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Hoja informativa sobre comercio agrícola |
Cuarta Conferencia Ministerial de la OMC |
Doha, 9-14 de noviembre de 2001 |
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La producción mundial de pescado se encuentra actualmente en un nivel de 126 millones de toneladas, equivalentes a 16,3 kg per cápita. En 1997-99, el comercio internacional de pescado y productos pesqueros alcanzó los 52 mil millones de dólares EE.UU., más del triple del de 1980-82 (Figura 1).
Figura 2: Parte de las exportaciones agrícolas y pesqueras mundiales correspondiente a los países en desarrollo
Figura 1: Comercio mundial de pescado y productos pesqueros |
Figure 2: Part des pays en développement dans les exportations mondiales de produits de la pêche et de produits agricoles |
Desde 1980-82 las exportaciones de pescado y productos pesqueros se cuadruplicaron hasta alcanzar en 1997-99 los 26 mil millones de dólares EE.UU.. Como consecuencia, la parte del comercio mundial de pescado y productos pesqueros correspondiente a los países en desarrollo pasó de 40 por ciento en 1980 a 50 por ciento en 1994-96 y 1997-99, pese a la pequeña merma experimentada desde 1997 (Figura 2). La parte de los países en desarrollo en el comercio agrícola mundial acusa un descenso en el período examinado (Figura 2).
En el sector del comercio pesquero, captura y acuicultura mundiales han surgido varios problemas de importancia internacional. A continuación se presenta un breve resumen de los mismos junto con la experiencia de la FAO en esos sectores.
En 1998, el Organo de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC declaró a los Estados Unidos culpable de discriminación contra otros Miembros debido a la prohibición de las importaciones procedentes de países que utilizaban técnicas de captura perjudiciales para las tortugas de mar. A raíz de lo cual los Estados Unidos anunciaron un programa de asistencia destinado a ayudar a los países en desarrollo a equipar sus redes con dispositivos destinados a excluir la tortuga. Por lo tanto, en octubre de 2001 el Organo de Apelación permitió que los Estados Unidos mantuvieran la prohibición sólo a condición de que continuaran realizando iniciativas serias de buena fe para alcanzar un acuerdo internacional sobre la conservación de la tortuga. De esta manera la OMC sentó un importante precedente para la aplicación del principio de mutua sustentación entre el comercio y el medio ambiente. La FAO cuenta con un amplio margen de colaboración con la OMC en estas cuestiones.
Durante los últimos diez años varios países han estado abogando por la inclusión de las especies marinas comerciales en los apéndices de la CITES. En su reunión del 11-15 de marzo de 2002 en Ginebra (Suiza) el Comité Permanente de la CITES examinará los informes de los Comités de Animales y Plantas sobre los criterios para confeccionar la lista, modificados para incluir las especies marinas comerciales. La presentación final de los criterios tendrá lugar en la Duodécima Conferencia de las partes contratantes en la CITES (CoP 12), que se reunirá en Santiago (Chile) del 3 al 15 de noviembre de 2002. La FAO tiene el derecho de ser consultada en el proceso de enmienda. Las reuniones clave destinadas a ultimar la posición de la FAO forman parte de la segunda consulta técnica sobre la idoneidad de los criterios de la CITES para confeccionar la lista de las especies acuáticas explotadas comercialmente (Windhoek, Namibia, 22-25 de octubre de 2001) y de la octava reunión del Subcomité de comercio pesquero del COFI (COFI-FT), que se reunirá del 12 al 16 de febrero de 2002 en Bremen, Alemania.
Las preocupaciones por la inocuidad y calidad de los alimentos llevaron a algunos países a establecer una legislación sobre la rastreabilidad de los productos alimentarios. El artículo 4 del reglamento 104/2000 de la UE, que entrará en vigor el 1 de enero de 2002, permite la comercialización de productos pesqueros sólo si poseen una etiqueta que indique claramente la identificación comercial de las especies, el método de producción y las zonas de captura. La aplicación de dicho reglamento puede suponer algunas barreras comerciales, especialmente para los países que no pueden costearse sistemas de rastreabilidad sofisticados.
La creciente demanda pública de alimentos saludables y ecológicamente inocuos indujo a los actores de los sectores público y privado a desarrollar planes de etiquetado ecológico. Según la FAO, tales planes deben ser transparentes, voluntarios, no discriminatorios y no restrictivos del comercio.
La OMC alienta a sus estados miembros a que armonicen sus normas de salud y seguridad con las normas internacionales establecidas, entre otros, por la Comisión del Codex Alimentarius. El Comité del Codex sobre pescado y productos pesqueros está elaborando actualmente un código de prácticas para el pescado y los productos pesqueros que contribuya, en los países en desarrollo, a la ejecución de buenas prácticas de ordenación y de evaluaciones por análisis de peligros en puntos críticos de control.