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2 EXPERIENCIA EN MATERIA DE APLICACIÓN DE LOS ACUERDOS DE LA OMC


Continuando con el proceso de reformas iniciado a comienzos de los años ochenta, el gobierno emprendió la liberalización de las importaciones reduciendo los derechos de aduana y eliminando los obstáculos no arancelarios. En el contexto de dicha reforma, el arancel nominal medio de las importaciones descendió de 32 por ciento en 1989 a 24 por ciento en 1993. Después de la devaluación de 1994, dichos derechos volvieron a reducirse a un promedio de 20 por ciento; y el alza de los precios de los insumos agrícolas importados aumentó el costo de las actividades de exportación que los utilizaban. Para mitigar estos costos de las empresas exportadoras, se estableció un sistema de exención temporal de derechos de importación dado que Côte d'Ivoire no ha creado zonas libres. La duración de la suspensión fue de 12 meses en el marco del derecho común, requiriéndose una garantía del 50 por ciento de los derechos suspendidos.

Tras la devaluación, el gobierno instituyó un impuesto de exportación (Droit unique de sortie [DUS]) para el cacao y el café. Aunque justificado desde el punto de vista fiscal, este impuesto tenía un sesgo contrario a las exportaciones, que era constantemente la manzana de la discordia entre el gobierno y las instituciones Bretton Woods.

El comercio de Côte d’Ivoire se ha caracterizado por una variedad de obstáculos no arancelarios y restricciones cuantitativas que hasta la devaluación de 1994 estaban concentrados en los productos agropecuarios básicos y los insumos agrícolas. Las restricciones cuantitativas concernían principalmente al arroz, el trigo y las bolsas de fibra vegetal.

Antes de la devaluación, las importaciones de arroz eran organizadas por una empresa pública (Caisse générale de péréquation des prix). A partir de 1995, las actividades de producción, transformación, importación y mercadeo se transfirieron totalmente al sector privado. La liberalización del sistema de fijación de precios y comercialización del arroz se extendió a los siguientes productos: aceite de palma, caucho, algodón, café y cacao. Esta liberalización de los precios se basaba en 1) la total responsabilidad de los profesionales involucrados en las actividades interesadas, y 2) la sustitución del sistema anterior de precios administrados por acuerdos o convenios entre profesionales. Lo mismo que para los bananos y las piñas, sus actividades se habían liberalizado anteriormente, y los profesionales formaron la Commercialisation de l’Ananas-Banane (OCAB), que formula, negocia y vigila la aplicación del régimen de comercialización determinado con los diferentes agentes que intervienen en el comercio.

Los costos del transporte constituyen una parte importante del comercio y el desempeño del país. El transporte marítimo representa entre el 20 y 30 por ciento del precio c.i.f. de las exportaciones de bananos y piñas, pero este porcentaje es menor (6-9 por ciento) para las exportaciones del café, el cacao y el algodón (Banco Mundial, 1994). Los costos del transporte eran altos como consecuencia de los retrasos debidos a las reglamentaciones gubernamentales sobre la asignación del espacio disponible en las embarcaciones a través de la OIC. SITRAM, una empresa pública, tenía el monopolio de las actividades del transporte marítimo. Las reformas del sector consistieron en aumentar la competencia en el sector del transporte no especializado para permitir la entrada de empresas privadas más locales; también limitaron la participación de los transportes especializados de SITRAM, sobre todo para bananos y piñas.

El volumen de las exportaciones de piñas y de productos no tradicionales como flores, plantas ornamentales, mangos y papayas, se vio reducido a causa principalmente de la limitada capacidad de flete de los aviones de Air Afrique y de Air France, y del monopolio que tienen sobre las rutas aéreas, y de la falta de organización de los exportadores locales.

2.1 Liberalización inducida por la integración regional

El objetivo y la actividad principales de la UEMAO es la promoción de un mercado común. En el AEC se definen cuatro categorías de productos para simplificar el arancel existente: la categoría cero para bienes públicos; la categoría 1 para mercancías esenciales, materias primas y equipo (bienes agrícolas en su mayor parte); la categoría 2 para los insumos y los bienes intermedios; la categoría 3 para los productos manufacturados. A partir del 1 de enero de 2000, los tipos arancelarios máximos son, respectivamente, del 0 por ciento, 5 por ciento, 10 por ciento y 20 por ciento. A los que se añaden un 1 por ciento de impuesto de estadística y un 1 por ciento de gravamen comunitario.

