1. El Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras celebró su 20a reunión del 2 al 6 de octubre de 1995 en Budapest, por gentileza del Gobierno de Hungría. Presidió la reunión el Prof. Peter Biacs, Director General del Instituto Central de Investigaciones Alimentarias (KEKI). Participaron 109 delegados y observadores de 41 países y de cinco organizaciones internacionales. En el Apéndice I del presente informe figura la lista completa de los participantes y los nombres de los miembros de la Secretaría.
APERTURA DE LA REUNION (Tema 1 del programa)
2. En la sesión de apertura dio la bienvenida a los delegados el Dr. E. Rácz, Jefe de la Dirección de Calidad de los Alimentos del Departamento de Industrias Alimentarias y Presidente del Comité Nacional del Codex de Hungría. Se dirigió luego a la reunión el Dr. Lászlo Vajda, Jefe del Departamento de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Agricultura.
APROBACION DEL PROGRAMA1 (Tema 2 del programa)
3. El Comité aprobó el programa provisional tal como se había propuesto, y convino en:
designar un Grupo de Trabajo especial que examinara el tema 4 del programa, Anteproyecto de Directrices Generales del Codex sobre Muestreo, a fin de facilitar el examen de las mismas;
debatir el tema 7 del programa inmediatamente después del tema 5;
abordar, después del tema 12 del programa, el “Examen de los métodos de análisis que emplean sustancias nocivas para el ozono”; y
examinar la modificación del mandato del Comité en el marco del tema 13 del programa, “otros asuntos y trabajos futuros”.
4. Algunas delegaciones pidieron que se añadiera al programa un tema denominado “Asuntos de interés”. El Presidente informó al Comité de que la Comisión, en su 21° período de sesiones, había aprobado las propuestas de nuevos trabajos presentadas por el Comité2 y había adoptado los tres temas (los dos protocolos y los Métodos de Análisis del Codex para Contaminantes).
2 ALINORM 95/4, párr. 8 y Apéndice II; ALINORM 95/37, párr. 12.
NOMBRAMIENTO DEL RELATOR (Tema 3 del programa)
5. El Comité estuvo de acuerdo con la propuesta del Presidente de que se nombrara relator al Sr. William J. Franks (EE. UU.).
ANTEPROYECTO DE DIRECTRICES GENERALES DEL CODEX SOBRE MUESTREO3
(Tema 4 del programa)
6. Se observó que después de la última reunión del Comité el Anteproyecto de Directrices se había distribuido para obtener observaciones al respecto, después de lo cual había sido revisado por un consultor, el Dr. R. Cocker, teniendo en cuenta las observaciones recibidas4. El Dr. Cocker presentó el documento revisado, destacando que la revisión se había efectuado con el objetivo principal de obtener un documento más completo y de más fácil consulta.
7. Tras la presentación del documento se convocó un grupo especial de trabajo para facilitar su examen. En el Grupo, que presidió el Dr. F. McClure de los Estados Unidos de América, participaron delegados de Canadá, Finlandia, Francia, Hungría, Países Bajos, Noruega y Estados Unidos de América, el Dr. Cocker desempeñó las funciones de relator.
8. Al cabo de prolongadas deliberaciones, el Grupo de Trabajo recomendó a la sesión plenaria que se llevara a cabo una nueva revisión del documento. El nuevo documento revisado constaría de dos partes principales, a saber:
Parte I: LOTES DISCRETOS QUE SON OBJETO DE COMERCIO INTERNACIONAL
Planes por atributos de dos clases para establecer la proporción de unidades no conformes;
planes por atributos de tres clases (para las evaluaciones microbiológicas);
planes por variables para establecer la proporción de unidades no conformes; desviación estándar desconocida; y
planes por atributos para deterctar por lo menos una unidad no conforme en un lote.
Parte II: CONTROL DEL PROCESO DE ELABORACION
Planes por atributos de dos clases para establecer la proporción de unidades no conformes (ISO 2859);
planes por variables para establecer la proporción de unidades no conformes; desviación estándar conocida y desconocida (ISO 3951); y
Reglas de Conmutación.
