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VI. ESTADO ACTUAL DE LA INFORMACION SOBRE MANEJO FORESTAL
(LUIS F. VALLE, ARNULFO CRUZ, GUSTAVO A. CENTENO,
CONSULTORES FAO)

Resumen

El manejo forestal se inicia en Honduras a mediados de la década de los años 70, aunque ya en 1969 fue creada la Escuela Nacional de Ciencias Forestales, ESNACIFOR, en Siguatepeque y la Universidad Nacional Autónoma de Honduras inicia la carrera de Ingeniería Forestal en el Centro Universitario Regional del Litoral Atlántico, CURLA. El Bosque de la ESNACIFOR contó con su primer plan de manejo forestal en 1974.

Con la creación de la COHDEFOR en 1974, se inició una nueva etapa de desarrollo forestal, al asumir el Gobierno el control de todos los bosques tanto en terrenos públicos como privados, e irrumpir en las actividades de producción y comercialización de la madera (exportaciones), Las medidas tomadas por la COHDEFOR abrieron las posibilidades de iniciar, aunque en forma demostrativa la elaboración e “implementación” de planes de manejo. Con este propósito, se construyeron varios campamentos forestales en las siguientes regiones forestales del país: Olancho, Nor-occidental, El Paraíso, Atlántida, Yoro y Gracias a Dios.

A partir de 1992, mediante la emisión de la Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agrícola se inicia una nueva etapa, al establecerse la obligatoriedad de elaborar y desarrollar planes de manejo forestal para efectuar aprovechamientos forestales ya sea en bosques públicos o privados. El Reglamento Forestal del Título VI de dicha ley contiene las normas y procedimientos para elaboración, ejecución, supervisión y evaluación de los planes de manejo quinquenal y los respectivos planes operativos anuales.

Para aplicar las normas del Reglamento del Título VI de la Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agrícola, la COHDEFOR, contando con el apoyo de varios proyectos de desarrollo forestal ha preparado y publicado normas técnicas y reglamentarias desde 1993, las cuales han sido revisadas en varias ocasiones. En Marzo de 1995 fueron elaboradas y publicadas nuevas normas para coníferas, bosques mixtos y plantaciones (Modelos PROCAFOR y “PDF/USAID”). Posteriormente se elaboraron normas para bosques de hoja ancha y áreas protegidas.

Previo a la preparación de un plan de manejo, el propietario del bosque debe establecer claramente la tenencia de la tierra, lo cual se realiza revisando el título y obteniendo un dictamen favorable del Departamento Legal de la COHDEFOR. Seguidamente, el técnico forestal inicia la elaboración del plan de manejo, de acuerdo con las normas y procedimientos los cuales incluso especifican el tiempo que dura cada trámite dentro de la COHDEFOR

Los planes de manejo que se han venido elaborando desde 1993, en el marco de la Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agrícola y su Reglamento de los Aspectos Forestales, tienen una duración de 5 años, pero se requiere elaborar planes operativos anuales para ejecutar las actividades planificadas en el quinquenio.

En la actualidad La COHDEFOR reporta que se han aprobado 674 planes de manejo tanto en terrenos públicos como privados, cubriendo una superficie de 1.508,739 hectáreas. La corta anual permisible aprobada según planes de manejo es de 1.824,666 M3. La mayor parte de la superficie bajo manejo corresponde a bosques de pino. Sólo 42 planes de manejo con 90,948 hectáreas corresponden a bosques latifoliados.

En la práctica, la administración de los planes operativos se confunde con la administración de las ventas de madera, tareas que por lo general son realizadas por un técnico forestal de la industria respectiva. Debido a lo anterior los propietarios forestales no están conscientes de sus responsabilidades en cuanto a la protección y reforestación de las áreas intervenidas por las industrias ya que su prioridad es el aprovechamiento de madera. Los sitios aprovechados por las industrias, tanto en terrenos privados como ejidales y nacionales, son abandonados después del aprovechamiento.

La ejecución de las actividades de protección y reforestación planificadas, por lo general es deficiente, ya que los propietarios de bosques no conocen los planes, ni tienen experiencia para realizar las actividades programadas. En conclusión, se puede afirmar que la normativa legal vigente es apropiada para manejar los bosques, mas sin embargo, su aplicación es bastante deficiente, especialmente en los bosques nacionales y ejidales, donde existen atrasos en la ejecución de actividades, y por lo general no se realizan las actividades de reforestación y protección programadas. El manejo en los bosques jóvenes es inapropiado, ya que no se realizan las intervenciones silvícolas oportunas Los incendios forestales siguen siendo una amenaza para el establecimiento del nuevo bosque.

La base legal para el cumplimiento de las medidas de conservación de suelos y aguas se encuentra en el contrato de Compra- Venta firmado entre el propietario del bosque bajo manejo y la Administración Forestal del Estado, que especifica las medidas que deben ejecutarse durante y después de los aprovechamientos. Una vez realizado el aprovechamiento, COHDEFOR extiende un dictamen de finiquito, que permite al propietario retirar la garantía bancaria relacionada con las medidas contempladas.

En los bosques nacionales la COHDEFOR tiene la responsabilidad, por ley, de realizar el control de incendios, de plagas y enfermedades. Durante la época seca se invierte en campañas en los medios de comunicación, buscando el apoyo del público para la prevención y combate de los incendios forestales. Cuando se presenten ataques de plagas y enfermedades como el gorgojo de pino, los propietarios son responsables de tomar las medidas pertinentes para dicho control.

La protección de aquellas áreas boscosas clasificadas como de alto riesgo de incendios, es prioridad para COHDEFOR para lo cual organiza brigadas de combate de incendios. No obstante, los incendios forestales siguen siendo un problema para el futuro de los bosques productivos.

A pesar de que existe una ley de incentivos forestales desde 1993, ésta no tiene una aplicación práctica debido a la falta de reglamento y de creación del Fondo de Incentivos. La Ley de Incentivos vigente es demasiado ambiciosa, pues establece alrededor de 23 incentivos, relacionados con asistencia técnica y financiamiento de viveros y plantaciones, pero la administración forestal no cuenta con los recursos técnicos y económicos para ejecutar las acciones contempladas, que formarían parte del Programa Nacional de Incentivos Forestales.

En la actualidad se está concertando un anteproyecto de Ley Forestal que vendría a modernizar la actual administración forestal, creando un ente descentralizado denominado Servicio Forestal para hacerse cargo de la aplicación de la política forestal, con lo cual se resolverían varios problemas del actual marco institucional.

La validación de las normas técnicas es un proceso que requiere bastante tiempo, pero ya se ha avanzado bastante y se ha ganado experiencia en este aspecto. El área sometida a manejo aumenta cada año, así como el interés y la confianza de los propietarios y administradores de bosques privados y municipales

Por otra parte os conflictos relacionados con la tenencia de la tierra, tienden a disminuir al definirse con mayor precisión los titulares del dominio de la tierra. Este aspecto ha sido y seguirá siendo importante al propiciar la co-inversión, al tiempo que se crean alianzas entre propietarios e industriales.

A pesar que en la actualidad el manejo forestal que se aplica en Honduras es muy deficiente, la tendencia es hacia una mayor cobertura de la superficie bajo planes de manejo y una mejor aplicación de las normas técnicas y reglamentarias.

Con la promulgación de una nueva Ley Forestal se crearía una nueva institucionalidad caracterizada por mayor estabilidad económica, menos influencias políticas sectarias en las decisiones, mayor descentralización operativa y técnica y mayor libertad de acción y responsabilidades para las municipalidades y los propietarios forestales.