Además del arancel permanente del AEC, se establecieron dos aranceles temporales (el Taxe dégressive de protection (TDP) y el Taxe conjoncturelle à l’importation (TCI)) para proteger los productos de los países miembros contra las pérdidas generadas por la adopción del AEC y por las fluctuaciones de los precios mundiales, respectivamente. El TDP concierne principalmente a los productos industriales y a los productos industriales basados en la agricultura, mientras que el TCI se aplica a los productos agrícolas, además de los productos industriales basados en la agricultura. El TCI, que concierne principalmente a los productos agropecuarios, se fija en un 10 por ciento del precio de activación que se calcula conforme a una modalidad debidamente especificada. El TCI se aplica cuando el precio c.i.f. del producto habilitado es inferior o igual al precio de activación.

Después de tres años de un período de transición que comenzó en 1997, a partir del 1 de enero de 2000 el AEC se aplica, sin excepciones, en todos los países miembros, incluido Côte d'Ivoire. Sin embargo, la Comisión de la UEMAO se queja de que en algunos países miembros 1) existen aranceles superiores a los del AEC; 2) faltan algunas de las líneas arancelarias requeridas; 3) algunos productos están mal clasificados; 4) algunos derechos e impuestos de importación que se recaudan no pertenecen al AEC (www.izf.net, Rapport d’activité de la Commission, 2002).

El AEC para los productos agropecuarios es más bajo que los compromisos asumidos en la OMC. Sin embargo, los aranceles que se aplican de hecho a las importaciones agropecuarias son mucho más altos que los permitidos por el AEC. El tipo impositivo medio de las importaciones agrícolas es del 13,8 por ciento en 1992-1994, del 17,9 por ciento en 1995-1999, del 13 por ciento en 2000 y del 16,4 por ciento en 2001 (Cuadro 1). Por consiguiente, incluso después de la aplicación oficial del AEC a partir del 2000, Côte d'Ivoire es uno de los países miembros que no se ajustan a la tasa del AEC, como consta por las quejas de la Comisión de la UEMAO mencionadas anteriormente. Dado el liderazgo que ejerce Côte d'Ivoire en la organización, ésta es una mala noticia para las perspectivas de la integración regional. Ahora bien, los tipos aplicados están dentro de la gama de sus compromisos relativos al AsA. Pese a las quejas por incumplimiento, los esfuerzos desplegados para la aplicación de las tasas AEC indican que las reformas que Côte d'Ivoire ejecutó autónomamente para la liberalización del comercio han ido mucho más allá de lo que exigen los compromisos del AsA.

2.2 Compromiso en materia de acceso a los mercados

Las obligaciones principales de Côte d'Ivoire en el contexto del AsA se refieren a la eliminación de los obstáculos no arancelarios, la racionalización y consolidación de los aranceles y el debido aforo aduanero o valoración en aduanas de las transacciones. Como ya se ha indicado, antes del AsA Côte d'Ivoire había emprendido reformas por su propia cuenta, que dieron lugar a un régimen de comercio agrícola liberal y a una economía más abierta.

Cuadro 1. Derechos aplicados a las importaciones agropecuarias (%)


1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

Cereales

5,4

6,2

5,4

5,5

12,5

12,9

9,3

8,3

6,8

6,1

Tubérculos / raíces

22,7

20,3

16,6

18,7

18

17,3

17,9

24,8

20,5

19,9

Frutas y hortalizas

18,9

21,2

18,6

18,3

17

17,8

18,4

24,8

21,5

22,4

Productos oleaginosos

1,1

5,9

7,1

18,8

12,7

3

4,2

25,1

2,0

5,8

Otros productos agrícolas de exportación

13,9

47,1

30,6

35,2

34

32,7

36,1

31,3

18,6

26,1

Plantas y semillas

28,8

33,3

26,9

22,1

23,8

17,8

17,2

15,4

9,8

8,8

Total de productos agrícolas

11,2

17,5

12,7

14,2

19,4

19,2

17,6

19,2

13

16,4

Fuente: Cálculos del autor sobre la base de los datos de la administración aduanera.