3 CX/MAS 95/2 Documentos de observaciones (República Checa y Hungría)
9. Otros posibles cambios incluirían:
utilización de las definiciones de la ISO en todo el documento (adoptando como fuente principal la Norma ISO 7002);
inclusión de NCA adicionales (0, 16; 0,4; 1,6); y
varios otros cambios, por ejemplo eliminar la sección 5.1.1 referente al tratamiento de lotes de tamaño variable junto con el cuadro correspondiente (Cuadro 7).
10. El Comité convino en que la Secretaría debería proceder a revisar nuevamente el Anteproyecto de Directrices con la asistencia de los miembros que formaban parte del Grupo Especial de Trabajo. Con bastante antelación respecto a la siguiente reunión del Comité se debía distribuir a los países miembros un nuevo proyecto revisado, para que formularan observaciones al respecto en el Trámite 3. En dicho proyecto revisado deberían identificarse los posibles usuarios del documento.
11. Se sugirió además que el documento en cuestión, con la revisión propuesta, se presentara a la atención de los Comités del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos y sobre Higiene de los Alimentos en sus reuniones de noviembre y diciembre de 1995 con la indicación de que se hallaba en curso de revisión, y que el documento revisado se presentara al Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas en su reunión de 1996.
CRITERIOS PARA EVALUAR LOS METODOS DE ANALISIS ACEPTABLES PARA LOS FINES DEL CODEX5 (Tema 5 del programa)
12. El Comité recordó que este tema se había debatido ya en dos reuniones anteriores, sin que se lograra llegar a un acuerdo. La delegación del Reino Unido presentó el documento. Se declaró que a fin de superar las desventajas del sistema actual y dar a los analistas la libertad de elegir entre los distintos métodos, se proponía un enfoque alternativo que consistía no ya en la especificación de métodos individuales, sino en la definición de determinados criterios, para que luego se eligieran métodos que cumplieran con los mismos. El Comité observó que en el nuevo enfoque los tipos I y IV se mantendrían como tales, mientras que los tipos II y III se convertirían en criterios.
13. La mayoría de las delegaciones estuvieron a favor de este nuevo enfoque. Sin embargo, varias consideraron que convertir estos métodos en criterios, y en particular seleccionar tales criterios, supondría una tarea enorme. Algunas delegaciones preferían incluir otros criterios, por ejemplo “precisión” (“conformidad” o “sesgo”). Se señaló que la Comisión ya había adoptado algunos criterios para la selección de los métodos6.
5 CX/MAS 95/3 Documentos de observaciones (EE. UU., FIL y UIQPA)
14. Se subrayó que los métodos que cumplieran con los criterios establecidos deberían ser estudiados y validados en colaboración, con arreglo al protocolo sobre estudios entre laboratorios. Algunas delegaciones observaron que debería aplicarse una norma externa, como por ejemplo la curva de Horwitz. La delegación de Hungría afirmó que, además de la medición de los analitos, debería tomarse también en consideración la preparación de la muestra.
15. La delegación de los Estados Unidos de América señaló algunas discrepancias en los apéndices I y II. La delegación del Reino Unido respondió que estos problemas constituían limitaciones del sistema vigente de selección de los métodos.
16. La delegación de los Estados Unidos de América declaró que, si bien podía aceptar este nuevo enfoque para los métodos del Tipo III, se oponía firmemente a la aplicación del mismo a los métodos del Tipo II. En caso de controversias, todas las partes interesadas deberían elegir un mismo método (entre los clasificados hasta el momento como del Tipo II), especialmente cuando la controversia se transformaba en cuestión jurídica o administrativa. Asimismo se destacó que el Comité debería conservar la prerrogativa de determinar los métodos del Tipo II.
17. El Comité estuvo de acuerdo con la recomendación 17, de aceptar en principio este enfoque. Convino además en proseguir por el camino delineado en las otras recomendaciones, en la inteligencia de que debía haber una indicación clara de que deliberadamente no se abordarían los problemas relacionados con la clasificación del Tipo II y Tipo III. El Comité convino en dividir la recomendación 3 en dos recomendaciones, es decir, en la 3 y la 4. Así pues, las recomendaciones serían las siguientes:
Aceptar, en principio, el enfoque por criterios.