La reforestación y protección de los bosques contra los incendios, seguirá siendo una prioridad naciona; con la definición de la corta anual permisible de los bosques bajo manejo, existe mayor confianza de la industria forestal. Las plantaciones con fines comerciales, seguramente se incrementarán, aunque no como resultado de un programa de incentivos económicos, sino como consecuencia de otros incentivos de tipo fiscal y por las ventajas comparativas y competitivas que ofrece el sector forestal. Tomando en cuenta que el establecimiento de plantaciones forestales de pino y de madera de color será una práctica muy común, como resultado de la aplicación de incentivos, se hace necesario considerar para el futuro, todo el aspecto del manejo forestal, tecnología para la transformación de madera procedente de plantaciones, así como comercialización de productos diferentes a los provenientes de bosques naturales.

Introducción

El manejo forestal es nuevo en Honduras, a pesar de ser un país predominantemente de vocación forestal. Las primeras explotaciones madereras se iniciaron en la Costa Norte hace unos dos siglos y las primeras industrias forestales se establecieron en Honduras a principios del siglo pasado, como un emporio extranjero. La industria forestal primaria se ha caracterizado por realizar un aprovechamiento forestal selectivo y utilizar técnicas rudimentarias, de tipo extractivo y al mínimo costo.

Fue hasta en 1988 que se inició por primera vez la venta de madera en pie, con el apoyo del Proyecto de Desarrollo Forestal USAID-COHDEFOR. Posteriormente, con la promulgación de la Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agrícola en 1992, se inicia la vigencia de la normativa de los planes de manejo forestal.

El presente estudio sobre El Estado del Manejo Forestal en Honduras examina el estado actual y los avances en cuanto al manejo forestal, los requisitos legales para elaborar, ejecutar y evaluar los planes de manejo forestal, mediadas para la protección y conservación, incentivos y fomento de las actividades de protección y reforestación y tendencias en el manejo forestal.

El documento es producto del trabajo de un equipo multidisciplinario, en cumplimiento de un contrato de trabajo suscrito entre FORESTA y la FAO, y fue elaborado de acuerdo con los respectivos términos de referencia, es de tipo general, pero analítico, preciso y recoge la información documentada sobre el tema, además de las experiencias de los consultores encargados de prepararlo

1. Estado actual del manejo forestal en el país

En la actualidad la legislación forestal vigente desde 1992 establece que no se puede realizar ningún aprovechamiento forestal comercial sin un plan de manejo forestal aprobado por la Administración Forestal del Estado, en este caso COHDEFOR.

La normativa forestal vigente ha dado como resultado que hasta el año de 1999 se habían aprobado 674 planes de manejo11 con una superficie estimada de 1.508,739 hectáreas, los cuales tienen una corta anual permisible aprobada de 1.824,666 M3. La mayor parte de la superficie corresponde a bosques de pino y solo 42 planes de manejo con 90,948 hectáreas corresponden a bosque latifoliado (CIEF - COHDEFOR.2000)

De acuerdo a la tenencia de la tierra, 514 planes de manejo pertenecen a bosques privados, todos para bosques de pino y mixtos. 83 planes de manejo corresponden a sitios municipales con bosques de pino y 77 planes de manejo en terrenos nacionales (42 en bosque latifoliado y 35 en bosque de pino).

1.1 Historia del manejo forestal y prácticas silviculturales en el país.

El año de 1969 marca un hito en la historia forestal de Honduras, pues es cuando el Gobierno, reconociendo la importancia de los recursos forestales, funda la Escuela Nacional de Ciencias Forestales, ESNACIFOR12, en Siguatepeque y el Centro Universitario Regional del Litoral Atlántico, CURLA, en la Ceiba, e inicia la formación de profesionales forestales de nivel medio y de ingenieros forestales.

El principio de ordenación forestal se introduce con la asistencia de una misión técnica de la FAO, en 1953, y con la creación del “Servicio Forestal”, dependiente de la dirección de Recursos Naturales del Ministerio de Agricultura. En esta fecha también se inicia la protección legal de las áreas reservadas (Schreuder.1955)1, cuando el control de la actividad forestal correspondía al Ministerio de Recursos Naturales, que prácticamente se limitaba al otorgamiento de permisos de corta de madera sin ninguna regulación. La Misión 105 de la FAO a principios de los sesentas también hizo notables aportes en cuanto la clasificación de tierras por zonas geo-económicas y zonas de vida, destacando la importancia de los recursos forestales del país.

Por otra parte, el primer intento serio de regular la actividad forestal se da el 18 de Enero de 1971, con la promulgación de la Ley Forestal vigente, Decreto N° 85. Posteriormente, con la creación de la Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal, COHDEFOR13, mediante la emisión del Decreto Ley N° 103, del 10 de Enero de 1974, se modifica sustancialmente la política forestal, para dar paso a la intervención directa del estado en el control de todos los bosques, operar y crear empresas forestales (aserraderos)14, manejar patios de acopio y exportar madera aserrada.

Simultáneamente con la creación de la COHDEFOR, en 1974, se nacionalizó el vuelo forestal en todas aquellas tierras de vocación forestal. Desde esta fecha hasta el 6 de abril de 1992, cuando se derogó la medida al promulgarse la Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agrícola, el Gobierno mantuvo bajo su responsabilidad las actividades relacionadas con el aprovechamiento, protección y reforestación en todos los terrenos nacionales, ejidales y privados de Honduras. También el Estado, por medio de la COHDEFOR, controlaba todo el quehacer de la actividad forestal: desde la emisión de normas para el aprovechamiento forestal pasando por la venta de la madera en pie15 a los aserraderos privados hasta la exportación de los productos forestales.

Durante 1975, se iniciaron los trabajos para la construcción de las unidades forestales demostrativas de Las Lajas, en Comayagua, Jutiapa, en Olancho y Macuelizo – Pinalejo en Santa Bárbara. La primera recibió la asistencia técnica de FAO y en las restantes fue una iniciativa de la COHDEFOR. En Las Lajas y Macuelizo se elaboraron sendos planes de manejo para el bosque de pino, los que serían usados como planes modelos.

Como parte del apoyo para introducir los planes de manejo y fortalecer la administración forestal, orientada a establecer una fabrica de pulpa y papel, en la década de los años 70 fueron construidos otros campamentos como el de Carta en La Unión, Jutiapa, Gualaco y San Esteban en Olancho y Bonito Oriental en Colón; Jocón y Agua Fría en Yoro y Dursuna en Gracias a Dios.

Posteriormente se iniciaron inventarios forestales (a fines de la década de años los 70) para la primera evaluación del recurso forestal latifoliado en el departamento de Colón, aunque el manejo en los bosques latifoliados se inicia hasta a mediados de la década de los años 80, con el apoyo de la Agencia de Cooperación Canadiense a través del Proyecto Desarrollo del Bosque Latifoliado (PDBL).

Mediante la emisión del Decreto 31-92, Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agrícola, el 5 de Marzo de 1992, se devuelve a los propietarios de áreas de vocación forestal el derecho de manejar sus áreas forestales y de aprovechar libremente los productos forestales, se establece la obligatoriedad de elaborar planes de manejo forestal para efectuar aprovechamientos forestales y se responsabiliza a los propietarios de la protección y reforestación en sus bosques. De esta forma, el estado renuncia al gozo del usufructo de los productos forestales del bosque privado y ejidal pero también se libera de la obligación del manejo de todo los boques y se concentra en el manejo de los recursos forestales de los bosques nacionales o estatales.