Entre los compromisos específicos en materia de acceso a los mercados asumidos en el AsA figura la consolidación de los derechos de aduana de todos los productos agropecuarios a un tipo máximo de 15 por ciento, con excepción de 25 líneas arancelarias cuyos aranceles se consolidaron a tipos que en 1995 variaban entre 5 y 75 por ciento, y en 2004 estarán entre 4 y 64 por ciento (www.wto.tpr).

El Cuadro 1 muestra que Côte d'Ivoire mantiene los compromisos contraídos ante la OMC, pero no parece cumplir con las obligaciones máximas del 5 por ciento del AEC.

Aforo aduanero o valoración en aduana

Con respecto al aforo aduanero, Côte d'Ivoire utilizó la disposición del acuerdo relativo al trato especial y diferenciado para obtener una primera exención de 5 años, con la aplicación del acuerdo programado para el 1 de enero de 2000, y una segunda exención de 18 meses que se explica por la crisis política desatada a raíz del golpe de estado de diciembre de 1999. Desde el 1 de julio de 2001, se está aplicando el acuerdo de valoración en aduana.

Medidas de salvaguardia

Côte d’Ivoire no ha creado una legislación para combatir el dumping de los precios y los derechos que amenazan las actividades internas. Pero antes del acuerdo de Marrakech, se habían impuesto derechos específicos a algunos productos cárnicos y lácteos para compensar los efectos negativos de las subvenciones que la UE otorgaba a sus productos de exportación (www.wto.tpr). Côte d’Ivoire no aplicó ninguna medida de salvaguardia hasta la creación del impuesto TCI mencionado anteriormente. Antes del TCI, cumplían esta función los precios de referencia para los productos de importación.

El impuesto TCI está concebido expresamente como una medida de salvaguardia especial agrícola conforme con las reglamentaciones de la OMC, que tiene por objeto mitigar los efectos de la evolución irregular de los precios mundiales de ciertos productos y combatir las prácticas de dumping; se aplica principalmente a la agricultura, a los productos de origen animal, la pesca y los productos industriales basados en la agricultura. Cuatro criterios establecen las condiciones de elegibilidad de los productos: la inestabilidad de los precios mundiales, el dumping; las subvenciones; la capacidad del producto para cubrir una gran parte de las necesidades de la unión. De hecho, pocos productos reúnen las condiciones requeridas para el TCI.

Los datos agrícolas globales no registran aumentos rápidos de las importaciones de alimentos durante el período 1995-1999 en comparación con el período 1985-1994, excepto para el pescado. Sin embargo, como se indicará más adelante, estas importaciones fueron reexportadas, y las importaciones netas no muestran estos aumentos de las importaciones. A un nivel más micro-económico, podemos aludir al menos a una solicitud presentada en mayo de 2001 con el fin de aprovechar esta medida de salvaguardia. Se refería principalmente a productos derivados del aceite de palma crudo. Según la presentación, el precio c.i.f. de este producto descendió de 671 dólares EE.UU./tonelada en 1998 a 310 dólares EE.UU./tonelada en 2000 y a 250 dólares EE.UU./ tonelada en el primer trimestre de 2001. La pérdida del margen competitivo de los productores de Côte d'Ivoire con respecto a las importaciones malasias fue de alrededor de 22-29 por ciento debido a una reducción del 50 por ciento de los impuestos de exportación aplicado por Malasia para reducir el volumen de sus existencias. La aplicación del 10 por ciento del TCI reduciría en un 75 por ciento la pérdida del precio al productor, manteniéndolo en 18,5 francos CFA por kilogramo en vez de 15 francos CFA por kilogramo (Cosmivoire SA, 2001).