Formular directrices de trabajo detalladas para la aplicación del enfoque por criterios por parte del CCMAS. Estas incluirían las definiciones y la selección de los criterios que habían de aplicarse.
Clarificar los procedimientos que se emplearían en caso de controversias.
Por último, subrayar que debían aplicarse procedimientos destinados a asegurar que, en todos los casos, los laboratorios trabajaran “bajo control” y con la competencia necesaria.
18. El Comité pidió a las delegaciones del Reino Unido y del Canadá que, en colaboración con la Secretaría del Codex, prepararan un documento sobre los procedimientos de trabajo que habrían de aplicarse con el nuevo enfoque horizontal, siguiendo el ejemplo de los Métodos Generales del Codex para Contaminantes, para que fuera examinado por el Comité en su reunión sucesiva, y por su Grupo Especial de Trabajo sobre Ratificación. Asimismo, el Comité invitó a otras delegaciones a que contribuyeran al respecto.
ELABORACION DE CRITERIOS OBJETIVOS PARA EVALUAR LA COMPETENCIA DE LOS LABORATORIOS DE ANALISIS QUE INTERVIENEN EN EL CONTROL OFICIAL DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE ALIMENTOS8 (Tema 6 del programa)
19. El documento fue preparado y presentado por la delegación de Finlandia. Se hizo hincapié en que la Guía ISO/CEI 25:1990 debía constituir la base de los criterios objetivos para la evaluación de la competencia de los laboratorios de ensayo que intervenían en el control de las importaciones y exportaciones de alimentos. Además, dichos laboratorios debían someterse a pruebas de competencia y emplear métodos validados. Algunas delegaciones preferían que se suprimiera la palabra “oficial” del título del texto, mientras que otras consideraban más conveniente que los laboratorios de análisis se mantuvieran en el marco del control oficial. El Comité convino en incluir el término “oficial” en el título del texto. Algunas delegaciones declararon que era suficiente la referencia a la Guía ISO/CEI 25:1990, y que no era necesario mencionar la verificación de la competencia. Sin embargo, se destacó que dicha Guía no abordaba específicamente la participación en pruebas de competencia para el análisis de alimentos, que sin embargo era necesaria para demostrar su competencia en dicho campo.
20. El Comité estuvo de acuerdo en sustituir, en el texto, el término “terceros” con una formulación más general, e incluir direcciones postales para cada referencia citada.
21. El Comité convino en que los laboratorios que intervenían en el control oficial de las importaciones y exportaciones de alimentos debían adoptar los siguientes criterios de calidad:
cumplir con los criterios generales para laboratorios de ensayo que figuraban en la Guía ISO/CEI 25:1990 “Requisitos generales de competencia para laboratorios de calibración y ensayo”9,
participar en planes apropiados de pruebas de competencia para el análisis de alimentos, que se ajusten a los requisitos enunciados en el “Protocolo Internacional Armonizado de Pruebas de Competencia para Análisis de Laboratorios Analíticos (Químicos)”, Pure & Appl. Chem. 65 (1993) 2132–2144 (adoptado para los fines del Codex por la Comisión del Codex Alimentarius en su 21° período de sesiones, en julio de 1995);
aplicar, siempre que se tengan, métodos de análisis que estuvieran validados con arreglo a los principios establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius; y
emplear procedimientos de control interno de la calidad, tales como los descritos en “Harmonized Guidelines for Internal Quality Control in Analytical Chemistry Laboratories”, Pure & Appl. Chem. 67 (1995) 649-66610.
8 CX/MAS 95/4. Documentos de observaciones (EE.UU., FIL y UIQPA).
10 La Comisión recomienda su adopción (vease el parr. 40).
22. El Comité observó que era necesario aplicar mecanismos idóneos para establecer si los laboratorios que intervenían en el control oficial de las importaciones y exportaciones de alimentos cumplían con los criterios mencionados. Los organismos encargados de esta evaluación debían satisfacer criterios generales para la acreditación de laboratorios, tales como los establecidos en la Guía ISO/CEI 58:1993, “Sistemas de acreditación de laboratorios de calibración y ensayo - requisitos generales de funcionamiento y reconocimiento”.