Antes de la promulgación de la Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agrícola, la COHDEFOR realizaba algunas prácticas silviculturales como ser raleo, quemas prescritas, protección de la regeneración y aprovechamiento de árboles semilleros, entre otras. Durante ese período se realizaron inversiones considerables en éste aspecto. En tal sentido, las principales contribuciones de la COHDEFOR al manejo forestal fueron la capacitación de personal, la construcción de campamentos y carreteras de acceso forestal y las medidas para la protección de los bosques de pino (torres de detección de incendios y medidas de prevención y combate de incendios forestales).

Después de 1992, al aprobar el Gobierno las normas para elaborar los planes de manejo forestal, las prácticas silviculturales fueron incorporadas por mandato al manejo forestal. La obligatoriedad de la evaluación de la regeneración en las áreas forestales intervenidas ha sido de gran ayuda para lograr la sostenibilidad del recurso forestal.

A pesar de que las diferentes evaluaciones y auditorias técnicas revelan grandes deficiencias en la elaboración y ejecución de los planes de manejo forestal, el país ha avanzado significativamente en el proceso de elaboración y ejecución de planes de manejo forestal; incluso se ha iniciado el proceso de formulación de criterios e indicadores para el manejo forestal sostenible. Sin embargo, todavía se hace necesario fortalecer la supervisión de las actividades prescritas en los planes de manejo (ver Cuadro N° 1).

Cuadro N° 1

Resumen de Planes de Manejo según Superficie y Volumen

Por Región Forestal (1993-1999)

Región Forestal

Cantidad

Superficie en Hectáreas

Corta Anual Permisible M3

Total

Bosque Privado

Bosque Público

1

Atlántida

46

93,803

3,755

90,048

81,440

2

Comayagua

99

98,684

42,286

56,398

117,362

3

Copán

19

12,417

9,796

2,621

10,868

4

El Paraíso

49

94,297

17,830

76,467

85,076

5

Francisco Morazán

124

166,182

63,681

102,501

321,695

6

La Mosquitia

2

19,990

0

19,990

16,044

7

Nor-occidental

37

21,021

12,787

8,234

28,766

8

Olancho Este

133

371,048

53,663

317,385

409,847

9

Olancho Oeste

85

391,610

68,366

323,244

529,580

10

Río Plátano

0

0

0

0

0

11

Yoro

45

236,667

94,827

141,840

219,160

12

Zona Sur

35

3,020

3,020

0

4,828

 

Total

674

1,508,739

370,011

1,138,728

1,824,666

A.

Bosque Latifoliado

42

90,848

0

90,848

75,422

B.

Bosque de Coníferas

632

1,417,891

370,011

1,047,880

1,749,244

Fuente: FORESTA con base en el Anuario Estadístico Forestal 1999.

Un aspecto que ha venido recibiendo mayor atención cada día es la participación de la población local en actividades de conservación de micro cuencas hidrográficas, lo cual ha sido fortalecido mediante el procedimiento de declaratoria de dichas áreas como “áreas de vocación forestal”.

Cuadro N° 2

Microcuencas Declaradas como Areas de Vocación Forestal Por Región 1988-1997

Región/Deptos

Número

Municipios

Area ha

Fecha Declaración

Atlántida y Colón

39

13

43,038

Varias

Comayagua, la Paz e Intibucá

28

 

74,012

25/5/87 al 6/12/94

Copan, Lempira y Ocotepeque

20

 

27,726

 

El Paraíso

15

 

20,351

 

Francisco Morazán

5

 

20,351

 

Nor-Occidental

36

 

16,664

 

Olancho

32

 

36,287

 

Yoro

10

 

13,941

 

Zona Sur

5

 

6,887

 

Total

190

 

246,171

 

Fuente: Anuario Estadístico

2. Preparación, aprobación, ejecución y supervisión de planes de manejo

A partir de 1992 con la promulgación de la Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agrícola, Decreto N° 31–92, se inició el proceso de preparación de las normas técnicas y reglamentarias para preparar y ejecutar los respectivos planes de manejo tanto en bosques públicos como privados.

2.1 Requisitos legales del plan de manejo forestal

El artículo No. 73 de la Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agrícola establece la obligatoriedad de la elaboración y ejecución de un Plan de Manejo Forestal como condición para aprovechar los bosques comerciales. Por otra parte, los artículos N° 9, 34, 54, 55, 56 y 57 del Acuerdo Presidencial Número 1039-93 “Reglamento al Título VI Aspectos Forestales de la Ley para la Modernización y Desarrollo del Sector Agrícola, señalan los requisitos para la elaboración y aprobación de los mismos.

Para aplicar este Reglamento, la COHDEFOR, con el apoyo de varios proyectos de desarrollo forestal, ha preparado y publicado Normas Técnicas y Reglamentarias para la elaboración, aprobación y ejecución de los planes de manejo, las cuales han sido revisadas en varias ocasiones.

Las primeras de estas normas para la elaboración de planes de manejo forestal en bosques de pino fueron elaboradas por la AFE/COHDEFOR, en 1993. Estas sirvieron para iniciar la actividad de preparación de planes de manejo en el país. En Marzo de 1995, fueron aprobadas y publicadas las Normas para la Elaboración de Planes de Manejo en Bosques de Coníferas, Bosques Mixtos y Plantaciones (Modelo PROCAFOR). Posteriormente se elaboraron normas para bosques de hoja ancha y áreas protegidas. Durante ese mismo año, el Proyecto de Desarrollo Forestal PDF, USAID/COHDEFOR, preparó y presentó otra norma, la que también fue aprobada por la Gerencia General de la COHDEFOR sin derogar las ya existentes. Desde la aprobación de ambas normas, los técnicos encargados de elaborar planes de manejo, pueden hacer uso de cualquiera de las dos aprobadas.

La norma PROCAFOR, resulta ser la más completa pues exige la recolección de mayor cantidad de información de campo, pero permite, con mucha facilidad, realizar comprobaciones de campo antes de la aprobación y durante la ejecución del plan de manejo, además de permitirle al propietario tomar decisiones, pues tiene proyecciones de ingresos y gastos anuales que la convierten en una excelente herramienta de planificación. Esta norma resultó ser la menos usada debido a que exige mayor esfuerzo del preparador del plan de manejo y del personal técnico de la COHDEFOR para su revisión en el campo y en la oficina. La Norma fue aplicada con muy buenos resultados en la elaboración de los planes de manejo de bosques ejidales de Lepaterique, Ojojona y Guaimaca, en Francisco Morazán, cuyas municipalidades fueron apoyadas por el Proyecto MAFOR, dentro del programa PROCAFOR.

La norma preparada por el PDF requiere de menor esfuerzo en la toma de datos de campo; por consiguiente, las comprobaciones de campo resultan más difíciles. Supuestamente el costo de elaboración de un plan de manejo resultaría menor con esta, pero en la práctica resultó siempre mayor. Actualmente, como es lógico suponer, es la norma más usada por los técnicos forestales que elaboran planes de manejo.

Como un requisito adicional, la COHDEFOR ha creado la norma “Monitoreo y Auditorias Técnicas a Planes de Manejo en Bosques Nacionales, Ejidales y Privados”, la cual consiste en hacer las comprobaciones del cumplimiento de las prescripciones del plan de manejo realizadas al final de cada quinquenio.

2.2 Procedimiento para la preparación y/o aprobación de Planes de Manejo Forestal.

Las normas ya descritas señalan el procedimiento que debe seguirse para la preparación y aprobación de planes de manejo y planes operativos. El orden es el siguiente2:

1. Obtención del Certificado de Registro Integro de Asiento. En términos legales, esto significa obtener en la Oficina de Registro de la Propiedad Mercantil, Hipotecas y Anotaciones Preventivas, una certificación de la escritura pública de propiedad del terreno.