2.3 Ayuda interna

En su lista relativa al AsA Côte d’Ivoire no hizo compromisos sobre ayuda interna. Por lo tanto, en el futuro su utilización de ayudas que distorsionan el comercio se limita a la que está permitida en el marco de las normas de minimis. Sin embargo, tras 15 años de reforma del comercio, Côte d'Ivoire ha desmantelado prácticamente todas las intervenciones que comportan efectos de distorsión dejando solamente los mecanismos de ayuda del compartimento verde. La intervención principal concierne a la ayuda prestada con objeto de fortalecer las organizaciones profesionales agrícolas de productores y comerciantes para ayudarles a establecer mecanismos de estabilización de los precios al productor que sean flexibles y eficaces (Minagra, 1999). En efecto, los resultados de la liberalización de la agricultura dependen de la capacidad de los profesionales para encontrar formas de administrar eficazmente su sector.

2.4 Subvenciones a la exportación e impuestos

Côte d’Ivoire impone gravámenes a ciertas exportaciones. Aplica el derecho único de exportación (DUS) de 200 francos CFA/kg. a los granos de café y cacao tostados y no tostados; grava con impuestos ad valorem las nueces de cola (14 por ciento), la madera bruta (de 1 a 44 por ciento según la variedad de la madera) y la madera contrachapada (1 por ciento). En 1999, el DUS fue de 125 francos CFA/kg. para el cacao; y en 2001 fue de 160 francos CFA/kg. y 10 francos CFA/kg. para el cacao y el café, respectivamente.

No existen prohibiciones a la exportación, salvo que para algunos productos se requiere una autorización previa. En 1993 Côte d'Ivoire participó en el plan de retención de café y de cacao para reducir la superproducción. Con arreglo a las disposiciones de la Convención de Lomé, las exportaciones de bananos de Côte d'Ivoire estaban supeditadas a un contingente de 155 000 toneladas por año, que en 1994 aumentó a 162 500 toneladas.

2.5 Promoción de las exportaciones

Además de la devaluación de 1994 que redundó directamente en favor de las exportaciones, otras medidas de reforma tomadas antes y después de la devaluación contribuyeron indirectamente a la promoción de las exportaciones agrícolas. En efecto, la liberalización del comercio y la reducción de los obstáculos no arancelarios y de las restricciones cuantitativas, que permitieron la importación de insumos a precios más bajos, favorecieron las actividades de exportaciones agrícolas que utilizaban dichos insumos. El proceso de privatización de las empresas estatales dedicadas a la producción directa de bienes (la Société africaine de plantations d’hévéas y la Société de caoutchouc de Grand Béréby, en el sector del caucho; Palmindustrie y Plantations et Huileries de Côte d’Ivoire, en el sector del aceite de palma) ofreció al sector privado oportunidades para aumentar la producción de diferentes productos de exportación.

Otra manera indirecta de estimular las exportaciones fue la de fortalecer las asociaciones profesionales en actividades de exportación agrícola, tales como la OCAB para los productores de bananos y piñas, la Association des Producteurs Manufacturiers de Caoutchouc y la Association des Producteurs de Palmier à Huile para los productores de productos de caucho y de aceite de palma. En 1996, Côte d’Ivoire cambió su política de exportación reemplazando el Centre de Commerce International d’Abidjan, el organismo público anterior, por un organismo mixto (público y privado) para la promoción de las exportaciones (APEXCI).

En 1995 se formuló un proyecto específico llamado Projet de Promotion et de Diversification des Exportations Agricoles (PPDEA), con objeto de promover la participación del sector privado en las exportaciones no tradicionales para diversificar la gama de productos de exportación y los mercados de exportación a favor de las exportaciones no tradicionales y de los productos agroindustriales. El proyecto PPDEA prestó ayuda a los productores privados en las actividades de comercialización, investigación y desarrollo, logística y recaudación de fondos y en la capacitación en técnicas de exportación; también ofreció servicios de control de la calidad. Este programa concernía a los siguientes productos: mangos, papayas, flores, plantas ornamentales, horticultura, frutas elaboradas, condimentos. Estos programas promovieron explícitamente las exportaciones de productos distintos del café y el cacao. Como consecuencia de dichos programas, Côte d'Ivoire ocupa el cuarto lugar en la exportación de papaya, después de Brasil, Jamaica y Ghana, con el 4 por ciento de un mercado mundial anual de 15 000 toneladas.

