regionales, así como el personal nacional con experiencia para los servicios de supervisión y asesoramiento prestados a los proyectos.

    IV.7 EQUIPO Y SUMINISTROS

    Para la adquisición de equipo y suministros con destino a los proyectos que han de financiarse con cargo al Fondo Fiduciario de la FAO se aprovecharán, en la medida de lo posible, fuentes locales o el punto de suministro más cercano dentro de la región. En el caso de las compras locales de equipo y suministros, los gobiernos darán garantías en el sentido de que se compren sin impuestos. En el caso de los artículos importados, incumbirá al Gobierno garantizar el despacho expeditivo de aduana y la exención o el pago de cualquier arancel que pueda aplicarse. Los acuerdos específicos concertados por el Gobierno en este sentido deberán mencionarse en la solicitud y en el acuerdo sobre el proyecto.

    IV.8 INSTITUCIONES NACIONALES

    De conformidad con la política general de la FAO para el desarrollo, se aprovecharán al máximo las instituciones nacionales para la ejecución de los proyectos que se financien con cargo al Fondo Fiduciario de la FAO. La expresión "institución nacional" se refiere a cualquier entidad especializada gubernamental, semigubernamental o privada del país beneficiario que sea profesionalmente competente para realizar el trabajo en un ámbito específico. Normalmente se trata de institutos de investigación gubernamentales o universitarios, fundaciones y también empresas privadas de consultoría, que actúen por separado o en asociación con sus homólogos de un país desarrollado. Cuando el Gobierno proponga instituciones nacionales para la ejecución de proyectos, se debe evaluar su capacidad general para realizar el proyecto eficazmente en lo que se refiere a las instalaciones, el transporte, la preparación de informes y la contabilidad, etc. Cuando sea necesario, podrá suministrarse asistencia complementaria limitada, con objeto de reforzar las instituciones nacionales en ese sentido.

    IV.9 RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA LOCAL

    Todas las cuestiones administrativas relativas a la realización de proyectos financiados con cargo al Fondo Fiduciario de la FAO se decidirán por sistema en la Oficina del Representante de la FAO o por medio de ella. Esto incluye tareas administrativas como la autorización de los expertos, el despacho de aduana y la importación del equipo, la emisión de pasajes, la organización de los viajes y el transporte en el país, la mecanografía de los proyectos de informe y las disposiciones para la distribución interna de los suministros.

    IV.10 MODIFICACIONES Y PRÓRROGAS DE LOS PROYECTOS

    Puede haber acontecimientos inesperados que surjan sólo durante la ejecución y que podrían exigir modificación o la prórroga de los proyectos. La necesidad de dichas modificaciones puede reducirse al mínimo si los planes de trabajo de los proyectos específicos, así como sus objetivos, son explícitos y se deciden con suficiente grado de pormenor antes de la aprobación del proyecto. No obstante, cada presupuesto de proyecto incorporará un margen adecuado para varios e imprevistos.

    IV.11 GASTOS GENERALES

    Los gastos generales se fijarán de conformidad con el reglamento establecido por los órganos rectores de la FAO para los Fondos Fiduciarios.

    V. Administración de los fondos y presentación de informes por parte de la FAO

    V.1 CONTABILIDAD Y PRESENTACIÓN DE INFORMES

    Para cada donante, la FAO establecerá y mantendrá una cuenta, a fin de dejar constancia de:

    1. todos los fondos recibidos del donante destinados al Fondo Fiduciario de la FAO;
    2. las transferencias de fondos a todos los proyectos financiados con cargo al Fondo Fiduciario de la FAO;
    3. la acreditación de los intereses correspondientes en efectivo.

    La cuenta funcionará de la siguiente manera:

    • La Organización asignará fondos a cada proyecto o programa.
    • Los intereses que devengue el saldo general en efectivo, imputables a cada donante, se registrarán en la cuenta.
    • La Organización presentará a los donantes estados de cuentas periódicos que indiquen los detalles de los ingresos, los fondos asignados y los intereses devengados.

    V.2 DEPÓSITO DE FONDOS

    Los fondos se depositarán en una de las cuentas bancarias que figuran a continuación. Al hacer el depósito o la transferencia debe indicarse la referencia adecuada a fin de facilitar su reconocimiento por parte de la FAO y el asiento de los fondos recibidos en la cuenta bancaria.

    FAO/UN Trust Fund US Dollar Account
    No. 490650/67/72
    Intesa BCI S.p.A.
    FAO Branch
    Viale delle Terme di Caracalla
    00100 Roma, Italia

    o bien

    FAO/UN General Account
    Account Number 949-1-029915
    Bank Routing Number - 021000021
    Chase Manhattan Bank
    International Agencies Banking
    270 Park Avenue 43rd Floor
    Nueva York, Estados Unidos

    V.3 COMPROBACIÓN DE LAS CUENTAS

    Los estados de cuentas de los proyectos financiados por el Fondo Fiduciario de la FAO estarán sujetos exclusivamente a los procedimientos de comprobación de cuentas internos y externos, tal como se determina en el Reglamento Financiero de la FAO.

    V.4 SUPERVISIÓN, EXÁMENES, EVALUACIÓN Y PRESENTACIÓN DE INFORMES

    Se reconocerá debidamente la contribución de los donantes al Fondo Fiduciario de la FAO indicando de manera clara las fuentes de financiación, mediante notificación oficial, cuando corresponda, al Embajador o al representante local del donante, y refiriéndose a ello en todo el material de relaciones públicas relativo al Fondo Fiduciario de la FAO. Los países donantes participarán también directamente en la supervisión y evaluación de los proyectos que les conciernen.

    La FAO organizará exámenes conjuntos de los proyectos, en los que participarán todas las partes interesadas y en particular los donantes. La organización, las condiciones, el calendario y el lugar de dichos exámenes se decidirán en consulta con dichas partes.

    Asimismo, al aproximarse el momento de completarse las actividades del proyecto, se organizarán misiones conjuntas de evaluación para permitir un examen pormenorizado y completo de todos los aspectos básicos de los proyectos en cuestión. Con objeto de brindar una evaluación objetiva, realizarán estas actividades conjuntas equipos independientes, en los que participarán representantes de los países beneficiarios, de la FAO y de los donantes. Cualquiera de estas partes puede pedir una evaluación en cualquier etapa del proyecto, si lo considera necesario.

    El Director General presentará al Consejo, por conducto de sus Comités del Programa y de Finanzas, informes anuales sobre las actividades de los proyectos financiados con cargo al Fondo Fiduciario de la FAO.

    1 Denominado de aquí en adelante "el Fondo Fiduciario de la FAO".

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