2. Obtener Constancia de Libertad de Gravamen en el Registro de la Propiedad Mercantil, Hipotecas y Anotaciones Preventivas.

3. Obtener en el departamento Legal de COHDEFOR16, dictamen sobre la tenencia de la tierra, esto es una especie de constancia de que el solicitante es el propietario legal del predio y que por tanto está facultado para tomar decisiones sobre el mismo.

4. Notificar a COHDEFOR sobre la intención de elaborar el plan de manejo forestal

5. COHDEFOR autoriza la elaboración del plan de manejo17

6. El técnico forestal encargado realiza el reconocimiento del sitio, toma y procesa los datos de campo (inventario) y elabora documento del plan de manejo, con toda la información y formas que exigen las normas técnicas.

7. El técnico encargado o el propietario presentan el plan de manejo a la Unidad de Gestión Administrativa (UGA), por medio de un Representante Legal.

8. Técnicos forestales de la UGA analizan el plan, comprobando que esté completo y que la información haya sido procesada correctamente.

9. Técnicos forestales de la UGA, en compañía del técnico que elaboró el plan de manejo realizan una inspección de campo para verificar la información presentada.

10. La UGA emite dictamen, favorable o desfavorable y lo remite con el plan a la jefatura de la Región Forestal correspondiente.

11. Si el dictamen es favorable, la jefatura de la Región Forestal lo remite al Departamento de Normas y Control; si es desfavorable, se devuelve al propietario.

12. La jefatura del Departamento de Normas y Control, emite dictamen y lo remite para su aprobación a la Gerencia General de COHDEFOR.

13. La Gerencia General de COHDEFOR emite resolución aprobando el Plan de Manejo.

Antes de la preparación de un plan de manejo forestal, el propietario del bosque tiene la obligación de demostrar claramente, ante el Departamento Legal de la AFE/COHDEFOR, mediante escritura pública debidamente registrada la legalidad de la posesión del terreno objeto del plan de manejo. Una vez clarificado y asegurado éste aspecto, los interesados manifiestan por escrito a la AFE, su intención de elaborar su plan de manejo. La AFE emite dictamen dando su aprobación o desaprobación. Esta regulación tan engorrosa resulta absolutamente necesaria debido a que la seguridad jurídica de la posesión de la tierra en Honduras sigue siendo un problema, por lo cual ninguna precaución es demasiado para evitar problemas legales.

Cuando se ha obtenido la autorización de la AFE/COHDEFOR para la elaboración del plan de manejo, el técnico forestal encargado inicia los trabajos de recolección de la información de campo y las respectivas mediciones dasométricas, necesarias para la elaboración del plan de manejo. Una vez que la información ha sido procesada y puesta en un documento que reúna todas las especificaciones de la norma de elaboración que se ha decidido usar, es presentado en la Unidad de Gestión Administrativa (UGA) con jurisdicción sobre el área objeto del plan de manejo, la cual realiza la primera revisión del documento para asegurarse que cumpla todas las normas técnicas y realiza una inspección de campo para confirmar la veracidad de la información presentada.

Cubiertos estos requisitos, la UGA elabora un dictamen y lo remite con el documento del plan de manejo a la Región Forestal correspondiente. Si cumple todos los requerimientos establecidos es remitido al Departamento de Normas y Control, en la oficina Central, de la COHDEFOR, la que tramita su aprobación en la Gerencia General de la COHDEFOR. Si no cumple todos los requisitos, la jefatura de la Región Forestal lo devuelve al propietario con una notificación de los problemas de que adolece y cambios que deberá hacérsele.

Las normas especifican el tiempo que dura cada trámite, por lo que, en teoría, los técnicos encargados de elaborar los planes están protegidos contra cualquier negligencia de parte de la COHDEFOR. La aprobación de un plan de manejo, desde su presentación en la UGA no debe exceder los 60 días si cumple con todos los requisitos, y en caso que, dentro de éste periodo, no se tenga respuesta por parte de la COHDEFOR, se da por entendido que el plan ha sido aprobado.

2.3 Duración del plan general y planes operativos anuales

Los planes de manejo que se han venido elaborando desde 1993, en el marco de la Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agrícola y el Reglamento del Título VI, tienen una duración de 5 años. A partir de 1999, tomando en cuenta que la duración de un plan de manejo debe relacionarse con la rotación económica del bosque, la COHDEFOR dispuso que la vigencia de los planes de manejo sea igual que su rotación, a sea que para cada área forestal debe elaborarse un solo plan de manejo, el cual deberá ser revisado cada cinco años para hacer los ajustes necesarios, resultantes de los cambios en la estructura del bosque, silvicultura e impacto en el medio ambiente.

Las Normas Técnicas Reglamentarias establecen que para la ejecución de un plan de manejo quinquenal deberá elaborarse Planes Operativos Anuales (POA’s) de acuerdo con la prescripción silvícola para cada año de vigencia del plan de manejo.

Para su aprobación por COHDEFOR, los POA’s siguen un procedimiento similar al de los Planes de Manejo Forestal y sirven de base para la elaboración de un contrato entre la AFE y el propietario, relacionado con el cumplimiento de las normas técnicas que garanticen la perpetuidad de la cobertura forestal en el área. El volumen medido será la base para la elaboración del contrato y para definir el monto a pagar a COHDEFOR en concepto de tasa de servicios administrativos (gastos de supervisión)18 y la cuantía de la garantía a presentar para asegurar el cumplimiento de las Normas Técnicas. El ejecutor del plan de manejo, ya sea el propietario o la industria que aprovechará el contrato debe contratar un técnico forestal que se encargue de la administración de la venta y que sirva como enlace entre éste y la AFE. Por lo general el administrador es un técnico de la industria encargada del aprovechamiento del bosque.

Al final del período de vigencia del plan operativo, si se han respetado las cláusulas del contrato, la COHDEFOR extiende un finiquito consistente en un dictamen técnico detallando el cumplimiento de las prescripciones silvícolas. El finiquito sirve para que el propietario pueda retirar la garantía presentada; en caso de incumplimiento de las prescripciones del plan operativo, el monto de la garantía es retenido por la COHDEFOR y ejecutada a su favor y el propietario pierde el derecho de continuar con los aprovechamientos previstos en los años subsiguientes.

En teoría, la “implementación” de los planes de manejo y de los planes operativos anuales está a cargo de los propietarios o titulares de la tierra, para lo cual en cada plan operativo se designa un administrador. Por su parte, la COHDEFOR, como institución encargada de aplicar las normas técnicas y reglamentarias tiene la responsabilidad de supervisar y evaluar las actividades planificadas.

En la práctica, la administración de los planes operativos (administración de las ventas de madera) por lo general es realizada por un técnico forestal de la industria encargada del aprovechamiento. Debido a lo anterior, los propietarios forestales no están conscientes de su responsabilidad en cuanto a la protección y reforestación de las áreas intervenidas por las industrias ya que su prioridad generalmente es la obtención de ingresos por el aprovechamiento de la madera. En la mayor parte de los sitios aprovechados por las industrias, tanto en terrenos privados como ejidales y nacionales, no se realizan las actividades previstas de protección y reforestación, ya que son abandonados después del aprovechamiento. Los daños por los incendios forestales y el pastoreo de ganado por lo general impiden una adecuada regeneración natural y el establecimiento de un nuevo bosque.

La ejecución de las actividades de protección y reforestación previstas en cada plan operativo anual, no se realizan, en la mayoría de los casos debido a que los planes de manejo no son socializados ni conocidos por los mismos interesados, y a que los propietarios de los bosques no tienen experiencia ni conocimientos adecuados para realizar las actividades programadas.

