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VI. ASIGNACION INTERNACIONAL DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS BASICOS Y FERTILIZANTES

En su Segundo Período de Sesiones, en abril de 1948, el Consejo resolvió que se pidiera a todas las naciones que tomaban parte en las actividades del Comité Internacional de Emergencia para la Alimentación que expresaran su opinión acerca del funcionamiento en el pasado así como de los problemas actuales y futuros a que el CIEA tenía que hacer frente, así como sobre la efectividad y la utilidad del sistema de asignaciones para el futuro.

El Comité Internacional de Emergencia para la Alimentación se hizo cargo de practicar esta investigación, cuyos resultados han sido presentados al Consejo en un informe durante este período de sesiones (CL 4/5). El informe fue complementado con declaraciones verbales hechas durante el curso de las sesiones.

El Consejo observa que aunque los Gobiernos Miembros están unánimemente de acuerdo en que el CIEA ha desempeñado y todavía desempeńa una función muy útil que se ha traducido en una distribución más equitativa de los alimentos ecasos de lo que de otra manera habría sido posible, hay muy amplias divergencias de opinión en lo que concierne a la conveniencia de que continúe en vigor el sistema de asignaciones. El delegado del Brasil opinó que en vista de los precios y de los factores monetarios se debería ahora poner término por completo al sistema de asignaciones.

Sin embargo, el sistema es susceptible de gran flexibilidad. El número de los subcomités que se encargan de cada producto en particular ha sido reducido de un máximum de 14 a 5 que hay en la actualidad. Se deja de formular recomendaciones para la asignación de los productos tan pronto como resulta evidente que éstos ya no son escasos o que no es posible seguir haciendo recomendaciones con fines prácticos. Además son muy flexibles los métodos por los cuales se formulan las recomendaciones.

El Consejo está de acuerdo en que se continúe poniendo en práctica esta política y que los subcomités son los que están mejor calificados para tomar todas las determinaciones necesarias tan pronto como las circunstancias lo permitan.

Teniendo en cuenta las observaciones anteriores, el Consejo aprueba el informe del CIEA para ser sometido a la Conferencia.

Los delegados de Cuba y Brasil expresaron el parecer de que el Consejo no podría propiamente aprobar el informe, puesto que en su seno sólo votan diez y ocho de los países miembros de los subcomités del CIEA. Opinaron que el Consejo debería simplemente limitarse a tomar nota del informe y remitirlo, junto con los puntos de vista expresados en el curso de este período de sesiones, a la Conferencia para que ésta tome las medidas que desee.


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