23. Se convino en que el documento debía revisarse sobre la base de las observaciones y recomendaciones formuladas en el curso de la reunión. Tomando nota de la labor que estaba desarrollando el Comité del Codex sobre Sistemas de Certificación e Inspección para las Importaciones y Exportaciones de Alimentos en el campo del control de las importaciones y exportaciones en general, el Comité convino asimismo en que el documento revisado se remitiera al Comité del Codex sobre Sistemas de Certificación e Inspección de las Importaciones y Exportaciones de Alimentos, para que lo examinara y formulara observaciones al respecto.
INFORME PARCIAL SOBRE LA ELABORACIÓN DE UN PROTOCOLO ARMONIZADO UIQPA/ISO/AOAC PARA LOS FACTORES DE RECUPERACION11 (Tema 7 del programa)
24. Preparó y presentó el documento la delegación del Reino Unido; se informó al Comité de que dicho documento consistía en una síntesis de los debates informales mantenidos por los analistas sobre el tema de los factores de recuperación. La aplicación de estos factores era de particular interés, especialmente en los casos en que la diferencia entre el resultado corregido y no corregido incidía en la conformidad de un producto a una especificación.
25. El Comité observó que el Grupo de Trabajo Interdivisional de la UIQPA estaba preparando cuestionarios para pedir información sobre el estado de la aplicación de los factores de recuperación. La delegación del Reino Unido pidió que otras delegaciones presentaran sus observaciones sobre esta iniciativa de la UIQPA. Se observó que los resultados de la encuesta servirían de base para un simposio ISO/UIQPA/AOAC que la AOAC Internacional organizaría en el curso de su reunión anual en Orlando, Florida. Asimismo se informó al Comité de que, posiblemente, el protocolo sobre factores de recuperación que se había de elaborar a partir de las conclusiones del simposio se publicaría en 1998.
26. Muchas delegaciones consideraron que el empleo de factores de recuperación constituía un tema importante. Se informó al Comité de que en el documento no se trataba el factor de propagación de errores en caso de utilizarse factores de recuperación. Se señaló que algunos métodos, como los empleados para los residuos de medicamentos veterinarios y plaguicidas, no necesitaban correcciones en función de la recuperación, ya que al establecerse el límite máximo de residuos del medicamento veterinario o plaguicida pertinente ya se habían tenido en cuenta las recuperaciones. Asimismo se indicó que era necesario conocer el carácter del analito, es decir, si era libre o no libre.
11 CX/MAS 95/5
Documentos de observaciones (FIL y UIQPA)
27. El Comité manifestó su interés por el trabajo que realizaba la UIQPA en relación con el empleo de factores de recuperación, y pidió a esta organización que le mantuviera informado de los progresos logrados en la elaboración de un protocolo armonizado UIQPA/ISO/AOAC para la utilización de tales factores. En el futuro, una vez que la UIQPA hubiera publicado el documento, el Comité podría recomendar a la Comisión que lo adoptara como referencia para los fines del Codex.
ELABORACION DE CRITERIOS UNIFORMES PARA LA PRESENTACION DE LOS RESULTADOS DE ENSAYOS, ESPECIALMENTE CUANDO LA DISPOSICION O ESPECIFICACION QUE HA DE ANALIZARSE NO ES IDENTICA AL ANALITO12 (Tema 8 del programa)
28. Se observó que la Comisión, en su 21° período de sesiones, había aprobado la propuesta de iniciación de esta labor, presentada por la delegación de Austria en la precedente reunión del Comité. La delegación de Austria presentó a la reunión sus observaciones, así como un proyecto de directrices para la notificación de resultados analíticos que constaba de las siguientes secciones: nombre del parámetro; información adicional; valor y unidad; y límite de detección o límite de determinación/cuantificación (en relación con los resultados negativos). La delegación propuso que se elaboraran las directrices. El Comité observó que la UIQPA estaba investigando la manera de notificar los resultados de valores bajos y en particular las señales negativas, así como las cuestiones relacionadas con los valores y unidades.
29. Se consideró que no existían problemas significativos para este Comité y, por consiguiente, no era necesario elaborar directrices. En caso de que surgieran dificultades, los comités sobre productos estaban en mejores condiciones que el CCMAS para identificarlas, y podían resolverlas modificando las especificaciones incluidas en las normas o bien solicitando asesoramiento a este Comité. Si la disposición o especificación sometida a prueba no era idéntica al analito era necesario, para evitar problemas, que en la norma se indicara claramente cómo habían de expresarse los resultados analíticos.