En resumen, se puede decir que la normativa legal actual para lograr el manejo es apropiada. Sin embargo, su aplicación en la práctica todavía es muy deficiente. Los bosques no son manejados correctamente, especialmente los de tenencia nacional, que son responsabilidad directa de COHDEFOR. El incorrecto manejo de los bosques está causando un deterioro en la economía productiva del subsector forestal, pues los rendimientos están muy por debajo de la capacidad productiva de los suelos. La elaboración de los planes de manejo es de interés únicamente para cortar el bosque y obtener ingresos inmediatos. El manejo de los bosques jóvenes es inapropiado, pues no se están haciendo las intervenciones silvícolas oportunas. Los incendios forestales siguen siendo una amenaza para el establecimiento del nuevo bosque. Por otra parte, el gorgojo de la corteza de pino (Dendroctonus frontalis) está causando grandes pérdidas en los bosques jóvenes en los departamentos de El Paraíso, Olancho, Yoro, Comayagua y Francisco Morazán.

2.4 Responsables por la supervisión e implementación del plan

Las diferentes sedes Regionales Forestales del país, han descargado en las Unidades de Gestión administrativa (UGA’s) la responsabilidad directa de la supervisión de las actividades de cada plan de manejo en ejecución. La UGA encarga a uno de sus técnicos el seguimiento de las operaciones del plan de manejo, el cual, en coordinación con el técnico administrador privado, regularmente realizan inspecciones in situ para verificar el cumplimiento de las normas técnicas y de las cláusulas establecidas en el contrato de la venta. Estos dos técnicos deben mantener comunicación constante para resolver de conformidad con las normas cualquier situación imprevista que se presente. Al final de la ejecución de cada POA el técnico de la UGA encargado es el responsable de emitir un dictamen sobre el cumplimiento de las normas técnicas, el cual servirá de base para decidir si se libera o se incauta la garantía otorgada para asegurar el cumplimiento de las normas técnicas.

Desafortunadamente, la intervención de La COHDEFOR después de la ejecución de cada POA es muy limitada, por lo cual casi no se le da seguimiento a la totalidad de la ejecución del Plan de Manejo, dando como resultado que la mayoría de las áreas forestales aprovechadas sean abandonadas después de la corta, sin asegurarse el establecimiento y protección de un nuevo bosque.

3. Medidas de conservación

La base legal para la conservación de suelos y aguas se encuentra en el capítulo VIII del Decreto No. 85, Ley Forestal vigente y su reglamento (Acuerdo N° 634 Reglamento General Forestal).

3.1 Requisitos legales para la conservación de suelos y aguas (forestales)

El artículo No. 64 de esta ley establece cómo deben protegerse las fuentes y cursos de agua permanentes y define como responsabilidad de las municipalidades proteger y conservar las fuentes que abastecen de agua a las poblaciones. Los artículos 65 al 67, establecen la participación que debe tener la COHDEFOR en este cometido.

Igualmente, el Decreto 87-87, Ley de Bosques Nublados, artículo 1, declara como parques nacionales, reservas biológicas y refugios de vida silvestre a perpetuidad 37 áreas naturales que incluyen todos los bosques nublados (desde la cota 1800 m.s.n.m.), productores de agua ubicados en diferentes zonas del país.

El artículo 74 del Título VI de la Ley para la Modernización y Desarrollo del Sector Agrícola, señala que es obligación de la COHDEFOR la “promoción del uso múltiple de las áreas forestales y el fomento de su aprovechamiento sostenible en forma eficiente, velando por su conservación de manera armónica con las aguas y los suelos”. Las medidas de conservación de los suelos y aguas, contenidas en los planes operativos incluyen desde construcción de carreteras, vías de extracción, bacadillas, zonas de protección de los márgenes de las corrientes de agua permanente, etc. Los contratos de compraventa, suscritos entre el propietario del bosque bajo manejo y la COHDEFOR especifican las medidas que deben ejecutarse durante y después de los aprovechamientos.

Una vez finalizados los aprovechamientos, la COHDEFOR extiende un dictamen de finiquito. Este documento permite al propietario retirar la garantía, depositada previamente, para el cumplimiento de las medidas ya descritas.

3.2 Requisitos legales para el manejo de áreas cercanas a las fuentes de agua

Muchas ciudades, aldeas y caseríos cuentan con micro cuencas declaradas para la protección de sus fuentes de agua, sobre la base del Artículo N° 64 de la Ley Forestal (Decreto N° 85 y su Reglamento). La protección de las cuencas y micro cuencas hidrográficas utilizadas para la producción de agua de consumo humano es realizada por las municipalidades y las comunidades a través de patronatos o juntas de aguas. Esta protección consiste en delimitar y demarcar las micro cuencas, cercar las áreas inmediatas a los sitios de presa, manteniendo así el ganado fuera de los predios objeto de la protección o declarar intocable un área entera. Sin embargo, se hace necesario trabajar en el manejo de uso múltiple de tal manera que las poblaciones puedan tener otros beneficios dentro de la función económica, social y ecológica de dichas áreas.

Cuando se realizan aprovechamientos, la aplicación de medidas se basa en las cláusulas especificadas en el contrato de compraventa de productos forestales firmado entre el propietario y la COHDEFOR. Sin embargo, la aceptación de prácticas que afectan la calidad del agua en las corrientes permanentes y temporales de agua, sigue siendo alarmante; esta situación es consecuencia de la falta de cumplimiento estricto de la normativa aplicable a los aprovechamientos.

En cuanto a las áreas frágiles, todavía no se tiene una obligación legal para que los propietarios realicen obras o prácticas de conservación de suelos. Sería apropiado que la COHDEFOR y las municipalidades iniciaran estas labores; en primer lugar como un ejemplo y en segundo lugar como una contribución a la sociedad.

3.3 Requisitos legales para la conservación de la biodiversidad

En la legislación hondureña, existe una clara diferenciación entre los bosques para conservación de biodiversidad (áreas protegidas) y los bosques para aprovechamiento (áreas de interés forestal). Existe un departamento en la COHDEFOR responsable para la coordinación, seguimiento y administración de áreas protegidas y vida silvestre. Enormes extensiones de bosques han sido sometidas a régimen especial de protección. Las áreas forestales protegidas cubren aproximadamente un 23.8 % del territorio nacional,. El 63% de la zona oriental esta protegida, se ha protegido también el 100% de los bosques nublados (SILVIAGRO, 1996).

En los bosques sometidos a planes de manejo se especifican las superficies destinadas a intervención y las áreas destinadas exclusivamente a protección y conservación. En las áreas donde se realizan aprovechamientos de madera, las normas técnicas y reglamentarias establecen las medidas que deben tomarse para la protección de la biodiversidad y para conservar las fuentes de agua. En la actualidad, las principales medidas para conservar la biodiversidad, aunque no están descritas con precisión en las normas técnicas, incluyen: Hacer la prescripción silvicultural, definir el sistema de corta (árboles semilleros, corta selectiva, corta en fajas o raleo), marcar con pintura los límites de la venta o área a intervenir, diseñar la carretera de acceso, las vías de extracción y los patios para trozas (bacadillas), mantener un cierto número de árboles huésped para anidamiento de aves, no talar árboles con nidos y dejar franjas de árboles a orilla de las fuentes de agua permanentes.

Las normas vigentes para planes de manejo, sin embargo, no exigen la identificación de especies en peligro o amenazadas, establecer tipos de hábitat, consultas con la población local, épocas de reproducción de las especies silvestres y otros aspectos importantes para conservar la biodiversidad.