2.6 Acceso a los mercados de exportación

Básicamente, Côte d’Ivoire exporta productos agrícolas no elaborados como piñas, bananos, granos de café y granos de cacao a mercados no regionales, principalmente de Europa. Estas exportaciones se benefician de las preferencias concedidas por el acuerdo de Cotonou entre la UE y los estados ACP (ex Convención de Lomé) que facilita el acceso al mercado de la UE. Pero estas preferencias han sido impugnadas por los países latinoamericanos que compiten en el mismo mercado, y se están reduciendo como consecuencia de las reglamentaciones de la OMC.

Las preferencias comerciales otorgadas en el marco de los acuerdos UE/ACP no han contribuido a que el país desarrollara sus exportaciones, ya que su cuota de mercado disminuyó de 6,7 por ciento de las importaciones de la UE en 1976 a 3,7 por ciento en 1992 (Contamin, 1997). Al parecer, las preferencias no estimularon una respuesta adecuada de parte de la oferta.

Como consecuencia, la proporción de la UEMAO en las exportaciones del país aumentó a expensas de la de la UE. Este resultado se debe en parte a los progresos de la unión aduanera y a la eliminación de los derechos aplicados a las exportaciones de Côte d'Ivoire a sus asociados de la UEMAO. En efecto, como ya se mencionó, el AEC ha entrado en vigor desde el 1 de enero de 2000 después de tres años de progresiva reducción del derecho comercial. Los resultados que se siguieron de estas iniciativas se tradujeron en un aumento de las exportaciones intracomunitarias que pasaron del 11 por ciento en 1996 al 15,4 por ciento en 1999 (www.izf.net: Commission UEMOA, 2002). Otro indicador de los progresos de la integración es el de los ingresos compensatorios obtenidos como consecuencia de la aplicación del AEC; estos ingresos se estiman en 834,9 millones de francos CFA durante el período 1998-2001 para los ocho países miembros, correspondiendo a Côte d'Ivoire 83 215 000 francos CFA en 2001 (www.izf.net: Commission UEMOA, 2002).

Con respecto a los productos agrícolas elaborados expedidos a los mercados no regionales, por lo general tienen que atenerse a una progresividad arancelaria que varía según el grado de elaboración del producto. Por ejemplo, en el mercado japonés, el café no tostado tiene un impuesto del 0 por ciento, mientras que el tostado (descafeinado o no descafeinado) paga un impuesto básico del 20 por ciento (Nathan Associates, 1999). Este impuesto salta a 30 por ciento para el extracto de café concentrado, mientras que el café concentrado con azúcar y preparados con un 30 por ciento de leche paga un impuesto de 35 por ciento. En el mercado de la UE, el café no tostado y no descafeinado paga un impuesto del 5 por ciento frente al 15 por ciento que se paga por el café no tostado pero descafeinado, y 18 por ciento por el café tostado y descafeinado. Otro ejemplo es el de las piñas: en el mercado de la UE, la piña fresca paga un impuesto básico del 9 por ciento, frente al 47 por ciento más 257 euros por tonelada del zumo de piña. En el mercado japonés, la piña fresca paga un impuesto del 20 por ciento frente del 39,5 por ciento del zumo de piña.

Sin embargo, como Côte d'Ivoire puede exportar a la UE tanto alimentos elaborados como no elaborados libres de derecho, de hecho la progresividad arancelaria le ofrece una protección contra otros terceros países exportadores. Así pues, como la UE reduce estos derechos NMF, reduce también el nivel de protección a la elaboración del café en Côte d'Ivoire. En el mercado japonés, la progresividad arancelaria es evidentemente discriminatoria, a menos que haya preferencias arancelarias SGP que den un acceso preferencial a Côte d'Ivoire.

El gobierno de Côte d'Ivoire plantea la cuestión de la utilización de un 5 por ciento de materia prima no vegetal para la producción del chocolate. Esto constituye un peligro real para la economía nacional ya que reduce los ingresos de los agricultores. El etiquetado podría ser una solución porque permite a los consumidores distinguir el chocolate basado en un 100 por ciento en el cacao del que no lo es. Un examen completo de esta cuestión requeriría conocimientos técnicos precisos y un fuerte poder de negociación de parte de Côte d'Ivoire.