30. El Comité convino en pedir a los Comités sobre productos que establecieran qué magnitud tenía, en las normas del Codex, el problema de las determinaciones indirectas. Sobre la base de las respuestas de dichos comités, el Comité del Codex sobre Métodos de Analisis y Toma de Muestras podría examinar la posibilidad de elaborar orientaciones para los comités sobre productos, por ejemplo directrices y factores apropiados. Si no se identificaba problema alguno el Comité podía pedir a la Comisión que aprobara la interrupción de los trabajos en este campo.
ARMONIZACION DE LA TERMINOLOGIA ANALITICA DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS INTERNACIONALES (Tema 9 del programa)
31. El Comité examinó el documento que AOAC INTERNACIONAL había preparado a petición de la Secretaría del Codex. En éste se proporcionaba una bibliografía para ayudar al Comité a armonizar la terminología analítica13, y se formulaban recomendaciones sobre cómo proseguir con este trabajo.
12 CX/MAS 95/6
Documento de observaciones (Austria)
32. Aunque el Comité reconoció la utilidad de dicho documento armonizado, también se hizo notar que otros organismos habían abandonado esta idea por tratarse de una tarea ingente.
33. Por consiguiente, el Comité convino en limitar el alcance de este trabajo a la definición de un número reducido de términos relacionados específicamente con su labor. El Comité consideraba que estos términos, tal como figuraban en el Manual de Procedimiento del Codex Alimentarius y en los protocolos armonizados adoptados por la Comisión, eran los únicos que debían definirse. El Comité aceptó las recomendaciones formuladas en el documento. Las delegaciones de Estados Unidos y Finlandia aceptaron la petición del Comité de que se ocuparan de esta tarea, y se pidió a la AOAC, la ISO y la UIQPA que colaboraran en ellas.
34. El Comité estuvo de acuerdo con la propuesta de que, en el curso de la reunión, las delegaciones de los Estados Unidos de América y de Finlandia, en colaboración con de la AOAC INTERNACIONAL, la ISO y la UIQPA, indicaran los términos esenciales directamente pertinentes para la labor del Codex que habían de incluirse en el informe. Antes de la reunión siguiente los términos se definirían y se harían circular entre los gobiernos y organismos internacionales interesados. Sobre la base de las observaciones que se recibieran se prepararía un documento revisado; éste sería examinado por el Comité en su 21a reunión, así como por la 12a Reunión Interorganismos (RIO).
35. El Comité examinó la lista que se había preparado en respuesta a la petición anterior, y formuló observaciones, que se utilizaron para elaborar la siguiente lista provisional revisada:
TERMINOS PERTINENTES PARA LA LABOR DEL COMITE DEL CODEX SOBRE METODOS DE ANALISIS Y TOMA DE MUESTRAS, QUE REQUIEREN SER DEFINIDOS
La expresión “valor final”
Términos relacionados con la incertidumbre (fiabilidad)
Términos referentes a características de los métodos
Términos relacionados con estudios entre laboratorios
Términos relacionados con los tipos de métodos (I-IV)
36. El Presidente agradeció al representante de la AOAC INTERNACIONAL por el documento presentado y expresó su reconocimiento por la iniciativa de las delegaciones de los Estados Unidos y Finlandia.
INFORME SOBRE LA PREPARACION DE UN PROTOCOLO ARMONIZADO UIQPA/ISO/AOAC PARA EL CONTROL DE CALIDAD DE LOS DATOS ANALITICOS (QUIMICOS)14 (Tema 10 del programa)
37. El Comité observó que en su 19a reunión había examinado las Directrices Armonizadas UIQPA/ISO/AOAC sobre Control Interno de la Calidad en Laboratorios de Análisis Químicos. Habiéndosele informado de que la UIQPA tenía planeado volver a examinar tales directrices armonizadas en mayo de 1994, el Comité había convenido en examinar el documento revisado, una vez adoptado por la UIQPA, con miras a adoptarlo para los fines del Codex.