4. Medidas de protección forestal

La Ley Forestal establece en materia de protección y conservación forestal medidas preventivas, combativas y reparadoras. No obstante, los casos de medidas reparadoras no son comunes, y en la actualidad las medidas para la protección de los bosques se limitan a campañas de prevención de incendios a través de los diferentes medios de comunicación, rondas cortafuegos, quemas controladas y el equipamiento de pequeñas brigadas de combate de incendios forestales. Los incendios forestales, especialmente en los bosques de pino, tienen grandes repercusiones en el ámbito de la protección de los suelos de ladera, de la fauna silvestre, la regulación de caudales y conservación de las fuentes de agua, moderación del clima y la recreación.

Los ecosistemas del bosque de pino en Honduras, son afectados drásticamente cada año entre los meses de Noviembre y Abril, por incendios forestales: ocasionalmente la plaga del gorgojo de pino (Dendroctonus frontalis), afecta grandes extensiones de bosque de pino joven como en la actualidad que se han detectado grandes extensiones de bosques afectados en los departamentos de Yoro, Francisco Morazán, Olancho, El Paraíso y Comayagua. La plaga del gorgojo afectó 1.7 millones de hectáreas, entre 1962 y 1964, según una evaluación realizada por una misión de USAID, con un daño económico estimado en US$ 300.0 Millones (SILVIAGRO, 1996).

Actualmente, las medidas de prevención y combate de incendios son realizadas por los propietarios de bosques, las municipalidades y la COHDEFOR. Sin embargo, la crisis económica que ha venido afectando a la COHDEFOR desde hace unos 10 años, ha resultado en un debilitamiento de los programas de protección forestal. La respuesta de los propietarios de bosques y las municipalidades en materia de prevención y combate de incendios a partir de 1992, se ha limitado a la contratación de personal para vigilancia y combate de incendios. El fuego también es o debería considerarse una herramienta y factor importante en el manejo del bosque de pino.

4.1 Requisitos legales para la protección del bosque contra incendios, plagas y enfermedades.

Para la protección forestal es mandato por ley que los propietarios y las municipalidades (ejidales y privados) realicen las actividades de protección respectivas en sus bosques.

Según lo previsto en la Ley para la Modernización y Desarrollo del Sector Agrícola, y su reglamento del Título VI, al iniciar la época seca, los propietarios deben hacer rondas, organizar cuadrillas de prevención y combate contra incendios; esto último incluye la vigilancia ambulante en los bosques. Los principales problemas para la aplicación de los medidas de protección están relacionados con la falta de recursos económicos y la escasa preparación y falta de experiencia de los propietarios y para realizar con eficiencia dichas actividades.

Las municipalidades también tienen responsabilidad directa en la protección contra incendios, plagas y enfermedades en los bosques ejidales y los privados municipales. Al igual que en los bosques nacionales, las autoridades municipales deben considerar en sus programas y presupuestos las inversiones necesarias para la protección de sus bosques. En la mayoría de los casos, las municipales que cuentan con un plan de manejo forestal aprobado, han otorgado contratos para la extracción de madera, pero no conocen el plan de manejo o no disponen de recursos económicos para realizar las actividades planificadas, como ha constatado y documentado FORESTA, a través del Programa de Apoyo al Desarrollo Forestal Municipal en los 14 municipios que cuentan con bosque ejidal o municipal privado de los 17 municipios del norte de Olancho en que opera el proyecto PROLANCHO. En los bosques nacionales la COHDEFOR tiene la responsabilidad, por ley, de realizar las labores de prevención y control de incendios forestales, de plagas y enfermedades. Durante la época seca la COHDEFOR invierte recursos importantes en campañas educativas a través de los medios de comunicación, buscando el apoyo del público para disminuir o atenuar los efectos de los incendios forestales.

La protección de aquellas áreas boscosas clasificados como de alto riesgo de incendios, son prioridad para la COHDEFOR, para lo cual se organizan brigadas de combate de incendios. No obstante lo anterior, los incendios forestales siguen siendo un problema para el futuro de los bosques productivos.

Respecto a las enfermedades, los bosque de pino en Honduras no sufren daños significativos. Una planta parásita que vale la pena mencionar es la especie conocida comúnmente como muérdago, la que esta bastante diseminada en los bosques del país.

4.2 Directrices y guías para un aprovechamiento forestal sostenible

Las Normas Técnicas y Reglamentarias utilizadas para la formulación, ejecución y evaluación de planes de manejo establecen las bases y principios del manejo forestal sostenible. No obstante, se ha reconocido que es necesario elaborar guías técnicas y otros instrumentos que faciliten la aplicación de los criterios e indicadores de manejo forestal sostenible. Por ejemplo las guías para el diseño y construcción de carreteras son importantes, lo mismo que la capacitación en aspectos de planificación y ejecución de los aprovechamientos. Un aspecto que ha recibido poca atención es el relacionado con la evaluación de impacto ambiental de las actividades de cada plan de manejo.

Se ha elaborado, a nivel de propuesta, una metodología para aplicar la normativa ambiental que establece la Ley General del Ambiente y sus reglamentos, pero no se han realizado los cambios respectivos en las normas técnicas para elaborar los planes de manejo. En tal sentido, en la elaboración de los planes de manejo, el cuestionario ambiental que se ha venido utilizando es de tipo general y no responde a la normativa de evaluación de impacto ambiental vigente.

Respecto al aprovechamiento de productos no maderables, especialmente en los áreas protegidas, se debe aplicar la normativa aprobada para dichas áreas, la cual considera las diferentes categorías de áreas y la participación de las poblaciones locales en las diferentes actividades de manejo y usufructo.

5. Programas especiales e incentivos para el manejo forestal sostenible

En Honduras no existe un programa bien definido de incentivos para el manejo forestal sostenible. A pesar de que existe una ley de incentivos vigente desde 199319, en la práctica no existen suficientes garantías e incentivos para invertir en el manejo de los bosques naturales. Lo mismo sucede con otras actividades incluyendo el establecimiento de plantaciones forestales.

No debe olvidarse que hasta hace unos 9 años los bosques privados y ejidales estaban bajo el control de la COHDEFOR, una institución que desestimando la importancia del manejo forestal subsidió el precio de la madera en rollo por muchos años, mientras recuperaba el valor de la madera al comprarla a las industrias para exportarla con jugosas ganancias. La COHDEFOR, a nuestro juicio no genera la confianza necesaria entre los propietarios de bosques, industriales e inversionistas, ya que para el sector privado es la misma institución que legal o ilegalmente se apropió de bosques privados y municipales, impuso tasas arbitrarias, negó los derechos de los legítimos propietarios a usufructuar los productos forestales e impuso multas a propietarias por aprovechar productos de su propiedad, sin fines comerciales.

5.1 Incentivos para el manejo forestal

La Ley de incentivos forestales vigente, establece más de 20 diferentes incentivos, al grado que ha sido calificada como una Ley demasiado ambiciosa. Los incentivos van desde la exoneración de hasta L.100,000.00 (equivalente a US$ 6,300.00 a la tasa de cambio vigente) del impuesto sobre la renta, para invertirlos en actividades de reforestación, hasta pago de la asistencia técnica para elaborar y ejecutar proyectos de reforestación, suministro de plantas y otros insumos, tanto en terrenos nacionales como municipales y privados. En la realidad la Ley no cuenta con una adecuada reglamentación, no existe el Fondo de Incentivos, ni existe voluntad para aplicarla.