2.7 Normas sanitarias y fitosanitarias

Côte d’Ivoire cuenta con medidas apropiadas para proteger la salud de los consumidores de alimentos. Un despacho especial del Ministerio de Agricultura y Recursos Animales se encarga del control sanitario a través de servicios de controles veterinarios y fitosanitarios sobre los productos de origen animal y a través de servicios del control de semillas y plantas para los productos de origen vegetal. Estos dos servicios de control los realizan departamentos distintos del Laboratoire National d’Appui au Développement Agricole (LANADA) (Minagra, 1999).

Para los productos de origen animal se realizan controles sistemáticos in situ para asegurar la idoneidad de las carnes destinadas al consumo humano. Para las exportaciones de productos de origen animal y las importaciones de productos pesqueros y de carnes, los controles sanitarios se realizan antes de su comercialización. Desde 1986, Côte d'Ivoire no ha tenido plagas de bovinos en su territorio, y las de otros tipos de animales han disminuido significativamente. En 1996, Côte d'Ivoire experimentó una peste porcina muy difundida que pudo contenerse y erradicarse rápidamente, pero cuyos efectos económicos y financieros fueron considerables: se perdieron 3 000 empleos, quedaron afectadas 1 500 familias, y las pérdidas financieras se estimaron en 1 500 millones de francos CFA.

En los dos últimos años se registraron dos casos de rechazo del café procedente de Côte d'Ivoire, por parte de España y Bélgica, a causa de la presencia de la concentración excesiva de un producto químico. También se registraron problemas con la piña.

Côte d’Ivoire se está organizando para participar en las futuras negociaciones sobre MSF y para cumplir con las reglamentaciones que pudieran derivar. Entre tanto, en junio de 2001 ha creado una institución específica (Direction de la qualité et de la normalization) para coordinar a nivel nacional las cuestiones relativas a la calidad y normalización.

2.8 Derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio

Côte d’Ivoire tiene una normativa (Decreto No. 92-392 del 01/07/1992) que establece las condiciones para registrar y proteger las obtenciones vegetales y para producir, controlar, certificar, comercializar, importar y exportar semillas y variedades vegetales. Se aprobaron dos leyes: una para crear un catálogo oficial de las especies y variedades vegetales (Ley interministerial No. 012 del 15/02/1999), y otra para instituir un comité técnico que examine las solicitudes de registro en el catálogo oficial (Ley interministerial No. 011 del 15/02/1999). El control de la calidad para la certificación lo realiza un departamento especial de LANADA. Las importaciones y exportaciones de material vegetal requieren la autorización previa del Ministerio de Agricultura y Recursos Animales tras dos inspecciones fitosanitarias del origen vegetal (Minagra, 1999).

Existe la intención de promulgar una ley destinada a la protección de los derechos de propiedad intelectual sobre semillas y especies vegetales nuevas. De estos problemas se ocupa la oficina nacional de propiedad intelectual (OIPI). Actualmente, Côte d'Ivoire no forma parte de la UPOV (www.upov.org y fuentes de OIPI).

En resumen, las reformas radicales en materia de liberalización del comercio Côte d’Ivoire las había realizado antes del AsA de 1994, e independientemente de él, llevado por la voluntad de apresurar la integración regional. En otras palabras, el AsA ha influido muy poco en las iniciativas de liberalización. La apertura de la economía que se produjo posteriormente ha ido más allá y más en profundidad de lo que exigen las actuales normas de la OMC. Si se tienen presentes las pérdidas de ingresos fiscales a corto plazo, la inercia de los países más ricos en cuanto a la ayuda interna y las subvenciones a la exportación, otros obstáculos no arancelarios (MSF y ADPIC) y, lo que es más importante, la falta de un crecimiento económico impulsado por la liberalización, es tentador arrepentirse de los costosos esfuerzos realizados y buscar las posibilidades de recuperar algunos derechos e impuestos.


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