38. Se informó al Comité de que la UIQPA había adoptado y publicado las directrices armonizadas ultimadas. La ISO y la AOAC estaban examinando el documento con miras a la armonización con la UIQPA. La delegación del Reino Unido declaró que las directrices armonizadas constituían el tercer documento de este tipo elaborado por el Grupo de Trabajo Interdivisional de la UIQPA, y que la Comisión del Codex Alimentarius ya había adoptado los primeros dos. La delegación subrayó que este documento tenía carácter consultivo, en contraposición a la naturaleza preceptiva del protocolo.
39. La delegación de Suecia sugirió que era suficiente incluir las directrices armonizadas en las recomendaciones que se hacían al Comité del Codex sobre Sistemas de Certificación e Inspección de las Importaciones y Exportaciones de Alimentos con respecto a la elaboración de criterios objetivos para evaluar la competencia de los laboratorios de ensayo que participaban en el control de las importaciones y exportaciones de alimentos (véase el párr. 23). Sin embargo, la mayoría de las delegaciones prefería una adopción formal por la Comisión, a fin de que hubiera una orientación en cuanto a los procedimientos de control interno de la calidad de que disponía el Codex.
14 CX/MAS 95/8.
Documento de observaciones (FIL).
Estado de las Directrices Armonizadas para el Control Interno de la Calidad de los Laboratorios de Análisis Químicos
40. Reconociendo el carácter consultivo del documento, el Comité recomendó a la Comisión que adoptara las directrices armonizadas15 para los fines del Codex.
(i) REUNION INTERORGANISMOS
41. El informe fue presentado por el Sr. K. G. Lingner (ISO), Secretario de la Reunión Interorganismos (RIO). Participaron en esta reunión representanes de 11 organizaciones internacionales (AOAC, CAC, CEN, EOQ, ICC, ICUMSA, FIL, ISO, UIQPA, NMKL y OIV), bajo la presidencia del Sr. G. Castan (ISO).
42. En la RIO se habían examinado cuestiones de interés para el Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestra, por ejemplo:
15 Apéndice II del presente informe.
43. Como resultado de sus debates, la Reunión Interorganismos (RIO) aprobó las siguientes recomendaciones:
44. Varias delegaciones, incluidas algunas organizaciones internacionales, manifestaron su inquietud por la no inclusión del informe de la RIO como apéndice del informe del Comité. Dado que éste último tendría amplia difusión, presentar los resultados de la labor de la RIO en un apéndice del informe del Comité significaba ponerlos a disposición de otras parte interesadas que no habían podido asistir a la RIO o a la reunión del Comité para escuchar el informe oral.
45. Se informó al Comité de que las dificultades presupuestarias obligaban a la Secretaría a reducir sus gastos en publicaciones. No incluir el informe completo de la RIO como apéndice del informe de la reunión del Comité era sólo uno de los métodos que la Secretaría adoptaba para reducir el costo total de las publicaciones. No se debía ver en esta medida una reconsideración de la importancia de la RIO para el trabajo del Comité; por el contrario, se debía considerar que con la presencia de la Secretaría del Codex en la RIO se satisfacía la exigencia de la Comisión de que el CCMAS mantuviera una relación lo más estrecha posible con todas las organizaciones interesadas que se ocupaban de métodos de análisis y muestreo.16
46. El Presidente afirmó que el Gobierno hospedante estaría en condiciones de reproducir y distribuir el informe de la RIO. Haciéndose eco de las opiniones del Comité, afirmó además que consideraba a la RIO como parte integrante del Comité y que sugería que el Comité Ejecutivo, en su siguiente período de sesiones, debatiera acerca de la importancia de la RIO.
47. El Comité tomó nota del informe de la RIO y expresó satisfacción por la asistencia que dicha Reunión le prestaba.
(II) INFORME SOBRE EL EXAMEN DE LOS METODOS NORMALIZADOS REALIZADO POR ORGANIZACIONES INTERNACIONALES QUE TRABAJAN EN EL SECTOR DEL ANALISIS Y EL MUESTREO
48. El Comité tomó nota además del informe17 preparado por la delegación del Reino Unido acerca del examen de los métodos normalizados realizado por organizaciones internacionales que se ocupaban de métodos de análisis y muestreo. Algunas delegaciones formularon propuestas útiles para mejorar la información proporcionada en el informe.