En la actualidad, a pesar que se han realizado esfuerzos para mejorar la legislación forestal relacionada con los incentivos forestales y se está concertando un Anteproyecto de Ley Forestal, no existen condiciones para fomentar la protección y conservación, debido a la desconfianza entre los diferentes sectores. A pesar de que recientemente la Secretaría de Agricultura y Ganadería presentó oficialmente al público el documento “Política Forestal de las Áreas Protegidas y la Vida Silvestre”, es notoria la falta de confianza entre los diferentes sectores, que no encuentran coherencia y consistencia entre lo que el Gobierno dice y hace.

Los propietarios de áreas forestales no tienen confianza para hacer inversiones de mediano y largo plazo en el sector forestal y la poca inversión se realiza en industrias primarias donde prevalece una operación extractiva y recolectora, justificada en los planes de manejo forestal y planes operativos anuales que para mucho críticos se han convertido en planes de corta y extracción.

La descentralización y eliminación de tramites burocráticos, especialmente en lo que se refiere a la ejecución de planes de manejo y aprovechamiento de plantaciones podría ayudar a restablecer la confianza entre la Administración Forestal del Estado y el sector privado y las municipalidades.

En cuanto a los incentivos forestales en bosques latifoliados, la COHDEFOR con el apoyo del Proyecto de Bosques Latifoliados y el Proyecto Apoyo a la Gestión Sostenible de los Recursos Naturales, han tratado de diferenciar la política forestal, dando un tratamiento especial a los grupos que integran las Áreas de Manejo Integrado (AMI´s), considerando que las mayores extensiones de bosques latifoliados se encuentran en terrenos nacionales y que el bosque latifoliado es un ecosistema muy variado y complejo.

5.2 Tipo de incentivos

La Ley de Incentivos a la reforestación, como se le conoce, establece 23 tipos de incentivos que incluyen, entre otros: Exoneración del pago de hasta (L.100,000.00) para actividades de reforestación, asistencia técnica para elaborar y ejecutar proyectos de reforestación en terrenos privados y públicos, incentivos económicos para protección de cuencas y bosques públicos y privados en general. El problema con esta Ley es que no cuenta con su reglamento (a pesar que la misma establece un plazo de 6 meses para que el Poder Ejecutivo emita el respectivo reglamento), tampoco existe el programa y los fondos previstos para dichos fines.

Por otra parte existen varios incentivos implícitos en las normas vigentes, los que de alguna forma contribuyen con los fines de la Ley de Incentivos. Por ejemplo: la aprobación de un plan de manejo forestal, brinda garantías a sus propietarios, lo mismo ocurre con el otorgamiento de certificados de plantación a los propietarios y la liberación de tasas impositivas para las plantaciones establecidas por particulares y empresas.

Algunos proyectos de desarrollo forestal, tales como Manejo de Cuencas de la Sierra de Omoa (FAO – PNUD – COHDEFOR), Plan Comayagua (BID), Reforestación para Protección (COHAAT y COHASA), Programa de manejo de los Recursos Naturales de la Cuenca El Cajón BID), MADELEÑA (CATIE – COHDEFOR), PDF COHDEFOR/USAID, PDBL, (ACDI/COHDEFOR) y MARGOAS han venido brindando asistencia técnica y suministrando plantas a los propietarios de áreas forestales.

Algunas sugerencias para incentivos incluyen desde simplificación de las normas técnicas y reglamentarias, mayor libertad al sector privado para manejar sus bosques, eliminación de garantías bancarias innecesarias, eliminación de controles para la comercialización de la leña y sistema de información sobre oportunidades y mercados para comercialización de productos y publicación de estadísticas forestales.

6. Tendencias del manejo forestal

Por la forma en que se han venido desarrollando las normas técnicas y reglamentarias relacionadas con los planes de manejo forestal, se puede concluir lo siguiente:

• Es un proceso que requiere bastante tiempo para elaborar, aprobar y validar las principales normas y guías técnicas

• El área sometida a manejo aumenta cada año, así como el interés y la confianza de los propietarios y administradores de bosques privados y municipales

• Los conflictos relacionados con la tenencia de la tierra, tienden a disminuir al definirse con mayor precisión los titulares del dominio de la tierra.

• Propicia la co-inversión y se crean alianzas entre propietarios e industriales

• Mayor participación de la sociedad en la definición de objetivos y metas para los bosques productivos y mejor entendimiento entre el Gobierno y los propietarios de bosques

6.1 Tendencias del país con relación al manejo forestal

El concepto de manejo difundido por las corrientes conservacionistas dificulta la difusión del manejo forestal sostenible. Si a lo anterior le agregamos la lentitud y falta de ejecución de los planes de manejo, hay razones suficientes para denunciar la ineficacia de los planes de manejo y su escasa utilidad para grandes sectores de la población, ya que es prácticamente imposible realizar un aprovechamiento de madera sin afectar el ambiente y la calidad de las fuentes de agua. Esta situación solamente se puede mejorar con un adecuado ordenamiento del uso del territorio, y la aplicación de normas técnicas que nos lleven a mejores prácticas de manejo forestal.

En la actualidad, el manejo forestal que se realiza en Honduras se manifiesta principalmente como el aprovechamiento forestal, en detrimento de la protección y reforestación de las áreas forestales intervenidas. A pesar de las notables deficiencias encontradas en la metodología y los procedimientos utilizados en la elaboración, ejecución y supervisión de los planes de manejo forestal, la tendencia es hacia una mayor cobertura de la superficie bajo planes de manejo y una mejor aplicación de las normas técnicas y reglamentarias.

Por otro lado, es necesario reconocer que la COHDEFOR (Administración Forestal de Estado) ha hecho importantes esfuerzos y grandes inversiones en el subsector forestal. Sin embargo, todavía no se alcanza el nivel de manejo forestal acorde con el esfuerzo realizado y las metas establecidas en los planes de manejo de los bosques nacionales, donde las deficiencias encontradas son mayores respecto de la aplicación de los planes de protección y reforestación. En tal sentido, se espera que la nueva Ley Forestal cree una nueva institucionalidad caracterizada por los siguiente: Mayor estabilidad económica, menos influencias políticas sectarias en las decisiones, mayor descentralización operativa y técnica y mayor libertad de acción y responsabilidades para las municipalidades y los propietarios forestales.

La reforestación y protección de los bosques contra los incendios, seguirá siendo una prioridad para garantizar la operación de la industria forestal. Las plantaciones con fines comerciales seguramente se incrementarán, aunque no como resultado de un programa de incentivos económicos como establece la actual Ley de Incentivos, sino como consecuencia de otros incentivos de tipo fiscal y por las ventajas comparativas y competitivas que ofrece el sector forestal. Tomando en cuenta que las plantaciones forestales de pino y seguramente de madera de color, serán muy comunes en el futuro próximo como resultado de la aplicación de incentivos, se hace necesario considerar a mediano plazo, todo los aspectos del manejo forestal, tecnología para la transformación de madera procedente de plantaciones, así como comercialización de productos diferentes a los provenientes de bosques naturales.

Referencias

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12. AFE/COHDEFOR. Análisis del Subsector Forestal de Honduras. Tegucigalpa, 1996.

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14. SECRETARIA DE COMUNICACIONES, OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE. BANCO MUNDIUAL. Criterios de Evaluación de Impacto ambiental en Caminos Rurales y Mediadas de Mitigación más Comunes.

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ANEXO 1

Cuadro No. 1

Uso Actual del Suelo (Miles de Hectáreas) 1999

No.