16 Manual de Procedimiento del Codex Alimentarius, Octava edición, pág. 108.
49. La delegación del Reino Unido informó al Comité de que el informe actualizado podría disponerse como documento informativo en la siguiente RIO y en la próxima reunión del Comité.
50. El Comité manifestó su satisfacción y pidió a la delegación del Reino Unido que prosiguiera con la preparación del informe.
RATIFICACION DE METODOS DE ANALISIS EN NORMAS DEL CODEX18 (Tema 12 del programa)
51. El presidente del Grupo Especial de Trabajo sobre Ratificación, Dr. W. Horwitz (EE. UU.) presentó un informe del Grupo. Actuó como relator el Dr. G. Diachenko (EE. UU.). En la reunión del Grupo habían participado representantes de los siguientes países miembros y organizaciones internacionales : Canadá, Eslovaquia, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Hungría, Países Bajos, Reino Unido, Thailandia, AOAC, FIL, ISO, UIQPA y OIV. El Grupo había considerado: (i) el tipo de métodos generales del Codex para contaminantes adoptado por la Comisión en su 21° período de sesiones, (ii) los métodos de análisis y muestreo del Codex (CAC/RM); y (iii) los métodos de análisis para las normas sobre productos (excepto las relativas a azúcares, grasas y aceites19).
52. Por lo que concierne a los métodos de análisis y muestreo del Codex (CAC/MR), se recomendó aconsejar a los comités sobre productos que examinaran la posibilidad de sustituir algunos de los métodos por otros más modernos cuando fuera el caso, y que, de ser posible, los números de código de los CAC/RM se reemplazaran con referencias a la publicación original. El Comitéconvino en recomendar a la Comisión la eliminación del sistema de numeración de los CAC/MR. Se invitó a las organizaciones internacionales cuyos métodos figuraban en la lista de CAC/MR a reexaminar dichos métodos y comunicar a la Secretaría del Codex las eventuales actualizaciones de las referencias, tal Como habían hecho la AOAC y la ICUMSA.
53. Durante el debate sobre los métodos generales del Codex y los métodos para las normas sobre productos se formularon y aceptaron las siguientes observaciones:
el método para determinar el hierro en los aceites y grasas comestibles (UIQPA (1988) Supl. 1, 2.631, AOAC 990.05) se debía clasificar como del Tipo II;
al otro método para el hierro (NMKL No. 139, 1991) se debía añadir la expresión “excepto grasas y aceites comestibles”;
en relación con los métodos empleados para las grasas y aceites, la referencia a Pure and Applied Chemistry debía transformarse en UIQPA 7a ed. (1988), Supl. 1;
debían añadirse a la lista las normas ISO 8294: 1994 (para el Cu, el Fe y el Ni en los aceites comestibles), equivalente a AOAC 990.05, e ISO 12193:1994 (para el Pb en las grasas y aceites comestibles), que era equivalente a AOAC 994.02;
dado que el nivel de referencia para la aflatoxina en el cacahuete (maní) destinado a ulterior elaboración se hallaba en el Trámite 6, esto debía indicarse en la columna “disposición”; y
en caso de que en el texto se mencionaran otros métodos, debían incluirse en las notas las correspondientes referencias a las publicaciones.
18 CX/MAS 95/9, CX/MAS 95/9-Add. 1, y Documento de Sala 1.
19 Véanse las notas del Apéndice IV.
54. Los Métodos Generales del Codex para Contaminantes, así como los Tipos que se les han asignado y los métodos para las normas sobre productos examinados, se adjuntan, respectivamente, como Part I y Parte II del Apéndice IV; asimismo figuran en éste notas detalladas sobre algunos de los métodos.
55. El Comité convino en establecer, en su siguiente reunión, un nuevo Grupo Especial de Trabajo que estaría presidido por la delegación de los Estados Unidos de América.
EXAMEN DE LOS METODOS DE ANALISIS QUE UTILIZAN SUSTANCIAS NOCIVAS PARA EL OZONO (Tema 12a del programa)
56. El Comité tuvo ocasión de examinar el documento20 preparado por el representante de la AOAC INTERNACIONAL, como resultado de los debates21 mantenidos en el curso de la 19a reunión del CCMAS.