Descripción

Superficie

%

1

TIERRAS CON COBERTURA FORESTAL

5,989.6

53.2

1.1

Bosque Latifoliado

2917.8

 

1.1.1

1.1.2

Manglar

Hoja Ancha

54.3

2,863.5

 

1.2

BOSQUE DE PINO

2,512.7

 

1.2.1

1.2.2

Denso

Ralo

695.2

1,817.5

 

2

OTROS USOS

5,259.6

46.8

2.1

ZONAS AGRÍCOLAS GANADERAS Y OTROS

3,607.4

 

2.2

AREA DEFORESTADA

1,652.2

 

2.2.1

2.2.2

Latifoliado

Mangle

1,311.3

243.5

 

2.2.3

Pino

97.4

 
 

TOTAL

111,249.2

100.0

FUENTE: Anuario Estadístico Forestal (COHDEFOR).

Cuadro N° 2

Distribución de los Bosques por Región Forestal, según tipo de bosque (miles ha)

Región Forestal

Pino

Bosque Latifoliado

Mixto

Total Bosque

Otros usos

Total área

Hoja ancha

Mangle

Total

Atlántida

50.5

510.6

4.5

515.1

55.3

620.9

777.8

1398.7

Comayagua

370.9

86.8

0.0

86.8

82.2

539.9

537.3

1077.2

Copán

188.7

88.5

0.0

88.5

81.9

359.1

550.9

910.0

El Paraíso

205.5

88.3

0.0

88.3

20.1

313.9

350.0

663.9

Fco. Morazán

409.3

43.8

0.0

43.8

51.5

504.6

340.5

845.1

La Mosquitia

329.3

373.2

2.6

375.8

2.0

707.7

341.2

1048.9

Nor-Occidental

144.9

98.9

0.0

98.9

56.2

300.0

594.7

894.7

Olancho Este

314.9

218.2

0.0

218.2

103.7

636.8

568.8

1205.6

Olancho Oeste

221.2

45.2

0.0

45.2

52.7

319.1

142.6

461.7

Río Plátano

74.1

1234.3

0.0

70.7

45.6

289.6

363.3

652.9

Yoro

173.3

70.7

0.0

70.7

45.6

289.6

363.3

652.9

Zona Sur

29.5

5.0

47.2

52.2

4.6

86.3

579.7

666.0

TOTAL

2512.7

2863.5

54.3

2917.8

559.1

5989.6

5259.6

11249.2

% Estrato y especie

100.0

98.1

1.9

100.0

       

% Tipo de bosque

42.0

   

48.7

9.3

100.0

   

% Cobertura y uso

22.3

   

25.9

5.0

 

46.8

100.0

Fuente: Anuario Estadístico Forestal (CIEF/COHDEFOR. 1999)

Cuadro 3

Area Plantada por Departamento en Honduras. Hasta 8/98

No

Proyecto/Programa

Departamento

Area ha)

1

ESNACIFOR, Siguatepeque

Comayagua

2,536

2

ESNACIFOR, Lancetilla

Atlántida

10

3

Leña y MADELEÑA

Zona Central, Sur y Atlántida

600

4

Desarrollo Forestal Comayagua

Comayagua, La Paz

16,610

5

COHAAT Zona Norte

Cortés, Atlántida

-

6

COHDEFOR, San Esteban

Olancho

800

7

Cuencas Hidrográficas

Cortés

607

8

Belén-Gualcho

Copan, Lempira

510

9

COHDEFOR-ACNUR

Gracias a Dios

1,698

10

COHDEFOR-La Mosquitia

Gracias a Dios

1,314

11

CONAAT/COHASA-COHDEFOR

Choluteca

500

12

COHDEFOR-ACDI

Olancho

-

13

El Cajón COHDEFOR-ENEE

Comayagua

9,170

 

TOTAL

 

34,355

Cuadro N° 4

Aprovechamiento forestal (en rollo) 1980 –1999, según tipo de productos

Años

Pino miles M3

Latifoliado

Miles M3

Resina pino

Barriles

Barriles Aceite Liquidambar

Semillas*

Kg

Leña miles m3

1980

1,041.5

41.1

10,383

44

1,493

115.6

1981

1,029.8

27.3

14,785

16

2,089

104.0

1982

920.8

15.5

10,433

51

2,322

111.8

1983

856.6

21.5

7,374

61

1,418

119.1

1984

807.2

21.2

5,733

48

849

139.8

1985

817.2

21.4

5,592

51

810

189.7

1986

768.2

26.2

6,265

43

1,569

112.9

1987

920.7

37.7

5,189

69

1,343

100.8

1988

888.6

39.4

5,061

84

1,313

141.2

1989

819.1

50.9

5,478

103

1,196

133.2

1990

706.9

43.5

4,405

122

514

81.4

1991

667.2

37.1

20,071

304

1,172

39.3

1992

501.1

35.9

19,170

57

517

13.0

1993

584.5

5.6

12,286

108

222

7.2

1994

603.0

3.8

8,059

27

-

1.3

1995

469.8

4.8

15,731

171

528

-

1996

613.0

32.2

38,114

570

600

-

1997

673.2

41.2

24,806

915

660

44,0 *

1998

           

1999

           

Fuente: Anuarios Estadísticos Forestales de COHDEFOR

NOTA: * Solo se reporta el volumen exportado de semillas de pino

11 El Anuario Estadístico Forestal presenta información de tallada de los planes de manejo y planes operativos por Región Forestal y año.
12 La ESNACIFOR inició la formación de técnicos forestales en 1969 mediante los siguientes programas: Carrera de Bachilleres Forestales (3 años de formación) y Guardas Forestales (1 año).
13 El Decreto Ley N° 103, del 10 de enero de 1994, le otorga a La COHDEFOR, el control de todos los bosques, tanto en terrenos públicos como privados, la industrialización de la madera y las exportaciones de madera, lo mismo que todos las funciones que de acuerdo con la Ley correspondían a la Administración Forestal del Estado AFE, una figura obsoleta, que más tarde en 1994 se le agregó a la COHDEFOR, por lo que en varios documentos también es conocida como la AFE-COHDEFOR.
14 La COHDEFOR administró y estableció las siguientes industrias forestales: CORFINO, FIAFSA, CASISA, LOCOMAPA y RESIHON.
15 Desde 1974 y hasta a fines de 1988 la venta de madera consistía en asignar a la industria respectiva un área y un volumen, mediante contrato de compra venta de madera. El contrato contemplaba algunas medidas para proteger las riberas de los ríos y quebradas, pero la supervisión era muy deficiente.
16 El Departamento Legal de la COHDEFOR extiende Dictamen favorable sobre la tenencia después de examinar los antecedentes (tracto sucesivo) del inmueble, para garantizar la legitimidad del título.
17 Los pasos 4 y 5 no siempre han sido aceptados por los particulares o exigidos por la COHDEFOR, ya que se consideran innecesarios, aunque por lo general se realizan consultas previas en las oficinas forestales antes de hacer un plan de manejo forestal.
18 La tasa por concepto de servicios administrativos (que ha oscilado entre un 15 al 25% del precio de venta de la madera en pie) que ha venido cobrando la COHDEFOR a los propietarios de bosques y municipalidades, ha sido objeto de fuertes críticas y hasta una demanda por parte de los empresarios madereros. Tanto las leyes como los reglamentos forestales no contemplan dicha tasa, tampoco existe proporción entre la tasa y el supuesto servicio administrativo o supervisión.
19 La Ley de Incentivos a la Protección, Forestación y Reforestación, Decreto N° 104-93, no ha tenido ninguna aplicación práctica, supuestamente por dos razones. 1. Falta de reglamentación y 2. No se creó el Fondo Nacional de Incentivos, ni se organizó el Programa, tal como lo establece la Ley.

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