57. El representante de la AOAC informó al Comité de que, en virtud del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotaban la capa de ozono, se eliminaría gradualmente la producción y suministro de hidrocarburos halogenados. Se señaló que incluso entre los métodos de análisis ya ratificados por la Comisión había algunos que empleaban estas sustancias, por ejemplo clorofluorocarburos y tetracloruro de carbono. Cuando se suprimiera el uso de estos disolventes nocivos para el ozono, se necesitarían otros que pudieran remplazarlos. Esto prodría tener consecuencias en cuanto al estado del método en cuestión; en efecto, la sustitución de un disolvente podría requerir una nueva validación.
58. El representante de la FIL informó al Comité de que, en los métodos elaborados por esa organización, el cambio de un disolvente no requería que se volviera a numerar el método. El representante de la ISO afirmó que si el principio en que se basaba el método no sufría alteraciones, no era necesario asignar un nuevo número. Por su parte, el representante de la AOAC dijo que si la sustitución de un disolvente afectaba al funcionamiento del método era preciso que éste volviera a evaluarse y que, por consiguiente, también se le asignara un nuevo número.
59. La delegación del Canadá afirmó que, al recomendarse el enfoque por criterios, se podía aplicar cualquier método que cumpliera con los criterios establecidos. Además debía estudiarse un criterio que prohibiera el empleo de sustancias que agotaban la capa de ozono. Asimismo la delegación propuso que se incluyera entre los criterios la posibilidad de retirar cualquier método del Tipo III que empleara sustancias nocivas para el ozono.
60. La delegación de Hungría propuso que se investigaran determinados métodos que empleaban microvolúmenes de sustancias nocivas para el ozono, a fin de reducir al mínimo sus efectos negativos para el medio ambiente.
61. El Comité pidió que las organizaciones internacionales que se ocupaban de análisis y muestreo identificaran, entre los métodos que habían elaborado y a los cuales la Comisión había dado su ratificación, aqueéllos que empleaban sustancias que agotaban la capa de ozono. Esto debía comunicarse a la Secretaría del Codex, que sobre la base de la información recibida había de presentar los métodos identificados al Grupo Especial de Trabajo sobre Ratificación.
62. El Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras instaría a los comités sobre productos a que evitaran la selección de métodos de análisis que utilizaran sustancias nocivas para el ozono.
OTROS ASUNTOS Y TRABAJOS FUTUROS (Tema 13 del programa)
(I) OTROS ASUNTOS
63. Se informó al Comité de que en la primera reunión del Comité del Codex sobre la Leche y los productos Lácteos, que se había celebrado en 1994, se había decidido que en el futuro sería apropiado pedir al Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras que ratificara los métodos de análisis para productos lácteos (ALINORM 95/11, párr. 29). El Comité Ejecutivo, en su 42a reunión, recomendó que la Comisión enmendara el mandato del Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras a fin de que éste pudiera examinar los metodos de análisis propuestos por el Comité del Codex sobre la Leche y los Productos Lácteos (ALINORM 95/4, párr. 37).
64. Sobre la base de las recomendaciones mencionadas anteriormente el Comité convino en recomendar que la Comisión enmendara su mandato tal como se indica en el Apéndice III.
(II) TRABAJOS FUTUROS
65. El Comité convino en proseguir con el trabajo relacionado con los siguientes temas:
66. El Comité convino en proponer que la Comisión emprendiera los siguientes nuevos trabajos:
67. Varias delegaciones expresaron el deseo de que la Comisión examinara nuevas enmiendas del mandato del Comité que permitieran a éste emprender otras tareas conexas, tales como la ratificación de métodos microbiológicos destinados a evaluar la inocuidad de los alimentos y la elaboración de métodos de análisis para la detección de alimentos producidos mediante biotecnología.
FECHA Y LUGAR DE LA PROXIMA REUNION (Tema 14 del programa)
68. Se informó al Comité de que en principio estaba previsto que su 21a reunión se celebrara en Budapest durante la cuarta semana de marzo de 1997; las Secretarías de Hungría y del Codex determinarían las fechas exactas.